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Calculadora de arancel notarial

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Consulta los honorarios mínimos que un Notario puede cobrar en Honduras, según el Arancel Notarial vigente.

Estos son los honorarios mínimos fijados por el Arancel Notarial 2018. Un Notario puede cobrar más si así lo acuerdan las partes (Art. 3) — esto no es una cotización ni asesoría legal.

Tarifa general (Art. 15)

Aplica a la mayoría de actos con un valor determinado: compraventas, constitución de sociedades, particiones, entre otros.

Trámites con honorario fijo

Estos actos no se calculan por porcentaje — el Arancel fija un monto específico para cada uno.

  • Asesoría notarialArt. 14

    L2,500.00 por hora o fracción (mínimo)

  • Acta notarial protocolarArt. 17.1

    L3,000.00

  • Acta notarial extra protocolarArt. 17.1

    L2,500.00 mínimo (+L25.00 por millar si tiene cuantía determinada)

  • Protocolización de Acta de Testamento Cerrado o VerbalArt. 17.2

    L5,000.00 mínimo

  • Notario fuera de su sede (para levantar acta, dentro del país)Art. 17.3

    +L2,000.00 por hora o fracción

  • Rectificación de inscripciones en el Registro CivilArt. 18.1

    L12,500.00

  • Constitución de Patrimonio FamiliarArt. 18.2

    1.5% del monto

  • Habilitación para comparecer en juicioArt. 18.3

    L10,000.00

  • Emancipación voluntariaArt. 18.4

    L10,000.00

  • Habilitación de edadArt. 18.5

    L10,000.00

  • Información Ad PerpetuamArt. 18.6

    L10,000.00

  • Divorcio por mutuo consentimiento (sin bienes comunes)Art. 18.7

    L16,000.00 (si hay bienes en común, se suma la partición según la tarifa general, Art. 15)

  • Inventario solemneArt. 18.8

    L12,500.00

  • Separación de hechoArt. 18.9

    L15,000.00

  • ConciliaciónArt. 18.10

    20% de lo conciliado

  • ArbitrajeArt. 18.11

    20% de la cuantía del laudo arbitral

  • Autorización para contraer segundas y ulteriores nupciasArt. 18.12

    L5,000.00 mínimo

  • Autorización para enajenar bienes de menoresArt. 18.13

    L15,000.00 mínimo

  • Deslinde y amojonamientoArt. 18.14

    Según la tarifa general (Art. 15)

  • Celebración de matrimonioArt. 18.15

    L5,000.00 (sin incluir el certificado matrimonial)

  • Calificación de edadArt. 18.16

    L10,000.00

  • Cesación de comunidadArt. 18.17

    Según la tarifa general (Art. 15)

  • Partición de bienesArt. 18.18

    Según la tarifa general (Art. 15)

  • Formalización de unión de hechoArt. 18.19

    L5,000.00

  • Separación de unión de hecho (sin bienes comunes)Art. 18.20

    L15,000.00 (si hay bienes en común, se suma la partición según la tarifa general, Art. 15)

  • Sucesión por causa de muerteArt. 18.21

    L30,000.00 mínimo

  • Acta de fe de existencia de una personaArt. 18.22

    L10,000.00

  • Reconocimiento de hijosArt. 19

    L5,000.00 mínimo

  • Capitulaciones matrimonialesArt. 20

    Según la tarifa general (Art. 15)

  • Hijuelas (adjudicación de lote por derecho indiviso)Art. 21

    Según la tarifa general (Art. 15), mínimo L5,000.00 por lote

  • Remedidas (modificación de cabida de finca)Art. 22

    Mitad de la tarifa general (Art. 15), mínimo L5,000.00

  • Cancelaciones y renuncias de gravámenesArt. 23

    L3,000.00 mínimo

  • División material de propiedades entre condueñosArt. 24

    Mitad de la tarifa general (Art. 15), mínimo L5,000.00 por lote (L3,000.00 si es lotificación)

  • Actos o contratos de cuantía indeterminadaArt. 25

    L3,000.00

  • Modificación de créditos (sin aumento de cuantía)Art. 26

    L3,000.00 mínimo (si aumenta la cuantía, aplica la tarifa general, Art. 15)

  • Modificación de datos diversos en inscripcionesArt. 27

    L5,000.00 mínimo

  • Constitución, transformación o disolución de sociedad mercantilArt. 28.1

    Según la tarifa general (Art. 15) sobre el capital; L5,000.00 si no tiene valor determinado

  • Aumento de capital socialArt. 28.2

    Según la tarifa general (Art. 15) sobre el incremento

  • Elaboración o modificación de estatutos socialesArt. 28.3

    L15,000.00 mínimo

  • Nombramiento, renuncia o sustitución de funcionarios socialesArt. 28.4

    L5,000.00 mínimo

  • Asistencia a asambleas de sociedades mercantilesArt. 28.5

    L2,500.00 por hora (mínimo)

  • Poder especialArt. 29.a

    L3,000.00

  • Poder generalArt. 29.b

    L5,000.00

  • Poder de administración y disposiciónArt. 29.c

    L6,000.00

  • Constitución de propiedad en condominioArt. 30

    Según la tarifa general (Art. 15); reglamento del condominio, mínimo L20,000.00

  • Asistencia a asambleas de condominioArt. 30

    L3,000.00 por hora (mínimo)

  • Segundas o ulteriores copias / certificacionesArt. 31

    L3,000.00 mínimo

  • Agrupación de fincas o inmueblesArt. 32

    L10,000.00 mínimo

  • Constitución de servidumbreArt. 33

    L5,000.00

  • Testamento abierto (sin partición de bienes)Art. 34

    L10,000.00

  • Partición testamentariaArt. 35

    2% hasta L100,000.00, y 1% sobre el exceso

  • Testamento cerradoArt. 36

    L10,000.00 mínimo

  • DonacionesArt. 37

    L10,000.00 mínimo

  • Desistimiento del acto o contrato ya redactadoArt. 39

    50% de los honorarios pactados, tope L10,000.00

  • Autenticación de firmasArt. 41

    L500.00