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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

9 diciembre 2023Edición No. 36,405

Resolución

Resolución No. 676-2023 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica y aprobación de Estatutos a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Comunidad Nuevo Tulian

Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización

  1. 1.

    Que, el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119, y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento y se reconocerá con las siglas siguientes: JAAS de la Comunidad de Nuevo Tulian del municipio de Omoa, departamento de Cortés, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de dicha comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, su Reglamento General y demás reglamentos, Código de Salud y Ley General del Ambiente y demás Leyes aplicables efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la Comunidad de Nuevo Tulian.

Articulo 2

El domicilio legal será en la Comunidad de Nuevo Tulian del municipio de Omoa, departamento de Cortés y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera componentes del sistema de agua potable los siguientes:

  • 1)

    La microcuenca que comprende el área de terreno delimitada y protegida,

  • 2)

    El acueducto que comprende las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua potable,

  • 3)

    Saneamiento que comprende las obras físicas para el saneamiento ambiental en cada uno de los hogares. Construido por la comunidad. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS Y ACTIVIDADES

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular y normal el funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Básico (JAAS) y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema agua potable y saneamiento.

Articulo 5

La Organización tendrá los siguientes objetivos:

  • a)

    Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.-

  • b)

    Asegurar una correcta administración del sistema.-

  • c)

    Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.-

  • d)

    Solicitar capacitación y asesoría a las instituciones competentes según la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento-

  • e)

    Gestionar financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable y el saneamiento básico de la forma siguiente: l) Obtención del área de la microcuenca por medio de la compra, firma de convenios con dueños de terreno, 2) Mejorando la infraestructura, 3) Construyendo obras que ayuden a mejorar el saneamiento de la comunidad.-

  • f)

    Vigilar porque la población use y maneje el agua adecuadamente y evitando el desperdicio del agua.

  • g)

    Gestionar la asistencia de técnica de SANAA necesaria para mantener adecuadamente el sistema.-

  • h)

    Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema, como ser: 1) Microcuencas 2) Acueducto 3) Saneamiento Básico.-

  • i)

    Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. Básicos.-

  • j)

    Vigilar que la población practique hábitos higiénicos y sanitarios en los hogares.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:

  • a)

    Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de pago de conexiones y tarifa mensual por pagos del servicio de agua potable y extraordinaria en concepto de cuotas como ser actividades sin fines de lucro discutidas y aprobadas por la asamblea de usuarios con su firma respectiva en acta, categorización de la tarifa en base a: l) Capacidad de pago. 2) Número de familia por vivienda, 3) Número de llaves adicionales, 4) Otras consideraciones establecidas por la junta directiva de acuerdo a la inversión que se requiera hacer al sistema de agua potable y saneamiento estimado por la misma.-

  • b)

    Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados.-

  • c)

    Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema.-

  • d)

    Gestionar, canalizar y ejecutar recursos financieros de entes nacionales e internacionales.-

  • e)

    Coordinar y asociarse con otras juntas (Asociación de Juntas Administradoras de Agua a nivel Municipal (AJAAMTE) e instituciones públicas y privadas para mantener y mejorar el sistema.-

  • f)

    Promover la integración de la comunidad e involucrarla con el sistema.-

  • g)

    Conservar, vigilar, mantener y aumentar el área de la micro cuenca cada año.-

  • h)

    Realizar cualquier actividad que tienda a mejorar la salud y/o a conservar el sistema de agua potable y saneamiento. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS, DE LAS CLASES DE MIEMBROS, OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS

Articulo 7

La Junta administradora de Agua potable y Saneamiento “JAAS” tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores, b) Activos: Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento “JAAS”.- Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros:

  • a)

    Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto,

  • b)

    Elegir y ser electos,

  • c)

    Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva .- d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad de servicios, f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio de agua que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros (usuarios directivos):

  • a)

    Conectarse en el acueducto y al sistema de saneamiento.

  • b)

    Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura

  • c)

    Asistir puntualmente a las reuniones.

  • d)

    Participar en cualquiera de las comisión que se le asigne.

  • e)

    Vigilar por el buen estado de las partes del sistema.-

  • f)

    Realizar labores de mantenimiento y mejoramiento del sistema cuando la junta los requiera.

  • g)

    Mantener limpio los solares, pilas, letrinas y la vivienda para prevenir las enfermedades.-

  • h)

    Pagar una multa equivalente al valor de un día de trabajo por no asistir a las reunión.-

  • i)

    Permitir la inspección de las instalaciones, letrinas, pilas a personal autorizado de la junta.-

  • j)

    Pagar puntualmente la tarifa dentro de los primeros diez días del mes siguiente.

  • k)

    Pagar una multa establecida por la junta por el incumplimiento de las obligaciones. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS ATRIBUCIONES; ASAMBLEA DE USUARIOS, JUNTA DIRECTIVAS Y COMITÉ DE APOYO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de:

  • a)

    Asamblea de usuarios.

  • b)

    Junta directiva. -

  • c)

    comités de apoyo integrada por: 1) Comité de Operación y Mantenimiento.- 2) Comité Saneamiento y Educación de Usuarios.- 3) Comité de Microcuencas.- 4) Comité de vigilancia. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

Es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los usuarios debidamente convocados. Son funciones de la Asamblea de usuarios:

  • a)

    Elegir los miembros directos de la Junta los que coordinarán los comité.-

  • b)

    Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.-

  • c)

    Aprobar los informes trimestrales de la ejecución del presupuesto vigente y del Plan Operativo Anual POA.-

  • d)

    Resolver la aprobación de sanciones para faltas graves de renovar o suspender cualquier miembro directivo propuesto o no propuesto por los demás miembros de la Junta Directiva. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 12

Después de la Asamblea de usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento estará integrada por hombres y mujeres mayores de dieciocho años electos por el voto mayoritario de la asamblea de usuarios o por los presente en la reunión después de una espera de media hora para que se presenten los usuarios; deberá considerar la equidad de género y estará en funciones por un período de dos años y podrá ser reelectos por una sola vez en periodo sucesivos, además podrán ser reelectos nuevamente en periodos alternos, ejercerán los cargos ad-honorem, para ser miembro de la Junta directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 13 del Reglamento de Juntas Administradoras de Agua (JAA) de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros, cinco propietarios y dos vocales:

  • 1)

    Un Presidente(a);

  • 2)

    Un Vicepresidente(a);

  • 3)

    Secretario(a);

  • 4)

    Un Tesorero(a);

  • 5)

    Un Fiscal;

  • 6)

    Un Vocal Primero; y,

  • 7)

    Un Vocal Segundo.

Articulo 13

LA JUNTA DIRECTIVA tendrá las siguientes funciones:

  • a)

    Brindar informes trimestrales y presentarlo a la asamblea de usuario, sobre la ejecución del presupuesto y el seguimiento del Plan Operativo Anual “POA”, en el orden siguiente el primero en marzo el segundo en junio el tercero en septiembre y el cuarto en diciembre.-

  • b)

    Elaborar el presupuesto anual y el Plan Operativo Anual “POA” y presentarlo a la asamblea de usuario en el mes de enero.-

  • c)

    Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua.-

  • d)

    Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo provenientes del servicio de agua en la comunidad.-

  • e)

    Depositar los fondos en una cuenta bancaria a nombre de la Junta Administradora de Agua con firmas del Presidente, Tesorero y el Fiscal; si los directivos consideran conveniente las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo provenientes del servicio de agua en la comunidad.-

  • f)

    Asistir a las reuniones de la asociación de juntas administradoras de agua potable y saneamiento.-

  • g)

    Cancelar o superar el servicio de agua a los directivos y usuarios por el no cumplimiento de la leyes, Reglamentos, estatutos y acuerdos aprobados en sesiones de directiva o de asamblea o por poner en peligro la vida de los habitantes de la comunidad al realizar prácticas que afecten la salud.-

  • h)

    Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.-

  • i)

    Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los usuarios como ser letrinas, pilas, solares y la viviendas que se encuentren en las condiciones higiénico sanitarias.-

  • j)

    Nombrar los delegados de los comités lo mismo que el personal de trabajo de la junta como ser el fontanero y otro que estime conveniente siempre que no se necesite de una asesoría para su nombramiento.-

  • k)

    Informar a la asociación de juntas sobre las labores realizadas en la comunidad así como los problemas no resueltos.

Articulo 14

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria con los usuarios del servicio y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. - b.- La Junta directiva se reunirá una vez por mes y en forma extraordinaria o cuando sea convocado por la AJAAMTE o u otra institución. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 15

La Junta directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.-Comité de Operación y Mantenimiento.- b.- Comité Saneamiento y Educación de Usuarios - c.- Comité de microcuencas.- d.- Comité de vigilancia.

Articulo 16

Los comités de apoyo estarán integrados por un coordinador y delegados, nombrados uno por cada 15 usuarios o el número que la junta directiva estime conveniente, coordinados de la siguiente manera:

  • 1)

    El Vicepresidente coordinará el comité de Operación y Mantenimiento,

  • 2)

    El Vocal Primero coordinará el Comité Saneamiento y Educación de Usuarios,

  • 3)

    El Vocal Segundo coordinará el comité de microcuencas y los delegados podrán ser nombrados por la asamblea o por cada coordinador y ratificados por la directiva de acuerdo al trabajo a realizar, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembros de los comités de operación y mantenimiento y de microcuencas el Alcalde Auxiliar fontanero, al representante de la UMA, al Promotor de Salud y al personal comunitario de salud pública asignado de la zona como miembro del comité de Saneamiento y Educación de Usuarios. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

Articulo 17

Dentro de la Junta Administradora desempeña un papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta, serán sus funciones:

  • a)

    Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros.

  • b)

    Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente.

  • c)

    Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones.-

  • d)

    Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta.-

  • e)

    Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de los abonados.-

  • f)

    Comprobar los gastos efectuados por la Junta.-

  • g)

    Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra calificada y no calificada.-

  • h)

    Firmar los documentos administrativos que den fe de aceptado a los informes del Presidente y Tesorero.-

  • i)

    Vigilar la bodega.-

  • j)

    Estará formado por un coordinador que será el Fiscal y tendrá delegados nombrados por la asamblea o el coordinador y serán ratificados por la directiva, el número será de acuerdo a la magnitud del trabajo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 18

La Junta Directiva de la Junta Administradora de Agua estará formada por: 1) Presidente, 2) Vicepresidente, 3) Secretario, 4) Tesorero, 5) Un Fiscal, 6) vocal Primero, 7) Vocal Segundo.

Articulo 19

Son atribuciones del PRESIDENTE:

  • a)

    Convocar a sesiones.-

  • b)

    Abrir, presidir y cerrar las sesiones.-

  • c)

    Elaborar la agenda con el Secretario.-

  • d)

    Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones.

  • e)

    Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos.-

  • f)

    Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora de Agua y Saneamiento (JAAS).-

  • g)

    Solicitar un informe por escrito al fontanero y presentarlo a los directivos y usuarios.-

  • h)

    Firmar con el Tesorero las salidas del dinero de tesorería de la junta.

Articulo 20

Son atribuciones del VICEPRESIDENTE:

  • a)

    Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta directiva.-

  • b)

    Supervisará las comisiones que se asignen.-

  • c)

    Coordinar el comité de operación y mantenimiento.-

  • d)

    Nombrar los delegados del comité de operación y mantenimiento.

  • e)

    Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.

Articulo 21

Son atribuciones del SECRETARIO:

  • a)

    Llevar el libro de actas. -

  • b)

    Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero.-

  • c)

    Encargarse de la correspondencia.-

  • d)

    Convocar junto con el Presidente.-

  • e)

    Llevar el registro de abonados.-

  • f)

    Organizar el archivo de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento JAAS.-

  • g)

    Manejo de planillas de mano de obras.-

  • h)

    Firmar las actas.

Articulo 22

Son atribuciones del TESORERO: Por ser el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indique ingresos y egresos:

  • a)

    Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.-

  • b)

    responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.-

  • c)

    Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).-

  • d)

    Informar mensualmente a la Junta directiva, municipalidad y la Asociación de Juntas Administradora de Agua a nivel Municipal AJAAMTE sobre el manejo económico y financiero (cuenta bancaria), gastos e inversiones lo mismo de las necesidades económicas que tiene la junta.-

  • e)

    Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas.-f.-Llevar el inventario de los bienes de la Junta.- g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondo.- h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.- i.- Firmar las salidas egresos de la junta.

Articulo 23

Son atribuciones del FISCAL:

  • a)

    Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización.-

  • b)

    Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.-

  • c)

    Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta.-

  • d)

    Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.-

  • e)

    Coordinar el comité de vigilancia.-

  • f)

    Nombrar los delegados de vigilancia, y someterlos a ratificación ante los directivos.-

  • g)

    Llevar el inventario de los bienes de la junta.-

  • h)

    Cargarles los bienes de la junta a las personas que los tienen en su poder para uso o custodia y descargárselos cuando esto ya no los tengan esto se deberá hacer por medio con una nota donde se explica el estado el uso en que se utilizará el bien de la junta en un libro único donde firmará el que recibe el bien y el fiscal que lo entrega.

Articulo 24

Son atribuciones de LOS VOCALES:

  • a)

    Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.-

  • b)

    El Vocal I coordinará el comité de Saneamiento y Educación de Usuarios.-

  • c)

    El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.-

  • d)

    Reemplazar a los miembros principales, excepto al presidente, cuando estos estén ausenten, según su orden de precedencia.-

  • e)

    Nombrar los delegados de salud y de microcuenca. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse:

  • a)

    Con la tarifa mensual de agua, cobro de derecho por conexiones, multas, así como los intereses capitalizados. -

  • b)

    Con bienes muebles e inmuebles y trabajos que aportan los abonados. -

  • c)

    Con las instalaciones y obras físicas del sistema. -

  • d)

    Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 26

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 27

En caso de disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 28

El ejercicio financiero de la Junta Administradora de Agua potable y saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 29

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán los que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de éste último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD NUEVO TULIAN, MUNICIPIO DE OMOA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD NUEVO TULIAN, MUNICIPIO DE OMOA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD NUEVO TULIAN, MUNICIPIO DE OMOA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD NUEVO TULIAN, MUNICIPIO DE OMOA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD NUEVO TULIAN, MUNICIPIO DE OMOA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) CARMEN HAYDEÉ LÓPEZ FLORES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F)CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ,SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los 06 días del mes de junio de dos mil veintitrés. NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO OFICIAL JURIDICO Sección “B” CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General del Consejo Nacional Electoral,Certifica la Resolución16-2023de fecha nueve(09) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), que literalmente dice: “

Ver como documento individual

Certificación

Certificación No. 16-2023 — Aprobación de reformas y adecuación de Estatutos del Partido Salvador de Honduras a la Ley Electoral

Consejo Nacional Electoral

  1. 1.

    Que en fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veintidós (2022), el Abogado Carlos Yasser Salgado Aguilar, Apoderado del Partido Salvador de Honduras (PSH), extremo que ya ha sido acreditado ante el Consejo Nacional Electoral en instrumento público número 29 de fecha 10 de octubre de 2021, de poder especial de representación procesal y gestiones administrativas, presentó a este Organismo Electoral reformas y adecuación de los Estatutos a la Ley Electoral de Honduras, en cumplimiento al artículo 315 de la misma Ley, reformas que fueron aprobadas en Asamblea Extraordinaria y elección de autoridades en propiedad mediante Asamblea Ordinaria, ambas de fecha quince (15) de octubre de dos mil veintidós (2022).

  2. 2.

    Que mediante providencia de fecha diecinueve (19) de junio de dos mil veintitrés(2023),se ordenó remitir copia de dichas diligencias al Departamento de Asesoría Legal a fin de que emita el Dictamen Legal correspondiente y a la Dirección de Organizaciones Políticas y Candidaturas para que emitan la opinión respectiva, en relación a las reformas y adecuación de los Estatutos a la Ley Electoral de Honduras y elección de autoridades en propiedad del Partido Salvador de Honduras (PSH).

  3. 3.

    Que en fecha tres (03) de agosto de dos mil veintitrés (2023), la Dirección de Organizaciones Políticas y Candidaturas de este Organismo Electoral, remitieron la opinión DOPC-31-07-2023-02, que en lo conducente dice: “La Dirección de Organizaciones Políticas y Candidaturas después de haber realizado las revisiones pertinentes, es de la opinión que: En cuanto a la Adecuación de los Estatutos del Partido Salvador de Honduras (PSH), una vez realizado el cotejo pertinente con la Ley Electoral de Honduras, esta Dirección es de la opinión, que, las Reformas realizadas se efectuaron de conformidad al proceso establecido en los Estatutos vigentes de dicho Partido Político y en apego a lo estipulado en la Ley Electoral de Honduras. Por lo cual, de conformidad al Artículo 21 de la Ley Electoral de Honduras, en lo relativo a las atribuciones del Consejo Nacional Electoral, específicamente en el numeral 2 inciso e), misma que establece como atribución la de “Aprobar sus estatutos, declaración de principios, programas de acción política, de equidad de género y sus reformas de paridad y alternancia”… Por lo tanto, esta Dirección, recomienda al pleno de consejeros la aprobación de los nuevos Estatutos, en virtud, que los mismos se encuentran en concordancia y armonía con lo establecido por la Ley Electoral de Honduras en sus artículos 120, 123, 315, y demás aplicables, y conforme a los Estatutos vigentes del Partido Salvador de Honduras (PSH). En cuanto a la elección de las respectivas autoridades internas del PSH, la cual deberá ser ratificada una vez que sean aprobados los nuevos Estatutos del correspondiente Instituto Político”.

  4. 4.

    Que en fecha catorce (14) de agosto de dos mil veintitrés (2023), se recibió el Dictamen Legal AL-111-DL-2023, proveniente del Departamento de Asesoría Legal, quienes fueron del criterio que el peticionario debía de subsanar los requerimientos planteado en dicho Dictamen y mediante auto de fecha dieciocho (18) de agosto de dos mil veintitrés (2033) se ordenó requerir al Abogado Carlos Yasser Salgado Aguilar, Apoderado Legal del Partido Salvador de Honduras (PSH), para que en el plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación, proceda a subsanar lo siguiente: “Las dos (2) Certificaciones de Asamblea Extraordinaria y Ordinaria antes expuesta, se puede notar que para la validez de la comparecencia y legitimidad de lo solicitado es necesario que acompañe lo siguiente:

    • 1)

      Copia de la Convocatoria así lo establece el artículo 23 de los Estatutos del PSH.

    • 2)

      Las Certificaciones de Acta Extraordinaria y Ordinaria de la Asamblea Nacional del Partido Salvador de Honduras (PSH), no lleva firma del Presidente del Directorio Nacional, así como lo establece en los Estatutos del PSH, artículo 61 es una función y atribución estrictamente del presidente, inciso h) Firmar con el Secretario, las Actas de las sesiones Acuerdos y Resoluciones del Directorio Nacional y de la Asamblea Nacional.

    • 3)

      Las 2 Certificaciones Extraordinaria y Ordinaria solo lleva la firma del Secretario de la Mesa de Debates y los Estatutos establece que es el Secretario de Actas del Directorio Nacional así como lo indica el artículo 62 son atribuciones del Secretario inciso c) Extender certificaciones de actas, acuerdos y resoluciones, previa autorización del o (la) Presidente.

    • 4)

      En la Certificación Acta número 1 Asamblea Nacional Extraordinaria de Delegados del Partido Salvador de Honduras no específica número de Delegados, como lo establece el artículo 22 si estos son Propietarios y Suplentes ni adjuntan listado o nombres completos de sus delegados, firmando únicamente el Secretario de la Mesa de Debates.

    • 5)

      Los Estatutos del PSH en el artículo 26 se refiere a la Asamblea Nacional que será instalada por el Directorio Nacional a través de su Presidente y de la Secretaría de Actas en este caso así como lo indica el anexo SEXTO de los Estatutos del PSH, Presidente SALVADOR ALEJANDRO CESAR NASRALLA SALUM y ANA MARIA SEGOVIA CASTILLO Secretaria de Actas y no lo indican en las 2 certificaciones. Una vez realizado este paso es atribución de la Asamblea artículo 32 inciso j) Elegir los miembros integrantes de la Mesa de Debates que dirigen las Asambleas Nacionales.

    • 6)

      No consta la Supervisión del Consejo Nacional Electoral como lo indica la

Articulo 23

de los Estatutos del PSH. 2.- Las Certificaciones de Acta Extraordinaria y Ordinaria de la Asamblea Nacional del Partido Salvador de Honduras (PSH), no lleva firma del Presidente del Directorio Nacional, así como lo establece en los Estatutos del PSH, artículo 61 es una función y atribución estrictamente del presidente, inciso h) Firmar con el Secretario, las Actas de las sesiones Acuerdos y Resoluciones del Directorio Nacional y de la Asamblea Nacional. 3.- Las 2 Certificaciones Extraordinaria y Ordinaria solo lleva la firma del Secretario de la Mesa de Debates y los Estatutos establece que es el Secretario de Actas del Directorio Nacional así como lo indica el artículo 62 son atribuciones del Secretario inciso c) Extender certificaciones de actas, acuerdos y resoluciones, previa autorización del o (la) Presidente. 4.- En la Certificación Acta número 1 Asamblea Nacional Extraordinaria de Delegados del Partido Salvador de Honduras no específica número de Delegados, como lo establece el artículo 22 si estos son Propietarios y Suplentes ni adjuntan listado o nombres completos de sus delegados, firmando únicamente el Secretario de la Mesa de Debates. 5.- Los Estatutos del PSH en el artículo 26 se refiere a la Asamblea Nacional que será instalada por el Directorio Nacional a través de su Presidente y de la Secretaría de Actas en este caso así como lo indica el anexo SEXTO de los Estatutos del PSH, Presidente SALVADOR ALEJANDRO CESAR NASRALLA SALUM y ANA MARIA SEGOVIA CASTILLO Secretaria de Actas y no lo indican en las 2 certificaciones. Una vez realizado este paso es atribución de la Asamblea artículo 32 inciso j) Elegir los miembros integrantes de la Mesa de Debates que dirigen las Asambleas Nacionales. 6.- No consta la Supervisión del Consejo Nacional Electoral como lo indica la

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Resolución

Resolución No. 07-2022 — Resolución sobre supervisión del Consejo Nacional Electoral para celebración de Asambleas

Consejo Nacional Electoral

  1. 1.

    Que, en fecha diez (10) de octubre de dos mil veintitrés (2023), el Abogado Carlos Yasser Salgado Aguilar, Apoderado Legal del Partido Salvador de Honduras (PSH), presentó la subsanación requerida mediante auto de fecha dieciocho (18) de agosto de dos mil veintitrés (2033) y mediante auto de fecha dieciocho (18) de octubre de dos mil veintitrés (2023), se ordenó remitir nuevamente el expediente de mérito al departamento de Asesoría Legal fin de que emitan el dictamen legal correspondiente.

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Dictamen

Dictamen No. AL-160-DL-2023 — Dictamen Legal sobre readecuación de Estatutos del Partido Salvador de Honduras

Departamento de Asesoría Legal del Consejo Nacional Electoral

  1. 1.

    Que, el Partido Salvador de Honduras (PSH) en fecha quince (15) de octubre de dos mil veintidós (2022), celebró Asambleas Extraordinaria y Ordinaria para adecuar sus Estatutos a la Ley Electoral de Honduras y elegir sus autoridades en propiedad, respectivamente. En la Certificación del Acta número dos (02) de la Asamblea Ordinaria referente a la elección de sus Autoridades, puede observarse una disposición transitoria (Folio 06), que literalmente dice: “A efecto de cumplir con lo dispuesto en la Ley Electoral de Honduras el anterior nombramiento de las autoridades en propiedad a nivel Municipal, Departamental y Nacional del Partido Salvador de Honduras electos en la presente Asamblea, quedarán sujetos a la aprobación de parte del Consejo Nacional Electoral de los estatutos reformados y aprobados en la anterior Asamblea Extraordinaria”.

  2. 2.

    Que, el Partido Salvador de Honduras (PSH), reformó y adecuósusEstatutosenestrictocumplimientoaloestablecido en el artículo 315 de la Ley Electoral de Honduras, a excepción de la Declaración de Principios y Programas de Acción Política, sin embargo,

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Decreto Legislativo

Decreto Legislativo No. 136-2022 — Prórroga de un año para adecuación de Declaración de Principios y Programas de Acción Política del Partido Salvador de Honduras

Congreso Nacional

  1. 1.

    Que, el Partido Salvador de Honduras (PSH), ha cumplido con el mandato y plazo establecido por este Consejo Nacional Electoral para elegir sus autoridades en propiedad,

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Resolución

Resolución No. 1308-2021 — Resolución sobre plazo para elección de autoridades en propiedad del Partido Salvador de Honduras

Consejo Nacional Electoral

  1. 1.

    Que, con base a los Dictámenes favorables emitidos por Asesoría Legal, la Dirección de Organizaciones Políticas y Candidaturas y las atribuciones con las que cuenta el Pleno de Consejeros conferidas en la Ley Electoral de Honduras, es procedente la aprobación de los Estatutos del Partido Salvador de Honduras por ajustarse a dicha Ley.

  2. 2.

    Que, los partidos políticos legalmente inscritos son instituciones de derecho público, cuya existencia y libre funcionamiento garantiza la Constitución de la República y la Ley Electoral de Honduras, para lograr la efectiva participación política de los ciudadanos.

  3. 3.

    Que, el Consejo Nacional Electoral es el órgano especial, autónomo e independiente, sin relaciones de subordinación a los Poderes del Estado, creado en la Constitución de la República con competencia exclusiva para efectuar los actos y procedimientos administrativos y técnicos de las elecciones internas, primarias, generales, plebiscito y referéndum o consultas ciudadanas.

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Resolución

Resolución — Aprobación de Estatutos del Partido Salvador de Honduras

Consejo Nacional Electoral

POR TANTO EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE), en uso de sus facultades y atribuciones y en aplicación a los artículos 1, 37, 47, 51, 59, 80, 321 y 323 de la Constitución de la República; 2 y 20 de

la Declaración Universal de Derechos Humanos; 1 y 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 1, 6, 7, 8 numeral 5), 20, 21 numeral 1) inciso a) y b), numeral 2) inciso e) y numeral 4) inciso d), 71, 110, 113 numeral 1), 120, 131 y 315 de la Ley Electoral de Honduras; 3, 32, 33, 55, 56, 60 inciso b), 83, 87 y 88 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 49 y 116 de la Ley General de la Administración Pública; 5 y 21 del Reglamento de Procedimiento del Recurso de Apelación en Materia Electoral, aprobado por el Tribunal de Justicia Electoral; por unanimidad de votos, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud de reformas y adecuación de los Estatutos del Partido Salvador de Honduras (PSH) en cumplimiento al artículo 315 de la Ley Electoral de Honduras, aprobados en Asamblea Extraordinaria celebrada el quince (15) de octubre de dos mil veintidós (2022), presentada por el Abogado Carlos Yasser Salgado Aguilar, Apoderado Legal de dicho Instituto Político. SEGUNDO: APROBAR las reformas y adecuación de los Estatutos del Partido Salvador de Honduras (PSH), que a partir de su publicación se leerán de la siguiente manera: “

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Licitación

Licitación No. LPN No. 09-2023-SEAPI-UNAH — Readecuación y Mejoramiento de Sistema Eléctrico de Distribución y Transformación de Energía en Edificio B2, Ciudad Universitaria

Universidad Nacional Autónoma de Honduras

República de Honduras INVITACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN No. 04-2023-SEAPI-UNAH "REMODELACIÓN DEL AUDITORIO DR. HADDAD QUIÑÓNEZ, FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS" La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las empresas precalificadas en las Categorías 1 a la 5 para la Especialidad de Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2022-SEAPI-UNAH, que estén interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN No. 04-2023-SEAPI-UNAH, financiada con Fondos Nacionales propios de la UNAH, a presentar ofertas para la ejecución del proyecto "REMODELACIÓN DEL AUDITORIO DR. HADDAD QUIÑÓNEZ, FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS", ubicado en el Edificio No. 1, Facultad de Ciencias Médicas de la UNAH, contiguo al Hospital Escuela, Tegucigalpa M.D.C., departamento de Francisco Morazán. El proyecto consiste en la remodelación de un área de 609.16 m2, incluyendo mejoras de acabados, optimización del espacio, mobiliario adecuado, accesibilidad para personas con necesidades especiales, aplicación de criterios de isotópica, acústica, seguridad y funcionalidad; también incluye la intervención en los sistemas de instalaciones eléctricas e hidrosanitarias para el correcto funcionamiento de las mismas en toda el área a remodelar y nuevas instalaciones para el sistema de aire acondicionado. Se consideran los siguientes alcances: Obras preliminares, obras exteriores (incluye instalaciones hidrosanitarias), transformador para Edificio No. 1 y alimentación eléctrica para el Auditorio (área a intervenir 102.48 m2); Remodelación del Auditorio, en sus 2 niveles, considerando una capacidad total de 213 espectadores (área a intervenir 313.08 m2); Remodelación de baños y cielo falso en vestíbulos del Auditorio (área a intervenir 45.60 m2); y Cambio de piso en el acceso principal del Edificio No. 1 y áreas de circulación hacia el Auditorio (área a intervenir 148.00 m2). Las empresas podrán adquirir el Pliego de Condiciones de la Licitación sin costo alguno, previa presentación de la solicitud por escrito a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI-UNAH, y la presentación de una memoria USB para hacer entrega de los Pliegos de Licitación, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m., a 3:30 p.m. Las ofertas deberán presentarse personalmente o mediante representante debidamente acreditado por escrito, dirigidas al Doctor Francisco José Herrera Alvarado, Rector a. i. de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras; deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta, EN ORIGINAL, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la apertura de las ofertas, por un monto en lempiras equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta global. La visita al sitio de las obras está programada para el día viernes (24) de noviembre de 2023, a las 10:00 am. El punto de reunión será en el pasillo de acceso al Edificio No. 1, Facultad de Ciencias Médicas de la UNAH, contiguo al Hospital Escuela, Tegucigalpa M.D.C., departamento de Francisco Morazán. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI-UNAH), Ciudad Universitaria, Tegucigalpa, Honduras, Tel. 2216 6100, 2216 5100, 2216 3000, 2216 7000 Extensiones 110423, 110448, 110452 y 110550. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALVARADO RECTOR a.i. UNAH 9 D. 2023 1. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS UNAH o7llo 4 pe t 'y UNAH República de Honduras INVITACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN No. 04-2023-SEAPI-UNAH "REMODELACIÓN DEL AUDITORIO DR. HADDAD QUIÑÓNEZ, FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS" La Universidad Nacional Autónoma de Honduras invita a las empresas precalificadas en las Categorías 1 a la 5 para la Especialidad de Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2022-SEAPI-UNAH, que estén interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN No. 04-2023-SEAPI-UNAH, financiada con Fondos Nacionales propios de la UNAH, a presentar ofertas para la ejecución del proyecto "REMODELACIÓN DEL AUDITORIO DR. HADDAD QUIÑÓNEZ, FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS", ubicado en el Edificio No. 1, Facultad de Ciencias Médicas de la UNAH, contiguo al Hospital Escuela, Tegucigalpa M.D.C., departamento de Francisco Morazán. El proyecto consiste en la remodelación de un área de 609.16 m?, incluyendo mejoras de acabados, optimización del espacio, mobiliario adecuado, accesibilidad para personas con necesidades especiales, aplicación de criterios de isotópica, acústica, seguridad y funcionalidad; . ,, .... también incluye la intervención en los sistemas de instalaciones eléctricas e hidrosanitarias para el correcto funcionamiento de las mismas en.J -5 toda el área a remodelar y nuevas instalaciones para el sistema de aire acondicionado. Se consideran los siguientes alcances: Obras?(2. 1 preliminares, obras exteriores (incluye instalaciones hidrosanitarias), transformador para Edificio No. 1y alimentación eléctrica para el Auditorio/ #ji(área a intervenir 102.48 m?); Remodelación del Auditorio, en sus 2 niveles, considerando una capacidad total de 213 espectadores (área aj$g.intervenir 313.08 m?); Remodelación de baños y cielo falso en vestíbulos del Auditorio (área a intervenir 45.60 m?); y Cambio de piso en el#1 acceso principal del Edificio No. 1 y áreas de circulación hacia el Auditorio (área a intervenir 148.00 m?). ft<éSi%f5e #22, ·3GR' NÚMERO DE NOMBRE DEL EMPRESAS A FECHA Y HORARIO DE RETIRO DE LUGAR, FECHA, HORA DE LICITACIÓN PROYECTO PARTICIPAR PLIEGOS DE LICITACIÓN PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS LPN No. 04-2023 Remodelación del Empresas precalificadas en A partir del día lunes (20) de noviembre de 2023, en Lugar: Salón de Reuniones No. 8 ubicado en SEAPI-UNAH Auditorio Dr. Jorge las Categorías 1 a la 5 en la horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 330 p.m., el Piso No. 10 del Edificio Alma Mater, Ciudad Haddad Quiñónez, Especialidad de Edificación en las Oficinas de la Secretaría Ejecutiva de Universitaria José Trinidad Reyes, Universidad Facultad de Ciencias en General y Edificación Administración de Proyectos de Infraestructura Nacional Autónoma de Honduras. Médicas. Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación (SEAPI-UNAH), localizadas en el Piso No. 10 del No. 01-2022-SEAPI-UNAH. Edificio Alma Mater, Ciudad Universitaria José Fecha: Martes (23) de enero de 2024. Trinidad Reyes, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Tegucigalpa, M.D.C. Hora: 10:00 am hora oficial de la República de Honduras. a

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS UNAH República de Honduras INVITACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN No. 07-2023-SEAPI-UNAH "MEJORAMIENTO Y READECUACIÓN DEL SISTEMA ELÉCTRICO, UNAH-TEC-AGUÁN" La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las empresas precalificadas en las Categorías 1 a la 6 para la Especialidad de Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2022-SEAPI-UNAH, que estén interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN No. 07-2023-SEAPI-UNAH, financiada con Fondos Nacionales propios de la UNAH, a presentar ofertas para la ejecución del proyecto "MEJORAMIENTO Y READECUACIÓN DEL SISTEMA ELÉCTRICO, UNAH-TEC-AGUÁN", ubicado en el Centro Tecnológico del Valle del Aguán, UNAH-TEC-AGUÁN, en Olanchito, departamento de Yoro. El proyecto comprende obras del sistema eléctrico y obras civiles y consiste en el mejoramiento de la capacidad de energía eléctrica de los Edificios No.1 y No. 2, con el objetivo de disminuir las fallas continuas de fluido eléctrico permitiendo la adición de futuras instalaciones que se requieran. Actualmente el sistema cuenta con un banco de transformadores trifásico de 2 x 50 kVA en delta abierta en sobrecarga, este banco de transformadores será sustituido por un nuevo banco trifásico de 3 x 50 kVA. Se realizarán trabajos en la línea primaria en media tensión, con su respectiva malla general de tierra y nuevos tableros de distribución con sus respectivos circuitos eléctricos. Así mismo, se instalará un generador eléctrico el cual brindará energía de respaldo a las áreas críticas dentro del edificio como ser áreas administrativas y laboratorios. Estas Instalaciones están diseñadas bajo normativas del Código Eléctrico Nacional (NEC) que garantizan las buenas prácticas de diseño e instalaciones del sistema de energía del edificio. Las empresas podrán adquirir el Pliego de Condiciones de la Licitación sin costo alguno, previa presentación de la solicitud por escrito a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI-UNAH, y la presentación de una memoria USB para hacer entrega de los Pliegos de Licitación, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. Las ofertas deberán presentarse personalmente o mediante representante debidamente acreditado por escrito, dirigidas al Doctor Francisco José Herrera Alvarado, Rector a. i. de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras; deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta, EN ORIGINAL, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la apertura de las ofertas, por un monto en lempiras equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta global. La visita al sitio de las obras está programada para el día jueves (30) de noviembre de 2023 a las 2:00 pm. El punto de reunión será en el Edificio No. 1 del Centro Tecnológico del Valle del Aguán UNAH-TEC-AGUÁN, colonia Francisco Murillo Soto, sector Noroeste de la ciudad de Olanchito, departamento de Yoro. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI-UNAH), Ciudad Universitaria, Tegucigalpa, Honduras, Tel. 2216 6100, 2216 5100, 2216 3000, 2216 7000. Extensiones 110423, 110448, 110452 y 110550. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALVARADO RECTOR a.i. UNAH 9 D. 2023

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS UNAH República de Honduras INVITACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN No. 08-2023-SEAPI-UNAH "CONSTRUCCIÓN PRIMERA ETAPA DE MURO PERIMETRAL Y ESTACIONAMIENTO ADOQUINADO, UNAH-CURC" La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las empresas precalificadas en las Categorías 1 a la 5 para la Especialidad de Edificación en general y Edificación Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2022-SEAPI-UNAH, que estén interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN No. 08-2023-SEAPI-UNAH, financiada con Fondos Nacionales propios de la UNAH, a presentar ofertas para la ejecución del proyecto "CONSTRUCCIÓN PRIMERA ETAPA DE MURO PERIMETRAL Y ESTACIONAMIENTO ADOQUINADO, UNAH-CURC", ubicado en el Centro Universitario Regional del Centro, UNAH-CURC, en Comayagua, departamento de Comayagua. El proyecto comprende las siguientes actividades:

  • a)

    Adoquinado del estacionamiento principal, que consiste en la instalación de más de tres mil metros cuadrados de adoquín que permitirá el estacionamiento de ochenta y tres vehículos, incluyendo cuatro plazas para personas con capacidades especiales y veintidós motocicletas. Está diseñado para conectar a nivel de conjunto con los nuevos edificios de aulas, para lo cual se ha previsto para la circulación cebras de paso peatonal y señalización horizontal y vertical. Se instalará iluminación perimetral y se realizará la reforestación del estacionamiento como parte de los principios de Universidad Verde que se promueven dentro de la comunidad universitaria;

  • b)

    Construcción de una parada de buses con concreto hidráulico, ubicado contiguo al Portal de Acceso del Campus Universitario, el cual se diseñó para la movilización de la Comunidad Universitaria que utiliza este medio de transporte; y

  • c)

    Construcción de muro perimetral de aproximadamente 450 metros, iniciando desde la colindancia con la Ferretería Ferromax hasta el Portal de Acceso del Campus Universitario, construido con bloque Rustiblock y a continuación colindando con la Residencial Valle Dorado, sector Sur, construido con malla ciclón y sobre cimiento de mampostería. Las empresas podrán adquirir el Pliego de Condiciones de la Licitación sin costo alguno, previa presentación de la solicitud por escrito a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI-UNAH, y la presentación de una memoria USB para hacer entrega de los Pliegos de Licitación, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. Las ofertas deberán presentarse personalmente o mediante representante debidamente acreditado por escrito, dirigidas al Doctor Francisco José Herrera Alvarado, Rector a. i. de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras; deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta, EN ORIGINAL, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la apertura de las ofertas, por un monto en lempiras equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta global. La visita al sitio de las obras está programada para el día lunes (27) de noviembre de 2023 a las 10:00 am. El punto de reunión será en el estacionamiento principal del Centro Universitario Regional del Centro, UNAH-CURC, en Comayagua, departamento de Comayagua. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI-UNAH), Ciudad Universitaria, Tegucigalpa, Honduras, Tel. 2216 6100, 2216 5100, 2216 3000, 2216 7000. Extensiones 110423, 110448, 110452 y 110550. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALVARADO RECTOR a.i. UNAH 9 D. 2023

    SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

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Aviso

Aviso — Reconocimiento de Personalidad Jurídica del Sindicato de Trabajadores de la Empresa San Juan Textiles S. de R.L. de C.V. (SITRASJUANTEXTILES)

Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social

AVISO La infrascrita, Secretaria Administrativa de la Dirección General del Trabajo, al público en general y para los efectos de ley, AVISA: Que en fecha veintidós (22) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE EMPLEADOS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS DE HONDURAS (SIEMPSARH), con domicilio ciudad de Tegucigalpa municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, el cual ha quedado inscrito en el Tomo No. V Folio N°. 774 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 09 de noviembre de 2023 ABG. MERCY PAOLA ELVIR ELVIR SECRETARIA ADMINISTRATIVA ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SETRASS-126-2023 DEL 29 DE MARZO DE 2023 7, 8, 9 D. 2023 SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO La infrascrita, Secretaria Administrativa de la Dirección General del Trabajo, al público en general y para los efectos de ley, AVISA: Que en fecha primero de agosto del año dos mil veintitrés (2023), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA SAN JUAN TEXTILES S. DE R.L. DE C.V. (SI TRAS JUAN TEXTILES), con domicilio Choloma, departamento de Cortés, el cual ha quedado inscrito en el Tomo N° V Folio N°. 775 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 16 de noviembre de 2023 ABG. MERCY PAOLA ELVIR ELVIR SECRETARIA ADMINISTRATIVA ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SETRASS-126-2023 DEL 29 DE MARZO DE 2023 7, 8, 9 D. 2023 ______ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL AVISO La infrascrita, Secretaria Administrativa de la Dirección General del Trabajo, al público en general y para los efectos de ley AVISA: Que en fecha diecisiete de julio del año dos mil veintitrés (2023), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA UNITED TEXTILE OF AMERICAS. DE R.L. DE C. V. (Sl TRAUTEXA), con domicilio Choloma, departamento de Cortés, el cual ha quedado inscrito en el Tomo No. V Folio No. 776 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 22 de noviembre de 2023 ABG. MERCY PAOLA ELVIR ELVIR SECRETARIA ADMINISTRATIVA ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SETRASS-126-2023 DEL 29 DE MARZO DE 2023 7, 8, 9 D. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria General del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que los Abogados FRANKLIN JOSEPH ACOSTA REYES y GUSTAVO EDUARDO QUIROZ CANALES, actuando en su condición de Representantes Procesales de la señora DOLORES EMILIA ELVIR RODRIGUEZ, mayor de edad, soltera, Maestra de Educación Primaria, hondureña, con documento Nacional de Identificación número 0601-1966-01106 con domicilio en el Caserío Las Marías de Pavana, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, del municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un Lote de Terreno ubicado en el Caserío de Guanacastillo, Aldea San Fray Lázaro, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, de acuerdo al Plano tiene una extensión de 6 HAS, 38AS, 11.30 CAS, equivalente a 9 MANZANAS + 1521.80 vr2 con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con AMADEO SANCHEZ y MARCOS HERNANDEZ; AL SUR, con los señores CELINO AGUILERA y REYNALDO SANCHEZ; AL ESTE, con los señores MARCOS HERNANDEZ y REYNALDO SANCHEZ; Y AL OESTE, con los señores AMADEO SANCHEZ y CELINO AGUILERA, el presente predio antes descrito lo obtuvo de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores proindivisos y tienen más de cuarenta años de poseerlo. Choluteca, 28 de junio del año 2023 ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA GENERAL 9 O., 9 N. y 9 D. 2023 ________

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS UNAH República de Honduras INVITACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN No. 10-2023-SEAPI-UNAH “READECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DE EDIFICIO DE ODONTOLOGÍA, UNAH-VS” La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las empresas precalificadas en las Categorías 1 a la 6 para la Especialidad de Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2022-SEAPI-UNAH, que estén interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN No. 10-2023-SEAPI-UNAH, financiada con Fondos Nacionales propios de la UNAH, a presentar ofertas para la ejecución del proyecto “READECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DE EDIFICIO DE ODONTOLOGÍA, UNAH-VS”, ubicado en el Edificio de Odontología, contiguo al Edificio No. 3 en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras en el Valle de Sula, UNAH-VS, San Pedro Sula, Cortés. El proyecto tiene como objetivo principal mejorar el funcionamiento y la bioseguridad de las clínicas odontológicas de pregrado a través de la redistribución de las sillas Odontológicas, la implementación del sistema de succión, mejoras al sistema de energía, suministro de agua, drenaje y aire médico de las sillas odontológicas, así como la protección de radiaciones en los cuartos de rayos x. Incluye las siguientes actividades: Construcción de cuarto de bomba de succión, incluye fosa, instalaciones eléctricas y drenaje y la instalación de la bomba de succión propiedad de la UNAH; Redistribución de sillas odontológicas: Incluye la construcción de canales para ubicar los sistemas de succión, aire médico, agua potable, electricidad y drenaje; Cambio de piso y cielo falso en áreas de las clínicas; Construcción del cuarto temporal de desechos bio infecciosos; Instalación de lavamanos de pedal en clínica #1, #4 y #3 y Laboratorio; Instalaciones eléctricas, agua potable, aire médico, succión, drenaje listo para conectar sillas odontológicas, un total de 34 unidades; Cambio de aire acondicionado en clínicas #1 y #3; Mejoras en los baños de hombres y mujeres, reemplazo de divisiones y lavamanos; Plomado de paredes en área de rayos x, incluye tabla yeso plomado, puertas y cielo; Pintura en paredes, Reparación de techo 1er y 2do nivel; Cambio de ventanas en clínica #3 y #4. Las empresas podrán adquirir el Pliego de Condiciones de la Licitación sin costo alguno, previa presentación de la solicitud por escrito a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI-UNAH, y la presentación de una memoria USB para hacer entrega de los Pliegos de Licitación, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m a 3:30 p.m. Las ofertas deberán presentarse personalmente o mediante representante debidamente acreditado por escrito, dirigidas al Doctor Francisco José Herrera Alvarado, Rector a. i. de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras; deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta, EN ORIGINAL, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la apertura de las ofertas, por un monto en lempiras equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta global. La visita al sitio de las obras está programada para el día martes (28) de noviembre de 2023 a las 11:00 a.m. El punto de reunión será en el Edificio de Odontología, contiguo al Edificio No. 3 en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras en el Valle de Sula, UNAH-VS, San Pedro Sula, Cortés. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI-UNAH), Ciudad Universitaria, Tegucigalpa, Honduras, Tel. 2216 6100, 2216 5100, 2216 3000, 2216, 7000, Extensiones 110423, 110448, 110452 y 110550. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALVARADO RECTOR a. i. UNAH 9 D. 2023

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS UNAH República de Honduras INVITACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN No. 09-2023-SEAPI-UNAH “READECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DE SISTEMA ELÉCTRICO DE DISTRIBUCIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE ENERGÍA EN EDIFICIO B2, CIUDAD UNIVERSITARIA” La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las empresas precalificadas en las Categorías 1 a la 6 para la Especialidad de Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2022-SEAPI-UNAH, que estén interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN No. 09-2023-SEAPI-UNAH, financiada con Fondos Nacionales propios de la UNAH, a presentar ofertas para la ejecución del proyecto “RE ADECUACION Y MEJORAMIENTO DE SISTEMA ELECTRICO DE DISTRIBUCION Y TRANSFORMACION DE ENERGÍA EN EDIFICIO B2, CIUDAD UNIVERSITARIA”, ubicado en el Edificio B2, Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, UNAH, Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán. El proyecto consiste en la readecuación y mejoramiento del sistema eléctrico del Edificio B2, ubicado en Ciudad Universitaria, donde actualmente no se cuenta con la capacidad suficiente para realizar las instalaciones de equipos de climatización y equipos eléctricos y electrónicos varios, en los diferentes niveles del edificio. Se realizarán obras civiles, instalación de un transformador de 300 kva y obras asociadas para su conexión, se ampliar a la capacidad de suministro eléctrico al edificio y se instalarán paneles en diferentes niveles para ampliar la disponibilidad de conexión, mejorando la distribución de energía eléctrica, para permitir la conexión de los equipos requeridos por la Facultad en sus diferentes espacios. Las instalaciones están diseñadas bajo normativas del Código Eléctrico Nacional (NEC) y normativas eléctricas nacionales que garantizan las buenas prácticas de diseño e instalaciones de sistema energía de edificio. Las empresas podrán adquirir el Pliego de Condiciones de la Licitación sin costo alguno, previa presentación de la solicitud por escrito a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI-UNAH, y la presentación de una memoria USB para hacer entrega de los Pliegos de Licitación, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. Las ofertas deberán presentarse personalmente o mediante representante debidamente acreditado por escrito, dirigidas al Doctor Francisco José Herrera Alvarado, Rector a. i. de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras; deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta, EN ORIGINAL, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la apertura de las ofertas, por un monto en lempiras equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta global. La visita al sitio de las obras está programada para el día lunes (27) de noviembre de 2023 a las 10:00 am. El punto de reunión será en las oficinas de la SEAPI-UNAH, en el Piso No. 10 del Edificio Alma Mater de la Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, UNAH, Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI-UNAH), Ciudad Universitaria, Tegucigalpa, Honduras, Tel. 2216 6100, 2216 5100, 2216 3000, 2216 7000, Extensiones 110423, 110448, 110452 y 110550. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALVARADO RECTOR a. i. UNAH 9 D. 2023

Aviso de Licitación Pública República de Honduras INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE “CONTRATACIÓN DEL SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y ACCIDENTES PARA EMPLEADOS PERMANENTES DEL ICF A NIVEL NACIONAL POR EL PERIODIO DE 12 MESES” ICF-GA-LPN-003-2023 1.

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Licitación

Licitación No. ICF-GA-LPN-003-2023 — Contratación del Seguro Colectivo de Vida y Accidentes para Empleados Permanentes del ICF a Nivel Nacional por el Período de 12 Meses

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre

El INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL DE ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF), por este medio y en cumplimiento con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, invita a Potenciales Oferentes presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. ICF-GA-LPN-003-2023 “CONTRATACIÓN DEL SEGURO, COLECTIVO DE VIDA Y ACCIDENTES PARA EMPLEADOS PERMANENTES DEL ICF A NIVEL NACIONAL POR EL PERIODO DE 12 MESES”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a Ing. Annya Melissa Chávez, Gerente Administrativo del Instituto Nacional de Conservación y Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, en la dirección indicada al final de este Llamado, colonia Brisas de Olancho, 1 cuadra arriba de Gasolinera Uno, a partir del 21 de noviembre del 2023, en un horario de 8:00 am 4.00 pm, previo el pago de la cantidad no reembolsable de L.500.00 en efectivo. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu compras1”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas, Protegidas y Vida Silvestre, colonia Brisas de Olancho 1 cuadra arriba de Gasolinera Uno, Comayagüela. M.D.C., a más tardar a las 2.00 pm del 08 de enero del 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 pm del 8 de enero del 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Comayagüela, M.D.C., 21 de noviembre del 2023 Ing. Annya Melissa Chávez Gerente Administrativo del ICF 9 D. 2023

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS LPN-IP-023-2023 "REHABILITACIÓN Y REMODELACIÓN DE EDIFICIO NORTE, BARRIO LA BOLSA PARA MUSEO GEOGRÁFICO INTERACTIVO" 1.

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Licitación

Licitación No. LPN-IP-023-2023 — Rehabilitación y Remodelación de Edificio Norte, Barrio La Bolsa para Museo Geográfico Interactivo

Instituto de la Propiedad

El INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita a las empresas debidamente precalificadas en el proceso PRE- IP-001-2022 en las categorías 1, 2 y 3 Especialidad en Edificación en General e Intervenciones Menores, a participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-IP-023-2023 a presentar ofertas selladas para la "REHABILITACIÓN Y REMODELACIÓN DE EDIFICIO NORTE, BARRIO LA BOLSA PARA MUSEO GEOGRÁFICO INTERACTIVO". 2. El financiamiento para la realización del proceso proviene de fondos del tesoro nacional y cualquier otra fuente de financiamiento disponible. 3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación,a partir del día martes07de noviembre del año 2023 de 8:00 am a 4:00 p.m., por un valor no reembolsable de L 0.00, mediante solicitud escrita (física) presentada en el Departamento de Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, segundo nivel, Cuerpo Bajo C del

José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. De igual manera, podrán ser examinados en la página web www.hondu compras.gob.hn del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (Hondu Compras). La solicitud deberá indicar además el nombre completo y número de identificación de la persona que entregará la oferta en físico el día programado para su recepción y apertura. 5. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de la persona a quien deberá ir dirigido todo documento del presente proceso, como ser enmienda(s) y/o aclaración(es), entre otros, que surjan del mismo. No se considerará ningún documento base de la Licitación que no haya sido obtenido directamente del Instituto de la Propiedad y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ningún oferente que no esté inscrito en el registro oficial de participantes. 6. Las ofertas deberán presentarse de manera física a más tardar el martes (28) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el salón de reuniones del séptimo nivel, Cuerpo Bajo C del

, José Cecílio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; y, su apertura el mismo martes (28) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el salón de reuniones del séptimo nivel, Cuerpo Bajo C del

, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección citada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente a por lo menos al (2%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 07 de noviembre de 2023. LUCY IRACEMA SALGADO SUÁREZ SECRETARIA EJECUTIVA 9 D. 2023

AVISO DE LICITACION REPUBLICA DE HONDURAS IV ETAPA DE CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA DE LINEA DE CONDUCCION DE PIJOL DEL CASCO URBANO, MUNICIPIO DE MORAZAN, DEPARTAMENTO DE YORO LPN-MUNI-MORAZAN-2023-001 1.

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Licitación

Licitación No. LPN-MUNI-MORAZAN-2023-001 — IV Etapa de Construcción de Sistema de Agua de Línea de Conducción de Pijol del Casco Urbano, Municipio de Morazán, Departamento de Yoro

Municipalidad de Morazán, Departamento de Yoro

La MUNICIPALIDAD DE MORAZÁN, DEPARTAMENTO DE YORO invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-MUNI-MORAZÁN-2023-001 a presentar ofertas selladas para la IV ETAPA DE CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA DE LINEA DE CONDUCCION DE PIJOL DEL CASCO URBANO, MUNICIPIO DE MORAZÁN, DEPARTAMENTO DE YORO. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos municipales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Municipalidad de Morazán, Yoro, en la dirección indicada al final de este aviso, a partir del día viernes 01 de Diciembre de 2023 en un horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm, previo el pago de la cantidad no reembolsable de Dos Mil Lempiras exactos (L. 2,000.00), mediante recibo cancelado en la Tesorería de la Municipalidad de Morazán. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: Secretaria Municipal de Municipalidad de Morazán, Yoro, el correo electrónico oficial es municipalidad morazan yoro@gmail.com. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Secretaria Municipal del Municipio de Morazán, Yoro, ubicada frente al Parque Central del municipio de Morazán, a más tardar a la 01:00 pm del día viernes 22 de diciembre de 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:00 p.m. del día viernes 22 del mes diciembre de 2023. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al 2% del monto de su oferta. Municipalidad de Morazán, Yoro, 01 de diciembre de 2023 DENIS MAURICIO FUENTES HANDAL ALCALDE MUNICIPAL DE MORAZAN, YORO 9 D. 2023

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