BANCAJEROS BANET, S.A. de C.V. CONVOCATORIA El Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil denominada BANCAJEROS BANET, S.A. de C.V., de este domicilio, de conformidad a la resolución tomada en sesión celebrada el día miércoles 18 de febrero de 2026, CONVOCA a todos sus accionistas a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse en el salón de sesiones de Bancajeros Banet, S.A. de C.V., ubicado en el edificio Distrito Artemisa, torre Sur, noveno piso, Boulevard Suyapa, Tegucigalpa, M.D.C., el día viernes 27 de marzo del año dos mil veintiséis (2026), a las 3:00 p.m., para tratar asuntos a que se refiere el artículo 168 del Código de Comercio. Si no hubiese quórum en la primera convocatoria, la Asamblea se celebrará en segunda convocatoria, el día siguiente sábado 28 de marzo, en el mismo lugar y a la misma hora indicada, con los accionistas que concurran. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de febrero de 2026 SECRETARIO CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 4 M. 2026 _________ tus ideas, LAs diseñamos y plasmamos el concepto con creatividad y lo imprimimos al formato que mas te guste CONOCEMOS DEL TEMA, MÁS DE LO QUE IMAGINAS SOBRE EMPASTARLIBROS REVISTAS VOLANTES BANNER gaceta digital@enag.gob.hn www.enag.gob.hn
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 4 D E MARZO D E L 2026 N o . 37,085 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado OLBIN JOSÉ SARMIENTO MENA, en su condición de Representante Procesal de la Sociedad Mercantil denominada MAQUINARIA Y PROYECTOS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (MYPSA), interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2024-00798, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO HONDUREÑO DE GEOLOGÍA Y MINAS (INHGEOMIN). Para que se declare la ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular de la administración pública, por no ser conforme a derecho, consistente en la Resolución No. 213/2024 de fecha 12 de julio del 2024, notificada en fecha 04 de septiembre de 2024, emitida por el INSTITUTO HONDUREÑO DE GEOLOGÍA Y MINAS (INHGEOMIN), por ser emitida con infracción al ordenamiento jurídico y contener vicios de nulidad absoluta y anulabilidad como el exceso de poder, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, se deje sin valor y efecto la resolución donde se declara extinguida el derecho minero de la zona denominada "LAS ARCHIAGAS" ubicada en el Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán, a favor de la Sociedad Mercantil MAQUINARIA Y PROYECTOS, S.A DE C.V., registrada en el expediente administrativo No. 50 ante el Instituto Hondureño de Geología y Minas "INHGEOMIN"; y, en consecuencia, se renueve la concesión minera de la zona denominada "LAS ARCHIAGAS" ubicada en el Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán a favor de la Sociedad Mercantil MAQUINARIA Y PROYECTOS, S.A DE C.V., se acompañan documentos, se acredita poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 4 M. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil veintidós (2022) compareció a este juzgado la ciudadana THELMA ALEJANDRA SÁNCHEZ GALEAS, quien confirió poder en el Abogado PABLO EMILIO REYES THEODORE, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-01358, contra el Estado de Honduras, a través de LA COMISIÓN TÉCNICA LIQUIDADORA. Para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular de la Administración Pública consistente en el Acuerdo de Cancelación número CTL-1172-2022 de fecha veinticinco (25) de agosto de dos mil veintidós (2022), emitido por la Comisión Técnica Liquidadora. Se alega notificación defectuosa, reconocimiento de una situación jurídica individualizada para su pleno restablecimiento se ordene el reintegro al trabajo en igual o mejor categoría y condiciones, a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, pago de los derechos adquiridos durante la secuela del juicio como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones y otros derechos que me pudieran corresponder, como ser aumentos en el cargo que ocupaba durante mi ausencia, condena en costas, poder petición, se acompañan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 4 M. 2026
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 4 D E MARZO D E L 2026 N o . 37,085