Dictamen No. AL-160-DL-2023 — Dictamen Legal sobre readecuación de Estatutos del Partido Salvador de Honduras
Departamento de Asesoría Legal del Consejo Nacional Electoral
- Decreto: AL-160-DL-2023
- Publicación: 9 de diciembre de 2023
- Órgano emisor: Departamento de Asesoría Legal del Consejo Nacional Electoral
- Gaceta: 36,405
Considerandos
Que, el Partido Salvador de Honduras (PSH) en fecha quince (15) de octubre de dos mil veintidós (2022), celebró Asambleas Extraordinaria y Ordinaria para adecuar sus Estatutos a la Ley Electoral de Honduras y elegir sus autoridades en propiedad, respectivamente. En la Certificación del Acta número dos (02) de la Asamblea Ordinaria referente a la elección de sus Autoridades, puede observarse una disposición transitoria (Folio 06), que literalmente dice: “A efecto de cumplir con lo dispuesto en la Ley Electoral de Honduras el anterior nombramiento de las autoridades en propiedad a nivel Municipal, Departamental y Nacional del Partido Salvador de Honduras electos en la presente Asamblea, quedarán sujetos a la aprobación de parte del Consejo Nacional Electoral de los estatutos reformados y aprobados en la anterior Asamblea Extraordinaria”.
Que, el Partido Salvador de Honduras (PSH), reformó y adecuósusEstatutosenestrictocumplimientoaloestablecido en el artículo 315 de la Ley Electoral de Honduras, a excepción de la Declaración de Principios y Programas de Acción Política, sin embargo,
Texto completo
en fecha tres (03) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), se recibió el Dictamen Legal AL-160-DL-2023, proveniente del Departamento de Asesoría Legal, quien concluye lo siguiente: “…Esta Asesoría Legal y con la documentación de mérito, Dictamina PRIMERO: Favorable, la readecuación de los Estatutos del Partido Salvador de Honduras (PSH). SEGUNDO: Una vez que el Pleno de Consejeros del Consejo Nacional Electoral apruebe los Estatutos del Partido Salvador de Honduras (PSH) y sean publicados en el Diario Oficial la Gaceta, proceda a la Aprobación de sus Autoridades tal como los delegados lo han manifestado en la Certificación Acta Número dos (2) Asamblea Ordinaria de Delegados del Partido Salvador de Honduras (PSH) en la parte final DISPOSICIÓN TRANSITORIA que corre agregado en el folio seis (6) del expediente 786-2022 de este Organismo Electoral”. CONSIDERANDO (7): Que, el Partido Salvador de Honduras (PSH) en fecha quince (15) de octubre de dos mil veintidós (2022), celebró Asambleas Extraordinaria y Ordinaria para adecuar sus Estatutos a la Ley Electoral de Honduras y elegir sus autoridades en propiedad, respectivamente. En la Certificación del Acta número dos (02) de la Asamblea Ordinaria referente a la elección de sus Autoridades, puede observarse una disposición transitoria (Folio 06), que literalmente dice: “A efecto de cumplir con lo dispuesto en la Ley Electoral de Honduras el anterior nombramiento de las autoridades en propiedad a nivel Municipal, Departamental y Nacional del Partido Salvador de Honduras electos en la presente Asamblea, quedarán sujetos a la aprobación de parte del Consejo Nacional Electoral de los estatutos reformados y aprobados en la anterior Asamblea Extraordinaria”. CONSIDERANDO (8): Que, el Partido Salvador de Honduras (PSH), reformó y adecuósusEstatutosenestrictocumplimientoaloestablecido en el artículo 315 de la Ley Electoral de Honduras, a excepción de la Declaración de Principios y Programas de Acción Política, sin embargo,
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