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29 de noviembre de 2018Vigente

Certificación No. 18-36810 — Certificación de Solicitud de Registro de Marca de Fábrica CACIQUE Y DISEÑO

Dirección General de Propiedad Intelectual

  • Decreto: 18-36810
  • Publicación: 29 de noviembre de 2018
  • Órgano emisor: Dirección General de Propiedad Intelectual
  • Gaceta: 34,807
  • Categoria: Mercantil

Considerandos

Que la Asociación Civil de Beneficio Mutuo denominada ASOCIACIÓN PALESTINA HONDURAS, se crea como asociación civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado, apolítica, sin fines de lucro. Asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente Resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los Estatutos, que sea contra ría a la Constitución de la República y a las Leyes.

Articulos

Articulo 1.-

Conceder Personalidad Jurídica a la Asociación Civil de beneficio mutuo denominada ASOCIACIÓN PALESTINA HONDURAS, con domicilio de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, con duración indefinida y con los obletivos siguientes:

  • a)

    Promover, mantener y garantizar la tranquilidad, el bienestar, la solidaridad, la comprensión, la armonía, los buenos hábitos éticos y morales, así como el respeto entre los miembros de la asociación;

  • b)

    Proponer, promover y realizar las acciones orientadas al reconocimiento de pueblo palestino y trabajar por lograr relaciones diplomáticas entre Honduras y Palestina.

  • c)

    Velar por el buen uso y aprovechamiento racional de los bienes equipos y servicios que constituyen su patrimonio material.

Articulo 2.-

La ASOCIACIÓN PALESTINA HONDURAS, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, a través de la Dirección de Registro, Regulación y Seguimiento de Asociaciones Civiles indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.

Articulo 3.-

La ASOCIACIÓN PALESTINA HONDURAS, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, a través de la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresas y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través un sistema contable legalizado. Las herencias, legados U D I-D EG T-U N AH