Vigente
Decreto No. 122-2017 | 13 de noviembre de 2017 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 34,490

Decreto Legislativo No. 122-2017 — Autorizar a la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán para modificación presupuestaria interna

Considerandos

  1. 1.Que la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán (UNPFM), tiene como objetivos formar y perfeccionar a nivel superior los cuadros docentes, técnicos y administrativos que la educación nacional requiera, desarrollar la investigación científica en todas las áreas de formación de la Universidad, contribuir a la conservación e incremento del patrimonio cultural y natural de la nación y, divulgar toda forma de cultura, vincular sus actividades con entidades nacionales y extranjeras que persigan los mismos objetivos.
  2. 2.Que la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán (UNPFM) solicita una ampliación presupuestaria para el año 2017, mediante fondos propios, con el fin de mantener una mejora continua en la prestación de servicios y con ello el fortalecimiento de la calidad educativa del país y el logro de los objetivos relacionados con la formación docente a nivel superior.
  3. 3.Que la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán (UPNFM) constituye el único Centro de Educación Universitaria Centroamérica dedicado a la formación de docentes para todos los niveles de la enseñanza.
  4. 4.Que de conformidad con el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes

Articulos

Articulo 1

Autorizar a la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán (UNPFM), para que realice la siguiente Modificación Presupuestaria Interna para el presente Ejercicio Fiscal 2017 por la cantidad de DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL LEMPIRAS (L.16,850,000.00), la cual es requerida para el pago de Docentes por Hora del Grupo del Gasto: 10000 SERVICIOS PERSONALES, instruyendo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, realizar las transferencias mostradas en el cuadro siguiente: UDI-DEGT-UNAH Digitalizado y procesado por UDI-CRA-DEGT Derechos Reservados -- 1 of 44 --

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, en el Centro de Convenciones del Hotel Jicaral, a los veintisiete días del mes de septiembre de dos mil diecisiete. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Por Tanto: Publíquese. AUMENTO INST GA UE FTE ORG PROG SPROG PROY A/O OBJ IMP 702 01 002 11 01 11 01 00 002 12910 9.200.000,00 702 01 002 11 01 11 02 00 002 12910 7.099.000,00 702 01 002 11 01 11 02 00 001 11600 300.000,00 702 01 002 11 01 11 01 00 002 11750 251.000,00 16.850.000,00 UDI-DEGT-UNAH Digitalizado y procesado por UDI-CRA-DEGT Derechos Reservados -- 2 of 44 -- Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO No. 070-2017

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