Acuerdo Ejecutivo No. 041-2023 — Ascenso de Mayor Ángel Romelio Fúnez Juárez a Teniente Coronel de Bomberos
Presidencia de la República
1.
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Constitución de la República, la Presidenta de la República tiene a su cargo la administración general del Estado, por lo que tiene dentro de sus atribuciones la facultad de emitir Acuerdos y Decretos Ejecutivos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a Ley.
2.
Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Honduras, es una Entidad desconcentrada del Poder Ejecutivo, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, siendo una institución técnica de derecho público, apolítica, profesional, especializada y permanente, cuya misión institucional es la de ejercer las funciones de Bomberos estatales de manera exclusiva, en todo el territorio nacional y como actor participante de la seguridad pública.
3.
Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter técnico especializado, por consiguiente, los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la Organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus Reglamentos.
4.
Que en Asamblea del Nivel de Supervisión y Control General del Cuerpo de Bomberos de Honduras, celebrada en fecha treinta y uno (31) de marzo del dos mil veintidós (2022), se aprobó en Punto de Acta Número Ocho (8) la propuesta de ascensos para Oficiales de Bomberos al grado inmediato superior, con el objetivo de que se establezca el orden jerárquico dentro de la institución de conformidad a lo señalado en el artículo 67 inciso (b) del Reglamento Interno, Acuerdo 012-98 y de conformidad a lo establecido en el artículo 79 párrafo segundo de la Ley del Cuerpo de Bomberos Decreto 56-2019, el que taxativamente EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 establece que las Disposiciones Reglamentarias se deben mantener vigentes en tanto no se emitan los nuevos reglamentos. CONSIDERANDO: Con base al principio de Idoneidad y Disposiciones Legales supra relacionadas para este caso administrativo, es PROCEDENTE el reconocimiento a sus especiales méritos (Honoris Causa) y reconocidos, el Ascenso del Mayor Ángel Romelio Fúnez Juárez, de Mayor de Bomberos a Teniente Coronel de Bomberos, de acuerdo a los grados y rangos indicados, aprobados por el Nivel de Supervisión y Control General según acta de fecha 31 de marzo del 2022.
Articulo 1
Otorgar ascenso al grado inmediato superior al personal del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República así: de Mayor de Bomberos a Teniente Coronel de Bomberos. ANGEL ROMELIO FUNEZ JUAREZ
Articulo 2
El presente Acuerdo es efectivo a partir del diez (10) de febrero del año dos mil veintitrés (2023) y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República de Honduras TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización Poder Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 241-2023 — Nombramiento de María Felicita López como Directora General de Pueblos Originarios y Afrohondureños
Presidencia de la República
1.
Nombrar a la ciudadana Sandra Antonia Zambrano Munguía, en el cargo de Directora General de Adultos Mayor, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL).
2.
La ciudadana Zambrano Munguía, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión.
3.
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a un (1) día del mes de agosto del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización _____ Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO No. 241-2023 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública.
4.
Nombrar a la ciudadana María Felicita López, en el cargo de Directora General de Pueblos Originarios y Afrohondureños, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL).
5.
La ciudadana López, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión.
6.
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (9) días del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
Articulo 1
Nombrar a la ciudadana Sandra Antonia Zambrano Munguía, en el cargo de Directora General de Adultos Mayor, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL).
Articulo 2
La ciudadana Zambrano Munguía, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión.
Articulo 3
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a un (1) día del mes de agosto del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización _____ Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO No. 241-2023 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA
Acuerdo Ejecutivo No. 249-2023 — Cancelación de Anabel Gallardo Ponce como Miembro de Asamblea de Gobernadores
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
1.
Cancelar a la ciudadana Anabel Gallardo Ponce, como Miembro de Asamblea de Gobernadores Ad honorem, en representación del Sector Agropecuario ante el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), a quien se le agradece por los servicios prestados.
2.
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
3.
Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización CELSO DONADIN ALVARADO HERNANDEZ Secretario General Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización Sección “B” Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.
Articulo 1
Cancelar a la ciudadana Anabel Gallardo Ponce, como Miembro de Asamblea de Gobernadores Ad honorem, en representación del Sector Agropecuario ante el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), a quien se le agradece por los servicios prestados.
Articulo 2
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
Articulo 3
Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización CELSO DONADIN ALVARADO HERNANDEZ Secretario General Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización Sección “B” Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.
Aviso No. 0801-2023-00819 — Demanda en Materia de Personal contra Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
AVISO La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta (30) de agosto del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado Wilson Venancio Laínez Sánchez, actuando en su condición de representante procesal de las señoras: 1) Linda Katterine Chinchilla Carías, 2) Emar Alejandra Gómez Gómez, 3) Rita Emilia Flores Carbajal, 4) Karla Elizabeth Aguilera Mondragón, 5) Lourdes Lisseth García Reyes, 6) Yessica Aracely Maradiaga Mejía; y, 7) Dinora Nohemy Oseguera Solano, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Dirección General de Servicio Civil, con orden de ingreso No. 0801-2023- 00970, para que se declare la nulidad de los actos administrativos de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho, consistentes en:
1)
Acuerdo DGSC-CI-DP-011-2023,
2)
Acuerdo DGSC-CI-DP-015-2023,
3)
Acuerdo DGSC-CI- DP-027-2023,
4)
Acuerdo DGSC-CI-DP-024-2023,
5)
Acuerdo DGSC-CI-DP-025-2023,
6)
Acuerdo DGSC-CI-DP-031-2023; y,
7)
Acuerdo DGSC-CI-DP-032-2023, todos de fecha diecisiete de agosto del dos mil veintitrés, emitidos por la Dirección General de Servicio Civil, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro de sus representados a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que se efectuó la cancelación, hasta que con sujeción a las normas procesales quede firme la sentencia definitiva condenatoria.- Reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fueron cancelados ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos.- Se acredita poder, cotejo y devolución. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 11 D. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.
Aviso — Demanda contencioso administrativa de Carlos Humberto Pérez Andino contra Secretaría de Finanzas
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de noviembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el señor CARLOS HUMBERTO PEREZ ANDINO, interponiendo demanda contencioso administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01816, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, para que se declare nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 459-2022 de fecha 03 de octubre del año 2022, por no ser conforme a derecho su emisión, que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, que se dicten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos.- Se solicita el reintegro a un puesto de igual o mejor categoría, más el pago de salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios calculados desde la fecha del despido injusto e improcedente hasta que se la sentencia adquiera el carácter de firme y sea ejecutada, más ajustes salariales, derechos otorgados, quinquenios, pago de vacaciones no otorgadas por la máxima autoridad ejecutiva y nivelación salarial, se reconozca antigüedad durante los años que estuvo bajo contrato y sus derechos, más cualquier otro beneficio otorgado mientras dure este proceso y su ejecución.- Se acompañan documentos.- Se indica donde se encuentra el expediente administrativo.- Poder. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 11 D. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Aviso — Demanda contencioso administrativa de Kenny Fernando Portillo Medina contra Administración Aduanera de Honduras
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de octubre del año 2023 comparece el Abogado Harold Eduardo Pacheco López, representante procesal de la señora Nohelia Eloísa Banegas Iscoa, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01106, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, incoando demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro de mi representada a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea reintegrada, incluyendo los colaterales consistentes en: décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada.- Pago de quinquenios.- Pago de salario adeudado.- Pago de vacaciones adeudadas. Se acompañan documentos.- Se acredita representación. - Costa; en relación al Acuerdo de Cancelación No.2825-SE-2023 de fecha 11 de septiembre del 2023. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 11 D. 2023 ______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 30 de enero del año 2023 comparece el abogado Javier Ernesto Gómez Diaz, representante procesal del señor Fabiel Obed Rivera Suazo interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023- 00200, contra la Administración Aduanera de Honduras, incoando demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo consistente en el acuerdo de cancelación número Aduanas-DE-GNGTH-003-2023 de fecha nueve (9) de enero del año dos mil veintitrés (2023), emitido por la Dirección Ejecutiva de la Administración Aduanera de Honduras, por no ser conforme a derecho, infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de la situación jurídica individualizada.- Se ordene el reintegro a su puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios los pagos de salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser: incrementos salariales que se den en ausencia del afectado a partir de la fecha de la cancelación del acuerdo de nombramiento hasta que exista sentencia firme derivada de la presente demanda, más el pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones y aumentos.- Que se arrastre expediente administrativo.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Petición. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 11 D. 2023 ______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 27 de octubre del año 2023 el señor Kenny Fernando Portillo Medina interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023-01161, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, incoando demanda especial en materia de personal para que se declare no ser conforme a derecho y en su caso se declare nulo un acto de carácter particular. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo u otro de igual categoría y jerarquía, se condene al pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea efectivamente reintegrada al cargo indicado, incluyendo los colaterales consistente en: décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificaciones, pago de salario mensual adicional otorgado anualmente, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que sea reintegrada a mi cargo, aumentos salariales que se devenguen durante dure el proceso, que se asuma la cuota correspondiente a la Administración Aduanera de Honduras en lo referente al pago en el Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), con especial condena, Se acompañan documentos.- Poder; en relación al Acuerdo de Cancelación No.ADUANAS-DE-GNGTH-268-2023 de fecha 18 de octubre del 2023. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 11 D. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRÍCULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
Aviso No. 2301-0222 — Aviso de Registro de Plaguicida GRAP SUPER GUN SR 44 SE
Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de REGISTRO de Plaguicidas y Sustacias Afín El Representante o Apoderado Legal: José Eduardo Chavez Actuando en representación de la empresa: AGROCETE INDUSTRIA DE FERTILIZANTES LTDA. Tendiente a que autorice el REGISTRO del producto de. De Nombre Comercial: ALPHA-TANK 2.1 SL Compuesto por los elementos: 2.1% Lauril Éter Sulfato de Sodio Catergoría toxicológica: "5" Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Concentrado soluble (SL) Formulador y País de Origen: AGROCETE INDUSTRIA DE FERTILIZANTES, LTDA./ BRASIL Tipo de Uso: Coadyuvante (Limpiador de equipos Agrícolas) EXPSENASA: 2301-0214 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 22 de noviembre de 2023 ING. FREDY SAMUEL RAUDALES Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 D. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRÍCULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud REGISTRO DE PLAGUICIDAS O SUSTANCIAS AFÍN El Representante o Apoderado Legal: José Eduardo Chavez Actuando en representación de la empresa: AGROCETE INDUSTRIA DE FERTILIZANTES LTDA. Tendiente a que autorice el REGISTRO del producto de. De Nombre Comercial: GRAP SUPER GUN SR 44 SE Compuesto por los elementos: 20% Alcohol Ethoxilado, 24% Urea Catergoría toxicológica: "5" Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Suspensión o emulsión (SE) Formulador y País de Origen: AGROCETE INDUSTRIA DE FERTILIZANTES LTDA./ BRASIL Tipo de Uso: Coadyuvante (Surfactante, Reductor de Deriva, Reductor de Espuma, Acondicionador de Caldo) EXPSENASA: 2301-0222 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 22 de noviembre de 2023 ING. FREDY SAMUEL RAUDALES Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 D. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFÍN. El Representante o Apoderado Legal: Katy Yaneth Rodriguez Actuando en representación de la empresa ATLANTICA AGRICOLA, S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO del producto de. Nombre Comercial: ATLANTIC E LL POCHOMIX Compuesto por los elementos: 7.20% Micorrizas, 22.50% Pochonia Chlamydosporia, AE04 Fermentado de Pochonia. Grupo al que pertenece: Bioestimulante Clasificación toxicológica: "5" Estado Físico: Sólido Formulador y País de Origen: ATLANTICA AGRICOLA, S.A. / ESPAÑA Tipo de Uso: Sustancia afín EXPSENASA: 2305-1355 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., jueves, 23 de noviembre de 2023 ING. FREDY SAMUEL RAUDALES Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 D. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO PLAGUICIDAS O SUSTANCIA AFÍN El Representante o Apoderado Legal: José Eduardo Chavez Actuando en representación de la empresa AGROCETE INDUSTRIA DE FERTILIZANTES LTDA. Tendiente a que autorice el REGISTRO del producto de. Nombre Comercial: GRAP SENSOR 5 SL Compuesto por los elementos: 5.00% Ácido Fosfórico. Categoría toxicológica: "5" Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Soluble (SL) Formulador y País de Origen: AGROCETE INDUSTRIA DE FERTILIZANTES LTDA. / BRASIL Tipo de Uso: Coadyuvante (Reductor de pH y Acondicionador de Caldo). EXPSENASA: 2301-0220 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miércoles, 22 de noviembre de 2023 ING. FREDY SAMUEL RAUDALES Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 D. 2023
PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE HERENCIA La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley: HACE SABER: Que este Juzgado en el expediente Número 0801-04283-2023-CV, dictó sentencia en fecha dos de agosto del año dos mil, veintitrés, que en su parte resolutiva dice: Este Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, en nombre del Estado de Honduras, de acuerdo con el parecer del señor Fiscal del despacho, FALLA:
1)
Declarar a la señora ANA MARÍA CARTAGENA MENDOZA, Heredera Ab-Intestato de todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones dejados por su difunto padre el señor ALEJANDRO CARTA JENA AGURCIA (Q.D.D.G.) también conocido como ALEJANDRO CARTAGENA.
2)
Conceder la posesión efectiva de la Herencia a la señora ANA MARIA CARTAGENA MENDOZA, sin perjuicio de otros herederos Ab-Intestato o testamentarios de igual o mejor derecho,
3)
Hacer las publicaciones de Ley en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier diario de mayor circulación en este Departamento, o por carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados del lugar, durante quince días,
4)
Transcurrido el término antes señalado se extienda a las interesadas la certificación íntegra del presente fallo para que se hagan las anotaciones, inscripciones y los trámites legales correspondientes, NOTIFÍQUESE. Tegucigalpa, M.D.C., seis de diciembre 2023 ROSA OFELIA MOLINA SECRETARIA ADJUNTA 11 D. 2023
Aviso — Aviso por Aumento de Capital de Banco Davivienda Honduras, Sociedad Anónima
Registro Mercantil
AVISO POR AUMENTO DE CAPITAL Al comercio y público en general, SE HACE SABER: Que la Sociedad Mercantil “BANCO DAVIVIENDA HONDURAS, SOCIEDAD ANONIMA”, también conocida por su nombre comercial “DAVIVIENDA”, en Escritura Pública número Seiscientos cuarenta y nueve (649), autorizada en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en fecha 7 de noviembre de 2023, ante los oficios del Notario José Manuel Canales Girbal, y debidamente inscrita bajo asiento número 86051 de la Matrícula 63147 del Libro de Comerciantes Sociales del Registro Mercantil del departamento de Francisco Morazán, aumentó su capital social de L 2,370,042,400.00 a L 2,570,042,400.00, reformándose la Cláusula “Sexta” de la Escritura Constitutiva y el “Artículo Quinto Capítulo II” de los Estatutos. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de noviembre de 2023. Abogada Tania Hernandez Gómez SECRETARÍA GENERAL 11 D. 2023 _____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.
Aviso — Demanda contencioso administrativa de Luis Daniel Argueta Oliva contra Secretaría de Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el señor LUIS DANIEL ARGUETA OLIVA, incoando demanda contencioso administrativa en materia personal con orden de ingreso número 0801-2022-01984, en contra del Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS, para que se declare”. Declarar la ilegalidad del mismo por infringir el ordenamiento jurídico por exceso y desviación de poder. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por despido ilegal e injusto, y como medidas para su pleno restablecimiento se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo, reconociéndome el pago de salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios, pago de décimo tercer y décimo cuarto mes proporcional, vacaciones proporcionales, desde el despido hasta la fecha en que se produzca mi reintegro, en estricto cumplimiento de lo que establece el artículo 38 literal g de la ley de servicio civil. Costas del juicio.- Se confiere poder “. Esto en relación con el Acuerdo No. 1037-22 de fecha 29 de noviembre del 2022. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 11 D. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol. REGISTRO DE PLAGUICIDA El Representante o Apoderado Legal: Jose Eduardo Chavez Actuando en representación de la empresa: ZELL CHEMIE INTERNACIONAL, S.LU. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: HEXAZELL 75 WG Compuesto por los elementos: 75.00% Hexazinone Grupo al que pertenece Triazinona Clasificación toxicológica: “4” Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Gránulos Dispersables (WG) Formulador y País de Origen: NANJING QIAOSHA CHEMICAL, Co. Ltd./ CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2304-1206 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 22 de noviembre de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 D. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol. RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA El Representante o Apoderado Legal: Eduardo Chavez Actuando en representación de la empresa: ZELL CHEMIE INTERNACIONAL' S.L.U. Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: TEBUTRIAZELL 30 EC Compuesto por los elementos: 22.50% TEBUCONAZOLE, 7.50% TRIADIMENOL Grupo al que pertenece: Triazol Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: ZELL CHEMIE INTERNACIONAL S,L.U./ESPAÑA; NANJING QIAOSHA CHEMICAL CO., LTD./CHINA. Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2307-2172 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., jueves 23 de noviembre de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Aviso — Demanda contencioso administrativa de Ricardo Luis Salgado Araújo contra Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil vein
Edicto No. 0801-2022-01747 — Demanda en Materia de Personal contra el Estado de Honduras - Secretaría de Relaciones Exteriores
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
tidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado HERMES FAUSTINO RAMIREZ AVILA apoderado legal del señor RICARDO LUIS SALGADO ARAUJO interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-01747.- Demanda en Materia de personal en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional.- Se interpone demanda contencioso Administrativo en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un Acuerdo de Cancelación No.567-SRH-2022 de un servidor del servicio exterior en la categoría de Vicecónsul de la representación consular de Honduras.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y la adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, entre ellas el derecho al reintegro.- Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo, mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos que ocurran durante el mismo, tales como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia.- Daño moral, habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos.- Petición.- Poder. VIKY MARIEL MONTOYA RUÍZ SECRETARIA, POR LEY 11 D. 2023 ___________________________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Aviso — Demanda contencioso administrativa de Andrés Alberto Coello Rodríguez contra Secretaría de Salud
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 4 de agosto del año 2023, compareció el Abogado HERMES FAUSTINO RAMÍREZ ÁVILA, actuando en su condición de Representante Procesal del señor ANDRES ALBERTO COELLO RODRIGUEZ, interponiendo demanda ante este Juzgado, en Materia de Personal, con orden de ingreso No.0801-2023-00865, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARIA DE SALUD, para que se decrete la Nulidad del Acuerdo de Despido No. 1875-2023 de fecha 10 de julio del año 2023, efectivo a partir del 12 de julio del mismo y se declare el reconocimiento de una Situación Jurídica Individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias para el reintegro del puesto que fue cancelado, el pago de salarios dejados de percibir desde su cancelación hasta que sea reintegrado al cargo mediante Sentencia, los respectivos incrementos salariales y demás derechos laborales que se den durante la secuela del juicio.- En relación al Acuerdo de Despido No. 1875-2023 de fecha 10 de julio del año 2023, efectivo a partir del 12 de julio del mismo. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 11 D. 2023 ___________________________________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de septiembre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor ALEX MARVIN RODRIGUEZ RIVERA, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01454, contra el Estado de Honduras a través de la COMISIÓN TÉCNICA LIQUIDADORA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP),AHORA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), demanda en materia de personal para la nulidad de un acto administrativo.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada.- Y como medida para el restablecimiento de mis derechos se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro a mi puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos sus aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y ascensos a las que tengo derecho desde la fecha de cancelación hasta la ejecución de la sentencia.- Costas del juicio.- Petición.- Se acompañan documentos. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. CTL. 274-2022 de fecha 24 de agosto del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 11 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A
Aviso — Demanda contencioso administrativa de Alex Marvin Rodríguez Rivera contra Comisión Técnica Liquidadora de INSEP/SIT
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de julio del año dos mil veintitrés (2023), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado Walter Enrique Pineda Paredes, Representante Procesal de la señora E scarleth Alejandra Pineda Padilla, con orden de ingreso número 0801-2023-00784, contra el Instituto Nacional de Migración, incoando demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fue objeto mi representada y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos solicito que se le reintegre al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y la indemnización de los daños y perjuicios consistente en el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta que se cumpla con el reintegro ordenado.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se acredita poder.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación No. 069-2023 de fecha 23 de junio del año dos mil veintitrés. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 11 D. 2023 ______________________________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A AVISO La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiseís (26) de julio del años dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor Gerson Adrián Velasquez Reyes, incoando demanda vía procedim e into especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso No. 0801- 2023-00819, se interpone demanda para que se declare las nulidad de un acto particular de la administración pública, consistente en el ACUERDO NÚMERO 1336-2023, de fecha 20 de julio del 2023, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, dictando con infracción del ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene su reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir, o en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho corresponda. Su representado fue notificado del Acuerdo de Cancelación estando con problemas de salud. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Condena en costas. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 11 D. 2023 _____________________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 09 de noviembre del año 2023, el Raúl Manuel Navarro Osorio interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01222, contra el Estado de Honduras, a través de la Administración Nacional de Servicio Nacional, incoando demanda en materia de personal, para que se declare no ser conforme a derecho y se anule el acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No.ansec-52-2023, de fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veintitrés (2023) y notificado en esa misma fecha con efectividad a partir del primero (01) de noviembre del dos mil veintitrés (2023), emitido por el Secretario Ejecutivo de la administración nacional de Servicio Civil, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente y así mismo se alega notificación defectuosa del acto impugnado.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos, consistentes en que se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones, que se cancele el Acuerdo de Nombramiento de la persona que se nombró en mi puesto de trabajo.- Por lo que solicito se ordene el pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación hasta que mediante sentencia definitiva, condenatoria sea reintegrado al cargo, reconociendo los incrementos salariales durante la secuela del juicio, más del pago de los demás derechos laborales que ocurran durante el juicio, como ser décimo tercer mes de salario, décimo cuarto mes de salario, vacaciones, tiempo compensatorio y otros especial condena en costas.- Se acompañan documentos. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 11 D. 2023
POR TANTO: RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la acción de cancelación por no uso del registro No.132633 de la marca denominada "MEBLOQ" clase internacional (5) a favor de la Sociedad Mercantil LUVECK MEDICAL CORPORATION.; acción presentada por la abogada MARIA LOURDES PERALTA, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil denominada PROFARMACO S,A., en virtud: Que según estudio realizado en la base de datos y libros de registro que para tal efecto lleva esta Oficina, la marca de fábrica "MEBLOQ" clase internacional (5). vigente hasta el 21 de abril del 2025. No ha pagado la tasa anual de mantenimiento ni ha sido rehabilitada por su propietario en el presente caso la sociedad titular de la marca objeto de la presente acción de cancelación no demostró que la marca estuvo o está en uso en el mercado o en los sectores pertinentes en los cuales se comercializan los productos, por lo tanto no le interesa conservar su marca. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución. Extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país. Cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas. De no cumplimentar lo precedente en el plazo de treinta (30) días. Según lo estipulado en el Artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se caducará de oficio el expediente contentivo de la cancelación. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio el Recurso de Reposición que resolverá esta oficina, en el término de 10 días después de notificada la Resolución. El Recurso de Apelación que deberá interponerse y formalizarse ante el órgano que dicto la Resolución dentro de los 3 días siguientes, debiendo remitirse los autos a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, Artículo 138 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 22 de la Ley de Propiedad.- NOTIFÍQUESE.- (S) (F) ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA.- REGISTRADOR LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 23 de noviembre del año 2023. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRADOR LEGAL 11 D. 2023 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REPÚBLICA DE HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE HERENCIA La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán al público en general y para efectos de Ley: HACE SABER: Que en este Juzgado de Letras Civil en el expediente número 0801-2022-01241-CV, se dictó sentencia en fecha treinta y uno de julio del año dos mil veintitrés (2023), que en su parte resolutiva dice: PARTE DISPOSITIVA. Este Juzgado de Letras Civil departamento de Francisco Morazán, en nombre de la República de Honduras y en aplicación de los artículos anteriormente relacionados, FALLA: PRIMERO: Declarar Herederos Ab-Intestato a los señores JELLY ONAN GALDAMEZ SER PAS, KATIA ANABEL LA GALDAMEZ SER PAS y MARIO ANTONIO GALDAMEZ SER PAS, de los bienes derechos y obligaciones de su difunto padre, el causante ERNESTO GALDAMEZ CARIAS (Q.D.D.G).-
3.
Conceder la posesión efectiva de la herencia a los señores JELLY ONAN GALDAMEZ SER PAS, KATIA ANABEL LA GALDAMEZ SER PAS y MARIO ANTONIO GALDAMEZ SER PAS, sin perjuicio de otros herederos Ab-Intestato o testamentarios de igual o mejor derecho.-TERCERO: Asimismo, se le concede a la señora MARIA ISAURA SER PAS SERVELLON, como cónyuge sobreviviente, la cuarta porción conyugal que por derecho le corresponde.- CUARTO: Hacer las publicaciones de Ley en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier diario de mayor circulación en este departamento, o por carteles que se fijaran en tres de los parajes más frecuentados del lugar, durante quince días.- QUINTO: Transcurrido el término antes señalado se extienda a los interesados Certificación integra del presente fallo para que se hagan las Anotaciones, inscripciones y los trámites legales correspondientes.- Tegucigalpa, M.D.C., 23 de agosto del 2023.- ELISA BANEGAS SECRETARIA ADJUNTA NOTA: EL AVISO DE HERENCIA DEBE DE SER PUBLICADO EN LETRA GRANDE Y LEGIBLE COMO MINIMO LETRA NUMERO 10. AUTO ACORDADO 190-85 DE LA HONORABLE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- 11 D. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA La representante o Apoderado Legal: Tania Elizabeth Elvir Actuando en representación de la empresa: SYNGENTA CROP PROTECTION, S.A. Tendiente a que autorice la RENOVACION DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: BRAVONIL 72 SC Compuesto por los elementos: 72% Chlorothalonil Grupo al que pertenece: Cloronitrilo Clasificación toxicológica: "5" Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: SYNGENTAS.A./ COLOMBIA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2308-2855 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., jueves 23 de noviembre de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 D. 2023 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Certificación No. 255-2023 — Certificación de Licencia de Distribución Exclusivo - DIMEX MEDICA, S.A. DE C.V.
Secretaría de Desarrollo Económico
CERTIFICACIÓN La infrascrita,encargada de la Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución número RESOLUCIÓN No. 255- 2023, SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, que en su resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de INSCRIPCIÓN DE CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVO, presentada por la abogada ALEYDA SUYAPA BARAHONA BORJAS, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el número 4977, quien actúa en su condición de apoderada legal de la Sociedad Mercantil DIMEX MEDICA, S.A. DE C.V., con número de RTN: 08019001262611, con domicilio legal, en Barrio San Felipe, calle Bustamante y Rivero casa No. 3002, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, como concesionaria de la empresa concedente ANTONIO MATACHANA, S.A., de nacionalidad española,en virtud que cumple con todos los requisitos establecidos por la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras y su Reglamento. SEGUNDO: CONCEDER a la Sociedad Mercantil DIMEX MEDICA, S. A. DE C. V., la licencia como DISTRIBUIDOR de forma EXCLUSIVA, de los productos elaborados por la empresa concedente ANTONIO MATACHANA, S.A., como ser: equipamiento y complementos para centrales de esterilización, equipos para anatomía patológica y plantas de tratamiento de desechos sólidos hospitalarios; asimismo, para brindar servicios de instalación, mantenimiento preventivo y correctivo, así como entrenamiento al personal operario y técnico de los hospitales que así lo demanden, por tiempo DEFINIDO HASTA EL 8 DE FEBRERO DEL AÑO 2025, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. (F) y (S) CINTHYA SARAHI ARTEAGA Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior. Delegada mediante Acuerdo No. 141-2022. (F) y (S) NANCY JULISSA ROMERO REYES Encargada de la Secretaría General Acuerdo Ministerial No. 043-2023. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil veintitrés. NANCY JULISSA ROMERO REYES Encargada de la Secretaría General Acuerdo Ministerial No. 043-2023 11 D. 2023 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN
Aviso — Aviso de Reposición y Cancelación de Título Valor - Certificado de Depósito
Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán
AVISO DE REPOSICIÓN Y CANCELACIÓN DE TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria adjunta del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán al público en general y para los efectos de Ley correspondientes: HACE SABER: Que en fecha DIECIOCHO (18) DE MAYO DEL AÑOS DOS MIL VEINTITRES (2023), el señor SANTOS AVENICIO FLORES en su condición representante legal de la señora PAULA ISABEL ESPINAL FLORES, ha comparecido ante este juzgado presentado solicitud de cancelación y reposición de un Título Valor consistente en un certificado de Depósito a Plazo fijo en lempira, bajo el número 00000020000725694, a un plazo de trescientos sesenta (360) días, con un saldo actual de OCHENTAY SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTAY CUATRO LEMPIRAS CON VEINTICINCO CENTAVOS (L. 86,674.25), emitido por el BANCO FICOHSA, de fecha veintitrés (23) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), con vencimiento al veintitrés (23) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023).- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondientes. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de noviembre del 2023. ABG. DYANA NINOSCKA VALLADARES AMAYA SECRETARIA ADJUNTA 11 D. 2023 ____________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito
Aviso No. 2022-4395 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - VENDAVAL
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4395 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Insecticidas Internacionales de Costa Rica (INICA) Domicilio: Edificio Lolita, San José, Costa Rica.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VENDAVAL
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Herbicida de uso agrícola, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-4394 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - ZARPAZO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4394 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Insecticidas Internacionales de Costa Rica (INICA) Domicilio: Edificio Lolita, San José, Costa Rica.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZARPAZO
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Insecticida de uso agrícola, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-4387 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - CAÑONERO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4387 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Insecticidas Internacionales de Costa Rica (INICA) Domicilio: Edificio Lolita, San José, Costa Rica.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CAÑONERO
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Insecticida de uso agrícola, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2019-9140 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - DELABAXY
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2019-9140 Fecha de presentación: 2019-02-25 Fecha de emisión: 18 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: EUROFARMA GUATEMALA, S.A. Domicilio: Kilómetro 16.5 carretera a El Salvador, cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DELABAXY
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Antibiótico que se utiliza para tratar infecciones bacterianas agudas de la piel y la estructura de la piel a base de DELAFLOXACINO, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2023-2088 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - H&M ADORABLES
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-2088 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 14 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB. Domicilio: Mäster Samuelsgatan 46 A SE-106 38 Stockholm, Suecia.
B)
PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 018775086 de fecha 12/10/2022 de European Intellectual Property Office (EUIPO).
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ
E)
CLASE INTERNACIONAL (25)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H&M ADORABLES
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “H&M ADORABLES” en su forma conjunta.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; calzado; artículos de sombrerería; prendas de vestir para niños; ropa de bebé; ropa de deporte; prendas para dormir; pijamas; camisones; ropa de lluvia; calzones; pantalones vaqueros; medias sin pie; tops [ropa]; camisetas [de manga corta]; camisetas de tirantes; vestidos; faldas; camisas; medias; calcetines; pantis; ropa interior; batas de baño; batas [saltos de cama]; albornoces; gorros; gorras (sombrerería); pañuelos de cuello; mitones; zapatos; botas de media caña; zapatillas de baño; sandalias; disfraces [trajes], de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2023-2091 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - H&M ADORABLES (Clase 28)
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-2091 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 14 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB. Domicilio: Mäster Samuelsgatan 46 A SE-106 38 Stockholm, Suecia.
B)
PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 018775086 de fecha 12/10/2022 de European Intellectual Property Office (EUIPO).
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ
E)
CLASE INTERNACIONAL (28)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H&M ADORABLES
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “H&M ADORABLES” en su forma conjunta.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Artículos de deporte y gimnasia; juegos; juguetes; calcetines de navidad decoraciones y adornos para árboles de navidad; decoraciones para fiestas; árboles de navidad artificiales; naipes; aparatos para juegos; balones y pelotas de juego; cuerdas para saltar a la comba; animales de juguete rellenos, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Reservas/Limitaciones: No se le concede el uso exclusivo del término “PLUS”.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano indicado para el tratamiento de la úlcera duodenal, úlcera gástrica benigna, estados de hipersecreción ácida, tratamiento sintomático de la enfermedad por reflujo gastroesofágico (ERGE) y patologías asociadas a hipersecreción gástrica y para el tratamiento de lesiones gastroduodenales producidas por antiinflamatorios no esteroideos (AlNEs), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-4913 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - JUNGLA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4913 Fecha de presentación: 2022-08-22 Fecha de emisión: 15 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: SOL᾿E DISTRIBUCIONES S.A. DE CAPITAL FIJO. Domicilio: Barrio de los Andes, 7 calle A, entre 11 y 12Avenida NO, San Pedro Sula, Cortés 21102, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL ROLANDO LOPEZ RAMIREZ
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN JUNGLA
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Productos de higiene personal que no sean de tocador; champús medicinales, jabones medicinales y lociones capilares medicinales; alimentos para bebés; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; desinfectantes para uso higiénico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2021-3895 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - PACTIV EVERGREEN
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-3895 Fecha de presentación: 2021-07-29 Fecha de emisión: 25 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: PACTIV EVERGREEN INC. Domicilio: 1900 West Field Court, Lake Forest, Illinois 60045, U.S.A.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
E)
CLASE INTERNACIONAL (20)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PACTIV EVERGREEN
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Por existir carta de consentimiento otorgada de la sociedad EVERGREEN PACKAGING INC. A la sociedad PACTIV EVERGREEN INC. Documento emitido en fecha trece (13) de sepiembre de año 2022.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Envases y tapas de plásticos desechables para envases de alimentos; envases comerciales de leche y bebidas, para su uso en almacenamiento y envio; cartones plásticos de huevos para uso comercial; componentes de embalaje de plástico para envases y cartones, especificamente, picos dispensadores que se pueden cerrar, y cierres de envases y cartones; cierres no metálicos y no de papel y tapas para cartones, recipientes y botellas; tapas plásticas, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abg. FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 9, 24 N. y 11 D. 2023.
Aviso No. 2022-4700 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - MOMENTA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4700 Fecha de presentación: 2022-08-10 Fecha de emisión: 7 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: EUROFARMALABORATÓRIOS S/A. Domicilio: Rodovia Presidente Castel o Branco, 3565, Quadra GL/Lote A - Ingahil Itapevi - SP, Brasil, CP 06.696-000, Brasil.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA
E)
CLASE INTERNACIONAL (35)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOMENTA
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones: Están formados por un degradado con dos Verdes. Pantones Nos. 339C, 335 C y COOL GRAY 10 C.
J)
Para Distinguir y Proteger:Comercialización de productos médicos y comercialización de productos farmacéuticos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023.
Aviso No. 2022-4390 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - LANCELOT
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4390 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Insecticidas Internacionales de Costa Rica (INICA). Domicilio: Edificio Lolita, San José, Costa Rica.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LANCELOT
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Herbicida de uso agrícola, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023.
Aviso No. 2022-4603 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - RELAZZ
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4603 Fecha de presentación: 2022-08-05 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: EUROFARMA GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: Kilómetro 16.5, Carretera a El Salvador, cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Benito Arturo Zelaya Calix
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico anti estrés y para los trastornos del sueño, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023. RELAZZ
Aviso No. 2022-7660 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - TIANNENG
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-7660 Fecha de presentación: 2022-12-19 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Tianneng Battery Group Co., Ltd. Domicilio: Meishan Industrial Park, Changxing, Zhejiang, China.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero
E)
CLASE INTERNACIONAL (9)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TIANNENG
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Baterías, eléctricas; acumuladores eléctricos; baterías eléctricas para vehículos; acumuladores eléctricos para vehículos; células fotovoltaicas; cajas de batería; cajas de acumuladores; cargadores de batería; sistemas de suministro de energía ininterrumpida (UPS); inversores [electricidad]; tarros de baterías; vasos acumuladores, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023.
Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta "PARATILEX FORTE", si otorgar exclusividad de forma separada.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico utilizado para el tratamiento sintomático del dolor de cualquier causa de instensidad moderada, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023. PARATILEX FORTE
Aviso No. 2022-5687 — Solicitud de registro de marca de fábrica PARATILEX FORTE
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-5687 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 23 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: JSW IP HOLDINGS PRIVATE LIMITED. Domicilio: Bandra Kurla Complex, Bandra East, Mumbai, Maharashtra, India 40051, India.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero
E)
CLASE INTERNACIONAL (1)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Oxígeno que se utiliza como combustible; oxígeno industrial; nitrógeno; argón; alta ferro manganeso de carbono, mediano carbono ferro manganeso, bajo carbono de ferro manganeso y manganeso sílico; coque metalúrgico; alúmina, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023. JSW
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOTRAN XL RASPBERRY CHILLS
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso a las palabras Raspberry y Chills.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza) con sabor a frambuesa, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023.
Aviso No. 2023-2177 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Rendite
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-2177 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 20 de septiempre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: TAJUMULCO STOCK COMPANY, S.A. Domicilio: Avenida Samuel Lewis y Calle 53, PH Comosa, piso 12, Oficina B, Obarrio, Bella Vista, ciudad de Panamá, Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA
E)
CLASE INTERNACIONAL (1)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024 _______ Rendite
Aviso No. 2021-4108 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - CREO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-4108 Fecha de presentación: 2021-08-10 Fecha de emisión: 11 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: EDITORIAL SANTILLANA, S.A. Domicilio: EDIFICIO METROPOLIS, TORRE 2, QUINTO PISO, OFICINA 501, CIUDAD DE TEGUCIGALPA, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA
E)
CLASE INTERNACIONAL (41)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CREO
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación, formación;esparcimiento, actividades deportivas y culturales y en particular servicios de edición y publicación en cualquier soporte, incluidos los electrónicos de contenidos, libros y textos que no sean textos publicitarios; servicios de edición y publicación electrónica on-line no descargables a través de redes mundiales de comunicaciones de contenidos, libros y textos, que no sean textos publicitarios y en general, los servicios de una editorial. Servicios de producción de películas cinematográficos, programas de radio y televisión y obras teatrales. Alquiler de películas cinematográficas y de video montaje de programas radiofónicos y televisión, montajes de películas cinematográficas, servicios de representación teatrales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024
Aviso No. 2022-6086 — Solicitud de registro de marca de fábrica SISU
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-6086 Fecha de presentación: 2022-10-14 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: EDITORIAL SANTILLANA, S.A. Domicilio: Edificio Metrópolis, torre 2, quinto piso, oficina 501, Ciudad de Tegucigalpa, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA
E)
CLASE INTERNACIONAL (9)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Publicaciones electrónicas y en línea (descargables); publicaciones electrónicas consultables: libros, revistas, suplementos de revistas, artículos, columnas, catálogos, manuales, folletos, panfletos, guías, boletines informativos periódicos, todos en formato electrónico; información en formato electrónico suministrada en línea, desde bases de datos o instalaciones a las que se accede en internet (incluyendo sitios web) u otros datos suministrados por medios de difusión electrónica multimedia o transmisión de redes; datos tab u la dos en formato electrónico; directorios de negocios comerciales, listados o material publicitario publicados por medios electronicos; software, datos, tablas de datos y datos manipula bles en forma electrónico, descargables electrónicamente; datos almacenados electrónicamente, en CD-ROM, DVD, discos y programas interactivos suministrados en forma legible por máquina, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024 SISU
Aviso No. 2022-6088 — Solicitud de registro de marca de servicio SISU
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-6088 Fecha de presentación: 2022-10-14 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: EDITORIAL SANTILLANA, S.A. Domicilio: Edificio Metrópolis, torre 2, quinto piso, oficina 501, Ciudad de Tegucigalpa, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA
E)
CLASE INTERNACIONAL (41)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación, formación; esparcimiento, actividades deportivas y culturales; y, en particular servicios de edición y publicación en cualquier soporte, incluidos los electrónicos de contenidos, libros y textos que no sean textos publicitarios; servicios de edición y publicación electrónica on-line no descargables a través de redes mundiales de comunicaciones de contenidos, libros y textos, que no sean textos publicitarios; y, en general, los servicios de una editorial. Servicios de producción de películas cinematográficas, programas de radio y televisión y obras teatrales. Alquiler de películas cinematográficas y de video montaje de programas radiofónicos y televisión, montajes de películas cinematográficas, Servicios de representación teatrales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024 SISU
Aviso No. 2023-2690 — Solicitud de registro de marca de fábrica Café Angi
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-2690 Fecha de presentación: 2023-04-28 Fecha de emisión: 3 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: JOSÉ ENRIQUE GODOY BONILLA. Domicilio: Villa Santa, Danlí, El Paraíso, CP 504, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL DOUGLAS RENE AVILA
E)
CLASE INTERNACIONAL (30)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Café Angi
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Café Angi" en su forma conjunta sin dar exclusividad a la palabra "Café", asimismo se protege la apariencia de la etiqueta sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Café, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023.
Aviso No. 2023-2548 — Solicitud de registro de marca de servicio HDF GO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-2548 Fecha de presentación: 2023-04-26 Fecha de emisión: 29 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: LIGHT, TRENDS & MARKETING, S. de R.L. de C.V. (LT MARKE- TING). Domicilio: Colonia La Cañada, Aldea Jacaleapa, edificio Tarrius Molina, contiguo a Maya TV, Tegucigalpa, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL JOSE JAVIER MORAN
E)
CLASE INTERNACIONAL (11)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HDF GO
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HDF GO" y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Filtro microbiológico personal y de uso manual, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023.
Aviso No. 2023-4401 — Solicitud de registro de marca de servicio MACRIS KINDERGARTEN
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-4401 Fecha de presentación: 2023-07-10 Fecha de emisión: 17 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: MACRIS S. DE R.L. Domicilio: COLONIA SANTA MARÍA DEL SITIO, CARRETERA A VALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, 11101, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL JOSÉ MAURICIO SALAZAR
E)
CLASE INTERNACIONAL (41)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MACRIS KINDERGARTEN
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra KINDERGARTEN.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación pre escolar, actividades deportivas y culturales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024
Aviso No. 2022-6002 — Solicitud de registro de marca de fábrica COLON GRAN
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-6002 Fecha de presentación: 2022-10-12 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS GRANDEZA NATURAL, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL NANCY YOLANY VARGAS GALLEGOS
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COLON GRAN
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "COLON GRAN". No se protegen los demás elementos denominativos incorporados, en la etiqueta.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Suplemento alimenticio destinado a beneficiar la salud, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024
Aviso No. 2022-4388 — Solicitud de registro de marca de fábrica EMBOSCADA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4388 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante:Insecticidas Internacionales de Costa Rica (INICA) Domicilio: Edificio Lolita, San José, Costa Rica
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EMBOSCADA
G)
H)
Reservas/Limitaciones: La marca se considera como tipo de signo denominativa.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Herbicida de uso agrícola, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-4396 — Solicitud de registro de marca de fábrica ZULU
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4396 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 13 de noviembre 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Insecticidas Internacionales de Costa Rica (INICA) Domicilio: Edificio Lolita, San José, Costa Rica
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZULU
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Herbicida de uso agrícola, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-5970 — Solicitud de registro de marca de fábrica TALIUS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-5970 Fecha de presentación: 2022-10-11 Fecha de emisión: 26 de diciembre 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Insecticidas Internacionales de Costa Rica (INICA) Domicilio: Edificio Lolita, Zapote, San José, Costa Rica, Costa Rica.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TALIUS
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Insecticida de uso agricola, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-4702 — Solicitud de registro de marca de fábrica PENFORT LPU
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4702 Fecha de presentación: 2022-08-10 Fecha de emisión: 7 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: OUROFINO SAÚDE ANIMAL LTDA. Domicilio: Rodovia Anhanguera SP 330, Km 298 Distrito Industrial - CEP 14140-000Cravinhos - SP - Brasil, CP 01019-030, Brasil.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PENFORT LPU
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Medicamentos de uso veterinario, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-6769 — Solicitud de registro de marca de servicio COINME
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-6769 Fecha de presentación: 2022-11-15 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: Coinme Inc. Domicilio: 701 5th Avenue, Suite 3150 Seattle, Washington 98104, Estados Unidos de America.
B)
PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 97413177 de fecha 16/05/2022 de Estados Unidos de América.
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ
E)
CLASE INTERNACIONAL (42)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COINME
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Proporcionar software no descargable de computadora en línea para usar como una billetera de criptomonedas; almacenamientos electrónico de criptomonedas para otros, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-6772 — Solicitud de registro de marca de servicio COINME
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-6772 Fecha de presentación: 2022-11-15 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: Coinme Inc. Domicilio: 701 5th Avenue, Suite 3150 Seattle, Washington 98104, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ
E)
CLASE INTERNACIONAL (42)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COINME
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Proporcionar software no descargable de computadora en línea para usar como una billetera de criptomonedas; almacenamiento electrónico de criptomonedas para otros, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-3271 — Solicitud de registro de marca de fábrica figurativa UPL Mauritius
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-3271 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 26 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: UPL Mauritius Limited Domicilio: 6th Floor, Suite 157B, Harbor Front Building, President John Kennedy Street, Port Louis, Mauricio.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa
D)
APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON)
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege el Signo figurativo de color Rosado en degradación.
I)
Reivindicaciones: color Rosado
J)
Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, pesticidas, insecticidas, fungicidas, vermicidas, raticidas, herbicidas, preparaciones para matar malas hierbas y destruir animales dañinos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-3270 — Solicitud de registro de marca de fábrica figurativa UPL Mauritius
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-3270 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 26 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: UPL Mauritius Limited Domicilio: 6th Floor, Suite 157B, Harbor Front Building, President John Kennedy Street, Port Louis, Mauricio.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa
D)
APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON)
E)
CLASE INTERNACIONAL (1)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones: Se protege el Signo figurativo con color Rosado en degradación.
J)
Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para uso en la industria, ciencia, así como en la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abono, estiércol, fertilizantes; preparaciones biológicas para su uso en la industria y la ciencia, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-5694 — Solicitud de registro de marca de servicio JSW
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-5694 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 26 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: JSW IP HOLDINGS PRIVATE LIMITED Domicilio: Bandra Kurla Complex, Bandra East, Mumbai, Maharashtra, India 40051, India.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Sarai Maruoso Arkoulis Caballero
E)
CLASE INTERNACIONAL (42)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de generación y transmisión de energía eléctrica y para la realización de cualquier actividad minera, servicios científicos y tecnológicos e investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de análisis e investigación industrial; diseño y desarrollo de hardware y software informático; y los servicios antes mencionados prestados en relación con la pintura, ce mentación, mejoramiento del hogar, revestimiento, construcción, reparación y mantenimiento, productos químicos e industrias relacionadas con los mismos; análisis de pinturas; servicios de información relacionados con la combinación de colores, pinturas y muebles; suministro de combinaciones de colores personalizadas, a través de redes de comunicación electrónica mediante las cuales los usuarios pueden elegir un color entre los diversos colores integrados en el sistema; servicios de diseño de interiores, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023 JSW
Aviso No. 2022-5690 — Solicitud de registro de marca de fábrica JSW
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-5690 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 27 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: JSW IP HOLDINGS PRIVATE LIMITED Domicilio: Bandra Kurla Complex, Bandra East, Mumbai, Maharashtra, India 40051, India.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Sarai Maruoso Arkoulis Caballero
E)
CLASE INTERNACIONAL (19)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Materiales de construcción (no JSW metálicos; tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, brea y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos que no sean de metal; y los productos mencionados utilizados para pintar, mejorar el hogar, revestir, construir, reparar y mantener; revestimientos superficiales de plástico líquido; mortero; cemento; madera y madera artificial, revestimientos de madera, laminados de madera, laminados de materiales no metálicos para la construcción; madera contrachapada; puertas; ventanas y revestimientos de ventanas que no sean de metal; revestimientos impermeabilizantes, de la clase 19. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-5688 — Solicitud de registro de marca de fábrica JSW
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-5688 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 26 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: JSW IP HOLDINGS PRIVATE LIMITED Domicilio: Bandra Kurla Complex, Bandra East, Mumbai, Maharashtra, India 40051, India.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Sarai Maruoso Arkoulis Caballero
E)
CLASE INTERNACIONAL (6)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Hierro y acero, incluido el hierro de pellets de mineral, arrabio, todos los grados, las flora ciones con ems y palanquillas conformes a bis, en, bs, din ais/sae, astm, jis & gost, en construcción del carbón al acero, construcción de acero de al e ación, acero de ce mentación, acero para muelles, cojinete de bolas de acero, acero para herramientas, acero resistente a los golpes, acero resistente a la fluencia. acero al manganeso hadfield y aceros de blindaje, rondas, baras tmt, barras corrugadas retorcidos, ángulos, canales, vigas, columnas, barras de alambre, planos, planchas de acero, placas, placas anchas y pesadas, placas electro lític o de estaño, (etp), placas y láminas de hierro colado continuo, acero dulce caliente y bobinas laminadas en hojas, laminado en frío cerrado re cocido (crca) bobinas y láminas, bobinas laminadas en frío, bobinas tmbp, bobinas galvanizada de fricción y la hoja, chapas onduladas galvanizadas, bobinas de color recubiertas y hojas, crno chapas eléctricas, mineral de hierro fino, acero linz-donawitz, skelp de hierro, fabricación de acero escoria, convertidor de lodos, sin te rización de mineral de hierro, hierro de bauxita granulada para la fabricación de escoria, coque metalúrgico, mineral de hierro, dolomita, mineral de manganeso, alto ferro manganeso de carbono, mediano ferro manganeso de carbono, bajo ferro manganeso de carbono y manganeso sílico; finos de carbón, bunnite, bauxita, tubos de resistencia de soldadura eléctricos y tuberías de soldadura en espiral, alúmina y aluminio, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023 JSW
Aviso No. 2022-2872 — Solicitud de registro de marca de fábrica HASHTAG ENGLISH
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-2872 Fecha de presentación: 2022-05-27 Fecha de emisión: 2 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR Solicitante: Pearson Educación de México, S.A. de C.V. Domicilio: Antonio Dovalí Jaime Num. 70, Piso 6, Torre B, Zedec Santa Fe, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, C.P. 01210, México
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel
E)
CLASE INTERNACIONAL (16)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HASHTAG ENGLISH G. H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma “#HASHTAG ENGLISH” sin otorgar exclusividad de las palabras de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Libros impresos relacio- nados con la educación; publicaciones de educación; materiales didácticos (excepto aparatos), de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2021-5793 — Solicitud de registro de marca de fábrica LEVENVIT D3
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-5793 Fecha de presentación: 2021-11-01 Fecha de emisión: 10 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR Solicitante: MED PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Kilómetro dieciséis punto cinco (16.5) Carretera a San Juan Sacatepéquez, lote veinticuatro (24), complejo Industrial Mixto Norte, zona seis (6) de Mixco, Guatemala
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEVENVIT D3
G)
H)
Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo de “D3”. Se protege la denominación únicamente en su conjunto.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Suplemento vitamínico para el fortalecimiento del sistema inmunológico, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2021-5794 — Solicitud de registro de marca de fábrica ZINKVANZ
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-5794 Fecha de presentación: 2021-11-01 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR Solicitante: MED PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Kilómetro dieciséis punto cinco (16.5) carretera a San Juan Sacatepéquez, lote veinticuatro (24), complejo Industrial Mixto Norte, zona seis (6) de Mixco, Guatemala
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Suplemento vitamínico para el fortalecimiento del sistema inmunológico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023 ZINKVANZ
Aviso No. 2022-3016 — Solicitud de registro de marca de servicio ICC
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-3016 Fecha de presentación: 2022-06-01 Fecha de emisión: 26 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: CHAMBRE DE COMMERCE INTERNATIONALE Domicilio: 33-43 avenue du Président Wilson, 75116 Paris, Francia.
B)
PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 43517 de fecha 01/12/2021 de Andorra.
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA
E)
CLASE INTERNACIONAL (41)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ICC
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones: Se reivindica colores Negro, Azul claro, así como muestra la etiqueta.
J)
Para Distinguir y Proteger: Préstamo de libros; producción de encuentros deportivos; producción de contenidos audiovisuales para canales de televisión emitidos por internet; prestación de servicios de formación y de pruebas pedagógicas en línea; producción de películas cinematográficas, producción de programas audiovisuales; publicación electrónica de libros y periódicos en línea; producción, edición y publicación de libros, guías y textos en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico; servicios de formación; reserva de entradas para espectáculos; servicios educativos; servicios de fotografía; servicios de juegos disponibles en línea por una red informática; servicios de publicación y reportajes; servicios de traducción; publicación de libros; suministro de películas, no descargables, a través de servicios de vídeo a la carta; organización de exposiciones con fines culturales o educativos; organización y realización de seminarios, exposiciones, conferencias, concursos y convenciones; suministro de instalaciones recreativas; actividades deportivas y culturales; servicios de entretenimiento; formación profesional; información sobre actividades de entretenimiento; información sobre formación; enseñanza pedagógica; información sobre educación; alquiler de escenarios de entretenimiento; alquiler de libros; organización de concursos educativos y recreativos; organización y realización de simposios; organización y realización de conferencias; organización y dirección de convenciones; alquiler de televisores, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “V.V. LOVE” sin otorgar exclusividad de los términos de forma separada.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Perfumes; cosméticos; productos de limpieza; champús; lápices de labios [pintalabios]; espumas de baño; productos de perfumería; productos para perfumar el ambiente; pastas de dientes; jabones; abrasivos; difusores de perfumes de ambiente con varillas, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Para Distinguir y Proteger: Taladros portátiles para aplicaciones dentales; instrumentos utilizados en odontología protésica; aparatos e instrumentos odontológicos; aparatos dentales eléctricos; irrigadores bucales para su uso en odontología; aparatos e instrumentos quirúrgicos para uso dental; instrumentos para obt u raciones dentales; sillones para uso médico u odontológico; taladros dentales; escariador es dentales; fresas para uso odontológico; sillones de dentista, de la clase 10 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2023-8 — Solicitud de registro de marca de fábrica TKL
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-8 Fecha de presentación: 2023-01-03 Fecha de emisión: 26 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: ZHEJIANG JIJIA AUTO PARTS CO., LTD. Domicilio: No. 17, Jianye Road, Taozhu Street, Zhuji, Shaoxing City, Zhejiang Province, China.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA
E)
CLASE INTERNACIONAL (12)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TKL
G)
H)
Reservas/Limitaciones: La denominación se considera bajo el tipo de signo DENOMINATIVO.
I)
Reivindicaciones: Se reivindica Grafía Especial.
J)
Para Distinguir y Proteger: Vehículos de locomoción terrestre; acoplamientos para vehículos terrestres; camiones; chasis de automóviles; retrovisores; embragues para vehículos terrestres; parachoques para automóviles; amortiguadores para vehículos; pastillas de freno para automóviles; cubiertas de neumáticos para vehículos; parabrisas; bombas de aire [Accesorios para vehículos]; muelles de suspensión para vehículos; asientos de vehículos, bocinas para vehículos; discos de freno para vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-5692 — Solicitud de registro de marca de servicio JSW
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-5692 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 27 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: JSW IP HOLDINGS PRIVATE LIMITED Domicilio: Bandra Kurla Complex, Bandra East, Mumbai, Maharashtra, India 40051, India.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero
E)
CLASE INTERNACIONAL (37)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN JSW
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios para construir, instalar, reparar y adquirir terminales de literas, puertos, almacenes, corrales y equipos de infraestructura; mantenimiento, comprobación, inspección, reparación y mantenimiento de turbinas, generadores y equipos; servicios de realización de cualquier actividad minera, servicios de reparación e instalación; servicios de pintura; servicios de instalación de papel pintado; y todos los servicios mencionados prestados como parte de proyectos de mejora y decoración del hogar; decoración de interiores y exteriores; impermeabilización del edificio contra la humedad; construcción de edificios, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2023-796 — Solicitud de registro de marca de fábrica CODEXTAN
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-796 Fecha de presentación: 2023-02-08 Fecha de emisión: 4 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: SANFER FARMA, S.A.P.I. DE C.V. Domicilio: Blvd. Adolfo López Mateos No. 314, Int. 3-A, Colonia Tlacopac, Ciudad de México, CP 01049, México.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CODEX TAN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para prevenir apoplejías o coágulos de sangre, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-5693 — Solicitud de registro de marca de servicio JSW
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-5693 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 26 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: JSW IP HOLDINGS PRIVATE LIMITED Domicilio: Bandra Kurla Complex, Bandra East, Mumbai, Maharashtra, India 40051, India.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero
E)
CLASE INTERNACIONAL (40)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN JSW
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de generación y producción de energía, electricidad y energía de todas las fuentes y tratamiento de los materiales, trabajo de la madera; tratamiento de materiales para la fabricación de productos químicos; servicios de mezcla de pintura; servicios de teñido y color e ad o; suministro de información y asesoramiento sobre la mezcla de pinturas y sobre la coloración de pinturas, barnices, lacas y tintes; tratamiento de materiales como parte de proyectos de mejora y decoración del hogar, de la clase 40. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2022-5012 — Solicitud de registro de marca de fábrica IBUFLASH MIGRAN MK
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-5012 Fecha de presentación: 2022-08-25 Fecha de emisión: 19 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: TQ BRANDS S.A Domicilio: Calle 23 No. 7-39 de la Ciudad de Cali, Valle del Cauca, Colombia.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL SARAI ARKOULIS
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IBUFLASH MIGRAN MK
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “IBUFLASH MIGRAN MK”; sin dar exclusividad de los términos por separado. No se protegen los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos y preparaciones medicinales para uso humano para los dolores de cabeza y la migraña, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JAQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 N. y 11 D. 2023
Aviso No. 2023-2178 — Solicitud de registro de marca de fábrica Kupfer
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-2178 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: TAJUMULCO STOCK COMPANY, S.A. Domicilio: Avenida Samuel Lewis y Calle 53, PH Comosa, piso 12, oficina B, Obarrio, Bella Vista, Ciudad de Panama, Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA
E)
CLASE INTERNACIONAL (1)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Kupfer
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024
Aviso No. 2023-1405 — Solicitud de registro de marca de fábrica Viele
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-1405 Fecha de presentación: 2023-03-08 Fecha de emisión: 17 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: TAJUMULCO STOCK COMPANY, S.A. Domicilio: Avenida Samuel Lewis y Calle 53, PH Comosa, piso 12, oficina B, Obarrio, Bella Vista, Ciudad de Panama, Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA
E)
CLASE INTERNACIONAL (1)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Viele
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JAQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024
Aviso No. 2023-1403 — Solicitud de registro de marca de fábrica Blume
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-1403 Fecha de presentación: 2023-03-08 Fecha de emisión: 17 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: TAJUMULCO STOCK COMPANY, S.A. Domicilio: Avenida Samuel Lewis y Calle 53, PH Comosa, piso 12, oficina B, Obarrio, Bella Vista, Ciudad de Panama, Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA
E)
CLASE INTERNACIONAL (1)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Blume
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024
Aviso No. 2023-1861 — Solicitud de registro de marca de fábrica BESPA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-1861 Fecha de presentación: 2023-03-27 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: TAJUMULCO STOCK COMPANY, S.A. Domicilio: Avenida Samuel Lewis y Calle 53, PH Comosa, piso 12, oficina B, Obarrio, Bella Vista, Ciudad de Panama, Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BESPA
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Insecticidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 27 D. 2023 y 11 E. 2024