Ayuda contra la violencia doméstica en Honduras
Un directorio gratuito de contactos reales — no un formulario ni una herramienta de autoservicio — para encontrar ayuda en cualquiera de los 18 departamentos de Honduras: líneas de emergencia, juzgados, CONADEH, Módulos de Atención Integral Especializado (MAIE) y organizaciones de apoyo.
Si estás en peligro ahora mismo:
911 (emergencias generales) y 114 (línea gratuita de la Dirección Policial de Investigación específica para violencia doméstica) funcionan en cualquier parte del país, a cualquier hora. Ver todas las líneas de emergencia.
¿Qué necesitas hacer ahora?
Encuentra tu departamento
Cada página incluye el juzgado, la oficina de CONADEH, el MAIE y las organizaciones de apoyo correspondientes a ese departamento.
Cómo leer este directorio
Cada número de teléfono muestra qué tan confiable es, según lo que pudimos confirmar directamente:
Cuando un contacto no tiene línea directa confirmada, el 911, el 114 y la línea de CONECTA (https://conecta.gob.hn) siempre funcionan como respaldo.
Qué cuenta como violencia doméstica según la ley
No es sólo golpear. El Artículo 5 de la Ley contra la Violencia Doméstica define cuatro formas, y las tres que no dejan marca cuentan igual:
- Violencia física — toda acción u omisión que produzca un daño o menoscabo a la integridad corporal de la mujer, cuando no está tipificada como delito en el Código Penal.
- Violencia psicológica — toda acción u omisión cuyo propósito sea degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones: intimidación, manipulación, amenaza directa o indirecta, humillación, aislamiento, encierro, vigilancia, insultos, chantaje, ridiculizarla, tratos humillantes o vejatorios, o amenazar con alejarla de sus hijos e hijas.
- Violencia sexual — toda conducta con amenaza o intimidación que afecte su integridad o autodeterminación sexual, como las relaciones sexuales no deseadas o la negación a la anticoncepción y a la protección, cuando no está tipificada como delito.
- Violencia patrimonial y/o económica — todo acto u omisión que implique pérdida, negación, sustracción, destrucción o retención de sus objetos, documentos personales, bienes, valores, derechos o recursos económicos destinados a cubrir las necesidades de ella o del grupo familiar. Incluye reducir o negar sus ingresos y el incumplimiento de las obligaciones alimentarias.
La Ley parte de que todo esto se asocia a un ejercicio desigual de poder: conductas dirigidas a limitar el libre desenvolvimiento de la personalidad de la mujer por razones de género. Si lo que vives encaja en cualquiera de las cuatro, la Ley te ampara — y para denunciarla no necesitas abogado.