Constitución de la República de Honduras
Congreso Nacional
- Publicación: 24 de enero de 2019
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 23,612
- Categoria: Constitucional
- Versión:
Articulo 114
Constitución de la República de Honduras
Articulo 114.-
Todos los hijos tienen los mismos derechos y deberes. No se reconocen calificaciones sobre la naturaleza de la filiación. En ningún registro o documentos referente a la filiación se consignará declaración alguna diferenciando los nacimientos ni señalando el estado civil de los padres.