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11 de diciembre de 2023Vigente

Certificación No. 2023-611 — Resolución de Cancelación por No Uso de Marca Registrada - MEBLOQ

Instituto de la Propiedad - Dirección General de Propiedad Intelectual

  • Decreto: 2023-611
  • Publicación: 11 de diciembre de 2023
  • Órgano emisor: Instituto de la Propiedad - Dirección General de Propiedad Intelectual
  • Gaceta: 36,406

Considerandos

RESULTA SEXTO: RESULTA SÉPTIMO: RESULTA OCTAVO: CONSIDERANDO PRIMERO: CONSIDERANDO SEGUNDO: CONSIDERANDO

POR TANTO: RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la acción de cancelación por no uso del registro No.132633 de la marca denominada "MEBLOQ" clase internacional (5) a favor de la Sociedad Mercantil LUVECK MEDICAL CORPORATION.; acción presentada por la abogada MARIA LOURDES PERALTA, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil denominada PROFARMACO S,A., en virtud: Que según estudio realizado en la base de datos y libros de registro que para tal efecto lleva esta Oficina, la marca de fábrica "MEBLOQ" clase internacional (5). vigente hasta el 21 de abril del 2025. No ha pagado la tasa anual de mantenimiento ni ha sido rehabilitada por su propietario en el presente caso la sociedad titular de la marca objeto de la presente acción de cancelación no demostró que la marca estuvo o está en uso en el mercado o en los sectores pertinentes en los cuales se comercializan los productos, por lo tanto no le interesa conservar su marca. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución. Extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país. Cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas. De no cumplimentar lo precedente en el plazo de treinta (30) días. Según lo estipulado en el Artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se caducará de oficio el expediente contentivo de la cancelación. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio el Recurso de Reposición que resolverá esta oficina, en el término de 10 días después de notificada la Resolución. El Recurso de Apelación que deberá interponerse y formalizarse ante el órgano que dicto la Resolución dentro de los 3 días siguientes, debiendo remitirse los autos a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, Artículo 138 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 22 de la Ley de Propiedad.- NOTIFÍQUESE.- (S) (F) ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA.- REGISTRADOR LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 23 de noviembre del año 2023. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRADOR LEGAL 11 D. 2023 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REPÚBLICA DE HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE HERENCIA La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán al público en general y para efectos de Ley: HACE SABER: Que en este Juzgado de Letras Civil en el expediente número 0801-2022-01241-CV, se dictó sentencia en fecha treinta y uno de julio del año dos mil veintitrés (2023), que en su parte resolutiva dice: PARTE DISPOSITIVA. Este Juzgado de Letras Civil departamento de Francisco Morazán, en nombre de la República de Honduras y en aplicación de los artículos anteriormente relacionados, FALLA: PRIMERO: Declarar Herederos Ab-Intestato a los señores JELLY ONAN GALDAMEZ SER PAS, KATIA ANABEL LA GALDAMEZ SER PAS y MARIO ANTONIO GALDAMEZ SER PAS, de los bienes derechos y obligaciones de su difunto padre, el causante ERNESTO GALDAMEZ CARIAS (Q.D.D.G).-

Conceder la posesión efectiva de la herencia a los señores JELLY ONAN GALDAMEZ SER PAS, KATIA ANABEL LA GALDAMEZ SER PAS y MARIO ANTONIO GALDAMEZ SER PAS, sin perjuicio de otros herederos Ab-Intestato o testamentarios de igual o mejor derecho.-TERCERO: Asimismo, se le concede a la señora MARIA ISAURA SER PAS SERVELLON, como cónyuge sobreviviente, la cuarta porción conyugal que por derecho le corresponde.- CUARTO: Hacer las publicaciones de Ley en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier diario de mayor circulación en este departamento, o por carteles que se fijaran en tres de los parajes más frecuentados del lugar, durante quince días.- QUINTO: Transcurrido el término antes señalado se extienda a los interesados Certificación integra del presente fallo para que se hagan las Anotaciones, inscripciones y los trámites legales correspondientes.- Tegucigalpa, M.D.C., 23 de agosto del 2023.- ELISA BANEGAS SECRETARIA ADJUNTA NOTA: EL AVISO DE HERENCIA DEBE DE SER PUBLICADO EN LETRA GRANDE Y LEGIBLE COMO MINIMO LETRA NUMERO 10. AUTO ACORDADO 190-85 DE LA HONORABLE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- 11 D. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA La representante o Apoderado Legal: Tania Elizabeth Elvir Actuando en representación de la empresa: SYNGENTA CROP PROTECTION, S.A. Tendiente a que autorice la RENOVACION DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: BRAVONIL 72 SC Compuesto por los elementos: 72% Chlorothalonil Grupo al que pertenece: Cloronitrilo Clasificación toxicológica: "5" Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: SYNGENTAS.A./ COLOMBIA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2308-2855 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., jueves 23 de noviembre de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 D. 2023 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

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INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFICACIÓN PARA EFECTOS DE PUBLICACIÓN El infrascrito, Registrador de Propiedad Intelectual de la Dirección General de Propiedad Intelectual. CERTIFICA: Extracto de la Resolución No.2023-611 de fecha 13 de noviembre del 2023, que en su parte contundente dice: "VISTA: ... Para resolver la acción de cancelación por no uso del registro No.132633 de la marca denominada "MEBLOQ" clase internacional (5) a favor de la Sociedad Mercantil LUVECK MEDICAL CORPORATION.; acción presentada por la abogada MARIA LOURDES PERALTA, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil denominada PROFARMACO, S.A. RESULTA PRIMERO: RESULTA SEGUNDO: RESULTA TERCERO: RESULTA CUARTO: RESULTA QUINTO: RESULTA SEXTO: RESULTA SÉPTIMO: RESULTA OCTAVO: CONSIDERANDO PRIMERO: CONSIDERANDO SEGUNDO: CONSIDERANDO TERCERO: POR TANTO: RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la acción de cancelación por no uso del registro No.132633 de la marca denominada "MEBLOQ" clase internacional (5) a favor de la Sociedad Mercantil LUVECK MEDICAL CORPORATION.; acción presentada por la abogada MARIA LOURDES PERALTA, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil denominada PROFARMACO S,A., en virtud: Que según estudio realizado en la base de datos y libros de registro que para tal efecto lleva esta Oficina, la marca de fábrica "MEBLOQ" clase internacional (5). vigente hasta el 21 de abril del 2025. No ha pagado la tasa anual de mantenimiento ni ha sido rehabilitada por su propietario en el presente caso la sociedad titular de la marca objeto de la presente acción de cancelación no demostró que la marca estuvo o está en uso en el mercado o en los sectores pertinentes en los cuales se comercializan los productos, por lo tanto no le interesa conservar su marca. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución. Extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país. Cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas. De no cumplimentar lo precedente en el plazo de treinta (30) días. Según lo estipulado en el Artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se caducará de oficio el expediente contentivo de la cancelación. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio el Recurso de Reposición que resolverá esta oficina, en el término de 10 días después de notificada la Resolución. El Recurso de Apelación que deberá interponerse y formalizarse ante el órgano que dicto la Resolución dentro de los 3 días siguientes, debiendo remitirse los autos a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, Artículo 138 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 22 de la Ley de Propiedad.- NOTIFÍQUESE.- (S) (F) ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA.- REGISTRADOR LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 23 de noviembre del año 2023. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRADOR LEGAL 11 D. 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REPÚBLICA DE HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE HERENCIA La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán al público en general y para efectos de Ley: HACE SABER: Que en este Juzgado de Letras Civil en el expediente número 0801-2022-01241-CV, se dictó sentencia en fecha treinta y uno de julio del año dos mil veintitrés (2023), que en su parte resolutiva dice: PARTE DISPOSITIVA. Este Juzgado de Letras Civil departamento de Francisco Morazán, en nombre de la República de Honduras y en aplicación de los artículos anteriormente relacionados, FALLA: PRIMERO: Declarar Herederos Ab-Intestato a los señores JELLY ONAN GALDAMEZ SER PAS, KATIA ANABEL LA GALDAMEZ SER PAS y MARIO ANTONIO GALDAMEZ SER PAS, de los bienes derechos y obligaciones de su difunto padre, el causante ERNESTO GALDAMEZ CARIAS (Q.D.D.G).- SEGUNDO: Conceder la posesión efectiva de la herencia a los señores JELLY ONAN GALDAMEZ SER PAS, KATIA ANABEL LA GALDAMEZ SER PAS y MARIO ANTONIO GALDAMEZ SER PAS, sin perjuicio de otros herederos Ab-Intestato o testamentarios de igual o mejor derecho.-TERCERO: Asimismo, se le concede a la señora MARIA ISAURA SER PAS SERVELLON, como cónyuge sobreviviente, la cuarta porción conyugal que por derecho le corresponde.- CUARTO: Hacer las publicaciones de Ley en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier diario de mayor circulación en este departamento, o por carteles que se fijaran en tres de los parajes más frecuentados del lugar, durante quince días.- QUINTO: Transcurrido el término antes señalado se extienda a los interesados Certificación integra del presente fallo para que se hagan las Anotaciones, inscripciones y los trámites legales correspondientes.- Tegucigalpa, M.D.C., 23 de agosto del 2023.- ELISA BANEGAS SECRETARIA ADJUNTA NOTA: EL AVISO DE HERENCIA DEBE DE SER PUBLICADO EN LETRA GRANDE Y LEGIBLE COMO MINIMO LETRA NUMERO 10. AUTO ACORDADO 190-85 DE LA HONORABLE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- 11 D. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA La representante o Apoderado Legal: Tania Elizabeth Elvir Actuando en representación de la empresa: SYNGENTA CROP PROTECTION, S.A. Tendiente a que autorice la RENOVACION DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: BRAVONIL 72 SC Compuesto por los elementos: 72% Chlorothalonil Grupo al que pertenece: Cloronitrilo Clasificación toxicológica: "5" Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: SYNGENTAS.A./ COLOMBIA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2308-2855 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., jueves 23 de noviembre de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 D. 2023

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO