Camino a la ciudadanía
La naturalización en Honduras se construye sobre la residencia. El tiempo que necesitas depende de tu nacionalidad y lo fija la Constitución, no la política migratoria, así que no cambia con el gobierno de turno.
Un año, dos, o más de tres
El Artículo 24 de la Constitución fija tres umbrales de residencia, según la nacionalidad:
- Centroamericanos por nacimiento - un (1) año de residencia en el país.
- Españoles e iberoamericanos por nacimiento - dos (2) años consecutivos de residencia.
- Los demás extranjeros - más de tres (3) años consecutivos de residencia.
El mismo artículo agrega tres vías que no se cuentan en años: la carta de naturalización que decreta el Congreso Nacional por servicios extraordinarios prestados a Honduras, los inmigrantes traídos por el gobierno dentro de grupos seleccionados con fines científicos, agrícolas o industriales después de un año en el país, y la persona extranjera casada con hondureño por nacimiento.
Renunciar a tu nacionalidad es la regla, no la excepción
Esta es la parte que más se cuenta al revés. El Artículo 24 exige que el solicitante de los numerales 1, 2, 3, 5 y 6 renuncie previamente a su nacionalidad y manifieste ante la autoridad competente su deseo de optar por la hondureña.
La doble nacionalidad es la excepción: cuando existe un tratado de doble nacionalidad, el hondureño que opte por una nacionalidad extranjera no pierde la hondureña, y en iguales circunstancias no se le exige al extranjero renunciar a su nacionalidad de origen. España es el caso más claro, con un tratado vigente desde 1967. Que un tratado te cubra decide la respuesta, así que verifícalo antes de dar por hecho que puedes conservar ambas.
Qué más se exige
Además del tiempo de residencia, el Artículo 89 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería exige capacidad civil, medios para vivir independientemente (o depender del cónyuge o de los padres), buena conducta sin antecedentes penales, y un examen escrito de historia, geografía y Constitución de Honduras, además de leer, escribir y hablar español. El examen se aplica cuatro veces al año y quien no lo aprueba tiene una segunda y última oportunidad seis meses después.
La residencia va primero
Como los años que califican se cuentan como residencia legal continua, el camino práctico a la ciudadanía empieza por obtener la residencia y mantenerla sin interrupciones. Si aún no has dado ese paso, empieza por las categorías de residencia, y deja que el cuestionario de elegibilidad te ayude a encontrar la adecuada.