VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 1057-2025 | Poder Ejecutivo

Certificación No. 1057-2025 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica a Fundación Casa José (FCJ)

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Resumen

Este decreto otorga personalidad jurídica a la Fundación Casa José (FCJ), una organización sin fines de lucro ubicada en San Manuel, Cortés. La fundación podrá ejecutar programas de atención integral, salud, nutrición y protección de derechos para niños y adolescentes hondureños, realizando actividades como jornadas médicas gratuitas, capacitaciones y actividades recreativas. Debe cumplir con las leyes de organizaciones no gubernamentales y registrarse ante las autoridades competentes.

Considerandos

  1. 1.Que la “FUNDACIÓN CASA JOSÉ (FCJ)”, se constituyó mediante Instrumento Público número seis (No. 6), de fecha trece de junio del año dos mil veinticinco, ante los oficios de la Notario Público ZOILA DIGNA ÁVILA GONZÁLEZ, acreditándose ante éste el patrimonio de la Fundación, asimismo, se incorporan los estatutos, el nombramiento de la Junta Directiva, Órgano de Fiscalización, de conformidad a lo establecido en la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.
  2. 2.Que la “FUNDACIÓN CASA JOSÉ (FCJ)”, se crea como Organización civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro cuyos objetivos contribuyen desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes.
  3. 3.Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Sección “B” 2 B. L a G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,049 Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

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