Aviso — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Publicación: 29 de noviembre de 2018
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,807
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de enero del dos mil dieciocho (2018), interpuso demanda ante este Juzgado el señor Francisco Mendoza Silva, con orden de ingreso número 0801-2018-00020, contra el Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH), incoando demanda ordinaria para que se me otorgue la tutela judicial efectiva y al efecto se declare no ser conforme a derecho un Acto Administrativo de carácter particular emitido con infracción del ordenamiento jurídico por la Comisión Interventora del Instituto de Previsión Social de los empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH).- Que se declare la Nulidad del acto administrativo dictado mediante Resolución CI INPREUNAH No. 01/03-11-2017 punto No. 17 del acta No. 56 de la Sesión Ordinaria celebrada los días 3 y 7 de noviembre del 2017 mediante la cual se declara sin lugar el Recurso de Reposición interpuesto en contra de la Resolución No. CI INPREUNAH No. 02/28-02-2017 mediante la cual se me otorga el beneficio de jubilación conforme al Reglamento nuevo del año 2016 y no conforme al reglamento del año 2006 que es el aplicable a mi caso por la no retroactividad de la ley y porque ese reglamento es el más favorable desde mi afiliación en el año 1989.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del demandante y que para el pleno restablecimiento del derecho violado se condene al INPREUNAH a la suspensión y no aplicación del reglamento general del año 2016 del INPREUNAH y en mi caso se me pague el complemento de la jubilación mensual desde el mes de marzo del 2017 más los intereses respectivos y se deje sin valor ni efecto tanto el reglamento general del 2016 como la Resolución CI INPREUNAH No. 01/03-11-2017 punto No. 17 del acta No. 56 de la Sesión Ordinaria celebrada los días 3 y 7 de noviembre del 2017 y la Resolución No. 02/28-02-2017 y cálculo de Jubilación consecuentemente se deje de aplicar del nuevo Reglamento General del INPREUNAH del año 2016.- Indemnización de daños y perjuicios ocasionados desde el mes de marzo del 2017 y siguientes, más los intereses de la cantidad no pagada hasta que quede firme la sentencia condenatoria.- Costas del juicio.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Se acompañan documentos.- Poder. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 29 N. 2018. _____ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO