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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

29 noviembre 2018Edición No. 34,807

Decreto Legislativo

Decreto Legislativo No. 137-2018 — Aprobación del Acuerdo para la Constitución de la Academia Internacional contra la Corrupción como Organización Internacional

Congreso Nacional

  1. 1.

    Que mediante el Acuerdo Ejecutivo No. 0004-DGAJT-C-2018, de fecha Veintiocho (28) de febrero del año dos mil dieciocho (2018) se aprueba el “ACUERDO PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA ACADEMIA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCIÓN COMO ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL”.

  2. 2.

    Que la Constitución de la República en su Artículo 205 Atribución 1) corresponde al Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

  3. 3.

    Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 30) de la Constitución de la República corresponde al Congreso Nacional Aprobar o improbar los tratados internacionales que el Poder Ejecutivo haya celebrado;

  4. 4.

    Que el Artículo 15 de la Constitución de la República establece: “Honduras hace suyos los principios y prácticas del Derecho Internacional que propenden a la solidaridad humana, al respeto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universales”. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956

  5. 5.

    Que el Artículo 205 numeral 30 de la Constitución de la República establece: Corresponde al Congreso Nacional las atribuciones siguientes:Aprobar o improbar los Tratados Internacionales que el Poder Ejecutivo haya celebrado.

  6. 6.

    Que el Gobierno de la República de Honduras ha emprendido una lucha contra la corrupción y ha tomado la decisión de adherirse como Estado miembro de la Academia Internacional contra la Corrupción como Organización Internacional, la cual promueve la prevención y combate a la misma mediante la enseñanza y la formación, investigación de los aspectos relativos de este fenómeno, asistencia técnica y fomento de la cooperación internacional.

  7. 7.

    Que el Acuerdo presenta la oportunidad de poder estudiar el fenómeno criminológico y multidisciplinario de la corrupción como mal endémico de toda la sociedad el cual establece el compromiso actual del Gobierno, para incorporar nuevos actores desde el punto de vista académico y de carácter internacional para el combate a la misma.

  8. 8.

    Que el Gobierno de la República de Honduras ha suscrito instrumentos internacionales de suma importancia en el ámbito de la lucha contra la corrupción como ser la “Convención Interamericana contra la Corrupción” suscrito en Caracas, Venezuela, el 29 de marzo de 1996 y el “Convenio entre el Gobierno de la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para el Establecimiento de la Misión deApoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras” suscrito el 19 de enero del 2016. Asimismo, Honduras es Estado Mimbro de la “Convención sobre los Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados”, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante resolución de fecha 21 de noviembre de 1947.

  9. 9.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015 de fecha 1 de junio de 2015 el Presidente Constitucional de la República delegó en el Secretario de Estado, Coordinador General de Gobierno, Doctor Jorge Ramón Hernández Alcerro, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización de: Reglamentos, Contrataciones de Bienes y Servicios mediante la modalidad de Contratación Directa según los supuestos establecidos en la Ley de Contratación del Estado, Autorizando al Procurador General de la República para Ejecutar Facultades de Expresa Mención en las Demandas Promovidas contra el Estado de Honduras, Gastos de Representación de Funcionarios, Préstamos, Modificaciones Presupuestarias y otros actos administrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República.

Articulo 1

Aprobar en todas y cada una de sus partes el Acuerdo Ejecutivo No. 0004-DGAJT-C-2018 de fecha veintiocho (28) de febrero del año dos mil dieciocho (2018), enviado por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, mismo que contiene el “ACUERDO PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA ACADEMIA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCIÓN COMO ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL”, hecho en Viena el 2 de Septiembre de 2010, que literalmente dice: “SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. Acuerdo No. 0004-DGAJT-C-2018, Tegucigalpa,M.D.C.,28de febrero de2018.El PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. CONSIDERANDO: Que el Artículo 15 de la Constitución de la República establece: “Honduras hace suyos los principios y prácticas del Derecho Internacional que propenden a la solidaridad humana, al respeto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universales”. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 CONSIDERANDO: Que el Artículo 205 numeral 30 de la Constitución de la República establece: Corresponde al Congreso Nacional las atribuciones siguientes:Aprobar o improbar los Tratados Internacionales que el Poder Ejecutivo haya celebrado. CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Honduras ha emprendido una lucha contra la corrupción y ha tomado la decisión de adherirse como Estado miembro de la Academia Internacional contra la Corrupción como Organización Internacional, la cual promueve la prevención y combate a la misma mediante la enseñanza y la formación, investigación de los aspectos relativos de este fenómeno, asistencia técnica y fomento de la cooperación internacional. CONSIDERANDO: Que el Acuerdo presenta la oportunidad de poder estudiar el fenómeno criminológico y multidisciplinario de la corrupción como mal endémico de toda la sociedad el cual establece el compromiso actual del Gobierno, para incorporar nuevos actores desde el punto de vista académico y de carácter internacional para el combate a la misma.CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Honduras ha suscrito instrumentos internacionales de suma importancia en el ámbito de la lucha contra la corrupción como ser la “Convención Interamericana contra la Corrupción” suscrito en Caracas, Venezuela, el 29 de marzo de 1996 y el “Convenio entre el Gobierno de la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para el Establecimiento de la Misión deApoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras” suscrito el 19 de enero del 2016. Asimismo, Honduras es Estado Mimbro de la “Convención sobre los Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados”, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante resolución de fecha 21 de noviembre de 1947. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015 de fecha 1 de junio de 2015 el Presidente Constitucional de la República delegó en el Secretario de Estado, Coordinador General de Gobierno, Doctor Jorge Ramón Hernández Alcerro, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización de: Reglamentos, Contrataciones de Bienes y Servicios mediante la modalidad de Contratación Directa según los supuestos establecidos en la Ley de Contratación del Estado, Autorizando al Procurador General de la República para Ejecutar Facultades de Expresa Mención en las Demandas Promovidas contra el Estado de Honduras, Gastos de Representación de Funcionarios, Préstamos, Modificaciones Presupuestarias y otros actos administrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República. POR TANTO: En aplicación de los artículos 15, 16, 205 numeral 30, 213, 245 numeral 1 de la Constitución de la República de Honduras; 16, 30, 33, 34, 36 numeral 8), 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas; Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; y el Artículo 1 del Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar en todas y cada una de sus partes el “ACUERDO PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA ACADEMIA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCIÓN COMO ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL”, y que literalmente dice: ACUERDO PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA ACADEMIA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCIÓN COMO ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL. Las Partes, TOMANDO NOTA de la importante aportación de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) a la lucha contra la corrupción, en calidad de guardián de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción; RECONOCIENDO los preparativos realizados en el plano internacional y, en particular los notables esfuerzos realizados por la República de Austria en estrecha cooperación U D I-D EG T-U N AH con la UNODC, así como por las demás Partes fundadoras, para la constitución de la Academia Internacional contra la Corrupción, IACA, (denominada en adelante “la Academia”) y su firme apoyo a la Academia; TOMANDO NOTA de la labor realizada desde hace tiempo por la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) para concebir y desarrollar iniciativas de prevención y lucha contra la corrupción en todo el mundo y su apoyo constante a ese respecto; TOMANDO NOTA asimismo del considerable respaldo de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y de otros participantes en este empeño común; PONIENDO DE RELIEVE el carácter global e integrador de esta iniciativa y la importancia de esforzarse por lograr la diversidad geográfica; RECONOCIENDO la importancia de colaborar en una acción conjunta en los planos mundial y regional en apoyo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y de otros instrumentos internacionales pertinentes; COMPARTIENDO objetivos comunes con respecto a la prestación de asistencia técnica y la creación de capacidad como instrumentos esenciales en la lucha contra la corrupción; TOMANDO NOTA de que la enseñanza, la formación profesional y la investigación en materia de lucha contra la corrupción son importantes componentes de dicha asistencia y creación de capacidad; DESEANDO promover sus objetivos comunes mediante la constitución de la Academia sobre la base de un acuerdo multilateral abierto a los Estados Miembros de las Naciones Unidas y las organizaciones intergubernamentales (denominadas en adelante “las organizaciones internacionales”) e invitándoles a aunar sus fuerzas y adherirse al presente Acuerdo; RESPONDIENDO al ofrecimiento de la República de Austria de acoger la Academia en Laxenburg, localidad cercana a Viena; HAN ACORDADO lo siguiente: ARTÍCULO I Constitución y régimen jurídico. 1. En virtud del presente Acuerdo se constituye la Academia como una organización internacional. 2. La Academia tendrá personalidad jurídica internacional plena. 3. La Academia tendrá, entre otras atribuciones, capacidad jurídica para: (a) contratar (b) adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles; (c) entablar y contestar acciones judiciales; (d) adoptar las medidas necesarias para la plena consecución de su finalidad y la realización de sus actividades. 4. La Academia desarrollará sus actividades de conformidad con el presente Acuerdo. ARTÍCULO II Finalidad y actividades. 1. La finalidad de la Academia será promover la prevención y la lucha contra la corrupción de manera eficaz y eficiente mediante: (a) la enseñanza y la formación profesional en materia de lucha contra la corrupción; (b) la investigación de todos los aspectos relativos a la corrupción; (c) la prestación de otras formas pertinentes de asistencia técnica en la lucha contra la corrupción; (d) el fomento de la cooperación internacional y la creación de redes en relación con la lucha contra la corrupción. 2. En las actividades de la Academia se respetará el principio de libertad de cátedra, se cumplirán los criterios académicos y profesionales más rigurosos y se tratará el fenómeno de la corrupción de forma integral e interdisciplinaria, tomando debidamente en consideración la diversidad cultural, la igualdad de género y la evolución reciente en el ámbito de la corrupción en los planos mundial y regional. ARTÍCULO III. Sede. 1. La Academia tendrá su sede en la localidad de Laxenburg (Austria), con arreglo a las condiciones acordadas entre la Academia y la República de Austria. 2. La Academia podrá establecer instalaciones y servicios en otros lugares cuando sea necesario para respaldar sus actividades. ARTÍCULO IV. Órganos. La Academia tendrá los siguientes órganos: (a) la Asamblea de las Partes, denominada en adelante “la Asamblea”; (b) la Junta de Gobernadores, denominada en adelante “la Junta”; (c) la Junta Consultiva Superior Internacional; (d)la Junta Consultiva Académica Internacional; (e) el Decano. ARTÍCULO V. Asamblea de las Partes 1. La Asamblea servirá de foro para que las Partes en el presente Acuerdo celebren consultas sobre la política general de la Academia y otras cuestiones de interés en el marco del presente Acuerdo. 2. La Asamblea estará integrada por representantes de las Partes. Cada Parte designará a un representante que actuará en calidad de miembro de la Asamblea. Cada miembro de la Asamblea tendrá un voto. 3. En particular, la Asamblea: (a) adoptará recomendaciones relativas a las políticas y la gestión de la Academia para su examen por la Junta; (b) aprobará el programa de trabajo y el presupuesto propuestos por la Junta; (c) participará en actividades de recaudación de fondos para la Academia de U D I-D EG T-U N AH conformidad con el artículo XI; (d) elegirá a los miembros de la Junta de conformidad con el artículo VI; (e) decidirá la destitución de miembros de la Junta, cuando proceda, por una mayoría de dos tercios; (f) revisará el progreso de las actividades de la Academia teniendo en cuenta, entre otras cosas, los informes de la Junta; (g) aprobará acuerdos internacionales;(h)aprobará el establecimiento de instalaciones y servicios en otros lugares. 4. La Asamblea se reunirá al menos una vez al año y adoptará sus decisiones por mayoría simple, salvo disposición en contrario en el presente Acuerdo. La Asamblea adoptará su reglamento y elegirá su Mesa, incluidos el Presidente y dos Vicepresidentes. Los miembros de la Junta y el Decano podrán participar en las reuniones de la Asamblea sin derecho a voto. ARTÍCULO VI. Junta de Gobernadores. 1. La Junta, integrada por once miembros, se encargará de la administración de la Academia. La Asamblea elegirá a nueve miembros tomando debidamente en consideración sus calificaciones y experiencia, así como el principio de la distribución geográfica equitativa. Además, la UNODC y la República de Austria tendrán derecho cada uno a designar a un miembro de la Junta. Los miembros de la Junta desempeñarán sus funciones a título personal por un período de seis años y podrán ser reelegidos como máximo por otro período de igual duración. En la primera elección se designarán cinco miembros por un período de sólo tres años. 2. En particular, la Junta: (

  • a)

    decidirá la estrategia, las políticas y las directrices aplicables a las actividades de la Academia; (

  • b)

    aprobará las normas que regirán el funcionamiento de la Academia, en particular el reglamento financiero y el reglamento del personal; (

  • c)

    nombrará al Decano por un período prorrogable de cuatro años, evaluará sus actividades y lo destituirá en caso necesario; (

  • d)

    establecerá, cuando proceda, juntas consultivas y elegirá a sus miembros; (

  • e)

    elegirá a los miembros de la Junta Consultiva Superior Internacional y de la Junta Consultiva Académica Internacional, tomando debidamente en consideración sus calificaciones y experiencia profesional, el principio de la distribución geográfica equitativa y la igualdad de género; (

  • f)

    presentará el programa de trabajo y el presupuesto de la Academia a la Asamblea para su aprobación; (

  • g)

    nombrará al auditor externo independiente; (

  • h)

    aprobará el estado anual de cuentas de la Academia comprobado por el auditor; (

  • i)

    dará cuenta a la Asamblea del progreso de las actividades de la Academia; (

  • j)

    examinará las recomendaciones de la Asamblea relativas a las políticas y la gestión de la Academia; (

  • k)

    adoptará estrategias y directrices para asegurar los recursos financieros de la Academia y secundará la labor del Decano a tal efecto; (

  • l)

    fijará las condiciones de admisión de los candidatos para participar en las actividades académicas de la Academia; (

  • m)

    aprobará el establecimiento de relaciones de cooperación de conformidad con el artículo XIII; (

  • n)

    presentará los acuerdos internacionales a la Asamblea para su aprobación; (o) evaluará las actividades de la Academia teniendo en cuenta los informes del Decano y formulará recomendaciones con respecto a esas actividades. 3. La Junta se reunirá en la sede de la Academia al menos una vez al año y adoptará sus decisiones por mayoría simple, salvo disposición en contrario en el presente Acuerdo. Cada uno de sus miembros tendrá un voto. La Junta aprobará su reglamento, elegirá su Mesa, incluidos el Presidente y el Vicepresidente, y podrá constituir los comités que considere necesarios para el funcionamiento eficiente de la Academia. ARTÍCULO VII. Junta Consultiva Superior Internacional. 1. La Junta de Gobernadores estará asesorada por la Junta Consultiva Superior Internacional, integrada por un máximo de 15 miembros, que serán eminentes personalidades con excelentes referencias y amplios conocimientos en diversos campos que revistan importancia para las actividades de la Academia. 2. La función de la Junta Consultiva Superior Internacional consistirá en reflexionar sobre las actividades de la Academia, aportar observaciones y consejos sobre la manera de lograr y mantener el máximo nivel de competencia en función de la finalidad de la Academia. 3. Los miembros de la Junta Consultiva Superior Internacional desempeñarán sus funciones a título personal por un período de seis años y podrán ser reelegidos. En la primera elección se designarán siete miembros por un período de sólo tres años. 4. La Junta Consultiva Superior Internacional se reunirá al menos una vez al año y adoptará sus decisiones por mayoría simple. Cada uno de sus miembros tendrá un voto. La Junta Consultiva Superior Internacional aprobará su reglamento y elegirá su Mesa, incluidos el Presidente y el Vicepresidente. 5. La Junta Consultiva Superior Internacional podrá recomendar a la Junta U D I-D EG T-U N AH de Gobernadores la elección de personas que cumplan los criterios enunciados en el párrafo 1 en calidad de miembros de la Junta Consultiva Superior Internacional. ARTÍCULO VIII. Junta Consultiva Académica Internacional. 1. La Junta estará asesorada en cuestiones relativas a la enseñanza, la formación y la investigación por la Junta Consultiva Académica Internacional, integrada por un máximo de 15 miembros, que serán eminentes personalidades académicas o expertos con las más altas calificaciones en los ámbitos de la práctica, formación e investigación en materia de lucha contra la corrupción y/o de la justicia penal y la ejecución de la ley en relación con la lucha contra la corrupción, así como en otros ámbitos que revistan importancia para las actividades de la Academia. 2. Los miembros de la Junta Consultiva Académica Internacional desempeñarán sus funciones a título personal por un período de seis años y podrán ser reelegidos. En la primera elección se designarán siete miembros por un período de sólo tres años. 3. La Junta Consultiva Académica Internacional se reunirá al menos una vez al año y adoptará sus decisiones por mayoría simple. Cada uno de sus miembros tendrá un voto. La Junta Consultiva Académica Internacional aprobará su reglamento y elegirá su Mesa, incluidos el Presidente y el Vicepresidente. 4. La Junta Consultiva Académica Internacional podrá recomendar a la Junta de Gobernadores la elección de personas que cumplan los criterios enunciados en el párrafo 1 en calidad de miembros de la Junta Consultiva Académica Internacional.ARTÍCULO IX. Decano. 1. El Decano se encargará de la gestión cotidiana de la Academia y de su programa sustantivo. El Decano informará y rendirá cuentas a la Junta. 2. En particular, el Decano:(

    • a)

      ejercerá la representación externa de la Academia; (

    • b)

      velará por la administración adecuada de la Academia, en particular por la gestión financiera y de los recursos humanos; (

    • c)

      preparará el programa de trabajo y el presupuesto de la Academia para su examen por la Junta y su aprobación por la Asamblea. El programa de trabajo comprenderá las prioridades de investigación, las actividades de capacitación, los planes de estudios y la elaboración de instrumentos; (

    • d)

      pondrá en marcha el programa de trabajo y ejecutará el presupuesto; (

    • e)

      presentará a la Junta informes anuales y especiales sobre las actividades de la Academia, en particular un estado anual de cuentas de la Academia comprobado por el auditor; (

    • f)

      propondrá el establecimiento de relaciones de cooperación de conformidad con el artículo XIII para su aprobación por la Junta; (

    • g)

      coordinará las actividades de la Academia con las actividades de las Partes en el presente Acuerdo y de otras instituciones, organismos y redes nacionales e internacionales pertinentes, teniendo en cuenta las correspondientes recomendaciones y directrices de la Asamblea y la Junta, así como el asesoramiento de la Junta Consultiva Superior Internacional y de la Junta Consultiva Académica Internacional; (

    • h)

      celebrará contratos y acuerdos en nombre de la Academia y negociará acuerdos internacionales para su examen por la Junta y su aprobación por la Asamblea; (

    • i)

      buscará activamente una financiación adecuada para la Academia y aceptará contribuciones voluntarias en nombre de la Academia de conformidad con las estrategias y directrices pertinentes de la Junta y con el reglamento financiero; (

    • j)

      llevará a cabo otras tareas o actividades que determine la Junta. ARTÍCULO X. Personal académico y administrativo. 1. La Academia procurará contratar y retener a personal académico y administrativo que posea las más altas calificaciones posibles. 2. Con el fin de maximizar la eficiencia y la rentabilidad, la Academia elaborará un plan y concertará los arreglos necesarios para contratar a personal docente visitante o a tiempo parcial y alentará a los Estados, las organizaciones internacionales, las universidades y otras instituciones pertinentes a que consideren la posibilidad de respaldar la dotación de personal de la Academia, en particular mediante la adscripción de personal. ARTÍCULO XI. Financiación de la Academia. 1. Sin perjuicio del objetivo a largo plazo de auto financiación de la Academia, entre los recursos de la Academia cabe mencionar los siguientes: (

      • a)

        contribuciones voluntarias de las Partes en el presente Acuerdo; (

      • b)

        contribuciones voluntarias del sector privado y otros donantes; (

      • c)

        derechos de matrícula, pagos de inscripción a cursos prácticos de capacitación y honorarios de asistencia técnica, ingresos por concepto de publicaciones y otros servicios; (

      • d)

        ingresos devengados por esas contribuciones, derechos y honorarios, rentas y otros ingresos entre los que se encuentran los procedentes de fideicomisos y dotaciones de fondos. 2. El ejercicio económico de la Academia comenzará el 1 de enero U D I-D EG T-U N AH y finalizará el 31 de diciembre. 3. De conformidad con el reglamento financiero adoptado por la Junta en virtud del artículo VI, párrafo 2, apartado b), las cuentas de la Academia se someterán anualmente a una auditoría externa independiente que responderá a los criterios más rigurosos en materia de transparencia, rendición de cuentas y legitimidad. 4. Se alienta a las Partes en el presente Acuerdo a que participen en actividades de recaudación de fondos para la Academia, en particular mediante la organización conjunta de conferencias de donantes. ARTÍCULO XII. Consultas e intercambio de información. 1. Las Partes en el presente Acuerdo se mantendrán mutuamente informadas y se consulta rán sobre cuestiones de interés relativas a su cooperación en el marco del presente Acuerdo, bien sea en las reuniones de la Asamblea o en otro momento, según proceda. 2. Las consultas y el intercambio de información y de documentos en virtud del presente artículo se llevarán a cabo de conformidad con las normas relativas a la divulgación de información aplicables de cada una de las Partes y estarán sujetas a acuerdo, que las Partes podrán celebrar para proteger la confidencialidad, el carácter reservado y la seguridad de la información compartida. Todos estos acuerdos continuarán aplicándose incluso después de la extinción del presente Acuerdo y, con respecto a una Parte en concreto, incluso después de que dicha Parte haya denunciado el presente Acuerdo.ARTÍCULO XIII. Relaciones de cooperación. La Academia podrá establecer relaciones de cooperación con Estados y con otras organizaciones internacionales y entidades públicas o privadas que puedan contribuir a la labor de la Academia. ARTÍCULO XIV. Privilegios e inmunidades. 1. La Academia, los miembros de la Asamblea, los miembros de la Junta, los miembros de la Junta Consultiva Superior Internacional y los miembros de la Junta Consultiva Académica Internacional, el Decano, el personal y los expertos de la Academia gozarán de los privilegios e inmunidades acordados entre la Academia y la República de Austria. 2. La Academia podrá celebrar acuerdos con otros Estados para garantizar los privilegios e inmunidades apropiados.ARTÍCULO XV. Responsabilidad. Las Partes en el presente Acuerdo no asumirán responsabilidad alguna, individual ni colectiva, por las deudas, el pasivo ni otras obligaciones contraídas por la Academia; en todos los acuerdos celebrados por la Academia en virtud del artículo XIV figurará una declaración en este sentido. ARTÍCULO XVI. Modificaciones. El presente Acuerdo podrá modificarse únicamente con el consentimiento de todas las Partes en el. Dicho consentimiento se notificará por escrito al Depositario. Toda modificación entrará en vigor después de que el Depositario reciba la notificación de todas las Partes en el presente Acuerdo, o en cualquier otra fecha que las Partes acuerden. ARTÍCULO XVII. Disposiciones transitorias. 1. Las Partes reconocen la existencia de disposiciones transitorias relacionadas con la constitución y las actividades iniciales de la Academia que figuran en el Memorando relativo a la constitución de la Academia Internacional contra la Corrupción en Laxenburg (Austria), de 29 de Enero de 2010 y convienen en observar las hasta que los órganos de adopción de decisiones de la Academia entren plenamente en funcionamiento. 2. Toda decisión que afecte a las obligaciones contraídas respecto de la constitución y las actividades iniciales de la Academia, o que genere obligaciones para los socios (la UNODC, la Asociación “Amigos de la Academia” o la República de Austria), solamente podrá ser adoptada por todos los miembros de la Junta.ARTÍCULO XVIII. Entrada en vigor y Depositario. 1. El presente Acuerdo queda abierto a la firma de los Estados Miembros de las Naciones Unidas (denominados en adelante “Estados”) y las organizaciones intergubernamentales (denominadas en adelante “organizaciones internacionales”) hasta el 31 de Diciembre de 2010. El Acuerdo estará sujeto a ratificación, aceptación o aprobación. 2. Los Estados y las organizaciones internacionales que no hayan firmado el presente Acuerdo podrán adherirse a el ulteriormente. 3. El presente Acuerdo entrará en vigor 60 días después de la fecha en que tres Estados u organizaciones internacionales hayan depositado los instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. 4. Con respecto a todo Estado u organización internacional que ratifique, acepte, apruebe el presente Acuerdo o se adhiera a el después de su entrada en vigor, el Acuerdo entrará en vigor 60 días después de la fecha del depósito de su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. 5. El Ministro Federal de Asuntos Europeos e Internacionales de la República de Austria será el Depositario del presente Acuerdo.ARTÍCULO XIX. Solución U D I-D EG T-U N AH de controversias. Toda controversia que surja entre la Academia y cualquier Parte en el presente Acuerdo, o entre cualquiera de las Partes en virtud del presente Acuerdo, relativa a la interpretación o aplicación del presente Acuerdo, o de cualquier otro acuerdo complementario, o relativa a cualquier cuestión que afecte a la Academia o a las relaciones entre las Partes que no se solucion e mediante negociación u otro modo convenido de solución de controversias, se someterá a un tribunal compuesto por tres árbitros para su resolución definitiva: cada una de las partes en la controversia elegirá a un árbitro y los dos árbitros así elegidos seleccionarán, a su vez, al tercer árbitro, que será el Presidente del Tribunal. Si cualesquiera de las partes en la controversia no hubiera elegido a su árbitro en el plazo de seis meses a partir de la designación del árbitro de la otra parte, o si los dos primeros árbitros designados no se pusieran de acuerdo para elegir al tercer árbitro en el plazo de seis meses a partir del nombramiento de los dos primeros árbitros, el Presidente de la Corte Internacional de Justicia elegirá al segundo o al tercer árbitro a petición de cualesquiera de las partes en la controversia.ARTÍCULO XX. Denuncia del Acuerdo. 1. Toda parte en el presente Acuerdo podrá denunciarlo mediante notificación escrita al Depositario. La denuncia surtirá efecto tres meses después de que el Depositario reciba la notificación. 2. La denuncia del presente Acuerdo por una de las Partes en el no limitará, reducirá ni afectará de ninguna manera a la contribución que ya hubiere aportado, en su caso, antes de la fecha en que surtió efecto la denuncia. ARTÍCULO XXI. Extinción del Acuerdo. 1. Las Partes en el presente acuerdo podrán poner término al mismo por decisión unánime en cualquier momento y poner fin a las actividades de la Academia mediante notificación escrita al Depositario. Todos los bienes restantes de la Academia de conformidad con una decisión unánime de la Asamblea. 2. Las disposiciones del presente Acuerdo seguirán siendo aplicables después de su extinción, en la medida necesaria para permitir la enajenación ordenada de los bienes y la liquidación de cuentas. Hecho en Viena el 2 de Septiembre de 2010 en los idiomas árabe, chino, español, francés, inglés y ruso, siendo cada texto igualmente auténtico. SEGUNDO: Someter a consideración del Soberano Congreso Nacional el presente Acuerdo para los efectos del Artículo 205 numeral 30 de la Constitución de la República. COMUNÍQUESE. (F Y S) MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA, SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN GENERAL DEL GOBIERNO. Por delegación de la República, Acuerdo Ejecutivo No.023-2018, publicado el 16 de Abril de 2018 (F Y S) JOSÉ ISAÍAS BARAHONA HERRERA, SECRETARIO DE ESTADO POR LEY, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional”.

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de noviembre de 2018. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL MARIA DOLORES AGÜERO U D I-D EG T-U N AH

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Acuerdo

Acuerdo No. 002-2018 — Reglamento de la Unión de Notarios de Honduras (UNH)

Unión de Notarios de Honduras (UNH)

  1. 1.

    Que de conformidad al Decreto No.53- 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.33,801 de fecha 6 de agosto de 2018, la UNH está autorizada para emitir su propio reglamento.

  2. 2.

    Que en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 2 de octubre de 2015 en la ciudad de Juticalpa, departamento de Olancho, se presentó el proyecto de Reglamento de la Unión de Notarios de Honduras el cual fue aprobado por unanimidad de los asistentes, delegando a la Junta Directiva Nacional, darle la redacción final respetando el contenido del reglamento.

Articulo 1

Definición.- La Unión de Notarios de Honduras, en lo sucesivo la UNH o la Unión, es la organización gremial de los Notarios, entendidos como los profesionales del de- recho autorizados por el Estado de Honduras para dar fe de los actos o contratos que se celebren en vida o por causa de muerte, documentar procesos no contenciosos, suscribir los certificados de autenticidad y en general, todos los actos que la ley autorice. Son miembros de la UNH los Notarios inscritos en su registro y a quienes no se les haya suspendido de manera definitiva su exequátur en el ejercicio de la función notarial. La UNH cooperará con las instituciones públicas y privadas en la capacitación de los Notarios hondureños y en el combate a las malas prácticas notariales. La UNH podrá celebrar convenios con organismos nacionales o internacionales, públicos o privados que se relacionen con el Notariado o con el Notario. Estará afiliada a la Unión Internacional del Notariado (UINL) y cumplirá con las obligaciones y derechos que le correspondan en dicha organización.

Articulo 2

Ética Notarial.- Los Notarios inscritos en la UNH deberán subordinar cualquier interés personal a los más elevados intereses del Notariado y a las buenas prácticas notariales. Asimismo los Notarios tienen el deber ineludible de incrementar su formación profesional a fin de garantizar la mayor eficiencia en la prestación de sus servicios.

Articulo 3

Requisitos para registrarse como miembro.- Para ser miembro de la UNH, los Notarios deberán presentar solicitud por escrito acompañando copia autenticada de su Exequátur de Notario extendido por la Corte Suprema de Justicia, copia de su Tarjeta de Identidad y copia del carné que le extienda la Contraloría del Notariado. Los inscritos gozarán de los derechos y estarán sujetos a los deberes que la Constitución de la República, las leyes y este reglamento les otorguen. Al momento de inscribirse, o en su defecto posteriormente, deberán notificar por escrito el nombre de los beneficiarios de sus derechos. En caso de no designar beneficiarios, los herederos testamentarios o ab-intestato, previa acreditación de la sentencia que les otorgue tal condición, podrán acudir a la UNH a reclamar los beneficios establecidos.

Articulo 4

Prohibiciones.- Al Notario que sea suspendido de manera temporal en el ejercicio notarial por resolución de autoridad competente, se le suspenderá automáticamente en el goce de sus derechos mediante una anotación en el registro de Notarios que lleva la UNH, debiendo comunicarse la U D I-D EG T-U N AH suspensión a todos los capítulos en el territorio nacional y a las organizaciones a que esté afiliada para los efectos correspondientes.Cuando por resolución de la Corte Suprema de Justicia se le cancele definitivamente el exequátur a un Notario, la UNH lo cancelará de sus registros con pérdida de todos los derechos en la Unión a partir de dicha resolución. En caso de suspensión temporal, el Notario deberá abstenerse de ejercer el Notariado y la UNH comunicará a sus Capítulos en toda la República la fecha de inicio y finalización de la suspensión del Notario afectado. En caso de suspensión definitiva, el suspendido pierde su condición de Notario y por lo tanto le es prohibido el ejercicio del Notariado. Los Notarios que estuvieren ejerciendo funciones públicas que tengan anexa jurisdicción deberán abstenerse de ejercer el Notariado en tanto duren en sus cargos. La UNH como institución,o cualquier Notario individualmente considerado, podrán presentar denuncia ante la Contraloría del Notariado de la Corte Suprema de Justicia a efecto de que se sancione al Notario que ejerza el Notariado en violación a la prohibición establecida en la ley y en este Reglamento.

Articulo 5

Reingreso.- El Notario que habiéndose separado voluntariamente de la UNH quisiera reingresar, deberá presentar nueva solicitud con los requisitos vigentes al momento de su reingreso.

Ver como documento individual

Reglamento

Reglamento — Reglamento General de la Unión de Notarios de Honduras

Unión de Notarios de Honduras (UNH)

Articulo 7

Registro de Notarios.- La Secretaría de la Junta Directiva Nacional por intermedio de la Dirección Ejecutiva llevará un registro de los Notarios inscritos con sus datos de identificación, los beneficiarios por él designados y las notas marginales que procedan. CAPÍTULO II DE LOS ÓRGANOS DE LA UNH

Articulo 8

De los Órganos.- Son Órganos de la UNH:

  • a)

    La Asamblea General,

  • b)

    La Junta Directiva Nacional,

  • c)

    El Tribunal de Honor,

  • d)

    El Fondo de Previsión Social de los Notarios,

  • e)

    Los Capítulos de Notarios,

  • f)

    La Dirección Ejecutiva y los demás que se creen por ley, Reglamento General o Reglamento Especial, o por disposición de la Asamblea General o de la Junta Directiva Nacional, ratificado posteriormente por la Asamblea General. Artículo9.-Dietas y Gastos.-Los miembros de los diferentes órganos percibirán por cada sesión en que participen las dietas o reembolsos de gastos que se establezcan en el Reglamento de Viáticos, en su defecto, las que la Junta Directiva Nacional por resolución establezca. CAPÍTULO III DE LA ASAMBLEA GENERAL

Articulo 10

Definición.- La Asamblea General formada por los Notarios inscritos, legalmente convocados y reunidos, es el órgano supremo de la UNH y expresa la voluntad colectiva en las materias de su competencia; podrá ser ordinaria o extraordinaria. La Asamblea General Ordinaria deberá celebrarse el dos (2) de octubre de cada año en el lugar que designe la Junta Directiva Nacional y en ella, cuando corresponda, se elegirán la Junta Directiva Nacional y el Tribunal de Honor, que durarán en sus funciones dos (2) años y el Fondo de Previsión Social de los Notarios, que durará en sus funciones tres (3) años. La Asamblea Ordinaria en la que no haya elección de la Junta Directiva Nacional se denominará Intermedia y en ella se elegirán los miembros propietarios y suplentes de los órganos de la Unión que hayan quedado vacantes por muerte, renuncia o inhabilitación. Cuando corresponda y por vencimiento de su periodo también se podrá elegir a los miembros de la Junta Directiva de Fondo de Previsión Social de los Notarios. La Asamblea General Extraordinaria se reunirá cuando así lo acuerde la Junta Directiva Nacional, o a solicitud de un U D I-D EG T-U N AH número no menor del diez por ciento (10%) de los Notarios inscritos en los registros de la Unión al treinta (30) del mes anterior al de celebración de la Asamblea Extraordinaria y conocerá exclusivamente de los asuntos que se indiquen en su convocatoria.

Articulo 11

De la Instalación de la Asamblea.- Corresponde a la Junta Directiva Nacional de la UNH por medio de su Presidente y Secretario, establecer el quórum previo a la instalación de la Asamblea General, para lo cual nombrarán una Comisión integrada por tres Asambleístas que revisarán el listado de asistencias y determinarán si existe o no el quórum para su instalación, acto seguido redactar án un informe que entregarán al Presidente y Secretario de la Junta Directiva Nacional, quienes leído el informe de la Comisión darán por instalada la Asamblea General. Cuando se trate de una Asamblea para elegir una nueva Junta Directiva Nacional, el Presidente y Secretario se dirigirán a la Asamblea para que escojan entre los Asambleístas los que conformarán la Directiva de la Asamblea, la cual estará integrado por: Un (1) Presidente, Un (1) Vicepresidente, Dos (2) Secretarios y Dos (2) Prosecretarios quienes una vez electos presentarán promesa de ley ante el Presidente y Secretario de la Junta Directiva Nacional. La Asamblea General podrá nombrar como Presidente y demás miembros del Directorio Provisional a quienes funjan como miembros de la Junta Directiva Nacional, en cuyo caso, el Presidente juramentará a los demás miembros electos. La Directiva de la Asamblea será encargada de lo siguiente:

  • a)

    Dirigir la Asamblea General hasta su cierre,

  • b)

    Juramentar a los Notarios electos en los diferentes órganos, cuando proceda; y,

  • c)

    Redactar y leer el acta de la Asamblea sin perjuicio que dentro de la agenda se contemple las palabras del Presidente de la Junta Directiva Nacional electo. La Asamblea podrá nombrar como Presidente de la Directiva de la Asamblea al mismo Presidente de la Junta Directiva Nacional. La dirección de la Asamblea intermedia, estará a cargo de la Junta Directiva en funciones.

Articulo 12

Atribuciones.- Son atribuciones de la Asamblea General Ordinaria:

  • a)

    Elegir los miembros de la Junta Directiva Nacional, el Tribunal de Honor y el Fondo de Previsión Social de los Notarios;

  • b)

    Por medio del Presidente de la Directiva de la Asamblea tomar la Promesa de Ley a los Notarios electos en los cargos señalados en el párrafo anterior, la cual consiste en: “Prometo ser fiel a la Unión de Notarios de Honduras (UNH), cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, las leyes y el Código del Notariado; por mi honor, por mi familia y por mi Patria”;

  • c)

    Aprobar el presupuesto de la Unión de Notarios de Honduras (UNH);

  • d)

    Establecer las contribuciones ordinarias y extraordinarias a que estarán obligados los Notarios miembros;

  • e)

    Aprobar o improbar los informes de la Junta Directiva Nacional, el Tribunal de Honor, del Fondo de Previsión Social de los Notarios y los demás que lo ameriten;

  • f)

    Aprobar el Arancel de los Notarios; y,

  • g)

    Las demás que la Asamblea General establezcan o que la Junta Directiva Nacional atendiendo a su importancia, le someta.

Articulo 13

Normas Parlamentarias.- En las deliberaciones de la Asamblea General se observarán las U D I-D EG T-U N AH normas parlamentarias. La Junta Directiva Nacional queda facultada para emitir el reglamento de debates de la Unión.

Articulo 14

Requisito para elegir y ser electo.- Sólo los Notarios inscritos en los registros de la UNH, que estén solventes en el cumplimiento de sus obligaciones y al día en el pago de sus contribuciones, podrán ejercer el derecho del sufragio y optar a cargos dentro de los órganos de la UNH. Los miembros de la Junta Directiva serán electos por planilla, por simple mayoría, mediante voto directo, secreto, público o aclamación, según decisión de la propia Asamblea. No podrán ser miembros Directivos Propietarios o Suplentes, los Notarios a quienes se les haya declarado con lugar las denuncias o investigaciones por faltas en el ejercicio notarial, bien por el Tribunal de Honor de la Unión de Notarios o por la Corte Suprema de Justicia a través de la Sala Civil.

Articulo 15

Requisito especial para ser Presidente o Vicepresidente de la Junta Directiva.- Para ser Presidente o Vicepresidente de la Junta Directiva se requiere:

  • a)

    haber cumplido diez (10) de obtención del exequátur; y,

  • b)

    haber sido miembro de la Junta Directiva Nacional, de los otros órganos de la UNH o Directivo de un Capítulo, por más de dos años consecutivos.

Articulo 16

Quórum.- Para que la Asamblea General se considere legalmente reunida en primera convocatoria, se requiere la asistencia de la mitad más uno de los Notarios inscritos en el registro de la UNH con un mes de anticipación a la celebración de la Asamblea, y en segunda convocatoria se considerará válidamente constituida cualquiera que sea el número de Notarios miembros que asistan. La convocatoria se hará con una anticipación de quince (15) días calendario y en la misma debe expresarse el lugar de su celebración y la prevención de que si no hay quórum en la primera convocatoria, se realizará una (1) hora después con los Notarios miembros que asistan. La convocatoria se hará mediante cualquiera de los siguientes medios:

  • a)

    aviso en un diario escrito de amplia circulación,

  • b)

    nota, correo electrónico u otro medio tecnológico a cada uno de los miembros que haya actualizado su dirección en los registros de la UNH; o,

  • c)

    mediante radiodifusora de audiencia general en el país.

Articulo 17

Duración.- Las sesiones de la Asamblea durarán el tiempo necesario para la resolución de los asuntos señalados en la agenda. Cuando no se pudiere terminar la discusión y resolución de un asunto, podrá continuarse con su conocimiento y resolución en el día o días siguientes. La Junta Directiva de la Asamblea también podrá posponer el conocimiento y resolución de un asunto para una nueva asamblea o delegar en otro órgano de la Unión su cumplimentación, en este caso el asunto se entenderá aprobado en la fecha que establezca la Asamblea.

Articulo 18

Quórum, votación y representación.- Los asuntos sometidos al conocimiento de la Asamblea General se resolverán por simple mayoría de votos que estará formada por la mitad más uno de los Notarios miembros presentes al momento de la votación. Los Notarios miembros que no asistan a la Asamblea podrán delegar su representación y voto en otro Notario miembro. Serán registrados en el listado de asistencia y el Notario representante tendrá derecho a dos (2) votos, uno por sí mismo y otro por la representación que ejerza. La representación a que se refiere el párrafo anterior se podrá hacer por nota escrita, correo electrónico o cualquier medio tecnológico que se pueda documentar y que asegure la dación de la voluntad del Notario poderdante.

Articulo 19

Actas.- El Secretario de la Junta Directiva de la Asamblea levantará Acta de las resoluciones tornadas en la Asamblea, la cual será firmada conjuntamente con el Presidente de la Asamblea. U D I-D EG T-U N AH Las actas de Asamblea podrán ser sustituidas por vídeo, grabaciones de voz u otro tipo de tecnologías que permitan dejar constancia de las discusiones y las resoluciones. En el caso de utilizar estas tecnologías, el Secretario y Presidente de la Asamblea deberán redactar una ayuda memoria que contenga las resoluciones tomadas por la Asamblea. CAPÍTULO IV DE LA JUNTA DIRECTIVA NACIONAL

Articulo 20

Definición e integración.- La Junta Directiva Nacional es el órgano administrativo encargado de la dirección y gobierno de la UNH. Estará compuesta por nueve miembros propietarios y sus respectivos suplentes así: un Presidente, un Vicepresidente, tres Vocales, un Secretario, un Prosecretario, un Tesorero y un Fiscal. Los suplentes cumplirán las funciones que les señale la Junta Directiva.

Articulo 21

Representación Legal.- La representación legal y firma social de la UNH corresponde a la Junta Directiva Nacional que la ejercerá por medio del Presidente o quien haga sus veces. En caso de ausencia permanente o temporal la ejercerá el Vicepresidente y en su defecto los Vocales por su orden.

Articulo 22

Del Presidente.- Son atribuciones del Presidente: dirigir las sesiones de Junta Directiva, representar legalmente y dirigir administrativamente a la Unión. El Presidente de la Junta Directiva Nacional o quien haga sus veces será miembro ex oficio de todos los órganos de la Unión a efecto de mantener la coordinación institucional.

Articulo 23

Del Vicepresidente.- Son atribuciones del Vicepresidente: sustituir temporal o permanentemente en sus funciones al Presidente, asimismo realizar las funciones que le encomiende la Junta Directiva Nacional y darle cuenta de sus resultados.

Articulo 24

De los Vocales.- Son atribuciones de los Vocales: sustituir al Presidente o Vicepresidente en sus funciones en el orden de precedencia de su elección, asimismo realizar las funciones que le encomiende la Junta Directiva Nacional, dándole cuenta de sus resultados.

Articulo 25

Del Secretario.- Son atribuciones del Secretario: levantar las actas y registros de la Junta Directiva Nacional, recibir y despachar la correspondencia de la Unión con el conocimiento de la Junta Directiva Nacional.

Articulo 26

Del Prosecretario.- Son atribuciones del Pro- secretario: sustituir temporal o permanentemente en sus funciones al Secretario, asimismo realizar las funciones que le encomiende la Junta Directiva Nacional y darle cuenta de sus resultados.

Articulo 27

Del Tesorero.- Son atribuciones del Tesorero: Mantenerse informado del manejo económico de la Unión y las demás que se le asigne por la Asamblea o la Junta Directiva Nacional. En caso de ausencia temporal o definitiva el Tesorero será sustituido por cualquiera de los vocales propietarios o suplentes que elija la Junta.

Articulo 28

Del Fiscal.- Son atribuciones del Fiscal: llevar cuenta del cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva Nacional,exigiendo en su caso el cumplimiento de aquellas que se encuentren pendientes o solicitar su revocación cuando su cumplimiento se haya vuelto inútil o no convenga bajo las nuevas circunstancias a la Unión. En caso de ausencia temporal o definitiva el Fiscal será sustituido por cualquiera de los vocales propietarios o suplentes que elija la Junta.

Articulo 29

Sesiones.- La Junta Directiva Nacional celebrará sesiones ordinarias preferiblemente el segundo martes de cada mes, y extraordinarias cuando fuere necesario y la convoque el Presidente o quien haga sus veces. U D I-D EG T-U N AH Artículo30.-Gastos de representación.-En el cumplimiento de sus funciones, el Presidente o quien haga sus veces, podrá hacer erogaciones por concepto de gastos de representación de la UNH, de los que deberá dejarse constancia o ayuda memoria.

Articulo 31

Convocatoria a sesiones.- Para la celebración de las sesiones ordinarias de la Junta Directiva Nacional, la Dirección Ejecutiva por instrucciones del Presidente o quien haga sus veces, convocará a sus miembros con dos días de anticipación a su celebración. En caso de que las sesiones ordinarias o extraordinarias se celebren fuera de la ciudad de Tegucigalpa, deberá convocarse con cinco (5) días de anticipación a todos los miembros de la Junta Directiva Nacional.

Articulo 32

Comisiones Permanente o Especiales.- El nombramiento de los miembros de las Comisiones Permanentes o Especiales lo hará la Junta Directiva Nacional en consideración a la temática que se les encargue.

Articulo 33

Comité Ejecutivo.- La Junta Directiva Nacional podrá delegar la administración o la realización de temas especiales en un Comité Ejecutivo integrado por cinco (5) miembros, de los cuales el Presidente, Vicepresidente y el Secretario serán integrantes obligatorios.

Articulo 34

Consejo Especial de Condecoraciones.- Créase el Consejo de Condecoraciones “José Cecilio del Valle” que tendrá su reglamentación especial y se encargará de organizar la premiación de personalidades importantes para el notariado y crear las órdenes, medallas, pergaminos u otros reconocimientos que deban ser otorgados por la Unión. Tendrá cinco (5) integrantes que serán nombrados por la Junta Directiva Nacional por un término de dos (2) años.

Articulo 35

Periodo de duración.- La duración del período de la Junta Directiva Nacional será de dos (2) años y sus miembros podrán ser reelectos. CAPÍTULO V DEL TRIBUNAL DE HONOR

Articulo 36

El Tribunal de Honor estará constituido por cinco (5) miembros propietarios y un (1) suplente que elegirá la Asamblea General Ordinaria. Estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y dos (2) vocales. Conocerá de la conducta ética de los Notarios y harán las recomendaciones que estimen oportunas a la Junta Directiva, Contraloría del Notariado y a la Honorable Corte Suprema de Justicia. Los miembros del Tribunal de Honor serán electos en la misma Asamblea en que se elija la Junta Directiva Nacional, y en caso de renuncia o ausencia de uno o más miembros, podrán nombrarse a los faltantes en la Asamblea Ordinaria Intermedia.

Articulo 37

Para conocimiento de la Asamblea General, el Tribunal de Honor presentará un informe de todas las actividades que realice en el año, mismo que servirá para que la Asamblea tome las resoluciones que estime pertinentes.

Articulo 38

En su funcionamiento, el Tribunal de Honor podrá participar en charlas relacionadas con temas de on tológicos y de ética profesional. Artículo39.-Para el desarrollo de sus actividades,el Tribunal de Honor emitirá su reglamento, tendrá una asignación presupuestaria y será asistido por la Dirección Ejecutiva. CAPÍTULO VI DEL FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS NOTARIOS

Articulo 40

Constitución.- En vista que el Decreto Legislativo Constitutivo de la UNH crea el Fondo de Previsión Social de los Notarios con los ingresos provenientes de los veinticinco (25) lempiras que se deducen a cada Notario del Certificado de Autenticidad, dicho Fondo se utilizará U D I-D EG T-U N AH exclusivamente en otorgar beneficios que de acuerdo a los cálculos actuariales puedan crearse y mantenerse de una manera sostenible.

Articulo 41

Calidad Técnica.- El Fondo de Previsión Social de los Notarios será un ente eminentemente técnico y estará dirigido por una Junta Directiva conformada por cinco (5) Notarios, auxiliados por los profesionales que se considere necesario. El Presidente de la Junta Directiva Nacional o quien legalmente lo sustituya, será miembro exoficio de la Junta Directiva del Fondo y podrá participar a su criterio en todas o algunas de las sesiones del Fondo.

Articulo 42

Manejo de Fondos.- Los ingresos y egresos del Fondo de Previsión Social de los Notarios se administrarán y se manejarán en una contabilidad especial, separada de la administración de la UNH y se consolidarán ambas contabilidades para efectos de mantener la unidad institucional. Los ingresos del Fondo deberán manejarse en cuenta de cheques, plazo fijo, ahorros u otro tipo de inversiones y los egresos por medio de cuenta de cheques, de ahorros o tarjeta de crédito, para los cuales se registrarán como firmas autorizadas la del Presidente, Tesorero y demás directivos que establezca la Junta Directiva del Fondo. Artículo43.-Costo Administrativo.-El costo administrativo del Fondo no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) de los ingresos procedentes del Certificado de Autenticidad y de Matrimonio.

Articulo 44

Reglamento Especial.- El fondo se administrará por un reglamento especial, las resoluciones de la Junta Directiva del Fondo, la opinión del actuario, los antecedentes que se vayan formulando y las leyes o reglamentos vigentes sobre el tema de previsión, inversión y ahorro, tendrán como objetivo velar por la dignidad socio- económica y de salud de los Notario Inscritos en la UNH.

Articulo 45

Administración.- La Administración del Fondo de Previsión Social de los Notarios estará a cargo del personal que al efecto se contrate.

Articulo 46

Casos no previstos.- Los asuntos no contemplados en el Reglamento especial del Fondo serán resueltos por la Junta Directiva Nacional de la Unión, quien actuará en lo demás como órgano de consulta y de apelación. CAPÍTULO VII DE LOS CAPÍTULOS DE NOTARIOS

Articulo 47

Organización.- En las ciudades o regiones donde hubiere quince (15) o más Notarios, la Junta Directiva Nacional podrá organizar un Capítulo que servirá como coordinador de las actividades de la UNH. En las ciudades o regiones donde hubiere menos de quince (15) Notarios, la Junta Directiva podrá organizar una Seccional de un Capítulo constituido.

Articulo 48

Regulaciones.- El Capítulo estará sujeto a las mismas regulaciones de la Junta Directiva Nacional de la Unión, en lo que le fuere procedente.

Articulo 49

Dirección.- La dirección del Capítulo o Seccional del Capítulo estará a cargo de un Presidente, un Secretario, uno o más vocales, dependiendo del número de Notarios miembros y por decisión del propio capítulo o seccional, previa consulta con la Junta Directiva Nacional. La elección de las autoridades de los Capítulos se hará preferentemente en el mes de mayo siguiente a la fecha de elección de la Junta Directiva Nacional y durarán en su función dos (2) años. En caso de muerte, renuncia o incapacidad de un Directivo, será sustituido por el Notario U D I-D EG T-U N AH del Capítulo que elijan los demás directivos y ratificado en la próxima asamblea o sesión del capítulo.

Articulo 50

Representantes.- En las ciudades donde no hubiere Capítulo o Seccional establecido, la Junta Directiva podrá nombrar uno o más Notarios como representantes de la Unión y encargados de las relaciones con los Notarios miembros y autoridades residentes en esa ciudad. CAPÍTULO VIII DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

Articulo 51

Definición.- La Administración de la Unión estará a cargo de un Director Ejecutivo que será el funcionario permanente de mayor rango que será nombrado o removido por la Junta Directiva Nacional, de quien dependerá directamente y quien establecerá sus obligaciones y derechos, incluido su salario y gastos autorizados de acuerdo al presupuesto.

Articulo 52

Nombramiento de Personal.- El Director Ejecutivo nombrará, previa aprobación de los candidatos por la Junta Directiva, a los demás empleados de la Administración, y en el caso de los Capítulos o Seccional de los Capítulos, previa aprobación de los candidatos por la Junta Directiva de los mismos.

Articulo 53

Régimen Laboral.- Los empleados de la Unión se regirán por las normas del Código del Trabajo y devengarán los salarios y el reconocimiento de gastos que establezca la Junta Directiva de acuerdo con el presupuesto anual que se elabore.

Articulo 54

Instrumentos de Administración.- La Dirección Ejecutiva estará a cargo de formular el proyecto de plan operativo anual, presupuesto y demás instrumentos administrativos propios de una eficiente administración, los que se someterán a conocimiento y aprobación de la Junta Directiva Nacional y ésta a su vez, al conocimiento y aprobación de la Asamblea General.

Articulo 55

Eventos Especiales.- En caso de eventos especiales que por uno u otro motivo no consten en el plan y presupuesto anual, la Dirección Ejecutiva deberá elaborar en detalle el respectivo proyecto del evento y su presupuesto, el cual deberá ser conducido y aprobado por la Junta Directiva Nacional, no pudiendo hacerse erogaciones que no estén contempladas en dichos instrumentos. Este presupuesto especial conllevará la modificación inmediata del presupuesto anual y deberá ser informado a la próxima Asamblea General.

Articulo 56

Manejo de Fondos.- Los ingresos de la Unión deberá manejarse en cuenta de cheques y de ahorros y los egresos por medio de cuenta de cheques o transferencias electrónicas, para lo cual se registrarán como firmas autorizadas la del Presidente, Vicepresidente, Tesorero y demás directivos que establezca la Junta Directiva.

Articulo 57

Auditoría.- La Auditoría es una función que depende directamente de la Junta Directiva quien nombrará al Funcionario o Firma Auditora Externa encargada de su realización y con quienes negociará el monto del salario o los honorarios que devengarán. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de octubre del año 2018. NOTARIO MARIO E. BOQUÍN HERNÁNDEZ Presidente NOTARIO RODIL RIVERA RODIL Secretario U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.

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Resolución

Resolución No. 1120-2018 — Resolución de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a Asociación Palestina Honduras

Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización

Sección “B” CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “

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Resolución

Resolución No. 1766-2014 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica y aprobación de Estatutos de Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Colonia Enmanuel No. 2

Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

  1. 1.

    Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

  2. 2.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119, y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

  3. 3.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.03-2014 de fecha 24 de enero de 2014, se nombró al ciudadano RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación Y Descentralización, modificado mediante Acuerdo Ejecutivo No.03-A-2014 de fecha 24 de enero de 2014.

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la colonia Enmanuel No. 2.

Articulo 2

El domicilio de la Junta de Agua y Saneamiento será en la colonia Enmanuel No. 2, Valle de Amarateca, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán y tendrá operación en dichas comunidades proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos:

  • a)

    Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.

  • b)

    Asegurar una correcta administración del sistema.

  • c)

    Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.

  • d)

    Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable.

  • e)

    Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable.

  • f)

    Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso.

  • g)

    Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema.

  • h)

    Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico) .

  • i)

    Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.-Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.-Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. U D I-D EG T-U N AH CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros:

  • a)

    Fundadores; y,

  • b)

    Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros:

  • a)

    Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto.

  • b)

    Elegir y ser electos.

  • c)

    Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.-Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.-Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.-Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPITULO IV DE LOS ORGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ORGANO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.-Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la Comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

  • a)

    Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta.

  • b)

    Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.-Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 13

Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vice presiden

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Acuerdo

Acuerdo — Estatutos de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Colonia Enmanuel No. 2

Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

  1. 1.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo,, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.

  2. 2.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos.

  3. 3.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.

  4. 4.

    La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINIS- TRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo.

  5. 5.

    Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.

  6. 6.

    Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.

  7. 7.

    La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.

  8. 8.

    Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción.

  9. 9.

    De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAY SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFIQUESE. (f) RIGOBERTO CHANG CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (f) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de febrero, del dos mil quince. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 29 N. 2018 U D I-D EG T-U N AH

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes Atribuciones:

  • a)

    Mantener un presupuesto de ingresos y egresos.

  • b)

    Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.

  • c)

    Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua.

  • d)

    Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • e)

    Depósitar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • f)

    Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses.

  • g)

    Cancelar o suspender el servicio de agua.

  • h)

    Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.

  • i)

    Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Son atribuciones del PRESIDENTE: a.-Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.

Articulo 16

Son atribuciones del VICEPRESIDENTE:

  • a)

    Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General.

  • b)

    Supervisará las comisiones que se establezcan.

  • c)

    Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Articulo 17

Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b.-Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.-Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 18

Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.-Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.-Responder solidariamente, con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 19

Son atribuciones del FISCAL:

  • a)

    Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización.

  • b)

    Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • c)

    Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.-Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 20

Son atribuciones de LOS VOCALES:

  • a)

    Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.

  • b)

    Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico.

  • c)

    Los Vocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Articulo 21

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.-Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 22

La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo:

  • a)

    Comité de Operación y Mantenimiento.

  • b)

    Comité de Micro- cuenca. c.-Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.

Articulo 23

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las U D I-D EG T-U N AH labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPITULO V DEL PATRIMONIO ARTICULO24.-Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.-Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.-Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administra- dora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION

Articulo 26

Causas de Disolución:

  • a)

    Por Sentencia Judicial.

  • b)

    Por resolución del Poder Ejecutivo.

  • c)

    Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó.

  • d)

    Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación.

  • e)

    Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPITULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 27

El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 28

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo,, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINIS- TRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SEPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DECIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAY SANEAMIENTO DE LA COLONIA ENMANUEL No. 2, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFIQUESE. (f) RIGOBERTO CHANG CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (f) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de febrero, del dos mil quince. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 29 N. 2018 U D I-D EG T-U N AH

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Licitación

Licitación No. HBCBH 05-2018 — Licitación Pública Nacional para la Adquisición de Mobiliario y Equipo de Oficina para el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras

Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras

Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras HEROICO Y BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE HONDURAS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA ADQUI- SICIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA PARA EL HEROICO Y BENEMERITO CUERPO DE BOMBEROS DE HONDURAS ESPECIFICAMENTE, PARA SER UTILI- ZADO EN LA ESTACIÓN LOCAL DE BOMBEROS DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS. LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. HBCBH 05-2018

  • 1)

    El Heróico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, invita a las empresas dedicadas al rubro de venta y distribución de equipo de oficina a participar en la Licitación Pública Nacional No. HBCBH 005-2018, de adquisición de Mobiliario y Equipo de oficina para el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, específicamente para ser utilizado en la estacion local de Bomberos de San Pedro Sula, Cortés.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacio- nales, específicamente de los fondos que posee la Institución provenientes de la Tasa por Servicio de Bomberos de los contribuyentes del municipio de San Pedro Sula.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional(LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Las Empresas interesadas en participar tendrán que adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida a: General de Bomberos, Abog. Jaime Omar Silva Murillo, Comandante General del Cuerpo de Bomberos, Cuartel General de Bomberos, Barrio Morazán, Costado sur del Estadio Nacional, Tegucigalpa previo el pago por la cantidad no reembolsable de doscientos cincuenta Lempiras (L. 250.00) a partir del viernes treinta (30) de noviembre del 2018, en un horario de 8:00 A.M. a 4:00 P.M. Las Bases de Licitación también podrán ser examinadas sólo para efectos de transparencia en el sistema de información de contratación y adquisiciones del Estado de Honduras, "HONDUCOMPRAS" (http://www.honducompras.gob.hn)

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Estacion Central de Bomberos, Barrio Morazán, Costado Sur del Estadio Nacional, Tegucigalpa, a más tardar a las diez de la mañana (10.00 A.M.), del día lunes siete (07) de enero del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las diez quince de la mañana (10:15A.M.). Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por un monto equivalente al dos por ciento (2%) del monto de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 26 de noviembre del 20l8. DISCIPLINA HONOR ABNEGACIÓN General de Bomberos Abog. Jaime Omar Silva Murillo Comandante General del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras TELÉFONO EMERGENCIA: 198 "En donde surge el dolor y la tragedia, llegamos nosotros" 29 N. 2018 CUERPO DE BOMBEROS HONDURAS, CENTRO AMÉRICA

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Resolución

Resolución No. 402-2018 — Resolución sobre Cancelación de Registro de Marca AGIMENT

Oficina de Registro de la Propiedad Industrial

CERTIFICACIÓN El infrascrito, Registrador del Departamento Legal de la Oficina de Registro de la Propiedad Industrial dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual, por medio de la presente, CERTIFICA: La RESOLUCIÓN No.- 402-2018. OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.- DEPARTAMENTO LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 25 de Septiembre del año 2018. VISTA:... RESULTA PRIMERO:... RESULTA SEGUNDO:... RESULTA TERCERO:... CONSIDERANDO PRIMERO:... CONSIDERANDO SEGUNDO:... CONSIDERANDO TERCERO:... POR TANTO:... RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Acción de Cancelación del Registro No. 111233, con escrito de ingreso No. 37836-17, de fecha 01 de Septiembre del 2017, perteneciente a la Marca de Fábrica denominada "AGIMENT", en clase internacional (05) a favor de la Sociedad Mercantil denominada PMB PHARMA, S.A. DE C.V., presentada por el Abogado HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ, actuando en condición de Apoderado Legal de "MEDINOVA, AG.", que en virtud de desconocer el Representante Legal de la Sociedad Mercantil PMB PHARMA, S.A. DE C.V., y desconocer la dirección del Apoderado Legal, el abogado MARCO ANTONIO RODRIGUEZ MEJIA, se procedió a publicar por medio de el Diario Oficial La Gaceta y en uno de los diarios de mayor circulación del país y no habiéndose personado en las presentes diligencias, en la que sólo una de las partes aportó medios de prueba documentales y después de analizar los mismos se determinó lo siguiente: a.- Que de conformidad al Artículo 108 de la Ley de Propiedad Industrial Decreto 12- 99-E; en donde literalmente establece: "La carga de la prueba del uso de la marca corresponderá al titular de la marca. El uso de la marca se acreditará mediante prueba documental que demuestre que se ha usado de acuerdo con lo indicado en el artículo 81 de esta Ley." Y en el presente caso el titular de la marca "AGIMENT" NO aportó medios de prueba, para acreditar que la marca está comercializando sus productos en el Mercado Nacional; por lo que se concluye que el titular de la marca "AGIMENT" NO acreditó el uso de dicha marca.- En ese sentido esta Oficina de Registro considera, que es procedente la Cancelación del Registro no. 111233, de la Marca de Fábrica "AGIMENT" propiedad de la Sociedad "PMB PHARMA, S.A. DE C.V.", por no uso. SEGUNDO: Una vez filme la presente resolución, procédase a hacer la anotación marginal en los Libros y Sistema respectivo que a efecto lleva esta Oficina de Registro, cancelando el registro No. 111233, de la marca "AGIMENT", a favor de la Sociedad Mercantil denominada "PMB PHARMA, S.A. DE C.V." TERCERO: La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición ante el órgano que la hubiera dictado dentro de los diez días siguientes a la notificación del acto impugnado, el Recurso de Apelación que deberá de interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la resolución, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la misma remitiéndose a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad al día siguiente de dicha formalización. Artículo No. 149 de la Ley de Propiedad Industrial Decreto 12-99-E y Artículo 22 de la Ley de Propiedad.- NOTIFÍQUESE. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO. REGISTRADOR. MARÍA LIDIA PAZ SALAS. OFICIAL JURÍDICO. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 09 días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 29 N. 2018. _________ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN

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Edicto

Edicto — Cancelación y Reposición de Título Valor - Certificado de Depósito a Plazo

Juzgado de Letras Seccional de La Entrada, Copán

AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley correspondientes, HACE SABER: Que ante este Despacho de Justicia compareció La señora MARIA JOSEFINA MOTZ ESPINOZA, en representación de su hija KAREN MARÍA BUCK MOTZ, solicitando la Cancelación y Reposición de un Título Valor de un Certificado de Acción Número 1305 por 5 acciones por un valor nominal de doscientos lempiras cada una, emitido el 18 de enero de 1993, a favor de la señorita KAREN MARIA BUCK MOTZ, en la Sociedad Nacional de Inversiones, S.A. (SONISA) y que se encuentra registrada dicha solicitud bajo el número 0801-2018-02800-CV.- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondiente.- Tegucigalpa, M.D.C., 15 de noviembre del 2018. LIC. ELSA AVILA SECRETARIA ADJUNTA 29 N. 2018 _________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O

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Aviso

Aviso — Demanda Ordinaria Contencioso Administrativa de CABLE COLOR, S.A. contra Instituto de la Propiedad

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete de junio de 2016, compareció a este Juzgado el señor EVERANGER CASTILLO CRUZ; incoando demanda Contencioso Administrativa en materia de Personal contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso No. 0801-2016-00273, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, emitido con exceso y abuso de poder prescindiendo del procedimiento establecido. En defensa del derecho que me asiste al tenor del Artículo 115 párrafo segundo de la Ley Orgánica de la Policía Nacional de Honduras se alega prescripción de la acción para sancionar me con el despido en virtud de haber transcurrido más de un año es decir fuera de los plazos para sancionar con la cancelación de despido. Notificación defectuosa. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento. Pago de prestaciones e indemnizaciones laborales. Pago de Décimo Tercer mes, Décimo Cuarto mes, Vacaciones y su bono como compensaciones sociales. Salarios adeudados. Y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir. Petición. Se confiere poder. Se acompañan documentos. Condena de costas. ABOG. MARVIN GEOVANNY RAMOS ÁVILA SECRETARIO ADJUNTO 29 N. 2018.

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Aviso

Aviso No. 0801-2018-00228 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa en Materia Personal

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 19 de julio del 2018 el Abogado César Arturo Heller Portillo interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2018-00228, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, incoando demanda especial contencioso administrativa en materia personal para que se declare la nulidad de un acto particular de la administración pública dictado con infraccion del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene el reintegro de mi representado al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir, o, en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Condena en costas. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 29 N. 2018 _________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de abril de dos mil dieciocho (2018), compareció a este Juzgado la señora LILIANA GUADALUPE GUIFARRO HERNÁNDEZ, incoando demanda en materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2018-00161 contra el Estado de Honduras a través del Tribunal Superior de Cuentas, de nulidad de un acto administrativo por no estar apegado a derecho. Se solicita se reconozca una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma y se pide dejar sin valor y efecto una resolución viciada de nulidad, emitida por el Tribunal Superior de Cuentas con número 986-2015-SG-TSC. Poder. KENIA TERESA LANZA VARELA SECRETARIA ADJUNTA 29 N. 2018

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Certificación

Certificación No. 18-36810 — Certificación de Solicitud de Registro de Marca de Fábrica CACIQUE Y DISEÑO

Dirección General de Propiedad Intelectual

  1. 1.

    Que la Asociación Civil de Beneficio Mutuo denominada ASOCIACIÓN PALESTINA HONDURAS, se crea como asociación civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado, apolítica, sin fines de lucro. Asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente Resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los Estatutos, que sea contra ría a la Constitución de la República y a las Leyes.

Articulo 1

Conceder Personalidad Jurídica a la Asociación Civil de beneficio mutuo denominada ASOCIACIÓN PALESTINA HONDURAS, con domicilio de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, con duración indefinida y con los obletivos siguientes:

  • a)

    Promover, mantener y garantizar la tranquilidad, el bienestar, la solidaridad, la comprensión, la armonía, los buenos hábitos éticos y morales, así como el respeto entre los miembros de la asociación;

  • b)

    Proponer, promover y realizar las acciones orientadas al reconocimiento de pueblo palestino y trabajar por lograr relaciones diplomáticas entre Honduras y Palestina.

  • c)

    Velar por el buen uso y aprovechamiento racional de los bienes equipos y servicios que constituyen su patrimonio material.

Articulo 2

La ASOCIACIÓN PALESTINA HONDURAS, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, a través de la Dirección de Registro, Regulación y Seguimiento de Asociaciones Civiles indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.

Articulo 3

La ASOCIACIÓN PALESTINA HONDURAS, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, a través de la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresas y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través un sistema contable legalizado. Las herencias, legados U D I-D EG T-U N AH

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Licitación

Licitación No. LPN 023-2018 — Licitación Pública Nacional para Contratación de Servicio de Transporte para Empleados del Hospital General de Especialidades y Regional del Norte del IHSS

Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS)

Aviso de Licitación Pública República de Honduras Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) Licitación Pública Nacional LPN No. 023-2018 Contratación de Servicio de Transporte para los Empleados del Hospital General de Especialidades y Regional del Norte del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

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Licitación

Licitación No. LPN 017-2018 — Contratación de Servicios de Recolección, Transporte, Entrega de Correspondencia y Paquetes a Nivel Nacional

Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS)

El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), invita a las sociedades mercantiles interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional N°. LPN/023-2018, a presentar ofertas selladas para la Contratación de Servicio de Transporte para los Empleados del Hospital General de Especialidades y Regional del Norte del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios del IHSS. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, en la Subgerencia de Suministros materiales y Compras ubicada en el Sexto Piso del Edificio Administrativo del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Barrio Abajo, Tegucigalpa M.D.C., de 8:00 A.M. a 4:00 P.M. previo al pago de (L300.00) en la Tesorería del IHSS; a partir del día martes 4 de septiembre de 2018. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn) y en el Portal de Transparencia del IHSS (www.ihss.hn). Las ofertas deberán ser presentadas en la siguiente dirección: Lobby del IHSS, 1 piso del Edificio Administrativo, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las 10:00 A.M. del día 15 de octubre de 2018 y, ese mismo día a las 10:15 A.M., en el Auditorio del 11 piso se celebrará en audiencia pública la apertura de ofertas en presencia de los oferentes o de sus representantes legales o de la persona autorizada por el oferente que acredite su condición mediante carta, firmada por el representante legal de la sociedad mercantil. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el 2% del monto de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., agosto 2018 Dr. Richard Zablah Director Ejecutivo 29 N. 2018. y donaciones provenientes del extranjero, se sujetaran a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de Los órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTA:La ASOCIACIÓN PALESTINA HONDURAS, queda sujeta a los principios de democracia participativa en el sentido interno, así como en temas de transparencia y rendición de cuentas frente a sus miembros y a la población en general, cuando perciban o manejen bienes o fondos públicos en general, deben rendir cuentas ante el órgano competente de conformidad con el artículo 3 inciso 4) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. QUINTA:Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SEXTA: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMA: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVA: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles para que emita la correspondiente inscripción. NOTIFÍQUESE. (f) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA. SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (f) WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 29 N. 2018.

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio de Dominio

Juzgado de Letras Seccional de la ciudad de La Entrada, Nueva Arcadia, Copán

AVISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de la ciudad de La Entrada, Nueva Arcadia, departamento de Copán, al público en general, HACE SABER: Que con fecha veintiuno de agosto del año dos mil dieciocho, la señora LUZ ANGELICA CARTAGENA MANCIA, a través de su Apoderado Legal el Abogado OSCAR MANUEL DURON RAMÍREZ, presentó ante este despacho solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre un lote de terreno ubicado en Aldea Los Llanitos, Nueva Arcadia, departamento de Copán; que se describe de la forma siguiente: Un lote de terreno consistente en una área de CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (41,920.50 Mts2) equivalente a SEIS MANZANAS CON UNA CENTÉSIMA DE MANZANA (6.01 Mz) de extensión superficial, con las relación de medidas y colindancias siguientes: De la estación cero (0) a la estación uno (1) rumbo Sur, setenta grados, veintiséis minutos, treinta punto veintinueve segundos Este (S70°26’30.29” E) distancia de ochenta punto sesenta y cinco metros (80.65 mts), colinda con callejon Y JOSÉ DANIEL CHINCHILLA; de la estación UNO (

  • 1)

    a la estación dos (

  • 2)

    rumbo Norte, noventa grados, cero cero minutos, cero cero segundos ESTE (N90°00´00”E) distancia de dos metros (2mts), colinda con JOSÉ DANIEL CHINCHILLA; de la estación DOS (2) a la estación TRES (3), rumbo Sur, cuarenta y nueve grados, treinta y dos minutos, cincuenta y dos punto noventa y cinco segundos Este (S49°32´52.95”E) distancia ciento veinticuatro punto ochenta y cuatro metros (124.84 mts), colinda NATIVIDAD HERNANDEZ DEL CID; de la estación tres (

  • 3)

    a la estación cuatro (4), rumbo Sur, treinta y dos grados, veintiocho minutos, dieciséis punto veintinueve segundos Este (S32°28´16.29”E) distancia de cincuenta y dos punto quince metros (52.15 mts), colinda con NATIVIDAD HERNÁNDEZ DEL CID; de la estación cuatro (

  • 4)

    a la estación cinco (5), rumbo Sur sesenta y un grados, cuarenta y nueve minutos, diecisiete punto cero ocho segundos Este(S61°49´17.08”E)distancia treinta y u no punto setenta y seis metros (31.76 mts), colinda con NATIVIDAD HERNÁNDEZ DEL CID; de la estación cinco (

  • 5)

    a la estación seis (6), rumbo Sur, cincuenta y un grados, cuarenta y cinco minutos, cincuenta y ocho punto veintitrés segundos Este (S 51°45´58.23” E) distancia de ochenta y cuatro punto cero dos metros (84.02 mts), colinda con NATIVIDAD HERNÁNDEZ DEL CID; de la estación seis (

  • 6)

    a la estación siete (

  • 7)

    rumbo Sur, veintisiete grados, cero tres minutos, cero dos punto quince segundos Oeste (S27°03´02.15”0) distancia cincuenta y dos punto setenta y siete metros (52.77 mts), colinda con NATIVIDAD HERNÁNDEZ DEL CID; de la siete (7) a la estación ocho (

  • 8)

    rumbo Norte, ochenta y cinco grados, treinta y seis minutos, cero cuatro punto sesenta y seis segundos Oeste (N85°36´04.66”0) distancia de trece punto cero cuatro metros (13.04 mts), colinda con NATIVIDAD HERNÁNDEZ DEL CID; de la estación ocho (8) a la estación nueve (

  • 9)

    rumbo Norte, setenta y cinco grados, cincuenta y siete minutos, cuarenta y nueve punto cincuenta y dos segundos Oeste (N75°57´49.52”0) distancia dieciséis punto cuarenta y nueve metros (16.49 mts), colinda con NATIVIDAD HERNÁNDEZ DEL CID; de la estación nueve (9) a la estación diez (

  • 10)

    rumbo Norte, sesenta y cuatro grados, cero cinco minutos, treinta y seis punto cincuenta y siete segundos Oeste (N64°05´36.57”0) distancia treinta y ocho punto noventa y un metros (38.91 mts), colinda con NATIVIDAD HERNÁNDEZ DEL CID; de la estación diez (10) a la estación once (

  • 11)

    rumbo Norte, noventa grados, cero cero minutos, cero cero segundas Oeste (N90°00´00”0) distancia de ochenta y tres punto cero cero metros (83.00 mts), colinda con NATIVIDAD HERNÁNDEZ DEL CID; de la estación once (11) a la estación doce (

  • 12)

    rumbo Norte, diez grados, treinta y dos minutos, veintiún punto cero seis segundos Oeste (N10°32´21.06 0”) distancia de cuarenta y tres punto setenta y cuatro metros (43.74 mts), colinda con BENITA DE JESÚS REYES; de la estación doce (12) a la estación trece (

  • 13)

    rumbo Norte, cero cuatro grados, treinta y cuatro minutos, veintiséis punto doce segundos Este (N04°34´26.12”E) distancia de veinticinco punto cero ocho metros (25.08 mts), colinda can BENITA DE JESÚS REYES; de la estación trece (13) a la estación catorce (

  • 14)

    rumbo Sur, setenta y nueve grados, treinta y cinco minutos, treinta y dos punto veinticuatro segundos Oeste (S79°35´32.24”0) distancia de cuarenta y nueve punto ochenta y dos metros, (49.82 mts), colinda con BENITA DE JESÚS REYES; de la estación catorce (14) a la estación quince (

  • 15)

    rumbo Sur, ochenta y ocho grados, cuarenta y cinco minutos, dieciséis punto sesenta y nueve segundos oeste (S 88°45´16.69”0) distancia de cuarenta y seis punto cero un metros (46.01 mts), colinda con BENITA DE JESÚS REYES; de la estación quince (15) a la estación dieciséis (

  • 16)

    rumbo Norte, setenta y nueve grados, treinta y tres minutos, cuarenta y cinco punto cero nueve segundos Oeste (N79°33´45.09”0) distancia de treinta y ocho punto sesenta y cuatro metros (38.64 mts), colinda con BENITA DE JESÚS REYES; de la estación dieciséis (16) a la estación diecisiete (

  • 17)

    rumbo Sur, setenta y cuatro grados cuarenta y cuatro minutos, cuarenta y uno punto cincuenta y siete segundos Oeste (S74°44´41.57”0) distancia de once punto cuarenta metros (11.40 mts), colinda con BENITA DE JESÚS REYES; de la estación diecisiete (17) a la estación dieciocho (

  • 18)

    rumbo Norte, treinta y nueve grados, diez minutos, veinticinco punto diecisiete segundos Oeste, (N39°10´25.17”0) distancia de treinta y cuatro punto ochenta y tres metros (34.83 mts), colinda con BENITA DE JESÚS REYES; y, de la estación dieciocho (18) a la estación cero (0) rumbo Norte, diecisiete grados, doce minutos, veintitrés punto sesenta y seis segundos Este (N17°12’23.66”E) distancia de ciento sesenta y dos punto veintiséis metros (62.26 mts), colinda con carretera internacional y derecho de vía de por medio; el cual lo hubo por compra que hiciera al señor ZACARÍAS CARTAGENA ROMERO, y que posee en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de veinticuatro años, según información testifical. La Entrada, Copán, 12 de septiembre del año 2018. MARIA ELVIRA MORAN SECRETARIA 29 N., 29 D. y 29 E. 2018.

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Aviso

Aviso — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de enero del dos mil dieciocho (2018), interpuso demanda ante este Juzgado el señor Francisco Mendoza Silva, con orden de ingreso número 0801-2018-00020, contra el Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH), incoando demanda ordinaria para que se me otorgue la tutela judicial efectiva y al efecto se declare no ser conforme a derecho un Acto Administrativo de carácter particular emitido con infracción del ordenamiento jurídico por la Comisión Interventora del Instituto de Previsión Social de los empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH).- Que se declare la Nulidad del acto administrativo dictado mediante Resolución CI INPREUNAH No. 01/03-11-2017 punto No. 17 del acta No. 56 de la Sesión Ordinaria celebrada los días 3 y 7 de noviembre del 2017 mediante la cual se declara sin lugar el Recurso de Reposición interpuesto en contra de la Resolución No. CI INPREUNAH No. 02/28-02-2017 mediante la cual se me otorga el beneficio de jubilación conforme al Reglamento nuevo del año 2016 y no conforme al reglamento del año 2006 que es el aplicable a mi caso por la no retroactividad de la ley y porque ese reglamento es el más favorable desde mi afiliación en el año 1989.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del demandante y que para el pleno restablecimiento del derecho violado se condene al INPREUNAH a la suspensión y no aplicación del reglamento general del año 2016 del INPREUNAH y en mi caso se me pague el complemento de la jubilación mensual desde el mes de marzo del 2017 más los intereses respectivos y se deje sin valor ni efecto tanto el reglamento general del 2016 como la Resolución CI INPREUNAH No. 01/03-11-2017 punto No. 17 del acta No. 56 de la Sesión Ordinaria celebrada los días 3 y 7 de noviembre del 2017 y la Resolución No. 02/28-02-2017 y cálculo de Jubilación consecuentemente se deje de aplicar del nuevo Reglamento General del INPREUNAH del año 2016.- Indemnización de daños y perjuicios ocasionados desde el mes de marzo del 2017 y siguientes, más los intereses de la cantidad no pagada hasta que quede firme la sentencia condenatoria.- Costas del juicio.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Se acompañan documentos.- Poder. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 29 N. 2018. _____ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

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Aviso

Aviso — Demanda Ordinaria Contencioso Administrativa contra Secretaría de Desarrollo Económico

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

AVISO La infrascrita, Secretaria General del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce de agosto del año dos mil diecisiete compareció a este Juzgado el Abogado Jose Antonio Mejía Corleto, incoando demanda ordinaria contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, con orden de ingreso número 0801- 2017-00410, SE INTERPONE DEMANDA ORDINARIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PARA QUE SE DECLARE LA ANULACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE CARÁCTER PARTICULAR POR NO SER CONFORME A DERECHO,CONTENIDO EN LA RESOLUCION DGPC-150-2017 EMITIDA POR LA DIRECCION GENERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR. QUE SE RECONOZCA UNA SITUACION JURIDICA INDIVIDUALIZADA CONSISTENTE EN LA DECLARACION DE NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO LLEVADO A CABO EN EL PRESENTE CASO.- ORDENAR EL ENVIO DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO EN QUE OBRAN DOCUMENTOS ORIGINALES.- APERTURA A PRUEBAS.- SUSPENSION DEL ACTO IMPUGNADO.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.- PODER.- LIC. KARINA E. GALVEZ REYES SECRETARIA GENERAL 29 N. 2018.

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco (05) de abril del dos mil dieciséis (2016), compareció ante este Tribunal el Abogado JOSÉ ANTONIO MEJÍA CORLETO, actuando en su condición de Representante Procesal de la Sociedad Mercantil CABLE COLOR, S.A. DE C.V., incoando demanda Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2016-000106 contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, para la anulación de los actos administrativos contenidos en las resoluciones número 013/2015, 016-2015 emitidas por la oficina administrativa del derecho de autor y derechos conexos y número006-SR-16emitida por la superintendencia de recursos del Instituto de la Propiedad. Que se reconozca una situación jurídica individualizada. Suspensión del acto impugnado. ANDRÉS DAVID ARDON SILVA SECRETARIO ADJUNTO 29 N. 2018. Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) Licitación Pública Nacional N°. LPN 017-2018 Contratación de Servicios de Recolección, Transporte, Entrega de Correspondencia y Paquetes a Nivel Nacional para el Instituto Hondureño de Seguridad Social El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), invita a las sociedades mercantiles interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN 97-2018 a presentar ofertas selladas para Contratación de Servicio de Recolección, Transporte, Entrega de Correspondencia y Paquetes a Nivel Nacional para el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios del IHSS. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación en la Subgerencia de Suministros, Materiales y Compras, ubicada en el sexto piso del edificio Administrativo del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., a partir del día lunes 16 de julio de 2018 de 8:00 A.M. a 4:00 P.M., previo al pago de Trescientos Lempiras Exactos (L. 300.00) cantidad no reembolsable, mismos que deberán ser cancelados en la Tesorería del IHSS, ubicada en el sexto piso. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn) y en el Portal de Transparencia del IHSS (www.ihss.hn). Para Consultas o información dirigirse por escrito a la Subgerencia de Suministros, Materiales y Compras, sexto piso del edificio Administrativo por lo menos quince (15) días calendario antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas. Las ofertas deberán ser presentadas en el Lobby del edificio Admvo. 1er. Piso, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A. La apertura de las ofertas tendrá lugar en el Auditorio del IHSS, 11 piso del edificio Administrativo, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las 10:00 A.M., del día 24 agosto de 2018 y ese mismo día a las 10:15 A.M., se celebrará en audiencia pública la apertura de ofertas en presencia de los representantes del IHSS, oferentes o de sus representantes legales o de la persona autorizada por el oferente que acredite su condición mediante carta firmada por el representante legal de la sociedad mercantil. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto de (L.20,000.00) exactos. Tegucigalpa, M.D.C., julio de 2018 Dr. Richard Zablah Director Ejecutivo Interino Instituto Hondureño de Seguridad Social 29 N. 2018. ____

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL

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Aviso

Aviso — Renovación y Modificación de Registro de Plaguicidas - AMETREX 50 SC

Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)

AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. ALMA KARINA MEJÍA SÁNCHEZ, actuando en representación de la empresa FORMUNICA HONDURAS, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: YERBALEX 25 SL, compuesto por los elementos: 25% FOMESAFEN. Toxicidad: 5 Grupo al que pertenece: ORGANOCLORADO Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE Formulador y País de Origen: QINGDAO HANS EN BIOLOGIC SCIENCE CO., LTD/CHINA Tipo de uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 10 DE OCTUBRE DE 2018 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 29 N. 2018. ____ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN Y MODIFICACIÓN DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud Renovación y Modificación de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. JOHANA MABEL MENDOZA FLORES, actuando en representación de la empresa ADAMA CROP SOLUTIONS ACC, S.A., tendiente a que autorice la Renovación y Modificación del producto de nombre comercial: AMETREX 50 SC, compuesto por ingredientes activos: AMETRYN 50%. Toxicidad: III Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSION CONCENTRADA Grupo al que pertenece: TRIAZINA Formulador y País de Origen: ADAMA AGAN, LTD/ISRAEL Tipo de uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 08 DE OCTUBRE DE 2018 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” MODIFICACIÓN: CONFORME AL NUEVO RTCA, DEL PRODUCTO PLAGUICIDA DE NOMBRE COMERCIAL AMETREX 50 SC, SUSTITUYENDO AL REGISTRANTE: AGAN CHEMICAL MANUFACTURERS LTD A ADAMA CROP SOLUTION ACC Y FORMULADOR AGAN CHEMICAL MANUFACTURERS LTD A ADAMA AGAN LTD. ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 29 N. 2018. ____ AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general HACE SABER: Que en la solicitud de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR, presentado ante este Juzgado por el señor JOSE TITO VALLE PORTILLO con Identidad No. 1416-1935-00101 para el Banco de Occidente, S.A., Este Juzgado Resuelve lo siguiente: 1.-Tener por admitida la solicitud de Reposición y Cancelación de Título Valor, junto con el documento que se acompaña.-2.-Ordenar al Banco de Occidente S.A., que se cancele en forma definitiva el Título Valor denominado Certificado de Depósito a Plazo número 31-103-001972-3 emitida a favor del señor JOSE TITO VALLE PORTILLO por UN MILLON DE LEMPIRAS EXACTOS (Lps.1,000.000.00) 3.-Se ordena que se publique mediante edicto en el Diario Oficial La Gaceta un extracto de la solicitud de Cancelación y Reposición del Título Valor se debe de incluir todos los datos que contiene el certificado de Depósito a Plazo número 31-103-001972- 3.- 4.- Que si pasados treinta días de publicado el edicto no aparece el Título Valor propiedad del señor JOSE TITO VALLE PORTILLO, que se tenga por cancelado el Título Valor antes indicado y que se reponga el mismo otorgado otro certificado de depósito a plazo a favor de JOSE TITO VALLE PORTILLO POR LA CANTIDAD DE DINERO YA CONSIGNADO. La Entrada, Copán, veinte de noviembre del año 2018. ABOG. MARIA ELVIRA MORAN SECRETARIA 29 N. 2018.

Marcas de Fábrica

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Certificación

Certificación No. 23571-18 — Registro de Marca de Servicio QUICKBOOKS - Intuit Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 23571-18 2/ Fecha de presentación: 25-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Intuit Inc. 4.1/Domicilio: 2535 García Avenue, Mountain View, CA 94043, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: QUICKBOOKS 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; diseño suministro, instalación, mantenimiento, actualización o alquiler de software informático; provisión de uso temporal de software en línea no descargable; almacenamiento electrónico de datos; servicios de alojamiento (hosting) y software como servicio; software basado en la nube y plataformas de software basadas en la nube; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en contabilidad, teneduría de libros, procesamiento transacciones, gestión de transacciones, preparación y planificación de impuestos, presentación de declaraciones impuestos, gestión tributaria, gestión de procesos comerciales y planificación financiera; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en la gestión de la práctica tributaria profesional; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para la gestión de bases de datos, la agregación de datos, el informe de datos y la transmisión de datos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para copias de respaldo en línea de archivos electrónicos; herramientas y plantillas de desarrollo de software; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en la distribución, instalación y actualización de otras aplicaciones; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para la colaboración y el intercambio de datos con otros; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para sincronizar datos entre computadoras y dispositivos móviles; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para el intercambio electrónico de datos contables, financieros, de clientes, de contacto, de productos y comerciales ( software informático para la gestión de inventario, gestión de costes de proyectos, estimación, costeo de trabajos) rastreo del tiempo de los empleados, gestión de operaciones comerciales y gestión de proyectos; provisión de u temporal de software en línea no descargable para uso en transacciones de punto de venta, procesamiento de transacciones, impresión de recibos y gestión de operaciones minoristas; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para crear, personalizar y gestionar facturas, registrar pagos y emitir recibos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en la organización, servicio y rastreo de datos de ventas, cobranzas y cuentas por cobrar; provisión de uso temporal de software no descargable en línea para el seguimiento de ingresos, egresos, ventas y rentabilidad por ubicación comercial, departamento, tipo de negocio u otro cambio fijado por el usuario; proporcionar el uso temporal de software no descargable en línea para calcular y cobrar el Impuesto Sobre Ventas y crear informes para pagar el impuesto sobre ventas a las agencias tributarias apropiadas, provisión de uso temporal de software en línea no descargable para la facturación de tarjetas de crédito y el procesamiento de pagos con tarjeta de crédito; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para banca en línea; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para controlar el acceso a la información financiera a través de configuraciones de permisos electrónicos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para crear, personalizar, imprimir, exportar y enviar por correo electrónico órdenes de compra; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para rastrear el tiempo trabajado por 1os empleados y subcontratistas; provisión de uso temporal de software en línea no descargable QUICKBOOKS para crear administrar presupuestos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para crear estimaciones de cotización de precios y para transferir estimaciones de cotización de precios a las facturas; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para automatizar la creación de facturas; provisión de uso temporal de software no descargable en línea para crear, personalizar, imprimir, exportar y enviar por correo electrónico informes financieros, informes comerciales, hojas de balance, declaraciones de pérdidas y ganancias, estados de flujo de caja e informes de ventas sujetas a impuestos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para crear, imprimir y rastrear cheques y órdenes de compra; provisión de uso temporal de software informen línea no descargable para rastrear ventas, gastos y pagos; software informático para analizar el estado financiero de empresas e industrias; proporcionar el uso temporal de software en línea no descargable para administrar listas de clientes, enviar por correo electrónico e imprimir formularios de ventas y rastrear balances corrientes; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para importar contactos y datos financieros de otros servicios electrónicos y software; proporcionar el uso temporal de software en línea no descargable para transacciones de puntos de venta y gestión de ventas minoristas; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en la administración y gestión de nómina, planes de beneficios, planes de seguro, planes de jubilación, planes de seguro de desempleo y planes prepago de atención médica; proporcionar el uso temporal de software en línea no descargable para administrar información de atención médica, información de recetas médicas, historial médico, facturación médica, registros de pacientes y otros registros médicos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para la administración de seguros médicos, pagos, gastos y facturación médicos; proporcionar el uso temporal de software de gestión de relaciones con los clientes (CRM, por sus siglas en Inglés) en línea no descargable; proporcionar el uso temporal de software de planificación de recursos empresariales (ERP, por sus siglas en Inglés) no descargable en línea; provisión del uso temporal de software de gestión comercial para uso en bienes raíces y administración de propiedades, gestión de servicio automotriz y de reparaciones, construcción y gestión de edificios, gestión de consultorios de atención médica, gestión de firmas de abogados, gestión de organizaciones sin fines de lucro y del sector público, gestión de tiendas minoristas y restaurantes y gestión de servicios de viajes; almacenamiento electrónico de archivos y documentos; almacenamiento de medios electrónicos, a saber, imágenes, texto, audio, datos financieros y de contacto; servicios de almacenamiento para archivar bases de datos, imágenes y otros datos electrónicos; servicios de alojamiento (hosting) de datos; programas de software de alojamiento (hosting) para uso en la gestión, organización y uso compartido de datos en un servidor informático y para la colaboración basada en la web en una red informática mundial y en redes informáticas internas; servicios de soporte técnico; asesoría técnica en los ámbitos de hardware y software informático; servicios de instalación, ajuste y configuración de software informático; servicios de integración de software informático y de sistemas; conversión de datos de datos o información de programas informáticos; servicios de recuperación de datos; servicios de soporte técnico, a saber, resolución de problemas de software informático, de sitios web, de servicios en línea, de problemas de aplicaciones web y en línea, de problemas de aplicaciones móviles, de problemas de red y de problemas de datos y bases de datos; sincronización de datos entre computadoras y dispositivos móviles. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Certificación

Certificación No. 23574-18 — Registro de Marca de Fábrica INTUIT - Intuit Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 23574-18 2/ Fecha de presentación: 25-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Intuit Inc. 4.1/Domicilio: 2535 Garcia Avenue, Mountain View, CA 94043, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: INTUIT 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos e instrumentos para conducir, distribuir, transformar, acumular, regular o controlar la electricidad; aparatos para grabar, transmitir o reproducir sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVDs y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, computadoras; extintores; hardware de computadora; software informático; software de aplicación informática para dispositivos móviles; software para uso en contabilidad, teneduría de libros, procesamiento de transacciones, gestión de transacciones, preparación y planificación de impuestos, declaraciones de impuestos, gestión tributaria, gestión de procesos comerciales y planificación financiera; software informático para uso en la gestión profesional de la práctica tributaria; software informático para la gestión de bases de datos, la agregación de datos, el informe de datos y la transmisión de datos; software informático para copias de respaldo en línea de archivos electrónicos; herramientas y plantillas de desarrollo de software; software informático para uso en la distribución, instalación y actualización de otras aplicaciones; software informático para la colaboración y el intercambio de datos con otros; software informático para sincronizar datos entre computadoras y dispositivos móviles; software informático utilizado para el intercambio electrónico de datos contables, financieros, de clientes, de contacto, de productos y comerciales; software informático para la gestión de inventario, gestión de costes de proyectos, estimación, costeo de trabajo, rastreo del tiempo de los empleados, gestión de operaciones comerciales y gestión de proyectos; software y hardware informático para uso en transacciones de punto de venta, procesamiento de transacciones, impresión de recibos y gestión de operaciones minoristas; software informático para crear, personalizar y administrar facturas, registrar pagos y emitir recibos; software informático para uso en la organización, el mantenimiento y el seguimiento de datos de ventas, de cobranzas y de cuentas por cobrar; software informático para rastrear ingresos, gastos, ventas y rentabilidad por ubicación comercial, departamento, tipo de negocio u otro campo fijado por el usuario; software informático para calcular y cobrar el Impuesto Sobre Ventas y para crear informes para pagar el Impuesto Sobre Ventas a las agencias tributarias apropiadas; software informático para la facturación de tarjetas de crédito y el procesamiento de pagos con tarjeta de crédito; software informático para banca en línea; software informático para controlar el acceso a información financiera a través de configuraciones de permisos electrónicos; software informático para crear, personalizar, imprimir, exportar y enviar por correo electrónico órdenes de compra; software informático para rastrear el tiempo trabajado por empleados y subcontratistas; software informático para crear y administrar presupuestos; software informático para crear estimaciones de cotizaciones de precios y para transferir estimaciones de cotizaciones de precios a las facturas; software informático para automatizar la creación de facturas; software informático para crear, personalizar, imprimir, exportar y enviar por correo electrónico informes financieros, informes comerciales, hojas de balances, estados de pérdidas y ganancias, estados de flujo de caja e informes de ventas sujetas a impuestos; software informático para crear, imprimir y rastrear cheques y órdenes de compra; software informático para rastrear ventas, gastos y pagos; software informático para analizar el estado financiero de empresas e industrias; software informático para administrar listas de clientes, enviar por correo electrónico e imprimir formularios de ventas y rastrear balances corrientes; software informático para importar contactos y datos financieros de otros servicios electrónicos y software; software informático para transacciones de punto de venta y gestión de venta minorista; software informático para uso en la administración y gestión de nómina, planes de beneficios, planes de seguro, planes de jubilación, planes de seguro de desempleo y planes prepago de atención médica; software informático para administrar información de atención médica, información de recetas médicas, historial médico, facturación médica, registros de pacientes y otros registros médicos; software informático para administrar seguros médicos, pagos, gastos y facturación médicos; software de gestión de relaciones con los clientes (CRM, por sus siglas en Inglés); software de planificación de recursos empresariales (ERP, por sus siglas en Inglés); software de gestión comercial para uso en bienes raíces y administración de propiedades, gestión de servicio automotriz y de reparaciones, construcción y gestión de edificios, gestión de consultorios de atención médica, gestión de firmas de abogados, gestión de organizaciones sin fines de lucro y del sector público, gestión de tiendas minoristas y restaurantes, y gestión de servicios de viajes; periféricos de computadora; cajas de efectivo; impresoras para computadoras; impresoras y terminales de computadoras para puntos de venta; lectores y escáneres de tarjetas de crédito y débito; lectores y escáneres de código de barras; terminales de punto de venta de tarjeta de crédito y de procesamiento de transacciones. 8.1/ Página Adicional INTUIT

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 12/09/18. 12/Reservas: Abogado NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Certificación

Certificación No. 2018-27144 — Registro de Marca de Servicio DISEÑO ESPECIAL - Volkswagen Aktiengesellschaft

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-27144 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de venta minorista y mayorista relacionados con vehículos de motor y sus partes y accesorios, motores eléctricos y motores de combustión para vehículos terrestres, chasis de vehículos, carrocerías de vehículos y neumáticos para ruedas de vehículos; servicios de venta al por menor y al por mayor para empresas de venta por correo concern iend o a vehículos automóviles y sus partes y accesorios, motores eléctricos y motores de combustión para vehículos terrestres, chasis de vehículos, carrocerías de vehículos y neumáticos para ruedas de vehículos; servicios de venta minorista y mayorista vía el internet concern iend o a vehículos de motor y sus partes y accesorios, motores eléctricos y motores de combustión para vehículos terrestres, chasis de vehículos, carrocerías de vehículos y neumáticos para ruedas de vehículos; servicios de venta minorista y mayorista vía televenta concern iend o a vehículos de motor y sus partes y accesorios, motores eléctricos y motores de combustión para vehículos terrestres, chasis de vehículos, carrocerías de vehículos y neumáticos para ruedas de vehículos; la reunión, pero no transporte, de una variedad de vehículos de motor y sus partes y accesorios, motores eléctricos y motores de combustión para vehículos terrestres, chasis de vehículos, carrocerías de vehículos y neumáticos para ruedas de vehículos, consecuentemente, para el beneficio de otros, de ese modo permitiendo a los clientes ver y comprar los productos en un punto de venta minorista, negociación de contratos para beneficio de terceros sobre venta y compra de vehículos de motor y sus partes y accesorios, motores eléctricos y motores de combustión para vehículos terrestres, chasis de vehículos, carrocerías de vehículos y neumáticos para ruedas de vehículos; administración comercial y gestión organizacional de flotas de vehículos para terceros; información al consumidor y consultoría sobre actividades comerciales y comerciales (asesoramiento al consumidor); manejo administrativo de pedidos (trabajo de oficina); negociación de contratos para el beneficio de otros sobre la venta y compra de bienes; consultoría y asistencia en la organización y la gestión de empresas minoristas y comerciales; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; consultoría de gestión comercial, publicidad por radio y televisión, organización de ferias comerciales con fines comerciales o publicitarios, recopilación y organización de artículos de prensa relevantes; consultoría de gestión de personal; presentación de productos en medios de comunicación, con fines de ventas al por menor; relaciones públicas; servicios de subastas; promoción de ventas para terceros; reclutamiento de personal; servicios de reubicación para empresas; procesamiento administrativo de órdenes de compra; auditoría (revisión de cuentas); búsqueda de patrocinio. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13-09-18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 32966-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Jason Natural Products, Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 32966-18 2/ Fecha de presentación: 27-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Jason Natural Products, Inc. 4.1/Domicilio: 1111 Marcus Avenue, Lake Success, New York 11042, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: CALIFORNIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: JĀSÖN 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Enjuague bucal no medicado para después del cepillado dental y enjuague bucal no medicado para antes del cepillado dental; gel dentífrico; pasta dental; desodorantes personales, jabón para manos, gel de baño para el cuerpo, gel humectante de aloe vera; lociones para la piel, cremas para la piel, acondicionadores y humectantes para la piel y el cabello, limpiadores para el cabello, astringentes faciales para fines cosméticos, mascarillas faciales, protector solar facial, exfoliantes faciales, exfoliadores faciales, gel para el lavado facial; suero de belleza, a saber, suero para ojos, lociones faciales, cremas faciales, limpiadores faciales, sueros faciales no medicados que contienen antioxidantes, aceites cosméticos faciales, removedores de maquillaje (desmaquillantes), tónicos faciales no medicados, preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel en la naturaleza de rocíos faciales, rocíos faciales en spray para usar como humectante de la piel, aceites bronceadores, bloqueador solar; preparaciones cosméticas protectoras del sol, a saber, aceites de protección solar; filtros solares, lociones de protección solar, cremas de protección solar, lociones para después del sol, preparaciones autobronceadoras, lociones autobronceadoras, lociones bronceadoras de la piel, proteína e las tin a para uso como un acondicionador de la piel, proteína de colágeno para uso como un acondicionador de la piel, acondicionador para piel bebés, loción para piel bebés, champú para el cabello de bebés, cremas exfoliantes de la piel, manteca de cacao, aceite de vitamina e para uso como un acondicionador de la piel, aceite de coco para uso como un acondicionador de la piel, aceite de jojoba para uso como un humectante y un acondicionador de la piel, paquetes de proteína que contienen proteína para uso como un tratamiento para cabello dañado; aceites esenciales para uso personal. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. JĀSÖN

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Aviso

Aviso No. 31715-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - Carlos Fernando Somoza Vivas

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 31715-18 2/ Fecha de presentación: 19-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: CARLOS FERNANDO SOMOZA VIVAS. 4.1/Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: 1909 DON ANDRÉS BREWERY y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de bar; servicio is de bar-cervecería; servicios de taberna. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 29-08-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 32974-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Avalon Natural Products, Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 32974-18 2/ Fecha de presentación: 27-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Avalon Natural Products, Inc. 4.1/Domicilio: 1111 Marcus Avenue, Lake Success, New York 11042, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: CALIFORNIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ALBA BOTANICA y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Lociones faciales, cremas faciales, limpiadores faciales, sueros faciales no medicinales que contengan antioxidantes, aceites cosméticos faciales, tónicos faciales no medicados, preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel en la naturaleza de rocíos faciales, astringentes faciales para fines cosméticos, mascarillas faciales, protector solar facial, exfoliantes faciales, exfoliadores faciales, gel para el lavado facial; suero de belleza, a saber, suero para ojos; exfoliadores corporales, exfoliantes corporales, gel de baño para humanos, lociones corporales, cremas corporales, aceites corporales; cosméticos, a saber, gel corporal; preparación para el cuidado de la piel, a saber, pulidor (exfoliación) corporal; toallitas cosméticas faciales pre-humedecidas, tónicos para la piel, aceites para la piel para uso cosmético, limpiadores para la piel, aceites bronceadores, bloqueadores solares; preparaciones cosméticas de protección contra el sol, a saber, aceites de protección solar; protectores solares, lociones de protección solar, cremas de protección solar, aerosoles de protección solar, lociones para después de tomar el sol, preparaciones autobronceadoras, lociones autobronceadoras, lociones bronceadoras para la piel, jabones para manos, lociones para manos, cremas para ojos, geles para ojos, bálsamo labial; bálsamo labial no medicado con bloqueador solar; brillo labial, sales de baño, gel de baño, geles para la ducha, antitranspirantes y desodorantes para uso personal, cremas de afeitar, cremas de afeitar espumosas, champús, lavados para el cabello, acondicionadores para el cabello y la piel; tratamiento para el cuero cabelludo, a saber, preparaciones cosméticas para el cuero cabelludo; preparaciones para el estilizado del cabello, cremas para el estilizado del cabello, lociones para el estilizado del cabello, gel para el estilizado del cabello, lacas (sprays) para el cabello. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 06/09/2018. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-27143 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Volkswagen Aktiengesellschaft

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-27143 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Artículos y equipos deportivos, artículos de gimnasia; decoraciones festivas y árboles de navidad artificiales; aparatos de parque de atracciones y de juegos; juguetes, juegos, artículos para jugar y novedades; estuches para modelos a escala [juguetes]; animales de peluche y otros juguetes de peluche; máquinas recreativas automáticas (máquinas operadas con monedas), máquinas recreativas de videojuegos; máquinas de videojuegos; modelos a escala de vehículos; vehículos de juguete; monopatines (scooters) (juguetes para niños); modelos a escala de automóviles; automóviles de juguete; vehículos de juguete controlados por radio; bolas para juegos; caleidoscopios; juegos de mesa; naipes; pelotas para jugar; bicicletas de ejercicio; implementos de tiro con arco; aparatos para gimnasia; pista de carreras hechas de plástico; guantes para juegos; flotadores para la pesca; pantallas de camuflaje [artículos deportivos]; partes y accesorios de todos los productos antes mencionados, incluidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13-09-18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 18411-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Z RETAIL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18411-2018 2/ Fecha de presentación: 27-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Z RETAIL. 4.1/Domicilio: 6 bis, rue Gabriel La u main, 75010 PARIS, FRANCIA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Z GENERATION y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir; camisetas; jerseys de cuello tipo polo; camisetas sin mangas; camisas; blusas: sudaderas; chalecos; cardiganes; pulóveres; pantalones; overoles (monos) largos y cortos; pantalones cortos y de baño; faldas; vestidos; overoles (monos) (prendas de vestir); trajes de baño; chaquetas; ropa interior; calzoncillos, chalecos; calzones, leotardos (que no sean de uso deportivo); pantuflas; calcetines; mallas; lencería; pijamas; camisones; vestidos de noche, abrigos de baño (toallas envolventes); baberos, que no sean de papel; ropa para bebés; calzado (excepto calzado ortopédico); zapatos de lona y de cuero; zapatillas deportivas; botas; botines, sandalias; calzado con suela flexible y suelas para calzado para caminar; calzado de playa; correas; cinturones (prendas de vestir); artículos de sombrerería; orejeras [prendas de vestir]; bufandas, chales, cintos para vestir; gorras [sombrerería], boinas, guantes. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-27147 — Solicitud de registro de marca de servicio - Volkswagen Aktiengesellschaft

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-27147 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Servicios de telecomunicación; telecomunicación; recopilación y suministro de noticias [agencias de noticias], servicios de agencias de noticias, telecomunicaciones vía plataformas y portales en internet, provisión de acceso a la información en internet, intercambio electrónico de noticias a través de líneas de chat (chat lines), salas de chat y boletines electrónicos, servicios de correo electrónico, alquiler de equipos de telecomunicación, de radio y televisión; correo electrónico; información sobre telecomunicaciones; proveer acceso a una red informática mundial; proporcionar conexiones de telecomunicaciones a una red informática mundial; proveer acceso a programas informáticos en redes de datos; provisión de salas de chat en internet; videoconferencia; servicios de telefonía móvil inalámbrica; transmisión de mensajes e imágenes asistida por computadora; servicios de localización por radio, teléfono u otros sistemas de comunicaciones electrónicas; transmisión satelital; servicios telefónicos, servicios de intercambio telefónico; servicios de transmisión de mensajes; alquiler de equipos de telecomunicaciones; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales; provisión de acceso a bases de datos; servicios telemáticos; servicios de comunicación telemática; transmisión y transferencia de archivos de datos telemáticos; asesoramiento, consultoría e información para lo antes mencionado, incluido en esta clase. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 28881-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - CLAXSON MEDIA, LLC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 28881-18 2/ Fecha de presentación: 3-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: CLAXSON MEDIA, LLC. 4.1/Domicilio: 990 Biscayne Blvd, Suite 1003, Miami, FLORIDA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: CALIFORNIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: HOTGO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; programas de entretenimiento distribuidos por todo tipo de medios y plataformas de comunicación; contenido de entretenimiento, a saber, programas de televisión, clips, gráficos e información relativa a programas audiovisuales en el campo de la comedia, drama, acción, variedad, aventura, deportes,musicales, eventos de actualidad y noticias de entretenimiento, documentales, animación y entretenimiento, a través de televisión, plataformas móviles, internet, redes de comunicaciones electrónicas, redes de computadora; servicio de alquiler de películas; exhibición de películas; montaje, filmación , distribución y producción de películas y programas de radio y televisión. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 17-08-2018 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-029436 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Instalaciones Profesionales y Servicios, S.A. de C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-029436 [2] Fecha de presentación: 05/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INSTALACIONES PROFESIONALES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: CARRETERA QUERÉTARO SAN LUIS POTOSÍ NUM. EXT. 24000 NUM. INT. 6, SANTA CATARINA, QUERÉTARO, QUERÉTARO, MÉXICO, 76223, México. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COLOR MAKE [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Máquinas de imprimir, máquinas de planchar, máquinas de vapor, máquinas de grabado.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de octubre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. __________ Color Make

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Aviso

Aviso No. 38818-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica - AGROCETE Industria de Fertilizantes LTDA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 38818-2018 2/ Fecha de presentación: 06-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: AGROCETE INDUSTRIA DE FERTILIZANTES LTDA. 4.1/Domicilio: RUA ANNA SCREMIN N. 800, PONTA GROSS A PARA NA, BRASIL, CODIGO POSTAL 84043-465. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: GRAP Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Abonos y fertilizantes correctivos para suelos y adjuvantes. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 26-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 38817-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica - AGROCETE Industria de Fertilizantes LTDA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 38817-2018 2/ Fecha de presentación: 06-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: AGROCETE INDUSTRIA DE FERTILIZANTES LTDA. 4.1/Domicilio: RUA ANNA SCREMIN N. 800, PONTA GROSS A PARA NA, BRASIL, CODIGO POSTAL 84043-465. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Brasil

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: AGROCETE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Abonos y fertilizantes correctivos para suelos y adjuvantes. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 26-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 38150-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica - KvG Group Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 38150-2018 2/ Fecha de presentación: 31-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: KvG Group Inc. 4.1/Domicilio: 1 West si de Drive # 12 Toronto Ontario, Canada M9C1B2. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Canadá

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Footlogix 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Mousse (espuma) corporal con fines cosméticos- aerosoles para el cuerpo con fines cosméticos; lociones corporales para uso cosméticos; aerosoles para uñas; exfoliante de algas marinas para exfoliar las células muertas de la piel en los pies y las piernas; cremas cosméticas; desodorantes [artículos de tocador]; pomadas no medicinales; cuidado de la piel, productos cosméticos. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 27-09-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. __________ footlogix

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Aviso

Aviso No. 40578-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica - The Cartoon Network, Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40578-2018 2/ Fecha de presentación: 19-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: The Cartoon Network, Inc. (a Delaware corporation). 4.1/Domicilio: 1050 Techo wood Drive, NW, Atlanta, Georgia 30318 U.S.A. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: WE BARE BEARS 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Juguetes y artículos deportivos, incluyendo juegos y juguetes; figuras de acción y accesorios para los mismos; juguetes de peluche; globos, juguetes de bañera, juguetes para arrojar chorros de agua, juguetes inflables, burbujas de jabón; juguetes para montar, vehículos de juguete; muñecas, accesorios para muñecas, ropa para muñecas; juegos de cartas, naipes, juegos de mesa, rompecabezas; bloques de construcción; utensilios para hornear de juguetes y utencilios de cocina de juguete; bancos de juguete; cometas; discos de volar; patinetas, patines de hielo, patines de ruedas, patines de ruedas en línea; pelotas, bates de béisbol, guantes de bateo; flotadores de natación para uso recreativo, dispositivos de flotación tabla flota dora para uso recreativo, tablas de surf, tablas de natación para uso recreativo, aletas para nadar; mascarillas de papel, sombreros de papel para fiestas, piñatas; adornos para árboles de navidad; bolsas en forma de frijol para sentarse; controladores para consolas de videojuegos, unidades de juegos de mano eléctrónicos, máquinas de pinball; palancas de mano de computadoras y videojuegos, mesas de actividades infantiles. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 29/10/2018. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. WEBAREBEARS

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Aviso

Aviso No. 27159-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - CIRAIRE, Sociedad Anónima

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 27159-18 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: CIRAIRE, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/Domicilio: Tercera Avenida "A", Lomas de Pamplona zona 13, ciudad de GUATEMALA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Ciraire y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Equipos de aire acondicionado. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 33375-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - GRUPO BIMBO, S.A.B. de C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 33375-18 2/ Fecha de presentación: 31/07/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: GRUPO BIMBO, S.A.B. DE C.V. 4.1/Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, colonia Peña Blanca Santa Fe, 01210, México, D.F., MÉXICO. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: MADRE TIERRA 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Complementos alimenticios para personas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 31-08-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-029507 — Solicitud de registro de marca de fábrica - HYUNDAI MOTOR COMPANY

Registro de la Propiedad Industrial

MADRE TIERRA [1] Solicitud: 2018-029507 [2] Fecha de presentación: 06/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: HYUNDAI MOTOR COMPANY. [4.1] Domicilio: 12, HEOLLEUNG-RO, SE OCHO-GU, SEOUL, República de Corea. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 40-2018-0076752 [5.1] Fecha: 05/06/2018 [5.2] País de Origen: REPÚBLICA DE COREA [5.3] Código pais: KR

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PALISADE [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: PALISADE Automóviles, autos deportivos; camionetas [vehículos]; camiones; autobuses; casas rodantes (RV, por sus siglas en inglés); automóviles tipo vehículos utilitarios deportivos (SUV, por sus siglas en inglés); partes y accesorios para automóviles.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 18203-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - COMERCIAL QUÍMICAS MASSO, S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18203-18 2/ Fecha de presentación: 26-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: COMERCIAL QUÍMICAS MASSO, S.A. 4.1/Domicilio: C/ Viladomat 321, 5a planta, 08029, Barcelona, ESPAÑA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: MASSOCIDE Logo 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas, insecticidas; productos y preparaciones para el control de plagas; acaricidas; venenos bacterianos; desinfectantes para wc químicos; desodorantes que no sean de uso personal; productos para fumigación para uso médico; parasiticidas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 18/9/18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 24264-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - BIAL - Portela & Ca., S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24264-18 2/ Fecha de presentación: 31-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: BIAL - Por tela & Ca., S.A. 4.1/Domicilio: À Avenida da Siderurgia Nacional, 4745-457 CORONA DOS (S. RAMAO E S. MAMEDE), PORTUGAL. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: PORTUGAL

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ONGENTYS 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso central y periférico; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornos del movimiento; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la enfermedad de Parkinson y trastornos parkinsonianos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del síndrome de piernas inquietas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 04-07-18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. ONGENTYS

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Aviso

Aviso No. 15135-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Yara International ASA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 15135-18 2/ Fecha de presentación: 6-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Yara International ASA. 4.1/Domicilio: Drammensveien 131, 0277 Oslo, NORUEGA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: NORUEGA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Tankmix IT 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Productos químicos utilizados en la industria, la agricultura, la horticultura y la silvicultura; fertilizantes; productos para el recubrimiento de fertilizantes; productos químicos para el recubrimiento de fertilizantes. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 11-07-18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. __________ Tankmix IT

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Aviso

Aviso No. 20326-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - KOCH AGRONOMIC SERVICES, LLC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 20326-18 2/ Fecha de presentación: 10-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: KOCH AGRONOMIC SERVICES, LLC. 4.1/Domicilio: 4111 East 37 th Street North, Wichita, Kansas 67220, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DUROMIDE 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Fertilizantes y aditivos para fertilizantes. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 11-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-026559 — Solicitud de registro de señal de propaganda - NETEL INTERNACIONAL, S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

DUROMIDE [1] Solicitud: 2018-026559 [2] Fecha de presentación: 15/06/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: NETEL INTERNACIONAL, S.A. [4.1] Domicilio: Tte. Fariña 768 e / Tacuary y Ante que ra, Asunción, Paraguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PARAGUAY

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PAGÁ A TU MANERA, PAGO EXPRESS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de gestión de negocios comerciales, administración comercial y administración financiera relativos al procesamiento de operaciones de pago por medios electrónicos, servicios de compilación y sistematización de datos en un ordenador central relativo al procedimiento de operaciones de pago por medios electrónicos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de julio del año 2018. [12] Reservas: Esta señal de propaganda se protegerá en su conjunto sin dar exclusiviad de forma separada de los términos que la conforman y será utilizada con la solicitud número 2018-26274 denominada NETEL en clase 35. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 26274-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - NETEL INTERNACIONAL, S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud:26274-18 2/ Fecha de presentación: 14-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: NETEL INTERNACIONAL, S.A. 4.1/Domicilio: Tte. Fariña 768 e/, Tacuary y Ante que ra, Asunción, PARAGUAY. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: PARAGUAY

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: NETEL 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de gestión de negocios comerciales, admistración comercial y administración financiera relativos al procesamiento de operaciones de pago por medios electrónicos, servicios de compilación y sistematización de datos en un ordenador central relativo al procesamiento de operaciones de pago por medios electrónicos. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 25-07-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 15612-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Yara International ASA

Registro de la Propiedad Industrial

NETEL 1/ Solicitud: 15612-18 2/ Fecha de presentación: 10-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Yara International ASA. 4.1/Domicilio: Drammensveien 131, 0277 Oslo, Noruega. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: NORUEGA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Yara POLY-P 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Productos químicos para su uso en la agricultura, la horticultura y la silvicultura; fertilizantes y abonos; compost (abono orgánico); preparaciones para la regulación del crecimiento de las plantas; preparaciones para el tratamiento de semillas y granos, preparaciones para el tratamiento del suelo; químicos para el recubrimiento de fertilizantes y de semillas y granos; cal granulada; aditivos químicos; nitratos. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 11-07-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. Yara POLY-P

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Aviso

Aviso No. 31072-18 — Solicitud de registro de expresión o señal de propaganda - TU APOYO INCONDICIONAL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 31072-18 2/ Fecha de presentación: 16-08-18 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: FINSOL, S.A. 4.1/Domicilio: Edificio Finsol, S.A., 1 y 2 calle, 5 Ave. San Pedro Sula, HONDURAS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: TU APOYO INCONDICIONAL 6.2/ Reivindicaciones: Para utilizarse con la marca DESCANSO FINSOL, en clase 36 que está siendo presentada simultáneamente. 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Gastos fúnebres pre pagados. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 30-08-2018. 12/Reservas: Señal de propaganda será usada con la marca "Descanso Finsol" Solicitud 2018-31071. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. __________ TU APOYO INCONDICIONAL

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Aviso No. 20327-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - KOCH AGRONOMIC SERVICES, LLC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 20327-18 2/ Fecha de presentación: 10-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: KOCH AGRONOMIC SERVICES, LLC. 4.1/Domicilio: 4111 East 37th Street North, Wichita, Kansas 67220, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DUROMIDE 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Pesticidas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 11-06-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2017-033350 — Solicitud de registro de marca de servicio - LATIN LOGISTICS, LLC

Registro de la Propiedad Industrial

DUROMIDE [1] Solicitud: 2017-033350 [2] Fecha de presentación: 02/08/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LATIN LOGISTICS, LLC. [4.1] Domicilio: 8206 NW 14th Street, Miami, Florida, 33126, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FLORIDA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FLYBOX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Servicios de mensajería especializada, correo, casilleros virtuales, a saber, recepción y almacenamiento de mercancías de compras que hace un cliente a traves de casilleros virtuales por internet, despacho de envíos de mercancías a través de casilleros virtuales, transporte y entrega de mercancías a su destinatario final informado por el cliente a través de casilleros virtuales.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 32977-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - JĀSÖN

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 32977-18 2/ Fecha de presentación: 27-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Jason Natural Products, Inc. 4.1/Domicilio: 1111 Marcus Avenue, Lake Success, New York 11042, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: CALIFORNIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: JĀSÖN 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Aerosoles de primeros auxilios, spray anti insectos, preparaciones de la piel para el tratamiento y alivio de la picazón, sarpullidos, quemaduras, abra siones, punciones en la piel, otras irritaciones de la piel, caspa, dermatitis seborreica. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. JĀSÖN

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Aviso No. 28884-18 — Solicitud de registro de nombre comercial - GALERIA PROCERES

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 28884-18 2/ Fecha de presentación: 03-07-18 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. 4.1/Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: GALERIA PROCERES 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 0 8/ Protege y distingue: Establecimiento dedicado a la compra y venta de bienes raíces, inversiones bursátiles, operación de negocios de comidas rápidas y similares, importación y exportación de mercadería en general, distribución de productos a nivel regional y nacional. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 20-08-18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. GALERIA PROCERES

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Aviso No. 2017-51786 — Solicitud de registro de marca de servicio - VOLKERT GLOBAL y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-51786 2/ Fecha de presentación: 14-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Volkert Global, Inc. 4.1/Domicilio: 3809 Moffett Road, Mobile, Alabama 36618, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ALABAMA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: VOLKERT GLOBAL y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de adquisiciones y concentración parcela ria de tierras; servicios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 23-4-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 24435-17 — Solicitud de registro de marca de fábrica - UPAX Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24435-17 2/ Fecha de presentación:02/06/17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Elektra Trading & Consulting Group, S.A. de C.V. 4.1/Domicilio: Insurgentes Sur No. 3579, Torre 1, piso 8, Col. Tlalpan en la Joya C.P. 14000, Delegación, Distrito Federal, MÉXICO. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: UPAX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reclama exclusividad de los términos "RESEARCH, KNOWLEDGE, MARKETING, EXPERIENCE, FIELD", que se muestra en la etiqueta adjunta. La marca es un término de fantasía que no tiene traducción. 7/Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 16-04-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-017870 — Solicitud de registro de marca de servicio - EXPOMECÁNICA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-017870 [2] Fecha de presentación: 25/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MONTACARGAS, S.A. DE C.V. (MONTASA). [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXP O MECÁNICA Y DISEÑO __________ Promover expos de mecánica, venta de espacio publicitario, venta y promoción de maquinaria, equipos, repuestos, componentes, insumos y todo lo relacionado con la mecánica en general; compra y venta de artículos comerciales; contratación de artistas; promoción de conciertos y eventos públicos de promoción; representación de casas nacionales o extranjeras ya sea de productos o materia prima para la industria y comercio.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No se reclama exclusividad del término 2018 que aparece en el ejemplar. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-27136 — Solicitud de registro de marca de fábrica - DISEÑO ESPECIAL (Volkswagen)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-27136 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Artículos de sombrerería; prendas de vestir, calzado, camisas tipo polo, monos (enteros), camisas, abrigos, chaquetas, pañoletas para el cuello, pantalones, pantalones de vestir, camisetas; la y e tte (canastilla, ajuar de bebé) [prendas de vestir]; trajes de baño; impermeables; trajes para teatro, zapatos, zapatos de fútbol, sombreros, gorras, medias, guantes [prendas de vestir] , bufandas, chales, corbatas, fajas (ceñidores), gorros de ducha; partes y accesorios de todos los productos antes mencionados, comprendidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 12-09-18. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 34059-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - NATUNUTS Y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 34059-18 2/ Fecha de presentación: 3-Agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: PEPSICO, INC. 4.1/Domicilio: 700 Anderson Hill Road, Purchase, New Yoek 10577, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE CAROLINA DEL NORTE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: NATUNUTS Y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Bocadillos que consisten principalmente de frutas, vegetales, queso, carne, nueces, nueces preparadas, semillas, comestibles o combinaciones de los mismos, incluyendo frituras de papas, tajadas crujientes de papas, frituras de frutas, bocadillos a base de frutas, pastas untables a base de frutas, frituras de vegetales, bocadillos a base de vegetales, pastas untables a base de vegetales, frituras de malanga, bocadillos de cerdo, bocadillos de res, bocadillos a base de soya; salsas para mojar (dips) y salsas para bocadillos. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: JULIA R. MEJÍA.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 14-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue:

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Aviso No. 30850-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - BEERCOVERY

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 30850-18 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Cervecería Hondureña, S.A. de C.V. 4.1/Domicilio: Barrio Guadalupe, Blvd. del Norte, carretera salida a Puerto Cortés, San Pedro Sula, HONDURAS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: BEERCOVERY 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: STEPHANIE CRUZ ANDERSON.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 10/09/2018. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. BEERCOVERY

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Aviso No. 52536-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica - ARGYLE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 52536-2017 2/ Fecha de presentación: 19-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: UPL CORPORATION LIMITED. 4.1/Domicilio: 5 TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Isla de Mauricio. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Isla de Mauricio

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ARGYLE 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Pesticidas, insecticidas, fungicidas, herbicidas, vermicidas, rodenticidas, preparados para matar las malas hierbas y destruir bichos. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión:09-04-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. ARGYLE

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Aviso No. 2018-031717 — Solicitud de registro de marca de fábrica - ID LOVE Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-031717 [2] Fecha de presentación: 19/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: RAMBOSS CORPORATION, S.A. [4.1] Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ID LOVE Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 14 [8] Protege y distingue: Cadenas, broches, relojes, collares, artículos de joyería y de bisutería.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar protección sobre las palabras "AVAILABLE y TAKEN" que aparecen en los ejemplares de etiquetas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 31459-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - HOTECHE y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 31459-18 2/ Fecha de presentación: 18-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Ningbo Genin Industrial Co. Ltd. 4.1/Domicilio: Room 536, Bld. 5, No. 22 Henghe Road, Beilun District, Ningbo, Zhejiang Province, P.R. CHINA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: P.R. CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: HOTECHE y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Cabezales de perforación [partes de máquinas]; máquinas taladradoras; sierras [máquinas]; máquinas y aparatos para pulir [eléctricos]; máquinas cortadoras; sierras de cadena; herramientas de mano, que no sean operadas manualmente; martillos eléctricos; generadores de electricidad; máquinas soldadoras eléctricas; cortadoras de césped [máquinas]; má- quinas rociadores; arandelas de alta presión; bombas [máquinas]; máquinas de aire comprimido. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 31456-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - DSP y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 31456-18 2/ Fecha de presentación: 18-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Yiwu Yige Import and Export, Co. Ltd. 4.1/Domicilio: Room 510, Floor 5, No. 509, Gongren North Road, Futian Street, Yiwu, Zhejiang, P.R. CHINA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: P.R. CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DSP y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Máquinas cortadoras de pan; picadoras de carne [máquinas]; batidores, eléctricos, para uso doméstico; procesadores de alimentos, eléctricos; prensas de frutas, eléctricas, para uso doméstico; máquinas de cocina, eléctricas; máquinas para la preparación de bebidas, electromecánicas; batidoras, eléctricas; extractores de jugo, eléctricos; molinillos de café, que no sean manuales; máquinas mezcladoras. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 15611-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - NITROMAG

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 15611-18 2/ Fecha de presentación: 10-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Yara International ASA. 4.1/Domicilio: Drammensveien 131, 0277 Oslo, Noruega. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: NORUEGA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: NITROMAG 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Productos químicos para la agricultura, horticultura y silvicultura; fertilizantes. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 11-07-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 35046-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - SAXENDA

Registro de la Propiedad Industrial

NITROMAG 1/ Solicitud: 35046-18 2/ Fecha de presentación: 10-agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: NOVO NORDISK A/S. 4.1/Domicilio: Novo Allé, 2880 Bagsvaerd, DINAMARCA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: DINAMARCA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: SAXENDA 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para la reducción de peso y el mante miento de pérdida de peso a largo plazo. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 18-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 20325-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - ANVOL

Registro de la Propiedad Industrial

SAXENDA 1/ Solicitud: 20325-18 2/ Fecha de presentación: 10-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: KOCH AGRONOMIC SERVICES, LLC. 4.1/Domicilio: 4111 East 37th Street North, Wichita, Kansas 67220, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ANVOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 ANVOL 8/ Protege y distingue: Pesticidas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 12/09/18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 30847-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - BARCELO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 30847-18 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: RONES FINOS DEL CARIBE, S.A. (ROFICA). 4.1/Domicilio: Avenida Samuel Lewis y calle 53, edificio Omega Mezzanine, Apartado Postal No. 4493, Panamá 5, República de PANAMÁ. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: BARCEL O 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cervezas). 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 29-08-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 34768-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - NEWBLACK

Registro de la Propiedad Industrial

BARCEL O 1/ Solicitud: 34768-18 2/ Fecha de presentación: 9 agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: RIVERDOR CORP, S.A. 4.1/Domicilio: Av. 18 de Julio 878, oficina 1204, Montevideo, URUGUAY 4.2/Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: NEW BLACK 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos veterinarios; productos para la destrucción de las malas hierbas y los animales dañinos; fungicidas, viricidas, herbicidas e insecticidas de uso en agricultura. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 18-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. NEW BLACK

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Aviso

Aviso No. 2018-041695 — Solicitud de registro de marca de fábrica - TRIPRES

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-041695 [2] Fecha de presentación: 26/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS SUED, S. R. L. [4.1] Domicilio: REPÚBLICA DOMINICANA, Rep. Dominicana. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REP. DOMINICANA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TRIPRES [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Antihipertensivos, antianginosos y diuréticos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ MONGE. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de octubre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-041696 — Solicitud de registro de marca de fábrica - OLMESAR

Registro de la Propiedad Industrial

TRIPRES [1] Solicitud: 2018-041696 [2] Fecha de presentación: 26/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS SUED, S. R. L. [4.1] Domicilio: REPÚBLICA DOMINICANA, Rep. Dominicana. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REP. DOMINICANA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OLMESAR [7] Clase Internacional: 5 OLMESAR [8] Protege y distingue: Antihipertensivos, diuréticos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ MONGE. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de octubre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-041694 — Solicitud de registro de marca de fábrica - TERIAL

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-041694 [2] Fecha de presentación: 26/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS SUED, S. R. L. [4.1] Domicilio: REPÚBLICA DOMINICANA, Rep. Dominicana. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REP. DOMINICANA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TERIAL [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Beta bloqueadores, antihipertensivos, diuréticos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ MONGE. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de octubre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019. TERIAL

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Aviso

Aviso No. 2018-045401 — Solicitud de registro de señal de propaganda - BLACK CYBER Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-045401 [2] Fecha de presentación: 26/10/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DISTRIBUCIONES UNIVERSALES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO SAN FERNANDO, 1ERA. CALLE ENTRE 11-12 AVENIDA NE AUTOPISTA HACIA EL AEROPUERTO INTERNACIONAL RAMÓN VILLEDA MORALES, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BLACK CYBER Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Alberto Alvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: se protege la denominación “BLACK CYBER y su DISEÑO”, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen, esta señal de propaganda va ligada con la Marca de Servicios “Diunsa y Logo”, la cual se encuentra registrada con el No. 16974. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 44632-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - ART POINT y diseño (Clase 09)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 44632-18 2/ Fecha de presentación: 22-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Distribuciones Universales, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Barrio San Fernando, 1era calle entre 11-12 avenida NE Autopista hacia el Aeropuerto Internacional Ramón Villeda Morales. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ART POINT y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticas, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Juan José Alcerro Milla

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto Álvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-11-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 44630-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - ART POINT y diseño (Clase 18)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 44630-18 2/ Fecha de presentación: 22-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Distribuciones Universales, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Barrio San Fernando, 1era calle entre 11-12 avenida NE Autopista hacia el Aeropuerto Internacional Ramón Villeda Morales. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ART POINT y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Cuero e imitaciones de cuero, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones; fustas y guarnicionería. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Juan José Alcerro Milla

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto Álvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-11-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 41686-18 — Solicitud de registro de señal de propaganda - ¡NI TE TOCAN, NI TE PICAN!

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41686-18 2/ Fecha de presentación: 26-09-18 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: McBride (Caribbean) Ltd. 4.1/ Domicilio: Lowlands, Christ Church, Barbados 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Barbados

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ¡NI TE TOCAN, NI TE PICAN! 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Juan Diego Lacayo González

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto Álvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-10-2018. 12/ Reservas: Esta señal de propaganda va ligada con la Marca “GO! Proct yourself Registro 125563. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 41687-18 — Solicitud de registro de SEÑAL DE PROPAGANDA - ¡NI TE TOCAN, NI TE PICAN!

Registrador de la Propiedad Industrial

¡NI TE TOCAN, NI TE PICAN! 1/ Solicitud: 41687-18 2/ Fecha de presentación: 26-09-18 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Hanschell Innis Holdings (Curacao) N.V. 4.1/ Domicilio: Ruyterkade 62, Curacao, Antillas Holandesas 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Antillas Neerlandesas

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ¡ADIOS INSECTOS! 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Juan Diego Lacayo González

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto Álvarez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-10-2018. 12/ Reservas: Esta señal de propaganda va ligada con la Marca “BOP”, BAJO EL NÚMERO DE REGISTRO 55987. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019. ¡ADIOS INSECTOS!

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Aviso No. 2018-040042 — Solicitud de registro de marca de fábrica - XINANT500

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-040042 [2] Fecha de presentación: 17/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA PHARMA INTERNACIONAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COLONIA LOS ANGELES, EDIFICIO PHARMA INTERNACIONAL, COMAYAGUELA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: XINANT500 [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto medicinal para uso humano.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sue Ana Aparicio Godoy USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de octubre del año 2018. 12] Reservas: No se da exclusividad de uso del termino “500” por ser una nomenclatura técnica relativa al medicamento. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-040041 — Solicitud de registro de marca de fábrica - VASTOR40

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-040041 [2] Fecha de presentación: 17/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA PHARMA INTERNACIONAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COLONIA LOS ANGELES, EDIFICIO PHARMA INTERNACIONAL, COMAYAGUELA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VASTOR40 [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto medicinal para uso humano.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sue Ana Aparicio Godoy USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de octubre del año 2018. 12] Reservas: No se da exclusividad de uso del termino “40” por ser una nomenclatura técnica relativa al medicamento. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-040040 — Solicitud de registro de marca de fábrica - CARDITOR40

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-040040 [2] Fecha de presentación: 17/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA PHARMA INTERNACIONAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COLONIA LOS ANGELES, EDIFICIO PHARMA INTERNACIONAL, COMAYAGUELA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CARDITOR40 [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto medicinal para uso humano.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sue Ana Aparicio Godoy USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de octubre del año 2018. 12] Reservas: No se da exclusividad de uso del termino “40” por ser una nomenclatura técnica relativa al medicamento. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-040039 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - VASCOLESTINA

Registrador de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-040039 [2] Fecha de presentación: 17/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA PHARMA INTERNACIONAL, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COLONIA LOS ANGELES, EDIFICIO PHARMA INTERNACIONAL, COMAYAGUELA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VASCOLESTINA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto medicinal para uso humano.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sue Ana Aparicio Godoy USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de octubre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-039280 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - CAFE LA SIERRA Y DISEÑO

Registrador de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-039280 [2] Fecha de presentación: 11/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CAFÉ LA SIERRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA [4.1] Domicilio: FIALLO SOTO, SEGUNDO NIVEL, CUBÍCULO 212, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CAFE LA SIERRA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lourdes Elizabeth Rubio Medina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de octubre del año 2018. 12] Reservas: No se protege la leyenda: Un café de Altura. Se protege solamente el producto indicado “Café”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-030809 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - ARGINOX

Registrador de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-030809 [2] Fecha de presentación: 12/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIO FARSIMAN, S.A. [4.1] Domicilio: 900 METROS DELANTE DEL PEAJE, BULEVARD DEL NORTE, CONTIGUO A AMENCO, CHOLOMA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ARGINOX [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Vitaminas; energizantes.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Rocío Sarahí Mejía Sabillón USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. y 2 E. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-23350 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - BALLENA AZUL Y DISEÑO

Registrador de la Propiedad Industrial

ARGINOX 1/ Solicitud: 2018-23350 2/ Fecha de presentación: 24-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS SANTA FE, SOCIEDAD ANONIMA 4.1/ Domicilio: 15AVENIDA2-28, COLONIA VALLE DEL SOL, ZONA4 DE MIXCO, GUATEMALA, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BALLENA AZUL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Dora Elizabeth López de Matute

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-07-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. y 2 E. 2018.

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Aviso No. 2018-038322 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - ANTARES Y ETIQUETA

Registrador de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-038322 [2] Fecha de presentación: 03/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CARTOGRAFIA GLOBAL [4.1] Domicilio: MUNICIPIO DE MARCALA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ANTARES Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Miel.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Luis Orlando Ramos Carranza USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No se reivindica Apiario y Meliponario. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 29 N., 14 D. 2018 y 2 E. 2019. ____

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Aviso No. 2018-27149 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - Volkswagen DISEÑO ESPECIAL (Clase 9)

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-27149 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Contenido grabado; equipo de tecnología de la información y de audiovisual; imanes, magnetizadores y desmagnetizadores (desimantador); aparatos, instrumentos y cables para electricidad; dispositivos, potenciadores y correctores ópticos; dispositivos de seguridad (prevención de accidentes), de seguridad (prevención de actividades maliciosas), de protección y de señalización; equipo de buceo; dispositivos de navegación, de guía, de rastreo, de focalización y de elaboración de mapas; instrumentos, indicadores y controladores de medición, de detección y de monitoreo; aparatos de investigación científica y de laboratorio, aparatos y simuladores educativos; aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, eléctricos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento, comprendidos en la clase 09; lentes de contacto, gafas, estuches para gafas, binoculares, lupas; gafas de sol; triángulos de advertencia de avería del vehículo; lámparas de advertencia de avería de vehículos que no sean partes de vehículos; baterías eléctricas y sus partes, acumuladores eléctricos y sus partes, celdas de combustible y sus partes, baterías solares; baterías eléctricas para vehículos; acumuladores eléctricos para vehículos; cargadores para baterías eléctricas; alarmas antirrobo, alarmas contra incendio, alarmas de humo, alarmas de gas; aparato de advertencia antirrobo; aparatos de extinción de incendios; básculas; niveles; brújulas [instrumentos de medición]; indicadores de cantidad; reglas (instrumentos de medición), densímetros ácidos (areómetros); mecanismos electrónicos de control y unidades de alimentación (potencia) y de suministro de voltaje para faros de vehículos y sus partes, mecanismos de control y unidades de alimentación (potencia) y de suministro de voltaje para faros de vehículos y sus partes, diodos emisores de luz [LED, por sus siglas en inglés], controladores electrónicos de potencia; aparatos e instrumentos de control eléctrico y electrónico; simuladores para la dirección y el control de vehículos; reguladores de voltaje para vehículos; indicadores de velocidad; contadores de revoluciones; aparatos e instrumentos de medición; aparatos y equipos de salvamento, a saber, balsas salvavidas, salidas de emergencia (de incendios), redes de seguridad, lonas de seguridad, cinturones salvavidas, boyas salvavidas, chalecos salvavidas; fusibles, relés eléctricos; láseres que no sean para uso médico, punteros láser; aparato de control remoto; antenas aéreas; aparatos de navegación para vehículos [computadoras de a bordo]; teléfonos móviles; aparato telefónico; aparato de televisión; videoteléfonos; radios; brújulas, sistemas de navegación, instrumentos de navegación; aparato telemático; aparato terminal telemática; aparatos e instrumentos para conducir, distribuir, transformar, acumular, regular y controlar la electricidad; aparatos para la grabación, transmisión y/o reproducción de sonido e imágenes, soportes de datos magnéticos, electrónicos y ópticos, discos fonográficos, discos compactos [audio-vídeo], DVDs y otros aparatos de grabación digital, portadoras de sonido, rocolas (gram o las) operadas con monedas, discos compactos (CD-ROMs), archivos de música descargables, audífonos, altavoces y gabinetes para altavoces, letreros iluminados, reproductores de discos compactos, reproductores de DVD, aparatos de foto telegrafía; aparatos de proyección, cámaras [fotografia]; películas expuestas; cámaras cinematográficas, fotocopiadoras, aparatos de traducción electrónica (informático), traductores de bolsillo, electrónicos; tarjetas magnéticas codificadas, tarjetas de circuitos integrados (tarjetas inteligentes), tarjetas telefónicas codificadas; mecanismos para aparatos operados con monedas; máquinas de banca automáticas; cajas registradoras, calculadoras; aparatos de procesamiento de datos, computadoras, calendarios y organizadores electrónicos, aparatos facsímiles, monitores (hardware y programas informáticos), dispositivos periféricos informáticos, programas informáticos para uso en la conducción autónoma de vehículos, programas informáticos para uso en la navegación autónoma de vehículos, programas informáticos para uso en el control autónomo de vehículos; programas informáticos grabados y descargables, especialmente datos recopilados grabados en portadores de datos, software informático, software de aplicación; calculadoras de bolsillo; publicaciones electrónicas descargables; archivos de imagen descargables; maniquíes para pruebas de colisión; microscopios; cables eléctricos; tomas, enchufes y otros contactos [conexiones eléctricas]; aparatos de encendido, eléctricos, para encender a distancia; aparatos radiológicos para fines industriales; cascos protectores; cerraduras eléctricas; controladores electrónicos y sistemas de control electrónico; partes y accesorios de todos los productos antes mencionados, incluidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-27151 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - Volkswagen DISEÑO ESPECIAL (Clase 11)

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-27151 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación, distribución de agua y como instalaciones sanitarias; combustibles e instalaciones para transportar gases de escape; aparatos de bronceado; instalaciones sanitarias, equipo de suministro de agua y saneamiento; quemadores, calderas; reflectores de iluminación; equipos para cocinar, calentar, enfriar y tratamientos de alimentos y bebidas; chimeneas; filtros para uso industrial y doméstico; instalaciones de tratamiento industrial, a saber, limpiadores y purificadores de gas, hornos y calefactores industriales (que no sean para alimentos o bebidas), equipos de procesamiento químico, instalaciones industriales para filtrar líquidos, instalaciones para la recolección de gases, instalaciones para la recolección de líquidos, artes as revestidas para atrapar impurezas en metal fundido, reactores biológicos para aclarar efluentes industriales, aparatos para des hidratar residuos de alimentos; instalaciones de secado; equipos de refrigeración y de congelación; accesorios de regulación y de seguridad para instalaciones de agua y gas; instalaciones nucleares; equipos de calefacción, de ventilación y de aire acondicionado y de purificación (ambiente), aparatos e instalaciones de iluminación; lámparas; aparatos de iluminación de diodos emisores de luz [LED, por sus siglas en Inglés]; instalaciones de iluminación para vehículos aéreos; aparatos de iluminación para vehículos; bombillos de iluminación para señales direccionales para vehículos; aparatos de iluminación de diodos emisores de luz [LED, por sus siglas en Inglés] para vehículos; dispositivos antirreflejos para vehículos [accesorios de lámparas]; dispositivos antideslumbrantes para automóviles [accesorios para lámparas]; antorchas para iluminación; lámparas de arco; máquinas eléctricas de café; ventiladores eléctricos para uso personal; tubos de descarga eléctrica para iluminación; luces de bicicleta; luces de vehículo y sus partes; reflectores de vehículos y sus partes; faros de vehículos y sus partes; tomas para luces eléctricas; encendedores de fricción para encender el gas; encendedores; bombillos; bombillos eléctricos; quemadores incandescentes; filamentos para lámparas eléctricas; lámparas de mineros; aparatos de calentamiento para combustibles sólidos, líquidos o gaseosos; aparatos eléctricos de calefacción; instalaciones de calefacción; calentadores para vehículos; instalaciones de aire acondicionado; aparatos de aire acondicionado; instalaciones y máquinas de enfriamiento; refrigeradores; aires acondicionados para vehículos; lámparas eléctricas; generadores de ac etileno; lámparas de gas; vidrios de lámparas; revestimientos de lámparas; globos de lámparas; chimeneas de lámparas; pantallas de lámparas; porta- pantallas de lámparas; tubos luminosos para iluminación; tubos de descarga, eléctricos, para alumbrado; difusores de luz; recalentadores de aire; filtros para aire acondicionado; instalaciones de filtrado de aire; filtros [partes de instalaciones domésticas o industriales]; aparatos desodorizantes, que no sean para uso personal; eliminadores de escarcha (desempañadores) para vehículos; instalaciones de ventilación [aire acondicionado] para vehículos; aparatos de calefacción para descongelar ventanas de vehículos; aparato de enfriamiento de aire; aparatos y máquinas de purificación del aire; lámparas germicidas para purificar el aire; baños termales (spa) [recipientes]; esterilizadores de aire; secadores de aire [secadores]; instalaciones y aparatos de ventilación [aire acondicionado]; reflectores de lámparas; lámparas de seguridad; recolectores solares [calefacción]; antorchas de bolsillo, eléctricas; lámparas de rayos ultravioleta, que no sean para uso médico; instalaciones de conductos de agua; válvulas controladores de nivel en tanques; radiadores, eléctricos; instalaciones de polimerización; partes y accesorios de todos los productos antes mencionados, incluidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 52534-17 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - INSIGHT

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 52534-17 2/ Fecha de presentación: 19-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ICON S.R.L. 4.1/ Domicilio: Vía G. Di Vittorio 11,40057 CADRIANO DI GRAN A ROL O EMILIA (BO), ITALIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ITALIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INSIGHT 6.2/ Reivindicaciones: La marca consiste de las letras “IN” escritas en letras mayúsculas en una fuente negrita y con un grosor considerable comparado con las demás letras dentro de la denominación. Le siguen las letras “SIGHT”, las cuales están escritas en letras mayúsculas y en una fuente delgada. Se reivindica la forma de escritura de la marca tal como aparece en el ejemplar. 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Preparación para el cabello; preparaciones para el cuidado del cabello; baños de aceite para el cuidado del cabello; acondicionador de cabello; cera para el cabello; tintes para el cabello; cosméticos para el cabello; cremas para el cabello; blanqueadores para usar en el cabello; preparaciones blanqueadoras para el cabello; emolientes capilares; geles para usar en el cabello; humectantes para el cabello; laca para el cabello; kit de ondas permanentes para el cabello; lociones para el cabello; brillos para el cabello; máscara para el cabello; aceites y pomadas para el cabello; preparaciones de tratamiento para el cabello; preparaciones para el estilizado, el color e ad o y el ondulado el cabello; preparaciones para el cuidado y el estilizado del cabello; acondicionadores para el cabello; cosméticos para el cuidado del cabello; neutralizador es para el cabello; preparaciones para colorear el cabello; preparaciones para decolorar y eliminar el tinte del cabello; preparaciones limpiadoras del cabello; brillo para el cabello; relajantes y preparaciones de aclara miento para el cabello; mousses para el cabello; champús para el cabello; espesantes para el cabello; aerosoles para el cabello; spray para estilizar el cabello; color para el cabello; colorantes cosméticos; champús, preparaciones para el teñido del cabello; tónico capilar; tratamientos acondicionadores del cabello; tratamientos de cera para el cabello; tratamientos disciplinarios para el cabello. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-7-18. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-028106 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - BOFAML

Registrador de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-028106 [2] Fecha de presentación: 28/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BANK OF AMERICA CORPORATION [4.1] Domicilio: 100 NORTH TRYON STREET, CHARLOTTE, NORTH CAROLINA 28255, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BOFAML [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Operaciones de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios; investigación financiera; información financiera; análisis financiero; asesoría financiera; planificación financiera; consultoría financiera; gestión financiera; corretaje de inversiones; consultoría de inversiones; gestión de inversiones; consejo acerca de inversiones; inversión de fondos mutuos; servicios bancarios; servicios de tarjetas de crédito y de débito; compraventa de valores, acciones, divisas, productos de consumo, opciones y otros productos derivados para terceros; planificación financiera para la jubilación; información y servicios financieros provistos en línea desde una base de datos informática o red informática mundial.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de agosto del año 2018. 12] Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 32972-18 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - ALBA

Registrador de la Propiedad Industrial

BOFAML 1/ Solicitud: 32972-18 2/ Fecha de presentación: 27-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Avalon Natural Products, Inc. 4.1/ Domicilio: 1111 Marcus Avenue, Lake Success, New York 11042, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CALIFORNIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALBA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Lociones faciales, cremas faciales, limpiadores faciales, sueros faciales no medicinales que contengan antioxidantes, aceites cosméticos faciales, tónicos faciales no medicados, preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel en la naturaleza de rocíos faciales, astringentes faciales para fines cosméticos, mascarillas faciales, protector solar facial, exfoliantes faciales, exfoliadores faciales, gel para el lavado facial; suero de belleza, a saber, suero para ojos; exfoliadores corporales, exfoliantes corporales, gel de baño para humanos, lociones corporales, cremas corporales, aceites corporales; cosméticos, a saber, gel corporal; preparación para el cuidado de la piel, a saber, pulidor (exfoliación) corporal; toallitas cosméticas faciales prehumedecidas, tónicos para la piel, aceites para la piel para uso cosmético, limpiadores para la piel, aceites bronceadores, bloqueadores solares; preparaciones cosméticas de protección contra el sol, a saber, aceites de protección solar; protectores solares, lociones de protección solar, cremas de protección solar, aerosoles de protección solar, lociones para después de tomar el sol, preparaciones autobronceadoras, lociones autobronceadoras, lociones bronceadoras para la piel, jabones para manos, lociones para manos, cremas para ojos, geles para ojos, bálsamo labial; bálsamo labial no medicado con bloqueador solar; brillo labial, sales de baño, gel de baño, geles para la ducha, antitranspirantes y desodorantes para uso personal, cremas de afeitar, cremas de afeitar espumosas, champús, lavados para el cabello, acondicionadores para el cabello y la piel; tratamiento para el cuero cabelludo, a saber, preparaciones cosméticas para el cuero cabelludo; preparaciones para el estilizado del cabello, cremas para el estilizado del cabello, lociones para el estilizado del cabello, gel para el estilizado del cabello, lacas (sprays) para el cabello. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/09/2018. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. ALBA

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Aviso

Aviso No. 32976-18 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - ALBA BOTANICA

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 32976-18 2/ Fecha de presentación: 27-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Avalon Natural Products, Inc. 4.1/ Domicilio: 1111 Marcus Avenue, Lake Success, New York 11042, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CALIFORNIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALBA BOTANICA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Lociones faciales, cremas faciales, limpiadores faciales, sueros faciales no medicinales que contengan antioxidantes, aceites cosméticos faciales, tónicos faciales no medicados, preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel en la naturaleza de rocíos faciales, astringentes faciales para fines cosméticos, mascarillas faciales, protector solar facial, exfoliantes faciales, exfoliadores faciales, gel para el lavado facial; suero de belleza, a saber, suero para ojos; exfoliadores corporales, exfoliantes corporales, gel de baño para humanos, lociones corporales, cremas corporales, aceites corporales; cosméticos, a saber, gel corporal; preparación para el cuidado de la piel, a saber, pulidor (exfoliación) corporal; toallitas cosméticas faciales pre-humedecidas, tónicos para la piel, aceites para la piel para uso cosmético, limpiadores para la piel, aceites bronceadores, bloqueadores solares; preparaciones cosméticas de protección contra el sol, a saber, aceites de protección solar; protectores solares, lociones de protección solar, cremas de protección solar, aerosoles de protección solar, lociones para después de tomar el sol, preparaciones autobronceadoras, lociones autobronceadoras, lociones bronceadoras para la piel, jabones para manos, lociones para manos, cremas para ojos, geles para ojos, bálsamo labial; bálsamo labial no medicado con bloqueador solar; brillo labial, sales de baño, gel de baño, geles para la ducha, antitranspirantes y desodorantes para uso personal, cremas de afeitar, cremas de afeitar espumosas, champús, lavados para el cabello, acondicionadores para el cabello y la piel; tratamiento para el cuero cabelludo, a saber, preparaciones cosméticas para el cuero cabelludo; preparaciones para el estilizado del cabello, cremas para el estilizado del cabello, lociones para el estilizado del cabello, gel para el estilizado del cabello, lacas (sprays) para el cabello. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. _______ ALBA BOTANICA

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Aviso

Aviso No. 2015-005930 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - ABISART HCTZ

Registrador de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2015-005930 [2] Fecha de presentación: 09/02/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MYLAN PHARMACEUTICALS PRIVATE LIMITED [4.1] Domicilio: PLOT No. 1-A/2, MIDC, INDUSTRIAL AREA, TALOJA, RAIGAD (DIST) MAHARASHTRA-410 208, India [4.2] Organizada bajo las Leyes de: INDIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ABISART HCTZ [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para el sistema cardiovascular.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Anibal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 30849-18 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - GOOD GIRL

Registrador de la Propiedad Industrial

ABISART HCTZ 1/ Solicitud: 30849-18 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CAROLINA HERRERA LTD. 4.1/ Domicilio: 501 Seventh Avenue, 17th Floor, New York, New York 10018, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GOOD GIRL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; fragancias de uso personal; agua de colonia; agua de perfume, agua de tocador; agua perfumada, perfumes; extractos de perfumes; productos no medicinales para la higiene bucal; preparaciones no medicinales para la limpieza y cuidado del cuerpo; lociones, leches y cremas corporales no medicinales; desodorantes de uso personal; antitranspirantes de uso personal; jabones no medicinales; jabones no medicinales de uso personal; jabones no medicinales de uso personal en forma líquida, sólida y en forma de gel; gel de baño no medicinal; gel de ducha no medicinal; preparaciones no medicinales para el baño; sales de baño no medicinales; preparaciones no medicinales para el cuidado de la piel; exfoliantes; talco de tocador; polvos perfumados; toallitas, algodones y paños impregnados de lociones cosméticas no medicinales y para perfumar; cosméticos no medicinales, artículos de tocador no medicinales y productos de perfumería para cuidar y embellecer las pestañas, las cejas, los ojos, los labios y las uñas; bálsamo labial no medicinal; esmalte de uñas; quitaesmaltes de uñas; adhesivos para uso cosmético; preparaciones cosméticas adelgazantes no medicinales; preparaciones y tratamientos no medicinales para el cabello; champús no medicinales; productos de maquillaje; productos para desmaquillar; productos para el depilado; preparaciones no medicinales para el afeitado; preparaciones no medicinales para antes del afeitado; preparaciones no medicinales para después del afeitado; preparados de belleza no medicinales; preparaciones cosméticas bronceadoras y autobronceadoras, no medicinales; neceseres de cosmética; fragancias para el hogar; incienso; popurrís aromáticos; maderas aromáticas; productos para perfumar la ropa; extractos aromáticos; productos no medicinales para el cuidado y limpieza de animales; cera para zapateros y sastres; preparaciones para limpiar y dar brillo al cuero y calzado. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. GOOD GIRL

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Aviso

Aviso No. 2018-27139 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - Volkswagen DISEÑO ESPECIAL (Clase 16)

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-27139 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, cartón y productos hechos de estos materiales incluidos en la clase 16; materia impresa; obras de arte y figuritas de papel y de cartón y modelos de arquitectos; decoración y materiales y medios de arte; materiales de filtrado hechos de papel; bolsas y artículos para embalaje, envoltura y almacenamiento de papel, cartón o plástico; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) para papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir, bolígrafos y artículos de oficina, excluyendo muebles; material de instrucción y de enseñanza, excepto aparatos; material de embalaje hecho de plásticos, incluido en la clase 16; caracteres de imprenta; clichés de imprenta; atlas, calendarios, mapas geográficos; publicaciones impresas; artículos publicitarios impresos y materiales publicitarios impresos; fotografías [impresas]; portadocumentos [artículos de papelería]; plumas [artículos de oficina]; bolígrafos y lápices; banderas de papel; servilletas de papel; papel para copias [artículos de papelería]; papel higiénico; papel de embalaje; tinta; sellos [sellos de relieve]; instrumentos para dibujo; materiales de dibujo; materiales de enseñanza [excepto aparatos], incluidos en la clase; materiales de modelado; rosarios; partes y accesorios de todos los productos antes mencionados, comprendidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-27140 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - Volkswagen DISEÑO ESPECIAL (Clase 18)

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-27140 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Tripas de salchichas e imitaciones de las mismas; paraguas y sombrilla; bastones; baúles (equipaje); equipaje incluido en la clase 18; bolsas incluidas en la clase 18, en particular bolsas y maletines deportivos; billeteras, carteras; estuches para llaves; artículos hechos de cuero y de imitaciones de cuero incluidos en la clase 18, a saber, paraguas y sombrillas, baúles (equipaje), equipaje incluido en la clase 18, bolsos incluidos en la clase 18, en particular bolsos y maletines deportivos, billeteras, carteras, estuches para llaves, bolsos de mano, bolsos de viaje, mochilas; cuero, no trabajado o semitrabado; bolsos de mano; bolsas de viaje; mochilas; imitación de cuero; pieles; pieles de animales; artículos de guarnicionería, látigos y artículos para animales; partes y accesorios de todos los productos antes mencionados, comprendidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 32967-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Avalon Natural Products, Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 32967-18 2/ Fecha de presentación: 27-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Avalon Natural Products, Inc. 4.1/ Domicilio: 1111 Marcus Avenue, Lake Succes, New York 11042, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CALIFORNIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AVALON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Astringentes para uso cosmético, gel de baño, crema para el cuerpo, lociones para el cuerpo, lociones humectantes para el cuerpo, baños de burbujas, limpiadores de la piel, cremas y lociones limpiadoras de la piel, bálsamos labiales, cremas para los ojos, geles para ojos, crema de noche, crema para las manos, crema para la piel, crema de afeitar, desodorantes personales, aclaradores de la piel, jabón para la piel, preparaciones removedoras de arrugas para el cuidado de la piel, exfoliantes faciales; toallitas faciales cosméticas prehumedecidas, productos para el cuidado del cabello, a saber, acondicionadores para el cabello y preparaciones para limpiar el cabello; jabón de glicerina, tónicos para la piel, aceites para la piel de uso cosmético, jabón desodorante, jabones líquidos para las manos, el rostro y el cuerpo; preparaciones bronceadoras; productos para el cuidado del sol, a saber, geles, lociones; productos de aromaterapia, a saber, aceites esenciales, todos los productos antes mencionados elaborados en su totalidad o en parte significativa a partir de ingredientes orgánicos, naturales o botánicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 26555-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - RENAULT, S.A.S.

Registro de la Propiedad Industrial

AVALON 1/ Solicitud: 26555-18 2/ Fecha de presentación: 15-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: RENAULT, S.A.S. 4.1/ Domicilio: 92100 Boulogne-Billancourt, FRANCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SAN DE RO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, vehículos de motor, partes para los mismos, a saber, amortiguadores de suspensión para vehículos; amortiguadores para automóviles; reposacabezas para asientos de vehículos; ejes de transmisión para vehículos terrestres; cajas de engranajes para vehículos terrestres; capós para vehículos; capós de automóviles; cubiertas para motores de combustión de vehículos; carrocerías de automóviles; cinturones de seguridad para asientos de vehículos; chasis de automóviles; circuitos hidráulicos para vehículos; discos de freno para vehículos; embragues para vehículos terrestres; tapacubos; limpiaparabrisas; frenos para vehículos; fines para ruedas de vehículos; estribos de vehículos; motores para vehículos terrestres; parabrisas; parachoques para automóviles; llantas; portaequipajes para vehículos; puertas para vehículos; ruedas de vehículos; espejos retrovisores; asientos de vehículos; ventanas para vehículos; volantes (timones) para vehículos; cubiertas para vehículos [moldeadas]. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-07-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. SAN DE RO

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Aviso

Aviso No. 2018-27628 — Solicitud de registro de marca de fábrica - INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-27628 2/ Fecha de presentación: 25-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA FLAKA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cerveza. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-27629 — Solicitud de registro de marca de fábrica - INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

LA FLAKA 1/ Solicitud: 2018-27629 2/ Fecha de presentación: 25-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA GOZOSA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cerveza. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-021579 — Solicitud de registro de marca de servicio - CHOICE HOTELS INTERNATIONAL, INC.

Registro de la Propiedad Industrial

LA GOZOSA [1] Solicitud: 2018-021579 [2] Fecha de presentación: 15/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CHOICE HOTELS INTERNATIONAL, INC. [4.1] Domicilio: 1 CHOICE HOTELS CIRCLE, ROCKVILLE, MARYLAND 20850, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 87/902,725 [5.1] Fecha: 01/05/2018 [5.2] País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [5.3] Código País: US

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: C COMFORT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de hotel y de motel; servicios de reserva de hotel y de motel para terceros; servicios de reserva en línea de hotel y de motel para terceros.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 29747-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - LABORATORIOS PHERGAL, S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 29747-18 2/ Fecha de presentación: 10-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS PHERGAL, S.A. 4.1/ Domicilio: C/Hierro, 79 28850 TORREJON DE ARDOZ, Madrid, ESPAÑA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: E , LIFEXIR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Tintes cosméticos, champús, lociones capilares, tintes para el cabello, preparaciones para la ondulación del cabello, cosméticos, perfumería, jabones no medicinales, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, aceites para bebés, lociones no medicinales para el cabello, cremas cosméticas para el cuidado de la piel y el cuerpo, emulsiones, geles y lociones para el cuidado de la piel, dentífricos no medicinales, algodón (bolas) para uso cosmético, paños desechables impregnados de productos químicos o compuestos, limpiadores para la higiene personal, productos cosméticos para el tratamiento y cuidado de los labios y otros productos corporales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. _____ E, LIFEXIR

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Aviso

Aviso No. 26852-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - PEPSICO, INC.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 26852-18 2/ Fecha de presentación: 19-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: PEPSICO, INC. 4.1/ Domicilio: 700 Anderson Hill Road, Purchase, New York 10577, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CAROLINA DEL NORTE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DORITOS HEATWAVE Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Bocadillos que consisten principalmente de harina, granos, maíz, cereal, arroz, semillas procesadas de cereales, otros materiales vegetales o combinaciones de los mismos, incluyendo frituras de maíz, frituras de tortillas, frituras de pita, frituras de arroz, tortas de arroz, galletas de arroz, galletas saladas, galletas saladas en forma de lazo (pretzels), golosinas infladas, palomitas de maíz, palomitas de maíz confitadas, cacahuates, pan; salsas para remojar bocadillos, salsas; barras de golosinas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Julia R. Mejía

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-07-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 26275-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - NETEL INTERNACIONAL, S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 26275-18 2/ Fecha de presentación: 14-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: NETEL INTERNACIONAL, S.A. 4.1/ Domicilio: Tte. Fariña 768 e/, Tacuary y Ante que ra, Asunción, PARAGUAY 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PARAGUAY

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NETEL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de transferencia electrónica de fondos; transacciones financieras y transacciones electrónicas de pagos con tarjetas de débito y crédito; procesamiento de pagos electrónicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-07-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 30853-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - SIX CONTINENTS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

NETEL 1/ Solicitud: 30853-18 2/ Fecha de presentación: 13-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SIX CONTINENTS LIMITED 4.1/ Domicilio: Broadwater Park, Denham, buckinghamshire UB9 5HR, REINO UNIDO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AVID AN IHG HOTEL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de asesoramiento sobre e implementación de negocios de servicios de hotel y de alojamiento para terceros; servicios de franquicias y de gestión comercial para terceros. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-9-2018. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-031718 — Solicitud de registro de marca de fábrica - RAMBOSS CORPORATION, S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

AVID AN IHG HOTEL [1] Solicitud: 2018-031718 [2] Fecha de presentación: 19/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: RAMBOSS CORPORATION, S.A. [4.1] Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ID LOVE Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Camisas, camisetas, blusas, pantalones, pantalones cortos, pantalones de mezclilla, batas, ropa interior, calcetines, chalecos, chaquetas, cinturones [prendas de vestir], corbatas, delantales, guantes, faldas, ropa de cuero, ropa de gimnasia, pañuelos, pijamas, trajes de baño, suéteres, vestidos, sombreros, gorros, gorras, viseras, zapatos, zapatos deportivos, sandalias, pantuflas, zapatillas, botines, botas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Anibal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar protección sobre las palabras “AVAILABLE Y TAKEN”, que aparecen en los ejemplares de etiquetas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 31458-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Yiwu Yige import and Export Co., Ltd.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 31458-18 2/ Fecha de presentación: 18-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Yiwu Yige import and Export Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: Room 510, Floor 5, No. 509, Gongren North Road, Futian Street, Yiwu, Zhejiang. P.R. CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: P.R. CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DSP y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Teteras, eléctricas; secadores de cabello; tostadoras de pan; encendedores; radiadores eléctricos; reflectores; aparatos e instalaciones de iluminación; aparatos faciales de vapor [saunas]; cafeteres, eléctricas; electrodomésticos para hacer yogur; aparatos de rostizado; aparatos de calentamiento y de enfriamiento para dispensar bebidas calientes y frías; secadoras de ropa, eléctricas; esterilizadores de agua; lámparas curveadas (lámparas curling). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 28885-18 — Solicitud de registro de nombre comercial - INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 28885-18 2/ Fecha de presentación: 03-07-18 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VIA PROCERES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 0 8/ Protege y distingue: Establecimiento dedicado a la compra y venta de bienes raíces, inversiones bursátiles, operación de negocios de comidas rápidas y similares, importación y exportación de mercadería en general, distribución de productos a nivel regional y nacional. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-08-18. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. VIA PROCERES

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Aviso

Aviso No. 27153-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 27153-18 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL CHELE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10/09/18. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 35634-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - HOTELES CAMINO REAL, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

EL CHELE 1/ Solicitud: 35634-18 2/ Fecha de presentación: 15-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES CAMINO REAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Mariano Escobedo No. 700, Col. Nueva Anzures, Ciudad de México, C.P. 11590, MEXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MEXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAMINO REAL y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restaurantes, servicios de bebidas y comidas preparadas, reserva de hoteles, servicios hoteleros. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-9-2018. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-027626 — Solicitud de registro de marca de fábrica - INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-027626 [2] Fecha de presentación: 25/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA 4X4 Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Cerveza.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “LA 4X4 así como su DISEÑO”, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 20109-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - MONTACARGAS, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 20109-18 2/ Fecha de presentación: 9-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: MONTACARGAS, S.A. DE C.V. (MONTASA) 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MONTASA GINZA y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindican los térmicos “Handling Corp.”, que aparecen en el ejemplar adjunto. 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Mantenimiento de montacargas, camiones y elevadoras de plataforma y brazos artícul a dos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 20108-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - MONTACARGAS, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 20108-18 2/ Fecha de presentación: 9-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: MONTACARGAS, S.A. DE C.V. (MONTASA) 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MONTASA GINZA y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindican los térmicos “Handling Corp.”, que aparecen en el ejemplar adjunto. 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Venta de montacargas, camiones y elevadoras de plataforma y brazos artícul a dos, promoción de montacargas, camiones y elevadoras de plataforma y brazos artícul a dos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 30848-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - LOOPS AND COFFEE, S.L.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 30848-18 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LOOPS AND COFFEE, S.L. 4.1/ Domicilio: E stella 8, 1°, Pamplona, 31002 - NAVARRA, ESPAÑA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOOPS & COFFEE y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración, de cafetería y servicios de catering (banquetería). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-08-2018. 12/ Reservas: No se protege la denominación “AMERICAN COFFEE STORE”, que aparece en los ejemplares de etiquetas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 8991-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - CINCO H, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 8991-18 2/ Fecha de presentación: 23-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CINCO H, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, (5H, S.A. DE C.V.) 4.1/ Domicilio: 67 avenida Sur, número 142, San Salvador, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECODIGESTOR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Producto químico de origen orgánico utilizado para la aceleración de la descomposición de residuos agrícolas, pecuarios y agroindustriales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-04-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-026558 — Solicitud de registro de señal de propaganda - NETEL INTERNACIONAL, S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

ECODIGESTOR [1] Solicitud: 2018-026558 [2] Fecha de presentación: 15/06/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: NETEL INTERNACIONAL, S.A. [4.1] Domicilio: Tte. Fariña 768 e/ Tacury y Ante que ra, Asunción, Paraguay [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PARAGUAY

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PAGÁ A TU MANERA, PAGO EXPRESS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Servicios de transferencia electrónica de fondos; transacciones financieras y transacciones electrónicas de pagos con tarjetas de débito y crédito; procesamiento de pagos electrónicos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de julio del año 2018. 12] Reservas: Esta señal de propaganda se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los términos que la conforman y será utilizada con la solicitud número 2018-26275 denominada NETEL en clase 36. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 28882-18 — Solicitud de registro de marca de servicio - INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 28882-18 2/ Fecha de presentación: 03-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GALERIA PROCERES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de administradores de propiedades, a saber, servicios de alquiler, tasación de bienes inmuebles o financiación; administración de bienes inmuebles; administración de inmuebles; agencias de alquiler [propiedades inmobiliarias]; arrendamiento de bienes inmuebles/elaboración de contratos de alquiler de bienes inmuebles; cobro de alquileres. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-08-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 29886-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - RALSON (INDIA) LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

GALERIA PROCERES 1/ Solicitud: 29886-18 2/ Fecha de presentación: 11/07/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: RALSON (INDIA) LIMITED 4.1/ Domicilio: Ralson Nagar/G.T. Road/Ludhiana 141003, INDIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: INDIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RALCO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Bicicletas, triciclos, motocarros y partes estructurales, componentes y accesorios de los mismos incluyendo llantas y cámaras y partes estructurales, componentes y accesorios incluyendo llantas y cámaras para usar en vehículos automotores y vehículos terrestres motorizados incluidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. RALCO

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Aviso No. 16034-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Mahindra. Vehicle Sales & Service, Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 16034-18 2/ Fecha de presentación: 12-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Mahindra. Vehicle Sales & Service, Inc. 4.1/ Domicilio: 1055 W. Square Lake Road, Troy, MICHIGAN 48098, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ROXOR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículo utilitario todo terreno. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 11-06-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-026557 — Solicitud de registro de marca de fábrica - JOHNSON MATTHEY PUBLIC LIMITED COMPANY

Registro de la Propiedad Industrial

ROXOR _______ [1] Solicitud: 2018-026557 [2] Fecha de presentación: 15/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: JOHNSON MATTHEY PUBLIC LIMITED COMPANY. [4.1] Domicilio: 5th Floor, 25 Farringdon Street, London, EC4A 4AB, Reino Unido [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: UK00003283604 [5.1] fecha: 18/01/2018 [5.2] País de Origen: REINO UNIDO [5.3] Código País: GB

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: XTEND [7] Clase Internacional: 17 [8] Protege y distingue: Película plástica para fines agrícolas, películas de plástico biodegradable para fines agrícolas, película plástica para fines hortícolas, película biodegradable de plástico para fines hortícolas, mangas o bolsas plásticas para la protección de cultivos, mangos o bolsas plásticas para la protección de la fruta antes de la cosecha, mangas o bolsas plásticas para la protección de la fruta contra el daño solar, mangas o bolsas plásticas para la protección

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Aviso

Aviso No. 32587-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - LABORATORIOS MALLÉN, S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 32587-18 2/ Fecha de presentación: 26-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS MALLÉN, S.A. 4.1/ Domicilio: No. 53 de la calle Euclides Morillo, Arroyo Hondo, Santo Domingo, REPÚBLICA DOMINI- CANA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DOMINICANA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SADITRAN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Producto farmacéutico (analgésico) indicado para el alivio del dolor inflamatorio agudo de intensidad moderada a severa. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 03-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. _______ SADITRAN Xtend de melones antes de su cosecha, mangas o bolsas plásticas para la protección de melones contra el daño solar. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de septiembre, del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-27148 — Solicitud de registro de marca de servicio - Volkswagen Aktiengesellschaft

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-27148 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte; embalaje y almacenamiento de bienes; arreglo de viajes; remolque, transporte en taxi, transporte en automóvil, logística de transporte; alquiler de vehículos, especialmente de automóviles; transporte de personas, especialmente por autobuses; servicios de un agente de carga; entrega a domicilio de bienes y paquetes; servicios de información de tráfico; control de vehículos de flota utilizando aparatos de navegación y de posicionamiento. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 27938-18 — Solicitud de registro de expresión o señal de propaganda TODO PARA ENAMORARTE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 27938-18 2/ Fecha de presentación: 27-06-2018 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Aero vías del Continente Americano, S.A. Avianca. 4.1/ Domicilio: Carrera 51 B No. 80-58 Local 104 y oficinas 1207, 1208 y 1209, Barranquilla, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TODO PARA EN AMOR ARTE y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Para utilizarse con el Reg. 54 de la marca AVIANCA en clase 39. 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte, embalaje y almacenaje de mercancías, organización de viajes. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 17-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 28277-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica PECHU

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 28277-18 2/ Fecha de presentación: 29-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CAJUN FUNDING CORP. 4.1/ Domicilio: 980 Hammond Dr., Ste. 1100, Atlanta, Georgia 30328, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PECHU 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Sándwiches. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 28278-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica PECHU JR

Registro de la Propiedad Industrial

PECHU 1/ Solicitud: 28278-18 2/ Fecha de presentación: 29-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CAJUN FUNDING CORP. 4.1/ Domicilio: 980 Hammond Dr., Ste. 1100, Atlanta, Georgia 30328, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PECHU JR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Sándwiches. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 31071-18 — Solicitud de registro de marca de servicio DESCANSO FINSOL

Registro de la Propiedad Industrial

PECHU JR 1/ Solicitud: 31071-18 2/ Fecha de presentación: 16-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: FINSOL, S.A. 4.1/ Domicilio: Edificio Finsol, S.A., 1 y 2 calle, 6 Ave., San Pedro Sula, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DESCANSO FINSOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 DESCANSO FINSOL 8/ Protege y distingue: Gastos fúnebres pre pagados. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-08-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 22653-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica Paula by Pautips

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 22653-18 2/ Fecha de presentación: 21-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Paula Galindo 4.1/ Domicilio: c/o Latin World Entertainment, 3470 NW 82ND AVENUE, SUITE 670, Doral, Florida 33122, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Paula by Pautips 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Fragancias y perfumes; preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel; cosméticos y maquillaje; preparaciones para el cuidado del cabello y para la coloración del cabello. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. _____ Paula by Pautips

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Aviso

Aviso No. 21841-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica PUREBELL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 21841-18 2/ Fecha de presentación: 16-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ASTRIX CENTRO AMERICA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: 83 Avenida Norte, No. 138, Colonia Escalón, San Salvador, EL SALVADOR. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PUREBELL y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa, a saber; detergente en polvo, suavizantes de ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones, a saber; lejías, jabones lavaplatos, limpia vidrio. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-09-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 36519-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica ITRUSDI

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 36519-18 2/ Fecha de presentación: 21- agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: H. Lundbeck A/S 4.1/ Domicilio: Ottilliavej 9,2500 Valby, Dinamarca 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Dinamarca

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ITRUSDI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y preparaciones y sustancias médicas; vacunas; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos y enfermedades en generados por o que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones farmacéuticas y sustancias que actúan sobre el sistema nervioso central; estimulantes del sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos y enfermedades psiquiátricos y neurológicos; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la demencia, enfermedad y trastorno de Alzheimer, mareos, convulsiones, apoplejía, depresión, deterioro cognitivo, trastornos y enfermedades cognitivas, trastornos del estado de ánimo, psicosis, ansiedad, apatía, epilepsia, síndrome de Lennox-Gastaut (LGS), esclerosis, porfiria, enfermedad y trastorno de Huntington, insomnio, enfermedad y trastorno de Parkinson, caídas, trastornos del movimiento y enfermedades, temblor, esquizofrenia, trastorno bipolar y enfermedad, manía, TDAH, trastorno de estrés postraumático, agitación, agresión, autismo, melancolía, TOC, Síndrome de Tourette, PSP, inquietud, acatisia, fatiga, somnolencia, náuseas, cáncer, migraña, dolor, alcoholismo y dependencia; preparaciones, sustancias, reactivos y agentes para diagnóstico y uso médico. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 36520-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica ITUIDY

Registro de la Propiedad Industrial

ITRUSDI 1/ Solicitud: 36520-18 2/ Fecha de presentación: 21- agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: H. Lundbeck A/S 4.1/ Domicilio: Ottilliavej 9,2500 Valby, Dinamarca 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Dinamarca

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ITUIDY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y preparaciones y sustancias médicas; vacunas; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos y enfermedades en generados por o que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones farmacéuticas y sustancias que actúan sobre el sistema nervioso central; estimulantes del sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos y enfermedades psiquiátricos y neurológicos; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la ITUIDY demencia, enfermedad y trastorno de Alzheimer, mareos, convulsiones, apoplejía, depresión, deterioro cognitivo, trastornos y enfermedades cognitivas, trastornos del estado de ánimo, psicosis, ansiedad, apatía, epilepsia, síndrome de Lennox-Gastaut (LGS), esclerosis, porfiria, enfermedad y trastorno de Huntington, insomnio, enfermedad y trastorno de Parkinson, caídas, trastornos del movimiento y enfermedades, temblor, esquizofrenia, trastorno bipolar y enfermedad, manía, TDAH, trastorno de estrés postraumático, agitación, agresión, autismo, melancolía, TOC, Síndrome de Tourette, PSP, inquietud, acatisia, fatiga, somnolencia, náuseas, cáncer, migraña, dolor, alcoholismo y dependencia; preparaciones, sustancias, reactivos y agentes para diagnóstico y uso médico. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-09-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 26054-18 — Solicitud de registro de marca de servicio EMERGENT TECHNOLOGY

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 26054-18 2/ Fecha de presentación: 12-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Responsible Gold Operations Ltd. 4.1/ Domicilio: 109 North Post Oak Lane, Suite 435 Houston, Texas 77024 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 87718201 5.1 Fecha: 12/12/2017 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EMERGENT TECHNOLOGY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Proporcionar un intercambio en línea para comerciar en moneda virtual y dinero electrónico; servicios de corretaje en forma de moneda virtual y comercio electrónico de dinero; servicios electrónicos de transferencia de fondos; servicios financieros, en concreto, proporcionar una moneda virtual para su uso y transferencia entre los miembros de una comunidad en línea a través de una red informática mundial; servicios de comercio de divisas; servicios de transferencia de dinero; servicios virtuales de transacciones de cambio de divisas para unidades equivalentes de efectivo electrónico transferibles que tengan un valor en efectivo especificado; suministro de tokens prepagos, a saber, procesamiento de pagos electrónicos realizados a través de tokens de compra prepagos; servicios de transferencia de dinero; servicios de comercio de divisas; corretaje de moneda; transacciones electrónicas en efectivo; emisión de tokens de moneda virtual; servicios virtuales de intercambio de dinero; servicios de comercio de productos básicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-7-18. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018. EMERGENT TECHNOLOGY

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Aviso No. 2017-024648 — Solicitud de registro de marca de servicio SUPER COMIDAS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-024648 [2] Fecha de presentación: 05/06/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: SUPER COMIDAS, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de restauración.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Claribel Medina De León USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de enero del año 2018. 12] Reservas: Diseño especial relacionado con el registro número 6138 del nombre comercial “Frites Burgers, Wings & Dogs”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O. 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 17-24647 — Solicitud de registro de expresión o señal de propaganda NO SOMOS COMIDA RÁPIDA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17-24647 2/ Fecha de presentación: 05-06-17 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Super Comidas, S. de R.L. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: “NO SOMOS COMIDA RÁPIDA, SOMOS COMIDA RICA” 6.2/ Reivindicaciones: Señal de Propaganda relacionada con el registro número 6138 del Nombre Comercial “Frites Burgers, Wings & Dogs”. 7/ Clase Internacional: SP 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina De León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-08-2017. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018. ______ “NO SOMOS COMIDA RÁPIDA, SOMOS COMIDA RICA”

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Aviso No. 2018-4895 — Solicitud de registro de marca de fábrica DXV

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-4895 2/ Fecha de presentación: 30-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AS IP HOLDCO, LLC 4.1/ Domicilio: ONE CENTENNIAL AVENUE, PISCATAWAY, NJ 08855 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DXV 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Aparatos para baños, grifos, sumidero de ducha y bañera, cabezas de ducha, instalaciones de baño, especialmente tazas de inodoro y tanques de inodoro, fregaderos, lavabos, bañeras, duchas, urinarios, bidés, revestimiento para duchas, revestimiento para bañeras. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina De León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-04-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ullo Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018. ______ DXV

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Aviso No. 2018-4896 — Solicitud de registro de marca de fábrica DXV clase 20

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-4896 2/ Fecha de presentación: 30-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AS IP HOLDCO, LLC 4.1/ Domicilio: ONE CENTENNIAL AVENUE, PISCATAWAY, NJ 08855 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DXV DXV 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles para baño, en especial muebles para el lavabo. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina De León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-04-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ullo Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 26611-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica SUMIPLEO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 26611-2018 2/ Fecha de presentación: 15-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SUMITOMO CHEMICAL COMPANY, LIMITED 4.1/ Domicilio: 27-1, Shinkawa 2-chome Chuo-ku, Tokyo 104-8260, Japon 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Japón

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUMIPLEO SUMIPLEO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Insecticidas; fungicidas; herbicidas; preparaciones para matar malezas y destruir bichos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina De León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/09/18. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso

Aviso No. 4000-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica ZEBESTEN

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 4000-2018 2/ Fecha de presentación: 24-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SOPHIA HOLDINGS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio:Av. Paseo del Pacífico, No. 670, colonia Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México, C.P. 45010 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZEBESTEN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicinas y preparaciones farmacéuticas, incluyendo aquellas para uso oftálmico. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KENIA PATRICIA CORTÉS

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-03-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso

Aviso No. 21926-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica SOPHIA

Registro de la Propiedad Industrial

ZEBESTEN 1/ Solicitud: 21926-2018 2/ Fecha de presentación: 17-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SOPHIA HOLDINGS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio:Av. Paseo del Pacífico, No. 670, colonia Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México, C.P. 45010 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SOPHIA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicinas y preparaciones farmacéuticas, incluyendo productos oftálmicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KENIA PATRICIA CORTÉS

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso

Aviso No. 21928-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica UNGENA

Registro de la Propiedad Industrial

SOPHIA 1/ Solicitud: 21928-2018 2/ Fecha de presentación: 17-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SOPHIA HOLDINGS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio:Av. Paseo del Pacífico, No. 670, colonia Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México, C.P. 45010 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UNGENA 6.2/ Reivindicaciones: UNGENA 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicinas y preparaciones farmacéuticas, incluyendo productos oftálmicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KENIA PATRICIA CORTÉS

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso

Aviso No. 21927-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica GAAP OFTENO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 21927-2018 2/ Fecha de presentación: 17-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SOPHIA HOLDINGS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio:Av. Paseo del Pacífico, No. 670, colonia Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México, C.P. 45010 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GAAP OFTEN O 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicinas y preparaciones farmacéuticas, incluyendo productos oftálmicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KENIA PATRICIA CORTÉS

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 21925-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica OFTENO

Registro de la Propiedad Industrial

GAAP OFTEN O 1/ Solicitud: 21925-2018 2/ Fecha de presentación: 17-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SOPHIA HOLDINGS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio:Av. Paseo del Pacífico, No. 670, colonia Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México, C.P. 45010 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OFTEN O 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicinas y preparaciones farmacéuticas, incluyendo productos oftálmicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KENIA PATRICIA CORTÉS

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018. OFTEN O

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Aviso No. 35987-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica CENTRAL CHIMICA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 35987-2018 2/ Fecha de presentación: 16-8-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BAPI DE HONDURAS, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: BARRIO PAZ BARAHONA, BLVD. SALIDA A LA LIMA, SAN PEDRO SULA, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CENTRAL CHIMICA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 02 8/ Protege y distingue: Pintura, barnices, lacas para la industria, diluyentes, espesantes, fijadores, desecativos para pinturas, barnices y lacas, aceite antiherrumbre, mordientes para madera y cuero. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: NUBIA MILAGRO TORRES CHAVEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 35850-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica SUN MIGHT Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 35850-2018 2/ Fecha de presentación: 16-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BAPI DE HONDURAS, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: BARRIO PAZ BARAHONA, BLVD. SALIDA A LA LIMA, SAN PEDRO SULA, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUN MIGHT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Papel de lija industrial, lija de lona, producto para pulir. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: NUBIA MILAGRO TORRES CHAVEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 35848-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica UNICOL Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 35848-2018 2/ Fecha de presentación: 16-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BAPI DE HONDURAS, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: BARRIO PAZ BARAHONA, BLVD. SALIDA A LA LIMA, SAN PEDRO SULA, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: U NICOL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Producto químico para la industria, adhesivos (pegamentos) para la industria, masilla y otras materias de relleno en pasta. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: NUBIA MILAGRO TORRES CHAVEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 39063-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica AXUS Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39063-2018 2/ Fecha de presentación: 10-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: MOTOS Y VEHÍCULOS, S.A. DE C.V. (MOVESA) 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AXUS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Casco de protección para conducir motocicletas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: NUBIA MILAGRO TORRES CHAVEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 2018-029648 — Solicitud de registro de marca de fábrica PEGATON Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-029648 [2] Fecha de presentación: 09/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES ANDROMEDA, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO GUANACASTE, FRENTE A LAS CANCHAS DE BASKETBALL, EDIFICIO MILLA COPIER, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PEGATON Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 21 [8] Protege y distingue: Trampas adhesivas no tóxicas para ratones, cucarachas y moscas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: NUBIA MILAGRO TORRES CHAVEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 O., 14 y 29 N. 2018.

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Aviso No. 2018-27146 — Solicitud de registro de marca de servicio DISEÑO ESPECIAL - Volkswagen

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-27146 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Edificación, construcción y demolición; alquiler de herramientas, plantas y equipo para construcción y demolición; extracción de minerales, de petróleo y de gas; exterminio, que no sea para fines agrícolas; desinfección; control de plagas; reconstrucción, reparación, servicio y desmantelamiento de vehículos; reparación de vehículos en el transcurso del servicio de avería de vehículo; realización personalizada de modificaciones en la carrocería, el chasis y el motor de los vehículos de motor (ajuste), comprendidos en la clase 37; barnizado de vehículos; pulido de vehículos; tratamientos antióxido para vehículos; mantenimiento de vehículos; limpieza de vehículos; recauchutado de neumáticos; mantenimiento, limpieza y reparación de calderas y de quemadores; información de reparación; información de construcción; instalación de puertas y ventanas; servicios de cantera; instalación, mantenimiento y reparación de maquinaria; mantenimiento y reparación de aviones; construcción naval; reparación de aparatos fotográficos; reloj y reparación de relojes; reparación de cerraduras de seguridad; protección contra el óxido; mantenimiento de muebles; cuidado, limpieza y reparación del cuero; desinfección; instalación y reparación de alarmas contra robos; asesoramiento, consultoría e información para lo antes mencionado, incluido en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 35923-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica COMBINA 3C

Registro de la Propiedad Industrial

COMBINA 3C 1/ No. Solicitud: 35923-18 2/ Fecha de presentación: 16-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CONSORCIO COMEX, S.A. DE C.V.. 4.1/ Domicilio: Boulevard Manuel Ávila Camacho No. 138, Penthouse 1 y 2, Colonia Reforma Social, Delegación Miguel Hidalgo, 11650 México, D.F., MÉXICO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COMBINA 3C 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Adhesivos para papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; materias plásticas para embalar (no incluidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta; cubiertas protectoras para proteger mientras se pinta, hechas de papel; artículos diversos de pintura, a saber, almohadillas de tinción, aplicadores, toallitas desechables que no estén impregnadas con productos químicos; bandejas de pintura, revestimientos para bandejas de pintura, marcos para rodillos de pintura, esponjas para pintar; trapos usados como aplicadores de pintura o de tintura; rodillos de pintura; cubiertas para rodillos de pintura; esténciles para uso en pintura; herramientas para modificar la apariencia de una película de pintura húmeda; paletas (gamas de pinturas); publicaciones impresas; materiales de instrucción y de enseñanza. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: STEPHANIE CRUZ ANDERSON.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-27145 — Solicitud de registro de marca de servicio DISEÑO ESPECIAL - Volkswagen clase 36

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-27145 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de seguros; servicios de bienes raíces; servicios de empeños; provisión de tarjetas y tokens de prepago; servicios de cajas de seguridad; servicios financieros y monetarios y banca; recaudación de fondos y patrocinio; servicios de valoración; corretaje de seguros, asuntos financieros, asuntos monetarios, emisión de tarjetas de crédito, préstamos (financiamiento), préstamos a plazos, oficinas de crédito, consultoría financiera, banca; servicios de financiación; financiación de venta a plazos, arrendamiento; arrendamiento financiero, arrendamiento financiero de vehículos, patrocinio financiero; evaluación de costos de reparación [tasación financiera]; préstamos a plazos para vehículos terrestres; servicios bancarios de ahorro; asuntos de bienes inmuebles, tasación de bienes inmuebles, alquiler de apartamentos, agencias inmobiliarias, oficinas de alojamiento (apartamentos), arrendamiento de bienes inmuebles; servicios de un agente de seguros; servicios de un corredor de financiamiento; servicios de un agente inmobiliario; corretaje de bonos de carbono; consultoría de seguros; suscripción (aseguramiento) de seguro de salud; suscripción (aseguramiento) de seguros de accidentes; tasación de antigüedades; arrendamiento de bienes inmuebles; agentes de vivienda; gestión inmobiliaria; gestión de casas de apartamentos; alquiler de oficinas [bienes inmuebles]; corretaje; servicios de garantía; recaudación de fondos de caridad; factoraje; préstamos contra valores; asesoramiento, consultoría e información para lo antes mencionado, incluidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 27627-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica EL MACIZO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 27627-18 2/ Fecha de presentación: 25-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL MACIZO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cerveza. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 20324-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica ANVOL

Registro de la Propiedad Industrial

EL MACIZO 1/ No. Solicitud: 20324-18 2/ Fecha de presentación: 10-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: KOCH AGRONOMIC SERVICES, LLC. 4.1/ Domicilio: 4111 East 37th Street North, Wichita, Kansas 67220, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ANVOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Fertilizantes y aditivos para fertilizantes. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/09/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 31457-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DSP y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

ANVOL 1/ No. Solicitud: 31457-18 2/ Fecha de presentación: 18-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Yiwu Yige Import and Export Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: Room 510, Floor 5, No. 509, Gongren North Road, Futian Street, Yiwu, Zhejiang, P.R. CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: P.R. CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DSP y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 8 8/ Protege y distingue: Tijeras, tijeras para recortar la barba, tenacillas de rizar, planchas rizador as, implementos de mano para el rizado del cabello, tijeras cortadoras de pelo para uso personal, eléctricas y no eléctricas, cortauñas, eléctricos o no eléctricos, navajas, eléctricas o no eléctricas, aparatos de depilación, eléctricos y no eléctricos, rizadores de pestañas, aparatos para tatuar, aparato para perforar orejas, estuches de manicura, eléctricos, estuches de pedicura, planchas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-17083 — Solicitud de registro de marca de fábrica PASSINI

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-17083 2/ Fecha de presentación: 19-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: VOGLIA DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: GAMMA NUM. EXT. 105, INDUSTRIAL DELTA, LEON, GUANAJUATO C.P. 37545 MÉXICO, MÉXICO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PASSINI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Tintes para el cabello, preparaciones para tratamientos capilares, bálsamos capilares, cera para el cabello, cera para el bigote, crema de afeitar, crema para después del afeitado, crema hidratante para después del afeitado, crema de tratamiento del cuero cabelludo que no sea medicinal, peróxido de hidrógeno para uso cosmético, lacas para el cabello, preparaciones para ondular el cabello, lociones fijado ras para ondular el cabello. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/09/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. PASSINI

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Aviso No. 2018-009358 — Solicitud de registro de marca de fábrica ANGEL Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-009358 [2] Fecha de presentación: 27/02/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ANGEL YEAST CO., LTD. [4.1] Domicilio: No. 24, Zhongnan Road, Yichang, Hubei 443003, P.R. China [4.2] Organizada bajo las Leyes de: CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ANGEL Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café, té, azúcar, pan, preparaciones a base de cereales, almidón para alimentos, condimentos (especias), levadura, polvo para hornear, preparaciones aromáticas para los alimentos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 10570-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica HOME ACCENTS

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 10570-18 2/ Fecha de presentación: 07 MARZO 2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: MIS MARCAS, S.A. 4.1/ Domicilio: VIA ESPAÑA Y CALLE ELVIRA MENDEZ, EDIFICIO BANK BOSTON, 2DO. PISO, CIUDAD DE PANAMA, REPÚBLICA DE PANAMA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PANAMA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HOME ACCENTS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 24 8/ Protege y distingue: Abrazaderas de materias textiles para cortinas, antepuertas [cortinas], cortinas de materias textiles o plásticas; cobertores, colchas, cubrecamas, cubrepiés, edredones, juegos de cama, mantas, sábanas; fundas de almohada, fundas de cojín, fundas de colchón, fundas para muebles, fundas para tapas de inodoro; manteles individuales que no sean de papel, manteles que no sean de papel, posabotellas y posavasos [ropa de mesa]; ropa de baño (excepto prendas de vestir), ropa de mesa que no sea de papel, salvamanteles que no sean de papel; servilletas de textiles; caminos de mesa; cañamazo para tapicería o bordado; etiquetas de tela; mosquiteros [colgaduras]; materias revestimientos revestimientos, de materias plásticas para muebles, revestimientos de materias textiles para muebles; tapetes de mesas para billar; tapizados murales de materias textiles; tejidos, tejidos que imitan la piel de animales; tela, telas para tapizar muebles; toallas de materias textiles; toallitas de tocador de materias textiles; tul. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-06-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 28877-18 — Solicitud de registro de marca de servicio HOTGO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

HOME ACCENTS 1/ No. Solicitud: 28877-18 2/ Fecha de presentación: 03-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CLAXSON MEDIA,LLC. 4.1/ Domicilio: 990 Biscayne Blvd, Suite 1003, Miami, FLORIDA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CALIFORNIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HOTGO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones, servicios de emisión de televisión, emisión vía web de material de audio y vídeo para entretenimiento e información; servicios de difusión móvil en la forma de transmisión electrónica; radiodifusión y transmisión de audio, vídeo y contenido de entretenimiento multimedia, incluyendo archivos de texto, datos, imágenes, audio, vídeo y audiovisuales a través de internet, comunicación inalámbrica, redes de comunicaciones electrónicas, redes de computadora, sistemas de radiodifusión y televisión. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-27137 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL - Volkswagen clase 4

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-27137 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 4 8/ Protege y distingue: Aceites y grasas industriales, aceite de motor, aceite industrial, oleína, gasóleo, parafina, aceite de colza para uso industrial, este a rina, aceite de girasol para uso industrial; grasa industrial; cera industrial; velas y mechas para iluminar; lubricantes, mazut (aceite combustible), grasa para cinturones (cintas transportadoras), preparaciones antideslizantes para cinturones (cintas transportadoras), cera para correas, grasa lubricante, aceite lubricante; preparaciones para eliminar el polvo, preparaciones para absorber el polvo; composiciones de colocación de polvo; combustible incluyendo combustible de motor, combustible de iluminación, gas para ilurninación; combustibles incluyendo combustibles de energía, carburantes, combustible, gas combustible, leña, aceite combustible, alcohol metilado, combustible con una base alcohólica, mezclas de combustible vapor izado, etanol, aceite diésel (gasóleo), gasolina, queroseno, combustible mineral, nafta, aditivos no químicos para carburante, petróleo, crudo o refinado; éter de petróleo, gas pobre, nafta de carbón, gases solidificados, artefactos de encendido (encendedores); energía eléctrica; aditivos en conexión con antes mencionado, incluidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 27157-18 — Solicitud de registro de marca de servicio DISEÑO ESPECIAL - Citigroup

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 27157-18 2/ Fecha de presentación: 20-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Citigroup Inc. 4.1/ Domicilio: 388 Greenwich Street, New York, New York 10013, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican las tonalidades de Azul que aparecen en el ejemplar adjunto. 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios bancarios; servicios de banca móvil; servicios de tarjetas de crédito y de débito; provisión de procesamiento electrónico de transferencia electrónica de fondos, de cámara de compensación automatizada (ACH, por sus siglas en Inglés), de tarjeta de crédito, de tarjeta de débito, de cheque electrónico y de pagos electrónicos vía una red informática mundial; prestación de servicios financieros, a saber, facilitación de transacciones financieras en el ámbito de servicios de pago, a saber, transferencias electrónicas de fondos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 14-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 15191-18 — Solicitud de registro de marca de servicio Tankmix IT

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 15191-18 2/ Fecha de presentación: 6-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Yara International ASA. 4.1/ Domicilio: Drammensveien 131, 0277 Oslo, NORUEGA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: NORUEGA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Tankmix IT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos y servicios de investigación y diseño relacionados a ellos; servicios de investigación y análisis industrial; diseño y desarrollo de hardware y software informático; servicios científicos y tecnológicos relacionados a la agricultura, horticultura, acuicultura y silvicultura y servicios marítimos; servicios de investigación y análisis industrial relacionados a la agricultura, horticultura, acuicultura y silvicultura y servicios marítimos; servicios de investigación y análisis industrial relacionados a la medición de contenido de clorofila en las plantas, medición del contenido de fertilizante de los suelos, medición de las necesidades de nitrógeno de los cultivos, mezcla de tanques e identificación de la miscibilidad de los tanques, variación y distribución de fertilizantes, medición de las precipitaciones, medición del contenido de los minerales en el suelo, control de la emisión y reducción de gases contaminantes y otros contaminantes, incluyendo el control de la emisión y reducción de óxido de nitrógeno (NOx), óxido de azufre (SOx) y ácido sulfhídrico (H2S). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. _______ Tankmix IT

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Aviso No. 2018-27138 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL - Volkswagen clase 14

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-27138 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Piedras preciosas, perlas y metales preciosos e imitaciones y productos artística mente diseñados hechos de los mismos, comprendidos en la clase 14; joyería; instrumentos para medir el tiempo, instrumentos cronométricos; relojes de pulsera y cronómetros y relojes de bolsillo, carcasas para relojes de pared y relojes; joyeros y cajas para relojes; alfileres de corbata, gemelos, prendedores (bisutería), otros artículos de metales preciosos y piedras preciosas e imitaciones de los mismos, a saber, estatuas y estatuillas, hechas de o revestidas con metales preciosos o semipreciosos o con piedras o imitaciones de las mismas, monedas y fichas (tokens), obras de arte hechas de metales preciosos, llaveros [baratijas o llaveros remotos (fobs)]; estuches para joyería; partes y accesorios de todos los productos antes mencionados, comprendidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 18412-18 — Solicitud de registro de marca de servicio Z GENERATION y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 18412-18 2/ Fecha de presentación: 27-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Z RETAIL. 4.1/ Domicilio: 6 bis, rue Gabriel La u main, 75010 PARIS, FRANCIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Z GENERATION y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; promoción (publicidad); gestión de negocios comerciales; administración comercial; distribución de materiales publicitarios (folletos, volantes, materias impresas, muestras); administración computarizada de archivos; organización de exposiciones con fines comerciales y publicitarios; publicidad y promoción (publicidad) en línea de bienes y servicios a través de una red informática; información comercial y asesoramiento para consumidores [tienda de asesoramiento al consumidor]; promoción de productos; organización de operaciones promocionales; consultoría de gestión empresarial y de organización empresarial; publicación de publicidad o de textos promocionales; relaciones públicas, promoción de ventas para terceros; demostración de productos; presentación de productos en medios de comunicación, para fines comerciales; adquisición para terceros (compra de bienes y servicios para otras empresas); venta al por mayor, venta al por menor y venta en línea de prendas de vestir, calzado, accesorios de vestir; reunión, para terceros, de los productos antes mencionados, permitiendo a los clientes ver y comprar esos productos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-08-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-025546 — Solicitud de registro de marca de fábrica FINER-FLOW Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-025546 [2] Fecha de presentación: 08/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CHAMPION LABORATORIES, INC. [4.1] Domicilio: 200 S. 4th Street, Albion, Illinois 62806, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FINER-FLOW Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Filtros de aceite; filtros de aire y filtros de combustible para motores eléctricos y motores de combustión; filtros hidráulicos para chasis en vehículos y equipos estacionarios; filtros hidráulicos para prensas industriales y compresores; filtros para motores de combustión interna para vehículos no terrestres y maquinaria industrial, a saber, filtros de aceite, filtros de aire, filtros hidráulicos y filtros de agua; filtros para motores de combustión interna para vehículos terrestres, a saber, filtros de aire, filtros de aceite, filtros de agua, filtros de transmisión, filtros hidráulicos y filtros de combustible; filtros de refrigerante para motores eléctricos y motores de combustión; refinado res líquidos, a saber, filtros de aceite para uso en la refinación de aceite lubricante y para la filtración a granel.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de julio del año 2018. [12] Reservas: No se reivindica la frase “WITH PRECISION-PLEAT TECHNOLOGY”, que aparece en el ejemplar adjunto. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 33221-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica CIHUATAN

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 33221-18 2/ Fecha de presentación: 30-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Licorera Cihuatan, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: El Piasnal, Departamento de San Salvador, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CIHUATAN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas, especialmente ron. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07/09/18. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 32588-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DEKALB PROTEKTA y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

CIHUATAN 1/ No. Solicitud: 32588-18 2/ Fecha de presentación: 26-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Monsanto Technology LLC. 4.1/ Domicilio: 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DEKALB PROTEKTA y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Semillas agrícolas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: A USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 35635-18 — Solicitud de registro de expresión o señal de propaganda CAMINO REAL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 35635-18 2/ Fecha de presentación: 15-08-18 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES CAMINO REAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Mariano Escobedo No. 700, Col. Nueva Anzures, Ciudad de México, C.P. 11590, MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAMINO REAL LA VIDA DESDE OTRO ANGULO y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Para utilizarse con la marca CAMINO REAL y Diseño en clase 43 cuya solicitud de registro está siendo presentada de forma simultánea. 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restaurantes, servicios de bebidas y comidas preparadas, reserva de hoteles, servicios hoteleros. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: A USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-9-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 35633-18 — Solicitud de registro de marca de servicio QR QUINTA REAL y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 35633-18 2/ Fecha de presentación: 15-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES CAMINO REAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Mariano Escobedo No. 700, Col. Nueva Anzures, Ciudad de México, C.P. 11590, MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QR QUINTA REAL y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindican las palabras “GRAN CLASE” que se muestran en el ejemplar. 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restaurantes, servicios de bebidas y comidas preparadas, reserva de hoteles, servicios hoteleros. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: A USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-9-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso No. 2018-028281 — Solicitud de registro de marca de fábrica 43 KING

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-028281 [2] Fecha de presentación: 29/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BIRDIE BH 43 LLC. [4.1] Domicilio: 141 Parkway Road, Suite 13C, Bronxville, New York 10708, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 87/739,436 [5.1] fecha: 31/12/2017 [5.2] País de Origen: Estados Unidos de América [5.3] Código País: US

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: 43 KING [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Vodka.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. 43 KING

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Aviso No. 33374-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica MADRE TIERRA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 33374-18 2/ Fecha de presentación: 31-julio-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO BIMBO, S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, colonia Peña Blanca Santa Fe, 01210, México, D.F., MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MADRE TIERRA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Granos no comprendidos en otras clases, vegetales frescos y semillas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: A USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. A 11/ Fecha de emisión: 03-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 31462-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica INTELLA MAX

Registro de la Propiedad Industrial

MADRE TIERRA 1/ No. Solicitud: 31462-18 2/ Fecha de presentación: 18-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CAN TECHNOLOGIES, INC. 4.1/ Domicilio: 15407 McGinty Road West, Wayzata, MN 55391, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE MINNESOTA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INTEL LA MAX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Alimento para animales (pienso). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: A USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. A 11/ Fecha de emisión: 31-08-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 31460-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica HOTECHE y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

INTEL LA MAX 1/ No. Solicitud: 31460-18 2/ Fecha de presentación: 18-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Ningbo Genin Industrial Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: Room 536, Bld. 5, No. 22 Henghe Road, Beilun District, Ningbo, Zhejiang Province, P.R. CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: P:R: CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HOTECHE y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 8 8/ Protege y distingue: Herramientas de mano, operadas manualmente; limas; cortatubos [herramientas de mano]; martillos [herramientas de mano]; llaves de tuercas [herramientas de mano]; hachas; pelacables [herramientas de mano]; alicates; sierras [herramientas de mano]; destornilladores, no eléctricos; tijeras de podar; herramientas de jardín, operadas manualmente; cuchillos afilados (cuchillos hobby) [escalpelos]; gatos de elevación, accionados manualmente; llave inglesa [herramientas de mano]. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: A USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. A 11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 35636-18 — Solicitud de registro de marca de servicio COMBINA 3C

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 35636-18 2/ Fecha de presentación: 15-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CONSORCIO COMEX, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Boulevard Manuel Avila Camacho No. 138, Penthouse 1 y 2, colonia Reforma Social, Delegación Miguel Hidalgo, 11650 México, D.F., MÉXICO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COMBINA 3C 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Ventas en bodegas de venta mayorista, ventas al por menor y venta directa de todo tipo de pinturas y materiales para pintores, como ser pinturas, barnices, lacas, esmaltes, diluyentes, materias colorantes, productos anticorrosivos, COMBINA 3C _______ conservantes anticorrosión (antioxidantes) y contra el deterioro de la madera, brochas, papel de lija, brochas para aplicar pintura, rodillos para pintura para obras de construcción, arpilleras (yute), herramientas primarias; agentes impermeabilizantes; adhesivos (pegamentos) para uso en la industria; adhesivos (pegamentos) para papelería y para uso doméstico; revestimientos; text u rizadores. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: STEPHANIE CRUZ ANDERSON.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: A USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. A 11/ Fecha de emisión: 19-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-042012 — Solicitud de registro de marca de fábrica METACALMANS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-042012 [2] Fecha de presentación: 09/10/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: SOUBEIRAN CHOBET, S.R.L. [4.1] Domicilio: Ibera 5055, ciudad Autónoma de Buenos Aires, (1431) Buenos Aires, República de Argentina [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ARGENTINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: METACALMANS [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones y substancias farmacéuticas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. METACALMANS

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Aviso

Aviso No. 534-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica BIBI

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 534-2018 2/ Fecha de presentación: 08-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CALÇADOS BIBI LTDA. 4.1/ Domicilio: Rodovia RS 239 Km. 28,4 No 3600, Parobé - RS 95630-000, BRASIL 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: BRASIL

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIBI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Zapatos, zapatillas deportivas, botas, sandalias, pantuflas, vinchas, sombreros, muñequeras, calcetines, fajas (accesorios de vestir) y prendas de vestir. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-05-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-045155 — Solicitud de registro de marca de fábrica COMEX SIMPLEX

Registro de la Propiedad Industrial

BIBI [1] Solicitud: 2017-045155 [2] Fecha de presentación: 27/10/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CONSORCIO COMEX, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BOULEVARD MANUEL AVILA CAMACHO NO. 138, PENTHOUSE 1 Y 2, COLONIA REFORMA SOCIAL, DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, 11650 MÉXICO, D.F., México [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros.

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COMEX SIMPLEX [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Software informático, aparatos e instrumentos para seleccionar, medir, coordinar, emparejar y preparación de fórmula en el ámbito de las pinturas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: STEPHANIE CRUZ ANDERSON. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. COMEX SIMPLEX

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Aviso

Aviso No. 32312-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica VITRECTO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 32312-18 2/ Fecha de presentación: 25-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INTERVET INTERNATIONAL B.V. 4.1/ Domicilio: Wim de Körverstraat 35, 5831 AN Boxmeer, PAISES BAJOS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PAISES BAJOS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VITRECTO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones veterinarias. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 28883-18 — Solicitud de registro de marca de servicio VIA PROCERES

Registro de la Propiedad Industrial

VITRECTO 1/ No. Solicitud: 28883-18 2/ Fecha de presentación: 03-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VIA PROCERES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 VIA PROCERES 8/ Protege y distingue: Servicios de administradores de propiedades, a saber, servicios de alquiler, tasación de bienes inmuebles o financiación; administración de bienes inmuebles; administración de inmuebles; agencias de alquiler [propiedades inmobiliarias]; arrendamiento de bienes inmuebles / elaboración de contratos de alquiler de bienes inmuebles; cobro de alquileres. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-08-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 31719-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica STYX

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 31719-18 2/ Fecha de presentación: 19-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Hyundai Motor Company. 4.1/ Domicilio: 12, Heolleung-ro, Se ocho-gu, Seoul, REPÚBLICA DE COREA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STYX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Automóviles, autos deportivos, autobuses tipo camionetas, camiones, autobuses, vehículos eléctricos, automóviles tipo vehículos utilitarios deportivos (SUV, por sus siglas en Inglés), vehículos utilitarios deportivos; partes y accesorios para automóviles. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. _______ STYX

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Aviso

Aviso No. 23573-18 — Solicitud de registro de marca de servicio INTUIT

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 23573-18 2/ Fecha de presentación: 25-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Intuit Inc. 4.1/ Domicilio: 2535 Garcia Avenue, Mountain View, CA 94043, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INTUIT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; diseño, suministro, instalación, mantenimiento, actualización o alquiler de software informático; provisión de uso temporal de software en línea no descargable; almacenamiento electrónico de datos; servicios de alojamiento (hosting) y de software como servicio; software basado en la nube y plataformas de software basadas en la nube; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en contabilidad, teneduría de libros, procesamiento de transacciones, gestión de transacciones, preparación y planificación de impuestos, presentación de declaraciones de impuestos, gestión tributaria, gestión de procesos comerciales y planificación financiera; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en la gestión de la práctica tributaria profesional; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para la gestión de bases de datos, la agregación de datos, el informe de datos y la transmisión de datos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para copias de respaldo en línea de archivos electrónicos; herramientas y plantillas de desarrollo de software; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en la distribución, instalación y actualización de otras aplicaciones; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para la colaboración y el intercambio de datos con otros; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para sincronizar datos entre computadoras y dispositivos móviles; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para el intercambio electrónico de datos contables, financieros, de clientes, de contacto, de productos y comerciales; software informático para la gestión de inventario, gestión de costes de proyectos, estimación, costeo de trabajos, rastreo del tiempo de los empleados, gestión de operaciones comerciales y gestión de proyectos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en transacciones de punto de venta, procesamiento de transacciones, impresión de recibos y gestión de operaciones minoristas; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para crear, personalizar y gestionar facturas, registrar pagos y emitir recibos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en la organización, servicio y rastreo de datos de ventas, cobranzas y cuentas por cobrar; provisión de uso temporal de software no descargable en línea para el seguimiento de ingresos, egresos, ventas y rentabilidad por ubicación comercial, departamento, tipo de negocio u otro campo fijado por el usuario; proporcionar el uso temporal de software no descargable en línea para calcular y cobrar el impuesto sobre ventas y crear informes para pagar el impuesto sobre ventas a las agencias tributarias apropiadas; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para la facturación de tarjetas de crédito y el procesamiento de pagos con tarjeta de crédito; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para banca en línea; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para controlar el acceso a la información financiera a través de configuraciones de permisos electrónicos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para crear, personalizar, imprimir, exportar y enviar por correo electrónico órdenes de compra; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para rastrear el tiempo trabajado por los empleados y INTUIT subcontratistas; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para crear y administrar presupuestos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para crear estimaciones de cotización de precios y para transferir estimaciones de cotización de precios a las facturas; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para automatizar la creación de facturas; provisión de uso temporal de software no descargable en línea para crear, personalizar, imprimir, exportar y enviar por correo electrónico informes financieros, informes comerciales, hojas de balance, declaraciones de pérdidas y ganancias, estados de flujo de caja e informes de ventas sujetas a impuestos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para crear, imprimir y rastrear cheques y órdenes de compra; provisión de uso temporal de software informen línea no descargable para rastrear ventas, gastos y pagos; software informático para analizar el estado financiero de empresas e industrias; proporcionar el uso temporal de software en línea no descargable para administrar listas de clientes, enviar por correo electrónico e imprimir formularios de ventas y rastrear balances corrientes; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para importar contactos y datos financieros de otros servicios electrónicos y software; proporcionar el uso temporal de software en línea no descargable para transacciones de puntos de venta y gestión de ventas minoristas; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para uso en la administración y gestión de nómina, planes de beneficios, planes de seguro, planes de jubilación, planes de seguro de desempleo y planes pre-pago de atención médica; proporcionar el uso temporal de software en línea no descargable para administrar información de atención médica, información de recetas médicas, historial médico, facturación médica, registros de pacientes y otros registros médicos; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para la administración de seguros médicos, pagos, gastos y facturación médicos; proporcionar el uso temporal de software de gestión de relaciones con los clientes (CRM, por sus siglas en Inglés) en línea no descargable; proporcionar el uso temporal de software de planificación de recursos empresariales (ERP, por sus siglas en Inglés) no descargable en línea; provisión del uso temporal de software de gestión comercial para uso en bienes raíces y administración de propiedades, gestión de servicio automotriz y de reparaciones, construcción y gestión de edificios, gestión de consultorios de atención médica, gestión de firmas de abogados, gestión de organizaciones sin fines de lucro y del sector público, gestión de tiendas minoristas y restaurantes, y gestión de servicios de viajes; almacenamiento electrónico de archivos y documentos; almacenamiento de medios electrónicos, a saber, imágenes, texto, audio, datos financieros y de contacto; servicios de almacenamiento para archivar bases de datos, imágenes y otros datos electrónicos; servicios de alojamiento (hosting) de datos; programas de software de alojamiento (hosting) para uso en la gestión, organización y uso compartido de datos en un servidor informático y para la colaboración basada en la web en una red informática mundial y en redes informáticas internas; servicios de soporte técnico; asesoría técnica en los ámbitos de hardware y software informático; servicios de instalación, ajuste y configuración de software informático; servicios de integración de software informático y de sistemas; conversión de datos de datos o información de programas informáticos; servicios de recuperación de datos; servicios de soporte técnico, a saber, resolución de problemas de software informático, de sitios web, de servicios en línea, de problemas de aplicaciones web y en línea, de problemas de aplicaciones móviles, de problemas de red y de problemas de datos y bases de datos; sincronización de datos entre computadoras y dispositivos móviles. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/09/18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-27150 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-27150 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volkswagen Aktiengesellschaft. 4.1/ Domicilio: Brieffach 011/1770, D-38436 Wolfsburg, ALEMANIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Máquinas para trabajar plásticos, máquinas para la producción, la reparación y el desmantelamiento de vehículos terrestres, aéreos y acuáticos, máquinas para la industria química, máquinas para la agricultura, máquinas para la minería, máquinas para la industria textil, máquinas para la industria alimentaria, máquinas para la industria de bebidas, máquinas para la industria de la construcción, máquinas para la industria del embalaje; equipos agrícolas, de remoción de tierra, de construcción, de extracción de aceite y gas y de minería; máquinas herramientas; motores, que no sean para vehículos terrestres; motores eléctricos que no sean para vehículos terrestres; partes de motor para motores de todo tipo; partes de motores eléctricos de todo tipo; motores diésel; bujías de precalentamiento para motores diésel; motores a gasolina; motores de gasolina (que no sean para vehículos terrestres); motores de combustión y motores hidráulicos; controladores electrónicos para máquinas, motores, motores de combustión interna, motores eléctricos, servomotores; turbocompresores; turbocargadores; bombas, compresores y ventiladores para motores; robots; bomba de aceite de vehículo; lubricadores [partes de máquinas]; embragues que no sean para vehículos terrestres; transmisiones de máquinas, excepto para vehículos terrestres; embragues, que no sean para vehículos terrestres; partes de acoplamientos y de transmisiones para máquinas, comprendidos en la clase 07; desplazamiento y manejo de equipo; generadores de electricidad; máquinas y máquinas herramientas para el tratamiento de materiales y para la fabricación; motores de combustión, transmisiones (trenes de potencia) y partes genéricas de máquinas para máquinas; máquinas dispensadoras; máquinas de barrido, de limpieza, de lavado y de lavado de ropa; máquinas agrícolas; trituradoras [máquinas] para uso industrial; cortadoras de césped motorizadas; implementos agrícolas, que no sean operados manualmente; turbinas de viento; máquinas automáticas de distribución; máquinas para trabajar la madera; máquinas de fabricación de papel; máquinas de impresión para uso en lámina metálica; máquinas de friso; máquinas de dimensionamiento; equipo mecánico de procesamiento de té; máquinas de salchichas; máquinas lavadoras de botellas; máquinas de cigarrillos para uso industrial; máquinas para trabajar el cuero; prensas rotativas de vapor, portátiles, para tejidos; máquinas de ensamblaje de bicicletas; ruedas de alfarero; máquinas de grabado; máquinas para hacer cordones; maquinaria de producción de esmalte; maquinaria de producción de bulbos; maquinaria dispensador a de cinta adhesiva; máquina para elaborar briquetas; máquinas mezcladoras; máquinas lavadoras; desintegradores; super calentadores; máquinas para trabajar el vidrio; máquinas electromecánicas para la industria química; máquinas enjuagadoras; máquinas de pudelado; máquinas de refinado ras de aceite; agitadores; gatos [máquinas], gatos motorizados; máquinas de metalurgia; máquinas de fundición; máquinas de vapor; máquinas de chinchetas (tachuelas); máquinas de sujeción; destornillador eléctrico; equipos de procesamiento de lentes para gafas, que no sean operados manualmente; cepillos de aire (aerógrafos) para aplicar color; filtros para limpiar el aire de enfriamiento, para motores de combustión; máquinas de soldadura, eléctricas; instalaciones de lavado para vehículos; equipos de mantenimiento de automóviles, que no sean accionados manualmente; incubadoras de huevos; partes y accesorios de todos los productos antes mencionados, comprendidos en esta clase. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 23422-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica TURBOTAX

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 23422-18 2/ Fecha de presentación: 25-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Intuit Inc. 4.1/ Domicilio: 2535 Garcia Avenue, Mountain View, CA 94043, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TURBOTAX TURBOTAX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Software informático; Software informático para planificación fiscal, cálculo de impuestos y preparación y presentación de declaraciones de impuestos; software informático para la preparación y presentación de declaraciones de impuestos, procesamiento de pagos de impuestos y para organizar, rastrear y registrar de gastos deducibles de impuestos; software informático para procesar pagos de impuestos; software informático para organizar, rastrear y registrar gastos deducibles de impuestos; software informático para banca en línea; software informático para que clientes depositen directamente devoluciones de impuestos a cuentas en instituciones financieras; software informático para rellenar formularios de impuestos con datos fiscales de cuentas bancarias en línea; software informático que permite que múltiples usuarios compartan pantalla y se comuniquen para uso en la provisión de soporte técnico remoto de software y soporte técnico remoto de servicios en línea; software que permite que múltiples usuarios compartan pantallas y se comuniquen para uso en la prestación de asistencia con respecto a la contabilidad y a los impuestos; software informático que permite a los usuarios capturar, cargar, descargar, almacenar, organizar, ver, crear, editar, cifrar, enviar y compartir recibos, documentos, información, datos, imágenes, fotografías y mensajes electrónicos, todo en el ámbito de la planificación fiscal, la preparación de declaraciones de impuestos y la presentación de declaraciones de impuestos; software informático para uso en la prestación de asistencia con respecto a la contabilidad y los impuestos; software informático que permite la comunicación entre profesionales de impuestos y clientes; software informático que permite la comunicación entre representantes de soporte técnico y clientes; software informático para uso en la provisión de soporte técnico; software informático para uso en la resolución de problemas con software informático y con servicios en línea a través del teléfono, chat en línea, correo electrónico, vídeo y otros medios; software informático que permite a los usuarios hacer preguntas y contestar preguntas de los demás, y para hacer preguntas y recibir respuestas de un sistema informático; software informático que cuenta con tecnología de interfaz de sistema que solicita a los usuarios instrucciones personalizadas basadas en el análisis en tiempo real de la estructura de preguntas y de la semántica del usuario; software informático que aconseja a los usuarios cómo reformular las preguntas utilizando consejos personalizados para guiar a los usuarios; software informático que permite a los usuarios publicar y responder preguntas en los ámbitos de impuestos, reforma migratoria, legislación, negocios y eventos actuales; software informático que permite a los usuarios contribuir y editar contenido digital en los ámbitos de impuestos, reforma migratoria, legislación, negocios y eventos actuales; software informático para uso en la integración de datos; software informático para que instituciones financieras integren datos relacionados con impuestos con datos bancarios en línea. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/09/2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-31379 — Solicitud de registro de marca de fábrica SEIX y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-31379 2/ Fecha de presentación: 17-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: EXPO SHOPING TV, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B, TEGUCIGALPA, TELÉFONO 2225-2727. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SEIX y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Potenciador sexual. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: NANCY YOLANY VARGAS GALLEGOS

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-31378 — Solicitud de registro de marca de fábrica EROTIK y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-31378 2/ Fecha de presentación: 17-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: EXPO SHOPING TV, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B, TEGUCIGALPA, TELÉFONO 2225-2727. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EROTIK y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Artículos para actividades sexuales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: NANCY YOLANY VARGAS GALLEGOS

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-31374 — Solicitud de registro de marca de fábrica Macho Alfa y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-31374 2/ Fecha de presentación: 17-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: EXPO SHOPING TV, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B, TEGUCIGALPA, TELÉFONO 2225-2727. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Macho Alfa y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Potenciador sexual. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: NANCY YOLANY VARGAS GALLEGOS

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-08-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-031367 — Solicitud de registro de marca de fábrica FLORATIN Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-031367 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: EXPO NOVEDADES TV, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FLORATIN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Cápsulas para proteger flora intestinal.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: NANCY YOLANY VARGAS GALLEGOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No se protegen las palabras EXPO NOVEDADES TV al igual que 100% natural. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-031366 — Solicitud de registro de marca de fábrica VIVE 1000%

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-031366 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: EXPO NOVEDADES TV, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VIVE 1000% [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Cápsulas para potenciar la energía.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: NANCY YOLANY VARGAS GALLEGOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No se protegen las palabras EXPO NOVEDADES TV al igual que 100% natural. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 27158-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica Koel y diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 27158-18 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CIRAIRE, SOCIEDAD ANÓNIMA 4.1/ Domicilio: Tercera Avenida “A” 9-95, Lomas de Pamplona, zona 13, Ciudad de GUATEMALA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Koel y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Equipos de aire acondicionado. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 27152-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica GLIFAGE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 27152-18 2/ Fecha de presentación: 20-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: MERCK SANTÉ, S.A.S. 4.1/ Domicilio: 37 rue Saint-Romain, Cedex, Lyon, 69008, FRANCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GLIFAGE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos utilizado en el ámbito de la endocrinología y en el metabolismo. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 22910-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica RECOMULIN

Registro de la Propiedad Industrial

GLIFAGE 1/ Solicitud: 22910-18 2/ Fecha de presentación: 22-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Puerto Rico Pharmaceutical, Inc. 4.1/ Domicilio: 1660 Calle Santa Ana, Esq. Fidalgo Díaz, San Juan 00909, PUERTO RICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PUERTO RICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RECOMULIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 RECOMULIN 8/ Protege y distingue: Insulina. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-4185 — Solicitud de registro de nombre comercial OIL DEPOT

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-4185 2/ Fecha de presentación: 25-01-2018 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO H, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OIL DEPOT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 0 8/ Protege y distingue: Establecimiento dedicado a compra y venta de combustible y derivados del petróleo. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-09-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. ______ Oil Depot

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Aviso

Aviso No. 34767-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica NEWBLACK

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 34767-18 2/ Fecha de presentación: 9-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: RIVERDOR CORP. S .A. 4.1/ Domicilio: AV. 18 de Julio 878, Oficina 1204, Montevideo, Uruguay 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NEW BLACK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Productos químicos destinados a la agricultura, horticultura y silvicultura, abono para las tierras, materias curtientes, adhesivos (pegamentos) destinados a la industria. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 14, 29 N. y 14 D. 2018. NEW BLACK

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