Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 085-2023 — Publicación de Resoluciones y Acuerdo del COMIECO sobre productos farmacéuticos, cosméticos, productos eléctricos y plataformas informáticas
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- 1.
Que Honduras es un Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como del Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 reformado por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993.
- 2.
Que según lo manifestado en el Artículo 15 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), los Estados Parte asumieron el compromiso de constituir una Unión Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto y que deben ser aprobados por consenso.
- 3.
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos del Subsistema Económico. Los Estados Parte deberán publicar las Resoluciones, Reglamentos y Acuerdos que se emitan.
- 4.
Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), está facultado para reunirse de manera virtual y adoptar los actos administrativos según corresponda, en cuyo caso, la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), recopila la firma de cada uno de los Ministros o Viceministros en su respectivo país.
- 5.
Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 manifiesta que: “…la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana…”; que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios.
- 6.
Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO); en reunión realizada el 05 de junio de 2023, adoptó las Resoluciones No. 472-2023 (COMIECO-EX); mediante la cual resuelve: 1. Modificar, por sustitución total, el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.64:11 Productos Farmacéuticos. Productos Naturales Medicinales Para Uso Humano. Requisitos de Registro Sanitario,porel Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.64:19 Productos Farmacéuticos. Productos Naturales Medicinales Para Uso Humano. Requisitos de Registro Sanitario, entre otros; Resolución No. 473-2023 (COMIECO-EX); que resuelve modificar el numeral 15.1.5 del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.69:13, Productos Farmacéuticos. Productos Naturales Medicinales Para Uso Humano. Buenas Prácticas de Manufactura, aprobado mediante Resolución No. 423-2020 (COMIECO- XC), del 30 de abril de 2020; Resolución No. 474-2023 (COMIECO-EX); en la cual resuelve modificar, por sustitución total, el RTCA 71.01.35:06 Productos Cosméticos. Registro e Inscripción Sanitaria de Productos Cosméticos, que aparece como Anexo 2 de la Resolución No, 231-2008 (COMIECO-L), del 26 de junio de 2008; por el RTCA 71.03.35:21 Productos Cosméticos. Registro e Inscripción Sanitaria de Productos Cosméticos, en la forma que aparece en el Anexo I de la Resolución, entre otros; Resolución No. 475- 2023 (COMIECO-EX); que resuelve aprobar el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 97.01.81:22 Productos Eléctricos. Refrigeradores y Congeladores Electrodomésticos. Especificaciones de Eficiencia Energética, en la forma en que aparece en el Anexo de la Resolución.
- 7.
Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO); en reunión realizada el 05 de junio de 2023, adoptó el Acuerdo No. 01-2023 (COMIECO-EX); que RESUELVE: 1. Corresponderá a la SIECA la administración, mantenimiento y actualización de las Plataformas Informáticas Regionales que aparecen en el Anexo de este Acuerdo y que forma parte integral del mismo, relacionadas con las operaciones de comercio intra y extra regional de los Estados Parte, entre otros.