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2363 resultados en Categoria: Financiero y Tributario

Acuerdo 27-2017 Sefin - Reglamento Exenciones Exoneraciones

Este reglamento establece el procedimiento para que personas y empresas soliciten exoneraciones (dispensa de impuestos) ante la Secretaría de Finanzas. Define requisitos como registro previo, documentos detallados de bienes, pago de L.200.00 y solvencia tributaria. Incluye plazos de 60 días para resolver solicitudes y permite recursos de apelación si se rechaza la exoneración.

Decreto 027-2017 | Congreso Nacional

Decreto Ejecutivo PCM-031-2017 mediante el cual se aprueba el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP) 2018-2021

Este decreto aprueba el plan de finanzas del gobierno para 2018-2021, que establece cómo Honduras gastará e invertirá su dinero público de forma responsable. El plan fue elaborado por el Ministerio de Finanzas, la Presidencia y el Banco Central, garantizando que los gastos sean sostenibles, reduzcan la deuda y combatan la pobreza con transparencia.

Decreto 25-2016 | Poder Ejecutivo

Resolución GES No.324/26-04-2017 de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros mediante la cual se reforman las Normas para la Presentación y Publicación de Estados e Indicadores Financieros

Esta resolución actualiza las normas que regulan cómo los bancos y instituciones financieras en Honduras deben presentar y publicar sus estados financieros (balances, resultados e indicadores). Obliga a estas instituciones a publicar información clara y verificable en periódicos y en internet para que el público pueda conocer la salud financiera de cada entidad, garantizando transparencia y confianza en el sistema.

Congreso Nacional

Resolución GES No.281/05-04-2017 mediante la cual se aprueban las Normas para la Presentación y Publicación de Estados e Indicadores Financieros

Esta resolución establece normas que obligan a los bancos y entidades financieras de Honduras a publicar sus estados financieros (balance, resultados, flujos de efectivo) de forma clara y transparente. Las instituciones deben publicar esta información anualmente en periódicos nacionales y en sus páginas web, dentro de cuatro meses después de cerrar el año fiscal, para que depositantes e inversionistas conozcan la salud económica de estas entidades.

Poder Ejecutivo

Decreto Ejecutivo PCM-007-2017 mediante el cual se modifica la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO)

Este decreto modifica la Comisión Presidencial de Reforma Aduanera (COPRISAO) para fortalecerla como autoridad de transición que supervise la implementación del nuevo Código Tributario. Amplía sus facultades sobre la Dirección de Rentas Aduaneras, crea una mesa de coordinación interinstitucional para mejorar el servicio aduanero, y declara situación de emergencia en aduanas para agilizar procedimientos de modernización sin interrumpir operaciones.

Decreto 007-2017 | Poder Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. SAR-003-2017 — Régimen de Carrera de Empleados y Funcionarios en el Servicio de Administración de Rentas

Este acuerdo establece las reglas de trabajo para los empleados del Servicio de Administración de Rentas (SAR). Define cómo se reclutan y contratan trabajadores, sus derechos (salario, vacaciones, licencias), obligaciones, proceso disciplinario y beneficios. Busca asegurar un sistema justo de carrera profesional basado en mérito, donde los empleados pueden crecer profesionalmente mientras cumplen con estándares éticos altos.

Decreto SAR-003-2017 | Poder Ejecutivo

Certificación — Certificación de parte conducente del Acta de la Sesión No.1086 de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros

Este documento certifica oficialmente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros realizó una sesión el 30 de enero de 2017 en Tegucigalpa, con la presencia de sus comisionados. La certificación valida que lo registrado en el acta de esa reunión es auténtico y oficial para propósitos legales y administrativos.

Reglamento — Artículo 36 - Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

Las entidades financieras deben identificar completamente a quiénes crean fideicomisos y quiénes se benefician de ellos, antes y durante su funcionamiento, para evitar que se usen para lavar dinero ilícito o financiar terrorismo. Deben mantener registros actualizados de todas las personas involucradas y obtener aprobación especial si alguno tiene vínculos políticos o es considerado de alto riesgo.

Reglamento — Artículo 42 - Efectos del Fideicomiso de Garantía

Este artículo protege los bienes dados en fideicomiso de garantía: los acreedores del dueño original no pueden embargarlos, ni tampoco los acreedores del banco fiduciario o los beneficiarios. Solo sirven para pagar la deuda específica garantizada. El banco debe notificar si los bienes disminuyen de valor y los acreedores garantizados tienen derecho a pago preferente de esa garantía.

Reglamento — Artículo 34 - Causales de Extinción del Fideicomiso

Este artículo establece cuándo termina un fideicomiso (acuerdo donde se entregan bienes a un tercero para administrarlos). El fideicomiso se extingue por: vencimiento del plazo, pérdida de los bienes, muerte del beneficiario sin herederos, renuncia del administrador sin sustituto, liquidación del banco fiduciario, confiscación judicial o cuando una persona sea simultáneamente beneficiario y administrador. Los bienes no se devuelven mientras haya deudas.

Reglamento — Artículo 29 - Contenido del Contrato de Fideicomiso

Este artículo establece qué debe contener obligatoriamente un contrato de fideicomiso en Honduras para ser válido y claro. El contrato debe identificar a todas las partes (quien entrega los bienes, quien los administra y quien se beneficia), describir los bienes, declarar la finalidad, establecer derechos y obligaciones, fijar plazos, explicar cómo se distribuirán los beneficios, y certificar que los bienes tienen origen legal. Su propósito es proteger a todas las partes y garantizar transparencia en estas operaciones financieras.

Reglamento — Artículo 38 - Fideicomisos de Garantía

Este reglamento establece cómo funcionan los fideicomisos de garantía en Honduras. Permite que instituciones autorizadas respalden deudas con bienes, protejan a varios acreedores en igualdad de condiciones, y liquiden esos bienes si hay incumplimiento para pagar las obligaciones garantizadas. Define derechos de acreedores, responsabilidades del fiduciario y requisitos contractuales obligatorios.

Resolución No. GES No.073/30-01-2017 — Autorización de incremento de capital social de BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ, S.A. (BANHCAFE)

Esta resolución autoriza a BANHCAFE aumentar su capital social de 500 a 700 millones de lempiras (un incremento de 200 millones) entre 2015 y 2020, utilizando principalmente sus ganancias acumuladas. Si las ganancias no son suficientes, los accionistas deben aportar efectivo adicional. También autoriza los cambios necesarios en los documentos constitutivos del banco.

Decreto GES No.073/30-01-2017

Resolución No. GES No.139/27-02-2017 — Reforma de Normas para la Adecuación de Capital, Cobertura de Conservación y Coeficiente de Apalancamiento aplicables a las Instituciones del Sistema Financiero

Esta resolución reforma las normas de capital para bancos y financieras en Honduras, estableciendo requisitos mínimos que deben cumplir: tener un capital del 10%, una reserva de conservación del 3% adicional, y un límite de apalancamiento del 4%. Afecta a todos los bancos, asociaciones de ahorro y sociedades financieras supervisadas, permitiéndoles hasta 2020 para cumplir con la cobertura de conservación de capital.

Decreto GES No.139/27-02-2017

Reglamento — Artículo 27 - Derechos de Información

Esta ley garantiza que los creadores y beneficiarios de un fideicomiso (acuerdo donde se confía dinero o bienes a un tercero) tengan derecho a recibir informes regulares sobre qué se está haciendo con sus fondos. Los informes deben enviarse al menos una vez al mes, a menos que se acuerde algo diferente, y pueden ser en papel o electrónicos.

Resolución No. GES-140-27-02-2017 — Normas para la Constitución, Administración y Supervisión de Fideicomisos

Esta resolución establece reglas que las entidades bancarias, asociaciones de ahorro y préstamo deben cumplir al administrar fideicomisos (negocios donde guardan bienes de terceros en confianza). Define qué tipos de fideicomisos se permiten, cómo registrarlos, qué responsabilidades tienen los administradores y cómo la CNBS los supervisa para proteger a los clientes.

Decreto GES-140-27-02-2017

Reglamento — Artículo 13 - Lineamientos Generales para Gestión de Riesgos en Fideicomisos

Las entidades autorizadas para gestionar fideicomisos deben establecer controles internos que separen las decisiones estratégicas del procesamiento de operaciones, declaren conflictos de interés, subcontraten servicios con vigilancia adecuada y evalúen periódicamente los bienes del fideicomiso mediante tres valuadores registrados para garantizar que sean suficientes para cumplir obligaciones.

Reglamento — Artículo 26 - Derechos del Fideicomisario

Este artículo establece que los derechos del fideicomisario (quien recibe beneficios de un fideicomiso) pueden representarse mediante certificados de participación. Estos certificados los emite el fiduciario a nombre de los beneficiarios y pueden ser transferidos a otras personas, siempre que la ley y el contrato lo permitan. Se aplican las reglas del comercio sobre endosos y protección de documentos.

Reglamento — Artículo 30 - Responsabilidad de la Entidad Autorizada en el Diseño y Estructuración del Fideicomiso

Las entidades autorizadas (como bancos) son responsables de diseñar y estructurar correctamente los fideicomisos que crean con sus clientes, siguiendo las normas del Código de Comercio. Deben asegurar que los contratos de fideicomiso contengan cláusulas claras que reflejen el propósito real del fideicomiso y eviten términos que contradigan su naturaleza legal.

Reglamento — Artículo 14 - Comunicación de las Operaciones a la Comisión

Las entidades autorizadas para actuar como fiduciarios deben comunicar a la Comisión, con 30 días de anticipación, que cuentan con: contabilidad separada, estructura organizacional adecuada, manuales de procedimientos, delegados fiduciarios designados, flujogramas de operaciones, sistemas de registro, organigramas y plan de negocios. Esto asegura que administren correctamente los patrimonios fideicomitidos sin riesgos de pérdida.

Reglamento — Artículo 40 - Responsabilidades Adicionales del Fiduciario

La entidad autorizada que actúa como fiduciaria en contratos de garantía debe exigir al Fideicomitente realizar todos los actos necesarios, someter los bienes a valuación independiente y obtener aprobación de la Comisión antes de realizar avalúos. Esta ley protege los intereses de todas las partes en un fideicomiso de garantía.

Reglamento — Artículo 23 - Disponibilidad de la Información

Las empresas autorizadas que administran fideicomisos deben entregar información trimestral a la Comisión sobre los patrimonios que manejan, sus registros contables, bienes vendidos y operaciones realizadas. Esto permite que la autoridad supervise que los fideicomisos funcionen correctamente y protejan los intereses de quienes crean estos acuerdos.