Licitación No. LPN-BNP-003-2023 — Adquisición de Aplicaciones Informáticas
Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO)
- Decreto: LPN-BNP-003-2023
- Publicación: 20 de octubre de 2023
- Órgano emisor: Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO)
- Gaceta: 36,363
- Categoria: Administrativo
Texto completo
Aviso de Licitación Pública República de Honduras SUPLIDORA NACIONAL DE PRODUCTOS BÁSICOS (BANASUPRO) "ADQUISICIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS" LPN -BNP-003-2023
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La Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-BNP-003-2023, a presentar ofertas selladas para la Adquisición de Aplicaciones Informáticas.
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El financiamiento para la realización del presente proceso proviene del Proyecto de Abastecimiento de Centros de Venta de Honduras y Fortalecimiento al BANASUPRO.
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La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
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Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa y Financiera, atención Licenciada Yessica Ramírez, teléfonos: (504) 2230- 5056 /3266-1426, en la dirección indicada al final de este Llamado, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., a partir del lunes 09 de octubre de 2023 al viernes 10 de noviembre de 2023, previo el pago de la cantidad no reembolsable de Quinientos Lempiras (L.500.00), pagaderos en la Tesorería de BANASUPRO. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). En caso de optar por descargar el pliego de condiciones, para efectos de registro, deberán seguir el proceso indicado en este numeral.
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Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa y Financiera, Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO), boulevard Kennedy, entrada a la colonia Las Palmas, frente a Gasolinera Texaco, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.) del día lunes 13 de noviembre del año 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en esa misma fecha, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las nueve y cuarenta y cinco de la mañana (9:45 a.m.). Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantia de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación (pliego de condiciones). Tegucigalpa, M.D.C., 03 de octubre de 2023. LIC. IRMA AIDA REYES COELLO BANASUPRO 20 O. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de agosto de dos mil veintitrés (2023), comparecieron a este Juzgado las señoras DENIA YAMILETH TRUJILLO BUSTILLO, KAREN YAMILETH DOMÍNGUEZ HERNANDEZ Y CARMEN PATRICIA HERNANDEZ MOLINA, quienes confirieron poder a la Abogada OGLA REYES CRUZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00920, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en los Acuerdos de Cancelación No. SETRASS-406-2023, SETRASS-407-2023 Y SETRASS-409-2023, todos de fecha 27 de julio de 2023, emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas los reintegros a los puestos de trabajo en iguales o mejores condiciones de los cuales fuimos ilegalmente canceladas, solicitamos el pago de los salarios dejados de percibir a título de indemnización de daños y perjuicios, así como también el pago de los beneficios obtenidos en nuestra ausencia como ser: Incrementos salariales, nivelación salarial, décimo tercer mes de salario, décimo cuarto mes de salario, vacaciones doblemente remuneradas, causadas y proporcionales, pago de quinquenios y el pago del bono educativo dejado de percibir a partir del año 2020, así como otros derechos que pudieran corresponder nos, se acompañan documentos, se confiere poder, condena en costas. ABOG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 20 O. 2023 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de enero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado JORGE ROBERTO KAFATI KESIEH, en su condición de Representante Procesal del señor WILLIS ANTHONY CASTRO LAGOS, interponiendo demanda contencioso administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801- 2023-00111, contra el Estado de Honduras a través del SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN SAR-No. 485-2022 de fecha 09 de diciembre del año 2022, por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro al cargo de Analista de Gestión Tributaria asignado a la estructura posicional de la Dirección Departamental de Comayagua en el grupo ocupacional Técnico Tributario 2 del Servicio de Administración de Rentas y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal, hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria.- Incrementos salariales que en su caso tuviere el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia.- Daño moral.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se consigna cheque por el pago indebido de prestaciones laborales. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 20 O. 2023
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