Decreto Ejecutivo PCM-061-2019 mediante el cual se modifica y amplia el Decreto Ejecutivo PCM-093-2017 relativo a la Unidad de Coordinación y Seguimiento del Aeropuerto Internacional de Palmerola
Resumen
Este decreto amplía indefinidamente la Unidad de Coordinación y Seguimiento del Aeropuerto Internacional de Palmerola, que facilita la coordinación entre el gobierno y la empresa concesionaria. Beneficia al proyecto aeroportuario al mantener la supervisión hasta que inicie operaciones formales, asegurando la gestión efectiva de la inversión pública-privada.
Considerandos
- 1.Que corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
- 2.Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 3.Que el Congreso Nacional de la República aprobó mediante Decreto Legislativo Número 71- 2016 de fecha dos (2) de junio del año dos mil dieciséis (2016) publicado en el Diario Oficial La Gaceta edición No.34,060 en fecha quince (15) de junio de dos mil dieciséis (2016), el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Operación y Mantenimiento del Aeropuerto Internacional de Palmerola de la República de Honduras”, con sus respectivos Anexos.
- 4.Que en fecha dos (02) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Número 34,481 el Decreto Ejecutivo Número PCM-071-2017, mediante el cual Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, decretó la creación de la Unidad de Coordinación y Seguimiento al Contrato de Concesión del proyecto denominado “DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, FINANCIAMIENTO, O P E R A C I Ó N Y M A N T E N I M I E N T O D E L AEROPUERTO INTERNACIONAL DE PALMEROLA DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS”, suscrito por el EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) como CONCEDENTE, LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, LA COMISIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ALIANZA PÚBLICO PRIVADA, como ente ESTRUCTURADOR y como CONCESIONARIA, la empresa PALMEROLA INTERNATIONAL AIRPORT, S.A. DE C.V.
- 5.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-093-2017 de fecha doce (12) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), publicado en el Diario Oficial La Gaceta Número 34,533, de fecha cuatro (04) de enero del año dos mil dieciocho (2018), el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, decretó la modificación del Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-071- 2017 de fecha veinticinco (25) de octubre del año dos mil diecisiete (2017), publicado en el Diario Oficial La Gaceta Número 34,481, el cual literalmente se lee de la siguiente forma: “Créase la Unidad de Coordinación y Seguimiento, para la facilitación, gestión y coordinación interinstitucional y con la Concesionaria PALMEROLA INTERNATIONAL AIRPORT, S.A. DE C.V., en todo lo relacionado tanto al Contrato de Concesión del proyecto denominado “DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, FINANCIAMIENTO, O P E R A C I Ó N Y M A N T E N I M I E N T O D E L AEROPUERTO INTERNACIONAL DE PALMEROLA DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS”, así como de cualquier otro proyecto de inversión que la Secretaría de Finanzas considere oportuno sea monitoreado.- El tiempo de duración de la Unidad Ejecutora será de VEINTICUATRO (24) MESES, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, prorrogables hasta el momento en que se inicien formal y efectivamente las operaciones del Aeropuerto Internacional de Palmerola o en su defecto la realización, gestión y finalización de cualquier otro proyecto en marcha que le haya sido encomendado, según sea el caso”.
- 6.Que se hace necesario ampliar el plazo para la continuidad de la Unidad de Coordinación y Seguimiento Palmerola hasta el momento en que se inicien formal y efectivamente las operaciones del Aeropuerto Internacional de Palmerola o en su defecto la realización, gestión y finalización de cualquier otro proyecto en marcha que le haya sido encomendado.
- 7.Que mediante Acuerdo No. 497-2019, de fecha 26 de agosto del 2019, se aprobaron las Normas para el Cierre Contable del Ejercicio Fiscal 2019, que concluye el 31 de diciembre del 2019 y Disposiciones Operativas de cumplimiento obligatorio para el Sector Público.
- 8.Que de conformidad a la Programación Mensual de Gastos todas las Instituciones deben realizar la Ejecución Presupuestaria en tiempo y forma.
- 9.Que a efecto de cumplir con el Artículo 210 del Decreto 180-2018 de fecha 13 de diciembre del 2018, que contiene las Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio 2019, se deben hacer las modificaciones presupuestarias y firma de documentos con anticipación.
- 10.Que la Constitución de la República establece que el Estado promueva el desarrollo integral del país, en lo económico y en lo social, el cual debe estar sujeto a una planificación estratégica que requiere de la participación de los Poderes del Estado y las organizaciones políticas, económicas y sociales, en una formulación incluyente y participativa.
- 11.Que mediante Decreto No.155-94, y sus reformas se crea el Foro Nacional de Convergencia (FONAC), como una instancia de auditoría social que tiene como rol la verificación y seguimiento del cumplimiento de Visión de País y Plan de Nación, a través de diferentes organizaciones sociales, gremiales y políticas, así como del acompañamiento de la Iglesia Católica de Honduras y la Confraternidad Evangélica de Honduras. CONSIDERANDO: El Foro Nacional de Convergencia (FONAC), debe mantener una relación y comunicación permanente y oficial con todos los órganos y dependencias del Estado, así como las organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales.
- 12.Que el Foro Nacional de Convergencia (FONAC) está integrado por siete (7) representantes de la Sociedad Civil, designados por periodos de dos (2) años, a través de las diferentes organizaciones sociales, gremiales y política, que ostentando personalidad jurídica, sean convocadas por el Presidente de la República.
- 13.Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
- 14.Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.
Articulos
Articulo 1
Reformar el Artículo número1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-071-2017, de fecha veinticinco (25) de octubre del 2017 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha dos (02) de noviembre del dos mil diecisiete (2017) en su edición No. 34,481, reformado por el Decreto Ejecutivo Número PCM-093-2017, el cual debe leerse así: “ARTÍCULO 1.- Créase la Unidad de Coordinación y Seguimiento para la facilitación, gestión y coordinación interinstitucional y con la Concesionaria PALMEROLA INTERNATIONAL AIRPORT, S.A. DE C.V., en todo lo relacionado tanto al Contrato de Concesión del proyecto denominado “DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, FINANCIAMIENTO, OPERACIÓN Y M A N T E N I M I E N T O D E L A E R O P U E RT O INTERNACIONAL DE PALMEROLA DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS”; así como cualquier otro proyecto de inversión que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas considere oportuno sea monitoreado. El tiempo de duración de la Unidad Coordinadora será hasta el momento en que se inicien formal y efectivamente las operaciones de los servicios aeroportuarios del Aeropuerto Internacional de Palmerola, o en su defecto la realización, gestión y finalización de cualquier otro proyecto en marcha que le haya sido encomendado, según sea el caso”.
Articulo 2
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIA RIVERA DESIGNADA PRESIDENCIAL, ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ELVIS RODAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO NELSON JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) GABRIEL ALFREDO RUBÍ PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO 302-2018 TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE DICIEMBRE DEL 2018 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No 101-2017 ACUERDA PRIMERO: Cancelar por despido directo al ciudadano: HENRY DOUGLAS GRANADOS AGUILAR en el cargo de Teniente de Bomberos RAMO 4-02 PROGRAMA 1-06 del Cuerpo de Bomberos de La Paz, por considerársele responsable de AUSENCIAS INJUSTIFICADAS desde el 23 de mayo de 2017 a la fecha de su notificación de la resolución firme. En aplicación al Artículo 112 literal h) del Código del Trabajo, establece: “cuando el trabajador deje de asistir al trabajo sin permiso del patrono o sin causa justificada durante dos (2) días completos y consecutivos o durante tres (3) días hábiles en el término de un mes”. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 31 de diciembre del año 2018. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018) COMUNÍQUESE. HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO 55-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 22 DE FEBRERO DEL 2019 EL. SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Cesantía a la ciudadana, MARIA CASILDA ZELAYA BONIFACIO, en el cargo de Cabo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Las Vegas, Santa Bárbara. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 22 de febrero del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO 60-K-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 01 DE MARZO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano ILSON YASMANY CRUZ ZOLER en el cargo de BOMBERO, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Trujillo. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 03 de marzo del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General TEGUCIGALPA, M.D.C., 05 DE ABRIL DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Abandono de Trabajo al ciudadano JUAN ALFREDO ORTEGA CASTRO, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Omoa. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 25 de marzo del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO 87-B-2019 Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO 97-B-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 22 DE ABRIL DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano KRISTHIANS ARIEL SÁNCHEZ ROMERO, en el cargo de Bomberos, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de La Másica. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 15 de abril del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO 103-H-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 25 DE ABRIL DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar por Acuerdo Directo al ciudadano MARVIN ROLANDO ACOSTA SEVILLA, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Catacamas, Olancho, devengará un sueldo mensual de L. 11,000.00. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 25 de abril del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 106-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C. 30 DE ABRIL DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano JEANS DAVI HOSTILIO LOBO CASTRO, en el cargo de Bomberos, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Catacamas, Olancho. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de mayo del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 111-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C. 08 DE MAYO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Abandono de Trabajo, al ciudadano JAVIER ENRIQUE PÉREZ MARADIAGA, en el cargo de Sargento Segundo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de La Ceiba, Atlántida. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 15 de abril del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 127-B-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 29 DE MAYO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano LUIS FERNANDO TORRES MEDINA, en el cargo de Cabo de Bomberos, Ramo 4-02 Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Siguatepeque. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 31 de mayo del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 132-A-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 03 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano CARLOS ROBERTO CRUZ SARMIENTO, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Choloma. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 07 de junio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 133-A-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 04 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano FRANCISCO ALIRIO MENDEZ MURILLO, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del cuerpo de Bomberos de Catacamas, Olancho. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de junio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 143-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 10 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Abandono de Trabajo al ciudadano RICARDO JAVIER HERNÁNDEZ ORELLANA, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Gracias, Lempira. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 30 de mayo del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 150-D-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 14 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano DENIS FERNANDO FURVICH GONZALES, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Siguatepeque. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 13 de junio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 154-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano OLMAN ISACC PADILLA HERNÁNDEZ, en el cargo de Cabo de Bomberos, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Danlí, El Paraíso. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 19 de junio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 154-A-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano CONCEPCIÓN WILFREDO AMAYA MENDEZ, en el cargo de Sargento Raso de Bomberos, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de La Ceiba, Atlántida. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 19 de junio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 155-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Deceso a la ciudadana MARÍA JOSEFINA DEGRANDEZ, en el cargo de Aseadora, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Tegucigalpa. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 19 de junio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 160-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar por Acuerdo Directo al ciudadano, JONY JUVENAL GUEVARA CERRANO, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Trujillo, devengará un sueldo mensual de L. 10,000.00. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de julio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 160-A-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar por Acuerdo Directo a la ciudadana, SAIDY LILIANA CRUZ PÉREZ, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Trujillo, devengará un sueldo mensual de L.10,000.00. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de julio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 160-B-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar por Acuerdo Directo al ciudadano, NELSON ARMANDO CRUZ COBOS, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Trujillo, devengará un sueldo mensual de L.10,000.00. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de julio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 160-C-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar por Acuerdo Directo al ciudadano, DANIEL FERNANDO EVORA FLORES, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Santa Bárbara, devengará un sueldo mensual de L.11,000.00. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de julio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 160-E-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar por Acuerdo Directo al ciudadano, CRISTIAN EDUARDO DÍAZ BETANCOURTH, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Comayagua, devengará un sueldo mensual de L.11,000.00. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de julio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 160-F-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar por Acuerdo Directo a la ciudadana, MARYURY YESENIA CARRANZA CRUZ, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Yoro, devengará un sueldo mensual de L.11,000.00. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de julio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 160-G-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No. 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar por Acuerdo Directo al ciudadano, OSMAN ALEXANDER URMENETA MALDONADO, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Yoro, devengará un sueldo mensual de L.11,000.00. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de junio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 160-H-2019 TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE JUNIO DEL 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTÁ INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 141-2017 Y ACUERDO DE MODIFICACIÓN No 101-2017. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar por Acuerdo Directo al ciudadano, JOSÉ CARLOS MARTINEZ MALDONADO, en el cargo de Bombero, Ramo 4-02, Programa 1-06, del Cuerpo de Bomberos de Campamento, devengará un sueldo mensual de L.10,000.00. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01 de junio del 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES Secretario General Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Sección “B” UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS INVITACIÓN DE PRECALIFICACIÓN No. 03-2019-SEAPI-UNAH ASUNTO: PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS CONSTRUCTORAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS DE OBRAS PÚBLICAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS La Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), invita a las empresas Constructoras Hondureñas debidamente constituidas en Honduras, con experiencia en las siguientes especialidades: A) Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria. B) Obras Hidráulicas; y, C) Obras Viales, a presentar Documentos para la Precalificación de Empresas Constructoras para la Construcción de Proyectos de Obras Públicas en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en procesos de licitación pública y/o privada, que realice la UNAH a partir de los 30 días después de la fecha de notificación de la Resolución de Precalificación hasta el 31 de diciembre de 2020. La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Penal, Etc. Los solicitantes a participar en la Precalificación, deberán reclamar los documentos de precalificación mediante una carta dirigida al Dr. Francisco José Herrera Alvarado, Rector a.i., Universidad Nacional Autónoma de Honduras, con atención a la Ing. Carmen Lastenia Flores Santos, Secretaria Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI), en el piso No. 10 del edificio Alma Mater, Ciudad Universitaria, a partir del día jueves 28 de noviembre al día viernes 6 de diciembre de 2019 de 8:30 A.M. a 3:30 P.M., en donde se les entregará gratuitamente el documento de Precalificación. Los interesados, deberán entregar la Documentación de Precalificación en la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI), edificio Alma Mater, piso No. 10, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Tegucigalpa, M.D.C., el día jueves 19 de diciembre de 2019, de 8:30 A.M. a 3:30 P.M., entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos. Para consultas o información llamar a los teléfonos: 2216- 6100, 2216-5100, 2216-3000 y 2216-7000, Ext. 110454, 110550, 110448. Tegucigalpa, M.D.C, 28 de noviembre del 2019 FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALVARADO RECTOR a. i. UNAH 5 D. 2019. Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS INVITACIÓN DE PRECALIFICACIÓN No. 04-2019-SEAPI-UNAH ASUNTO: PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS CONSULTORAS PARA LA SUPERVISIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS DE OBRAS PÚBLICAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS La Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), invita a las empresas Consultoras Hondureñas debidamente constituidas en Honduras, con experiencia en supervisión de obras en las siguientes especialidades: A) Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria. B) Obras Hidráulicas; y, C) Obras Viales, a presentar documentos para la Precalificación de Empresas Consultoras para la Supervisión de la Construcción de Proyectos de Obras Públicas en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en procesos de concursos públicos y/o privados, que realice la UNAH a partir de los 30 días después de la fecha de notificación de la resolución de precalificación hasta el 31 de diciembre de 2020. La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Penal, etc. Los solicitantes a participar en la Precalificación, deberán reclamar los documentos de precalificación mediante una carta dirigida al Dr. Francisco José Herrera Alvarado, Rector a.i., Universidad Nacional Autónoma de Honduras, con atención a la Ing. Carmen Lastenia Flores Santos, Secretaria Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI), en el piso No. 10 del edificio Alma Mater, Ciudad Universitaria, a partir del día jueves 28 de noviembre al día viernes 6 de diciembre de 2019 de 8:30 A.M. a 3:30 P.M., en donde se les entregará gratuitamente el documento de Precalificación. Los interesados, deberán entregar la Documentación de Precalificación en la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI), Edificio Alma Mater, Piso No. 10, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Tegucigalpa, M.D.C., el día jueves 19 de diciembre de 2019, de 8:30 A.M. a 3:30 P.M, entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos. Para consultas o información llamar a los teléfonos: 2216- 6100, 2216-5100, 2216-3000 y 2216-7000, Ext. 110454, 110550, 110448. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de noviembre del 2019 FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALVARADO RECTOR a. i. UNAH 5 D. 2019. Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras INSTITUTO DE LA PROPIEDAD ADQUISICIÓN DE FOTOCOPIADORAS PARA EL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD LPN-IP-011-2019 1. El INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-IP-011-2019, a presentar ofertas selladas para ADQUISICIÓN DE FOTOCOPIADORAS PARA EL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios del Instituto y cualquier otro financiamiento disponible. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos en digital de la presente licitación, mediante solicitud escrita a Lesbia Gattorno, Jefe de Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, teléfono 2235-5340, en la dirección indicada al final de este llamado, previo el pago de la cantidad no reembolsable de Lps. 0.00. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Colonia Humuya, Boulevard Kuwait, edificio Anexo San José, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Francisco Morazán, quinto piso salón de sesiones de Secretaría Ejecutiva del IP, a más tardar a las 10:00 A.M. del día 20 de enero de 2020. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 A.M. del día 20 de enero de 2020. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantia de mantenimiento de la oferta por un porcentaje equivalente al 2% del Precio de la Oferta Tegucigalpa, M.D.C., 05 de diciembre de 2019. JOSÉ NOÉ CORTÉS MONCADA SECRETARIO EJECUTIVO 5 D. 2019. ____ SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución Número 755-2019 de fecha 31 de octubre del año 2019, mediante Carta de Autorización de fecha 24 de febrero del año 2018, que LITERALMENTE DICE: El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A. (DICOSA), como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente EDAN INSTRUMENTS, INC., de nacionalidad china; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2023; F. y S. MARÍA ANTONIA RIVERA, encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 5 D. 2019. Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Aviso de Licitación Pública República de Honduras SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS LICITACIÓN PÚPLICA NACIONAL PARA LA "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA EL PROGRAMA PILOTO INTEGRAL DE COMBATE A LA POBREZA URBANA (PPICPU) DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PARA EL AÑO 2020" LPN-SEFIN-012-2019 1. LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- SEFIN-012-2019 a presentar ofertas selladas para la "Contratación del Servicio de Alimentación para el Programa Piloto Integral de Combate a la Pobreza Urbana (PPICPU) de la Secretaría de Finanzas para el año 2020". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos del Tesoro Nacional, Fuente 11. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de finanzas 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a Lic. James Aldana, Gerente Administrativo y teléfonos +504 2220-1522, +504 2220-7229 en la dirección indicada al final de este Llamado, Centro de Tegucigalpa, Barrio El Jazmín, avenida Cervantes, frente a edificio casa Quinchon de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.200.00). Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Edificio de la Secretaría de Finanzas, Centro de Tegucigalpa, Barrio El Jazmín, avenida Cervantes, frente a edificio Casa Quinchon, Tegucigalpa, Honduras, a más tardar a las 10:00 A.M. del 14 de enero de 2020. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:05 A.M. del 14 de enero de 2020. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D. C., 4 de diciembre de 2019. ROXANA MELANI RODRIGUEZ ALVARADO Subsecretaria de Estado en e1 Despacho de Finanzas y Presupuesto, Acuerdo de Delegación Número 756-2018 5 D. 2019 Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 PODER JUDICIAL HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER, que en este Despacho Judicial en la solicitud registrada con número 0801-2019- 06684-CV, de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO, VALOR, presentada por la señora GRAYSI LORENA AMADOR GOMEZ, mayor de edad, casada, hondureña y de este domicilio, contraído a solicitar la cancelación y reposición de un Título denominado DEPÓSITO A PLAZO FIJO N° 05677, por un monto de $. 10,500.00, emitido en fecha 26-04-2017 y con fecha de vencimiento el 26 de julio del 2017, suscrito por el BANCO LAFISE, a favor de la señora GRAYSI LORENA AMADOR GOMEZ. Tegucigalpa, M. D. C., 31 de octubre del 2019. LIC. MARILIA ESCOBAR MARTÍNEZ SECRETARIA ADJUNTA 5 D. 2019. _____ PODER JUDICIAL HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que según Expediente número 0801-2019-04855-CV, ante este Despacho de justicia, compareció el señor MIGUEL ANGEL FLORES MORENO, solicitando la Cancelación y Reposición de Título Valor consistente en un “TÍTULO DE CAPITALIZACIÓN” con número 0000359170, con fecha de apertura el 30 de agosto del año 2016, en la institución bancaria denominada BANCO DAVIVIENDA HONDURAS, S.A., lo anterior se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de noviembre del 2019. MARYORI N. AGUILAR SECRETARIA ADJUNTA 5 D. 2019. SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución Número 748-2019 de fecha 31 de octubre del año 2019, mediante Carta de Autorización de fecha 29 de agosto del año 2019, que LITERALMENTE DICE: El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A. (DICOSA), como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente URIT MEDICAL ELECTRONIC, CO. LTD., de nacionalidad China, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2021; F. y S. MARIA ANTONIA RIVERA encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio de Distrito Central, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO SECRETARIA GENERAL 5 D. 2019. _____ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 1/ No. Solicitud: 38928-19 2/ Fecha de presentación: 13/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FINANCIERA SOLIDARIA, S.A. (FINSOL, S.A.) 4.1/ Domicilio: Edificio Finsol, S.A. 1 y 2 calle, 5 Ave., San Pedro Sula, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UNA AYUDA CUANDO MAS LO NECESITA 6.2/ Reivindicaciones: Para utilizarse con el Reg. 11195 de marca FINSOL en CL. 36 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios financieros. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 08-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. _____ UNA AYUDA CUANDO MAS LO NECESITA 1/ No. Solicitud: 38927-19 2/ Fecha de presentación: 13/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FINANCIERA SOLIDARIA, S.A. (FINSOL, S.A.) 4.1/ Domicilio: Edificio Finsol, S.A. 1 y 2 calle. 5 Ave, San Pedro Sula, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PRODUCE EN GRANDE 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con la marca AGROFINSOL Y DISEÑO en la CL. 36 que se está presentando simultáneamente. 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios financieros y monetarios. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 08-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. PRODUCE EN GRANDE _____ 1/ No. Solicitud: 38932-19 2/ Fecha de presentación: 13/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FINANCIERA SOLIDARIA, S.A. (FINSOL, S.A.) 4.1/ Domicilio: Edificio Finsol, S.A. 1 y 2 calle, 5 Ave., San Pedro Sula, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RAPI FINSOL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios financieros y monetarios. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 08-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. _____ 1/ No. Solicitud: 36667-19 2/ Fecha de presentación: 28/agosto/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: S.C. JOHNSON & SON, INC. 4.1/ Domicilio: 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Wisconsin B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEMPO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Productos para el cuidado del automóvil, incluyendo cera para automóviles, cera líquida para automóviles, lustre (brillo) líquido para automóviles.. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 25/09/19 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. TEMPO _____ 1/ No. Solicitud: 35887-19 2/ Fecha de presentación: 22/agosto/19 3/ Solicitud de registro de: EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Duty Free Caribbean Emeralds (St. Lucia) Ltd. 4.1/ Domicilio: Pointe Seraphine, Castries, SANTA LUCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SANTA LUCIA B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BRING HOME MORE THAN A MEMORY 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con el reg. No. 147256 de la marca CEI Y DISEÑO en clase 14. 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Artículos de joyería, anillos, brazaletes, collares, aretes (zarcillos), colgantes, sujetadores, cadenas [artículos de joyería], broches [artículos de joyería], cuentas, piedras preciosas y relojes, partes y accesorios para los productos arriba mencionados que estén incluidos en la clase. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 09-09-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. BRING HOME MORE THAN A MEMORY Marcas de Fábrica Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 1/ Solicitud: 38934-19 2/ Fecha de presentación: 13/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: FINANCIERA SOLIDARIA, S.A. (FINSOL, S.A.). 4/1/Domicilio: Edificio Finsol, S.A., 1 y 2 calle, 5 Ave., San Pedro Sula, HONDURAS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: CRECEFINSOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios finacieros y monetarios. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 08-10-2019 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. _________ 1/ Solicitud: 38937-19 2/ Fecha de presentación: 13/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/Solicitante: FINANCIERA SOLIDARIA, S.A. (FINSOL, S.A.). 4/1/Domicilio: Edificio Finsol, S.A., 1 y 2 calle, 5 Ave., San Pedro Sula, HONDURAS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DALE A TU DINERO UN TRATO PREMIUM 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con la marca CDP PREMIUM Y DISEÑO en clase 36 que se está presentado simultáneamente. 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios finacieros y monetarios. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 08-10-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. _________ DALE A TU DINERO UN TRATO PREMIUM CRECEFINSOL _________ 1/ Solicitud: 38939-19 2/ Fecha de presentación: 13/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: S.C. JOHNSON & SON, INC. 4/1/Domicilio: 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: WISCONSIN B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: OUST Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 _________ 8/ Protege y distingue: Preparaciones para purificar el aire; preparaciones para desinfetar el aire; preparaciones para neutralizar olores; desodorantes que no sean para uso personal; desodorizantes de habitación o atmósfera. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 08-10-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. 1/ Solicitud: 38309-19 2/ Fecha de presentación: 10/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: KIMBERLY-CLARK WORLDWIDE, INC. 4/1/Domicilio: 401 N. Lake Street, P.O. Box 349, Neenah, Wisconsin 54956, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: WISCONSIN B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ABSORSEC 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Toallitas impregnadas para bebés; productos para el baño y el cuidado de la piel para infantes y niños pequeños, a saber, champú y acondicionador, jabones y limpiadores, lociones, cremas y polvos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 23-09-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. ABSORSEC 1/ Solicitud: 36784-19 2/ Fecha de presentación: 29-08-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: RIVERDOR CORP. S.A. 4/1/Domicilio: Av. 18 de Julio 878, oficina 1204, Montevideo, URUGUAY. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: AQUA-NOVA 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos veterinarios; productos para la destrucción de las malas hierbas y los animales dañinos; fungicidas, viricidas, herbicidas e insecticidas de uso en agricultura. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 18-09-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2019. AQUA-NOVA Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 _________ 1/ Solicitud: 22974-19 2/ Fecha de presentación: 03-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Globachem. 4/1/Domicilio: L
Articulo 1
Reformar el Artículo 2 del Decreto No.155-94, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 26 de Diciembre de 1994, que contiene la LEY DEL FORO NACIONAL DE CONVERGENCIA (FONAC), reformado según Decreto No.286-2009, contentivo de la LEY PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA VISIÓN DE PAÍS Y LA ADOPCIÓN DE UN PLAN DE NACIÓN PARA HONDURAS, el cual se leerá de la manera siguiente: “ARTÍCULO 2.- La Asamblea del FORO NACIONAL DE CONVERGENCIA (FONAC), estará integrada por los titulares de las diferentes organizaciones sociales, gremiales y políticas, que ostentando personalidad jurídica sean designados por el Presidente de la República.”
Articulo 2
Ordenar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Justicia, Gobernación y Descentralización, a reformar el Acuerdo Ejecutivo No.036-B-2016, que contiene el Reglamento de la Ley del Foro Nacional de Convergencia (FONAC), en el sentido de que la Iglesia Católica de Honduras y la Confraternidad Evangélica de Honduras, integren la Asamblea del Foro Nacional de Convergencia (FONAC), con voz y voto.
Articulo 3
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil diecinueve. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., 05 de Diciembre de 2019 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derehos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA La resolución que literalmente dice: RESOLUCION No. 61-2017. SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACION Y DESCENTRALIZACION, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, cinco de enero de dos mil diecisiete. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha diecinueve de diciembre de dos mil dieciséis, misma que corre a Expediente No. PJ-19122016-773, por la Abogada ELSY EMIRE URCINA RASKOFF en su carácter de apoderada legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, con domicilio en la comunidad de Los Potrerillos, municipio de San Antonio, departamento de Cortés, contraída a para que se conceda PERSONALIDAD JURIDICA Y APROBACIÓN DE ESTATUTOS a favor de su representada. RESULTA: Que la peticionaria acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No. U.S.L.12-2017 de fecha 5 de enero de 2017. CONSIDERANDO: Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los Artículos 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 publicado en fecha 23 de enero de 2014; 26 numeral 2); 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Acuerdo Ministerial No.410-2016. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, con domicilio en la comunidad de Los Potrerillos, municipio de San Antonio, departamento de Cortés, así mismo se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTES. CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO
Articulo 1
Se constituye la organización cuya denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de Los Potrerillos.
Articulo 2
El domicilio en la comunidad de Los Potrerillos, municipio de San Antonio, departamento de Cortés y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.
Articulo 3
Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS
Articulo 4
El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.
Articulo 5
La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.
Articulo 6
Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS
Articulo 7
La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.- Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.
Articulo 8
Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.
Articulo 9
Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ORGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ORGANO
Articulo 10
La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS
Articulo 11
La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.
Articulo 12
Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA
Articulo 13
Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vice- presidente. c.- Un Secretario(a).d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales.
Articulo 14
La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.
Articulo 15
Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.
Articulo 16
Son atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.
Articulo 17
Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.
Articulo 18
Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.b.- Responder solidariamente, con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta.g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.
Articulo 19
Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier EPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,116 anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.
Articulo 20
Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico. c.- Los Vocales coordinarán el Comité de Micro- cuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.
Articulo 21
Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITES DE APOYO
Articulo 22
La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. - c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.
Articulo 23
Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO
Articulo 24
Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.
Articulo 25
Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Articulo 26
Causas de disolución: a.- Por Sentencia Judicial. b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. e.- Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 27
El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.
Articulo 28
Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de éste último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SEPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS POTRERILLOS, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE CORTES, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los ocho días del mes de febrero del dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL