ReformadaCategoria: Salud
Decreto No. 65-91 | 11 de diciembre de 1991 | Congreso Nacional

Código de Salud

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Resumen

Este Código de Salud establece que la salud es un derecho humano inalienable que corresponde al Estado y a todas las personas proteger. Regula actividades públicas y privadas relacionadas con la salud, como el saneamiento del agua, aire, residuos sólidos, alimentos, medicamentos y seguridad laboral. La Secretaría de Salud Pública es la autoridad responsable de implementar y vigilar el cumplimiento de todas estas normas.

Cadena de Modificaciones

Considerandos

  1. 1.Que constitucionalmente corresponde al Estado por medio de sus dependencias y de los organismos constituidos de conformidad con la ley, la regulación, supervisión y control de los productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos, para procurar la salud y bienestar del pueblo hondureño.
  2. 2.Que los precios de los medicamentos han observado un alza significativa, por lo que se requiere buscar mecanismos que permitan que el consumidor tenga acceso a los medicamentos básicos a un precio inferior.
  3. 3.Que el plazo señalado en el Código de Salud vigente, para la emisión de los reglamentos respectivos, ha resultado insuficiente.
  4. 4.Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 157 del Código de Salud, es atribución de la Secretaría de Salud Pública, autorizar la instalación, ampliación, modificación, traslado y funcionamiento de los establecimientos públicos y privados de asistencia médica. 7 Publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 26659 de fecha 3 de febrero de 1992. -- 42 of 43 -- Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial Poder Judicial de Honduras
  5. 5.Que en el caso de las Farmacias y Puestos de venta de Medicinas se deben cumplir, previo a la autorización, con las regulaciones de carácter profesional que establezca el Colegio Químico Farmacéutico de Honduras.

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