Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 006-2023 — Ascenso de treinta y dos (32) Aspirantes a Oficiales Auxiliares al Grado de Subinspectores(as) Auxiliares de la Policía Nacional
Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
- 1.
Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado y por ende, dirigir la política económica y financiera del mismo, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 2.
Que el Artículo 2 de la Ley de Servicio Civil establece: “El Régimen del Servicio Civil comprenderá a los servidores públicos que laboran en las Secretarías de Estado cuyo ingreso al servicio se haya efectuado llenando las condiciones y requisitos que establezca esta Ley y su Reglamento. Las mismas disposiciones serán aplicables a los funcionarios y empleados de las Municipalidades y de la Junta Nacional de Bienestar Social. En cuanto a los servidores de los Poderes Legislativo y Judicial se regirán por sus respectivas leyes orgánicas, reglamentos y estatutos cuyas normas se orientarán a los principios de esta Ley, y en todo lo que no contraríen a la Constitución de la República”. EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
- 3.
Que el Artículo 3 de la Ley de Servicio Civil establece: “Las disposiciones de esta Ley no serán aplicables a los siguientes servidores públicos: … m) A los que presten servicios con carácter interino y los trabajadores del Estado pagados por el sistema de planillas. Sin perjuicio de lo anterior, si un trabajador pagado por el sistema de planilla al servicio del Estado, pasa a ocupar el mismo o diferente puesto en la Administración Pública por Acuerdo emitido por el Poder Ejecutivo, le será reconocida su antigüedad laboral, desde que se inició su relación laboral como trabajador pagado por el sistema de planilla…”.
- 4.
Que el artículo 7 numeral 17) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras dispone: “FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD. Además de las consignadas en otras leyes, corresponde al titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad: Proponer al Presidente de la República el otorgamiento de todos los grados de las categorías de oficiales de acuerdo a la idoneidad y méritos hechos en la carrera policial”.
- 5.
Que corresponde al Director General de la Policía Nacional proponer al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad los oficiales candidatos para ascenso en todas las categorías de conformidad con la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras y el Reglamento de Ascenso de la Policía Nacional, bajo dictamen técnico del Directorio Estratégico Policial.
- 6.
Que el artículo 49 de la Ley de la Carrera Policial señala: “ASCENSOS. El ascenso es un proceso administrativo legal para optar al grado inmediato superior y tiene como propósito mantener los cuadros orgánicos en el orden jerárquico de la Policía Nacional, reconociendo los méritos de cada candidato, el cual está regulado a través del Manual de Procesos de Ascensos, Reglamento e Instructivo correspondiente”.
- 7.
Que la referida Ley, en el artículo 50 dice: “OTORGAMIENTO DE GRADOS. Los grados deben ser otorgados en estricto jerárquico, sin obviar ninguno. Los requisitos y procedimientos necesarios para el otorgamiento de grados se deben regir por lo establecido en la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras, la presente Ley, reglamentos y manuales respectivos. Los ascensos de las Categorías de Oficiales Subalternos son otorgados por el Presidente de la República, a propuesta de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Los Oficiales Superiores son otorgados por el Congreso Nacional a propuesta del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Las demás categorías establecidas en la presente Ley y la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras son otorgadas por el Director General de la Policía Nacional, de acuerdo al reglamento respectivo”.
- 8.
Que el Articulo 38 del Reglamento General de la Ley de la Carrera Policía, establece: “INGRESO A LA CATEGORIA DE PERSONAL AUXILIAR Y TÉCNICO. Para el ingreso a la categoría de personal auxiliar y técnico debe existir previamente la vacante determinada por la Dirección de Recursos Humanos, el ingreso es de manera voluntaria y el interesado debe cumplir con las formalidades y requisitos establecidos en la LEY y el presente reglamento, a fin de que LA SECRETARÍA emita el respectivo Acuerdo de Nombramiento. El personal auxiliar y técnico puede pasar a la clasificación de Oficiales Auxiliares desde el grado de Subinspector hasta el grado de Comisionado previo cumplimiento de los requisitos.
- 9.
Que en base al Acta de Cierre para el Ascenso de Aspirantes a Oficiales Auxiliares al Grado de Subinspectores(as) Auxiliares, año 2023, en sesión celebrada el 30 de enero del año 2023, el Consejo General de Ascenso analizaron y determinaron el cumplimiento de los requisitos de acenso al Grado inmediato superior.
- 10.
Que el Director General de la Policía Nacional ha propuesto al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, el Ascenso de treinta y dos (32) Aspirantes a Oficiales Auxiliares al Grado de Subinspectores(as) Auxiliares, que cumplieron Satisfactoriamente el Plan de Formación Policial.
Articulo 7
numeral 17), 47 numeral 18) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras; Artículos 18 numeral 3), 49, 50 y 51 de la Ley de la Carrera Policial; Artículo 38 del Reglamento General de la y de la Carrera Policial; Acta de Cierre para el Ascenso de Aspirantes a Oficiales Auxiliares al Grado de Subinspectores(as) Auxiliares, año 2023, en sesión celebrada el 30 de enero del año 2023 y Dictamen Técnico emitido por el Directorio Estratégico Policial de fecha 31 de enero del año. ACUERDA: PRIMERO: ASCENDER AL GRADO INMEDIATO SUPERIOR a treinta y dos (32) Aspirantes a Oficiales Auxiliares al Grado de Subinspectores(as) Auxiliares, a partir del primero (1) de febrero del año 2023, que se denominan a continuación: DE ASPIRANTES A SUBINPECTORES(AS) AUXILIARES N°. GRADO NOMBRE DNI 1 SUB INSPECTOR AUXILIAR ALBA LUZ ALONZO BANEGAS 0801-1992-19050 2 SUB INSPECTOR AUXILIAR ALEXANDRA JANETH MAGAÑA RIZZO 0801-1968-04099 3 SUB INSPECTOR AUXILIAR ANA LUCIA ZACAPA VELASQUEZ 0801-1998-01351 4 SUB INSPECTOR AUXILIAR ARIEL BENJAMIN RAMOS ESCOBAR 0801-1995-15879 5 SUB INSPECTOR AUXILIAR ARMANDO JOSUE DURON RUBIO 0801-1987-07722 6 SUB INSPECTOR AUXILIAR BERONICA ESTRELLA CARDONA RIVERA 1416-1978-00008 7 SUB INSPECTOR AUXILIAR CINTHIA MELANIE LOPEZ RIVERA 0501-1975-02017 8 SUB INSPECTOR AUXILIAR CLAUDIA MARIA ARITA VILLEDA 1401-1980-00788 9 SUB INSPECTOR AUXILIAR DILCIA VERONICA FLORES FIGUEROA 0703-1984-02432 10 SUB INSPECTOR AUXILIAR EMMA MARIA IRIAS GALEANO 0801-1989-05939 11 SUB INSPECTOR AUXILIAR EVA MARILYN ZAVALA REYES 1014-1991-00100 12 SUB INSPECTOR AUXILIAR HEYDI NOHEMY BARAHONA ALVAREZ 0801-1980-05106 13 SUB INSPECTOR AUXILIAR INDIRA GAETANA EVER CANTILLANO 1804-1970-01652 14 SUB INSPECTOR AUXILIAR JENY JAMILETH ZAVALA 0703-1979-02446 15 SUB INSPECTOR AUXILIAR KAREN VANESSA HERNANDEZ VALLADARES 0801-1984-17350 16 SUB INSPECTOR AUXILIAR KARLA MARCELA ALVAREZ CHANG 0801-1983-16248 17 SUB INSPECTOR AUXILIAR KEVIN ROLANDO SALINAS 0704-1987-00334 18 SUB INSPECTOR AUXILIAR LILIANA ELIZABETH SALGADO QUIÑONEZ 0712-1995-00197 19 SUB INSPECTOR AUXILIAR LINDER DIAMAR SERRANO PEREZ 0301-1986-01239 20 SUB INSPECTOR AUXILIAR MARLON XAVIER ORDOÑEZ ROQUE 0801-1991-03322 SEGUNDO: El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” para los efectos legales consiguientes. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 20 días del mes de noviembre del año 2023. COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República HÉCTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELASQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 21 SUB INSPECTOR AUXILIAR MARY CAROLINA ESTRADA LOVO 0704-1983-00532 22 SUB INSPECTOR AUXILIAR MELVIN ANGEL MENDOZA MENDOZA 1206-1974-00163 23 SUB INSPECTOR AUXILIAR NANCY PAOLA RODRIGUEZ NIETO 0801-1988-09005 24 SUB INSPECTOR AUXILIAR NOHELY NOHEMY CASTRO OCAMPO 0209-1991-02075 25 SUB INSPECTOR AUXILIAR ROSA AMALIA VALLEJO 0801-1990-11599 26 SUB INSPECTOR AUXILIAR SCARLETH GISSELLE VALLECILLO HERNANDEZ 0703-1999-01971 27 SUB INSPECTOR AUXILIAR SONIA MAYELI GOFF RIVERA 0902-1995-00045 28 SUB INSPECTOR AUXILIAR STEFANY MARIA SANTOS RAMOS 0801-1995-15924 29 SUB INSPECTOR AUXILIAR XIOMARA SUYAPA IGLESIAS CASTELLANOS 0704-1971-00863 30 SUB INSPECTOR AUXILIAR XIOMARA VALESKA CASTILLO SANCHEZ 0801-1968-07915 31 SUB INSPECTOR AUXILIAR YENIFER PAOLA SOLORZANO BETANCOURTH 0801-1990-17549 32 SUB INSPECTOR AUXILIAR YURIS ROSMERY MARTINEZ CHACON 0803-1994-00158 SEGUNDO: El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” para los efectos legales consiguientes. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 20 días del mes de Noviembre del Año 2023. COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidente Constitucional de la República HÉCTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELASQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.