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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

21 enero 2026Edición No. 37,049

Certificación

Certificación No. 1560-2024 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica y aprobación de Estatutos a Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de Aguas del Padre

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Que la “JUNTA ADMINISTRA- DORA DE AGUA POTABLE y SANEAMIENTO DE LA ALDEA AGUAS DEL PADRE, MUNICIPIO DE SIGUATEPEQUE, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA”, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

  2. 2.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento y se reconocerá con las siglas siguientes: JAAS de la aldea Aguas del Padre, municipio de Siguatepeque, departamento de Comayagua, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de dicha comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, su Reglamento General y demás reglamentos, Código de Salud y Ley General del Ambiente y demás Leyes aplicables efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la aldea Aguas del Padre, municipio de Siguatepeque, departamento de Comayagua.

Articulo 2

El domicilio legal será en la aldea Aguas del Padre, municipio de Siguatepeque, departamento de Comayagua y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera componentes del sistema de agua potable los siguientes: 1) La microcuenca que comprende el área de terreno delimitada y protegida, 2) El acueducto que comprende las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua potable, 3) Saneamiento que comprende las obras físicas para el saneamiento ambiental en cada uno de los hogares. construido por la comunidad. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS Y ACTIVIDADES

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular y normal el funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Básico (JAAS) y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema agua potable y saneamiento. -

Articulo 5

La Organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.- b.- Asegurar una correcta administración del sistema.- c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.- d.- Solicitar capacitación y asesoría a las instituciones competentes según la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento- e.- Gestionar financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable y el saneamiento básico de la forma siguiente: 1) Obtención del área de la micro cuenca por medio de la compra, firma de convenios con dueños de terreno, 2) Mejorando la infraestructura, 3) Construyendo obras que ayuden a mejorar el saneamiento de la comunidad.- f.- Vigilar porque la población use y maneje el agua adecuada mente y evitando el desperdicio del agua. g.- Gestionar la asistencia de técnica de SANAA necesaria para mantener adecuadamente el sistema.- h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema: 1) Microcuencas 2) Acueducto 3) Saneamiento Básico.- i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento Básicos. j.- Vigilar que la población practique hábitos higiénicos y sanitarios en los hogares.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de pago de conexiones y tarifa mensual por pagos del servicio de agua potable y extraordinaria en concepto de cuotas como ser actividades sin fines de lucro discutidas y aprobadas por la asamblea de usuarios con su firma respectiva en acta, categorización de la tarifa en base a: 1) Capacidad de pago. 2) Número de familia por vivienda, 3) Número de llaves adicionales, 4) Otras consideraciones establecidas por la Junta Directiva de acuerdo a la inversión que se requiera hacer al sistema de agua potable y saneamiento estimado por la misma.- b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados.- c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar, canalizar y ejecutar recursos financieros de entes nacionales e internacionales.- e.- Coordinar y asociarse con otras juntas (Asociación de Juntas Administradoras de Agua a nivel Municipal (AJAAMTE) e instituciones públicas y privadas para mantener y mejorar el sistema.- f.- Promover la integración de la comunidad e involucrarla con el sistema.- g.- Conservar, vigilar, mantener y aumentar el área de la microcuenca cada año. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema de agua potable y saneamiento. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS, DE LAS CLASES DE MIEMBROS, OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento “JAAS” tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores b) Activos: Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento “JAAS”.- Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros: a) Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b) Elegir y ser electos. c) Presentar inicia ti vas o proyectos a la Junta Directiva. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad de servicios. f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifíque la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros(usuarios directivos): a.- Conectarse en el acueducto al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. c.- Asistir puntualmente a las reuniones. d.- Participar en cualquiera de las comisión que se le asigne. e.- Vigilar por el buen estado de ,las partes del sistema. f.- Realizar labores de mantenimiento y mejoramiento del sistema cuando la junta los requiera. g.-Mantener limpio los solares, pilas, letrinas y la vivienda para prevenir las enfermedades. h.- Pagar una multa equivalente al valor de un día de trabajo por no asistir a las reunión. i.- Permitir la inspección de las instalaciones, letrinas, pilas a personal autorizado de la junta. j.- Pagar puntualmente la tarifa dentro de los primeros diez días del mes siguiente. k.- Pagar una multa establecida por la junta por el incumplimiento de las obligaciones. CAPÍTULO IV DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO Y SUS ATRIBUCIONES; ASAMBLEA DE USUARIOS, JUNTA DIRECTIVAS Y COMITÉ DE APOYO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de usuarios.- b.- Junta Directiva.- c.- Comités de apoyo integrada por: 1) Comité de Operación y Mantenimiento.- 2).- Comité Saneamiento y Educación de Usuarios.- 3) Comité de Microcuencas.- 4) Comité de Vigilancia. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

Es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los usuarios debidamente convocados. Son funciones de la Asamblea de usuarios: a.- Elegir los miembros directos de la Junta los que coordinarán los comité.- b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.- c.- Aprobar los informes trimestrales de la ejecución del presupuesto vigente y del Plan Operativo Anual POA.- d.- Resolver la aprobación de sanciones para faltas graves de renovar o suspender cualquier miembro directivo propuesto o no propuesto por los demás miembros de la Junta Directiva. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 12

Después de la Asamblea de usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento, estará integrada por hombres y mujeres mayores de dieciocho años electos por el voto mayoritario de la asamblea de usuarios o por los presente en la reunión después de una espera de media hora para que se presenten los usuarios; deberá considerar la equidad de género y estará en funciones por un período de dos años y podrá ser nombrada por un periodo más en forma consecutiva, ejercerán los cargos ad-honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 13 del Reglamento de Juntas Administradoras de Agua (JAA), de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros, cinco propietarios y dos vocales: 1) Un Presidente(a).- 2) Un Vicepresidente(a).- 3) Secretario(a).- 4) Un Tesorero(a).- 5) Un Fiscal.- 6) Un Vocal Primero; y, 7) Un Vocal Segundo.

Articulo 13

LA JUNTA DIRECTIVA, tendrá las siguientes funciones: a.- Brindar informes trimestrales y presentarlo a la asamblea de usuario, sobre la ejecución del presupuesto y el seguimiento del Plan Operativo Anual “POA”, en el orden siguiente el primero en marzo el segundo en junio el tercero en septiembre y el cuarto en diciembre.- b.- Elaborar el presupuesto anual y el Plan Operativo Anual “POA” y presentarlo a la asamblea de usuario en el mes de enero.- c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación mantenimiento del sistema de agua.- d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo provenientes del servicio de agua en la comunidad.- e.- Depositar los fondos en una cuenta bancaria a nombre de la Junta Administradora de Agua con firmas del presidente, tesorero y el fiscal; si los directivos consideran conveniente las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo provenientes del servicio de agua en la comunidad.- f.- Asistir a las reuniones de la asociación de juntas administradoras de agua potable y saneamiento.- g.- Cancelar o superar el servicio de agua a los directivos y usuarios por el no cumplimiento de la leyes, reglamentos, estatutos y acuerdos aprobados en sesiones de directiva o de asamblea o por poner en peligro la vida de los habitantes de la comunidad al realizar prácticas que afecten la salud.- h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.- i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los usuarios como ser letrinas, pilas, solares y la viviendas que se encuentren en las condiciones higiénico sanitarias j.- Nombrar los delegados de los comités lo mismo que el personal de trabajo de la junta como ser el fontanero y otro que estime conveniente siempre que no se necesite de una asesoría para su nombramiento.- k.- Informar a la asociación de juntas sobre las labores realizadas en la comunidad así como los problemas no resueltos.

Articulo 14

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.-Trimestralmente en forma ordinaria con los usuarios del servicio y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria.- b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes y en forma extraordinaria o cuando sea convocado por la AJAAMTE o u otra institución. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 15

La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento.- b.- Comité Saneamiento y Educación de Usuarios.- c.- Comité de Microcuencas.- d.- Comité de Vigilancia.

Articulo 16

Los comités de apoyo estarán integrados por un coordinador y delegados, nombrados uno por cada 15 usuarios o el número que la junta directiva estime conveniente, coordinados de la siguiente manera: 1) El Vicepresidente coordinará el comité de Operación y Mantenimiento, 2) El Vocal Primero coordinara el Comité Saneamiento y Educación de Usuarios, 3) El Vocal Segundo coordinará el comité de microcuencas y los delegados podrán ser nombrados por la asamblea o por cada coordinador y ratificados por la directiva de acuerdo al trabajo a realizar, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembros de los comités de operación y mantenimiento y de microcuencas el Alcalde Auxiliar fontanero, al representante de la UMA, al Promotor de Salud y al personal comunitario de salud pública asignado de la zona como miembro del comité de Saneamiento y Educación de Usuarios. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

Articulo 17

Dentro de la Junta Administradora desempeña un papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta, serán sus funciones: a.- Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros.- b.- Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente.- c.- Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones.- d.- Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta.- e.- Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de los abonados.- f.- Comprobar los gastos efectuados por la Junta.- g.- Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra calificada y no calificada.- h.- Firmar los documentos administrativos que den fe de aceptado a los informes del Presidente y Tesorero.- i.- Vigilar la bodega.- j.- El fiscal coordinará el Comité de vigilancia, tendrá delegados nombrados por la asamblea de usuarios o el coordinador y serán ratificados por la directiva, el número será de acuerdo a la magnitud del trabajo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 18

La Junta Directiva de la Junta Administradora de Agua estará formada por 1) Presidente, 2) Vicepresidente, 3) Secretario, 4) Tesorero, 5) Un fiscal, 6) Vocal Primero, 7) Vocal Segundo.

Articulo 19

Son Atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones.- b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones.- c.- Elaborar la agenda con el Secretario.- d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones.- e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos.- f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora de Agua y Saneamiento (JAAS).- g.- Solicitar un informe por escrito a el fontanero y presentarlo a los directivos y usuarios.- h.- firmar con el Tesorero las salidas del dinero de tesorería de la junta.

Articulo 20

Son atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva.- b.- Supervisará las comisiones que se asignen.- c.- Coordinar el comité de operación y mantenimiento.- d.- Nombrar los delegados del comité de operación y mantenimiento.- e.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.

Articulo 21

Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas.- b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero.- c.- Encargarse de la correspondencia.- d.- Convocar junto con el Presidente.- e.- Llevar el registro de abonados.- f.- Organizar el archivo de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento JAAS.- g.- Manejo de planillas de mano de obras. h.- Firmar las actas.

Articulo 22

Son atribuciones del TESORERO: Por ser el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indique ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.- b.- Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.- c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).- d.- Informar mensualmente a la Junta directiva, municipalidad y la Asociación de Juntas Administradora de Agua a nivel Municipal AJAAMTE sobre el manejo económico y financiero (cuenta bancaria), gastos e inversiones lo mismo de las necesidades económicas que tiene la junta.- e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta.- g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondo.- h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.- i.- Firmar las salidas egresos de la junta.

Articulo 23

Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización.- b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.- c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta.- d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.- e.- Coordinar el comité de vigilancia.- f.- Nombrar los delegados de vigilancia, y someterlos a ratificación ante los directivos.- g.- Llevar el inventario de los bienes de la junta.- h.- Cargarles los bienes de la junta a las personas que los tienen en su poder para uso o custodia y descargárselos cuando esto ya no los tengan esto se deberá hacer por medio con una nota donde se explica el estado, el uso en que se utilizará el bien de la junta en un libro único donde firmará el que recibe el bien y el Fiscal que lo entrega.

Articulo 24

Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.- b.- El Vocal I coordinará el comité de Saneamiento y Educación de Usuarios.- c.- El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.- d.- Reemplazar, a los miembros principales, excepto al Presidente, cuando estos estén ausenten, según su orden de precedencia.- e.- Nombrar los delegados de salud y de microcuenca.- CAPÍTULO V RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Articulo 25

Mecanismos de Solución. Los conflictos entre la Junta de Agua y los usuarios o con terceros, como resultado de la prestación de los servicios, deberán resolverse en primer instancia por el prestador, en caso de no resolverse se llevará el proceso ante la mecanismos de conciliación y de mediación, con intervención de la USCL y de no ser posible su solución por esta vía se requerirá la intervención del Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento (ERSAPS), en los términos de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y de sus reglamento. CAPÍTULO VI DEL PATRIMONIO

Articulo 26

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, cobro de derecho por conexiones, multas así como los intereses capitalizados.- b.- Con bienes muebles e inmuebles y trabajos que aportan los abonados.- c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema.- d.- Con donaciones, herencias, legádos, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 27

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VII DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 28

En caso de disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua los bienes de esta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando estas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo, con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 29

El ejercicio financiero de la Junta Administradora de Agua potable y saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 30

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán los que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA AGUAS DEL PADRE, MUNICIPIO DE SIGUATEPEQUE, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA”, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA AGUAS DEL PADRE, MUNICIPIO DE SIGUATEPEQUE, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA”, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los órganos estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA AGUAS DEL PADRE, MUNICIPIO DE SIGUATEPEQUE, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA”, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA AGUAS DEL PADRE, MUNICIPIO DE SIGUATEPEQUE, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA”, se hará de conformidad a sus estatutos y las Leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial La Gaceta, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA AGUAS DEL PADRE, MUNICIPIO DE SIGUATEPEQUE, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el artículo 18 párrafo segundo de la Ley marco del sector agua potable y saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F y S) HEIDY WALESKA BARAHONA ALACHÁN, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F y S) CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días (24) del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025). NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN AL CIUDADANO 1 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CERTIFICACIÓN

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Certificación

Certificación No. 1057-2025 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica a Fundación Casa José (FCJ)

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Que la “FUNDACIÓN CASA JOSÉ (FCJ)”, se constituyó mediante Instrumento Público número seis (No. 6), de fecha trece de junio del año dos mil veinticinco, ante los oficios de la Notario Público ZOILA DIGNA ÁVILA GONZÁLEZ, acreditándose ante éste el patrimonio de la Fundación, asimismo, se incorporan los estatutos, el nombramiento de la Junta Directiva, Órgano de Fiscalización, de conformidad a lo establecido en la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.

  2. 2.

    Que la “FUNDACIÓN CASA JOSÉ (FCJ)”, se crea como Organización civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro cuyos objetivos contribuyen desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes.

  3. 3.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Sección “B” 2 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049 Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

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Acuerdo

Acuerdo No. 260-2025 — Aprobación de constitución de Fundación Casa José (FCJ)

ACUERDO No.260-2025. 2 DE JUNIO DEL AÑO 2025. (F Y S) CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ, SECRETARIO GENERAL.” Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintisiete (27) dias del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025). IRIS GEORGINA ANARIBA CASTILLO ENCARGADA DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ACUERDO DE DELEGACIÓN DE FIRMA No.92-2025 DE FECHA 6 DE FEBRERO DE 2025 21 E. 2026

Convocatoria

Convocatoria — Convocatoria a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Banco del País, S.A.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS La Junta Directiva de la Sociedad Mercantil denominada BANCO DEL PAÍS, S.A., de este domicilio social, convoca a sus accionistas a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS que se celebrará el lunes nueve (09) de febrero del 2026 a las 10:00 a.m., en el octavo piso del Edificio Torre del País, sita frente al Boulevard José Antonio Peraza de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, de conformidad al siguiente orden del día: A. NOMBRAMIENTO DE ESCRUTADORES Y DETERMINACIÓN DEL QUÓRUM DE ASISTENCIA B. INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS 1. Informe de la Junta Directiva. 2. Presentación del Balance General y demás Estados Financieros de la Sociedad. 3. Informe de la Comisaría Social. 4. Discusión, Aprobación o Modificación de los Estados Financieros. 5. Elección de Junta Directiva, Directores Independientes y Comisaría Social. 6. Determinación de Emolumentos de los miembros de la Junta Directiva, Directores Independientes y Comisarios Sociales. C.INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 1. Modificación del Pacto Social. 2. Cierre y Lectura del Acta. En caso de no haber quórum en primera convocatoria, se reunirá al día siguiente al señalado anteriormente, en el mismo lugar y hora indicados, y se considerará válidamente instalada, cualquiera que sea el número de accionistas presentes y/ o representados. San Pedro Sula, departamento de Cortés, 20 de enero de 2026. JUNTA DIRECTIVA 21 E. 2026

4 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO

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Aviso

Aviso — Reconocimiento de Personalidad Jurídica - Sindicato de Trabajadores del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (SITRAIHTT)

El Señor Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, al público en general y para los efectos de Ley, AVISA: Que en fecha dieciséis (16) de enero del año dos mil veintiséis (2026), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE TERRESTRE (SITRAIHTT), con domicilio en la Ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán el cual ha quedado inscrito en el Tomo N° V Folio N° 796 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de enero de 2026 ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 21,22 y 23 E. 2026 ________ SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO

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Aviso

Aviso — Reconocimiento de Personalidad Jurídica - Sindicato de Empleados de la Procuraduría General de la República de Honduras (SEPGRAH)

El señor Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, al público en general y para los efectos de Ley, AVISA: Que en fecha ocho (08) de enero del año dos mil veintiséis (2026), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN (SITRAINM), con domicilio en la Ciudad de Tegucigalpa, Departamento de Francisco Morazán el cual ha quedado inscrito en el Tomo N° V Folio N° 797 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de enero de 2026 ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOSDE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 21,22 y 23 E. 2026 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO El señor Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, al público en general y para los efectos de Ley, AVISA: Que en fecha quince (15) de enero del año dos mil veintiséis (2026), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS (SEPGRAH), con domicilio en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán el cual ha quedado inscrito en el Tomo N° V Folio N° 795 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de enero de 2026 ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 21,22 y 23 E. 2026 ________ SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO El señor Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, al público en general y para los efectos de Ley, AVISA: Que en fecha treinta (30) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS (SITRASEDH), con domicilio en la Ciudad de Tegucigalpa, Departamento de Francisco Morazán el cual ha quedado inscrito en el Tomo N° V Folio N° 792 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de enero de 2026 ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 21,22 y 23 E. 2026

5 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO

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Aviso

Aviso — Reconocimiento de Personalidad Jurídica - Sindicato de Trabajadores de la Dirección Nacional Programa Ciudad Mujer (SITRADINAPROCIMU)

El señor, Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, al público en general y para los efectos de Ley. AVISA: Que en fecha siete (07) de enero del año dos mil veintiséis (2026), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL (SITRASEDESOL), con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central el cual ha quedado inscrito en el Tomo Nº. V Folio Nº. 790 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de enero de 2026 ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 21, 22 y 23 E. 2026 ______ SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO El señor, Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, al público en general y para los efectos de Ley. AVISA: Que en fecha ocho (08) de enero del año dos mil veintiséis (2026), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL (SITRANSEC), con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central el cual ha quedado inscrito en el Tomo Nº. V Folio Nº. 791 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de enero de 2026 ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 21, 22 y 23 E. 2026 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO El señor, Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, al público en general y para los efectos de Ley. AVISA: Que en fecha dieciséis (16) de enero del año dos mil veintiséis (2026), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA (SITRASEN), con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán el cual ha quedado inscrito en el Tomo Nº. V Folio Nº. 794 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de enero de 2026 ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 21, 22 y 23 E. 2026 ______ SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO El señor, Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, al público en general y para los efectos de Ley. AVISA: Que en fecha cinco (05) de enero del año dos mil veintiséis (2026), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA DIRECCIÓN NACIONAL PROGRAMA CIUDAD MUJER (SITRADINAPROCIMU), con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán el cual ha quedado inscrito en el Tomo Nº. V Folio Nº. 793 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de enero de 2026 ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 21, 22 y 23 E. 2026

6 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049 REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL “SERVICIO DE INTERNET Y ENLACE DE DATOS PARA LAS OFICINAS Y REGISTROS CIVILES MUNICIPALES AÑO 2026” LPN-008-RNP-2025 1. El Registro Nacional de las Personas, invita a las empresas interesadas en participar en la

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Licitación

Licitación No. LPN-008-RNP-2025 — Servicio de Internet y Enlace de Datos para las Oficinas y Registros Civiles Municipales Año 2026

Licitación Pública Nacional LPN-008-RNP-2025, a presentar ofertas selladas para la “SERVICIO DE INTERNET Y ENLACE DE DATOS PARA LAS OFICINAS Y REGISTROS CIVILES MUNICIPALES AÑO 2026”, conforme a las indicaciones establecidas en el Pliego de Condiciones. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales Aprobados. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto para el ejercicio fiscal 2025 y demás leyes aplicables. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, previo al pago por medio de TGR1 por la cantidad de Lps. 200.00 y mediante solicitud escrita a la Lic. María Jimena Casasola, Gerente Administrativo del Registro Nacional de las Personas, en el edificio Torre Futura, colonia Palmira, avenida República de Panamá a partir del miércoles 14 de enero de 2026, en horario de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., también podrá solicitar vía e-mail: comprasycontrataciones@rnp.hn. 5. Los documentos de la licitación podrán ser descargados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). La presentación de la oferta y los sobres a las que hace referencia en el Pliego de Condiciones será en físico en la dirección antes indicada. 6. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Oficina de la Unidad de Compras y Adquisiciones en el edificio Torre Futura, piso 12, Col. Palmira, Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, Honduras, C.A., a más tardar a las 10:00. a.m., del miércoles 25 de febrero de 2026. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m., del miércoles 25 de febrero de 2026. 7. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por al menos 2% del monto total de la Oferta y conforme a las instrucciones establecidas en los Pliegos de Licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 14 de enero de 2026 ROLANDO KATTÁN COMISIONADO PRESIDENTE REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS 21 E. 2026

7 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049 Instituto de la Propiedad CERTIFICACIÓN El infrascrito, Registrador de la Propiedad Industrial dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual, para efectos de publicación certifica de manera extractada la Resolución No.2025/966 de fecha 04 de noviembre del 2025, que literalmente dice:

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Resolución

Resolución No. 2025/966 — Cancelación de Registro de Nombre Comercial Torres Bella Vista

RESOLUCIÓN No. 2025/966. DIRECCIÓN GENERAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL.- OFICINA DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.- DEPARTAMENTO LEGAL. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de Noviembre del 2025. VISTA: Para resolver la Solicitud de Cancelación del Registro No.3929 presentado en fecha 11 de septiembre del 2024, por la Abogada SONIA URBINA, quien actúa en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil ROBLE INTERNATIONAL COMPANY INC., en la Solicitud de Cancelación de Registro No. 2024-001622 del Nombre Comercial denominado TORRES BELLA VISTA. RESULTA PRIMERO:... RESULTA SEGUNDO:... RESULTA TERCERO:... RESULTA CUARTO:... RESULTA QUINTO:... CONSIDERANDO PRIMERO:... CONSIDERANDO SEGUNDO:... CONSIDERANDO TERCERO:... CONSIDERANDO CUARTO:... CONSIDERANDO QUINTO:... POR TANTO:... RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación No.2024-001622 del registro del Nombre Comercial denominado TORRES BELLA VISTA registrada bajo No.3929 en fecha 26 de octubre del 2007, a favor de la Sociedad Mercantil INVERSIONES BOLÍVAR HONDURAS, S.A. DE C.V., presentada por la Abogada SONIA URBINA, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil ROBLE INTERNATIONAL COMPANY INC., en virtud de que el titular del derecho protegido no acreditó cada cinco (5) años, la existencia de la Empresa ante la Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, mediante un documento indubitado. SEGUNDO: Una vez firme la presente resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar la presente, por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta, y por lo menos en un diario de mayor circulación del país, cumplidos esos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el Libro de Registro y en la Base de Datos correspondientes. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la resolución dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificada la presente resolución, el Recurso de Apelación, que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad en el plazo de tres días hábiles, siguientes a la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, REGISTRADOR LEGAL. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO REGISTRADOR LEGAL 21 E. 2026

8 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049 REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS OFFICE 365 PARA EL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AÑO 2026” LPN-010-RNP-2025 1. El Registro Nacional de las Personas, invita a las empresas interesadas en participar en la

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Licitación

Licitación No. LPN-010-RNP-2025 — Adquisición de Licencias Office 365 para el Registro Nacional de las Personas Año 2026

Licitación Pública Nacional LPN-010-RNP-2025 a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS OFFICE 365 PARA EL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AÑO 2026”, conforme a las indicaciones establecidas en el Pliego de Condiciones. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales Aprobados. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto para el ejercicio fiscal 2025 y demás leyes aplicables. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, previo al pago por medio de TGR1 por la cantidad de Lps. 200.00 y mediante solicitud escrita a la Lic. María Jimena Casasola, Gerente Administrativo del Registro Nacional de las Personas, en el edificio Torre Futura, colonia Palmira, avenida República de Panamá a partir del miércoles 14 de enero de 2026 en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., también podrá solicitar vía e-mail: comprasycontrataciones@rnp.hn. 5. Los documentos de la licitación, podrán ser descargados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). La presentación de la oferta y los sobres a las que hace referencia en el Pliego de Condiciones será en físico en la dirección antes indicada. 6. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Oficina de la Unidad de Compras y Adquisiciones en el edificio Torre Futura, piso 12, Col. Palmira, Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, Honduras, C.A., a más tardar a las 02:00. p.m., del día miércoles 25 de febrero de 2026. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 02:15 p.m., del día miércoles 25 de febrero de 2026. 7. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por al menos 2% del monto total de la oferta y conforme a las instrucciones establecidas en los Pliegos de Licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 14 de enero de 2026 ROLANDO KATTÁN COMISIONADO PRESIDENTE REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS 21 E. 2026 REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ION DE LICENCIAS OFFICE 365 PARA EL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AÑO 2026” LPN-010-RNP-2025 tro Nacional de las Personas, invita a las empresas interesadas en participar en la n Pública Nacional LPN-010-RNP-2025 a presentar ofertas selladas para la SICION DE LICENCIAS OFFICE 365 PARA EL REGISTRO NACIONAL PERSONAS AÑO 2026" conforme a las indicaciones establecidas en el Pliego de nes. iamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales os. ción se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional tablecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones s del Presupuesto para el ejercicio fiscal 2025 y demás leyes aplicables. esados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, previo al pago por TGR1 por la cantidad de Lps. 200.00 y mediante solicitud escrita a la Lic. María asasola Gerente Administrativo del Registro Nacional de las Personas, en el edificio tura, colonia Palmira, avenida República de Panamá a partir del miércoles 14 de 2026 en horario de 8: 00a.m a 4:00p.m., también podrá solicitar vía e-mail: ycontrataciones@rnp.hn. umentos de la licitación, podrán ser descargados en el Sistema de Información de ción y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", nducompras.gob.hn). La presentación de la oferta y los sobres a las que hace a en el Pliego de Condiciones será en físico en la dirección antes indicada. as deberán presentarse en la siguiente dirección: Oficina de la Unidad de Compras y iones en el edificio Torre Futura Piso 12, Col. Palmira, Tegucigalpa, M.D.C. o Morazán, Honduras, C.A., a más tardar a las 02:00. p.m. del dia miércoles 25 de e 2026. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se

9 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049 Marcas de Fábrica

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Aviso

Aviso No. 2025-1436 — Registro de Marca de Fábrica QITOLBY - Bayer Aktiengesellschaft

Número de Solicitud: 2025-1436 Fecha de presentación: 2025-03-04 Fecha de emisión: 30 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft Domicilio: Kaiser Wilhelm-Alle, 51373 Leverkusen, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 019088176 de fecha 07/10/2024 de Unión Europea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN QITOLBY G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas, para su uso en los siguientes ámbitos; tratamiento de indicaciones oncológicas; preparaciones farmacéuticas, para su uso en los siguientes ámbitos; tratamiento y prevención de las enfermedades cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas para su uso en los siguientes ámbitos; tratamiento y prevención de indicaciones inflamatorias; preparaciones farmacéuticas para su uso en los siguientes ámbitos; tratamiento de Parkinson, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 6 y 21 E. 2026 _______

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Aviso

Aviso No. 2025-1806 — Registro de Marca de Fábrica CHICAGO DIGITAL POWER - Chicago Digital Power, Inc.

Número de Solicitud: 2025-1806 Fecha de presentación: 2025-03-19 Fecha de emisión: 19 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Chicago Digital Power, Inc. Domicilio: 4041 NW 26 St. Miami FL 33142, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHICAGO DIGITAL POWER G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “CHICAGO DIGITAL POWER”, sin dar exclusividad sobre las palabras “CHICAGO”, “DIGITAL” y "POWER" de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fuentes de alimentación, fuentes de alimentación de respaldo de baterías, reguladores de voltaje, inversores de onda sinusoidal, sistemas de energía de emergencia, baterías, protectores contra sobretensiones, sistemas de alimentación ininterrumpida, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 6 y 21 E. 2026

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Aviso

Aviso No. 2024-7093 — Registro de Marca de Fábrica FROKI - Químicos y Lubricantes, Sociedad Anónima

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 6 y 21 E. 2026 _______

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Aviso

Aviso No. 2024-4217 — Registro de Marca de Fábrica ZUNNY - Laboratorios Zepol, S.A.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 6 y 21 E. 2026 10 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2024-2721 — Registro de Marca de Fábrica MUNDIAL DE CLUBES FIFA - Fédération Internationale de Football Association

Número de Solicitud: 2024-2721 Fecha de presentación: 2024-04-30 Fecha de emisión: 25 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 165132023 de fecha 15/12/2023 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MUNDIAL DE CLUBES FIFA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; calzado; artículos de sombrerería; camisas; prendas de punto; jerséis [prendas de vestir]; pulóveres, camisetas de tirantes; camisetas [de manga corta]; chalecos; camisetas de deporte; vestidos; vestidos deportivos; faldas; faldas deportivas; ropa interior; trajes de baño [bañadores]; biquinis; tankinis; albornoces; shorts; pantalones; suéteres; gorros [cofias]; gorras; sombreros; fulares; pañuelos para la cabeza [prendas de vestir]; fajas [bandas]; chales; viseras; gorras con visera; chándales; sudaderas; chaquetas; chaquetas deportivas; chaquetas para ir al estadio; blazers; ropa de lluvia; abrigos; uniformes; corbatas; puños [prendas de vestir]; puños absorbentes del sudor [prendas de vestir]; cintas para la cabeza; guantes; delantales; baberos (no de papel); pijamas; ropa de juego para bebés y niños pequeños; calcetines y prendas de mediería; tirantes; cinturones; tirantes; sandalias; sandalias con tiras; calzado para actividades deportivas, a saber, zapatos para el exterior, zapatos para escalar, zapatillas de baloncesto; zapatillas para entrenamiento en múltiples áreas (cross- training); calzado de ciclista; zapatillas para deportes bajo techo; zapatillas de atletismo y para correr; chancletas; zapatos de fútbol (bajo techo y al aire libre); botas de fútbol; calzado de lona; zapatillas de tenis; zapatos para deportes urbanos; zapatos para navegar; zapatos para aeróbicos; ropa deportiva, a saber, polerones de polar, trajes para correr, ropa deportiva de punto, pantalones deportivos casual, camisetas tipo polo, sudaderas, pantalones de jogging, camisetas tipo fútbol, camisetas tipo rugby, calcetines, ropa de baño, pantis y calentadores de piernas, chándales; ropa interior funcional; camisetas de deporte, top sujetador; leotardos; muñequeras [prendas de vestir], cintas para la cabeza, guantes, trajes para la nieve; chaquetas para la nieve; pantalones para la nieve, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 6 y 21 E. 2026 _______

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Aviso

Aviso No. 2025-2938 — Registro de Marca de Fábrica LOLA MINIMU - Toy Cantando SAS

Número de Solicitud: 2025-2938 Fecha de presentación: 2025-05-06 Fecha de emisión: 19 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TOY CANTANDO SAS Domicilio: Calle 140 # 17-15 oficina 203, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LOLA MINIMU G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aplicaciones informáticas descargables con actividades de aprendizaje y juegos educativos para niños; aplicaciones descargables para dispositivos móviles con actividades de aprendizaje y juegos educativos para niños; programas informáticos para utilizar internet y la red informática mundial para colorear y dibujar con actividades de aprendizaje de expresión creativa para niños; software de aplicación para teléfonos inteligentes con actividades de aprendizaje y juegos educativos para niños; grabaciones de audio y vídeo descargables para niños; grabaciones de vídeo y audio con música e interpretaciones artísticas infantiles; discos de audio con contenido educativo y musical para niños; discos de audio grabados con contenido educativo y musical para niños; discos compactos con contenido educativo y musical para niños; DVD con contenido educativo y musical para niños; soportes digitales de grabación con contenido educativo y musical para niños; programas de juegos informáticos; videojuegos, programas de ordenador, para colorear y dibujar con actividades de aprendizaje de expresión creativa para niños; grabaciones de audio descargables; grabaciones de vídeo descargables; discos compactos; DVD; otros soportes digitales de grabación infantil; libros digitales infantiles descargables de internet; dibujos animados; dibujos animados descargables; dibujos animados en forma de películas cinematográficas; música infantil digital descargable disponible en sitios web de mp3 en internet; podcasts; hardware; software de juegos informáticos educativos para niños descargables a través de redes informáticas mundiales y dispositivos inalámbricos; software de juegos electrónicos educativos para niños; software de entretenimiento interactivo descargable para videojuegos con actividades de aprendizaje y juegos educativos para niños, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 6 y 21 E. 2026 _______

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Aviso No. 2025-2939 — Registro de Marca de Servicio LOLA MINIMU - Toy Cantando SAS

Número de Solicitud: 2025-2939 Fecha de presentación: 2025-05-06 Fecha de emisión: 19 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: TOY CANTANDO SAS Domicilio: Calle 140 # 17-15 Oficina 203, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LOLA MINIMU G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso a la palabra lola de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Telecomunicaciones; telecomunicaciones por redes digitales; difusión de películas y programas o espectáculos televisivos, incluido por internet, redes de telecomunicación móvil y otros soportes; difusión de programas de televisión, películas cinematográficas y otros contenidos audiovisuales y multimedia mediante el protocolo internet y redes de comunicación; servicios de acceso por medios de telecomunicación a películas y programas de televisión disponibles mediante un servicio de vídeo a la carta; transmisión de programas de radio y televisión; comunicaciones por redes de fibra óptica; comunicaciones por terminales de ordenador; transmisión de archivos de datos, audio, vídeo y multimedia incluidos archivos descargables y archivos difundidos en flujo continuo en redes informáticas mundiales; transmisión de flujo continuo de datos [streaming]; servicios de difusión y de acceso por medios de telecomunicación a contenidos de vídeo y de audio disponibles mediante servicios de vídeo a la carta por internet; transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador; transmisión y retransmisión electrónica de sonido, imágenes, documentos, mensajes y datos; servicios de transmisión digital y por internet de datos de audio, vídeo o gráficos; servicios de comunicación por terminales informáticos analógicos y digitales; servicios de telecomunicación mediante plataformas y portales de internet y por otros soportes; foros en línea para transmitir mensajes entre usuarios de ordenador; transmisión por internet de vídeos, películas, series animadas, música, ilustraciones, imágenes, textos, fotografías, juegos y contenidos; servicios de tablones de anuncios electrónicos [telecomunicaciones]; transmisión de podcast; transmisión de tarjetas de felicitación en línea, de la clase 38 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 6 y 21 E. 2026

11 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-4737 — Registro de Marca de Fábrica floretos - Inversiones La Gran Manzana

Número de Solicitud: 2025-4737 Fecha de presentación: 2025-07-16 Fecha de emisión: 2 de septiembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES LA GRAN MANZANA Domicilio: Ciudad Nueva, segunda planta de la Clínica Dominguez, a la par de Offside store, frente a Llantera Sagastume, Marcala, La Paz, CP +504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FLOR DE MARIA DOMINGUEZ MARQUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN floretos G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café; café molido; café preparado; extracto de café; café en grano; sucedáneos del café; bolsas de café; frutos de café procesados; granos de café tostado; granos de café molido; café en grano sin tostar; café con chocolate; bolsas de filtro para café; café en forma de grano entero; café en polvo en bolsas de filtro; bolsas desechables de filtros para café; bolsas de papel biodegradables de filtro para café; café verde en grano; harina de café; dulces de café; postres de café, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______

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Aviso No. 2025-1413 — Registro de Marca de Fábrica VEJA - Veja Fair Trade SARL

Número de Solicitud: 2025-1413 Fecha de presentación: 2025-03-04 Fecha de emisión: 11 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VEJA FAIR TRADE SARL Domicilio: 146 Rue du Faubourg Poissonniere, 75010 París, Francia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VEJA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa, especialmente, camisas, sudaderas, calcetines, cuellos [ropa], ropa de niños; trajes de baño, ropa impermeable; fajas para vestir; bufandas; corbatas; tirantes [ligas] para ropa; calzado, especialmente, zapatillas de deporte, calzado informal, sandalias, chancletas, zuecos, botas, zapatos de senderismo, zapatillas, zapatos de lluvia; conjuntos de bebé; chales; ropa interior; cinturones [prendas de vestir]; tocados, especialmente, sombreros, pañuelos [pañuelos para el cuello], boinas, gorros, canotier, capuchas [ropa], gorras como sombrerería, orejeras, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

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Aviso No. 2024-5606 — Registro de Marca de Fábrica RIFLE - Mustad Hoofcare SA

Número de Solicitud: 2024-5606 Fecha de presentación: 2024-08-22 Fecha de emisión: 28 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MUSTAD HOOFCARE SA Domicilio: Rue de Gruyéres 106, 1630 Bulle, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RIFLE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herramientas e instrumentos manuales para herrar y desbastar caballos, escofinas, limas, martillos, tenazas, pinzas y tenazas; herramientas de herrador [herramientas manuales], cuchillos de herrador, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______

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Aviso No. 2024-4477 — Registro de Marca de Fábrica Butterfly - SAE-A Spinning, Sociedad de Responsabilidad Limitada

Número de Solicitud: 2024-4477 Fecha de presentación: 2024-07-05 Fecha de emisión: 28 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SAE-A SPINNING, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: Carretera a Coris, 800 metros Oeste de Industria Gerber, 30l06 Cartago, Guadalupe, Costa Rica B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (23) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Butterfly G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Hilos de algodón y fibras de tejer para uso industrial de la clase 23. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

12 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2024-3509 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - KERAKOLL (Clase 19)

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026 _______

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Aviso No. 2024-3512 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - KERAKOLL (Clase 19, Denominativa)

Número de Solicitud: 2024-3512 Fecha de presentación: 2024-05-28 Fecha de emisión: 10 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: KERAKOLL S.P.A. Domicilio: VIA DELL'ARTIGIANATO No.9, 41049 SASSUOLO (MO), ITALY, Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (19) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KERAKOLL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Materiales de construcción no metálicos; materiales y elementos de construcción y construcción de arena, piedra, roca, arcilla, minerales y hormigón; mortero de revestimiento; mortero; revestimientos no metálicos para la construcción y la edificación; materiales de revestimiento (no metálicos -); yeso para uso en cerámica; revestimientos de madera que no sean metálicos; tejas no metálicas para la construcción; mosaicos para la construcción; concreto; recubrimientos impermeabilizantes cementosos; aglutinantes y soleras premezcladas para la fabricación de subsuelos antes de la colocación del suelo; morteros premezclados para restaurar hormigón y mampostería; yesos, de la clase 19. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026

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Aviso No. 2024-3508 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - KERAKOLL (Clase 2)

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026 _______

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Aviso No. 2024-3511 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - KERAKOLL (Clase 2, Denominativa)

Número de Solicitud: 2024-3511 Fecha de presentación: 2024-05-28 Fecha de emisión: 28 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: KERAKOLL S.P.A. Domicilio: VIA DELL'ARTIGIANATO No.9, 41049 SASSUOLO (MO), ITALY, Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KERAKOLL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mordientes; pinturas; recubrimientos; recubrimientos epoxi; imprimaciones selladoras; barnices; selladores de pintura; recubrimientos superficiales protectores para madera; recubrimientos impermeables (pinturas); revestimientos [pinturas] repelentes de la humedad; compuestos impermeabilizantes (pintura); esmaltes (pinturas, lacas); materiales del tipo de revestimientos para la construcción (pinturas); materiales de relleno del tipo de pinturas; recubrimientos protectores con cualidades selladoras para uso sobre concreto (pinturas); fijadores (barnices); pinturas de imprimación, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026

13 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-7142 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - KUNOOZ

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026 _______

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Aviso No. 2025-1816 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - SULTÁN

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026

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Aviso No. 2024-2417 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - MUNDO INNOVACIÓN

Número de Solicitud: 2024-2417 Fecha de presentación: 2024-04-16 Fecha de emisión: 18 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES MUNDO INNOVACIÓN Domicilio: Barrio Plaza de Armas, Municipio de Intibucá, departamento de Intibucá, CP 14101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL EDILSON DAVID SORTO BUESO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MUNDO INNOVACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la apariencia de su etiqueta, no se protegen los demás elementos denominativos adjuntos en el ejemplar de etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de celulares y accesorios y demás productos de tecnología; comercialización de mercadería, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______

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Aviso No. 2024-1403 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - N-LORAP

Número de Solicitud: 2024-1403 Fecha de presentación: 2024-02-28 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HC PHARMA HONDURAS S. DE R. L. Domicilio: Colonia Roble Oeste, 3 Calle Sur, Bloque E, Comayagüela, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GILBERTO VÉLEZ VENTURA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN N-LORAP G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “N-LORAP”, sin dar exclusividad de uso de la letra “N”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para la rinitis alérgica estacional y perenne de uso humano; producto farmacéutico para la urticaria idiopática crónica de uso humano; producto farmacéutico para la dermatitis alérgica de uso humano; producto farmacéutico para síntomas asociados a reacciones alérgicas de uso humano, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 6 y 21 E. 2026

14 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2024-3855 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - CEMENTO HÉRCULES

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026 ____________

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Aviso No. 2025-1490 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - AD

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026

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Aviso No. 2025-431 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - Clase 14

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026 ____________ YIDO

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Aviso No. 2025-3716 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - YIDO

Número de Solicitud: 2025-3716 Fecha de presentación: 2025-06-04 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES R.W.A. Domicilio: Tegucigalpa, Honduras, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CAMILO Z. BENDECK PEREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tortillas de harina o maíz, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026 LA NOVIA

15 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-2730 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - EMBEST (Clase 11)

Número de Solicitud: 2025-2730 Fecha de Presentación: 2025-04-25 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co. Ltd. Domicilio: No. 45 Songbei Road, Suzhou industrial Park, Suzhou Area, Pilot Free Trade Zone, Jiangsu, República Popular China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Linternas eléctricas; lámparas eléctricas; aparatos e instalaciones de iluminación; lámparas para rizar; luces para vehículos; bombillas eléctricas; reflectores; tubos fluorescentes para lámparas; lámparas germicidas para purificar el aire; lámparas de aceite; estufas de gas; piedras de lava para usar en parrillas de barbacoa, hervidores eléctricos, aparatos e instalaciones de cocina; aparatos e instalaciones de enfriamiento, aparatos e instalaciones de refrigeración; campanas de extracción para cocinas, secadores de pelo; humidificadores para uso doméstico; aparatos y máquinas purificadores de aire; instalaciones de aire acondicionado; purificadores de aire para uso doméstico; ventiladores [aire acondicionado]; máquinas de niebla; aparatos de calefacción eléctricos, pistolas de calor; grifos; instalaciones de riego automáticas; tubos [partes de instalaciones sanitarias]; válvulas para tuberías y conductos; aparatos e instalaciones sanitarias, instalaciones de baño; purificadores de agua eléctricos para uso doméstico, aparatos desinfectantes; aparatos y máquinas purificadores de agua; instalaciones de purificación de agua; calentadores de bolsillo; radiadores eléctricos; ropa calefactada eléctricamente; encendedores de gas; instalaciones de polimerización, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 EMBEST

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Aviso No. 2024-4262 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - PROCAPS ECLAMP

Número de Solicitud: 2024-4262 Fecha de Presentación: 2024-06-28 Fecha de emisión: 2 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROCAPS S.A. Domicilio: CALLE 80 NO. 78B - 201 BARRANQUILLA, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: Se protege la denominación "PROCAPS ECLAMP" en su conjunto, sin dar protección a los términos de forma separada. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento de la preeclampsia, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______ PROCAPS ECLAMP

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Aviso No. 2025-660 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - GLAD

Número de Solicitud: 2025-660 Fecha de Presentación: 2025-02-06 Fecha de emisión: 19 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LIF BRANDS GROUP CORP. Domicilio: PH FINANCIAL PARK, PISO 38, OFICINA CBC, AVENIDA LA ROTONDA, COSTA DEL ESTE, CORREGIMIENTO DE JUAN DÍAZ, CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CINTHYA YADIRA ORTIZ E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GLAD G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas a base de almendras, soja, avena, arroz, coco, avellanas, cacahuete, maní, quinoa, sésamo, alpiste, semillas de girasol, espelta, castañas y de granos similares sin ser sustitutos de la leche; aguas minerales, aguas con gas; aguas gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, jugos con sabor a fruta; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas; bebidas de frutas sin alcohol; bebidas de jugos de frutas sin alcohol; bebidas de zumos de frutas sin alcohol, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______

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Aviso No. 2024-3618 — Solicitud de registro de NOMBRE COMERCIAL - EXTRUM

Número de Solicitud: 2024-3618 Fecha de Presentación: 2024-05-31 Fecha de emisión: 22 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: EXTRUM, S.A. DE C.V. Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento mercantil dedicado a la fabricación, transformación y comercialización de aluminio, en perfilería para la industria arquitectónica, industrial, comercial y automotriz mediante la extrusión, acabados y prefabricación, comercialización y distribución de todo tipo de mercadería y productos de aluminio, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 EXTRUM

16 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-533 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - DO IT BEST

Número de Solicitud: 2025-533 Fecha de Presentación: 2025-01-28 Fecha de emisión: 7 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Do it Best Corp. Domicilio: 6502 Nelson Road, No. 868, Fort Wayne, Indiana, 46801, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 98670111 de fecha 28/07/2024 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DO IT BEST G.- H.- Reservas / Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la apariencia de la etiqueta, no se protegen las palabras de forma separada. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de tienda minorista en el campo de ferretería, madera, materiales de construcción y tiendas de ferretería y para el hogar; ofrecimiento de asistencia en la gestión empresarial para el establecimiento y operación de tiendas minoristas de ferretería, madera, materiales de construcción y tiendas de ferretería y para el hogar, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

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Aviso No. 2025-994 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - FITRX

Número de Solicitud: 2025-994 Fecha de Presentación: 2025-02-18 Fecha de emisión: 15 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Tzumi Electronics LLC Domicilio: 16 East 34th Street, #3F, New York, New York 10016, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bolsas de agua caliente, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______ FITRX

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Aviso No. 2024-2071 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - Herbalife (Clase 32)

Número de Solicitud: 2024-2071 Fecha de Presentación: 2024-03-26 Fecha de emisión: 30 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Herbalife International, Inc. Domicilio: 800 W. Olympic Blvd., Suite 406, Los Angeles, CA 90015, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas no alcohólicas, incluyendo, aguas minerales y gaseosas; jarabes para elaborar bebidas; bebidas y zumos de frutas, bebidas no alcohólicas listas para beber, concentradas o en polvo; mezclas de bebidas en polvo; bebidas para entrenamiento deportivo y atlético; bebidas deportivas que contienen proteínas, minerales y vitaminas; bebidas no alcohólicas y preparaciones en polvo o concentradas para elaborar bebidas no alcohólicas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______

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Aviso No. 2025-890 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - Elevate North America IP GmbH

Número de Solicitud: 2025-890 Fecha de Presentación: 2025-02-13 Fecha de emisión: 20 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Elevate North America IP GmbH Domicilio: Grafenauweg 10, 6300 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 175102024 de fecha 16/12/2024 de Suiza C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transferencia de conocimientos y conocimientos técnicos especializados comerciales [formación]; orientación vocacional [consejos de educación o formación], de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

17 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-1124 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - FUJIFILM

Número de Solicitud: 2025-1124 Fecha de Presentación: 2025-02-21 Fecha de emisión: 14 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FUJIFILM Corporation Domicilio: 26-30, Nishiazabu 2-chome, Minato-ku, Tokyo, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FUJIFILM G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color negro y rojo, así como se muestra en la etiqueta adjunta. J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño de máquinas, aparatos, instrumentos [incluyendo sus partes] o sistemas compuestos por dichas máquinas, aparatos e instrumentos; diseño de semiconductores o circuitos integrados y consultoría relacionada con ellos; diseño de dispositivos semiconductores; diseño de software de computadora, programación de computadoras, o mantenimiento de software de computadora; investigación química; investigación en el área de tecnología de procesamiento de semiconductores; pruebas, inspección o investigación sobre semiconductores; pruebas, inspección o investigación sobre circuitos integrados; pruebas o investigación sobre máquinas, aparatos e instrumentos; provisión de programas de computadora en redes de datos; alquiler de computadoras; restauración digital de fotos analógicas; diseño y desarrollo de software para el procesamiento de fotos analógicas; servicios de análisis químico; ingeniería química; asesoramiento técnico sobre la introducción y explicación del uso de dispositivos mecánicos químicos y equipos de fabricación de semiconductores que utilizan materiales de lámina delgada, proporcionados a través de telecomunicaciones o presencialmente; asesoramiento técnico sobre la introducción y explicación del uso de dispositivos mecánicos químicos y equipos de fabricación de semiconductores que utilizan compuestos derivados orgánicos metálicos como reactivos, proporcionados a través de telecomunicaciones o presencialmente; introducción y explicación del asesoramiento técnico y sus métodos de uso para el equipo de deposición química de vapor proporcionados a través de telecomunicaciones o presencialmente; asesoría técnica sobre la introducción y explicación del uso de semiconductores, reactivos químicos y sistemas de suministro químico para deposición química de vapor, proporcionada a través de telecomunicaciones o presencialmente; servicios de diseño relacionados con ingeniería para dispositivos de deposición química de vapor; servicios de diseño relacionados con ingeniería para semiconductores, reactivos químicos y sistemas de suministro químico para deposición química de vapor; pruebas, inspecciones o investigaciones de productos farmacéuticos, cosméticos o alimentos; servicios de investigación y desarrollo en el campo de la citología; cultivo de células para terceros; pruebas, inspecciones, investigaciones o desarrollos relacionados con cultivos de células y tejidos; investigación y desarrollo relacionado con medicamentos; investigación y desarrollo en el campo de las ciencias de la vida; investigación relacionada con la medicina y la ciencia en el campo de la atención médica, investigación y desarrollo relacionado con la tecnología en el campo de la atención médica; investigación y desarrollo relacionado con la tecnología en el campo de las ciencias de la vida, suministro de información en un portal relacionado con la investigación y desarrollo de biofarmacéuticos fabricados mediante procesamiento biológico y plataformas de biofabricación; pruebas e investigaciones relacionadas con biotecnología que incluyan procesamiento biológico y plataformas de biofabricación para la fabricación de biofarmacéuticos, y consultoría relacionada a ellos; diseño o creación de plataformas informáticas para procesamiento biológico y biofabricación para la fabricación de biofarmacéuticos; alojamiento de software de computadora para que otros lo usen en el diseño personalizado y pedidos de ensayos, ácidos nucleicos y reactivos utilizados en el análisis de secuencia de ácidos nucleicos, genotipifícación, diagnóstico médico, diagnóstico veterinario, diagnóstico clínico, investigación médica, investigación veterinaria, investigación diagnóstica, investigación clínica, descubrimiento de fármacos, investigación en descubrimiento de fármacos, investigación médica experimental, investigación veterinaria, ciencias de la vida, biología, microbiología, biotecnología, agricultura, ciencia forense, seguridad alimentaria, metagenómica y genética; prueba e inspección de equipo médico; computación en la nube para almacenar, analizar y compartir información en el campo del diagnóstico médico; análisis e investigación médica y consultoría relacionada a los mismos; servicios de biotecnología, química y farmacología, a saber, prestación de investigación científica y técnica relacionada con la fabricación de productos químicos y productos biotecnológicos utilizados en la preparación de productos farmacéuticos y preparaciones veterinarias, así como proporcionar asesoramiento experto sobre estos temas; investigación en biotecnología; ejecución de evaluaciones tempranas en el campo de nuevos medicamentos como parte de la investigación científica; desarrollo de productos farmacéuticos; prestación de servicios técnicos, a saber, asesoramiento técnico, investigación de proyectos e investigación en la industria farmacéutica y del cuidado de la salud; evaluación de productos farmacéuticos como parte de análisis e investigación científica; investigación y desarrollo en el campo de la formulación de medicamentos; investigación, desarrollo y análisis científico sobre el desarrollo de productos de medicamentos y reactivos de prueba y consultoría relacionada con los mismos; investigación científica; provisión de investigación científica para fines médicos y provisión de información relacionada con ello; provisión de software de computadora por proveedores de servicios de aplicaciones para la gestión de la salud mediante la gestión del peso corporal, la proporción de grasa corporal y otra información sobre la composición corporal; alojamiento de sitios web de computadora para la gestión de la salud mediante la gestión del peso corporal, la proporción de grasa corporal y otra información sobre la composición corporal; pruebas e investigación relacionadas con la biotecnología y consultoría relacionada con ello; provisión de software informático no descargable que ofrece bienes virtuales, a saber, cámara, cámara digital, cámara instantánea, lentes para cámaras, adaptadores de lentes para cámaras, flash para cámaras, estuches para cámaras, filtros de lentes para cámaras, pinceles de soplo para cámaras, trípodes para cámaras, correas para cámaras, partes y accesorios para cámaras, aparatos y equipos fotográficos, materiales fotográficos, películas fotográficas, binoculares, telescopios, aparatos e instrumentos ópticos, cosméticos, jabones, suplementos, sanitizantes, agentes antibacterianos, papel tisú húmedo, marcos de fotos digitales, álbumes, herramientas para montaje de fotos, calendarios, postales, cajas para fotografías, cajas de hojalata para el almacenamiento de fotografías, cajas para almacenar películas fotográficas, cajas de hojalata para almacenar películas fotográficas, pegatinas decorativas para cámaras, pegatinas decorativas para fotos, fotografías, marcos para fotografías, papelería, material impreso, marcos de fotos para fotografías, aparatos e instrumentos médicos, impresoras, máquinas fotocopiadoras, copiadoras digitales, copiadoras digitales electrostáticas para aplicaciones electrónicas, máquinas multifuncionales con funciones de copia, escaneo, fax, impresión, impresoras de fotos para smartphones, impresoras y sus partes y accesorios, papel para imprimir, papel, lentes para cámaras de televisión, proyectores, relojes, portallaves, tazas conmemorativas, platos conmemorativos, joyería, adornos de zapatos de metal precioso, ropa, sombreros, bolsos, herrajes para bolsos, broches metálicos para monederos, recipientes de cuero para embalaje, ropa para mascotas, bolsas, bolsitas, portadores portátiles para herramientas de maquillaje, paraguas, bastones, herrajes para bastones, mangos de bastón, equipos para montar a caballo, cuero, tazas, cojines para uso en línea y en mundos virtuales en línea; proporcionar software de computadora autenticado por tokens no fungibles [NFTs]; programación de sitios web para comunidades en línea en el campo de datos de audio, música, imágenes, videos, datos de texto y datos de formas tridimensionales como archivos de avatares; proporcionar software de computadora para la creación, visualización, gestión, intercambio, colección de datos de audio, música, imágenes, vídeo, texto y datos de formas tridimensionales como archivos de avatares; almacenamiento electrónico de datos electrónicos, incluyendo música, audio, fotos, dibujos, documentos, fotos digitales, imágenes, texto, audio, vídeo por computadora; almacenamiento de datos electrónicos; proporcionar software de computadora en línea no descargable; proporcionar software de computadora en línea no descargable para computación en la nube; software como servicio [SaaS]; plataforma como servicio [PaaS], de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

18 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-2218 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Hangzhou Hikvision Digital Technology Co., Ltd.

Número de Solicitud: 2025-2218 Fecha de Presentación: 2025-04-03 Fecha de emisión: 14 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Hangzhou Hikvision Digital Technology Co., Ltd. Domicilio: No. 555 Qianmo Road, Binjiang District, Hangzhou, Zhejiang Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Programas informáticos descargables; aplicaciones de software descargables; programas informáticos grabados; programas informáticos (software descargable); programa informático chatbot para simular conversaciones; aparatos de procesamiento de datos; plataformas de software, grabadas o descargables; aplicaciones informáticas para teléfonos móviles descargables; software [programas grabados]; programas informáticos para el manejo y control de equipos de audio y vídeo; conjuntos de datos, grabados o descargables; software de tratamiento de imágenes, tablas y texto; programas informáticos descargables para la recopilación, el análisis y la conservación de datos en el ámbito del aprendizaje profundo; aparatos de reconocimiento facial; aparatos de comunicación de redes; cámaras de vídeo; aparatos de vigilancia que no sean para uso médico; detectores; detectores de infrarrojos; aparatos analizadores de aire; aparatos e instrumentos ópticos; pantallas de vídeo; dispositivos electrónicos de visualización numérica; sensor; instrumentos de alarma; instalaciones eléctricas antirrobo; pilas eléctricas; servidores informáticos; servidores de red; grabadores de vídeo en red; radares; dispositivos de control de seguridad, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 Guanlan

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Aviso No. 2025-2219 — Solicitud de registro de marca de servicio Guanlan - Hangzhou Hikvision Digital Technology Co., Ltd.

Número de Solicitud: 2025-2219 Fecha de Presentación: 2025-04-03 Fecha de emisión: 14 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Hangzhou Hikvision Digital Technology Co., Ltd. Domicilio: No. 555 Qianmo Road, Binjiang District, Hangzhou, Zhejiang Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: _______ Guanlan I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Investigación en el ámbito de la tecnología de la inteligencia artificial; diseño y desarrollo de productos multimedia; desarrollo de plataformas informáticas; diseño de sistemas informáticos; diseño de software; diseño y desarrollo de aplicaciones informáticas para teléfonos móviles; servicios informáticos en la nube; consultoría sobre diseño y desarrollo de hardware; suministro de sistemas informáticos virtuales para la informática en la nube; consultoría sobre tecnologías de la información; almacenamiento electrónico de datos; mantenimiento de software; software como servicio [SaaS]; actualización de software; suministro de información en materia de tecnología informática y programación por sitios web; provisión de motores de búsqueda para internet; servicios de consultoría tecnológica para la transformación digital; servicios de programación informática para el procesamiento de datos; creación y diseño de índices de información basados en sitios web para terceros [servicios de tecnología de la información]; conversión de datos y programas informáticos,¡ 1 excepto conversión física; instalación de software; plataforma como servicio [PaS], de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

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Aviso No. 2024-3220 — Solicitud de registro de marca de fábrica Magic Z - Honor Device Co., Ltd.

Número de Solicitud: 2024-3220 Fecha de Presentación: 2024-05-16 Fecha de emisión: 6 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Honor Device Co., Ltd. Domicilio: Suite 3401, Unit A, Building 6, Shum Yip Sky Park, No. 8089, Hongli West Road, Xiangmihu Street, Futian District, Shenzhen, Guangdong 518040, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: Se protege la denominación "Magic Z" en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada de la palabra "Magic" y de la letra "Z". I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Robots humanoides con inteligencia artificial para uso en investigaciones científicas; tv y computadora todo en uno; aplicaciones de software descargables para teléfonos móviles; programas informáticos descargables; plataformas de software informático, grabadas o descargables; tabletas; relojes inteligentes; gafas inteligentes; anillos inteligentes; bolígrafos electrónicos; computadoras portátiles; memorias informáticas; tarjetas de circuitos integrados [tarjetas inteligentes]; aparatos de identificación facial; hologramas; dispensadores de billetes; podómetros; sellado de correo (aparatos para comprobar); terminal de punto de venta (terminal POS); identificador de huellas dactilares; registro de asistencia; básculas; aparatos de medición; tablones de anuncios electrónicos; centralitas; teléfonos inteligentes; teléfonos inteligentes plegables; equipos para redes de comunicación; enrutadores; carcasas para altavoces; videocámaras; aparatos de televisión; auriculares; cámaras [fotografía]; lentes para selfies; robots pedagógicos; instrumentos de medición; bíochips; detectores de infrarrojos; lentes ópticos; cables usb; sensores de fibra óptica; semiconductores; chips electrónicos; bobinas eléctricas; chips [circuitos integrados]; pantallas fluorescentes; pantallas de vídeo, aparatos dc control remoto; aparatos de regulación del calor; aparatos de electrólisis para uso en laboratorio; aparatos de extinción de incendios; aparatos radiológicos para uso industrial; dispositivos de protección para uso personal contra accidentes; unidades centrales de alarma; cerraduras digitales; gafas; baterías eléctricas; fuente de alimentación móvil (baterías recargables); dibujos animados; dispositivos de parada del motor por control remoto para coches; imanes de nevera; cercas electrificadas, imanes (decorativos-), de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______ Magic Z

19 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2023-6714 — Solicitud de registro de marca de fábrica Dos Pinos - Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 6, 21 E. y 5 F. 2026 Dos Pinos Delactomy_______

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Aviso No. 2024-3507 — Solicitud de registro de marca de fábrica KERAKOLL mixta - KERAKOLL SPA

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026 I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Adhesivos para uso en la industria; adhesivos para azulejos; adhesivos para impermeabilización; adhesivos de resina sintética para uso industrial; adhesivos para suelos, techos y revestimientos; cementos para la fijación de baldosas; compuestos adhesivos a base de resinas epoxi; materiales adhesivos para baldosas; productos químicos para pegar (con fines industriales); productos químicos a prueba de humedad, excepto pinturas, para mampostería; tamaño para paredes; composiciones impermeabilizantes [distintas de pinturas]; composiciones repelentes al agua; composiciones aislantes antihumedad [distintas de las pinturas]; resina epoxica; poliésteres para su uso en el relleno de desperfectos en superficies; rellenos en pasta; masillas (rellenos); siliconas; resinas de silicona; preparaciones químicas para sellar, compuestos selladores (químicos -); masillas selladoras para uso en la industria; agentes de impregnación para hormigón; adhesivos y adhesivos para la colocación de pavimentos y revestimientos cerámicos y de piedra natural; masillas; reforzadores químicos, consolidantes químicos; productos químicos para impregnación; químicos para recuperación, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 E. y 5 F. 2026 _______ 20 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-5412 — Solicitud de registro de marca de fábrica BOTTEGA PASQUALE - ALPHA FOODS, S.A

Número de Solicitud: 2025-5412 Fecha de Presentación: 2025-08-08 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALPHA FOODS, S.A Domicilio: RESIDENCIAL EL TRAPICHE, CALLE 3, PLAZA ORQUIDEAS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL HECTOR ROLANDO VASQUEZ MARTINEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOTTEGA PASQUALE G.- H.- Reservas / Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de forma separada y no se otorga protección de los elementos "GAFE E DOLCI", presentados en la etiqueta. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: CAFÉ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026 _______

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Aviso No. 2025-4922 — Solicitud de registro de marca de fábrica ULTILACTIS - ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.

Número de Solicitud: 2025-4922 Fecha de Presentación: 2025-07-22 Fecha de emisión: 15 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V. Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto que consiste en un Pre-Probiótico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026 ULTILACTIS

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Aviso No. 2025-5990 — Solicitud de registro de marca de fábrica HAIKO NATURAL - HAIKO NATURAL S.A.S

Número de Solicitud: 2025-5990 Fecha de Presentación: 2025-09-05 Fecha de emisión: 13 de enero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HAIKO NATURAL S.A.S Domicilio: Calle 89 No 20 - 33 - Bogotá, Colombia, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LAURA BEATRIZ GARAY E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HAIKO NATURAL G.- H.- Reservas / Limitaciones: Se protege la denominación "HAIKO NATURAL" en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta, sin otorgar exclusividad de uso de la palabra "NATURAL". I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios para el cuidados de higiene y de belleza para personas o animales, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026 _______

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Aviso No. 2024-6923 — Solicitud de registro de marca de servicio ODEF - ORGANIZACIÓN DE DESARROLLO EMPRESARIAL FEMENINO

Número de Solicitud: 2024-6923 Fecha de Presentación: 2024-10-23 Fecha de emisión: 5 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ORGANIZACIÓN DE DESARROLLO EMPRESARIAL FEMENINO, FINANCIERA, S.A. (ODEF FINANCIERA, S.A.) Domicilio: Colonia Alameda, cuarta(4) calle, trece (13) y catorce (14) avenida Noreste, Edificio Mil trescientos catorce (1314), San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JENNY FERNANDA DIAZ E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ODEF G.- H.- Reservas / Limitaciones: No se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros y monetarios, a saber, concesión de préstamos; realización de inversiones en moneda nacional y extranjera; recepción de depósitos un cuenta de ahorro y a plazo: emisión de títulos; contratación de servicios de cobro por cuenta ajena; servicios relacionados con seguros; servicios de intemediación financiera y crediticia, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026

21 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-851 — Solicitud de registro de marca de servicio AMRIZE - Elevate North America IP GmbH

Número de Solicitud: 2025-851 Fecha de presentación: 2025-02-13 Fecha de emisión: 19 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Elevate North America IP GmbH Domicilio: Grafenauweg 10, 6300 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 140772024 de fecha 09/10/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de agencia de importación y exportación; negociación y conclusión de transacciones comerciales para terceros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 AMRIZE

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Aviso No. 2025-861 — Solicitud de registro de marca de fábrica AMRIZE - Elevate North America IP GmbH

Número de Solicitud: 2025-861 Fecha de presentación: 2025-02-13 Fecha de emisión: 30 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Elevate North America IP GmbH Domicilio: Grafenauweg 10, 6300 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 175142024 de fecha 16/12/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMRIZE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones anticorrosivas; preparaciones antióxido; revestimientos [pinturas]; colorantes; lacas; láminas de metal para uso en pintura, decoración, impresión y arte; metales en forma de polvo para uso en pintura, decoración, impresión y arte; mordientes; resinas naturales en bruto; pinturas; imprimaciones; barnices; preservantes de madera, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 ______

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Aviso No. 2025-839 — Solicitud de registro de marca de fábrica AMRIZE - Elevate North America IP GmbH (clase 6)

Número de Solicitud: 2025-839 Fecha de presentación: 2025-02-13 Fecha de emisión: 16 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Elevate North America IP GmbH Domicilio: Grafenauweg 10, 6300 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 140772024 de fecha 09/10/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Placas de anclaje; tejados de metal; tornillos de metal; hojas y placas de metal, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______ AMRIZE

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Aviso No. 2025-891 — Solicitud de registro de marca de servicio figurativa - Elevate North America IP GmbH

Número de Solicitud: 2025-891 Fecha de presentación: 2025-02-13 Fecha de emisión: 20 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Elevate North America IP GmbH Domicilio: Grafenauweg 10, 6300 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 175102024 de fecha 16/12/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de arquitectura; servicios de investigación y análisis químicos; servicios de laboratorio químico; diseño de construcciones; servicios de ingeniería; diseño industrial; diseño de interiores; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; investigación en el campo de la construcción de edificios; software como servicio [SaaS]; topografía (ingeniería); redacción técnica, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

22 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-881 — Solicitud de registro de marca de fábrica figurativa (clase 17) - Elevate North America IP GmbH

Número de Solicitud: 2025-881 Fecha de presentación: 2025-02-13 Fecha de emisión: 27 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Elevate North America IP GmbH Domicilio: Grafenauweg 10, 6300 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 175102024 de fecha 16/12/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (17) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Materiales de calafateo; cintas adhesivas; bandas aislantes/ cintas aislantes; materiales aislantes; aisladores; materiales de embalaje [amortiguamiento, relleno] de caucho o materias plásticas; materiales de acolchado de caucho o materias plásticas / materiales de relleno de caucho o materias plásticas; compuestos selladores para juntas; sustancias para aislar edificios contra la humedad; empaques impermeables, de la clase 17. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 ______

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Aviso No. 2025-880 — Solicitud de registro de marca de fábrica figurativa (clase 9) - Elevate North America IP GmbH

Número de Solicitud: 2025-880 Fecha de presentación: 2025-02-13 Fecha de emisión: 24 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Elevate North America IP GmbH Domicilio: Grafenauweg 10, 6300 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 175102024 de fecha 16/12/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Hardware de computadoras; dispositivos periféricos para computadoras; aplicaciones de software de computadora descargables; software de computadora grabado, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

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Aviso No. 2025-871 — Solicitud de registro de marca de servicio AMRIZE (clase 36) - Elevate North America IP GmbH

Número de Solicitud: 2025-871 Fecha de presentación: 2025-02-13 Fecha de emisión: 30 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Elevate North America IP GmbH Domicilio: Grafenauweg 10, 6300 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 175142024 de fecha 16/12/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMRIZE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suscripción de seguros, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 ______

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Aviso No. 2025-870 — Solicitud de registro de marca de servicio AMRIZE (clase 35) - Elevate North America IP GmbH

Número de Solicitud: 2025-870 Fecha de presentación: 2025-02-13 Fecha de emisión: 30 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Elevate North America IP GmbH Domicilio: Grafenauweg 10, 6300 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 175142024 de fecha 16/12/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMRIZE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de agencia de importación y exportación; negociación y conclusión de transacciones comerciales para terceros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

23 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-1967 — Solicitud de registro de marca de fábrica LOYAL CARE - DISTRIBUIDORA LICRA IMPORT S.A DE C.V.

Número de Solicitud: 2025-1967 Fecha de presentación: 2025-03-25 Fecha de emisión: 15 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA LICRA IMPORT S.A DE C.V. (DILIMPORT) Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso sobre el término CARE. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Desodorantes, antitranspirantes, toallitas húmedas para la parte íntima, toallitas húmedas para la cara con propiedades vitaminas o de hierbas, perfumes, splash y lociones corporal, shampú para cabello, jabón barra de tocador manos, jabón barra para uso personal corporal, jabón líquido para manos, jabón líquido para cabello, aceites esenciales, talco corporal, cremas para la piel, gel para cabello, lociones capilares, mascarillas faciales hidratantes, mascarillas antiarrugas o de rejuvenecimiento, serums faciales, protector solar, bloqueador solar, cremas hidratantes, limpiadores faciales, jabón líquido para la cara, jabones faciales, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______ LOYAL CARE

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Aviso No. 2025-1335 — Solicitud de registro de marca de fábrica PETIT SQUIZ - BELIV LLC.

Número de Solicitud: 2025-1335 Fecha de presentación: 2025-02-28 Fecha de emisión: 14 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BELIV LLC. Domicilio: Popular Center 19th Floor, 208 Ponce De Leon Avenue, San Juan 00918, Puerto Rico. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PETIT SQUIZ G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguas minerales, aguas con gas; aguas gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, jugos con sabor a frutas, jugos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

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Aviso No. 2023-7147 — Solicitud de registro de marca de fábrica LUMINVU - INTERVET INTERNATIONAL B.V.

Número de Solicitud: 2023-7147 Fecha de presentación: 2023-11-09 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INTERVET INTERNATIONAL B.V. Domicilio: Wim de Körverstraat 35,5831 AN Boxmeer, Holanda. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones oftálmicas veterinarias para animales de compañía, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _______ LUMINVU

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Aviso No. 2023-1556 — Solicitud de registro de marca de fábrica BACALAN - INDUSTRIAS FARMACÉUTICAS CESAR GUERRERO LEJARZA. S.A.

Número de Solicitud: 2023-1556 Fecha de presentación: 2023-03-14 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS FARMACÉUTICAS CESAR GUERRERO LEJARZA. S.A. Domicilio: Ciudad de Granada, Nicaragua. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico vitamínico derivado del Bacalao, a saber vitamina A+ D3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 BACALAN

24 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2024-7570 — Solicitud de registro de marca de fábrica MANO DE SANTO - JESÚS NAVARRO, S.A.U.

Número de Solicitud: 2024-7570 Fecha de presentación: 2024-11-15 Fecha de emisión: 26 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: JESÚS NAVARRO, S.A.U. Domicilio: C/ Isaac Peral Nº. 46 Novelda (Alicante), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MANO DE SANTO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “MANO DE SANTO” en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas no alcohólicas, a saber, bebidas carbónicas sin alcohol; bebidas funcionales a base de agua; bebidas refrescantes sin alcohol, a saber, sodas [aguas]; bebidas energéticas; bebidas isotónicas [que no sean para uso médico]; bebidas enriquecidas nutritivamente; bebidas proteicas; bebidas que contienen vitaminas; bebidas carbonatadas con sabores; aguas minerales [bebidas]; bebidas sin alcohol, a saber, bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes para elaborar bebidas y refrescos; sorbetes [bebidas]; bebidas vegetales; jugos vegetales [bebidas]; zumos vegetales [bebidas]; bebidas sin alcohol aromatizadas y carbonatadas; bebidas funcionales a base de agua; bebidas sin alcohol enriquecidas con vitaminas y sales minerales; bebidas sin alcohol que contienen zumos de frutas, vegetales y hortalizas; sodas refrescantes en polvo; polvos para preparar bebidas no alcohólicas; preparados solubles para hacer bebidas; preparados para la elaboración de bebidas no alcohólicas; polvos para elaborar bebidas gaseosas; preparaciones para elaborar aguas gaseosas; extractos para hacer bebidas; preparaciones para elaborar bebidas carbonatadas con sabores; pastillas para bebidas gaseosas; concentrados para preparar bebidas no alcohólicas; esencias para elaborar bebidas no alcohólicas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 _____

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Aviso No. 2025-271 — Solicitud de registro de marca de fábrica PRIMA COCEDA - Coceda Portugal, S.A.

Número de Solicitud: 2025-271 Fecha de presentación: 2025-01-16 Fecha de emisión: 19 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Coceda Portugal, S.A. Domicilio: Quinta da Mafarra, Várzea, 2009-003 Santarém, Portugal. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 PRIMA COCEDA

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Aviso No. 2024-8250 — Solicitud de registro de marca de fábrica MARTHA STEWART - Martha Stewart Living Omnimedia. LP

Número de Solicitud: 2024-8250 Fecha de presentación: 2024-12-17 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Martha Stewart Living Omnimedia. LP Domicilio: 330 West 34th Street, 15th Floor, New York, New York 10001, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MARTHA STEWART” en su forma conjunta.. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa, a saber, camisas, blusas, suéteres, pantalones, jeans, pantalones cortos, leggins, medias, faldas, vestidos, trajes de baño, ropa para la lluvia, chaquetas [ropa], abrigos, chalecos, batas, delantales, calcetines, calcetería, ropa interior, bufandas, corbatas, cinturones [ropa], mitones y guantes [ropa]; sombreros gorras; zapatos, botas, sandalias y pantuflas, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 ______ MARTHA STEWART

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Aviso No. 2025-2064 — Solicitud de registro de marca de fábrica DULCINEA SWEET BLISS - PACIFIC TRELLIS FRUIT, LLC.

Número de Solicitud: 2025-2064 Fecha de presentación: 2025-03-27 Fecha de emisión: 15 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PACIFIC TRELLIS FRUIT, LLC. Domicilio: 5108 E. Clinton Way, Suite 108 Fresno, CALIFORNIA 93727, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 98930898 de fecha 31/12/2024 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de SWEET BLISS de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Melones frescos, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 DULCINEA SWEET BLISS

25 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2024-5985 — Solicitud de registro de marca de fábrica ETICKET - ETK BOLETOS, S.A. DE C.V.

Número de Solicitud: 2024-5985 Fecha de presentación: 2024-09-10 Fecha de emisión: 8 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ETK BOLETOS, S.A. DE C.V. Domicilio: BLVD. BERNARDO QUINTANA, NÚMERO 29, NIVEL 2, COLONIA ÁLAMOS SEGUNDA SECCIÓN, QUERÉTARO, MÉXICO, CP: 76160, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ALFREDO DUARTE E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ETICKET G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos fotográficos, cinematográficos, ópticos, de serialización, de control (inspección); aparatos de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes de registro magnéticos; soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras; máquinas de calcular; equipos de procesamiento de datos; ordenadores; software. Comprende en particular altavoces; archivos de imagen descargables; archivos de música descargables; lectores de códigos de barras; programas informáticos; aplicaciones informáticas descargables, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026 _______

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Aviso No. 2025-460 — Solicitud de registro de marca de fábrica PRIMECHEF - RAGASA INDUSTRIAS, S.A. DE C.V.

Número de Solicitud: 2025-460 Fecha de presentación: 2025-01-23 Fecha de emisión: 17 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RAGASA INDUSTRIAS, S.A. DE C.V. Domicilio: AV. DR. JOSE ELEUTERIO GONZALEZ, NUM. EXT. 2815, MITRAS NORTE, C.P. 64320, MONTERREY, NUEVO LEÓN, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ALFREDO DUARTE E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pure de tomate; concentrado de tomate; tomates procesados, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026 PRIMECHEF

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Aviso No. 2024-5988 — Solicitud de registro de marca de fábrica ETICKET

Número de Solicitud: 2024-5988 Fecha de presentación: 2024-09-10 Fecha de emisión: 8 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ETK BOLETOS, S.A. DE C.V. Domicilio: BLVD. BERNARDO QUINTANA, NÚMERO 29, NIVEL 2, COLONIA ÁLAMOS SEGUNDA SECCIÓN, QUERÉTARO, MÉXICO, CP: 76160, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ALFREDO DUARTE E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ETICKET G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica la marca junto son sus letras estilizadas. J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos fotográficos, cinematográficos, ópticos, de serialización, de control (inspección); aparatos de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes de registro magnéticos; soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras; máquinas de calcular; equipos de procesamiento de datos; ordenadores; software. Comprende en particular altavoces; archivos de imagen descargables; archivos de música descargables; lectores de códigos de barras; programas informáticos; aplicaciones informáticas descargables, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026 _______

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Aviso No. 2024-5989 — Solicitud de registro de marca de fábrica ETICKET

Número de Solicitud: 2024-5989 Fecha de presentación: 2024-09-10 Fecha de emisión: 8 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ETK BOLETOS, S.A. DE C.V. Domicilio: BLVD. BERNARDO QUINTANA, NÚMERO 29, NIVEL 2, COLONIA ÁLAMOS SEGUNDA SECCIÓN, QUERÉTARO, MÉXICO, CP: 76160, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ALFREDO DUARTE E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ETICKET G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica la marca junto con sus letras estilizadas J.- Para Distinguir y Proteger: Papel y cartón; productos de imprenta; fotógrafas; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles. Comprende en particular boletos; folletos; carteles; publicaciones; prospectos; hojas de materias plásticas para embalar; caracteres de imprenta; clichés, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026

26 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2024-3788 — Solicitud de registro de marca de fábrica MIRALY

Número de Solicitud: 2024-3788 Fecha de presentación: 2024-06-06 Fecha de emisión: 1 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DAVID COLLECTION, S. DE R.L. Domicilio: BARRIO EL CENTRO, QUINTA AVENIDA, ENTRE 6 Y 7 CALLE, FRENTE A ÚTILES DE HONDURAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL TROY HANDERSSON NUÑEZ BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MIRALY G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pantalones cortos; pantalones largos; pantalones de hombre; pantalones de mujer; pantalones de niños; camisetas de hombre; camisetas de mujer; camisetas manga corta; camisetas deportivas; trajes de hombre; trajes de mujer; vestidos; vestidos largos; vestidos cortos; trajes de baño de mujer; shorts de baño; faldas shorts; faldas; leggings; pantalones bombachos; prendas de vestir; bordadas; suéteres de hombre; suéteres de mujer suéteres de niño; uniformes, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026 _____

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Aviso No. 2024-1144 — Solicitud de registro de marca de fábrica Campoplus

Número de Solicitud: 2024-1144 Fecha de presentación: 2024-02-19 Fecha de emisión: 8 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Del Campo Soluciones Agrícolas S. de R.L. Domicilio: Complejo de Bodegas Mandofer, salida a Valle de Ángeles, oficina principal del Campo Soluciones Agrícolas, Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE GILBERTO AQUINO E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Campoplus G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos/fertilizantes en la industria de la agricultura, pueden ser sustancias orgánicas o inorgánicas que contienen nutrientes en formas asimilables por las plantas para mantener o incrementar el contenido de estos elementos en el suelo, mejorar la calidad del sustrato a nivel nutricional, estimular el crecimiento vegetativo de las plantas, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026

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Aviso No. 2024-3784 — Solicitud de registro de marca de fábrica INVERSIONES SHELY'S

Número de Solicitud: 2024-3784 Fecha de presentación: 2024-06-06 Fecha de emisión: 8 de enero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MIRTA ARACELY ALVAREZ CASTILLO Domicilio: BARRIO EL CENTRO, QUINTA AVENIDA, ENTRE 6 Y 7 CALLE FRENTE A ÚTILES DE HONDURAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS, CP 21101 B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL TROY HANDERSSON NUÑEZ BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INVERSIONES SHELY’S G.- H.- Reservas/Limitaciones: INVERSIONES SHELY’S I.- Reivindicaciones: La denominación se protege en su conjunto, sin dar exclusividad a la palabra Inversiones. J.- Para Distinguir y Proteger: Camisas; camisetas; camisetas de deporte; conjuntos de vestir; faldas; pantalones; pijamas; prendas de vestir bordadas; prendas de vestir impermeables; prendas de vestir; ropa: vestimenta; abrigos; calzado; ropa de confección; ropa de playa; ropa exterior; ropa interior; sandalias; suéteres; trajes; zapatos, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 21 E., 5 y 20 F. 2026 _____ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o

27 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2024-1786 — Solicitud de registro de marca de fábrica ORION TIRES

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 y 6, 21 E. 2026 __________

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Aviso No. 2025-4892 — Solicitud de registro de marca de fábrica Genflux

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 y 6, 21 E. 2026

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Aviso No. 2024-2567 — Solicitud de registro de marca de servicio MÁXIMA PROTECCIÓN (MAXPRO)

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 y 6, 21 E. 2026 __________

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Aviso No. 2025-709 — Solicitud de registro de marca de fábrica EQOfluids

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025 y 6, 21 E. 2026 28 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049

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Aviso No. 2025-3099 — Solicitud de registro de marca de fábrica VUSE PRO ONE

Número de Solicitud: 2025-3099 Fecha de presentación: 2025-05-13 Fecha de emisión: 24 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED Domicilio:Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE PRO ONE G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “VUSE PRO ONE”. I.- Reivindicaciones: J.-Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, pitilleras para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; dispositivos y partes de dispositivos para calentar sucedáneos del tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 __________

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Aviso No. 2024-6140 — Solicitud de registro de marca de fábrica INGELVAC MYCOFLEX

Número de Solicitud: 2024-6140 Fecha de presentación: 2024-09-17 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Boehringer Ingelheim Vetmedica GmbH Domicilio: 55218 Ingelheim, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INGELVAC MYCOFLEX G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “INGELVAC MYCOFLEX” en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.-Para Distinguir y Proteger: Vacunas para cerdos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

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Aviso No. 2025-2597 — Solicitud de registro de marca de fábrica Perluxis

Número de Solicitud: 2025-2597 Fecha de presentación: 2025-04-23 Fecha de emisión: 17 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval Costa Rica S.A. Domicilio: 500 metros al Sur del cruce de Taras sobre la autopista Florencio del Castillo, Cartago, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Perluxis G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.-Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para tratar patologías cardiovasculares, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026 __________

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Aviso No. 2025-1927 — Solicitud de registro de marca de fábrica ALSUCRAL

Número de Solicitud: 2025-1927 Fecha de presentación: 2025-03-25 Fecha de emisión: 18 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ROPSOHN THERAPEUTICS, SAS. Domicilio: Bogotá, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALSUCRAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.-Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano indicado para la úlcera péptica y el reflujo gastroesofágico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2025, 6 y 21 E. 2026

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