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Decreto 2021-236 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2020-21572 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2020-24278 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2020-21574 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-234 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-1039 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-952 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-309 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-1244 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2019-044850 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-308 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-1349 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-954 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2020-21569 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-943 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-1184 | Registro de la Propiedad Industrial
Decreto 2021-1040 | Registro de la Propiedad Industrial
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
Decreto 991-2020 | Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
Decreto 993-2020 | Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
Decreto 234-2021 | Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
El Banco Central de Honduras establece límites para transacciones con billeteras electrónicas (dinero digital): los usuarios particulares pueden tener máximo L15,000 en saldo, realizar hasta 100 transacciones mensuales por L30,000 totales; las empresas no tienen límites pero deben reportar sus operaciones. Esto regula el funcionamiento seguro de servicios de pago móvil en el país.
Decreto 6-2021 | Poder Ejecutivo
El Banco Central de Honduras establece los límites de dinero que las personas y empresas pueden tener y mover a través de billeteras electrónicas en el teléfono. Los usuarios individuales pueden tener máximo L15,000 y realizar L30,000 en transacciones mensuales (hasta 100 operaciones), mientras que las empresas afiliadas no tienen límite. Esta norma busca regular los servicios de pago digital de forma segura.
Decreto 318-6/2021 | Poder Ejecutivo