A fortiori#
Argumento de interpretación según el cual si una norma o consecuencia se aplica a un supuesto, con mayor razón debe aplicarse a otro en el que las razones para aplicarla son más fuertes. Es razonamiento "con mayor razón" o "de mayor a menor".
Ab initio#
Expresión latina que significa "desde el principio". Indica que un acto, situación o efecto se considera producido o existente desde su origen, sin solución de continuidad. Un contrato nulo ab initio nunca produjo efectos válidos; una posesión ab initio se cuenta desde su inicio real.
Abogado#
Profesional del derecho autorizado por el Colegio de Abogados de Honduras para ejercer la representación legal y la asesoría jurídica de particulares ante tribunales y autoridades.
Aborto#
Interrupción del embarazo con muerte del producto de la concepción. En Honduras el aborto está penalmente sancionado en todas sus formas conforme al Código Penal vigente; el debate sobre causales de despenalización (riesgo vital de la madre, malformación incompatible con la vida, violación) permanece abierto en el ámbito legislativo y constitucional.
Abuso de autoridad#
Delito cometido por funcionario o empleado público que, con motivo del cargo, dicta órdenes o ejecuta actos contrarios a la Constitución o a las leyes, o impide o entorpece su cumplimiento. Lesiona la confianza en la administración pública y los derechos de los administrados.
Abuso sexual#
Delito consistente en ejecutar actos de naturaleza sexual sobre otra persona sin su consentimiento, o sobre persona que por su edad o estado no puede consentir, mediando violencia, intimidación o aprovechamiento de superioridad. Se distingue de la violación por no implicar necesariamente penetración.
Accesión#
Modo de adquirir la propiedad por el cual el dueño de una cosa adquiere también lo que ella produce o lo que se incorpora a ella natural o artificialmente: frutos de un árbol, aluvión que aumenta un terreno, edificación construida en suelo propio con materiales ajenos. La ley regula las reglas de indemnización cuando intervienen materiales o trabajo de terceros.
Acción#
Derecho de toda persona a acudir ante los órganos jurisdiccionales para hacer valer una pretensión y obtener una decisión sobre ella. Es distinto del derecho material que se reclama: una persona puede tener acción sin tener razón.
Acción (societaria)#
Cada una de las partes en que se divide el capital social de una sociedad anónima. Representa los derechos del socio dentro de la sociedad: dividendos, participación en las decisiones, cuota de liquidación y suscripción preferente. Suele documentarse en un título y puede transmitirse libremente salvo restricciones estatutarias.
Acción civil#
Pretensión que se ejerce ante los tribunales para reclamar un derecho de naturaleza patrimonial o familiar, como el cobro de una deuda o la reparación de un daño.
Acción penal#
Facultad del Estado, ejercida por el Ministerio Público, para perseguir y sancionar los hechos tipificados como delito. En ciertos delitos puede ejercerse también por el ofendido.
Acción popular#
Acción procesal que cualquier ciudadano puede ejercer en defensa de intereses colectivos o difusos —ambiente, patrimonio cultural, derechos de los consumidores, integridad del erario— sin necesidad de acreditar un agravio personal directo. Su finalidad es habilitar el control ciudadano de la legalidad cuando los intereses afectados pertenecen a la comunidad en su conjunto.
Accionista#
Titular de una o más acciones de una sociedad anónima. Sus derechos son políticos (asistir y votar en las juntas) y económicos (recibir dividendos, participar en la cuota de liquidación). Su responsabilidad por las deudas de la sociedad se limita al monto de su aporte.
Acoso laboral#
Conducta hostil, persecutoria o vejatoria, ejercida de manera reiterada por un superior, compañero o subordinado, que afecta la dignidad o la integridad psíquica del trabajador en su entorno de trabajo. Puede dar lugar a indemnización civil, sanciones penales y, si el patrono no actúa, a la terminación del contrato con responsabilidad para el empleador.
Acoso sexual#
Conducta reiterada de carácter sexual no deseada que crea para la víctima un entorno hostil, humillante o intimidatorio, generalmente en el ámbito laboral, docente o de relación jerárquica. La ley sanciona tanto la vía penal como la responsabilidad civil y laboral del autor.
Acreedor#
Persona, natural o jurídica, titular del derecho a exigir el cumplimiento de una obligación. Puede ser quirografario (sin garantía especial) o privilegiado (con prenda, hipoteca u otra preferencia) según el grado de protección que la ley o el contrato le otorguen.
Acto administrativo#
Declaración unilateral de voluntad de la administración pública que produce efectos jurídicos sobre los administrados, como una resolución, autorización o sanción.
Acto firme#
Acto administrativo contra el cual ya no cabe recurso ordinario, sea porque transcurrieron los plazos sin haberse impugnado, porque se agotaron los recursos sin éxito, o porque el interesado consintió expresamente. Adquiere estabilidad y solo puede atacarse por vías extraordinarias (revisión administrativa o judicial).
Acuerdo#
Acto jurídico emanado del Poder Ejecutivo u otra autoridad para resolver asuntos de su competencia. Se publica en La Gaceta cuando lo exige la ley.
Acuerdo Ejecutivo#
Acto del Presidente de la República, refrendado por el Secretario de Estado correspondiente, que resuelve asuntos administrativos sin requerir aprobación legislativa.
Acusado#
Persona contra quien el Ministerio Público o el acusador particular ha formulado acusación formal por un delito ante un tribunal.
Acusador privado#
Persona que ejerce la acción penal en delitos de acción privada, sin intervención del Ministerio Público, como en ciertos casos de injurias o calumnias.
Ad hoc#
Locución latina que significa “para esto”. Designa a una persona o cuerpo nombrado para un asunto específico, como un juez ad hoc en un caso concreto.
Ad referéndum#
Acto sujeto a la posterior aprobación de una autoridad superior para que produzca plenos efectos. Frecuente en la firma de tratados internacionales pendientes de ratificación.
Adopción#
Institución jurídica por la cual se crea, mediante resolución judicial, un vínculo de filiación entre adoptante y adoptado, con los mismos derechos y deberes que la filiación biológica.
Agotamiento de la vía administrativa#
Requisito procesal según el cual la persona afectada por un acto administrativo debe agotar previamente todos los recursos disponibles ante la propia administración (reposición, apelación) antes de acudir a la vía judicial contencioso-administrativa. Sin ese agotamiento la demanda judicial se declara inadmisible.
Agravante#
Circunstancia personal o del hecho que aumenta la responsabilidad penal del autor, lo que conduce a una pena mayor dentro del marco legal. Ejemplos comunes son la alevosía, el ensañamiento, el abuso de superioridad y la reincidencia.
Aguinaldo#
Decimotercer mes de salario que el empleador debe pagar al trabajador en diciembre, equivalente a un mes de sueldo ordinario.
Albacea#
Persona designada por el testador o por el juez para ejecutar las disposiciones del testamento y administrar la herencia hasta su partición.
Alcalde#
Autoridad ejecutiva electa del municipio, encargada de la administración local, la prestación de los servicios públicos municipales, la ejecución del presupuesto y la representación del municipio. Es elegido por sufragio directo cada cuatro años junto con los regidores que integran la Corporación Municipal.
Alimentos#
Obligación legal de proporcionar a un familiar lo necesario para su sustento: alimentación, vestido, vivienda, salud y educación. Es exigible entre cónyuges, padres e hijos, descendientes y ascendientes, y entre hermanos en ciertos supuestos. Se fija judicialmente en proporción a las necesidades del alimentista y a las posibilidades del alimentante.
Allanamiento#
Entrada de la autoridad en domicilio o local cerrado para practicar diligencias judiciales. Requiere orden judicial salvo flagrancia o consentimiento del morador.
Amnistía#
Acto legislativo del Congreso Nacional por el cual se extingue la acción penal o se borra una condena respecto de determinadas categorías de delitos, generalmente políticos o conexos. A diferencia del indulto, opera con carácter general (no individual) y elimina el antecedente penal junto con la pena.
Amparo#
Garantía constitucional que protege los derechos y garantías reconocidos por la Constitución frente a actos u omisiones de autoridades o particulares que los vulneren o amenacen.
Antigüedad#
Tiempo continuo de servicio del trabajador para un mismo patrono, computado desde el inicio de la relación laboral. Es la base de cálculo de varios derechos: número de días de vacaciones, monto de la cesantía, posibilidad de jubilación y, en algunos casos, escalafón de ascensos.
Antijuridicidad#
Elemento del delito consistente en que la conducta sea contraria al ordenamiento jurídico, es decir, que no exista una causa de justificación que la ampare.
Apátrida#
Persona que ningún Estado considera como nacional propio bajo su legislación. La condición de apátrida priva a la persona de la protección diplomática y de muchos derechos civiles y políticos; los Estados parte de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas se comprometen a facilitar su naturalización y a expedirles documentos de identidad y de viaje.
Apelación#
Recurso ordinario por el cual una parte solicita a un tribunal superior que revise y modifique o revoque la resolución de un tribunal inferior.
Apersonamiento#
Acto formal por el cual una persona se constituye como parte en un proceso, generalmente acreditando su personalidad y designando defensor. Sin apersonamiento no se reconoce la calidad de parte ni se admiten las actuaciones que se intenten.
Arbitraje#
Método alterno de resolución de conflictos en que las partes someten su disputa a uno o más árbitros, cuyo laudo es de cumplimiento obligatorio.
Arraigo#
Medida cautelar de carácter personal que impone al imputado la prohibición de salir del país, o de un determinado territorio, mientras dure el proceso. Suele acompañarse de la entrega del pasaporte y la comunicación a las autoridades migratorias. Tiene por finalidad asegurar la presencia del imputado evitando su fuga.
Arras#
Cantidad de dinero que una de las partes entrega a la otra al celebrar un contrato, normalmente de compraventa, como señal de su perfeccionamiento o como garantía. Si quien las dio se retracta, las pierde; si quien las recibió se retracta, las devuelve duplicadas.
Arrendamiento#
Contrato por el cual una parte cede temporalmente el uso de un bien a otra a cambio de un precio cierto, llamado renta o alquiler.
Arrendamiento financiero#
Contrato por el cual una empresa especializada (arrendador) adquiere a petición del cliente (arrendatario) un bien y se lo cede en uso a cambio de pagos periódicos, otorgándole al final del plazo una opción de compra a precio residual. Es la forma jurídica del "leasing" y se utiliza para financiar maquinaria, vehículos y equipo.
Asesinato#
Homicidio cualificado por concurrir circunstancias como alevosía, precio, ensañamiento u otras previstas en el Código Penal; se sanciona con pena agravada.
Asilo#
Protección que un Estado otorga en su territorio o en sus sedes diplomáticas a una persona perseguida por motivos políticos en otro Estado.
Atenuante#
Circunstancia personal o del hecho que disminuye la responsabilidad penal del autor sin eliminarla, lo que conduce a una pena menor dentro del marco legal. Ejemplos comunes son la confesión espontánea, la reparación del daño y la actuación bajo arrebato u obcecación.
Audiencia#
Acto procesal en que las partes comparecen ante el juez para exponer sus pretensiones, presentar prueba o ser oídas antes de una decisión.
Autenticación#
Acto por el cual un notario o autoridad competente certifica que una firma estampada en un documento privado corresponde efectivamente a la persona que se identifica como firmante, sin que ello implique pronunciamiento sobre el contenido del documento. Confiere certeza sobre la autoría pero no convierte el documento privado en público.
Auto#
Resolución judicial fundamentada que decide cuestiones distintas del fondo del asunto, como la admisión de prueba o el rechazo de una excepción.
Autonomía municipal#
Capacidad del municipio para gobernarse libremente dentro del marco constitucional y legal: dictar sus propias ordenanzas, administrar su patrimonio, recaudar tributos locales, organizar los servicios públicos municipales y elegir a sus autoridades. Es uno de los pilares de la descentralización política y administrativa en Honduras.
Autor#
Persona que realiza por sí misma el hecho típico, sea de manera directa, mediata, o conjuntamente con otra (coautoría).
Autoridad administrativa#
Órgano o funcionario del Estado al que la ley atribuye potestades para dictar actos administrativos que producen efectos jurídicos frente a los particulares. Su actuación debe ajustarse a la competencia conferida, al procedimiento previsto y a los principios de legalidad, motivación y debido proceso.
Autorización#
Acto administrativo por el cual se levanta un impedimento legal para que el particular ejerza un derecho que ya posee. A diferencia del permiso y la licencia, no crea ni transfiere un derecho nuevo; solo habilita el ejercicio del derecho preexistente verificando que se cumplen las condiciones legales.
Aval#
Garantía personal mediante la cual una persona (el avalista) se obliga solidariamente a pagar un título valor si el deudor principal no lo hace. Se otorga firmando el propio título o por documento separado y subsiste aunque la obligación principal resulte nula por causas distintas a vicios de forma.
Base imponible#
Monto sobre el cual se aplica la tarifa o alícuota del tributo para calcular el impuesto a pagar. Por ejemplo, en el ISR la base imponible es la renta neta del contribuyente; en el ISV, el valor de la operación gravada. Su correcta determinación es central para la exigibilidad del tributo.
Bien inmueble#
Cosa que por su naturaleza no puede trasladarse —terrenos y edificaciones— y todo lo que está unido a ellas de manera fija (instalaciones, plantaciones permanentes). Su transmisión requiere escritura pública e inscripción en el Registro de la Propiedad para producir efectos frente a terceros.
Bien mueble#
Cosa que puede trasladarse de un lugar a otro sin alterar su sustancia, sea por sí misma (semovientes) o por fuerza externa (vehículos, muebles, dinero, títulos valores). Su régimen jurídico de transmisión, registro y embargo difiere del de los bienes inmuebles.
Bienes gananciales#
Bienes adquiridos durante el matrimonio por el trabajo, industria o esfuerzo común de los cónyuges, y los frutos de los bienes propios obtenidos durante la unión. Al disolverse el matrimonio se reparten por mitades, salvo que exista capitulación matrimonial distinta.
Bloque de constitucionalidad#
Conjunto de normas que, aunque no estén contenidas en el texto formal de la Constitución, comparten su rango y son parámetro para el control de constitucionalidad: tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado, jurisprudencia constitucional vinculante y, según la doctrina aplicable, principios generales del derecho.
Bolsa de valores#
Mercado organizado y supervisado en el que se compran y venden valores (acciones, bonos, certificados, entre otros) emitidos por entidades públicas y privadas. En Honduras está regulada por la Ley de Mercado de Valores y supervisada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS); la Bolsa Centroamericana de Valores opera en Tegucigalpa.
Bona fide#
Locución latina equivalente a “de buena fe”. Designa la actuación honesta y leal del sujeto, sin intención de defraudar ni conocimiento de vicio.
Cabildo abierto#
Mecanismo de participación ciudadana mediante el cual la municipalidad convoca a los vecinos a deliberar sobre asuntos de interés local.
Caducidad#
Extinción de un derecho por su no ejercicio dentro del plazo perentorio fijado por la ley. A diferencia de la prescripción, no admite interrupción.
Calumnia#
Delito consistente en imputar a otra persona, falsamente y con conocimiento de su falsedad, la comisión de un hecho delictivo. A diferencia de la injuria, la imputación es concreta y se refiere a un delito determinado. La acción penal es de instancia privada.
Cambio de nombre#
Modificación del nombre de una persona en el Registro Civil mediante el procedimiento legal correspondiente, generalmente por causa justificada (nombre ridículo o lesivo a la dignidad, adaptación al género, motivos religiosos, errores en la inscripción original). En Honduras requiere autorización judicial o notarial según el supuesto, con anotación al margen de la partida de nacimiento.
Capacidad de obrar#
Aptitud para ejercer por sí mismo los derechos y contraer obligaciones. Se adquiere con la mayoría de edad y puede limitarse por incapacidad declarada judicialmente.
Capacidad jurídica#
Aptitud de toda persona para ser titular de derechos y obligaciones. Se adquiere con el nacimiento y se extingue con la muerte.
Carga de la prueba#
Regla procesal que determina qué parte debe acreditar los hechos en que funda sus pretensiones. En materia civil corresponde generalmente al actor.
Carrera administrativa#
Sistema de organización del personal estatal basado en el mérito y la antigüedad, que garantiza al servidor público la estabilidad en su cargo y posibilidades de ascenso por concurso. Excluye a los cargos de libre nombramiento y remoción (puestos políticos o de confianza), regidos por reglas distintas.
Casación#
Recurso extraordinario que se interpone ante la Corte Suprema de Justicia contra sentencias firmes, por infracción de ley o quebrantamiento de forma.
Caso fortuito#
Suceso imprevisible, o previsible pero inevitable, que escapa al control del autor y rompe el nexo causal entre su conducta y el resultado dañoso. Excluye la responsabilidad penal por ausencia de culpa o dolo, y suele invocarse junto con la fuerza mayor.
CEDIJ#
Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial. Repositorio del Poder Judicial que publica sentencias, autos y otros documentos jurisdiccionales.
Censura previa#
Control que una autoridad ejerce sobre el contenido de una expresión, publicación o difusión antes de que esta llegue al público, condicionando su salida a una autorización previa. Está expresamente prohibida en Honduras conforme a la Constitución y a la Convención Americana, con muy limitadas excepciones (espectáculos públicos para protección de la niñez, propaganda de guerra).
Cesantía#
Prestación económica que el empleador debe pagar al trabajador despedido sin causa justificada, calculada según los años de servicio.
Cheque#
Título valor por el cual el librador ordena a un banco pagar a la vista una cantidad determinada al beneficiario, con cargo a sus fondos disponibles.
Ciudadanía#
Condición que reúne quien, siendo nacional, ha cumplido la edad legal y conserva el ejercicio de los derechos políticos, principalmente el voto.
Cláusula penal#
Estipulación contractual mediante la cual las partes fijan anticipadamente la indemnización debida en caso de incumplimiento, retraso o cumplimiento defectuoso de la obligación. Sirve como liquidación predeterminada del daño y, además, como medio de presión al deudor; el juez puede reducirla si resulta manifiestamente excesiva.
CNBS#
Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Ente desconcentrado que regula y supervisa al sistema financiero, asegurador y previsional de Honduras.
Coautor#
Persona que ejecuta el delito conjuntamente con otra u otras, mediando acuerdo previo o coetáneo y distribución de funciones. Responde como autor directo del hecho completo, no solo de la parte que materialmente ejecutó.
Cohecho#
Delito que comete el funcionario público que recibe o solicita una dádiva para hacer u omitir un acto propio de su cargo, y también quien la ofrece.
Comerciante#
Persona natural o jurídica que ejerce el comercio de modo habitual y profesional, conforme al Código de Comercio.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos#
Órgano principal de la Organización de los Estados Americanos encargado de promover y proteger los derechos humanos en el continente. Recibe peticiones individuales contra los Estados, emite informes, ordena medidas cautelares y, cuando un caso amerita, lo somete a la Corte Interamericana. Tiene su sede en Washington D.C.
Comisión mercantil#
Contrato por el cual una persona (comisionista) se obliga a ejecutar por cuenta de otra (comitente) uno o varios actos de comercio, mediando una remuneración. El comisionista puede actuar a nombre propio o del comitente; en el primer caso solo el comisionista queda directamente obligado frente a terceros.
Comodato#
Contrato por el cual una parte entrega gratuitamente a otra un bien no fungible para que lo use por cierto tiempo y después lo restituya.
Competencia desleal#
Conjunto de prácticas comerciales contrarias a los usos honestos del mercado: engaño al consumidor, imitación servil de productos ajenos, denigración del competidor, abuso de secretos comerciales, entre otras. Da lugar a acciones de cesación, indemnización y publicación de la sentencia, además de sanciones administrativas.
Competencia territorial#
Atribución a un órgano jurisdiccional del conocimiento de un asunto en función del territorio donde ocurrieron los hechos, donde reside una de las partes o donde se ubica el bien controvertido. Permite reparto eficiente de la carga judicial y aproxima la justicia al lugar de la controversia.
Cómplice#
Persona que coopera dolosamente en la ejecución del hecho ajeno con actos anteriores o simultáneos sin los cuales el delito también podría haberse cometido.
Compraventa#
Contrato por el cual una parte se obliga a transferir la propiedad de un bien a otra, que se obliga a pagar un precio cierto en dinero.
CONADEH#
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. Institución autónoma encargada de garantizar el respeto a los derechos humanos en Honduras.
Concesión#
Acto por el cual el Estado otorga a un particular la facultad de explotar un bien público o prestar un servicio público bajo las condiciones que fije la ley.
Concesión de servicio público#
Contrato administrativo por el cual el Estado otorga a un particular —persona natural o jurídica— el derecho a prestar un servicio público, asumiendo el concesionario el riesgo económico de la operación a cambio de la posibilidad de cobrar una tarifa a los usuarios. Procede en sectores como telecomunicaciones, energía y transporte.
Conciliación#
Método alterno de solución de conflictos en que un tercero imparcial propone fórmulas de arreglo a las partes para que lleguen a un acuerdo.
Conciliación laboral#
Procedimiento previo y obligatorio en muchas controversias laborales, en el que un funcionario de la Secretaría de Trabajo intenta que trabajador y patrono lleguen a un acuerdo antes de acudir a los tribunales. Si se logra el acuerdo, surte efectos de cosa juzgada; si no, queda expedita la vía judicial.
Concurso de acreedores#
Procedimiento colectivo en que se liquidan los bienes del deudor insolvente para pagar a sus acreedores en el orden y proporción que fija la ley.
Concurso de delitos#
Situación en que una misma persona ha cometido varios delitos que se juzgan en un mismo proceso. Puede ser real (varios hechos distintos que constituyen varios delitos), ideal (un solo hecho que infringe varias normas penales) o medial (un delito como medio necesario para cometer otro). Cada modalidad tiene reglas distintas de determinación de la pena.
Confesión#
Medio de prueba consistente en la declaración de una parte que reconoce hechos que le perjudican, formulada con plena capacidad y libertad.
Conflicto colectivo#
Controversia laboral entre uno o más patronos y un grupo de trabajadores o un sindicato, relativa a intereses comunes —pliego de peticiones, negociación de contrato colectivo, modificación de condiciones generales—. Puede resolverse por arreglo directo, mediación, arbitraje o, en su caso, mediante huelga o paro.
Conflicto de intereses#
Situación en la que el interés personal, familiar o económico de un funcionario, juez, profesional o representante puede comprometer su deber de actuar con imparcialidad y objetividad en el ejercicio de su cargo. La ley exige declararlo, abstenerse del asunto, o sufrir las consecuencias legales (recusación, nulidad del acto, sanción administrativa o penal).
Conflicto individual#
Controversia laboral entre un trabajador y su patrono sobre derechos derivados del contrato individual de trabajo (pago de salarios, prestaciones, calificación del despido, entre otros). Se tramita ante los Juzgados de Letras del Trabajo siguiendo el procedimiento del Código del Trabajo.
Congreso Nacional#
Órgano que ejerce el Poder Legislativo en Honduras. Está integrado por 128 diputados electos por departamento mediante voto popular para periodos de cuatro años.
Conmutación de pena#
Sustitución de la pena impuesta por otra menos grave en cumplimiento, sin alterar la condena. En Honduras puede aplicarse, según el caso, mediante el indulto presidencial o por reglas legales que permiten cambiar prisión por multa, trabajo comunitario u otras medidas en penas cortas.
Constitución de la República#
Ley fundamental del Estado hondureño, aprobada en 1982. Define la organización del poder público, los derechos y garantías de las personas y los principios del orden jurídico.
Consulta popular#
Mecanismo de democracia directa por el cual el pueblo es convocado a pronunciarse sobre asuntos de interés nacional, departamental, municipal o comunitario. Comprende el plebiscito, el referéndum, el cabildo abierto y otras formas previstas en la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana.
Consulta previa#
Derecho de los pueblos indígenas y afrodescendientes a ser consultados, antes de que se adopte una medida legislativa, administrativa o de explotación de recursos que pueda afectarlos, mediante procedimientos culturalmente apropiados y de buena fe, con el fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado. En Honduras su exigibilidad se basa en el Convenio 169 de la OIT.
Contencioso administrativo#
Jurisdicción especializada que conoce las controversias entre los particulares y la administración pública por actos administrativos.
Contestación de la demanda#
Acto procesal por el cual el demandado responde a las pretensiones del actor, oponiendo excepciones, negando o aceptando los hechos.
Contratación administrativa#
Régimen jurídico aplicable a los contratos del Estado con particulares para la adquisición de bienes, servicios u obras, sujeto a principios de transparencia y competencia.
Contrato#
Acuerdo de voluntades entre dos o más personas dirigido a crear, modificar o extinguir obligaciones de contenido patrimonial.
Contrato colectivo de trabajo#
Convenio celebrado entre uno o varios empleadores y un sindicato para regular las condiciones de trabajo aplicables a un grupo de trabajadores.
Contrato de trabajo#
Acuerdo por el cual una persona se obliga a prestar un servicio personal bajo dependencia y dirección de otra a cambio de un salario.
Contribuyente#
Persona, natural o jurídica, sobre la que recae la obligación tributaria principal, esto es, el pago del tributo conforme a la ley. En Honduras todo contribuyente debe inscribirse en el Registro Tributario Nacional (RTN) y presentar las declaraciones correspondientes a su régimen y actividad.
Control de constitucionalidad#
Mecanismo por el cual los órganos jurisdiccionales verifican que las leyes, los actos administrativos y las sentencias se ajusten a la Constitución, declarando su inaplicabilidad o nulidad cuando la contradicen. En Honduras lo ejerce de forma concentrada la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema, y de forma difusa los jueces ordinarios en casos concretos.
Control de convencionalidad#
Examen que realizan los jueces nacionales para verificar la conformidad de las normas y actos internos con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Cuando hay incompatibilidad, deben aplicar preferentemente la norma convencional sobre la interna.
Convención Americana sobre Derechos Humanos#
Tratado regional de derechos humanos suscrito en San José en 1969, también conocido como Pacto de San José. Reconoce un amplio catálogo de derechos civiles y políticos y crea la Comisión y la Corte Interamericanas como sus órganos de protección. Ratificada por Honduras en 1977, forma parte de su bloque de constitucionalidad.
Convenio#
Acuerdo entre dos o más sujetos de derecho —Estados, instituciones o particulares— para regular intereses comunes. En derecho internacional, suele equipararse al tratado.
Cónyuge#
Cada una de las personas unidas en matrimonio. Los cónyuges adquieren entre sí derechos y obligaciones recíprocos: convivencia, fidelidad, asistencia mutua, contribución a las cargas del hogar y, según el régimen económico, compartir la propiedad de los bienes adquiridos durante la unión.
Cooperativa#
Asociación autónoma de personas que se unen voluntariamente para satisfacer necesidades económicas o sociales comunes mediante una empresa de propiedad conjunta.
Corpus delicti#
Conjunto de elementos materiales y objetivos que demuestran que un delito efectivamente ocurrió: el cuerpo del delito en sentido amplio. No es el cadáver en homicidios (aunque también lo abarca), sino la evidencia que prueba la existencia del hecho típico, con independencia de quién lo cometió. Sin corpus delicti no puede haber condena penal.
Corte Interamericana de Derechos Humanos#
Órgano jurisdiccional autónomo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, con sede en San José, Costa Rica, encargado de aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Honduras aceptó su competencia contenciosa en 1981; sus sentencias contra el Estado son vinculantes y definitivas.
Corte Suprema de Justicia#
Máximo tribunal del Poder Judicial de Honduras. Integrada por 15 magistrados, conoce de la casación, los conflictos de competencia y las acciones de inconstitucionalidad.
Cosa juzgada#
Cualidad de la sentencia firme que la hace inmutable e indiscutible entre las partes, impidiendo que se vuelva a litigar el mismo asunto.
Costas procesales#
Gastos generados por la tramitación del proceso —honorarios de peritos, traducciones, publicaciones, derechos arancelarios, entre otros— que el juez puede imponer a la parte vencida en la sentencia. No incluyen los honorarios del propio abogado salvo condena expresa.
Costumbre#
Norma jurídica creada por la práctica reiterada y constante de una conducta con convicción de obligatoriedad. Se aplica en defecto o por remisión de la ley.
Cuasicontrato#
Hecho lícito y voluntario que produce obligaciones sin existir acuerdo de voluntades, como la gestión de negocios ajenos o el pago de lo no debido.
Cuasidelito#
Hecho ilícito cometido sin intención de dañar pero con culpa o negligencia, que genera la obligación de reparar el perjuicio causado.
Culpa#
Forma de imputación subjetiva consistente en obrar con falta del deber objetivo de cuidado, sin querer el resultado dañoso pero pudiendo preverlo.
Culpabilidad#
Reproche jurídico que se hace al autor de un hecho típico y antijurídico cuando pudo y debió actuar conforme a derecho. Presupone imputabilidad.
Cumplimiento normativo#
Función dentro de una organización dirigida a asegurar que sus actividades, sus empleados y sus relaciones con terceros se ajusten al marco legal aplicable y a los códigos de conducta internos. En Honduras es especialmente relevante en sectores regulados como banca, seguros y telecomunicaciones, y en materia de prevención de lavado de activos.
Curatela#
Institución de protección por la cual una persona, el curador, asiste a un mayor de edad declarado incapaz para el ejercicio de ciertos derechos.
Daño#
Perjuicio material o moral causado a una persona, susceptible de generar la obligación de reparar a cargo del responsable.
Daño emergente#
Disminución patrimonial efectiva sufrida por la víctima como consecuencia directa e inmediata del hecho dañoso: gastos médicos, reparaciones, bienes destruidos, deudas contraídas para atender la emergencia. Es uno de los componentes clásicos de la indemnización junto con el lucro cesante.
Daño moral#
Lesión a bienes no patrimoniales de la persona —honor, integridad psíquica, intimidad, afectos familiares, dignidad— causada por una conducta ilícita. Es indemnizable aunque no tenga equivalente exacto en dinero; el juez fija prudencialmente su monto atendiendo a la gravedad del hecho y a las circunstancias de la víctima.
De facto#
Expresión latina que significa "de hecho". Califica una situación o autoridad que existe en la realidad pero carece de fundamento legal o reconocimiento formal. Un gobierno de facto ejerce el poder sin título constitucional; un cónyuge de facto convive maritalmente sin matrimonio formalizado.
De iure#
Expresión latina que significa "de derecho". Califica una situación o autoridad que tiene reconocimiento formal y fundamento legal, aunque no necesariamente exista en la práctica. Se opone a "de facto": un gobernante de iure puede no ejercer poder efectivo, y viceversa.
Debida diligencia#
Estándar de conducta que exige a una persona —natural o jurídica— actuar con el grado de prudencia, cuidado e información que razonablemente cabe esperar en su posición. En contratos comerciales se traduce en investigaciones previas (financieras, legales, técnicas) antes de celebrar la operación; en materia de derechos humanos y prevención de lavado, en políticas internas de identificación de riesgos.
Debido proceso#
Garantía que asegura a toda persona ser juzgada por tribunal competente, con derecho de defensa, presunción de inocencia, prueba y recurso ante una autoridad superior.
Décimocuarto mes#
Salario adicional equivalente a un mes de sueldo que el patrono está obligado a pagar al trabajador en junio de cada año, regulado por la Ley del Séptimo Día y Décimo Cuarto Mes de Salario. Es distinto del aguinaldo (décimo tercer mes), que se paga en diciembre. Ambos son derechos independientes e irrenunciables.
Declaración tributaria#
Documento mediante el cual el contribuyente comunica a la administración tributaria los hechos relevantes para determinar su obligación tributaria: ingresos, gastos deducibles, créditos, retenciones y monto del impuesto a pagar. En Honduras se presenta ante el Servicio de Administración de Rentas (SAR) en los plazos y formatos que la ley establece.
Decomiso#
Pérdida en favor del Estado de los instrumentos, efectos o ganancias del delito, ordenada por sentencia firme.
Decreto#
Acto normativo emanado del Congreso Nacional o del Poder Ejecutivo. Los decretos del Congreso, una vez sancionados y publicados, tienen rango de ley.
Decreto Ejecutivo#
Acto normativo del Presidente de la República, refrendado por el Secretario de Estado correspondiente, para desarrollar o ejecutar una ley.
Defensor de oficio#
Abogado asignado por el Estado para representar gratuitamente al imputado o demandado que carece de defensor particular o de medios para sufragarlo. En Honduras lo provee la Defensa Pública adscrita al Poder Judicial, con cobertura obligatoria desde el primer acto del proceso penal en el que el imputado deba estar asistido.
Defensor público#
Abogado del Estado encargado de asistir gratuitamente a las personas que no pueden proveerse de defensa técnica en procesos penales u otros.
Delito#
Conducta humana, voluntaria, contraria a la ley penal, antijurídica, típica y culpable, sancionada con una pena. Se clasifica según su gravedad (delitos graves, menos graves y faltas) y según la forma de la acción (de comisión, de omisión, dolosos o culposos).
Demanda#
Acto procesal por el cual una persona ejerce ante el juez una pretensión contra otra, dando inicio al proceso civil.
Denuncia#
Comunicación, verbal o escrita, mediante la cual se pone en conocimiento de una autoridad la posible comisión de un delito.
Derecho a la vida#
Derecho fundamental e inviolable que ampara la existencia biológica de la persona desde su concepción. En Honduras tiene rango constitucional y se proyecta en prohibiciones absolutas (pena de muerte, tortura) y en obligaciones positivas del Estado (protección frente a riesgos sanitarios, ambientales y de seguridad).
Derecho administrativo#
Rama del derecho público que regula la organización, las funciones y los procedimientos de la administración pública, así como sus relaciones con los particulares. Comprende los actos y contratos administrativos, los servicios públicos, el régimen de los funcionarios, los recursos administrativos y el control judicial de la administración.
Derecho ambiental#
Rama del derecho que regula la protección, conservación, restauración y aprovechamiento sostenible del medio ambiente y sus recursos. Combina normas de derecho público (sanciones, licencias, fiscalización) y privado (responsabilidad por daño ambiental). En Honduras la Ley General del Ambiente y la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) son su núcleo institucional.
Derecho de autor#
Conjunto de prerrogativas morales y patrimoniales que la ley reconoce al creador de una obra literaria, artística o científica.
Derecho de petición#
Derecho de toda persona, individualmente o en grupo, a dirigirse por escrito a las autoridades públicas para plantear solicitudes, quejas o reclamos relacionados con asuntos de su interés o de interés general. La autoridad está obligada a dar una respuesta motivada dentro del plazo legal.
Derecho internacional privado#
Conjunto de normas que determinan, en situaciones con elementos extranjeros (matrimonios mixtos, contratos transfronterizos, sucesiones internacionales), cuál es la ley aplicable, qué juez es competente y cómo se reconocen las sentencias y los actos extranjeros. No regula directamente la relación, sino que indica el derecho que la rige.
Derecho internacional público#
Rama del derecho que regula las relaciones entre Estados y otros sujetos de derecho internacional (organizaciones internacionales, ciertos pueblos, individuos en algunos supuestos). Sus fuentes principales son los tratados, la costumbre internacional, los principios generales del derecho y, como medios auxiliares, la jurisprudencia y la doctrina.
Derecho personal#
Derecho subjetivo que confiere a su titular la facultad de exigir de otra persona determinada una prestación —dar, hacer o no hacer algo—. Su eficacia se limita al deudor (no es oponible a terceros), a diferencia del derecho real que recae sobre la cosa misma. Los créditos derivados de contratos son los ejemplos más comunes.
Derecho real#
Categoría de derecho subjetivo que se ejerce directamente sobre una cosa, con eficacia frente a todos (erga omnes). Sus tipos clásicos son la propiedad y los derechos sobre cosa ajena (usufructo, servidumbre, prenda, hipoteca, garantía mobiliaria). Se distingue del derecho personal o de crédito, que solo se ejerce frente a una persona determinada.
Derechos civiles#
Categoría de derechos fundamentales que protegen la esfera individual de la persona frente al Estado y a terceros: vida, integridad personal, libertad, igualdad, intimidad, honor, propiedad, libertad de conciencia y de expresión. Su ejercicio no depende de la situación económica o política del titular.
Derechos de los pueblos indígenas#
Conjunto de derechos colectivos e individuales reconocidos a los pueblos originarios y afrodescendientes: identidad cultural, idioma, territorio ancestral, autogobierno, consulta previa sobre medidas que les afecten, acceso a la justicia con perspectiva intercultural. En Honduras se sustentan en el Convenio 169 de la OIT, ratificado por el Estado, y en la jurisprudencia interamericana.
Derechos fundamentales#
Conjunto de derechos y libertades reconocidos por la Constitución como inherentes a la persona humana, vinculantes para todos los poderes públicos y protegidos mediante garantías reforzadas (amparo, habeas corpus, inconstitucionalidad). Comprenden los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales.
Derechos humanos#
Derechos inherentes a toda persona por su condición de tal, reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Honduras.
Derechos políticos#
Derechos que permiten al ciudadano participar en la conformación, ejercicio y control del poder político: derecho al voto, a ser elegido para cargos públicos, a constituir partidos políticos y a participar en consultas populares. Se reconocen normalmente a los nacionales mayores de edad, en pleno goce de sus derechos.
Descentralización#
Transferencia de competencias y recursos del gobierno central a entes con personalidad jurídica propia (municipalidades, instituciones autónomas, empresas estatales) que las ejercen bajo su responsabilidad y con autonomía relativa. Acerca la decisión a los ciudadanos y mejora la prestación de servicios; se distingue de la mera desconcentración por la existencia de personalidad jurídica del receptor.
Desconcentración#
Transferencia de funciones decisorias del nivel central de un órgano administrativo a sus oficinas regionales o locales, sin que estas adquieran personalidad jurídica propia. Permite agilizar la gestión sin alterar la estructura jerárquica ni crear nuevas entidades.
Designado presidencial#
Funcionario electo simultáneamente con el Presidente que lo sustituye en caso de ausencia temporal o falta absoluta. En Honduras pueden ser hasta tres, ordenados jerárquicamente para asegurar la sucesión, designados por la fórmula del partido ganador. La figura sustituye al cargo de Vicepresidente que existe en otros países.
Desistimiento#
Manifestación expresa del demandante o acusador particular de no continuar con el proceso o con un recurso. Una vez aceptado por el órgano jurisdiccional, produce el archivo definitivo del asunto y, según el caso, puede impedir un nuevo planteamiento.
Despido#
Acto unilateral del empleador que pone fin a la relación laboral. Puede ser justificado por causa legal, o injustificado, generando indemnización.
Despido injustificado#
Terminación unilateral del contrato de trabajo por el patrono sin que medie causa legal justificada. Da derecho al trabajador a recibir su liquidación completa, incluyendo cesantía e indemnización por preaviso, además de las prestaciones proporcionales acumuladas. Es la categoría más litigada en juicios laborales en Honduras.
Despido justificado#
Terminación del contrato de trabajo por el patrono sustentada en una causa legal específica imputable al trabajador (falta grave, abandono de labores, incumplimiento reiterado, entre otras). Cuando se acredita en juicio, el patrono no está obligado a pagar cesantía ni preaviso, aunque sí las prestaciones acumuladas.
Detención#
Privación temporal de libertad practicada por la policía o por particulares en supuestos de flagrancia, o por orden judicial. Debe comunicarse de inmediato al Ministerio Público y al juez; el detenido tiene derecho a ser informado del motivo y a contar con defensor.
Deudor#
Persona obligada a cumplir una prestación —dar, hacer o no hacer— en favor del acreedor. Responde del cumplimiento con todos sus bienes presentes y futuros, salvo los que la ley declara inembargables.
Devolución tributaria#
Restitución que el fisco debe al contribuyente cuando este ha pagado más de lo legalmente debido, ya sea por error, por exceso de retenciones, o por aplicación de un beneficio fiscal. En Honduras la devolución del ISV a los exportadores es uno de los supuestos más relevantes en la práctica empresarial.
Día feriado#
Día declarado de descanso obligatorio remunerado por la ley en conmemoración de fechas cívicas, religiosas o sociales (1 de enero, Semana Santa, 14 de abril, 1 de mayo, 15 de septiembre, entre otros). El trabajo en día feriado se paga con recargo según las reglas del Código del Trabajo.
Dictamen#
Opinión técnica o jurídica emitida por un perito, un consultor legal o un órgano consultor sobre un punto controvertido. No vincula al juez, pero constituye un medio de prueba o un elemento de valoración relevante para la decisión.
Diligencia#
Cada uno de los actos concretos que se practican dentro del proceso para hacerlo avanzar: notificaciones, inspecciones, declaraciones, embargos, citaciones, entre otros. También se llama así al acta que documenta su práctica.
Diputado#
Miembro del Congreso Nacional electo por voto popular. Tiene la facultad de iniciar, discutir y aprobar leyes, así como las demás atribuciones que le confiere la Constitución.
Discriminación#
Toda distinción, exclusión o restricción basada en motivos prohibidos por la ley —como sexo, raza, religión u opinión— que anule el ejercicio igualitario de derechos.
Dividendo#
Cuota de las utilidades de una sociedad que se distribuye a los accionistas en proporción al número y clase de acciones que poseen. Su pago requiere acuerdo de la asamblea o junta general, sobre la base de estados financieros aprobados y de la reserva legal correspondiente.
Divorcio#
Disolución del vínculo matrimonial decretada por autoridad judicial, por causa legal o por mutuo consentimiento de los cónyuges.
Doble nacionalidad#
Condición de la persona que ostenta simultáneamente la nacionalidad de dos o más Estados. Honduras la reconoce expresamente para sus nacionales, sin que la adquisición o conservación de una nacionalidad extranjera implique la pérdida de la hondureña, salvo renuncia expresa.
Doble tributación#
Situación en la que una misma renta o un mismo patrimonio resultan gravados por dos o más Estados al mismo tiempo, generalmente por aplicar criterios distintos (residencia, fuente, nacionalidad). Para evitarla, los Estados celebran Convenios para Evitar la Doble Tributación que reparten la potestad tributaria entre ellos. Honduras tiene varios de estos convenios vigentes.
Doctrina#
Opiniones y estudios de los juristas sobre el derecho. No es fuente formal, pero auxilia la interpretación y aplicación de las normas.
Documento#
Todo soporte material que contenga datos o información con eficacia jurídica, sea público (autorizado por funcionario) o privado.
Dolo#
Forma de imputación subjetiva consistente en la voluntad consciente de realizar el hecho típico, conociendo sus elementos.
Dolo eventual#
Forma de dolo en la que el autor no busca directamente el resultado dañoso pero se representa su producción como probable y la acepta o se conforma con ella. Es relevante para distinguir entre homicidio doloso y culposo en situaciones límite (conducción temeraria, disparos al aire, entre otras).
Domicilio fiscal#
Lugar de residencia o ubicación de actividades del contribuyente registrado ante el Servicio de Administración de Rentas, para fines tributarios.
Donación#
Acto a título gratuito por el cual una persona transfiere a otra un bien o derecho, sin recibir contraprestación.
Donación mortis causa#
Donación cuyos efectos se producen al momento de la muerte del donante, distinguiéndose de la donación entre vivos (efectos inmediatos) y aproximándose en su régimen al testamento. Está sujeta a formalidades especiales y a los límites de la legítima de los herederos forzosos.
Ejecutoria#
Sentencia que ha quedado firme por no admitir ya ningún recurso y que es, por tanto, plenamente exigible. Una vez ejecutoriada, la decisión adquiere autoridad de cosa juzgada y puede ejecutarse forzosamente si no se cumple voluntariamente.
Elusión fiscal#
Uso de mecanismos formalmente legales —pero contrarios al espíritu de la ley— para reducir o evitar el pago de un tributo, aprovechando vacíos normativos, calificaciones forzadas o estructuras artificiosas. Se distingue de la evasión fiscal (ocultación o falsedad) por su apariencia de licitud, pero puede ser desconocida por la administración aplicando la cláusula antielusiva del Código Tributario.
Emancipación#
Acto por el cual una persona menor de edad adquiere capacidad para regir su persona y bienes como si fuera mayor, ya sea por matrimonio, por concesión de quienes ejercen la patria potestad, o por mayoría de edad. Una vez otorgada no puede revocarse.
Emplazamiento#
Acto procesal por el cual se llama al demandado a comparecer en juicio dentro de un plazo determinado, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía.
Empleado público#
Persona vinculada al Estado por relación laboral o de servicio, en virtud de nombramiento, contrato o elección, para el desempeño de funciones públicas.
Encubridor#
Persona que, sin haber intervenido como autor o cómplice, interviene con posterioridad al delito ayudando a sus autores o aprovechándose de sus efectos.
Endoso#
Acto por el cual el tenedor de un título valor (cheque, pagaré, letra de cambio, factura cambiaria) lo transmite a otra persona escribiendo en el reverso una declaración firmada que lo identifica como nuevo beneficiario. El endosatario adquiere todos los derechos derivados del título.
ENEE#
Empresa Nacional de Energía Eléctrica. Entidad estatal responsable de la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en Honduras.
Enriquecimiento ilícito#
Delito que comete el funcionario público cuyo patrimonio aumenta de manera notoria sin que pueda justificar el origen lícito del incremento.
Erga omnes#
Locución latina que significa “frente a todos”. Designa los derechos u obligaciones oponibles a la generalidad de las personas, no solo a una parte determinada.
Escritura pública#
Documento autorizado por un notario en el ejercicio de su función, que recoge actos o contratos con efectos jurídicos plenos: compraventa de inmuebles, testamentos, constitución de sociedades, poderes generales, entre otros. Hace prueba plena de su contenido y otorga fe pública.
Estabilidad laboral#
Principio que protege la permanencia del trabajador en su puesto frente al despido arbitrario, exigiendo que toda terminación del contrato esté fundada en causa legal. En la práctica hondureña no impide el despido injustificado, pero obliga al patrono a indemnizar.
Estado de Derecho#
Sistema en que el poder público está sometido al ordenamiento jurídico, las autoridades actúan conforme a la ley y se garantizan los derechos fundamentales de las personas.
Estado de excepción#
Situación constitucional excepcional decretada por el Ejecutivo y ratificada por el Congreso, que permite la suspensión limitada de garantías frente a una grave amenaza al orden público.
Estado de necesidad#
Causa de justificación según la cual no es punible quien lesiona un bien jurídico para evitar un mal mayor, siempre que no haya provocado la situación.
Estado de sitio#
Régimen de excepción que el Estado puede declarar ante grave perturbación del orden público, permitiendo la restricción temporal de ciertos derechos conforme a la Constitución.
Estado laico#
Forma de organización del Estado caracterizada por la independencia entre las instituciones públicas y las confesiones religiosas, sin oficialidad de ningún culto y con neutralidad activa del poder político frente a las creencias. La Constitución de Honduras reconoce la libertad de culto y la no oficialidad religiosa, sin perjuicio de la cooperación del Estado con las comunidades religiosas en materias de interés común.
Estafa#
Delito que comete quien, con ánimo de lucro, induce a otro a error mediante engaño y obtiene así un beneficio patrimonial indebido.
Evasión fiscal#
Acción u omisión dolosa del contribuyente para eludir total o parcialmente el pago de un tributo, contrariando la ley.
Ex nunc#
"Desde ahora": indica que un acto produce efectos solo hacia el futuro, sin afectar las situaciones consolidadas antes de su declaración. Una nulidad ex nunc respeta lo ya cumplido y opera únicamente desde el momento de la declaración en adelante.
Ex officio#
Locución latina equivalente a “de oficio”. Designa la actuación que la autoridad realiza por iniciativa propia, sin necesidad de petición de parte.
Ex post facto#
"Después del hecho": ley o disposición que se pretende aplicar a hechos ocurridos antes de su entrada en vigencia. Está prohibida en materia penal por el principio de irretroactividad de la ley desfavorable: nadie puede ser juzgado por una ley posterior al hecho, salvo cuando la ley nueva favorezca al imputado.
Ex tunc#
"Desde entonces": indica que un acto produce efectos retroactivos, desde la fecha en que originalmente debió producirlos. Una nulidad declarada ex tunc borra todos los efectos del acto como si nunca hubiera existido; la restitución suele ser su consecuencia natural.
Excepción#
Medio de defensa que el demandado opone para impedir el éxito de la demanda, por motivos procesales (excepciones dilatorias) o de fondo (perentorias).
Exención#
Beneficio fiscal establecido por ley que libera al contribuyente de la obligación de pagar un tributo aunque se haya realizado el hecho imponible. Puede ser objetiva (sobre determinados bienes u operaciones) o subjetiva (sobre determinadas personas o entidades). En Honduras los productos de la canasta básica y ciertos servicios educativos y de salud están exentos del ISV.
Exhorto#
Comunicación oficial entre órganos jurisdiccionales mediante la cual uno solicita a otro la práctica de una diligencia que debe efectuarse fuera de su territorio de competencia. Cuando el destinatario es un tribunal extranjero se denomina exhorto internacional o carta rogatoria.
Eximente#
Circunstancia que excluye totalmente la responsabilidad penal del autor: causas de inimputabilidad (minoría de edad, trastorno mental), de justificación (legítima defensa, estado de necesidad, cumplimiento de un deber) o de inculpabilidad (miedo insuperable, error invencible). Su acreditación lleva a la absolución.
Exoneración#
Acto por el cual la autoridad competente —generalmente el Congreso Nacional o el Ejecutivo bajo autorización legal— libera a un contribuyente determinado del pago de uno o varios tributos por razones de interés público (fomento de inversión, ayuda humanitaria, sectores estratégicos). Se distingue de la exención en que requiere acto expreso para cada caso.
Expediente administrativo#
Conjunto ordenado de documentos y actuaciones que la administración acumula en un procedimiento para resolver un asunto: solicitud, pruebas, informes técnicos, notificaciones, resoluciones y recursos. Es base del control interno y externo de la actividad administrativa, y debe estar a disposición del interesado.
Expropiación#
Privación coactiva de la propiedad privada por causa de utilidad o necesidad pública, mediante ley y previo pago de la justa indemnización.
Extinción de dominio#
Procedimiento autónomo, de naturaleza real y no penal, por el cual el Estado priva al titular de la propiedad de bienes obtenidos directa o indirectamente de actividades ilícitas (narcotráfico, lavado de activos, corrupción, entre otras) o destinados a su comisión. No requiere condena penal previa y se rige por la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito.
Extinción de la acción penal#
Cese del derecho del Estado a perseguir un delito antes de que recaiga sentencia firme. Puede producirse por muerte del imputado, prescripción, amnistía, pago en delitos económicos que la ley admite, cumplimiento de criterios de oportunidad, conciliación o desistimiento del ofendido en delitos de acción privada, entre otras causales legales.
Extorsión#
Delito que comete quien, mediante violencia o intimidación, obliga a otro a realizar u omitir un acto en perjuicio de su patrimonio.
Extradición#
Entrega de una persona acusada o condenada por un delito por parte de un Estado a otro que la reclama para juzgarla o hacerle cumplir la pena.
Factoraje#
Contrato por el cual una empresa (factor) adquiere las cuentas por cobrar de otra (cliente) a cambio de un precio menor a su valor nominal, asumiendo total o parcialmente el riesgo de cobro. Permite al cliente obtener liquidez inmediata sin esperar el vencimiento de sus facturas.
Factura#
Documento mercantil emitido por el vendedor o prestador de un servicio que detalla los bienes o servicios suministrados, su cantidad, precio unitario, descuentos, impuestos y total a pagar. En Honduras debe cumplir requisitos formales del Régimen de Facturación del SAR para tener validez fiscal y servir como prueba de la operación.
Factura cambiaria#
Título valor en el cual se incorpora una compraventa a plazo de mercaderías, con la firma del comprador como aceptación. Combina la función probatoria de la factura ordinaria con la fuerza ejecutiva del título valor: a su vencimiento, si no se paga, faculta al tenedor a iniciar el cobro por la vía ejecutiva sin necesidad de juicio declarativo previo.
Falsificación de documentos#
Delito que consiste en alterar, simular o fabricar documentos públicos o privados con el propósito de hacerlos pasar por auténticos.
Falta#
Infracción penal de menor gravedad que el delito, sancionada con penas leves como multa o trabajo comunitario.
Fe pública#
Cualidad que la ley atribuye a las actuaciones de ciertos funcionarios (notarios, secretarios judiciales, registradores) por la cual sus declaraciones se presumen veraces y vinculantes mientras no sean redargüidas de falsedad por sentencia firme. Es el fundamento de la confianza en los instrumentos públicos.
Femicidio#
Delito autónomo consistente en dar muerte a una mujer por razones de género. Está tipificado en el Código Penal con pena agravada.
Fianza#
Contrato por el cual una persona —el fiador— se obliga a cumplir la obligación de otra si esta no lo hace. También: garantía para asegurar la libertad provisional del imputado.
Fideicomiso#
Contrato por el cual una persona (fideicomitente) transmite uno o más bienes a otra (fiduciario, normalmente una institución financiera) para que los administre con un fin determinado en beneficio de un tercero o de sí misma (fideicomisario). Es figura frecuente en inversión, herencia y administración de proyectos.
Filiación#
Vínculo jurídico que une a una persona con su padre, madre o ambos, con los derechos y deberes que de ello derivan.
Financiamiento del terrorismo#
Provisión o recaudación de fondos, por cualquier medio, con el conocimiento de que serán utilizados —total o parcialmente— para cometer actos de terrorismo o por organizaciones terroristas. En Honduras se sanciona con independencia de que los fondos lleguen a usarse y con independencia del delito terrorista subyacente, conforme a estándares del GAFI.
Firma electrónica#
Conjunto de datos electrónicos asociados a un documento que permiten identificar al firmante y verificar la integridad del contenido. Cuando se emite por un prestador de servicios de certificación acreditado, la firma electrónica certificada tiene en Honduras el mismo valor jurídico que la firma manuscrita, conforme a la Ley sobre Firmas Electrónicas.
Fiscal#
Funcionario del Ministerio Público encargado de ejercer la acción penal pública en representación de la sociedad y de velar por la legalidad del proceso.
Franquicia#
Contrato por el cual el titular de una marca, sistema o método de negocio (franquiciante) cede su uso a otra persona (franquiciado) a cambio de un pago inicial y regalías periódicas, transmitiéndole también know-how y asistencia técnica. El franquiciado opera bajo la marca y los estándares del franquiciante manteniendo independencia jurídica y económica.
Fuero sindical#
Protección especial que la ley concede a directivos y representantes sindicales, así como a los trabajadores en proceso de formar un sindicato, frente al despido o desmejora de condiciones. El patrono que pretenda despedirlos debe obtener previamente una autorización judicial; sin ella el despido es nulo.
Fuerza mayor#
Hecho externo, irresistible e imprevisible, que impide al obligado cumplir con su deber o que causa un resultado dañoso al margen de su voluntad. Excluye la responsabilidad penal y civil; ejemplos clásicos son los desastres naturales, conflictos armados y actos de autoridad imprevistos.
Fuerzas Armadas#
Institución permanente del Estado, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante, encargada de defender la integridad territorial y la soberanía de Honduras. Constitucionalmente subordinadas al poder civil bajo el mando supremo del Presidente de la República.
Fumus boni iuris#
"Apariencia de buen derecho": requisito para que se otorgue una medida cautelar, consistente en demostrar que la pretensión del solicitante tiene una probabilidad razonable de ser estimada en la sentencia definitiva. No exige certeza, solo verosimilitud del derecho invocado.
Función pública#
Conjunto de actividades y tareas que desempeñan los servidores del Estado para cumplir los fines de la administración pública. Implica un régimen jurídico especial —deberes de probidad, neutralidad, dedicación y rendición de cuentas— distinto del laboral privado. En Honduras se rige por la Ley del Servicio Civil y normas sectoriales.
Funcionario público#
Persona designada por elección, nombramiento o contratación para ejercer una función de poder o autoridad en nombre del Estado.
Fusión de sociedades#
Operación por la cual dos o más sociedades se reúnen en una sola: por absorción (una sociedad incorpora el patrimonio de otras que se disuelven) o por integración (todas las sociedades se disuelven para formar una nueva). Requiere acuerdo de las juntas respectivas, balance de fusión y registro mercantil.
Garantía mobiliaria#
Derecho real de garantía sobre bienes muebles (existencias, cuentas por cobrar, maquinaria, vehículos, derechos sobre marcas, entre otros) que se inscribe en un registro especial para asegurar el cumplimiento de una obligación. En Honduras la regula la Ley de Garantía Mobiliaria y se inscribe en el Registro de Garantías Mobiliarias.
Garantías constitucionales#
Mecanismos jurídicos previstos en la Constitución para proteger los derechos fundamentales, como el amparo, el hábeas corpus y el hábeas data.
Gerente#
Persona designada por los órganos sociales para representar a la sociedad y administrar su actividad diaria. Sus facultades resultan del nombramiento, de los estatutos y de la ley; cuando actúa dentro de ellas, obliga a la sociedad. Responde frente a la sociedad y los socios por los daños causados por culpa o dolo.
Golpe de Estado#
Toma o sustitución del poder político por vías no previstas en la Constitución, generalmente mediante el uso o la amenaza de la fuerza, en ruptura del orden constitucional vigente. En la historia hondureña reciente la ruptura constitucional de 2009 fue calificada como golpe de Estado por la Organización de los Estados Americanos y otros órganos internacionales.
Hábeas corpus#
Garantía constitucional que protege la libertad personal contra detenciones o restricciones ilegales o arbitrarias, ordenando la inmediata exhibición del detenido ante el juez.
Hábeas data#
Garantía constitucional que permite a toda persona conocer los datos que sobre ella obran en archivos públicos o privados y solicitar su rectificación o supresión.
Hecho imponible#
Presupuesto fáctico previsto por la ley cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria. Ejemplos: percibir una renta, vender un bien gravado, importar mercadería, ser propietario de un inmueble. Mientras el hecho imponible no se realiza, no hay obligación de pagar el tributo.
Herencia#
Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida, que se transmite a sus herederos por sucesión testada o intestada.
Hipoteca#
Derecho real de garantía que se constituye sobre un bien inmueble del deudor para asegurar el cumplimiento de una obligación, sin desposesión del propietario.
Homicidio#
Delito consistente en dar muerte a otra persona. Su tipo básico puede agravarse o atenuarse según las circunstancias previstas en el Código Penal.
Homicidio culposo#
Muerte de una persona causada por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de reglamentos, sin intención de matar. Es la modalidad típica del homicidio en accidentes de tránsito, accidentes laborales y mala praxis profesional, y conlleva penas significativamente menores que el homicidio doloso.
Homicidio doloso#
Muerte de una persona causada con intención (dolo) de matar o con conocimiento y aceptación del resultado letal probable. Es la modalidad más grave del delito de homicidio y, con ciertas circunstancias calificantes, se convierte en asesinato.
Horas extras#
Tiempo trabajado fuera de la jornada ordinaria, que debe ser pagado con un recargo según el Código del Trabajo.
Horas nocturnas#
Horas trabajadas durante el período comprendido entre las 7:00 p. m. y las 5:00 a. m. La jornada nocturna ordinaria tiene una duración máxima menor que la diurna y se paga con un recargo sobre el salario ordinario. La mezcla de horas diurnas y nocturnas en una misma jornada constituye jornada mixta, con su propio régimen.
Huelga#
Suspensión colectiva, voluntaria y pacífica del trabajo, ejercida por los trabajadores en defensa de sus intereses económicos o sociales, conforme a la ley.
Hurto#
Delito consistente en apoderarse de cosa mueble ajena con ánimo de lucro, sin violencia ni intimidación en las personas ni fuerza en las cosas.
IAIP#
Instituto de Acceso a la Información Pública. Órgano garante del derecho al acceso a la información en poder del Estado y la transparencia en la gestión pública.
ICF#
Instituto de Conservación Forestal. Ente encargado de la administración, manejo y protección del recurso forestal, áreas protegidas y vida silvestre.
Igualdad ante la ley#
Principio constitucional según el cual todas las personas tienen los mismos derechos y deben recibir el mismo trato jurídico, sin distinciones discriminatorias.
IHSS#
Instituto Hondureño de Seguridad Social. Institución encargada de administrar el régimen de seguridad social en salud, maternidad y pensiones para los afiliados.
Impuesto#
Tributo de carácter obligatorio que el Estado exige a los contribuyentes sin contraprestación directa, para financiar el gasto público. Se diferencia de la tasa (que se cobra por un servicio específico) y de la contribución especial (que se cobra por un beneficio derivado de una obra pública). En Honduras los principales son el ISR, el ISV y los aranceles aduaneros.
Impuesto directo#
Tributo que grava manifestaciones inmediatas de capacidad económica del contribuyente —renta o patrimonio— y cuya carga no se traslada fácilmente a un tercero. En Honduras el ejemplo típico es el Impuesto Sobre la Renta (ISR), que recae sobre los ingresos de personas naturales y jurídicas.
Impuesto indirecto#
Tributo que grava manifestaciones mediatas de capacidad económica —el consumo o la circulación de bienes y servicios— y cuya carga el contribuyente legal traslada generalmente al consumidor final. En Honduras el ejemplo típico es el Impuesto Sobre Ventas (ISV), pagado por el comprador y enterado al fisco por el vendedor.
Imputabilidad#
Capacidad del autor del hecho típico para comprender la ilicitud de su conducta y dirigirse conforme a esa comprensión. Es presupuesto de la culpabilidad.
Imputado#
Persona a quien se atribuye participación en la comisión de un delito en la etapa de investigación, antes de que se formule acusación formal.
In dubio pro reo#
Principio según el cual, ante la duda razonable sobre los hechos o la culpabilidad, el juez debe resolver a favor del acusado.
In personam#
"Contra la persona": calificación de la acción o el derecho que se ejerce frente a una persona determinada y que solo a ella obliga. Las acciones personales (cobro de una deuda, cumplimiento de un contrato) son in personam, en contraposición a las acciones reales o in rem.
In rem#
"Contra la cosa": calificación de la acción o el derecho que recae sobre un bien y es oponible erga omnes, frente a cualquier persona que se interponga entre el titular y la cosa. Las acciones reales (reivindicación de un inmueble, ejecución de una hipoteca) son in rem.
INA#
Instituto Nacional Agrario. Institución a cargo de aplicar la reforma agraria, titular tierras rurales y atender los conflictos de tenencia en el sector campesino.
Incapacidad laboral#
Imposibilidad temporal o permanente del trabajador para desempeñar sus labores por enfermedad, accidente o maternidad, debidamente certificada por la institución de seguridad social. Durante la incapacidad temporal el contrato se suspende y el trabajador recibe un subsidio en lugar del salario; la incapacidad permanente puede dar paso a una pensión.
Incidente#
Cuestión accesoria que surge dentro del proceso principal y que requiere una decisión judicial separada antes de continuar (nulidad, recusación, acumulación, tachas de testigos, entre otras). Se tramita en cuaderno o pieza separada para no entorpecer el curso del proceso principal.
Inconstitucionalidad#
Acción que se interpone ante la Corte Suprema de Justicia para que declare la incompatibilidad de una norma con la Constitución y la deje sin efecto.
Indemnización#
Suma de dinero u otra prestación que se paga para reparar el daño material o moral causado a otra persona.
Indulto#
Acto del Presidente de la República por el cual se perdona total o parcialmente la pena impuesta a una persona condenada por sentencia firme. No borra la condena ni el antecedente penal: solo extingue o reduce la pena pendiente de cumplir. Es una facultad excepcional sujeta a límites constitucionales y a control de razonabilidad.
Infracción tributaria#
Violación de las normas tributarias —omisión de declaración, presentación tardía, declaración inexacta, no llevar libros, no emitir factura, entre otras— sancionada con multas administrativas. Si la conducta es más grave y se cometió con dolo, puede constituir el delito de defraudación fiscal y dar lugar a responsabilidad penal.
Inhabilitación#
Pena accesoria que priva al condenado del ejercicio de determinados derechos, cargos o profesiones por el tiempo que fije la sentencia.
Iniciativa de ley#
Facultad de presentar proyectos de ley ante el Congreso Nacional. En Honduras corresponde a los diputados, al Presidente de la República a través de las Secretarías de Estado, a la Corte Suprema de Justicia en materias de su competencia, al Tribunal Supremo Electoral en materias electorales, y a los ciudadanos mediante iniciativa popular.
Inimputabilidad#
Condición de quien, por edad, enfermedad mental u otra causa prevista por la ley, no comprende la ilicitud del hecho o no puede determinarse conforme a esa comprensión.
Injuria#
Delito que consiste en ofender la dignidad o el honor de otra persona mediante palabras, gestos o actos. Se diferencia de la calumnia en que esta imputa específicamente un hecho delictivo falso; la injuria abarca cualquier menosprecio. La acción penal suele ser privada.
Inmunidad diplomática#
Conjunto de privilegios e inmunidades que el derecho internacional reconoce a los agentes diplomáticos acreditados ante un Estado extranjero, para asegurar el cumplimiento eficaz de sus funciones. Comprenden inviolabilidad personal y de la sede, exención de jurisdicción civil y penal local, y exenciones tributarias y aduaneras, conforme a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.
Inmunidad parlamentaria#
Prerrogativa constitucional que protege a los diputados frente a procesos judiciales por las opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo y, en ciertos casos, frente a detención sin autorización previa del Congreso. Su finalidad es preservar la independencia del Poder Legislativo, no eximir al funcionario de responsabilidad.
Insolvencia#
Situación económica en la que el deudor no puede atender sus obligaciones exigibles con sus bienes disponibles. Puede derivar en procedimientos concursales (concurso de acreedores, quiebra) destinados a ordenar el pago colectivo y, eventualmente, a liquidar el patrimonio del deudor.
Inspección del Trabajo#
Dependencia de la Secretaría de Trabajo encargada de velar por el cumplimiento de las normas laborales mediante inspecciones a los centros de trabajo.
Inspección judicial#
Medio de prueba consistente en el examen directo, por el juez, de personas, lugares o cosas relevantes para el proceso.
Instigador#
Persona que determina dolosamente a otra a cometer un delito mediante persuasión, promesa, presión o cualquier medio idóneo. El instigador no ejecuta el hecho, pero responde como autor del delito instigado en igualdad de pena con el ejecutor material.
Instituto de la Propiedad (IP)#
Institución que administra el sistema unificado de registros de propiedad inmueble, mueble, mercantil y de propiedad intelectual del país.
Instrumento privado#
Documento elaborado y firmado por las partes sin intervención de funcionario público con fe pública. Hace prueba entre quienes lo otorgan, pero su fecha y autenticidad pueden cuestionarse frente a terceros mientras no sea reconocido en juicio, autenticado ante notario o protocolizado. Contratos comerciales corrientes, recibos y cartas son típicamente instrumentos privados.
Instrumento público#
Documento autorizado por funcionario público competente en el ejercicio de sus atribuciones, con las solemnidades legales (escritura pública, acta judicial, certificación de un registro). Hace prueba plena del hecho que motiva su otorgamiento, de la fecha y de las declaraciones de los otorgantes.
Inter alia#
Locución latina equivalente a “entre otros”. Se emplea al enunciar ejemplos no exhaustivos.
Interés público#
Conjunto de necesidades, valores y aspiraciones cuya satisfacción concierne a la colectividad y cuya tutela corresponde al Estado. Es el fundamento y el límite de la actuación administrativa: justifica los privilegios de la administración (autotutela, ejecutoriedad) pero también restringe su discrecionalidad y le impone deberes de objetividad y servicio.
Interlocutoria#
Resolución judicial que decide una cuestión accesoria o de procedimiento sin poner fin al proceso principal. Se distingue de la sentencia definitiva, que sí resuelve el fondo del asunto.
Inversión extranjera#
Aportación de capital, bienes o tecnología realizada por personas o entidades no domiciliadas en el país, destinada a actividades productivas o comerciales en territorio nacional. En Honduras la Ley de Inversiones otorga al inversionista extranjero igualdad de trato con el nacional y garantiza la libre remisión de utilidades y de capital.
Ipso facto#
Locución latina que significa “por el hecho mismo”. Indica una consecuencia que se produce de manera automática, sin necesidad de declaración expresa.
ISR#
Impuesto Sobre la Renta. Tributo directo que grava los ingresos o rentas obtenidos por personas naturales y jurídicas en Honduras.
ISV#
Impuesto Sobre Ventas. Tributo indirecto que grava la venta de bienes y la prestación de servicios en el territorio nacional.
Iter criminis#
Camino o recorrido del delito desde su ideación interna hasta su consumación, pasando por la preparación, los actos ejecutivos, la tentativa y la consumación. Solo los actos ejecutivos en adelante son penalmente relevantes; la mera ideación no se castiga.
Ius cogens#
Norma imperativa del derecho internacional general, aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto, que no admite acuerdo en contrario y solo puede ser modificada por una norma posterior del mismo carácter. Comprende prohibiciones como la del genocidio, la esclavitud, la tortura y la agresión.
Ius sanguinis#
Principio por el cual una persona adquiere la nacionalidad de sus padres por filiación, con independencia del lugar de nacimiento. Honduras lo aplica de manera complementaria al ius soli: son también hondureños por nacimiento los hijos de padre o madre hondureños nacidos en el extranjero.
Ius soli#
Principio por el cual una persona adquiere la nacionalidad del Estado en cuyo territorio nace, con independencia de la nacionalidad de sus padres. Honduras aplica el ius soli en su Constitución: son hondureños por nacimiento los nacidos en territorio nacional, salvo hijos de agentes diplomáticos extranjeros.
Jerarquía normativa#
Ordenación de las normas jurídicas según su rango: Constitución en la cumbre, seguida de tratados internacionales (en particular los de derechos humanos), leyes ordinarias, reglamentos, ordenanzas municipales y demás disposiciones de menor jerarquía. Una norma inferior no puede contradecir a una superior; si lo hace, es inválida.
Jornada laboral#
Tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador. La ordinaria diurna no puede exceder de ocho horas diarias ni de 44 semanales.
Jubilación#
Derecho del trabajador a retirarse de la vida laboral activa al cumplir determinada edad y un número mínimo de cotizaciones, percibiendo a cambio una pensión vitalicia. En Honduras la gestiona el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) para el sector privado y el INJUPEMP para el sector público, con regímenes especiales para ciertas categorías. La edad de jubilación ordinaria depende del régimen aplicable.
Juez#
Funcionario del Poder Judicial investido de la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Resuelve los procesos de su competencia conforme a la ley.
Juez natural#
Principio según el cual nadie puede ser juzgado sino por el juez competente con anterioridad a los hechos, conforme a procedimientos legalmente establecidos. Prohíbe los tribunales de excepción creados ad hoc para juzgar a personas o hechos específicos y constituye una garantía fundamental del debido proceso.
Juicio#
Procedimiento judicial seguido ante un órgano jurisdiccional para resolver una controversia entre partes o establecer la responsabilidad penal de una persona, mediante la aplicación del derecho a hechos concretos. Concluye con una sentencia.
Juicio abreviado#
Procedimiento penal especial en el que el imputado, asistido por su defensor, acepta los hechos imputados a cambio de una rebaja en la pena solicitada por el Ministerio Público. Reduce la duración del proceso al evitar el debate oral pleno.
Juicio oral#
Modalidad de proceso en la que las pretensiones, las pruebas y los alegatos se exponen verbalmente ante el juez o tribunal, en audiencia pública, con inmediación y concentración. En Honduras es el modelo predominante en materia penal desde la entrada en vigencia del Código Procesal Penal.
Junta de accionistas#
Órgano supremo de una sociedad anónima, integrado por todos los accionistas con derecho de voto, encargado de aprobar los estados financieros, designar y remover administradores, decidir sobre reparto de utilidades, modificación de estatutos, fusión o disolución. Sus decisiones obligan incluso a los accionistas disidentes o ausentes.
Juramento#
Compromiso solemne de decir verdad o de cumplir fielmente con un deber, asumido ante autoridad competente. Su falsedad o incumplimiento puede acarrear responsabilidad penal por perjurio o falso testimonio según la materia.
Jurisdicción universal#
Principio del derecho internacional que faculta a los tribunales de cualquier Estado para juzgar ciertos delitos de extrema gravedad (genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, tortura, piratería) con independencia del lugar de comisión y de la nacionalidad del autor o de la víctima. Su fundamento es la protección de bienes jurídicos comunes a toda la humanidad.
Jurisprudencia#
Criterio reiterado de los tribunales superiores al resolver casos análogos. En Honduras tiene valor orientador y, en casación, puede constituir doctrina legal.
Juzgado#
Órgano jurisdiccional unipersonal de primera instancia, encargado de tramitar y resolver los procesos que la ley le atribuye.
La Gaceta#
Diario oficial de la República de Honduras. Es el medio en que se publican las leyes, decretos, acuerdos y demás actos para su vigencia y conocimiento público.
Lavado de activos#
Delito consistente en dar apariencia lícita a bienes o dinero procedentes de actividades ilícitas, mediante operaciones financieras o comerciales.
Legado#
Disposición testamentaria por la cual el testador deja a una persona determinada un bien concreto o una cantidad específica. Se distingue de la herencia en que esta abarca la universalidad del patrimonio del causante. El beneficiario se llama legatario.
Legalización#
Trámite mediante el cual una autoridad competente certifica la autenticidad de la firma y la calidad con que actuó el funcionario que firmó un documento, para que produzca efectos en el extranjero. Cuando los países involucrados son parte del Convenio de La Haya, la legalización se sustituye por la apostilla, trámite simplificado de un solo paso.
Legatario#
Persona designada en un testamento para recibir un legado (un bien concreto o una cantidad determinada). A diferencia del heredero, no sucede en la universalidad del patrimonio del causante y, por regla general, no responde de las deudas hereditarias salvo en lo recibido.
Legítima defensa#
Causa de justificación que exime de responsabilidad penal a quien repele una agresión ilegítima, actual o inminente, con un medio racionalmente necesario.
Legitimación#
Aptitud reconocida por la ley a una persona para actuar en un proceso, sea como demandante (legitimación activa) o como demandado (legitimación pasiva). Sin legitimación el órgano jurisdiccional no puede entrar a conocer el fondo del asunto.
Lesiones#
Delito que comete quien causa a otro daño en el cuerpo o en la salud, sea físico o psíquico. El tipo se gradúa según la gravedad del resultado.
Letra de cambio#
Título valor por el cual una persona —el librador— ordena a otra —el librado— pagar una suma determinada a un beneficiario en fecha cierta.
Ley#
Norma jurídica general, abstracta y obligatoria, dictada por el Congreso Nacional conforme al procedimiento previsto en la Constitución, y publicada en La Gaceta.
Ley ordinaria#
Norma jurídica aprobada por el Congreso Nacional por mayoría simple, conforme al procedimiento legislativo común, que regula materias no reservadas a la ley orgánica ni a la Constitución. Es la categoría más extensa del ordenamiento y comprende los códigos sectoriales y las leyes especiales.
Ley orgánica#
Categoría especial de ley que regula la organización y funcionamiento de los poderes del Estado, las instituciones constitucionales y los derechos fundamentales. Su aprobación o modificación requiere quórum reforzado en el Congreso Nacional (en Honduras, dos terceras partes de los votos) y prevalece sobre la ley ordinaria en materias reservadas a ella.
Libertad condicional#
Beneficio penitenciario que permite a un condenado cumplir el resto de su pena fuera de prisión, bajo determinadas condiciones (residencia fija, presentación periódica, no cometer nuevos delitos), tras haber cumplido una parte de la condena y mostrar buena conducta.
Libertad de asociación#
Derecho de toda persona a unirse libremente con otras para fines lícitos —políticos, religiosos, culturales, económicos, sindicales, deportivos, entre otros— sin necesidad de autorización previa. El Estado solo puede restringirla por ley en supuestos estrictamente justificados; nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.
Libertad de culto#
Derecho fundamental de toda persona a profesar la religión que elija y a manifestarla en público o en privado, dentro del respeto a la ley y al orden público.
Libertad de expresión#
Derecho fundamental a difundir libremente el pensamiento por cualquier medio, sin censura previa, con las responsabilidades ulteriores que fije la ley.
Libertad de prensa#
Manifestación específica de la libertad de expresión que protege la publicación y difusión de información y opinión por los medios de comunicación.
Libertad de reunión#
Derecho de las personas a reunirse pacíficamente y sin armas, sea en lugares públicos o privados, para deliberar sobre asuntos de interés común. Su ejercicio en espacios públicos puede sujetarse a notificación previa a la autoridad y a medidas razonables de orden, pero no requiere autorización ni puede ser prohibido sin causa grave.
Libertad de tránsito#
Derecho de toda persona a entrar, permanecer, trasladarse y salir del territorio nacional, así como a fijar libremente su residencia, sin más limitaciones que las que establezca la ley por razones de salud pública, seguridad u órdenes judiciales. Comprende también la libertad de no ser objeto de arraigo o prohibición de salida sin causa legal.
Libertad personal#
Derecho a no ser detenido, retenido o encarcelado sin causa legal y forma establecida en la ley. Nadie puede ser privado de su libertad sino por mandamiento judicial o en caso de flagrancia, debiendo ser informado de los motivos, asistido por defensor y presentado ante el juez en un plazo no mayor de veinticuatro horas.
Libertad provisional#
Situación en que el imputado permanece en libertad durante el proceso penal en lugar de prisión preventiva, generalmente bajo medidas sustitutivas como caución económica, arraigo domiciliario, prohibición de salir del país o presentaciones periódicas ante el juez.
Libros contables#
Registros que el comerciante debe llevar para documentar sus operaciones: diario (asientos cronológicos), mayor (cuentas individuales) e inventarios y balances. En Honduras deben llevarse conforme a los principios de contabilidad generalmente aceptados y conservarse al menos cinco años para efectos fiscales y mercantiles.
Licencia administrativa#
Acto administrativo que habilita a una persona para ejercer una actividad sujeta a control previo del Estado (construcción, conducción de vehículos, comercialización de bebidas alcohólicas, ejercicio profesional). Se diferencia del permiso en que verifica que el solicitante cumple requisitos legales preestablecidos y produce efectos más estables.
Licencia de maternidad#
Permiso remunerado al que tiene derecho la trabajadora embarazada antes y después del parto. En Honduras es de diez semanas (cuatro antes y seis después), durante las cuales recibe el subsidio del IHSS. Durante el embarazo y los tres meses posteriores al parto la trabajadora goza de inamovilidad: no puede ser despedida sin autorización judicial.
Licencia de paternidad#
Permiso al que tiene derecho el trabajador con motivo del nacimiento de un hijo o hija. En Honduras la duración prevista en la legislación laboral ordinaria es breve y su regulación detallada se ha venido ampliando vía reglamentos sectoriales y políticas internas de cada patrono.
Licitación pública#
Procedimiento administrativo competitivo y abierto por el cual el Estado selecciona al contratista que ofrezca las mejores condiciones para un contrato público.
Liquidación#
Cálculo y pago final de todas las prestaciones laborales adeudadas al trabajador al término de la relación de trabajo: cesantía, preaviso (si procede), vacaciones proporcionales, aguinaldo y décimocuarto proporcionales, y demás derechos acumulados. Debe entregarse en un solo acto y de forma documentada.
Liquidación de sociedad#
Etapa posterior a la disolución de una sociedad, durante la cual se realiza el activo, se paga el pasivo y se reparte el remanente entre los socios conforme a sus aportes y al estatuto. La sociedad conserva personalidad jurídica solo para los efectos de la liquidación, hasta su cancelación en el registro mercantil.
Litispendencia#
Excepción procesal que se opone cuando existe otro proceso pendiente entre las mismas partes, sobre el mismo objeto y por la misma causa.
Lucro cesante#
Ganancia que la víctima dejó de obtener como consecuencia del hecho dañoso, calculada con base en lo que razonablemente habría percibido de no haberse producido el daño: salarios no devengados durante la incapacidad, utilidades comerciales no realizadas, frutos no obtenidos. Junto con el daño emergente integra el daño material indemnizable.
Magistrado#
Juez integrante de un órgano jurisdiccional colegiado, como la Corte Suprema de Justicia o las cortes de apelaciones.
Malversación#
Delito cometido por funcionario público que destina fondos o bienes públicos confiados a su custodia a un uso distinto del legalmente previsto, en provecho propio o ajeno. Es una de las modalidades centrales de los delitos contra la administración pública.
Mandamiento de captura#
Orden escrita emitida por un juez competente para que la policía aprehenda a una persona y la presente ante la autoridad judicial. Debe identificar al sujeto, expresar la causa y citar los fundamentos legales que la justifican.
Mandato#
Contrato por el cual una persona —el mandatario— se obliga a realizar uno o más actos jurídicos por cuenta de otra —el mandante—.
Maras#
Estructuras criminales organizadas de origen centroamericano (las más conocidas, MS-13 y Barrio 18) dedicadas a delitos como extorsión, sicariato, narcotráfico y secuestro, con presencia significativa en Honduras. La Ley contra las Maras y Pandillas tipifica como delito autónomo la asociación ilícita en estas estructuras, además de las penas por los delitos concretos cometidos.
Marca#
Signo distintivo, registrable, que sirve para identificar en el mercado los productos o servicios de un titular frente a los de otros competidores.
Matrimonio#
Unión solemne entre dos personas con el propósito de constituir una vida común, regulada por la Constitución, el Código de Familia y demás leyes.
Mayoría de edad#
Edad fijada por la ley —en Honduras, 18 años cumplidos— a partir de la cual la persona adquiere la plena capacidad de obrar.
Mediación#
Método alterno de solución de conflictos en que un tercero imparcial facilita el diálogo entre las partes para que ellas mismas alcancen un acuerdo.
Medida de seguridad#
Sanción penal de carácter no punitivo aplicada a personas que han cometido un hecho típico pero son inimputables (por ejemplo, por trastorno mental grave) o representan un peligro para la sociedad. Su finalidad es la prevención y el tratamiento, no el castigo, e incluye internamiento en establecimiento adecuado, tratamiento ambulatorio o limitaciones de actividad.
Medio ambiente#
Conjunto de elementos naturales y artificiales que rodean a las personas y condicionan su existencia: agua, aire, suelo, flora, fauna, ecosistemas y patrimonio cultural asociado. La Constitución reconoce el derecho de toda persona a un ambiente sano y la obligación del Estado de protegerlo, junto con deberes correlativos de los particulares.
Menor de edad#
Persona que no ha cumplido los dieciocho años. La ley protege su capacidad mediante representación legal (padres o tutor) y limita los actos jurídicos que puede celebrar por sí misma. Goza además de los derechos especiales reconocidos en el Código de la Niñez y la Adolescencia.
Mens rea#
Expresión del derecho anglosajón que designa el elemento subjetivo del delito: la intención culpable o el estado mental del autor al cometer la conducta (dolo o culpa). En el derecho hondureño se corresponde con la culpabilidad y, en particular, con las categorías de dolo (intencional) y culpa (negligente).
Mercadería#
Bienes muebles destinados al comercio: a la venta, permuta, exhibición o cualquier otra operación habitual del comerciante. Su régimen difiere del de los bienes destinados al uso personal del titular, especialmente en materia de transmisión, prueba de propiedad y responsabilidad por vicios.
Ministerio Público#
Institución autónoma encargada de ejercer la acción penal pública, defender los intereses generales de la sociedad y representar a la víctima en el proceso penal.
Minuta#
Documento preparatorio en el que se redactan los términos de un acto o contrato antes de su otorgamiento ante notario en escritura pública. Sirve para que las partes revisen el contenido y, una vez aprobado, se transcriba al protocolo del notario para su firma definitiva. Carece por sí misma de valor de instrumento público.
Mora#
Retraso culpable en el cumplimiento de una obligación, una vez vencido el plazo y, en su caso, requerido el deudor. Genera la obligación de pagar intereses moratorios.
Multa#
Pena pecuniaria consistente en la obligación de pagar al Estado una suma de dinero por la comisión de un delito o una falta administrativa.
Municipalidad#
Órgano de gobierno del municipio, integrado por el alcalde, el vicealcalde y los regidores que conforman la Corporación Municipal. Ejerce funciones normativas (ordenanzas), ejecutivas (servicios públicos, obras locales) y fiscales (recaudación de tasas y patentes municipales).
Municipio#
Entidad territorial y política de base del Estado, conformada por una población asentada en un territorio definido y dotada de autonomía para administrar sus propios intereses. En Honduras hay 298 municipios distribuidos en los 18 departamentos del país.
Mutatis mutandis#
Locución latina que significa “cambiando lo que deba cambiarse”. Se usa para aplicar una norma o argumento a un caso similar con las adaptaciones necesarias.
Mutuo#
Contrato por el cual una parte entrega a otra dinero u otra cosa fungible para que se sirva de ella, con cargo de restituir igual cantidad de la misma especie y calidad.
Nacionalidad#
Vínculo jurídico-político entre una persona y el Estado, del que derivan derechos y obligaciones recíprocos. Puede ser hondureña por nacimiento o por naturalización.
Narcotráfico#
Comercialización ilícita de drogas y sustancias estupefacientes prohibidas por la ley, en sus diversas fases: producción, transporte, distribución, venta. En Honduras es un delito grave sancionado con penas privativas de libertad elevadas, decomiso de bienes y, conforme a tratados bilaterales con Estados Unidos, susceptible de extradición de nacionales.
Naturalización#
Acto por el cual el Estado concede la nacionalidad hondureña a un extranjero que cumple los requisitos previstos por la Constitución y la ley.
Niñez#
Etapa de la vida desde el nacimiento hasta los doce años. Las personas en esta etapa son sujetos plenos de derechos y reciben protección integral del Estado.
Nombramiento#
Acto administrativo por el cual la autoridad competente designa a una persona para ocupar un cargo público específico, surtiendo efectos jurídicos plenos desde su notificación y, en su caso, desde la toma de posesión. Documenta la relación de servicio entre el funcionario y la administración.
Nombre comercial#
Signo que identifica a un comerciante o a un establecimiento en el ejercicio de su actividad económica, distinguiéndolo de los demás. Se protege por su uso efectivo y, en Honduras, también por su inscripción ante el Instituto de la Propiedad. Se diferencia de la marca, que distingue productos o servicios.
Norma jurídica#
Regla general y obligatoria, emitida por la autoridad competente conforme al procedimiento establecido, que ordena, prohíbe o permite una conducta y a la cual corresponde una consecuencia jurídica en caso de incumplimiento. Es la unidad básica del ordenamiento jurídico.
Notario#
Profesional del derecho investido por el Estado de la facultad de dar fe pública a los actos y contratos que ante él se otorgan.
Notificación#
Acto procesal por el cual se comunica a las partes o terceros una resolución judicial, conforme a las formas previstas por la ley.
Notificación personal#
Modalidad de notificación en la que el contenido de una resolución se entrega directamente al destinatario, con constancia de su recibo. Es la forma más segura de comunicación judicial o administrativa y suele exigirse para decisiones que afectan gravemente la situación del interesado (demanda, sentencia, sanción administrativa).
Novación#
Modo de extinguir una obligación al sustituirla por una nueva, ya sea cambiando su objeto, su causa o las personas obligadas. Requiere voluntad clara de novar: si no se manifiesta, las obligaciones coexisten en lugar de extinguirse la antigua.
Nullum crimen sine lege#
Principio penal según el cual no hay delito sin una ley previa que lo defina ni pena sin una ley previa que la establezca.
Obiter dictum#
Comentario u observación que aparece en una sentencia pero que no es esencial para la decisión del caso: reflexiones marginales, ejemplos, argumentos alternativos. En sistemas de precedente vinculante no obliga a los tribunales posteriores, aunque puede tener valor persuasivo.
Obligación#
Vínculo jurídico entre dos personas por el cual una —el deudor— debe cumplir una prestación de dar, hacer o no hacer en favor de la otra —el acreedor—.
Obligación tributaria#
Vínculo jurídico que surge entre el contribuyente y el Estado al realizarse el hecho imponible, en virtud del cual aquel debe dar (pago del tributo), hacer (presentar declaraciones, llevar libros) o tolerar (verificaciones, inspecciones) lo que la ley establece. La principal es la de pagar; las demás son accesorias.
Obra pública#
Construcción, ampliación, mejora, mantenimiento o demolición de un bien inmueble realizada por el Estado, directamente o por contrato, con fondos públicos y para uso o servicio colectivo: carreteras, puentes, hospitales, escuelas, edificios públicos. Su contratación se rige por la Ley de Contratación del Estado.
Ocupación de bienes#
Modo originario de adquirir la propiedad sobre cosas sin dueño (res nullius) o abandonadas, mediante la aprehensión material con intención de hacerlas propias. Comprende la caza, la pesca, el hallazgo de tesoros (con reglas especiales) y la apropiación de animales bravíos. No se aplica a inmuebles, que en Honduras carecen de la categoría de res nullius.
Omisión#
Modalidad de comisión de un delito mediante la inactividad de quien tenía el deber jurídico de actuar para evitar el resultado. Se distingue entre omisión propia (el tipo penal sanciona directamente el no hacer) y omisión impropia o comisión por omisión (el no hacer equivale a un actuar prohibido por la posición de garante del omitente).
Opinio juris#
Convicción de los Estados de que una práctica determinada es jurídicamente obligatoria, no un mero acto de cortesía o conveniencia. Es uno de los dos elementos constitutivos de la costumbre internacional, junto con la práctica reiterada.
Opinión consultiva#
Pronunciamiento que un tribunal internacional —como la Corte Interamericana o la Corte Internacional de Justicia— emite sobre la interpretación de un instrumento internacional o de una situación jurídica, a solicitud de los órganos legitimados. No resuelve un caso contencioso ni es vinculante en sentido formal, pero tiene gran autoridad como fuente interpretativa.
Orden público#
Estado de paz, seguridad y respeto a la legalidad y a las buenas costumbres que la administración tiene el deber de mantener mediante el ejercicio de su poder de policía. Sus elementos clásicos son la seguridad pública, la tranquilidad pública y la salubridad pública; modernamente se incluyen también la dignidad humana y el ambiente.
Ordenanza municipal#
Norma jurídica dictada por la corporación municipal en ejercicio de su autonomía, de aplicación obligatoria dentro del término del municipio.
Pacta sunt servanda#
Principio según el cual los pactos válidamente celebrados deben cumplirse de buena fe por las partes que los suscribieron.
Pagaré#
Título valor por el cual una persona promete pagar a otra una cantidad determinada en un plazo cierto, sin condición.
Paraíso fiscal#
Jurisdicción que ofrece a las personas y empresas extranjeras una carga tributaria muy baja o nula, junto con altos niveles de secreto bancario o societario. Honduras mantiene una lista oficial de paraísos fiscales para efectos del régimen de precios de transferencia y de la deducibilidad de pagos a entidades allí domiciliadas.
Parricidio#
Tipo penal agravado de homicidio cuando la víctima es ascendiente, descendiente, cónyuge o pareja del autor, en los términos del Código Penal.
Parte procesal#
Persona, natural o jurídica, que interviene en un proceso defendiendo un interés propio frente al de otra: demandante y demandado en lo civil; acusador e imputado en lo penal. Las partes son titulares de derechos y cargas procesales específicos.
Partidos políticos#
Asociaciones de personas con un programa político común, constituidas para participar en los procesos electorales y, eventualmente, ejercer el poder público. En Honduras son instituciones de derecho público regidas por la Ley Electoral y supervisadas por el Tribunal de Justicia Electoral y el Consejo Nacional Electoral; reciben financiamiento estatal en proporción a su votación.
Patente#
Título que el Estado otorga al inventor para explotar en exclusiva una invención durante un plazo determinado, a cambio de divulgar su contenido.
Patente municipal#
Autorización que otorgan las municipalidades para que una persona natural o jurídica ejerza una actividad comercial, industrial o de servicios dentro de su jurisdicción. Es de renovación anual y su pago se calcula sobre el activo o los ingresos del contribuyente. Su falta puede dar lugar a multas y al cierre del establecimiento.
Patria potestad#
Conjunto de derechos y deberes que la ley atribuye a los padres respecto de los hijos menores no emancipados, en interés de estos.
Patrimonio#
Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona, susceptibles de valoración económica, que constituye una universalidad jurídica.
Patrono#
Persona, natural o jurídica, que contrata los servicios de un trabajador a cambio de un salario y bajo su subordinación o dependencia. En el Código del Trabajo de Honduras es la denominación predominante, equivalente a "empleador" en otras legislaciones.
Peculado#
Delito que comete el funcionario público que sustrae o consiente que se sustraigan caudales o efectos públicos cuya administración le está confiada.
Pena#
Sanción establecida por la ley para quien comete un delito o falta, impuesta por sentencia firme de juez competente.
Pena de muerte#
Sanción consistente en privar de la vida a una persona como castigo por un delito grave. La Constitución de la República de Honduras la prohíbe expresamente, en consonancia con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales suscritos por el Estado. Su reintroducción requeriría una reforma constitucional que enfrenta límites materiales en el sistema interamericano.
Pensión#
Prestación económica periódica que se paga a una persona por jubilación, invalidez, vejez o muerte del cotizante, conforme al régimen de seguridad social aplicable. En Honduras la pagan el IHSS para los trabajadores del sector privado y el INJUPEMP para servidores públicos, entre otros regímenes especiales.
Pensión alimenticia#
Suma de dinero que el obligado a alimentos debe entregar periódicamente —normalmente al mes— al alimentista o a su representante. Su monto se fija por convenio o por sentencia judicial y puede revisarse cuando cambian las circunstancias económicas de las partes.
Per se#
Locución latina que significa “por sí mismo”. Indica que algo se considera de cierto modo en sí, sin necesidad de circunstancias adicionales.
Perdón judicial#
Beneficio que el juez puede otorgar, en los casos taxativamente previstos por la ley, dispensando al condenado del cumplimiento de la pena o de parte de ella en atención a circunstancias especiales (gravedad menor del hecho, reparación voluntaria del daño, falta de antecedentes, conducta posterior). No borra la condena ni el antecedente penal.
Periculum in mora#
"Peligro en la demora": requisito para que se otorgue una medida cautelar, consistente en demostrar que la espera del resultado del proceso causaría un daño irreparable o de difícil reparación al solicitante. Junto con el fumus boni iuris constituye los dos presupuestos clásicos de las medidas cautelares.
Período de prueba#
Lapso inicial del contrato de trabajo durante el cual cualquiera de las partes puede darlo por terminado sin expresión de causa ni responsabilidad económica, salvo el pago de los días trabajados. En Honduras no puede exceder de sesenta días y debe pactarse expresamente; en su defecto, se entiende que el trabajador está contratado en forma definitiva desde el inicio.
Período fiscal#
Lapso al que se refiere la declaración y pago de un tributo. En Honduras el período fiscal del ISR para personas naturales y la generalidad de las jurídicas es del 1 de enero al 31 de diciembre, con plazos de declaración usualmente en abril del año siguiente. Existen períodos especiales autorizados por el SAR para ciertos contribuyentes.
Peritaje#
Medio de prueba consistente en el dictamen de un experto en una ciencia, arte u oficio para auxiliar al juez en cuestiones técnicas.
Permiso#
Acto administrativo por el cual la autoridad autoriza a un particular a realizar una actividad o usar un bien de dominio público que, sin esa autorización, estaría prohibida o restringida. Es revocable por razones de interés público y suele estar sujeto a condiciones, plazo y pago de una tasa.
Persona jurídica#
Ente colectivo —como una sociedad, asociación o fundación— al que la ley reconoce capacidad para ser titular de derechos y obligaciones distintas de las de sus miembros.
Persona natural#
Todo ser humano, considerado como sujeto de derecho desde su nacimiento hasta su muerte.
Personalidad jurídica#
Atributo que la ley reconoce a entidades distintas de las personas naturales (sociedades, asociaciones, fundaciones, cooperativas, sindicatos) para ser sujetos de derechos y obligaciones, actuar en juicio y tener patrimonio propio. Se adquiere por la inscripción en el registro correspondiente según el tipo de entidad.
Planilla#
Registro periódico —usualmente quincenal o mensual— en que el patrono detalla los nombres de sus trabajadores, días laborados, salario devengado, deducciones aplicadas y monto neto pagado. Es documento clave para la fiscalización del cumplimiento laboral, tributario y de seguridad social.
Plazo#
Período fijado por la ley o por el juez para realizar un acto procesal. Puede ser perentorio (no admite prórroga; vencido extingue el derecho a actuar) o no perentorio (admite prórroga justificada). Se cuenta en días hábiles salvo disposición distinta.
Plebiscito#
Consulta directa al pueblo, convocada por la autoridad competente, para que apruebe o rechace una decisión política de especial trascendencia (cambio del régimen, política internacional, reforma sustancial de instituciones). En Honduras está previsto constitucionalmente y se regula en la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana.
Poder Ejecutivo#
Rama del poder público encargada de ejecutar las leyes y dirigir la administración general del Estado. Lo encabeza el Presidente de la República.
Poder especial#
Acto jurídico mediante el cual una persona autoriza a otra a actuar en su nombre en un acto o asunto concretamente determinado: vender un inmueble específico, contraer matrimonio por poder, cobrar una suma determinada, comparecer a una audiencia particular. Sus efectos se agotan al cumplirse el encargo.
Poder general#
Acto jurídico por el cual una persona (poderdante) autoriza a otra (apoderado) a actuar en su nombre y representación en una pluralidad de asuntos o actos jurídicos, dentro de los límites que se establezcan. Debe otorgarse en escritura pública para ciertos efectos (administración de inmuebles, representación en juicio) y se inscribe en el registro respectivo cuando la ley lo exige.
Poder Judicial#
Rama del poder público que administra justicia en nombre del Estado mediante los tribunales. Lo dirige la Corte Suprema de Justicia.
Poder Legislativo#
Rama del poder público encargada de elaborar, reformar y derogar las leyes. En Honduras lo ejerce el Congreso Nacional.
Policía Nacional#
Institución civil, profesional y permanente encargada de mantener el orden público, prevenir el delito, proteger los derechos de las personas y colaborar con la investigación criminal bajo la dirección del Ministerio Público. Depende de la Secretaría de Seguridad y se rige por la Ley Orgánica de la Policía Nacional.
Posesión#
Tenencia material de una cosa o ejercicio de un derecho con ánimo de titular. Está protegida por las acciones posesorias aunque no haya propiedad.
Potestad discrecional#
Margen de apreciación que la ley reconoce a la administración para elegir entre varias soluciones igualmente válidas dentro de los límites legales, atendiendo a criterios de oportunidad, conveniencia y mejor servicio al interés público. No es libre arbitrio: debe ser motivada y queda sujeta a control de razonabilidad y proporcionalidad.
Potestad reglada#
Facultad administrativa cuyo contenido y forma de ejercicio están plenamente determinados por la ley, de manera que el órgano no tiene margen de elección: debe resolver del modo que la norma indica una vez verificados los supuestos de hecho. Es el opuesto de la potestad discrecional.
Preaviso#
Aviso anticipado que la parte que termina el contrato de trabajo sin causa debe dar a la otra, con la antelación que fija la ley según los años de servicio.
Prenda#
Derecho real de garantía que recae sobre una cosa mueble del deudor, entregada al acreedor o a un tercero, para asegurar el cumplimiento de una obligación.
Prescripción#
Modo de adquirir derechos o de extinguir obligaciones por el transcurso del tiempo y demás requisitos legales. Se distingue de la caducidad por admitir interrupción.
Prescripción tributaria#
Extinción del derecho del fisco a determinar o cobrar un tributo, o del contribuyente a solicitar una devolución, por el transcurso del plazo legal sin haber sido ejercido. En Honduras el Código Tributario establece plazos generales de varios años según el supuesto, contados desde la fecha en que la obligación se hizo exigible.
Presidente de la República#
Jefe de Estado y de Gobierno de Honduras, titular del Poder Ejecutivo, elegido por sufragio universal y directo para un período de cuatro años. Sus atribuciones incluyen dirigir la política general del Estado, sancionar y publicar las leyes, conducir las relaciones internacionales, ser comandante general de las Fuerzas Armadas y nombrar a los Secretarios de Estado.
Prestaciones laborales#
Conjunto de derechos económicos que la ley reconoce al trabajador frente al patrono, exigibles al término de la relación laboral por causas no imputables al trabajador. Incluyen, entre otros, cesantía, vacaciones proporcionales, aguinaldo y décimocuarto mes proporcionales. Suelen denominarse coloquialmente la "liquidación".
Presunción#
Inferencia que la ley o el juez establecen, a partir de un hecho conocido, sobre la existencia de otro desconocido. Puede admitir prueba en contrario o no.
Pretensión#
Lo que una parte concretamente pide al órgano jurisdiccional en el proceso: que se condene al demandado a pagar, que se declare la nulidad de un contrato, que se imponga una pena, etc. Fija el objeto del proceso y limita lo que el juez puede decidir.
Prevaricato#
Delito que comete el juez o funcionario que dicta a sabiendas resolución contraria a la ley, o que actúa con grave injusticia en el ejercicio de su cargo.
Prima facie#
Locución latina que significa “a primera vista”. Designa lo que aparece como verdadero o suficiente al primer examen, salvo prueba en contrario.
Principio de legalidad#
Principio según el cual los poderes públicos solo pueden hacer aquello que la ley expresamente les permite, mientras los particulares pueden hacer todo lo que la ley no prohíbe. Es uno de los pilares del Estado de derecho y se proyecta de forma reforzada en materia penal y tributaria, donde solo la ley puede crear delitos, penas o tributos.
Principio de no intervención#
Norma fundamental del derecho internacional que prohíbe a un Estado interferir directa o indirectamente en los asuntos internos o externos que corresponden exclusivamente a la jurisdicción de otro Estado, sea por acción militar, presión económica o injerencia política. Está consagrado en la Carta de las Naciones Unidas y en la Carta de la OEA.
Prisión#
Pena privativa de libertad consistente en el encarcelamiento del condenado por el tiempo que fija la sentencia, dentro de los límites del Código Penal.
Prisión preventiva#
Medida cautelar de carácter personal por la cual un juez ordena la privación de libertad del imputado durante el proceso penal, para asegurar su comparecencia, evitar la obstrucción de la investigación o proteger a las víctimas. Es excepcional y debe estar fundada en peligro procesal concreto.
Proceso#
Conjunto de actos coordinados que se desarrollan ante un tribunal con el fin de obtener una sentencia que resuelva la controversia.
Procurador#
Persona que representa a otra en un proceso judicial en virtud de un poder. En Honduras puede ser un abogado o un procurador acreditado conforme a la ley.
Procuraduría General de la República#
Institución encargada de la representación legal del Estado, la defensa de sus intereses patrimoniales y la asesoría jurídica de la administración pública.
Propiedad#
Derecho real que confiere a su titular las facultades de usar, gozar y disponer de una cosa, dentro de los límites fijados por la ley.
Propiedad intelectual#
Conjunto de derechos que protegen las creaciones del intelecto humano, comprendiendo el derecho de autor y los derechos de propiedad industrial.
Protección al consumidor#
Conjunto de normas y mecanismos destinados a defender los derechos de las personas frente a las prácticas abusivas o engañosas de los proveedores de bienes y servicios. En Honduras la rige la Ley de Protección al Consumidor y la aplica la Dirección General de Protección al Consumidor, con facultades de inspección, conciliación y sanción.
Protocolización#
Acto notarial por el cual un documento privado, una resolución judicial, un instrumento extranjero u otro escrito se incorpora al protocolo del notario mediante acta, dándole fecha cierta y conservación segura. La protocolización no convierte el documento privado en público, pero le otorga autenticidad de fecha y existencia frente a terceros.
Protocolo notarial#
Colección ordenada y encuadernada de todas las escrituras públicas y actas que un notario autoriza durante el año, con sus matrices originales firmadas por los otorgantes y por el notario. Se conserva bajo su custodia y posteriormente se deposita en el Archivo Notarial. Es la fuente de la cual se expiden los testimonios que circulan en el tráfico jurídico.
Providencia#
Resolución judicial de simple trámite, sin contenido decisorio sobre el fondo ni sobre incidentes relevantes del proceso.
Prueba#
Actividad procesal y resultado por el cual se acredita ante el juez la verdad o falsedad de los hechos alegados por las partes.
Querella#
Acto procesal por el cual el ofendido por un delito de acción privada o quien la ley autoriza pone los hechos en conocimiento del juez y ejerce la acción penal.
Querellante#
Persona que ejerce la querella como parte acusadora en el proceso penal, sea como ofendido o como acusador particular junto al Ministerio Público.
Quiebra#
Situación jurídica del comerciante que cesa en el pago corriente de sus obligaciones, declarada por el juez y que abre un procedimiento concursal.
Ratio decidendi#
Razón jurídica determinante de una sentencia: el fundamento esencial que llevó al tribunal a decidir en cierto sentido, y que en sistemas de precedente vinculante constituye la regla que obliga a los tribunales en casos futuros. Se distingue del obiter dictum, que son consideraciones colaterales no necesarias para resolver.
Rebeldía#
Estado procesal de la parte que, debidamente emplazada, no comparece en juicio. Permite continuar el proceso en su ausencia.
Reciprocidad#
Principio del derecho internacional según el cual un Estado otorga a los nacionales o instituciones de otro determinado trato, derechos o beneficios en la misma medida en que aquel los concede a los suyos. Es base habitual de tratados de comercio, asistencia legal, ejecución de sentencias y exenciones consulares.
Reclusión#
Pena privativa de libertad de mayor severidad y duración que la prisión, prevista para delitos especialmente graves según la legislación penal.
Reconvención#
Demanda que el demandado propone contra el actor en el mismo proceso al contestar la demanda principal.
Recurso#
Medio de impugnación que la ley concede a las partes para pedir la revisión de una resolución judicial. Puede ser ordinario —apelación— o extraordinario —casación, revisión—.
Recurso administrativo#
Medio de impugnación que un particular interpone ante la propia administración para que ella misma revise un acto que considera contrario a sus intereses o a la ley. En Honduras los principales son el de reposición (ante el mismo órgano) y el de apelación (ante el superior jerárquico).
Recurso de reposición#
Medio de impugnación dirigido contra autos y providencias —no contra sentencias definitivas— para que el mismo juez que dictó la resolución la reconsidere y la modifique o revoque. Suele ser de plazo breve y resolverse sin audiencia.
Recusación#
Acto procesal por el cual una de las partes solicita la separación de un juez, magistrado, fiscal o perito del conocimiento de un asunto por causales legales que comprometen su imparcialidad (parentesco, amistad íntima, enemistad, interés directo, opinión previa, entre otras).
Referéndum#
Consulta directa al pueblo para que se pronuncie sobre la aprobación, modificación o derogación de una norma jurídica (ley, decreto, reforma constitucional). Se distingue del plebiscito en que su objeto es una norma concreta y no una decisión política general. Su resultado puede ser vinculante o consultivo según la convocatoria.
Reforma constitucional#
Modificación parcial del texto de la Constitución conforme al procedimiento agravado que ella misma establece. En Honduras requiere aprobación por dos terceras partes del Congreso Nacional en dos legislaturas consecutivas. Ciertos artículos —forma de gobierno, territorio, alternabilidad en la presidencia— se consideran pétreos y no reformables.
Refugiado#
Persona que, con fundado temor de persecución por motivos previstos en la Convención de 1951, se halla fuera de su país y no puede o no quiere acogerse a su protección.
Registro Civil#
Institución pública encargada de inscribir los hechos vitales de las personas: nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones, reconocimientos de paternidad, adopciones y cambios de nombre. En Honduras lo administra el Registro Nacional de las Personas (RNP).
Registro de la Propiedad#
Oficina pública encargada de inscribir los actos relativos a bienes inmuebles: compraventas, hipotecas, donaciones, sucesiones, embargos, servidumbres y demás derechos reales. La inscripción otorga publicidad y prelación frente a terceros; sin ella, el adquirente no puede oponer su derecho a quien adquirió e inscribió primero. En Honduras lo administra el Instituto de la Propiedad.
Registro Mercantil#
Oficina pública en la que se inscriben los actos relativos a comerciantes y sociedades mercantiles: constitución, modificación, disolución, nombramientos de administradores, poderes, garantías, fusiones y escisiones. La inscripción otorga publicidad y, en muchos casos, eficacia frente a terceros.
Reglamento#
Norma jurídica subordinada a la ley, dictada por el Poder Ejecutivo u otra autoridad, para desarrollar y facilitar la aplicación de aquella.
Reincidencia#
Circunstancia agravante consistente en cometer un nuevo delito después de haber sido condenado por otro anterior, en los términos que fija la ley.
Reinstalación#
Restitución del trabajador en su puesto cuando un juez declara nulo el despido por haberse practicado en violación de un fuero o protección especial (sindical, maternidad, entre otros). Implica además el pago de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la reincorporación efectiva.
Rendición de cuentas#
Obligación de todo funcionario público de informar periódicamente sobre el uso de los recursos confiados a su cargo y de responder por sus decisiones ante los órganos de control y ante la ciudadanía. En Honduras la fiscalización externa la realiza el Tribunal Superior de Cuentas y la fiscalización ciudadana se apoya en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Renuncia#
Manifestación unilateral del trabajador de dar por terminado su contrato de trabajo. No genera derecho a cesantía salvo en supuestos específicos (renuncia por causa justa imputable al patrono o, en algunos regímenes, al cumplir cierta antigüedad), pero sí al pago de las prestaciones proporcionales acumuladas.
Reparación integral#
Conjunto de medidas destinadas a resarcir todos los daños causados por una conducta ilícita: restitución (devolver las cosas al estado anterior), indemnización (compensación económica), rehabilitación (atención médica, psicológica, legal), satisfacción (reconocimiento público, disculpas) y garantías de no repetición. Es estándar consolidado en el derecho interamericano de los derechos humanos.
República#
Forma de Estado en la que la jefatura del Estado es electiva, temporal y responsable, distinguiéndose de la monarquía. Honduras es constitucionalmente una república democrática, representativa y participativa, integrada por los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, todos sujetos a la Constitución.
Res judicata#
Locución latina equivalente a “cosa juzgada”. Designa la sentencia firme que no puede ser revisada ni discutida en otro proceso.
Rescisión#
Acción que deja sin efecto un contrato válido por causas posteriores a su celebración —lesión enorme, fraude de acreedores, incumplimiento grave— restituyendo las cosas a la situación anterior. Se distingue de la nulidad, que ataca defectos originarios del contrato.
Reserva de ley#
Principio constitucional que reserva la regulación de ciertas materias —derechos fundamentales, delitos y penas, tributos, expropiación— exclusivamente a la ley aprobada por el Congreso, excluyendo al reglamento u otras normas de menor jerarquía. Su finalidad es asegurar que las restricciones más importantes a la libertad o a la propiedad cuenten con respaldo democrático.
Resolución#
Decisión de una autoridad pública —judicial o administrativa— que pone fin a una solicitud o incidente, y debe estar fundada en derecho.
Responsabilidad civil#
Obligación de reparar el daño causado a otro, ya sea por incumplimiento de un contrato (contractual) o por una conducta ilícita ajena a contrato (extracontractual). Comprende el daño emergente, el lucro cesante y, en ciertos casos, el daño moral.
Responsabilidad extracontractual#
Obligación de indemnizar los daños causados a otro fuera de toda relación contractual, por acción u omisión, mediando culpa o dolo. Es el régimen aplicable a accidentes de tránsito, lesiones causadas por terceros, daños a la propiedad ajena y similares.
Responsabilidad objetiva#
Modalidad de responsabilidad civil en la que se debe indemnizar el daño aun sin culpa ni dolo del agente, por el solo hecho de haber generado un riesgo o de tener bajo su esfera de control la actividad o cosa que lo causó. Se aplica en supuestos como daños por cosas peligrosas, accidentes laborales y responsabilidad del productor frente al consumidor.
Responsabilidad penal de las personas jurídicas#
Modalidad de imputación penal por la cual una empresa, asociación u otra persona jurídica responde penalmente por delitos cometidos en su beneficio por sus directivos, empleados o representantes, particularmente cuando faltaron controles internos adecuados. En Honduras se aplica en supuestos específicos como lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos ambientales.
Responsabilidad solidaria#
Modalidad de responsabilidad en la que cada uno de los varios obligados responde por el todo de la prestación frente al acreedor, sin que pueda alegar el beneficio de división. El acreedor puede exigir el cumplimiento íntegro a cualquiera de los deudores; quien paga puede luego reclamar a los demás su parte interna. Es común en obligaciones surgidas de hechos ilícitos cometidos en concurrencia o en contratos donde así se pacta.
Retención#
Mecanismo de recaudación por el cual el pagador de una renta (patrono, cliente, institución financiera) descuenta una parte del monto a pagar y lo entera directamente al fisco a cuenta del impuesto que adeuda el beneficiario. Es típica en el ISR sobre salarios, honorarios profesionales y dividendos.
Revisión administrativa#
Procedimiento extraordinario mediante el cual la administración examina y, en su caso, deja sin efecto un acto firme cuando concurren causales tasadas por la ley (error de hecho determinante, prueba sobreviniente, falsedad de los documentos en que se fundó). Excepciona el principio general de intangibilidad de los actos firmes.
Riesgo profesional#
Eventualidad dañosa a la que está expuesto el trabajador con ocasión o como consecuencia de su trabajo, comprendiendo los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. El patrono es responsable de proteger al trabajador frente a estos riesgos y, en caso de materializarse, de cubrir las prestaciones correspondientes a través del IHSS.
RNP#
Registro Nacional de las Personas. Institución encargada de identificar a los ciudadanos, emitir el DNI y mantener el registro civil.
Robo#
Delito consistente en apoderarse de cosa mueble ajena con ánimo de lucro, mediante violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas.
RTN#
Registro Tributario Nacional. Código de identificación fiscal asignado a contribuyentes —personas naturales y jurídicas— para sus operaciones ante el SAR.
Sala de lo Constitucional#
Sala especializada de la Corte Suprema de Justicia que conoce, en forma concentrada, de los recursos de amparo, habeas corpus, habeas data, inconstitucionalidad y revisión de actos del Tribunal Supremo Electoral. Sus sentencias en materia de inconstitucionalidad son de aplicación general y obligatoria.
Salario#
Retribución que el empleador paga al trabajador como contraprestación por el servicio prestado, sea en dinero o en especie autorizada por la ley.
Salario mínimo#
Retribución mínima legal que el empleador debe pagar al trabajador por una jornada ordinaria. Se fija periódicamente por la autoridad competente.
SAR#
Servicio de Administración de Rentas. Entidad encargada de la administración, recaudación y fiscalización de los tributos internos del país.
Secretarías de Estado#
Órganos del Poder Ejecutivo, encabezados por un Secretario de Estado de libre nombramiento y remoción por el Presidente, encargados de dirigir un sector específico de la administración pública (Salud, Educación, Finanzas, Seguridad, Trabajo, entre otros). Son el equivalente hondureño de los "ministerios" en otras legislaciones.
Secreto comercial#
Información no divulgada relativa a un negocio (fórmulas, procesos, listas de clientes, estrategias) que confiere ventaja competitiva a quien la posee y que su titular ha mantenido reservada mediante medidas razonables. Su revelación o uso indebido por empleados, socios o terceros da lugar a acción civil y, en ciertos casos, penal.
Secuestro#
Delito consistente en privar de libertad a una persona para exigir un rescate, una condición o cualquier otra finalidad prevista en el Código Penal.
Sentencia#
Resolución judicial que pone fin al proceso en su instancia, pronunciándose sobre el fondo de las pretensiones de las partes.
Separación de bienes#
Régimen económico matrimonial en el cual cada cónyuge conserva la propiedad y administración de los bienes que tenía al casarse y de los que adquiera durante el matrimonio, sin que se formen bienes comunes. Se pacta en capitulaciones matrimoniales antes o durante el matrimonio.
Separación de poderes#
Principio fundamental del Estado de derecho según el cual las funciones de legislar, gobernar y juzgar deben corresponder a órganos distintos e independientes entre sí, que se controlan mutuamente. En Honduras se concreta en los Poderes Legislativo (Congreso Nacional), Ejecutivo (Presidente y Secretarías de Estado) y Judicial (Corte Suprema y tribunales inferiores).
Séptimo día#
Día semanal de descanso remunerado al que tiene derecho todo trabajador después de seis días continuos de labor. Si el trabajador labora ese día por necesidades del servicio, debe pagársele con recargo y otorgársele otro día de descanso compensatorio en la misma semana.
Servicio Civil#
Régimen jurídico especial aplicable a los empleados permanentes del Poder Ejecutivo nombrados conforme a la Ley del Servicio Civil. Establece reglas de ingreso por mérito, estabilidad en el cargo, escalafón, deberes, derechos y procedimientos disciplinarios. Su finalidad es despolitizar y profesionalizar la administración pública.
Servicio público#
Actividad organizada y dirigida por el Estado, de manera directa o a través de concesionarios, para satisfacer en forma regular y continua una necesidad colectiva de interés general (agua potable, energía eléctrica, transporte, salud, educación, telecomunicaciones). Su prestación está sometida a reglas especiales que garantizan acceso, continuidad e igualdad de trato.
Servidumbre#
Derecho real que se constituye sobre un inmueble ajeno —predio sirviente— en beneficio de otro —predio dominante—, como un derecho de paso o de acueducto.
Sicariato#
Homicidio cometido por encargo, a cambio de un precio o recompensa, generalmente por un autor profesional ajeno a la víctima. En Honduras está tipificado como modalidad agravada del asesinato en el Código Penal, con penas significativamente mayores que las del homicidio simple debido al carácter premeditado y mercantilista del hecho.
Silencio administrativo#
Efecto que la ley atribuye a la falta de respuesta de la administración dentro del plazo legal. Puede ser positivo —estimación tácita— o negativo —desestimación—.
Simulación#
Apariencia de un acto jurídico que en realidad no se quiere (simulación absoluta) o que oculta otro acto distinto del aparente (simulación relativa). Suele utilizarse para defraudar a terceros o eludir la ley; demostrada en juicio, el acto simulado se declara nulo o se hace prevalecer el real.
Sindicato#
Asociación de trabajadores o de empleadores constituida para la defensa y promoción de sus intereses comunes en el ámbito laboral.
Sistema Interamericano de Derechos Humanos#
Conjunto de órganos, instrumentos y procedimientos del continente americano destinados a proteger los derechos humanos, integrado principalmente por la Comisión y la Corte Interamericanas, la Convención Americana y otros instrumentos complementarios. Honduras es parte plena del sistema y sus decisiones son fuente vinculante del derecho interno.
Soberanía#
Atributo del Estado por el cual ejerce el poder supremo sobre su territorio y población, sin estar sometido a otra autoridad externa. Reside en el pueblo.
Sociedad anónima#
Sociedad mercantil cuyo capital se divide en acciones y cuyos socios responden de las deudas sociales hasta el monto de su aporte.
Sociedad colectiva#
Sociedad mercantil en que los socios responden personal, ilimitada y solidariamente por las obligaciones sociales.
Sociedad de responsabilidad limitada#
Sociedad mercantil cuyo capital se divide en cuotas no representadas por acciones y cuyos socios responden de las deudas sociales hasta el monto de su aporte.
Sociedad en comandita#
Sociedad mercantil con dos clases de socios: los colectivos, con responsabilidad ilimitada, y los comanditarios, cuya responsabilidad se limita al monto aportado.
Stare decisis#
Principio según el cual los tribunales deben atenerse a sus precedentes anteriores y a los de los tribunales superiores al resolver casos análogos, en aras de la seguridad jurídica y la igualdad de trato. Es central en los sistemas anglosajones; en Honduras, sistema de derecho continental, la jurisprudencia tiene valor orientador y, en supuestos específicos, vinculante.
Status quo#
"Estado actual": situación existente en un determinado momento. En lo procesal, mantener el statu quo significa que las cosas permanezcan tal como están mientras se resuelve la controversia, función típica de las medidas cautelares.
Stricto sensu#
Locución latina que significa “en sentido estricto”. Se usa para precisar que un concepto debe entenderse en su acepción más rigurosa.
Sub iudice#
Locución latina que significa “bajo el juez”. Designa un asunto que está pendiente de resolución judicial y, por ello, no debe ser anticipadamente juzgado en público.
Subrogación#
Sustitución de una persona por otra en una relación jurídica con sus mismos derechos y obligaciones. La más común es la subrogación de pago: quien paga por cuenta del deudor ocupa el lugar del acreedor original y puede reclamar al deudor lo pagado.
Sucesión#
Transmisión a una o varias personas de los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia, por causa de muerte del titular.
Sufragio#
Derecho de los ciudadanos a participar en la elección de sus representantes y en las decisiones sometidas a consulta popular. En Honduras es universal (todo ciudadano mayor de 18 años), igual (un voto por persona), directo (sin intermediarios) y secreto. Es derecho y deber a la vez.
Sui generis#
Locución latina que significa “de su propio género”. Designa lo que es único en su especie y no encuadra en una categoría preexistente.
Sujeto pasivo#
Persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria, ya sea como contribuyente (cuando realiza el hecho imponible y soporta la carga económica del tributo) o como responsable (cuando la ley le impone el pago aunque no haya realizado el hecho imponible, como ocurre con los agentes de retención).
Suspensión de garantías#
Restricción temporal y excepcional del ejercicio de ciertos derechos fundamentales, decretada conforme a la Constitución frente a una grave perturbación del orden público.
Suspensión de pagos#
Estado anterior a la quiebra en el que un comerciante, sin estar definitivamente insolvente, no puede pagar puntualmente sus deudas exigibles y solicita al juez la autorización de un convenio con sus acreedores para reordenar el cumplimiento. Su finalidad es conservar la empresa cuando aún es viable.
Suspensión del contrato#
Interrupción temporal de los efectos del contrato de trabajo sin que se extinga la relación, manteniéndose la antigüedad pero suspendiéndose las obligaciones principales (trabajo y salario). Procede en casos como incapacidad por enfermedad, licencia de maternidad, suspensión disciplinaria o fuerza mayor.
Tarjeta de crédito#
Instrumento de pago emitido por una institución financiera que permite a su titular adquirir bienes y servicios o disponer de efectivo hasta un límite previamente autorizado, contra la obligación de pagar al emisor las sumas utilizadas más intereses y comisiones. En Honduras está sujeta a normas de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros y a la Ley de Tarjetas de Crédito.
Tasa#
Tributo cuyo hecho generador es la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el contribuyente, como una tasa registral.
Tentativa#
Forma imperfecta de ejecución del delito que se da cuando el autor inicia la realización del hecho típico pero no consigue consumarlo por causas ajenas a su voluntad.
Terminación del contrato#
Extinción del contrato de trabajo por cualquiera de las causas previstas en la ley: vencimiento del plazo, mutuo acuerdo, renuncia del trabajador, despido (justificado o injustificado), jubilación, muerte del trabajador, fuerza mayor o cierre definitivo del negocio. Cada causa tiene efectos económicos diferentes.
Terrorismo#
Conducta consistente en realizar actos de violencia grave —contra personas, bienes o servicios— con la finalidad de causar terror en la población, desestabilizar el orden público o forzar a las autoridades a actuar u omitir. En Honduras está tipificado en el Código Penal y en la Ley contra el Financiamiento del Terrorismo, con penas elevadas y reglas procesales especiales.
Testamento#
Acto jurídico unilateral, personal y revocable por el cual una persona dispone de sus bienes para después de su muerte, conforme a las formalidades de la ley.
Testigo#
Persona que declara ante el juez sobre hechos que conoció por sus sentidos y son relevantes para el proceso. Está obligada a comparecer y decir verdad.
Testimonio notarial#
Copia certificada por el notario de una escritura pública o de un acta que obra en su protocolo, expedida a solicitud de los interesados con valor jurídico equivalente al de la matriz. Es el documento que circula en el tráfico jurídico para acreditar el acto otorgado: la matriz original nunca sale del protocolo.
Tipicidad#
Cualidad de una conducta de encajar exactamente en la descripción que la ley penal hace de un delito (el tipo penal). Sin tipicidad no hay delito, en aplicación del principio de legalidad: lo que la ley no describe expresamente como delito no puede ser castigado.
Tipo penal#
Descripción legal de la conducta prohibida cuya realización constituye delito. Comprende los elementos objetivos y subjetivos exigidos por la norma.
Título valor#
Documento que incorpora un derecho de carácter patrimonial cuya transmisión o ejercicio requiere su presentación, como la letra de cambio, el pagaré o el cheque.
Trabajador#
Persona natural que presta un servicio personal a otra (el patrono) bajo subordinación y a cambio de una remuneración. La existencia de la relación laboral se determina por sus elementos materiales (subordinación, prestación personal, salario), no por la denominación que las partes le den al contrato.
Trabajador doméstico#
Persona que presta servicios personales de cuidado del hogar, sus miembros y sus bienes, a cambio de una remuneración. En Honduras su régimen está parcialmente regulado por el Código del Trabajo y por el Convenio 189 de la OIT, ratificado por el Estado, que extiende a este sector las garantías básicas de salario, jornada, descansos y seguridad social.
Tradición de bienes#
Modo derivativo de adquirir el dominio por entrega material o simbólica de una cosa, hecha por el dueño anterior al nuevo adquirente, en virtud de un título traslaticio (compraventa, donación, permuta, aporte societario). En inmuebles la tradición se perfecciona con la inscripción en el Registro de la Propiedad.
Traducción jurada#
Traducción de un documento de un idioma a otro realizada por un traductor habilitado oficialmente, quien certifica con su firma y sello que el contenido refleja fielmente el texto original. Es requerida cuando un documento en idioma extranjero debe surtir efectos legales en Honduras o cuando un documento hondureño debe presentarse en el exterior.
Transacción#
Contrato por el cual las partes, mediante concesiones recíprocas, terminan un litigio presente o evitan uno futuro.
Trata de personas#
Delito consistente en captar, transportar, recibir o acoger personas mediante coacción o engaño con fines de explotación sexual, laboral u otra prevista en la ley.
Tratado internacional#
Acuerdo celebrado por escrito entre Estados o sujetos de derecho internacional, regido por el derecho internacional y obligatorio una vez ratificado.
Tribunal#
Órgano del Poder Judicial, unipersonal o colegiado, con potestad para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en los asuntos de su competencia.
Tribunal Superior de Cuentas (TSC)#
Órgano constitucional encargado de la fiscalización a posteriori de los fondos, bienes y recursos administrados por el Estado y las entidades del sector público.
Tribunal Supremo Electoral (TSE)#
Hasta 2019, órgano encargado de organizar y declarar los procesos electorales en Honduras. Fue sustituido por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE).
Tributo#
Prestación pecuniaria que el Estado exige a los particulares en virtud de su poder de imperio para financiar el gasto público. Comprende impuestos, tasas y contribuciones.
Tutela#
Institución de protección por la cual una persona —el tutor— ejerce el cuidado y la representación legal de un menor de edad sin patria potestad o de un incapaz.
Tutela judicial efectiva#
Derecho fundamental a obtener de los tribunales una respuesta razonada, oportuna y eficaz sobre las pretensiones jurídicas que se planteen, incluyendo la ejecución de lo resuelto. Comprende el acceso a la justicia, el debido proceso, la motivación de las resoluciones y el derecho a recurrirlas.
Ubi jus ibi remedium#
"Donde hay un derecho hay un remedio": principio según el cual todo derecho reconocido por el ordenamiento debe contar con un mecanismo procesal idóneo para hacerlo efectivo. Es base de la garantía de tutela judicial efectiva y del acceso a la justicia.
Ultra vires#
Locución latina que designa los actos realizados por una autoridad o persona jurídica fuera del ámbito de su competencia o de sus poderes legales.
Unión de hecho#
Convivencia estable y singular entre dos personas que comparten vida en común sin estar unidas en matrimonio, reconocida por la ley con efectos jurídicos.
Usucapión#
Modo de adquirir la propiedad u otro derecho real por la posesión continuada de una cosa durante el plazo y bajo las condiciones que la ley establece. En Honduras puede ser ordinaria (con justo título y buena fe) o extraordinaria (sin esos requisitos pero con plazo más extenso), siendo el plazo distinto según se trate de muebles o inmuebles.
Usufructo#
Derecho real que permite usar y disfrutar de una cosa ajena con la obligación de conservar su sustancia y restituirla al terminar el derecho.
Vacaciones#
Período anual de descanso remunerado al que tiene derecho todo trabajador después de un año continuo de servicio. En Honduras la duración aumenta progresivamente con la antigüedad: 10 días después del primer año, 12 días después del segundo, 15 días después del tercero y 20 días después del cuarto. Se pagan con base en el salario ordinario del trabajador.
Vía administrativa#
Conjunto de procedimientos y recursos que la administración pone a disposición del particular para resolver, dentro de ella misma, las controversias derivadas de sus actos. Comprende el recurso de reposición ante el propio órgano y el de apelación ante el superior jerárquico, y es presupuesto del acceso a la vía judicial.
Vicios del consentimiento#
Defectos que afectan la voluntad de quien celebra un acto jurídico y permiten anularlo: error sobre un elemento esencial, dolo (engaño), violencia (física o moral) e intimidación. La parte afectada puede pedir la nulidad dentro del plazo de prescripción.
Víctima#
Persona que ha sufrido directamente daño físico, mental, emocional, patrimonial o de derechos como consecuencia de un delito.
Violación#
Delito sexual consistente en tener acceso carnal con otra persona mediante violencia, intimidación o aprovechamiento de su incapacidad para consentir.
Violencia doméstica#
Patrón de conductas violentas —físicas, sexuales, psicológicas o patrimoniales— ejercidas por una persona contra su cónyuge, conviviente o ex pareja, ascendientes, descendientes u otros miembros de la familia. En Honduras tiene tutela específica en la Ley contra la Violencia Doméstica, con medidas de seguridad y sanciones independientes de la vía penal ordinaria.