VigenteCategoria: Constitucional
Decreto No. 87-2019 | 24 de enero de 2019 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,056
Decreto Legislativo No. 87-2019 — Elección de Magistrados del Tribunal de Justicia Electoral
Texto completo
EL CONGRESO NACIONAL:
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 200-2018
de fecha 24 de enero de 2019 y publicado en el Diario Oficial
“La Gaceta” en fecha 28 de enero de 2019, se reformó el
Decreto No.131, de fecha 11 de enero de 1982, contentivo
de la Constitución de la República con la finalidad de tomar
medidas para la implementación de un modelo electoral.
CONSIDERANDO: Que la reforma de la Constitución de
la República representa un desafío que rompe paradigmas
hasta ahora instituidos en la cultura hondureña, que conlleva
la construcción de un nuevo Sistema Electoral.
CONSIDERANDO: Que la reforma Constitucional
conlleva la separación de las funciones electorales,
administrativas, técnicas y logísticas, por un lado y las
jurisdicc ionales electorales por otro, por lo que se crean:
el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal de Justicia
Electoral.
CONSIDERANDO: Que con la finalidad de que el Consejo
Nacional Electoral y el Tribunal de Justicia Electoral
sean dirigidos por ciudadanos que llenen los requisitos
de capacidad e idoneidad se ha realizado un proceso de
selección contando para ello con la representación de todos
los sectores políticos.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido
en el Artículo 205, Atribución 11) de la Constitución de
la República corresponde al Congreso Nacional hacer la
elección de los miembros del Tribunal Superior de Cuentas
Procurador y Subprocurador General de la República,
Consejeros del Consejo Nacional Electoral y Magistrados
del Tribunal de Justicia Electoral.
POR TANTO,
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Elíjase a los ciudadanos Magistrados
Propietario: GAUDY ALEJANDRA BUSTILLO
MARTÍNEZ, EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA,
MIRIAM SUYAPA BARAHONA RODRÍGUEZ y a
los ciudadanos Magistrados Suplentes: FRANCISCO
JOSÉ DÁVILA NOLASCO Y KAREN YOHANA
GUANDIQUE ESTRADA, del TRIBUNAL DE
JUSTICIA ELECTORAL (TJE), previo haber prestado
la promesa de ley correspondiente.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su aprobación y deberá ser publicado en
el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional,
a los diez días del mes de septiembre del año dos mil
diecinueve.
MAURICIO OLIVA HERRERA
PRESIDENTE
JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA
SECRETARIO
SALVADOR VALERIANO PINEDA
SECRETARIO
Por Tanto: Publíquese.
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Poder Legislativo
DECRETO No. 88-2019
EL CONGRESO NACIONAL,
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