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Decreto No. 121-2014 | 26 de mayo de 2014 | Congreso Nacional

Decreto Legislativo No. 121-2014 — Aprobación de Modificación No. 4 de Contrato de Construcción de Obras de Mantenimiento Rutinario en Ruta 20, Santa Bárbara

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Resumen

El Congreso Nacional aprobó aumentar el presupuesto de un contrato de mantenimiento vial en la ruta 20 de Santa Bárbara en 9.3 millones de lempiras, elevando el costo total a 32.4 millones. La obra se ampliará 3 meses adicionales (18 meses totales) para reparar baches y sellos en esta importante carretera que conecta la región central con el occidente del país.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el Artículo 205, atribución 19) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República.
  2. 2.Que corresponde al Congreso Nacional crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes, según el Artículo 205, atribución 1) de la Constitución de la República.

Articulos

Articulo 1

Aprobar en todas y cada una de sus partes la MODIFICACIÓN No. 4 CONTRATO DE CONSTRUC- CIÓN DE OBRAS DE MANTENIMIENTO RUTINARIO BACHEOS ASFALTICOS Y SELLOS PARCIALES EN LA RED VIAL PAVIMENTADA: RUTA 20 PITO SOLO- SANTA BÁRBARA-CEIBITA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, de fecha 26 de Mayo del 2014, en la cual está ampliando el monto en Nueve Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Treinta y Un Lempiras con 86/100 (Lps.9,335,631.86), incrementando el Contrato a un monto total de Treinta y Dos Millones Cuatrocientos Cuatro Mil Ciento Cincuenta y Seis Lempiras con Cuarenta y Nueve Centavos (Lps.32,404,156.49) y ampliándose el Plazo de Ejecución de la Obra por tres (3) meses más, para hacer un plazo total de dieciocho (18) meses calendarios contados a partir de la orden de inicio, suscrita entre el Ingeniero HUGO ALFREDO ARDON SORIANO, actuando en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Vial y el Ingeniero WALTER JAVIER CIBRIÁN CERRANO, actuando en su condición de Representante Legal de la Empresa Constructora de Ingeniería de Carreteras, S.A. de C.V. (INCA), que literalmente dice: “SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP). MODIFICACION No. 04. CONTRATO DE CONSTRUCCION DE OBRAS DE MANTENIMIENTO RUTINARIO BACHEOS ASFAL-TICOS Y SELLOS PARCIALES EN LA RED VIAL PAVIMENTADA: RUTA 20, PITO SOLO – SANTA BARBARA - CEIBITA, DEPARTAMENTO DE SANTA BARBARA. MODIFICACION No. 04/26-05-2014 al contrato FV-004- 2013. Nosotros, HUGO ALFREDO ARDON SO- RIANO, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, hondureño, con Cédula de Identidad No. 0409-1977-00377 y de este vecindario, actuando en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Vial, ente desconcentrado de la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 0491 del 08 de junio del 2010, debidamente autorizado para la suscripción de este tipo de documentos y WALTER JAVIER SIBRIÁN SERRANO, hondureño, mayor de edad, casado, con Identidad No. 0415-1988-00056, debidamente autorizado para firmar en su condición de Gerente General de la empresa INGENIERIA DE CARRETERAS, S. A. DE C. V. (INCA), quien acredita su respectiva representación legal según Escritura Pública No.2492, autorizado por el Notario José Reinaldo Andino UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 7 of 32 -- Martínez, con fecha 25 de julio de 2010, Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil, inscrito con el No.72, Tomo 14, del Registro de Comerciantes Sociales de la ciudad de Santa Bárbara, departamento de Santa Bárbara; hemos convenido en suscribir la MODIFICACION No. 04 al CONTRATO DE CONSTRUCCION DE OBRAS DE MANTENIMIENTO RUTINARIO BACHEOS ASFAL- TICOS Y SELLOS PARCIALES EN LA RED VIAL PAVIMENTADA: RUTA 20, PITO SOLO – SANTA BARBARA - CEIBITA, DEPARTAMENTO DE SANTA BARBARA, en base a la aprobación emitida por el Comité Técnico Vial en su Reunión No. 132 celebrada en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 28 días del mes de febrero del año 2014; y que para fines del presente contrato se denominarán en lo sucesivo EL GOBIERNO y EL CONTRATISTA respectivamente, este Contrato se regulará de c o n f o r m i d a d c o n l a s e s t i p u l a c i o n e s s i g u i e n t e s : ANTECEDENTES: Considerando: que al 30 de abril del 2014 el contratista agotó la totalidad de los recursos del contrato de construcción mismos que resultaron insuficiente para atender la totalidad del tramo objeto de la contratación, situación provocada por el avanzado deterioro y la falta de mantenimiento de nuestras carreteras. Considerando: que con los recursos financieros establecidos en el contrato original y la ampliación del 24.51% solamente se logró efectuar atención a la sección comprendida entre los Km 45 al 107 este último punto denominado como la comunidad de Ceibita empalme de la CA4 y entendiendo que resta la atención entre Pito Solo y el desvío al Municipio de San Nicolás. Considerando: que este corredor constituye un importante eje vial el cual canaliza gran parte del tráfico que desde la región central se conduce a la zona occidental y viceversa, evitándose el ingreso a la zona del Valle de Sula, con lo cual se logra un ahorro de distancia y por ende costos de opera- ción. Considerando: que esta vía es un bastión de acceso al departamento de Santa Bárbara en el cual existe un alto potencial económico. Considerando: lo anterior se procede a efectuar un incremento de recursos financieros del contrato de construcción, (De acuerdo a la Tabla que se presenta a continuación) el cual debe ser aprobado por el Soberano Congreso Nacional y ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Contratación del Estado y poder retomar las actividades de mantenimiento en este importante eje vial y lograr de esta forma una circulación fluida y segura a los usuarios de la vía. DETALLE DE MODIFICACION No. 04 Valor de Contrato Original Lps. 18,527,247.85 Valor de Contrato Vigente Lps. 23,068,524.63 Valor de Contrato Modificado Lps. 32,404,156.49 Incremento sujeto aprobación CN Lps. 9,335,631.86 % de Incremento en relación Contrato Original % 50.39 Visto lo anterior se hace necesario modificar las cláusulas siguientes: CLÁUSULA III: PLAZO: El Contratista deberá iniciar los trabajos a más tardar dentro de los 10 días calendario posteriores a la fecha establecida en la Orden de Inicio emitida por el Fondo Vial y se compromete y obliga a terminar la ejecución del proyecto dentro de un plazo de Diez y Ocho (18) Meses, contado desde la fecha indicada en la Orden de Inicio, el cual estará sujeto a extensiones autorizadas por el Fondo Vial, de acuerdo a las Especificaciones y Disposiciones Especiales o por causa de fuerza mayor. CLÁUSULA IV: PRECIOS DEL CONTRATO: El Fondo Vial pagará al Contratista por las obras objeto de este Contrato, ejecutadas satisfactoriamente y aceptadas por el Fondo Vial, de conformidad con el Cuadro de Cantidades Estimadas y Precios Unitarios siguientes: UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 8 of 32 -- Precio No. Concepto de Obra Unidad Cantidad Unitario Total (Lempiras) (Lempiras) 1 Excavación de Baches M3 1,437.67 717.02 1,030,838.14 2 Excavación Común de Baches M3 1,483.57 709.94 1,053,245.69 3 Remoción Derrumbes M3 1,224.00 64.17 78,544.08 4 Suministro y Colocación de Mezcla Asfáltica en Caliente Ton. 5,594.84 4,528.03 25,333,603.37 5 Escarificación, Conformación y Compactación del Pavimento Existente, incluye Hombros M2 - - - 6 Suministro y Colocación de Base M3 - - - 7 Imprimación M2 - - - 8 Acarreo de Materiales Pétreos M3-Km. - - - 9 Acarreo de Mezcla Asfáltica Ton-Km. 530,868.10 7.42 3,939,041.30 10 Tratamiento Superficial Simple M2 - - - 11 Doble Tratamiento Superficial M2 - - - A Subtotal Obras de Mantenimiento Rutinario Lps. 31,435,272.58 B Administración Delegada Lps. 153,474.97 C Cláusula Escalatoria Lps. 815,408.94 (Total de las Obras de Mantenimiento Rutinario A+B+C) Lps. 32,404,156.49 UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 9 of 32 -- CLÁUSULA V: MONTO DEL CONTRATO: El monto de este Contrato se ha estimado en la suma de TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 49/100 (LPS. 32,404,156.49) y queda convenido que el pago de la cantidad mencionada se hará en Lempiras, Moneda Oficial de la República de Honduras, mediante estimación de acuerdo al avance de obra. El monto del presente contrato será financiado por el Fondo Vial. Es entendido y convenido por ambas partes que, no obstante el monto y plazo del contrato, el compromiso del Gobierno durante el año 2014 se limita a la cantidad que aparece en la asignación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República de Honduras para ese año. CLAUSULA X: FIANZAS O GARANTÍAS: El Contratista queda obligado a rendir a favor del Fondo Vial como Entidad Ejecutora las Fianzas o Garantías siguientes: a. Garantía de Cumplimiento de Contrato por una suma de quince por ciento (15%) de este contrato y con una duración igual al respectivo plazo de construcción adicionando un plazo de tres (3) meses. Esta Garantía deberá ser presentada por el Contratista dentro de los quince días (15) después de suscrito el correspondiente Contrato. b. La Garantía de Calidad deberá estar vigente por un plazo de 1 año contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Definitiva de la Obra por un monto del cinco por ciento (5%) del valor del Contrato. CLÁUSULA XXXI: ACEPTACION: Las partes contratantes aceptan los términos del presente Contrato, en fe de lo cual, firmamos el presente Contrato en la ciudad de Tegucigalpa, Distrito Central, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año dos mil catorce. (F Y S) ING. HUGO ARDON SORIANO, DIRECTOR EJECUTIVO, FONDO VIAL. (F Y S) WALTER JAVIER SIBRIÁN SERRANO, REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA INGENIERIA DE CARRETERAS, S. A.”

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil catorce. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de diciembre de 2014. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP). ROBERTO ORDÓÑEZ WOLFOVICH UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 10 of 32 --

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