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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

23 septiembre 2021Edición No. 35,726

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. SEDH-006-2021 — Autorización a la Procuraduría General de la República para ejercer facultades de expresa mención en caso Nasry Javier Ictech Guifarro ante la CIDH

Presidencia de la República

  1. 1.

    Que la Constitución de la República en su artículo 235 establece que “La titularidad del Poder Ejecutivo lo ejerce en representación y para el beneficio del pueblo el Presidente”.

  2. 2.

    Que el artículo228de la Constitución de la República regula que “la Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado”.

  3. 3.

    Que el artículo 245 numeral 2 y 11 de la Constitución de la República establece que son atribuciones del Presidente de la República: “dirigir la política general del Estado y representarlo; así como, emitir los acuerdos conforme a ley’’.

  4. 4.

    Que la Constitución de la República en su artículo 247 establece que “Los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia”.

  5. 5.

    Que el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública establece que “El presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la administración pública centralizada y descentralizada…”.

  6. 6.

    Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 116 establece que “los actos de los órganos de la administración pública adoptarán la forma de decretos, acuerdos, resoluciones ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 o providencias” y en su artículo 118 numeral 1 dispone que: “se emitirán por acuerdo las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada.”.

  7. 7.

    Que el 14 de marzo de 2006, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), emitió el informe de admisibilidad No. 30/06 y el 09 de noviembre de 2019 el informe de fondo No. 166/19 en el caso registrado con la referencia: “12.549-Nasry Javier Ictech Guifarro-Honduras”. En el citado informe de fondo se declaró la violación a los artículos 8.1 (garantías judiciales), relacionado con el 1.1, todos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante CADH o Convención).

  8. 8.

    Que mediante el análisis jurídico: AJ-DNDDHH-LI-PGR-004-2021, elaborado por la Procuraduría General de la República, se determinó la procedencia de la aprobación de un Acuerdo Ejecutivo en el cual se otorguen las facultades de expresa mención de desistir, absolver posiciones, renunciar de los recursos o los términos legales, conciliar, transigir, aprobar convenios de conformidad a los artículos 81 numeral 2 y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, para que se pueda hacer uso de las referidas facultades durante el litigio del caso “Nasry Javier Ictech Guifarro-12.549-Honduras”.

  9. 9.

    Que dadas las particularidades del caso, hacen necesario un litigio estratégico para la defensa de los intereses del Estado de Honduras, por lo que, la Procuraduría General de la República ha procedido a realizar los trámites que en derecho corresponden para la formalización de dicho Acuerdo Ejecutivo.

  10. 10.

    Que en el presente proceso, la Procuraduría General de la República ostenta la representación legal del Estado. Conforme al artículo 19 numeral 1 de su ley orgánica, sin embargo para poder aplicar las facultades de expresa mención contempladas en los artículos 81 numeral 2 y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, “Requerirá autorización expresa del Poder Ejecutivo, extendido mediante acuerdo en cada caso”.

  11. 11.

    Que el Presidente de la República delegó en el ciudadano Carlos Alberto Madero Erazo, “la potestad de firmar Acuerdos Ejecutivos que según a la Ley de Administración Pública sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización: c) autorización al Procurador General de la República para ejecutar facultades de expresa mención en las demandas promovidas contra el Estado de Honduras”.

Articulo 1

Autorizar a la Procuraduría General de la República, en su condición de representante legal del Estado de Honduras ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que ejerza las facultades de expresa mención de desistir, absolver posiciones, renunciar de los recursos o los términos legales, conciliar, transigir, aprobar convenios, contempladas en los artículos 81 numeral 2 y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, a fin de que las mismas puedan ser ejercidas en el momento procesal oportuno, dada la complejidad del asunto y las particularidades de los hechos alegados, en el caso “Nasry Javier Ictech Guifarro-12.549-Honduras”.

Articulo 2

El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los trece (13) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020 de fecha 01 de octubre de 2020 IRIS ROSALÍA CRUZ SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS Secretaría de Derechos Humanos

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Certificación

Certificación — Certificación del Acuerdo Ejecutivo SEDH-006-2021

Secretaría de Derechos Humanos

  1. 1.

    Que la Constitución de la República en su artículo235establece que“La titularidad del Poder Ejecutivo lo ejerce en representación y para el beneficio del pueblo el Presidente”.

  2. 2.

    Que el artículo 228 de la Constitución de la República regula que “la Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado”.

  3. 3.

    Que el artículo 245 numeral 2 y 11 de la Constitución de la República establece que son atribuciones del Presidente de la República “dirigir la política general del Estado y representarlo;así como,emitir los acuerdos conforme a ley”.

  4. 4.

    Que la Constitución de la República en su artículo 247 establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia”.

  5. 5.

    Que el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública establece que “El Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la administración pública centralizada y descentralizada...”.

  6. 6.

    Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 116 establece que “los actos de los órganos de la administración pública adoptarán la forma de decretos, acuerdos, resoluciones o providencias” y en su artículo 118 numeral 1 dispone que: “Se emitirán por acuerdo las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada”.

  7. 7.

    Que el 14 de marzo de 2006, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), emitió el informe de admisibilidad No. 30/06 y el 09 de noviembre de 2019 el informe de fondo No. 166/19 en el caso registrado con la referencia: “12.549-Nasry Javier Ictech Guifarro-Honduras”. En el citado informe de fondo se declaró la violación a los artículos 8.1 (garantías judiciales), relacionado con el 1.1, todos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante CADH o Convención).

  8. 8.

    Que mediante el análisis jurídico: AJ-DNDDHH-LI-PGR-004-2021, elaborado por la Procuraduría General de la República, se determinó la procedencia de la aprobación de un Acuerdo Ejecutivo en el cual se otorguen las facultades de expresa mención de desistir, absolver posiciones, renunciar de los recursos o los términos legales, conciliar, transigir, aprobar convenios de conformidad a los artículos 81 numeral 2 y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, para que se pueda hacer uso de las referidas facultades durante el litigio del caso “Nasry Javier Ictech Guifarro-12.549-Honduras”

  9. 9.

    Que dadas las particularidades del caso, hacen necesario un litigio estratégico para CERTIFICACIÓN la defensa de los intereses del Estado de Honduras, por lo que, la Procuraduría General de la República ha procedido a realizar los trámites que en derecho corresponden para la formalización de dicho Acuerdo Ejecutivo.

  10. 10.

    Que en el presente proceso, la Procuraduría General de la República ostenta la representación legal del Estado, conforme al artículo 19 numeral 1 de su Ley Orgánica, sin embargo, para poder aplicar las facultades de expresa mención contempladas en los artículos 81 numeral 2 y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, “Requerirá autorización expresa del Poder Ejecutivo, extendido mediante acuerdo en cada caso”.

  11. 11.

    Que el Presidente de la República delegó en el ciudadano Carlos Alberto Madero Erazo, “La potestad de firmar Acuerdos Ejecutivos que según a la Ley de Administración Pública sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización: c) autorización al Procurador General de la República para ejecutar facultades de expresa mención en las demandas promovidas contra el Estado de Honduras”.

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Resolución

Resolución No. NR 008/21 — Modificación del esquema de liquidación de tráfico de llamadas internacionales intracentroamericanas - Supresión del sistema SKA

Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)

  1. 1.

    Que la Ley Marco del Sector Telecomunicaciones establece en su Artículo 38. Que: Las telecomunicaciones en Honduras se brindan en un régimen de libre, leal y sana competencia. Por lo que corresponde a CONATEL procurar que no existan operadores privilegiados o con condiciones a si métricas en las prestaciones de servicios para los operadores autorizados por CONATEL; por lo que, con el objetivo de corregir distorsiones que ocurren en la prestación del servicio de llamadas internacionales, es necesario realizar una revisión del marco regulatorio involucrado en el mercado de terminaciones de llamadas internacionales y revisar la Resolución Normativa NR002/04, para establecer condiciones equitativas para todos los operadores autorizados para gestionar tráfico internacional para sus propios usuarios.

  2. 2.

    Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 018- 2003, de fecha 23 de septiembre de 2003, ratificado por el Congreso Nacional conforme el Decreto número 159- 2003, de fecha 7 de octubre de 2003 y publicado este último, en el Diario Oficial La Gaceta el 24 de octubre de ese mismo año; se aprobó el programa para la expansión y modernización de las telecomunicaciones denominado “TELEFONIA PARA TODOS-MODERNIDAD PARA HONDURAS”; creando la figura de Comercializador Tipo Sub-Operador, para ejercer la actividad de comercialización de los servicios públicos de telecomunicaciones concesionados a la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL), y en el numeral X, de dichos Decretos, se estableció que a partir del 26 de diciembre de 2005, se aplicará el régimen de pago de Cargos de Acceso dispuestos en el Reglamento de Interconexión contenido en la Resolución NR008/03, 03 de fecha 25 de marzo de 2003 y en la normativa que se emita a este efecto. En cuanto a las llamadas de larga distancia internacional y las llamadas desde y hacia las redes de los Servicios de Telefonía Móvil se aplicará el régimen de Cargos de Acceso que se utiliza entre los Operadores con Interconexión Tipo I; es decir, entre HONDUTEL y los operadores del Servicio de Telefonía Móvil.

  3. 3.

    Que mediante el Resolutivo Primero de la Resolución NR002/04, de fecha 11 de febrero de 2004, y publicada en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 24 de febrero de 2004, se estableció la suspensión temporal de la aplicación de tasas de equivalencia a las comunicaciones que se cursen y completen desde los países de Centro América, gestionadas a través de la Interconexión establecida entre la red de telecomunicaciones de Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL) y las redes de telecomunicaciones de los Servicios de Telefonía Móvil que operan en el territorio nacional y asimismo, mediante el Resolutivo Cuarto, de la Resolución NR002/04, se estableció que el esquema de retención total (SKA), es extensivo para las comunicaciones que se cursen y completen desde los países de Centro América a través de la interconexión establecida entre la red de telecomunicaciones de HONDUTEL y las redes de los Comercializadores Tipo Sub-Operador.

  4. 4.

    Que la Resolución No.2, de la XXXIV Reunión Extraordinaria de Junta Directiva de COMTELCA, de fecha 20 de enero de 2005, muestra que los Operadores de la región centroamericana no han logrado acuerdos en lo referente a la tasa de equivalencia; sin embargo, se insta a los Operadores de la Región a negociar la referida tasa y a comunicar las a COMTELCA.

  5. 5.

    Que, además de existir un ambiente de apertura de mercado, el enrutamiento de las llamadas, y el sistema de compensación basado en la retención total (Sender Keeps All, SKA) no aplica cuando los propios operadores pueden gestionar el tráfico para sus propios usuarios; por lo que esta Comisión, mediante esta Resolución considera tomar acciones respecto al esquema SKA de liquidación del tráfico telefónico intra centroamericano, debiendo considerar lo siguiente:

    • a)

      Adecuar el actual esquema de retención total, introduciendo la compensación a las redes de destino tal y como lo define la UIT en su Recomendación D-150,

    • b)

      Respetar las disposiciones del Tratado y Protocolo Centroamericano de Telecomunicaciones,

    • c)

      Definir la tasa de equivalencia como el valor que la empresa o empresas de origen “A” pagan a las de destino “B” por minuto de tráfico telefónico terminado en el contexto de las relaciones intra centroamericanas y el Tratado Centroamericano de Telecomunicaciones y su Protocolo, de obligatorio cumplimiento por parte de los operadores a través de los Entes Reguladores correspondientes, por lo que instó a la Secretaría Ejecutiva incluir como liquidación conforme a dicha Resolución de Telecomunicaciones y su protocolo,

    • d)

      La fijación de la tasa de equivalencia queda a la libre negociación entre las empresas operadoras de los servicios internacionales participantes en la relación del tráfico bilateral intra centroamericano,

    • e)

      La aplicación de la tasa de equivalencia por parte de un operador del país de destino respetará el principio de no discriminación para operadores de un mismo país de origen,

    • f)

      La distribución de la tasa de equivalencia en cada país se hará en base a sus disposiciones regulatorias o prácticas locales,

    • g)

      El establecimiento de esta tasa no implicará ningún incremento a las tarifas al público, para el tráfico intra centroamericano,

    • h)

      La modificación del esquema de liquidación entrará en vigencia una vez aprobada esta Resolución e i) Para fines de transparencia, las tasas de equivalencia vigentes deberán registrarse por las partes, en la Secretaría Ejecutiva de COMTELCA y CONATEL; todo lo anterior, para que HONDUTEL pueda continuar a partir del 01 de enero de 2022 como gestor de las llamadas de larga distancia internacional para sus propios Usuario y únicamente para los Usuarios de los Comercializadores Tipo Sub-Operador que no cuentan con la Autorización Especial para

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Resolución

Resolución No. NR008/21 — Supresión del sistema de compensación Sender Keeps All (SKA) en liquidación de tráfico internacional centroamericano

Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)

  1. 1.

    Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 271, del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones, las tasas contables que negocien los operadores de servicios de telecomunicaciones con sus similares del extranjero, son públicas. Por lo que los operadores nacionales están obligados a comunicar a CONATEL el resultado de cada negociación en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, luego de haberse producido ésta. Asimismo, constituye también obligación de los operadores nacionales, recabar los lineamientos generales que CONATEL tenga a bien impartir, relativo a los aspectos que considere pertinentes, los cuales se tomarán en cuenta, en dichas negociaciones. Todos los lineamientos generales deberán ser recabados en forma previa a la realización de las negociaciones. Su omisión dará lugar a que CONATEL decida no tomar en cuenta las mencionadas tasas contables para los fines ulteriores de fijación de tarifas u otros, además de aplicar el régimen sancionador correspondiente.

  2. 2.

    Que de acuerdo a las motivaciones precedentes y los preceptos legales invocados, esta Comisión determina necesario emitir una Resolución para suprimir el sistema de compensación basado en la retención total (Sender Keeps All, SKA) en la liquidación de tráfico de las llamadas que se cursen y completen desde los países de Centro América por los nodos o centrales internacionales de HONDUTEL; siendo por tanto, necesario modificar el esquema de liquidación, para dejar sin valor ni efecto lo dispuesto en la Resolución NR002/04, de fecha 11 de febrero de 2004, y publicada en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 24 de febrero de 2004, y en la revisión que se lleve a cabo para el año 2022 y conforme a la regulación aplicable, de los Cargos de Acceso establecidos mediante la Resolución OD005/21, de fecha 14 de enero de 2021;

  3. 3.

    Que CONATEL, conforme a lo dispuesto en la Resolución NR002/06, de fecha 15 de marzo de 2006 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 23 de marzo de 2006, sometió el anteproyecto de la presente Normativa al proceso de Consulta Pública en la página WEB de CONATEL, en el período comprendido del 23 al 25 de agosto de 2021; por cuanto cumplida dicha obligación, al ser un acto de carácter general, deberá ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 1

Establecer que, a partir del 01 de enero de 2022, HONDUTEL deberá suprimir el sistema de compensación basado en la retención total (Sender Keeps All, SKA) para las comunicaciones que se cursen y completen desde los países de Centro América.

Articulo 2

Instruir a los Operadores con Interconexión Tipo I, que deberán adecuar su sistemas, en virtud de lo dispuesto en el Resolutivo Primero de la presente Resolución, en vista que a partir del 01 de enero de 2022, se deberá suprimir por parte de HONDUTEL el esquema de liquidación SKA y para considerarlo, dentro de la revisión de la Resolución OD005/21, de fecha 14 de enero de 2021, que al efecto realizará CONATEL, conforme a la regulación aplicable para los Operadores con Interconexión Tipo I; es decir particularmente, para HONDUTEL y los Operadores del Servicio de Telefonía Móvil, de la cual, se deriva para los Comercializador Tipo Sub-Operador.

Articulo 3

Ordenar a HONDUTEL que deberá proceder a negociar con sus contrapartes a nivel regional, las tasas de equivalencia para el tráfico intra centroamericano, en la relación comercial de dicho tráfico bilateral para cumplir a partir del 1 de enero de 2022, con lo dispuesto en la presente Resolución; y que su establecimiento, no implicará ningún incremento a las tarifas para sus Usuarios.

Articulo 4

Establecer que HONDUTEL está obligando a respetar las disposiciones de los Tratados de Libre Comercio suscritos por HONDURAS y el Tratado y Protocolo Centroamericano de Telecomunicaciones, así como respetar el principio de no discriminación para operadores de un mismo país de origen y considerar la Recomendación UIT D-150 en la compensación de las redes de destino y observancia del Acta de la IV Reunión Extraordinaria de la Subcomisión de Regulación de COMTELCA, que establece en el numeral 3.1.1 el Procedimiento para la solución de Conflictos de Fijación de Tasa de Equivalencia, que: “El operador interesado en negociar y acordar una tasa de equivalencia para tráfico internacional centroamericano deberá entregar su solicitud de negociación escrita al operador requerido, acompañada de una certificación que acredite su calidad de operador de telefonía y deberá enviar una copia de estos documentos, con la constancia de recepción del operador requerido, a la Secretaría Ejecutiva de COMTELCA”. Así como considerar que:

  • a)

    la solicitud a presentar no omita alguno de los requisitos establecidos,

  • b)

    adecuar sus sistemas de manera tal que establezca los procedimientos a seguir para la liquidación de cuentas,

  • c)

    cualquier información relativa o parámetros a intercambiar, formatos y mecanismos para el intercambio de archivos de los Registros de Detalle Llamadas (“CDR´s” Call Detail Records) de todas las llamadas cursadas enviadas y recibidas, total de minutos entrantes y salientes,

  • d)

    mantenimiento de los registros correspondientes de cada una de las partes,

  • e)

    envío y recepción del número llamante ANI (por sus siglas en ingles, Automatic Number Identification) de origen y destino, de forma tal que permita a los Operadores nacionales verificar los datos y registros de las llamadas gestionadas, para fines de transparencia en la facturación y liquidación,

  • f)

    registrar las tasas de equivalencia resultantes en la Secretaría Ejecutiva de COMTELCA y g) cumplir con la obligación de incluir en el reporte de medición de tráfico internacional las mediciones asociadas a dichas comunicaciones.

Articulo 5

Establecer que la aplicación de la tasa de equivalencia para el tráfico bilateral intra centroamericano, conlleva no solo la liquidación del correspondiente Cargo de Acceso Internacional entre HONDUTEL y las redes de telecomunicaciones de los Servicios de Telefonía Móvil (Servicio de Telefonía Móvil Celular y del Servicio de Comunicaciones Personales (PCS)) y los Comercializadores Tipo Sub-Operador; no obstante, la modificación del esquema de liquidación entrará en vigencia a partir del 01 de enero del año 2022; para lo cual, HONDUTEL deberá notificar a CONATEL a más tardar el 05 de diciembre de cada año las correspondientes tasas de equivalencia para su consideración y registros correspondientes; es decir, previamente, a la emisión de la Resolución que fija los Cargos de Acceso para el año siguiente, conforme a la regulación aplicable.

Articulo 6

Dejar sin valor ni efecto lo dispuesto en la Resolución NR002/04, de fecha 11 de febrero de 2004, y publicada el 24 de febrero de 2004, y cualquier otra disposición que contravengan lo establecido en la presente Resolución, y sus efectos buscados a partir del 01 de enero del 2022.

Articulo 7

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. “Aprobada la presente resolución en sesión ordinaria No. 1,091; celebrada el 08 de septiembre de 2021, que adopta la forma del artículo 120 de la Ley General de Administración Pública y del artículo 20 de la LMST, acto administrativo debidamente refrendado por el Secretario General ”. ABOG. DAVID MATAMOROS BATSON COMISIONADO PRESIDENTE CONATEL ABOG. WILLY UBENER DÍAZ SECRETARIO GENERAL CONATEL 24 S. 2021

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Licitación

Licitación No. 51/2021 — Mantenimiento preventivo y correctivo para portones, cortinas enrollables, barrera de contención y plumas vehiculares

Banco Central de Honduras

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No. 51/2021 El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la LICITACIÓN PÚBLICA NO. 51/2021,para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para diez ( 10) portones, trece (13) cortinas enrollables, una (1) barrera de contención y diez (10) plumas vehiculares, instalados en el edificio del Banco Central de Honduras (BCH), ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República, por el período de dos (2) años, a partir de la suscripción del contrato. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario "Autorización para emisión de vale de efectivo" (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no.) piso del edificio del BCH en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República,posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la Tarjeta de Identidad o carné de residente o pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos de la licitación podrán ser examinados en la dirección electrónica www.bch.hn/acerca-de1-bch/ adquisiciones-y-contrataciones. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicarse por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, según lo establecido en el Pliego de Condiciones; pudiendo utilizar para esto los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el décimo (10mo.) piso el edificio del BCH, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, hasta el 5 de Noviembre de 2021, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto, siguiendo para ello las medidas de bioseguridad establecidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de septiembre de 2021. JORGE OVIEDO IMBODEN GERENCIA 23 S. 2021.

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Certificación

Certificación No. 086-2020 — Cancelación por no uso de marca de fábrica KETOFTAL

Instituto de la Propiedad - Dirección General de Propiedad Intelectual

  1. 1.

    RESULTA QUINTO: RESULTA SEXTO: RESULTA SÉPTIMO. CONSIDERANDO PRIMERO. CONSIDERANDO SEGUNDO: CONSIDERANDO

  2. 2.

    POR TANTO: RESUELVE.- PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la acción de cancelación por no uso No.2019-33997 contra la marca de fábrica denominada "KETOFTAL" clase internacional (05) con registro No.87157 a favor de la Sociedad THE LATIN AMÉRICA TRADEMARK CORPORATION; acción presentada por la abogada SARAI MARUOSO ARKOULIS CABALLERO, en su condición de apoderada legal de la Sociedad Mercantil denominada TECNOQUIMICAS, S.A. Que según estudio realizado en la base de datos y libros de registro que para tal efecto lleva esta Oficina, la marca de fábrica "KETOFTAL" clase internacional (05), vigente hasta el 24 de marzo del 2024, no ha pagado la tasa anual de mantenimiento ni ha sido rehabilitada por su propietario, en el presente caso la sociedad titular de la marca objeto de la presente acción de cancelación no demostró que la marca estuvo o está en uso en el mercado o en los sectores pertinentes en los cuales se comercializan los productos bajo esa marca y en virtud de no haber contestado ni defendido su marca, al titular no le interesa conservar su marca. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas. De no cumplimentar lo precedente en el plazo de treinta (30) días, según lo estipulado en el artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se caducará de oficio el expediente contentivo de la cancelación. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio el Recurso de Reposición que resolverá esta oficina, en el término de 10 días después de notificada la Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la Resolución dentro de los 3 días siguientes, debiendo remitirse los autos a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, artículo 138 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 22 de la Ley de Propiedad.- (S) (F) ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA, Registrador de Propiedad Industrial. (S) (F) ABOGADA MARBELY R. MARTINEZ". Tegucigalpa, M.D.C., 10 de Septiembre del 2021 ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador de Propiedad Industrial 23 S. 2021.

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Licitación

Licitación No. COPECO-LP-GC-556-2021 — Servicio de taller y mantenimiento para la flota vehicular de COPECO

Comisión Permanente de Contingencias (COPECO)

Aviso de Licitación Pública República de Honduras COMISION PERMANENTE DE CONTINGENCIAS COPECO Servicio de taller y mantenimiento para la flota vehicular de COPECO COPECO-LP-GC-556-2021

  • 1)

    La Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales COPECO, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. COPECO-LP-GC-556-2021, a presentar ofertas selladas para Servicio de taller y mantenimiento para la flota vehicular de COPE'CO.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Unidad de Compras y Licitaciones, en la dirección indicada al final de este Llamado de 9:00 a.m. a 05:00 p.m. o al correo electrónico compras@copeco.gob.hn los cuales no tienen costo alguno. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Aldea El Ocotal, 500 metros adelante del Hospital Militar, carretera a Mateo a más tardar a la 01:00 p.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 01:30 pm. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Comayagüela, Honduras, 31 de agosto 2021 José Noé Martínez Director Administrativo y Financiero 23 S. 2021.

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Resolución

Resolución No. NR009/21 — Garantía de Fiel Cumplimiento para Operadores del Servicio de Difusión

Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)

  1. 1.

    Que es atribución de CONATEL establecer entre otros, las condiciones de operación de los Servicios de Difusión y que los mismos sean prestados de conformidad a dichas condiciones, así como a las características definidas en los respectivos Títulos Habilitantes emitidos para autorizar a los diferentes Operadores de los Servicio de Telecomunicaciones.

  2. 2.

    Que CONATEL, dentro de sus facultades conferidas, están las de regular y fiscalizar la explotación y operación de los diferentes Servicios de Telecomunicaciones,así como el velar por el estricto cumplimiento de las obligaciones establecidas tanto en la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones como en su Reglamento General y en los respectivos Títulos Habilitantes, entre otros, la relacionada con el cumplimiento del plazo de inicio de operaciones.

  3. 3.

    Que, de conformidad a lo establecido en el Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones, CONATEL en el ejercicio de sus facultades, podrá exigir el rendimiento o presentación a cargo del Operador, de las garantías que se consideren necesarias con el propósito de asegurar la prestación de los Servicios de Telecomunicaciones que son objeto de Autorización.

  4. 4.

    Que, mediante la Resolución NR015/03, de fecha 1 de septiembre de2003y publicada en el Diario Oficial La Gaceta, de fecha 18 de octubre de 2003, CONATEL estableció a los Operadores del Servicio de Difusión, autorizados por primera vez o a los que se les autorice una nueva estación dentro de las bandas de radiodifusión sonora o de televisión, que deben rendir, por cada nueva estación autorizada, una Garantía de Fiel Cumplimiento a favor de CONATEL, fijando el valor de la misma según sea el caso y el plazo de su vigencia; por lo cual, después de aproximadamente 18 años, se considera oportuno y necesario proceder a revisar las disposiciones contenidas y ajustar los valores en el tiempo que fueron consignados en la misma

  5. 5.

    Que CONATEL, en observancia al Principio de Transparencia que subyace en el Marco Jurídico Vigente en Materia de Telecomunicaciones, contenido específicamente en el Artículo 6, literal j) del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones y en aplicación a lo dispuesto en la Resolución NR002/06, de fecha 15 de marzo de 2006, publicada en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 23 de marzo de 2006, sometió el anteproyecto de la presente Resolución al proceso de Consulta Pública en la página WEB de CONATEL, en el período comprendido entre el 12 al 16 de agosto de 2021.

Articulo 1

Establecer que los Operadores del Servicio de Difusión, clasificados dentro del Servicio de Radiodifusión Sonora o del Servicio de Radiodifusión de Televisión de libre Recepción, que han sido autorizados por primera vez o a los que se les autorice una nueva Licencia, según sea el caso, dentro de las bandas establecidas en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) vigente, para prestar dichos Servicios; deberán rendir, por cada nueva Licencia autorizada, una Garantía de Fiel Cumplimiento; la cual será solidaria, irrevocable, incondicional y de ejecución automática, a favor de CONATEL, y de acuerdo a los términos que se señalan en la presente Resolución; lo anterior, con el propósito de asegurar por parte de CONATEL, la prestación de los Servicios objeto de Permiso; garantía que se deberá presentar dentro de los veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la Resolución aprobatoria del Título Habilitante.

Articulo 2

La Garantía de Fiel Cumplimiento a presentar ante CONATEL por parte de los Operadores comprendidos dentro de los casos indicados en el Resolutivo Primero de la presente Resolución, estará conforme a los montos fijados en la siguiente tabla: automática, a favor de CONATEL, y de acuerdo a los términos que se señalan en la presente Resolución; lo anterior, con el propósito de asegurar por parte de CONATEL, la prestación de los Servicios objeto de Permiso; garantía que se deberá presentar dentro de los veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación dela Resolución aprobatoria del Título Habilitante.

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Aviso

Aviso No. ADDENDUM No. 2 - Licitación Pública No. 11/2021 — Modificación del pliego de condiciones para licitación de máquinas de imprenta

Banco Central de Honduras

ADDENDUM NO.2 LICITACIÓN PÚBLICA No. 11/2021 Banco Central de Honduras EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública No.11/2021 para la contratación por lotes del suministro, instalación y puesta en funcionamiento de cinco (5) máquinas de imprenta, según el detalle siguiente: Lote No.1: Guillotina Industrial Digital, Lote No.2: Encuadernado ra/ Pegadora, Lote No.3: Máquina Barnizado ra UV, Lote No.4: Máquina Estampado ra Digital para Encuadernación y Lote No.5: Máquina Perforadora Automática para encuadernación con anillo, para ser instaladas en la Sección de Artes Gráficas del Departamento de Servicios Diversos en el edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República; que el pliego de condiciones ha sido modificado, según el detalle siguiente:  3. Especificaciones Técnicas, 3.2.1 Lote No.1 Guillotina Industrial Digital Numeral 3.2.1.4 Espacio de la mesa frente a la cuchilla: Mínima: 25”, máxima:29”.  Numerales Eliminados: Lote No.1 numeral 3.2.1.13. Lote No.2 numeral 3.2.2.13. Lote No.3 numeral 3.2.3.15. Lote No.4 numeral 3.2.4.12. Lote No.5 numeral 3.2.5.13.  3.3. Condiciones técnicas que debe cumplir el oferente y estar expresadas y documentadas en las ofertas: Numeral 3.3.6 Se requiere que el equipo en cada lote ofertado opere en los siguientes voltajes: 120 V monofásico a 60 Hz. 208 V monofásico a 60 Hz. 208 V trifásico a 60 Hz. No se permitirá el uso de transformadores externos para obtener el voltaje de operación, en vista que equipos con un voltaje distinto, podrían presentar problemas de funcionamiento.  Deberán tomarse en consideración las siguientes fechas:

  • IAO 20.1 de los Datos de la Licitación: Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento veinte(120) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación y apertura de la oferta económica indicadas en el aviso y/o invitación a licitar, es decir del 26 de julio de 2021 al 17 de enero de 2022. En los casos en que fuere estrictamente necesario, el BCH podrá solicitar a los oferentes la ampliación del plazo antes mencionado.

  • IAO 21.1 La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de oferta será del 26 de julio de 2021 al 17 de enero de 2022.

  • IAO 24.1 y 27.1 La recepción y apertura de las ofertas se realizará el lunes 26 de julio de 2021 a las 10:00 am, hora local, en el Salón “Roberto Zúniga” del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Nota: El pliego de condiciones modificado puede ser solicitado al correo electrónico adquisiciones@bch.hn. JORGE OVIEDO IMBODEN GERENCIA 23 S. 2021

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Convocatoria

Convocatoria No. 03/2021 — Concurso Público para servicios de consultoría de diseño y especificaciones técnicas de sistemas del edificio en San Pedro Sula

Banco Central de Honduras

AVISO DE CONCURSO PÚBLICO CONCURSO PÚBLICO No.03/2021 Banco Central de Honduras ELBANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), comunica a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para el Concurso Público No.03/2021, para la contratación de los servicios de consultoría para el diseño y especificaciones técnicas para la renovación de los sistemas eléctrico, mecánico (HVAC), cableado estructurado para voz y datos, protección contra incendios, detección inteligente de incendios, control de accesos, alarmas de intrusión y circuito cerrado de televisión IP (CCTV IP) del edificio de la sucursal del Banco Central de Honduras en la ciudad de San Pedro Sula. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. El concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener los términos de referencia de este concurso, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no) piso del edificio del Banco Central de Honduras, Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (1er) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la tarjeta de identidad o carné de residente o pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@ bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en los términos de referencia. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el Salón Roberto Zúniga del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja en Comayagüela, MDC, hasta el 27 de julio de 2021, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se recibirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH y de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto, el cual se efectuará en la dirección, lugar y hora límite señalados anteriormente, siguiendo para ello las medidas de bioseguridad establecidas. JORGE OVIEDO IMBODEN GERENCIA 23 S. 2021

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio para terreno en Capucas, San Pedro Copán

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa, Departamento de Copán

AVISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa departamento de Copan, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio promovido por el señor JOSE RUDY FRANCO GUERRA, mayor de edad, casado, hondureño y con domicilio en Capucas San Pedro Copán, con Identidad No. 0412-1978-00252, es dueño de: Un lote de terreno; ubicado en Capucas jurisdicción de San Pedro, departamento de Copán teniendo una área superficial de CINCO PUNTO TREINTA Y NUEVE CENTESIMAS DE MANZANAS (5.39 MZ), con las medidas y colindancias siguientes: AL NORESTE: colinda con Gertrudiz Romero Estévez, AL ESTE: colinda con Gertrudiz Romero Estévez, AL SUR: colinda con José Luis Estévez Pineda y María Manuela Este ves Pineda, AL SUROESTE: colinda con José Gilberto Serrano, calle de por medio, AL OESTE: colinda con José Gerardo Cardoza Mejía, Juan Ramón Serrano Torres, Felipe Serrano Deras, Israel Serrano Torres, José Adelmo Serrano Escobar, José Elías Serrano Escobar, Sergio Solís, María Antonia Torres, Gilberto Serrano, AL NOROESTE: colinda con Israel Serrano Melgar .- REPRESENTA: al Abogado PEDRO ALVARADO, Santa Rosa de Copán, 20 de agosto del 2021. YOLANDA MEJIA SECRETARIA, POR LEY 23 S., 23 O. y 23 N. 2021

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Licitación

Licitación No. INPREMA-LPN-GC-007-2021 — Contratación de Servicios de Limpieza y Aseo para las Oficinas de INPREMA a Nivel Nacional

Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA)

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN DEL MAGISTERIO (INPREMA) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. INPREMA-LPN-GC-007-2021 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA Y ASEO PARA LAS OFICINAS DE EL INPREMA A NIVEL NACIONAL”

  • 1)

    El Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), invita a las empresas dedicadas a brindar Servicios de Limpieza y Aseo de Oficinas, a participar en la Licitación Pública Nacional No. INPREMA-LPN- GC-007-2021 "CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA Y ASEO PARA LAS OFICINAS DE EL INPREMA A NIVEL NACIONAL".

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Propios.

  • 3)

    La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita al Departamento de Compras y Contrataciones de EL INPREMA en la dirección indicada en el siguiente párrafo, en horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable, de Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00), hasta el día anterior a la apertura de ofertas. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, Hondu Compras (www.hondu compras.gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas con toda la documentación requerida, deberán presentarse en físico en: Las Oficinas del Departamento de Compras y Contrataciones, ubicado en el 5to. Piso del Edificio INPREMA, Tegucigalpa M.D.C., a más tardar a las 10:00 a.m. del veintiocho (28) de octubre de 2021. No se recibirán ofertas fuera de este plazo. Las ofertas recibidas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en el salón de sesiones del Directorio de INPREMA, a las 10:15 a.m. del veintiocho (28) octubre de 2021. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Ma tenimiento de Oferta, por el valor y la forma establecidos en los documentos de esta licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 16 de septiembre de 2021 LIC. ELIS OMAR FIGUEROA MARADIAGA Comisionado Presidente 23 S. 2021

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Edicto

Edicto — Cancelación y Reposición de Certificado de Depósito a Plazo Fijo

Juzgado de Letras Civil de la Sección Judicial de San Pedro Sula

Poder Judicial Honduras Avíso de Cancelación y Reposición de Título Valor La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil de la Sección Judicial de San Pedro Sula, al público en general y para efectos de la Ley y según lo establecido en el artículo 634 párrafo tercero y 640 del Código de Comercio. HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de julio del año dos mil veintiuno(2021),el abogado LUIS ALONSO BAUTISTA RIOS, en su condición de representante procesal de la señora ANGIE GISSELLE MORENO MARTINEZ, presentó Solicitud de Cancelación y Reposición de Títulos Valores consistente en un (01) Certificado de Depósito a Plazo Fijo con número 000000200006418488 con un valor nominal de CIENTO TRES MIL NOVECIENTOS DOCE LEMPIRAS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS (L. 103, 912.81), emitido por la sociedad BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA), a favor de su representada. San Pedro Sula, Cortés, 17 de septiembre del 2021 ABOG. SONIA ELIZABETH GONZALEZ LAINEZ SECRETARIA ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DE LO CIVIL DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 23 S. 2021

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Edicto

Edicto — Aviso de Muerte por Presunción de Osman Rigoberto Rivera Ávila

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de La Ceiba, Departamento de Atlántida

Poder Judicial Honduras CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE ATLÁNTIDA, HONDURAS, C.A. AVISO DE MUERTE POR PRESUNCION. La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de La Ceiba, departamento de Atlántida: Al público en general y para los efectos de ley HACE CONSTAR QUE: En fecha treinta de abril del año dos mil diecinueve se presentó ante este despacho judicial la SOLICITUD DE DECLARATORIA DE MUERTE POR PRESUNCION, promovida por la señora CELIA JANETH URBINA FLORES, a fin que se declara la MUERTE POR PRESUNCION de su esposo, el señor OSMAN RIGOBERTO RIVERA AVILA, de quien no se tiene noticias desde el OCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (08/10/2017), des conociéndose hasta la fecha su paradero. — Todo en cumplimiento a los establecido en el artículo 85 numeral 2 del Código Civil. — Por lo cual este Órgano Jurisdiccional en fecha treinta y uno de enero del año dos mil veinte ordena citar por edictos. — Con la finalidad de que sólo se aceptará por este Tribunal avisos que vengan en tamaño de letra número Al2, el cual permitirá su fácil lectura. La Ceiba, Atlántida, 02 de Septiembre de 2021 ELDA JOHANA PADILLA PINEDA SECRETARIA ADJUNTA 23 S. 2021

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Aviso

Aviso No. 2021-2480 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - TRAICIONERO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2480 Fecha de presentación: 2021-05-24 Fecha de emisión: 26 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INVERSIONES MV, S. DE R.L. Domicilio: Colonia Universidad, 21 calle, 8-9 avenida, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL IRMA ELIZABETH AGUILAR ARIAS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRAICIONERO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Identifica bebidas preparados con jugo de fruta y bebidas alcohólicas.

  • I)

    Reivindicaciones: Negro: Pantone Black 6 C: Morado Pantone 7678 C.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas (con excepción cervezas), de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2021-1726 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - NENE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-1726 Fecha de presentación: 2021-04-16 Fecha de emisión: 10 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INVERSIONES MAYA S. DE R.L. Domicilio: Colonia Buenos Aires, 4ta. avenida 10 y 11 calle, San Pedro Sula, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL PARIS EDUARDO DUBÓN ACOSTA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NENE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceite para bebés, de la clase . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

    Marcas de Fábrica

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Aviso

Aviso No. 2020-10315 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - BIQTICON

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-10315 Fecha de presentación: 2020-03-03 Fecha de Emisión: 5 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ORIUS BIOTECNOLOGIA DE PANAMÁ, S.A. Domicilio: AVENIDA SEGUNDA ESTE, BANCO DEL ISTMO, DAVID, CHIRIQUI, Panamá

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (1)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BIQTICON

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura, abonos para suelo, abonos orgánicos, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2020-10313 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - BIQ Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-10313 Fecha de presentación: 2020-03-03 Fecha de Emisión: 3 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ORIUS BIOTECNOLOGIA DE PANAMÁ, S.A. Domicilio: AVENIDA SEGUNDA ESTE, BANCO DEL ISTMO, DAVID, CHIRIQUI, Panamá

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (1)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BIQ Y DISEÑO

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura, abonos para suelo, abonos orgánicos, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2020-15687 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - SALSA DOG Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-15687 Fecha de presentación: 2020-05-08 Fecha de Emisión: 16 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ADITMAQ CIA. LTDA. Domicilio: Vicente Duque N73-85 y Jase de la Rea. Quito, Ecuador

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (31)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SALSA DOG Y DISEÑO

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alimentos para animales, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2021-831 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - ALTA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2021-831 Fecha de presentación: 2021-02-23 Fecha de Emisión: 14 de juniso de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: MELARA & ASOCIADOS S.A. DE C.V. Domicilio: Penthouse del Edificio Torre Maya, colonia Lomas del Mayab, Avenida República de Costa Rica, Tegucigalpa M.D.C., Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL OSCAR ARMANDO MELARA FACUSSÉ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALTA Y DISEÑO

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de gestión, organización y administración de negocios, incluyendo pero no limitado a: Asesoramiento sobre dirección de empresas, auditorías empresariales, consultoría profesional sobre negocios comerciales, consultoría sobre organización de negocios, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2021-431 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - CHOCOWOW Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2021-431 Fecha de presentación: 2021-01-28 Fecha de Emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: CMI IP HOLDING Domicilio: 20 Rue Eugene Ruppert L-5423, Luxemburgo

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHOCOWOW Y DISEÑO

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Galletas, galletas waffer, galletas dulces, galletas de chocolate; galletas con sabor a chocolate; galletas cubiertas de chocolate; galletas con chispas de chocolate, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2020-10320 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - TRICHO-D WP

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-10320 Fecha de presentación: 2020-03-03 Fecha de Emisión: 27 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ORIUS BIOTECNOLOGIA DE PANAMÁ, S.A. Domicilio: AVENIDA SEGUNDA ESTE, BANCO DEL ISTMO, DAVID, CHIRIQUI, Panamá

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRICHO-D WP

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos para eliminar animales dañinos, fungicidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2020-15689 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - CARNITAS GOURMET Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-15689 Fecha de presentación: 2020-05-08 Fecha de Emisión: 16 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ADITMAQ CIA. LTDA. Domicilio: Vicente Duque N73-85 y Jase de la Rea. Quito., Ecuador

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (31)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CARNITAS GOURMET Y DISEÑO

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alimentos para animales, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2019-40044 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - PP

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2019-40044 Fecha de presentación: 2019-09-23 Fecha de Emisión: 14 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: PAYPAL, INC. Domicilio: 2211 NORTH FIRST STREET, SAN JOSE, CALIFORNIA 95131, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PP

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros, tales como, transferencia electrónica de fondos; compensación y conciliación de transacciones financieras, proporcionando una amplia variedad de servicios de pago y financieros, tales como, servicios de tarjeta de crédito, emisión de tarjetas de crédito y líneas de crédito, servicios de pago electrónico que implican procesamiento electrónico y posterior transmisión de datos de pago de facturas, servicios de pago de facturas con entrega de pago garantizada, todo realizado a través de una red global de comunicaciones; servicios de procesamiento de transacciones con tarjeta de crédito y débito; prestación de servicios financieros y de pago, tales como, creación, preparación, gestión, envío, procesamiento, seguimiento y conciliación de facturas; reembolso de fondos para artículos en disputa en el campo de compras de pagos electrónicos; prestación de servicios de protección de compra de bienes y servicios adquiridos por terceros a través de una red informática mundial y redes inalámbricas; servicios de procesamiento de transacciones con tarjeta de crédito. servicios de crédito, tales como, prestación de servicios de cuenta de crédito revolvente; servicios de pago de facturas; prestación de servicios de pago electrónico móvil para terceros; servicios de procesamiento de pago y tarjetas de crédito; procesamiento electrónico de pagos extranjeros; servicios de procesamiento de pago, tales como, prestación de servicios de procesamiento de transacciones virtuales para terceros, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JAQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso No. 2020-15690 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - CARNITAS Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-15690 Fecha de presentación: 2020-05-08 Fecha de Emisión: 16 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ADITMAQ CIA. LTDA. Domicilio: Vicente Duque N73-85 y Jase de la Rea. Quito, Ecuador

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (31)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CARNITAS Y DISEÑO

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alimentos para animales, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso No. 2021-830 — Solicitud de Registro de Nombre Comercial - ALTA

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2021-830 Fecha de presentación: 2021-02-23 Fecha de Emisión: 14 de junio de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: MELARA & ASOCIADOS S.A. DE C.V. Domicilio: Penthouse del Edificio Torre Maya, colonia Lomas del Mayab, avenida República de Costa Rica, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL OSCAR ARMANDO MELARA FACUSSE

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALTA

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a la prestación de servicios de asesoría, consultoría legal y empresarial, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021

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Aviso No. 2020-22710 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - MULTI - X LOTO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-22710 Fecha de presentación: 2020-08-25 Fecha de Emisión: 17 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: LOTERÍAS ELECTRONICAS DE HONDURAS, S.A. DE .C.V Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL OSCAR ARMANDO MANZANARES CORTÉS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MULTI - X LOTO Y DISEÑO

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Educación, formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso No. 2020-22709 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - VIRTUAL LOTO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-22709 Fecha de presentación: 2020-08-25 Fecha de Emisión: 17 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: LOTERÍAS ELECTRONICAS DE HONDURAS, S.A. DE .C.V Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL OSCAR ARMANDO MANZANARES CORTÉS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VIRTUAL LOTO Y DISEÑO

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Educación, formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso No. 1738/20 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - GANA YA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1738/20 2/ Fecha de presentación: 13/01/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LOTERÍAS ELECTRONICAS DE HONDURAS S.A. DE .C.V 4.1/ Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Gana Ya 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional: GANA YA

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Manzanares Cortés

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso No. 1739/20 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - 800x10

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1739/20 2/ Fecha de presentación: 13/01/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LOTERÍAS ELECTRONICAS DE HONDURAS S.A. DE .C.V 4.1/ Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 800x10 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Manzanares Cortés

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso No. 2019-025604 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - TACOS MEXICANOS FIESTAS A DOMICILIO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-025604 [2] Fecha de presentación: 14/06/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LUIS ANTONIO BARAHONA GARCIA [4.1] Domicilio: BARRIO SAN PABLO, MEDIA CUADRA AL NORTE DE ESCUELA AGUSTIN ALONZO, CASA #2010, TEGUCIGALPA M.D.C., DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TACOS MEXICANOS FIESTAS A DOMICILIO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación); servicios que consisten en preparar alimentos y bebidas para el consumo, prestados por personas o establecimientos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARIA ANGELINA LUCAS ZELAYA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de febrero del año 2020 [12] Reservas: Dados los términos en que se aprueba esta denominación se protege contra otras denominaciones idénticas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021 800x10

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Aviso No. 1731/20 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - Blast y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1731/20 2/ Fecha de presentación: 13/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LOTERÍAS ELECTRONICAS DE HONDURAS S.A. DE .C.V 4.1/ Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Blast y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Manzanares Cortés

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-02-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso No. 1732/20 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - Blast y Etiqueta

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1732/20 2/ Fecha de presentación: 13/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LOTERÍAS ELECTRONICAS DE HONDURAS S.A. DE .C.V 4.1/ Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Blast y Etiqueta 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Manzanares Cortés

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-02-2020 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta sin reivindicar la frase “Disfruta dentro de tus límites” Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso No. 1733/20 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - Loto Guía de los Sueños y Etiqueta

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1733/20 2/ Fecha de presentación: 13/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LOTERÍAS ELECTRONICAS DE HONDURAS S.A. DE .C.V 4.1/ Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Loto Guía de los Sueños y Etiqueta 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Manzanares Cortés

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-02-2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso No. 1734/20 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - Loto Guía de los Sueños y Etiqueta

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1734/20 2/ Fecha de presentación: 13/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LOTERÍAS ELECTRONICAS DE HONDURAS S.A. DE .C.V 4.1/ Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Loto Guía de los Sueños y Etiqueta 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Manzanares Cortés

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/feb/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso No. 1740/20 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - 700x10

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1740/20 2/ Fecha de presentación: 13/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LOTERÍAS ELECTRONICAS DE HONDURAS S.A. DE .C.V 4.1/ Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 700x10 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Manzanares Cortés

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021 700x10

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Aviso No. 47001/19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Serra

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 47001/19 2/ Fecha de presentación: 15/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: David Florez Arango 4.1/ Domicilio: Diagonal 6 10-50, zona 10. Edificio Interamericas, torre norte, oficina 801, Ciudad de Guatemala 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Serra 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Aguas minerales, gaseoso as, bebidas ligeramente gasificadas; bebidas a base de frutas y sumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso No. 20-16784 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - THIS CHANGE DOUBLE

Registro de la Propiedad Industrial

SERRA 1/ No. Solicitud: 20-16784 2/ Fecha de presentación: 10-06-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: KT & G Corporation 4.1/ Domicilio: 71, Beotkkot-gil, Daedeok-gu, Daejeon, Repúblic of Korea 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS CHANGE DOUBLE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco; cigarrillos; cigarros; puros; tabaco para inhalar; papel para cigarrillos, pipas para tabaco; filtros para cigarros; cajetillas para cigarros que (no sean de mer tales preciosos); bolsas para tabaco; encendedores de cigarrillos (que no sean de metales preciosos); fósforos; limpiadores de pipas para pipas de tabaco; ceniceros (que no sean de metales preciosos) para fumadores; cortadores de puros. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/11/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso No. 2020-24142 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - NATURAL EXTRACTS

Registro de la Propiedad Industrial

THIS CHANGE DOUBLE Número de Solicitud: 2020-24142 Fecha de presentación: 2020-11-24 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: COLGATE-PALMOLIVE COMPANY Domicilio: 300 PARK AVENUE, NEW YORK, NEW YORK 10022, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL FERNANDO GODOY SAGASTUME

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (21)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NATURAL EXTRACTS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Hilo dental, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 20385/20 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - ESPASENE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 20385/20 2/ Fecha de presentación: 17/julio/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Droguería y Laboratorio Pharmalat, Sociedad Anónima 4.1/ Domicilio: 0 avenida “C” 2-55 Colonia Najarito zona 6 de Villa Nueva, Guatemala, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ES PASEN E 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos de uso humano. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-12-2020 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso No. 2020-023603 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - ECOFILTRO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

ES PASEN E [1] Solicitud: 2020-023603 [2] Fecha de presentación: 20/10/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: E CO FILTRO SOCIEDAD ANONIMA [4.1] Domicilio: Km. 77 Aldea San Lorenzo El Cubo, municipio de Ciudad Vieja, departamento de Sacatepequez, Guatemala C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: E CO FILTRO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Dispositivo filtración y purificación de agua, filtros de agua de todo tipo.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de noviembre, del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2019-36468 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - HEMOCYTON

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2019-36468 Fecha de presentación: 2019-08-27 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TECNOQUÍMICAS, S.A. Domicilio: Calle 23 número 7-39 CALI, Colombia

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL SARAI ARKOULIS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HEMOCYTON

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento de uso humano para el tratamiento de las anemias ferroprivas y en la deficiencia de vitaminas del complejo B, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso No. 2020-023340 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - SOLHIDREX

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2020-023340 [2] Fecha de presentación: 06/10/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INVEKRA, S.A.P.I. DE C.V. [4.1] Domicilio: BLVD. ADOLFO LOPEZ MATEOS No. 314, INT. 3-A, Colonia Tlacopac, C.P. 01049, Ciudad de México, México [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SOLHIDREX [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suero Oral.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: SARAI ARKOULIS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de octubre, del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021 SOLHIDREX

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Aviso No. 2019-024301 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - MAC K-BRO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-024301 [2] Fecha de presentación: 10/06/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MARCO ANTONIO CABALLERO ZAPATA [4.1] Domicilio: Residencial El Manantial 11 calle casa J19, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAC K-BRO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Salsas (condimentos).

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: SARAI ARKOULIS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 3 de noviembre, del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso No. 2020-003131 — Solicitud de Registro de Marca de Servicios - MEDICPLUS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2020-003131 [2] Fecha de presentación: 21/01/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: AVIAMA ASSIST S. DE R.L. [4.1] Domicilio: Local 7, edificio Miramontes 2da planta, colonia Miramontes, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MEDIC PLUS [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: Servicios de asistencia en línea (médica, psicológica)

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: SARAI ARKOULIS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de enero, del año 2021. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso No. 2021-2190 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Ibuflash MIGRAN

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2190 Fecha de presentación: 2021-05-12 Fecha de emisión: 30 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TECNOQUÍMICAS, S.A. Domicilio: Calle 23 número 7-39 CALI, Colombia

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL SARAI ARKOULIS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Ibuflash MIGRAN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: Descripción del diseño: Consiste en una etiqueta de fondo negro y verde con las palabras “IBUFLASH MIGRAN” sin traducción alguna, “IBUFLASH” escrita con doble contorno color dorado y “MIGRAN” escrita con menor tamaño color rojo, un círculo con fondo azul que contiene las letras “MK” entrelazadas, y a la izquierda una silueta humana color negro y un cerebro humano. Se hace reserva de los colores azul, negro, verde, dorado, rojo y blanco.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos y preparaciones medicinales para uso humano para los dolores de cabeza y migraña, de clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso No. 2019-039408 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - DISEÑO ESPECIAL

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-039408 [2] Fecha de presentación: 18/09/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CELSIA S.A. [4.1] Domicilio: CR 43 A 1 A Sur 143 P 5 Medellín / Antioquía, Colombia [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, áerea o acuática.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de septiembre, del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso No. 2021-296 — Registro de Marca de Servicio - Telecomunicaciones

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-296 Fecha de presentación: 2021-01-21 Fecha de emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: VITAPRO S.A. Domicilio: Av. Argentina Nro. 4793. Carmen de la Legua, Reynoso, Callao Perú

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo

  • D)

    APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY SAGASTUME

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (38)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Pantones 2746 C2746 U

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de Telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso No. 2020-24680 — Registro de Marca de Fábrica NICOVITA CON CONFIANZA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2020-24680 Fecha de presentación: 2020-12-18 Fecha de emisión: 1 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: VITAPRO S.A. Domicilio: Av. Argentina Nro. 4793. Carmen de la Legua, Reynoso, Callao Perú

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL FERNANDO GODOY

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (31)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NICOVITA CON CONFIANZA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alimentos para animales, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial

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Aviso

Aviso No. 2021-293 — Registro de Marca de Servicio GENIA NICOVITA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-293 Fecha de presentación: 2021-01-21 Fecha de emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: VITAPRO S.A. Domicilio: Av. Argentina Nro. 4793. Carmen de la Legua, Reynoso, Callao Perú

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY SAGASTUME

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GENIA NICOVITA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño conexos; servicios de análisis industrial, investigación industrial y diseño industrial; control de calidad y servicios de autenticación; diseño y desarrollo de equipos informáticos y software, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2020-4844 — Registro de Marca de Fábrica DISEÑO DE CORONA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2020-4844 Fecha de presentación: 2020-01-31 Fecha de emisión: 18 de febero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: POLI SUELAS, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: 5a Avenida, 11-04, Colonia El Rosario, zona 3 de Mixeo, Guatemala

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL FERNANDO GODOY

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (25)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DISEÑO DE CORONA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 2020-17311 — Registro de Marca de Fábrica TODO LEGAL

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-17311 Fecha de presentación: 2020-06-15 Fecha de Emisión: 21 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LEGAL TECHNOLOGIES S.A. DE C.V. Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL FELIX SUAZO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TODO LEGAL

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, de investigación, de navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección de pruebas, de inspección, de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la distribución o consumo de electricidad; aparatos e instrumentos de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes grabados o telecargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; dispositivos de cálculo; ordenadores y periféricos de ordenador; de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso

Aviso No. 2020-17312 — Registro de Marca de Servicio TODO LEGAL

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2020-17312 Fecha de presentación: 2020-06-15 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: LEGAL TECHNOLOGIES S.A. DE C.V. Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL FELIX SUAZO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TODO LEGAL

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones: Se protege en su forma conjunta, no se da exclusividad de uso sobre “LEGAL”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos y tecnológicos así como servicios de investigación y diseño relativos a ellos; servicios de análisis y de investigación industrial; diseño y desarrollo de ordenadores y software, desarrollo e implementación de todo tipo de aplicaciones para dispositivos móviles, aplicaciones y/o software en línea. Ciertos servicios de diseño, por ejemplo; el diseño industrial, el diseño de software y de sistemas informáticos, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso

Aviso No. 2021-3191 — Registro de Marca de Fábrica D'Queso

Registro de la Propiedad Industrial

Solicitud: 2021-3191 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de Emisión: 4 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INVERSIONES ARTURO Domicilio: LA COLONIA PAC A Y A, CATACAMAS, OLANCHO, CALLE PRINCIPAL, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL ESPERANZA MARIBEL RODRIGUEZ RUIZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN D’Queso

  • G)
  • H)

    Reservas / Limitaciones

  • I)

    Reivindicaciones:Se protege en sus forma conjunta sin reivindicar ningún elemento denominativo, que aparece en la etiqueta.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería, de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021

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Aviso

Aviso No. 2021-2802 — Registro de Marca de Fábrica SENSOREADY

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2802 Fecha de presentación: 2021-06-08 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG. Domicilio: 4002 Basel, Suiza

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SENSOR E AD Y

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Auto inyectores vendidos precargados con preparaciones farmacéuticas de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-1872 — Registro de Marca de Fábrica MS GO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-1872 Fecha de presentación: 2021-04-26 Fecha de emisión: 1 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG. Domicilio: 4002 Basel, Suiza

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET JAMES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MS GO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aplicaciones descargables para usar con dispositivos móviles para administrar información sobre el tratamiento terapéutico para la esclerosis múltiple, rastrear exámenes médicos y citas, programar recordatorios de cumplimiento de medicación y para proporcionar información de salud en el campo de la esclerosis múltiple de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-2117 — Registro de Marca de Servicio EMCONTROL CAC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2117 Fecha de presentación: 2021-05-07 Fecha de emisión: 1 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG. Domicilio: 4002 Basel, Suiza

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET JAMES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (44)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EMCONTROL CAC

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Suministro de información sanitaria de la clase 44. . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-3522 — Registro de Marca de Fábrica ZACTILBI

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3522 Fecha de presentación: 2021-07-13 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG. Domicilio: 4002 Basel, Suiza

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZACTILBI

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos, antiinflamatorios; productos farmacéuticos, antibacterianos antibióticos preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares, preparaciones farmacéutica dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades trastornos respiratorios, preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central, preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmunitario, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario, preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplantes de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares, preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunológico, preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes, preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para su uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores, preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias, preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas, preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-2109 — Registro de Marca de Servicio - Software para esclerosis múltiple

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2109 Fecha de presentación: 2021-05-07 Fecha de emisión: 1 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo

  • D)

    APODERADO LEGAL Jessica Regina Coindet James

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de software como servicio (SAAS) que incluyen software para gestionar información sobre el tratamiento de la esclerosis múltiple, a saber, software para que los proveedores de atención sanitaria accedan y analicen información y datos de y para proporcionar información y terapia a los pacientes de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-2116 — Registro de Marca de Servicio - Servicios médicos

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2116 Fecha de presentación: 2021-05-07 Fecha de emisión: 1 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo

  • D)

    APODERADO LEGAL Jessica Regina Coindet James

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (44)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos y suministros de información sobre dichos servicios de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-2433 — Registro de Marca de Fábrica - Aparatos instrumentos médicos oftálmicos

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2433 Fecha de presentación: 2021-05-21 Fecha de emisión: 13 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo

  • D)

    APODERADO LEGAL Jessica Regina Coindet James

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (10)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aparatos instrumentos médicos para uso oftálmico de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-2434 — Registro de Marca de Servicio - Servicios médicos oftálmicos

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2434 Fecha de presentación: 2021-05-21 Fecha de emisión: 13 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo

  • D)

    APODERADO LEGAL Jessica Regina Coindet

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (44)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos para el cuidado de los ojos, en concreto, evaluación de la vista, tratamiento de trastornos de la vista; consultoría en el ámbito del tratamiento de trastornos de la visión; consultoría en el ámbito de la evaluación de trastornos de la visión; servicios médicos, en concreto, análisis médico de datos en el ámbito de la optometría para el tratamiento y evaluación de trastornos de la visión; servicios de informes médicos en el campo de la optometría de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-2536 — Registro de Marca de Servicio YOSIVO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2536 Fecha de presentación: 2021-05-27 Fecha de emisión: 1 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL Jessica Regina Coindet

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (44)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN YOSIVO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos para el cuidado de los ojos, en concreto, evaluación de la vista, tratamiento de trastornos de la vista; consultoría en el ámbito del tratamiento de trastornos de la visión; consultoría en el ámbito de la evaluación de trastornos de la visión; servicios médicos, en concreto, análisis médico de datos en el ámbito de la optometría para el tratamiento y evaluación de trastornos de la visión; servicios de informes médicos en el campo de la optometría de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 S. y 8 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-1147 — Registro de Nombre Comercial OLIVELO CASA GOURMET

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-1147 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: ATELIER GOURMET, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL Giancarlo Casco Bruni

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN O LIVE LO CASA GOURMET

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Venta de productos gourmet de alimentos y bebidas, venta y servicio de comidas y bebidas a domicilio y catering para eventos sociales, privados o públicos; apertura de restaurantes y establecimientos de comida y bebida; compra, venta, distribución y comercialización de productos y servicios a través de medios y plataformas electrónicas y digitales, como ser páginas web, redes sociales, aplicaciones digitales y otras redes informáticas; compra y venta de artículos y accesorios para cocina y para el hogar de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021.

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Aviso No. 2020-021713 — Registro de Marca de Servicio PUPUSAS AL PUNTO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2020-021713 [2] Fecha de presentación: 04/08/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: YARITZA JACQUELINE JIMENEZ RODRIGUEZ [4.1] Domicilio: Entrada al municipio de Tatumbla, kilómetro 4, departamento de Francisco Morazán, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PUPUSAS AL PUNTO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Comprende principalmente los servicios que consisten en preparar alimentos y bebidas para el consumo.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Iris Celina Ardón Villanueva USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de diciembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021.

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Aviso No. 2021-1148 — Registro de Marca de Servicio OLIVELO CASA GOURMET

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-1148 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: ATELIER GOURMET, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL Giancarlo Casco Bruni

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN O LIVE LO CASA GOURMET

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: Se reivindica el diseño de las letras, tal como aparece en el distintivo.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de bares de comida rápida, servicios de café, servicios de cafetería, servicios de catering, servicios de banquetes y de bebidas y comidas preparadas, servicio de chef de cocina a domicilio, alquiler de aparatos de cocción y alquiler de aparatos para cocinar, servicios de comedores, servicios hoteleros, información y asesoramiento en materia de preparación de comidas, servicios de restaurantes, servicios de restaurantes de autoservicio, alquiler de salas de reunión, alquiler de sillas, mesas, mantelería y cristalería de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021.

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Aviso No. 2021-2890 — Registro de Marca de Fábrica VITALVET

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2890 Fecha de presentación: 2021-06-11 Fecha de emisión: 30 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: YALE HEALTCARE GROUP INC Domicilio: Distrito de Panamá, Provincia de Panamá, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL Abel Antonio Sevilla Herrera

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VITALVET

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Vitaminas antianémica a base de hierro, indicada como preventivo de anemia en lactantes y estimulante del crecimiento; anemia ferropénica, anemias secundarias a hemorragias. Especies bovinas, porcinas, caninos de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021.

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Aviso No. 2021-321 — Registro de Nombre Comercial PANADERIA AMERICANA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-321 Fecha de presentación: 2021-01-22 Fecha de emisión: 26 de julio de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: PANADERIA AMERICANA, S. DE R.L. Domicilio: COMPLEJO INDUSTRIAL CAPRISA, COLONIA EL PEDREGAL, BODEGA NO. 17, COMAYAGÜELA, M.D.C., HONDURAS.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL ANIBAL LARDIZABAL NAVARRO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PANADERIA AMERICANA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: En la modalidad de Nombre Comercial no se protege diseños o colores.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a la elaboración de productos de panadería y repostería de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 23 A., 7 y 23 S. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-2564 — Registro de Marca de Fábrica CAMPO ROJO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2564 Fecha de presentación: 2021-05-27 Fecha de emisión: 5 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TECNO ALIMENTOS, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Barrio Concepción, San Pedro Sula, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL Roy Porfirio Zavala

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 31 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CAMPO ROJO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos agrícolas, horticolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clase ; animales vivos; frutas y legumbres frescas; semillas, plantas y flores naturales; alimentos para los animales; malta, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 2021-2563 — Registro de Marca de Fábrica CAMPO ROJO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2563 Fecha de presentación: 2021-05-27 Fecha de emisión: 5 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TECNO ALIMENTOS, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Barrio Concepción, San Pedro Sula, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL Roy Porfirio Zavala

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 29 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CAMPO ROJO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021.

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Aviso No. 2021-2630 — Registro de Marca de Fábrica KERRY

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2630 Fecha de presentación: 2021-06-01 Fecha de emisión: 3 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Kerry Group plc. Domicilio: Prince's Street Tralee Co Kerry, Irlanda.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL Fernando A. Godoy

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 32 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KERRY

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cervezas, bebidas no alcohólicas, vinos desalcoholizados, cócteles sin alcohol, sidra sin alcohol, bebidas carbonatadas con sabores, refrescos sin gas, zumos, aguas, aguas gaseosas, aguas minerales [bebidas], zumos de frutas [bebidas], siropes para elaborar bebidas, preparados para la elaboración de bebidas, bebidas que contienen vitaminas, bebidas energéticas, zumos a base de fruta congelados, bebidas carbónicas congeladas, refrescos con una base de fruta aromatizados con té, bebidas enriquecidas con proteínas para deportistas, sorbetes [bebidas] sorbetes [bebidas], bebidas a base de suero de leche, bebidas a base de fruta, extractos de frutas sin alcohol, batidos de frutas u hortalizas, batidos de hortalizas, concentrados para preparar zumos de fruta, concentrados para su uso en la preparación de refrescos, refrescos concentrados, esencias para elaborar bebidas, frutas, verduras y extractos de origen natural utilizados como aditivos en la fabricación de bebidas. [Extractos para hacer bebidas], de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 37991/19 — Registro de Marca de Fábrica WICKED FRESH

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 37991/19 2/ Fecha de presentación: 06/Septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: TOM'S OF MAINE INC. 4.1/ Domicilio: 2 Storer Street, Suite 302 Kennebunk, Maine 04043, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WICKED FRESH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Pasta de dientes no medicada y enjuague bucal no medicado. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO ALBERTO GODOY SAGASTUME.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-01-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021. WICKED FRESH

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Aviso No. 37990/19 — Registro de Marca de Fábrica TOM'S OF MAINE FRESCURA NATURAL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 37990/19 2/ Fecha de presentación: 06/Septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: TOM'S OF MAINE INC. 4.1/ Domicilio: 2 Storer Street, Suite 302 Kennebunk, Maine 04043, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOM'S OF MAINE FRESCURA NATURAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Pasta de dientes no medicada y enjuague bucal no medicado. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO ALBERTO GODOY SAGASTUME.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88,89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-01-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021. TOM'S OF MAINE FRESCURA NATURAL

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Aviso No. 46654/19 — Solicitud de registro de marca de servicio PLANTCARTON

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 46654/19 2/ Fecha de presentación: 13-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Evergreen Packaging LLC. 4.1/ Domicilio: 5350 Poplar Avenue, Suite 600 Memphis, Tennessee 38119. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PLANT CARTON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Promoción Pública para promover los beneficios del uso de cartón y envases de papel y productos de cartón; promoción de la conciencia pública sobre los beneficios y el impacto ambiental del uso de cartón y envases de papel y productos de cartón; promoción de la conciencia pública en los campos de embalaje, envases y cartones. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27/02/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021. PLANT CARTON

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Aviso No. 2020-24604 — Solicitud de registro de marca de fábrica 9FORTY

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2020-24604 Fecha de presentación: 2020-12-15 Fecha de emisión: 24 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NEW ERA CAP CO., INC.. Domicilio: 160 Delaware Avenue, Buffalo, NY 14202, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL FERNANDO A GODOY

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 25 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Sombreros, gorras, gorros de lana, gorras de béisbol, camisetas, sudaderas o suéteres, conjunto suéter y buzo, pantalones, camisas, ropa de exterior, chaquetas de béisbol, chaquetas, abrigos, ropa deportiva , ropa. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021. 9FORTY

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Aviso

Aviso No. 2021-190 — Solicitud de registro de marca de fábrica FESTIVAL PLUS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-190 Fecha de presentación: 2021-01-14 Fecha de emisión: 21 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Florida Foundation Seed Producers, Inc. Domicilio: 3913 Highway 71, Mariann a, Florida 32446, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL FERNANDO A GODOY SAGASTUME

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (31)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: FESTIVAL PLUS

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Plantas, sus partes y fruta fresca, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARÍTZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 43397-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica TOM'S OF MAINE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 43397-19 2/ Fecha de presentación: 18-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: TOM'S OF MAINE INC. 4.1/ Domicilio: 2 Storer Street, Suite 302 Kennebunk, Maine 04043, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOM'S OF MAINE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Pasta de dientes, enjuague bucal, desodorantes para uso personal, antitranspirantes, Jabones, lociones para la piel, preparaciones para el ciudad o de la piel, preparaciones para la limpieza de piel y cuerpo. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-12-19 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021. TOM'S OF MAINE

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Aviso

Aviso No. 3031/20 — Registro de Marca de Fábrica - BORGYNET INTERNATIONAL HOLDINGS

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 3031/20 2/ Fecha de presentación: 21/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BORGYNET INTERNATIONAL HOLDINGS CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Plaza 2000, Calle 50, piso 16, Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OKA LOKA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. té. cacao y sucedáneos del café. arroz. tapioca y sagú: harinas y preparaciones a base de cereales, pan; productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo, barquillos, galletas, frutos secos recubiertos con chocolates, chocolatería, chicles, mentas. caramelos, turrones, gomas de mascar y gomas de gelatina. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-02-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021. OKA LOKA

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Aviso

Aviso No. 46655-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica PLANTCARTON

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 46655-19 2/ Fecha de presentación: 13-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Evergreen Packaging LLC. 4.1/ Domicilio: 5350 Poplar Avenue, Suite 600 Memphis, Tennessee 38119. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PLANT CARTON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Cajas de cartón para alimentos y bebidas; cajas de cartón y recipientes de almacenamiento de papel o cartón, cajas de cartulina o cartón para embalajes comerciales o industriales; envases de cartón para bebidas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión:4/03/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021. PLANT CARTON

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Aviso

Aviso No. 2019-003631 — Solicitud de registro de marca de fábrica CHAO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-003631 [2] Fecha de Presentación: 24/01/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BORGYNET INTERNATIONAL HOLDINGS CORPORATION. [4.1] Domicilio: PLAZA2000, CALLE 50, PISO 16, CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CHAO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: "CONFITERIA"

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de agosto del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 7 y 27 O. 2020.

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Aviso

Aviso No. 2020-67 — Solicitud de registro de marca de fábrica PISALAK

Registro de la Propiedad Industrial

CHAO 1/ No. Solicitud: 2020-67 2/ Fecha de presentación: 02-01-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Laboratorio Pisa, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Avenida España, No. 1840, Colonia Moderna, C.P. 44190, Guadalajara, Jalisco, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PISALAK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 PISALAK 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20/02/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021

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Aviso

Aviso No. 66/20 — Solicitud de registro de marca de fábrica PISAKOL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 66/20 2/ Fecha de presentación: 02/01/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Laboratorio Pisa, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Avenida España, No. 1840, Colonia Moderna, C.P. 44190, Guadalajara, Jalisco, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PISAKOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-02-2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021.

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Aviso

Aviso No. 22132/20 — Solicitud de registro de marca de fábrica DOTROPINA

Registro de la Propiedad Industrial

PISAKOL 1/ No. Solicitud: 22132/20 2/ Fecha de presentación: 10/agosto/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Laboratorio Pisa, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Avenida España, No. 1840, Colonia Moderna, C.P. 44190, Guadalajara, Jalisco, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOTROPINA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08/12/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 S., 8 y 27 O. 2021. DOTROPINA

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