Edicto No. 0801-2022-01747 — Demanda en Materia de Personal contra el Estado de Honduras - Secretaría de Relaciones Exteriores
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2022-01747
- Publicación: 11 de diciembre de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,406
Texto completo
tidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado HERMES FAUSTINO RAMIREZ AVILA apoderado legal del señor RICARDO LUIS SALGADO ARAUJO interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-01747.- Demanda en Materia de personal en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional.- Se interpone demanda contencioso Administrativo en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un Acuerdo de Cancelación No.567-SRH-2022 de un servidor del servicio exterior en la categoría de Vicecónsul de la representación consular de Honduras.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y la adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, entre ellas el derecho al reintegro.- Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo, mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos que ocurran durante el mismo, tales como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia.- Daño moral, habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos.- Petición.- Poder. VIKY MARIEL MONTOYA RUÍZ SECRETARIA, POR LEY 11 D. 2023 ___________________________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO