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Decreto No. 0801-2025-00874 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2025-00874 — Aviso de Demanda en Juicio Contencioso Administrativo - Reina Yamileth Martinez Rostran contra Instituto Nacional de la Mujer
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Resumen
Una demanda judicial contra el Instituto Nacional de la Mujer (INAM) que busca anular el despido de Reina Yamileth Martinez Rostran, declarado ilegal. Si gana el juicio, ella recibirá su reintegro laboral, los salarios no pagados desde su despido, aumentos salariales, prestaciones laborales y daños y perjuicios.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintiuno (21) de noviembre del dos mil
veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la Abogada
KATTY ISABEL BONILLA FUNES, representante
procesal de la señora REINA YAMILETH MARTINEZ
ROSTRAN, incoando demanda en materia personal. Con
orden de ingreso número 0801-2025-00874, contra el Estado
de Honduras, a través del INSTITUTO NACIONAL DE
LA MUJER (INAM), se interpone demanda mediante el
procedimiento especial en materia de personal para que
declare la nulidad de un acto administrativo de carácter
particular consistente en el acuerdo número SEMUJER
No. 79-2025 acción personal 50-2025, de fecha treinta (30)
de octubre del año dos mil veinticinco (2025), por no ser
conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico,
con quebrantamiento de las formalidades esenciales
establecida en la ley .- Que se reconozca situación jurídica
individualizada de la titular de los derechos que se reclaman
y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento
de estos, se condene mediante sentencia definitiva, el
reintegro mi representada a su cargo y a título de daños y
perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de
la cancelación ilegal hasta el momento en que quede firme
la sentencia definitiva condenatoria. Se reconozcan los
incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto de
cual fue cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio,
más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el
mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario,
vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones,
intereses. - Especial condena en costas a la vencida en juicio
de primera instancia. - Se solicita conforme a las reglas de
Brasilia número #3 de la cumbre Iberoamericana sobre acceso
a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad y
regla 38 agilidad y prioridad en este proceso. Se acompañan
documentos. Poder. Cotejo
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
4 M. 2026
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