Acuerdo Ministerial No. SAG-067-2023 — Contingente de Importación de Maíz Blanco por Incumplimiento de Contratos
Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
1.
Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.
2.
Que en fecha 24 de marzo de 2022, se suscribió el Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos entre la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano (DEMAHSA, IMSA, MATURAVE, ALBECASA), la Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras (FENAGH), Asociación Nacional de Productores de Granos Básicos (PROGRANO), el Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras (COCOCH), Unión de Organizaciones de Productores Agropecuarios Oriente Limitada (UNOPROL), Asociación de Productores Agrícolas Negriteños (APRANE), Asociación de Productores de Maíz de Honduras (APROMAIZH) y por el Gobierno de la República las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo Económico (SDE), elevado Acuerdo Ejecutivo No. SAG-125-2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de mayo de 2022.
3.
Que el Acuerdo No. SAG-125-2022, establece en el Numeral 2, Literal b), lo siguiente: “En el caso de que las empresas de Industria de Harinas de Maíz y Alimentos para Consumo Humano al primer Corte de las compras establecido en Literal e), del Numeral 13 del presente Convenio, se constata que no recibió el grano EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 contratado por las siguientes causales: mala calidad de grano, por no lograr los rendimientos proyectados, inestabilidad de precio en el mercado nacional, altos costos de insumos y fertilizantes, dichos contratos servirán de sustento para realizar el Análisis de Incumplimiento de Contratos, para la apertura de un contingente de importación al cero (0%) por ciento de arancel...”. Asimismo, en el Literal d) del precitado Numeral, expresa: “... El Ente Contralor debe presentar el Informe de Incumplimiento de Contratos a la Comisión de Supervisión para su revisión y recomendaciones. Dicho informe servirá de sustento técnico para que la SAG y SDE aprueben y autoricen el contingente de importación de maíz blanco por incumplimiento de contratos. La asignación del contingente debe ser conforme a la cantidad incumplida en relación al compromiso de compra de cada empresa, más la relación de importación vigente del requisito desempeño que dejo de percibir la empresa...”.
4.
Que en las fechas 07 de febrero de 2023 y 10 de marzo de 2023, se reunió la Comisión de Supervisión del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos, para revisar y dar las recomendaciones pertinentes al Informe de Incumplimiento de Contratos presentado por la Empresa AGROBOLSA (Ente Contralor); dicho Informe se da por recibido por las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo Económico (SDE).
5.
Que en fecha 23 de marzo de 2023, la SAG y SDE, dan por aprobado el Informe de Incumplimiento de Contratos presentado por la Empresa AGROBOLSA (Ente Contralor), por consiguiente y con base al informe antes referido autorizan la apertura del Contingente de Importación por Incumplimiento de Contratos, por la cantidad de 61,767.02 Tm, de maíz blanco, con un DAI del cero por ciento (0%) de arancel; conforme a las condiciones establecidas en Ley.
Articulo 1
En el marco del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos (Acuerdo No. SAG-125-2022) y con base al Informe de Incumplimiento de Contratos presentado por el Ente Contralor (AGROBOLSA), aprobado por el Gobierno a través de la SAG y SDE; se solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico, establecer un Contingente de Importación de Maíz Blanco por Incumplimiento de Contratos por la Cantidad de Sesenta y Un Mil Setecientos Sesenta y Siete Punto Cero Dos Toneladas Métricas (61,767.02 TM), clasificado en la partida arancelaria SAC.1005.90.30.00, con un DAI del cero por ciento (0%), con una vigencia comprendida del 27 de marzo al 31 de diciembre de 2023. A continuación, se detalla las empresas beneficiarias y la cantidad que les corresponde:
Articulo 2
En el caso de la empresa Alimentos y Bebidas de Centroamérica, S.A. de C.V. (ALBECASA), según Informe de Incumplimiento de Contratos, no presento ningún contrato incumplido, por consiguiente, no se incluye en la asignación de este Contingente.
Articulo 3
Las empresas nominadas en el Ordinal Primero, podrán realizar la importación del volumen asignado de maíz blanco de manera total o parcial de cualquier procedencia, para lo cual deberán presentar la solicitud de los Certificados de Importación correspondientes ante la Secretaría de General de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Articulo 4
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. COMUNÍQUESE: LAURA ELENA SUAZO TORRES Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería HENRY ALEXIS MENDOZA ZELAYA Secretario General 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 80 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; Acuerdo Ejecutivo SAG-125- 2022. ACUERDA:
Acuerdo Ministerial No. SAG-077-2023 — Certificados para Importación de Maíz Blanco - Segundo Corte Cosecha 2022-2023
Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
1.
Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.
2.
Que en fecha 24 de marzo de 2022, se suscribió el Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos entre la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano (DEMAHSA, IMSA, MATURAVE, ALBECASA), la Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras (FENAGH), Asociación Nacional de Productores de Granos Básicos (PROGRANO), el Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras (COCOCH), Unión de Organizaciones de Productores Agropecuarios Oriente Limitada (UNOPROL), Asociación de Productores Agrícolas Negriteños (APRANE),Asociación de Productores de Maíz de Honduras (APROMAIZH) y por el Gobierno de la República las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo Económico (SDE), elevado Acuerdo Ejecutivo No. SAG-125-2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de mayo de 2022.
3.
Que en el Numeral 12, del Acuerdo Ejecutivo No. SAG-125-2022, establece lo siguiente: “La relación de compra/importación de maíz blanco (1005.90.30.00.) será por un (1) quintal de maíz blanco comprado a nivel nacional derecho a importar dos (2) quintal de maíz blanco (1x2 QQ), esta relación estará vigente para el período comprendido del 28 de enero de 2022 al 31 agosto de 2023…” CONSIDERANDO: En el marco del Acuerdo No. SAG- 125-2023, se solicitó a la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE), establecer un Contingente de Importación de Maíz Blanco por Incumplimiento de Contratos, tomando en consideración las recomendaciones de la Comisión de Supervisión del referido convenio, tomando como base el Informe de Incumplimientos de Contratos presentado por la Empresa AGROBOLSA(Ente Contralor), y autorizado por las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo Económico (SDE), mediante Acuerdo No.SAG-067-2023 de fecha 27 de marzo de 2023. Asimismo, en el referido informe contempla que las compras realizadas del 01 de enero al 10 de marzo de 2023, por la cantidad de 148,859.48 quintales corresponden al segundo corte, dichas compras serán revisadas y autorizadas tal como lo establece el Acuerdo SAG-125-2022; dicha resolución consta en el Acta No.078-2023, misma que fue aprobada en la reunión celebrada el 10 de marzo de 2023, con la Comisión de Supervisión del referido Convenio.
4.
Que en fecha 24 de abril de 2023, se reunió la Comisión de Supervisión del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos (Maíz Blanco), en donde la Empresa AGROBOLSA (Ente Contralor), presentó el informe de compras de maíz blanco del período comprendido del 01 de enero al 10 de marzo de 2023 del Segundo Corte de la Cosecha 2022-2023, realizadas por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimento para Consumo Humano, siendo aprobado por la Comisión Supra mencionada.
Articulo 1
En el marco del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos (Acuerdo No. SAG-125-2022) y con base al Informe de las Compras de maíz realizadas por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz y Alimento para Consumo Humano, del 01 de enero al 10 marzo del 2023 de la cosecha 2022-2023, presentado por el Ente Contralor (AGROBOLSA) y aprobado por la Comisión de Supervisión del referido Convenio; se solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial, proceda a la emisión de los Certificados para la Importación de Maíz Blanco, clasificados en las partidas arancelarias SAC. 1005.90.30.00 respectivamente, con un DAI del cero por ciento (0%), con vigencia hasta 31 de diciembre del 2023, tal como lo establece el Numeral 13, Literal e) del convenio antes mencionado, a las siguientes empresas:
Articulo 2
En el caso de la Empresa ALBECASA, según el Informe de Compras del Segundo Corte de la Cosecha 2022- 2023, no realizó ninguna compra, por consiguiente, no gozará del derecho de importar maíz blanco en este corte.
Articulo 3
Las empresas nominadas en el Ordinal Primero, podrán realizar la importación del volumen asignado de maíz blanco de manera total o parcial a su conveniencia, para lo cual deberán presentar la solicitud de los Certificados de Importación correspondientes ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE).
Articulo 4
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. COMUNÍQUESE: LAURA ELENA SUAZO TORRES Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería HENRY ALEXIS MENDOZA ZELAYA Secretario General Alimento para Consumo Humano, del 01 de enero al 10 marzo del 2023 de la cosecha 2022- 2023, presentado por el Ente Contralor (AGROBOLSA) y aprobado por la Comisión de Supervisión del referido Convenio; se solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial, proceda a la emisión de los Certificados para la Importación de Maíz Blanco, clasificados en las partidas arancelarias SAC. 1005.90.30.00 respectivamente, con un DAI del cero por ciento (0%), con vigencia hasta 31 de diciembre del 2023, tal como lo establece el Numeral 13, Literal e) del convenio antes mencionado, a las siguientes empresas:
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
1.
Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 446-2022 de fecha doce (12) de octubre del año dos mil veintidós (2022), a partir del tres (3) de mayo del año dos mil veintitrés (2023).
2.
El presente Acuerdo Ejecutivo debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
3.
Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
Articulo 1
Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 446-2022 de fecha doce (12) de octubre del año dos mil veintidós (2022), a partir del tres (3) de mayo del año dos mil veintitrés (2023).
Articulo 2
El presente Acuerdo Ejecutivo debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
Articulo 3
Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
Acuerdo Ejecutivo No. 118-2023 — Nombramiento de Director Ejecutivo del Programa de la Red Solidaria
Presidencia de la República
1.
Nombrar al ciudadano José Carlos Cardona Erazo, en carácter Ad honorem, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa de la Red Solidaria.
2.
El ciudadano Cardona Erazo, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión.
3.
El presente Acuerda Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.
Articulo 1
Nombrar al ciudadano José Carlos Cardona Erazo, en carácter Ad honorem, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa de la Red Solidaria.
Articulo 2
El ciudadano Cardona Erazo, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión.
Articulo 3
El presente Acuerda Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. ACUERDA: Aprobar el siguiente REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN DE PARTIDOS POLÍTICOS TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: Sección “B” REPÚBLICA DE HONDURAS Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia
Licitación No. DNII-LPN02-2023 — Licitación Pública Nacional para Adquisición de Insumos Alimenticios
Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia
AVISO INVITACIÓN A LICITAR La Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), invita a todas las Personas Naturales o Jurídicas, legalmente constituidas, interesadas a participar en la realización del proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO DNII-LPN02-2023, con financiamiento de fondos propios, a fin de suscribir un Contrato para la Adquisición de “INSUMOS ALIMENTICIOS PARA LA DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION E INTELIGENCIA”.- Las Bases de Licitación podrán ser retiradas por los interesados en la Secretaría General de la DNII, ubicada en el Edificio principal, Aldea el Ocotal, Carretera al Primer Batallón, contiguo a Gasolinera Texaco, Comayagüela, Municipio del Distrito Central, República de Honduras; a partir del día lunes veintiséis (26) de Junio al día viernes treinta (30) de Junio del año dos mil veintitrés (2023), en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., debiendo pagar la cantidad de QUINIENTOS LEMPIRAS (L.500.00) NO REEMBOLSABLES, mediante Recibo de Pago TGR-1 con código 12121, a nombre de la Secretaría de Finanzas, para ser inscritos en el registro de participantes.- La presentación de las Ofertas será a las 8:50 a.m. y la Apertura será a las 9:00 a.m., ambas el día lunes diez (10) de Julio del año dos mil veintitrés (2023), en el Edificio de la DNII, Salón de Sesiones.- Todas las Ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía Bancaria de Mantenimiento de Oferta por un monto equivalente al dos por ciento (2%) del precio total de la oferta. El contacto para el proceso de Licitación Pública Nacional será la Secretaría General, teléfono 2280- 9095, correo electrónico: legal@dnii.gob.hn. Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia 22 J. 2023
Licitación No. PRONADERS-LPN-GC-001-2023-OBRAS — Licitación Pública Nacional para Construcción de Casas Malla y Sistemas de Riego
Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS)
AVISO DE LICITACION PUBLICA República de Honduras Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) PRONADERS-LPN- GC-001-2023-OBRAS. “CONSTRUCCION DE CASAS MALLA Y SISTEMAS DE RIEGO EN LOS DEPARTAMENTOS DE CORTÉS, VALLE, OCOTEPEQUE, FRANCISCO MORAZÁN, COLÓN, COMA YAGUA, EL PARAISO, LEMPIRA.” 1.
Licitación No. PRONADERS-LPN-GC-002-2023-SUMINISTRO — Adquisición de Herramientas, Materiales e Insumos Agrícolas del Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible
Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS)
El Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional: PRONADERS-LPN-GC-001-2023-OBRAS a presentar ofertas selladas para la “CONSTRUCCION DE CASAS MALLA Y SISTEMAS DE RIEGO EN LOS DEPARTAMENTOS DE CORTÉS, VALLE, OCOTEPEQUE,FRANCISCO MORAZÁN,COLÓN, COMA YAGUA, EL PARAÍSO Y LEMPIRA.” 2. El financiamiento para la realización del proyecto proviene exclusivamente de fondos nacionales. 3. El proceso de Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación Pública por medio de solicitud escrita a la Gerencia Administrativa, Licenciado Christopher Cruz Fúnez, teléfono (504) 2242-8372,
, Torre 1, 5to. Piso de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., previo el pago a la Tesorería General de la República de la cantidad no reembolsable de L 300.00, a favor de Institución 144 PRONADERS, Rubro 15101 Venta de Impresos. 4.1 Únicamente los Precalificados en PRONADERS categoría de Infraestructura Productiva podrán participar. IAO 5.1 del Documento Base. 5. Las ofertas deberán de presentarse a la siguiente dirección:
, Torre 1, 5to. piso Departamento de Contrataciones y Adquisiciones, a más tardar el lunes 26 de junio de 2023 a las 10:00 a.m., las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los oferentes o sus representantes que deseen asistir a la dirección indicada. Todas las ofertas deberán de ser acompañadas de un Garantía y/o Fianza de Mantenimiento de Oferta por un monto equivalente al 2% del monto ofertado Tegucigalpa, M.D.C., 08 de junio de 2023 Ing. DIEGO ANDRES UMANZOR SARAVIA Director Ejecutivo PRONADERS 22 J. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.
Edicto No. 0801-2023-00027 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - Marlen Yamilec García
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de enero del dos mil veintitrés (2023), se promovió la demanda por parte de la señoras MARLEN YAMILEC GARCIA, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801- 2023- 00027, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ADUANAS-DE-GNGTH-158-2022 de fecha 30 de noviembre del año 2022. Declarar la ilegalidad del acto y su nulidad, que se reconozca una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto.-y como medida para el restablecimiento de mi derecho subjetivo violado se condene al reintegro al trabajo.- pago de salarios caídos.- el reconocimiento de beneficios colaterales causados.- pago retroactivo de incrementos salariales aprobada por el gobierno.- incrementos salariales y demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio.- pago de la aportaciones al sistema previsional INJUPEMP.- se acompañan documentos.- costa.- poder.- Abg. Hamelin Fanuel Ávila García SECRETARIO (A) 22 J. 2023
Resolución No. 216-6/2023 — Ampliación de plazo para adecuación de sistemas ACH PRONTO
Directorio del Banco Central de Honduras
1.
Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 342 de la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH), tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada, por lo que el BCH, según el Artículo 2 de su Ley Constitutiva, tiene por objeto velar por el mantenimiento del valor interno y externo de la moneda nacional y propiciar el normal funcionamiento del sistema de pagos, con tal fin formulará, desarrollará y ejecutará la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
2.
Que de acuerdo con los artículos 6 y 16 de la Ley del BCH, le corresponde al Directorio de esta Institución formular, desarrollar y dirigir la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, de acuerdo con lo establecido en su Ley Orgánica y emitir la normativa correspondiente, así como velar por el normal funcionamiento del sistema pagos y emitir la normativa que regule dicho sistema; asimismo, de acuerdo con el Artículo 29 de la Ley de Sistemas de Pago y Liquidación de Valores, corresponde a esta Institución emitir los reglamentos y aprobar las normas internas de funcionamiento necesarias de cada uno de los sistemas de pago y de liquidación de valores.
3.
Que los sistemas de pagos son esenciales para asegurar el buen funcionamiento de los mercados financieros y de la economía en general, por lo que es conveniente dictar normas orientadas a propiciar una adecuada operación de tales sistemas, de manera que se asegure el cumplimiento de los principios y estándares internacionales.
4.
Que mediante Resolución No.97- 3/2023 del 16 de marzo de 2023, este Órgano Colegiado aprobó las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO, con el objeto de regular las operaciones electrónicas que se realizan a través de ese sistema, así como las responsabilidades de los participantes directos e indirectos de acuerdo con dicha normativa y demás leyes vigentes aplicables en la materia.
5.
Que el Artículo 57 de las referidas Normas establece que las mismas entrarían en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta” y éstas fueron publicadas el 12 de abril de 2023.
6.
Que el Centro de Procesamiento Interbancario, S.A. (Ceproban), mediante nota del 11 de abril de 2023, solicitó al BCH otorgar a los bancos un período de tres (3) meses, a partir de la publicación de las Normas Operativas de la ACH PRONTO en el Diario Oficial “La Gaceta”, para que cumplan con lo establecido en los artículos 16 numerales 4 y 7; 21 y 25, numerales 2 y 5 de dichas Normas.
7.
Que la Gerencia, vista la opinión del Departamento de Sistema de Pagos, mediante memorándum SP- 1583/2023 del 26 de mayo de 2023, ha recomendado a este Directorio que es técnicamente procedente ampliar hasta el 31 de julio de 2023, el plazo para que los participantes de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO adecúen sus sistemas internos para cumplir con lo estipulado en las Normas Operativas del referido sistema.
Resolución No. 56-2/2021 — Régimen de encaje y inversiones obligatorias en instituciones del sistema financiero
Directorio del Banco Central de Honduras
pasivos en moneda extranjera sujetos a encaje se realizarán en forma directa y estarán representadas en dólares de los Estados Unidos de América, en cuentas de inversión de registro contable que llevará el Banco Central de Honduras a favor de cada institución. 2. Los saldos de las cuentas de inversión obligatoria devengarán un rendimiento anual equivalente al promedio catorcenal de la tasa Secured Overnight Financing Rate (SOFR, por sus siglas en inglés). El rendimiento se aplicará a los saldos promedios de inversión del período catorcenal correspondiente y estará sujeto al régimen tributario vigente. Cuando la tasa SOFR resulte negativa, dichas cuentas de inversión no estarán sujetas a remuneración. El exceso sobre la posición de inversiones obligatorias no devengará ningún rendimiento. 3. No se admitirán compensaciones en caso de déficit en el requerimiento de encaje establecido por el Directorio del Banco Central de Honduras; de igual forma, no se permitirán compensaciones en caso de déficit en el requerimiento de inversiones obligatorias. 4. Derogar la Resolución No.56-2/2021, emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras el 10 de febrero de 2021. 5. Comunicar esta resolución a las instituciones del sistema financiero para su cumplimiento y a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para los fines pertinentes. 6. La presente resolución es de ejecución inmediata y entrará en vigencia a partir de la segunda catorcena de junio de 2023 y deberá publicarse en El Diario Oficial La Gaceta. … Firmas.- REBECA P. SANTOS, PRESIDENTE.- MIGUEL DARIO RAMOS LOBO, VICEPRESIDENTE.- RINA MARÍA OLIVA BRIZIO, DIRECTORA.- GUSTAVO ADOLFO FONSECA DUBÓN, SECRETARIO». Y para los fines pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los ocho días del mes de junio de dos mil veintitrés. Gustavo Adolfo Fonseca Dubón Secretario del Directorio 22 J. 2023
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O
Aviso — Demanda de nulidad de acto administrativo en materia de personal - Emil Allan Padgett Morales
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de octubre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado WILMWER GEOVANY DIAZ QUINTANILLA, apoderado legal del señor EMIL ALLAN PADGETT MORALES, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales, con orden de ingreso 0801-2022-01759 incoando demanda que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser corforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico con quebrantamiento de las formalidades esenciales, establecidas en la Ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante, sentencia definitiva el reintegro al cargo de Médico General en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales, reconocimiento de la antigüedad laboral desde el inicio de la relación laboral, y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal, hasta el momento en que se quede firme la sentencia definitiva condenatoria.- Reajustes salariales conforme al Estatuto del Médico Empleado e incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto el cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como: decimo tercer mes y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación.judicial.- Se acompañan documentos.- Poder.- Y devolución.- Relacionado con el Acuerdo de Cancelación 266-C-2022 de fecha 12 de octubre del 2022. LIC. CINTHIA G. CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 22 J. 2023. DESARROLLO ECONÓMICO Gobierno de la República
Certificación No. 258-2023 — Licencia de Distribuidor No Exclusivo - Droguería Guardado, S. de R.L. de C.V.
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO. otorgada mediante Resolución Número 258-2023 de fecha 24 de febrero del año 2023, mediante carta de autorización de distribuidor no exclusivo de fecha 20 de octubre del año 2022, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes. Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la sociedad mercantil denominada DROGUERIA GUARDADO, S. DE R.L. DE C.V., como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente BALAXI HEALTHCARE HONDURAS, S. DE R.L. de nacionalidad hondureña, para distribuir todos los productos fabricados por la empresa concedente, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, POR TIEMPO DEFINIDO, hasta el 24 de febrero del 2028. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior. Delegado mediante Acuerdo No. 141-2022. NANCY JULISSA ROMERO REYES, Encargada de Secretaria General, Acuerdo No. 043-2023. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticinco días del mayo del año dos mil veintitrés. NANCY JULISSA ROMERO REYES Encargada de Secretaría General Acuerdo No. 043-2023 22 J. 2023
Aviso — Demanda de nulidad de actos administrativos en materia de personal - Cerrato Bautista, Medina Castellanos, Amaya Montalván
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de septiembre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado Wilmer Geovany Díaz Quintanilla, en su condición de representante legal de las señoras Sonia Angelica Cerrato Bautista, Nimia Consuelo Medina Castellanos y Karla Sarahi Amaya Montalván, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, con orden de ingreso No.0801- 2022-01417, para que se declare la nulidad de los actos administrativos de carácter particular en materia de personal siguientes:
1)
ACUERDO No. STSS-489-2022, de fecha treinta (30) de agosto del 2022,
2)
ACUERDO No. STSS- 498-2022, de fecha treinta y uno (31) de agosto del 2022 y
3)
ACUERDO No. SETRASS-505-2022, de fecha treinta (30) de agosto del 2022, todos emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de los titulares de los derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos,se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a sus puestos de trabajo u otro de igual o mejores condiciones en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en las que se efectuaron las cancelaciones a mis representadas de manera ilegal, hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria.- Reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fueron canceladas ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante e1 mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salarios, vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio en primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. Se acompañan documentos.- Poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 22 J. 2023
Convocatoria — Convocatoria a Vista Pública Administrativa Catastral - Asentamientos en Olanchito, Yoro
Instituto de la Propiedad - Dirección General de Regulación Predial
CONVOCATORIA El Instituto de la Propiedad a través de la Dirección General de Regulación Predial (DGRP) de conformidad a lo establecido en los artículos 64 y 67 de la Ley de la Propiedad, emitida por el Congreso Nacional según Decreto 82-2004 y en apego a lo establecido en el Artículo 55 reformado de la Ley de Propiedad mediante Decreto Número 390-2013, por este medio CONVOCA: A todos los vecinos tenedores(as) de tierras comprendidas en los asentamientos humanos que se detallan a continuación al proceso de VISTA PÚBLICA ADMINISTRATIVA CATASTRAL con el propósito de que los propietarios o poseedores de inmuebles en dicho asentamiento se presenten en un periodo dentro de 30 días calendario a verificar la información catastral existente y solicitan la corrección de errores u omisiones en que se hubiera incurrido:
Lugares de atención a los usuarios: • Instalaciones del Centro Comunal Profesora Julia Elena Banegas, Bálsamo Oriental, Olanchito, Yoro. • Instalaciones de Centro Comunal de la Comunidad de San Carlos, Olanchito, Yoro. Fechas de desarrollo de la Vista Pública Administrativa: • Del sábado 01 de julio de 2023 al domingo 30 de julio de 2023. Horario de Atención: De lunes a domingo de 8:00 am a 5:00 pm Artículo 55 de la Ley de Propiedad, reformado mediante el Decreto 390-2013 Toda propiedad inmueble dentro del territorio de la República de Honduras debe estar georreferenciada. Los titulares de dichos inmuebles tienen la obligación de proporcionar la información necesaria y el auxilio gratuito que les sea requerido para el cumplimiento de este fin. Artículo 64 de la Ley de Propiedad El Instituto de la Propiedad (IP) antes de que se declare catastrada una zona o área territorial exhibirá la información catastrada levantada con sus correspondientes planos y mapas incluyendo la lista de inmuebles y los nombres de los presuntos propietarios y poseedores a través de una Vista Pública Administrativa. El inicio de la Vista Pública Administrativa será publicado con antelación en el Diario Oficial “La Gaceta”, en un diario de mayor circulación, en avisos fijados en parajes públicos más frecuentados de los lugres en los que se realice el proceso y por lo menos un medio electrónico de la comunicación masiva. Les hará la advertencia que, de no concurrir a las oficinas habilitadas al efecto, dentro de los treinta días siguientes a la primera publicación, solicitando la corrección de errores y omisiones de la información pública, la misma se tendrá por exacta y válida. Artículo 67 de la Ley de Propiedad Una vez realizada la Vista Pública Administrativa y agotado el proceso de validación del levantamiento Catastro Registral de una zona catastral, el Instituto de la Propiedad (IP) procederá a declarar la zona como “Zona Catastrada”. Para los predios catastrados regulares se abrirá el folio real correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de junio de 2023 Abogado O Neill Toledo Orellana Director General de Regularización Predial Instituto de la Propiedad 22 J. 2023
AVISO DE LICITACION PÚBLICA República de Honduras Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) PRONADERS-LPN- GC-002-2023-SUMINISTRO. “ADQUISICIÓN DE HERRAMIENTAS, MATERIALES E INSUMOS AGRÍCOLAS” DEL PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE.
1)
El Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Publica Nacional: PRONADERS-LPN- GC-002-2023-SUMINISTRO a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE HERRAMIENTAS, MATERIALES E INSUMOS AGRÍCOLAS” DEL PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE.
2)
El financiamiento para la realización del proyecto proviene exclusivamente de fondos nacionales.
3)
El proceso de Licitacion se efectuará conforme a los procedimientos de Licitacion Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
4)
Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación Publica por medio de solicitud escrita a la Gerencia Administrativa, Licenciado Christopher Cruz Fúnez, telefono (504) 2242-8372,
, Torre 1, 5to. Piso de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., previo el pago a la Tesorería General de la República de la cantidad no reembolsable de L 300.00, a favor de Institución 144 PRONADERS, Rubro 15101 Venta de Impresos.
5)
Las ofertas deberán de presentarse a la siguiente dirección:
,Torre1,5to.piso Departamento de Contrataciones y Adquisiciones a más tardar el día lunes 17 de julio de 2023 a las 10:00 a.m., las ofertas que se reciban fuera de plazo seran rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los oferentes o sus representantes que deseen asistir a la dirección indicada. Todas las ofertas deberán de ser acompañadas de una Garantía y/o Fianza de mantenimiento de oferta por un monto equivalente al 2% del monto ofertado. Tegucigalpa, M.D.C., 05 de junio de 2023. Ing. DIEGO ANDRES UMANZOR SARAVIA Director Ejecutivo PRONADERS 22 J. 2023
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN QJTEC QJ TECHNOLOGY
G)
H)
Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “QJTEC QJ TECHNOLOGY” EN SU FORMA CONJUNTA Y LA APARIENCIA DE LA ETIQUETA, SIN DAR EXCLUSIVIDAD A LA PALABRA “TECHNOLOGY” CONTENIDA EN LA DENOMINACIÓN.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Motocicletas; bicicletas eléctricas, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J, y 7 J 2023.
Certificación No. 2022-1825 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - GLYBET
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-1825 Fecha de presentación: 2022-04-07 Fecha de emisión: 30 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: JILOCA INDUSTRIAL, S.A. Domicilio: Antigua Azucarera, sin; 44360, SANTA EULALIA DEL CAMPO, (TERUEL), ESPAÑA.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA
E)
CLASE INTERNACIONAL (1)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GLYBET
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para la industria, agricultura, la horticultura y la silvicultura; compost, abonos, fertilizantes; preparaciones biológicas para la industria y la ciencia, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J, y 7 J 2023.
Certificación No. 2022-4612 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - WONDERLAND
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4612 Fecha de presentación: 2022-08-05 Fecha de emisión: 20 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: BaYi Rubber Co., Ltd Domicilio: No. 1529 Tian’an Yi Road, Zaozhuang Hightech Industrial Development Zone of Shandong, China.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA
E)
CLASE INTERNACIONAL (12)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN WONDERLAND
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Neumático para automóviles; cámaras de aire para neumáticos de bicicleta; cubiertas para neumáticos; neumáticos de bicicleta; neumáticos; bandajes macizos para ruedas de vehículos; cubiertas de neumáticos para vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J, y 7 J 2023.
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NANO VISTA #indestructible
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege ‘’NANO VISTA #indestructible” y la apariencia de la etiqueta. No se protege el término “#Indestructible” por considerarse descriptivo de los productos de que se trate.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Aparatos ópticos de aumento y correctores; gafas para niños; estuches para gafas de niño; cadenas para gafas y para gafas de sol; gafas correctoras; gafas de sol; monturas de gafas; monturas de plástico para gafas; monturas de metal y plástico combinados para gafas; monturas de gafas hechas de metal y materiales sintéticos; patillas para gafas; fundas para gafas; cordones para gafas; monturas de gafas y gafas de sol; estuches para gafas y gafas de sol, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J, y 7 J 2023. Marcas de Fábrica
Certificación No. 2022-4050 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - SANOFI
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4050 Fecha de presentación: 2022-07-08 Fecha de emisión: 19 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: SANOFI Domicilio: 54, Rue La Boétie, 75008, Paris Francia.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa
D)
APODERADO LEGAL SONIA URBINA
E)
CLASE INTERNACIONAL (16)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Papel, cartulina y productos hechos de estos materiales, artículos de cartulina, bolsas, sobres, papel para empacar, etiquetas, cosas impresas, públicaciones, circulares, periódicos, revistas, boletines, folletos, libros, material de instrucciones y enseñanzas (excepto aparatos), todo, estos productos tomados de los campos de salud y medicina, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J 2023.
Certificación No. 2023-115 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - EMPRESAS ADOC, S.A. DE C.V.
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-115 Fecha de presentación: 2023-01-05 Fecha de emisión: 15 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: EMPRESAS ADOC, S.A. DE C.V. Domicilio: Calle Monte carmelo #800, Soyapango, San Salvador, El Salvador.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa
D)
APODERADO LEGAL ANNY PAOLA RAMOS
E)
CLASE INTERNACIONAL (18)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Cuero y cuero de imitación; cinchos, cinturones, carteras, bolsas y billeteras de cuero o cuero de imitación; pieles de animales; artículos de equipaje, mochilas y bolsas de transporte; paraguas y sombrillas; bastones; fustas; arneses y artículos de guarnicionería; collares, correas y ropa para animales, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J 2023.
Certificación No. 2022-7573 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - PROKPIL
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-7573 Fecha de presentación: 2022-12-14 Fecha de emisión: 13 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: CARLOS ARTURO ACEVEDO LOPEZ. Domicilio: AVENIDA 6 A NORTE NO. 25N-22 PISO 4, EDIFICIO NEXXUS 25 Valle del Cauca, Cali, Colombia.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL José Antonio Villeda Maldonado
E)
CLASE INTERNACIONAL (3)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PROKPIL
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos capilares como champú, rinses, tratamientos, geles, lacas, espumas, tintes, decolorantes, oxidantes en crema, cremas alisadoras para el cabello, cremas ondulado ras para el cabello, tónicos para el cabello, siliconas para el cabello, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J 2023.
Certificación No. 2022-2942 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - FIRE EMBLEM
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-2942 Fecha de presentación: 2022-05-31 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Nintendo of America Inc. Domicilio: 4600 150th Avenue NE Redmond, Washington 98052, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL SONIA URBINA
E)
CLASE INTERNACIONAL (9)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIRE EMBLEM
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege para ser usada en su forma “FIRE EMBLEM” sin otorgar exclusividad de los términos de forma separada.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Programas de juegos electrónicos; programas de juegos electrónicos descargables; programas de video juegos; programas de videojuegos descargables; cartuchos de videojuegos; tarjetas de memoria para máquinas de videojuegos; fundas para teléfonos inteligentes; cubiertas para teléfonos inteligentes; software de juegos de ordenador, grabado; softwar de juegos de ordenador, descargable; programas de ordenador, grabados; programas de ordenador, descargables; dispositivos periféricos de ordenador; discos compactos [audio-vídeo]; archivos de imagen descargables; archivos de música descargables; publicaciones electrónicas, descargables; auriculares; audífonos; baterías, eléctricas, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J 2023.
Certificación No. 2022-3750 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - ADDIUVA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-3750 Fecha de presentación: 2022-06-27 Fecha de emisión: 25 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: Inversiones y Capitales American Assist, LLC. Domicilio: Metro Office Park Lote 8, Calle 1, Suite 305, Guaynabo, Puerto Rico, 00968, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL SONIA URBINA
E)
CLASE INTERNACIONAL (35)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ADDIUVA
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se reivindican los colores Azul rey, Morado, Rosado y Amarillo en degrade tal y como aparece en la etiqueta.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina, servicios de asistencia en la administración y gestión de negocios, administración y gestión de servicios de asistencia, consulta en materia de negocios comerciales, compilación y sistematización de datos en un ordenador central. Actividades de publicidad y marketing, administración de planes de fidelización e incentivos de clientes, administración de planes de seguro, administración de recursos humanos, análisis comercial estratégico, análisis de beneficios comerciales, análisis de datos comerciales, análisis de información de negocios, asesoramiento sobre dirección de empresas, asesoramiento y consultoría en negocios, asistencia comercial operativa para empresas, asistencia en administración de empresas, de promoción de negocios, asistencia sobre gestión comercial, búsqueda de negocios, compilación y sistematización de datos en bases de datos informáticas, consultoría comercial sobre actividades , de marketing y lanzamiento de nuevos productos, contratación de personal y ejecutivos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J.,7 y 24 J 2023.
Certificación No. 2022-7600 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - LA BANDERITA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-7600 Fecha de presentación: 2022-12-15 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Olé Mexican Foods, Inc. Domicilio: 6585 Crescent Drive, Norcross, Georgia 30071, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL JOSE ANTONIO VILLEDA MALDONADO
E)
CLASE INTERNACIONAL (30)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA BANDERITA
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “La Banderita” en su conjunto, incluyendo la parte figurativa.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Tortillas, chips de tortillas, tostadas, aperitivos de maíz y bases de tacos, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J 2023.
Certificación No. 2022-2944 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - ALGILASA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-2944 Fecha de presentación: 2022-05-31 Fecha de emisión: 30 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: HEALTHCO LIMITED Domicilio: 3rd. Floor, Murdoch House South Quai, Douglas Isle Man, Islas Vírgenes Británicas.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Sonia Urbina
E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALGILASA
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos gastrointestinales; productos farmacéuticos para la acidez y el reflujo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J 2023.
Certificación No. 2021-1714 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - ODONTOPREV
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-1714 Fecha de presentación: 2021-04-16 Fecha de emisión: 12 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: ODONTOPREV S.A. Domicilio: ALAMEDA TOCANTINS, NO. 125, 15° ANDAR, ALPHAVILLE, BARUERI, SÃO PAULO, 06455-020, Brasil.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL SONIA URBINA
E)
CLASE INTERNACIONAL (44)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ODONTOPREV
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos; cuidado de higiene y de belleza para personas, en particular servicios odontológicos, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J 2023.
Certificación No. 2023-142 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - POLLO PALAJA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-142 Fecha de presentación: 2023-01-09 Fecha de emisión: 21 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS PALAJA S. de R.L. Domicilio: En el municipio de Arada, Departamento de Santa Bárbara, calle principal, contiguo al Río Palaja, Honduras, CP 21101, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL DIEGO FERNANDO LEIVA
E)
CLASE INTERNACIONAL (29)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN POLLO PALAJA
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra “pollo”.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Carne de ave; menudos; patas; nuggets de pollo; chorizo de pollo; tortas de hamburguesas de pollo; pollos deshuesado; muslos de pollo; pechugas de pollo, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J, y 7 J 2023.
Certificación No. 2023-283 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - ONBOARD LOGISTICS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-283 Fecha de presentación: 2023-01-13 Fecha de emisión: 23 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: ALBERTO PABLO MARTINEZ LÓPEZ Domicilio: 3201 NE 183rd St. Apt. 3002, Aventura, Florida - USA, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL
E)
CLASE INTERNACIONAL (39)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra “LOGISTICS”.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de logística en transportación de mercancía vía terrestre, marítima y aérea de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 M., 7 y 22 J. 2023 ONBOARD LOGISTICS Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMMINISTRATIVO
Aviso — Demanda ordinaria por silencio administrativo negativo - Psicólogos de la Secretaría de Salud
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
República de Honduras AVISO El Infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de marzo del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada DARLYN ONEYDA REYES LOPEZ, en su condición de representante procesal de los señores (
1)
RUTH EL E A NOR E GRANT RAMOS, (
2)
MARY YOLANY SALINAS CACERES, (
3)
ANGELA LUZ ORELLANA MENDEZ, (
4)
ELKY YULISA PORTILLO FLORES, (
5)
JANNINE SUYAPA SIERRA SIERRA, (
6)
MINERVA ESCOTO SOSA, (
7)
RAMIRO ANTONIO MONDRAGON ALAS, (
8)
AIDA SORTO REYES, (
9)
SINDY GIOCONDA CASTELLANOS CARCAMO (
10)
MAYRA LILIANA SABILLON ORTEGA, (
11)
SUYAPA JOSEFINA BECERRA LOPEZ, (12, CAROLINA PADILLA RIVERA, (13) ELENA JACKELINE TRIMINIO LOPEZ, (14) MAYRA LORENA SANTAMARIA OSEGUERA, (15) ALMA TERESA MORAN PINTO, (16) ALMA DELIA LOZANO CARRASCO, (17) CARMEN MARIA MARTINEZ HERNANDEZ, (18) ARLETH YANIBEL DAVILA AGUILAR, (19) IVANS MODESTO GUILLEN BARRIENTOS, (20) ZILIA ACOSTA GARCIA, (21, BESSY JOHANA CARRANZA GALLARDO, (22) CLAUDIA GISSELA ESPINAL SOLORZANO, (23) AMANDA PATRICIA PONCE AGUILAR, ( 24) MERCEDES SE NOVIA MATAMOROS PAEZ, (25, LUCILA MARIA COELLO VALERIANO, (26) ILEANA YESSENIA RAMOS LOZANO, (27) KEILA YOLIBETH MEJIA PAREDES, (28) IVETTE CAROLINA RIVERA ZELAYA, (29) FABIOLA OLIVA SOTO CARVO, incoando demanda en materia ordinaria. Con orden de ingreso número 0801-2023 0420, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE SALUD, se promueve demanda ordinaria, en vista de haber operado el silencio administrativo presunto en sentido negativo, por quebrantamiento del ordenamiento jurídico nacional y como medida para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras al pago retroactivo de reajuste por concepto de reclasificación a la categoría que le corresponde a mis representados, se les nivel e el salario según la categoría por concepto de incrementos adeudados por índice inflacionario desde el año 2012 a la fecha que se ejecute la presente demanda, asimismo se reajuste el décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bono de vacaciones todo con base al Estatuto del Profesional documentos de la Psicología. Costas. Se acompañan documentos. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 22 J. 2023
Certificación No. 2022-1429 — Solicitud de Registro de Nombre Comercial - INVERSUS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-1429 Fecha de presentación: 2022-03-14 Fecha de emisión: 15 de junio de 2022 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A)
TITULAR Solicitante: INVERSIONES SUR AMERICANAS. S.A. DE C.V. (INVERSUR) Domicilio: EDIFICIO 1908. BARRIO RIO PIEDRAS. SAN PEDRO SULA. CORTÉS. Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL MELANIE GRISSELLE SEGURADO DIEK
E)
CLASE INTERNACIONAL ( )
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas, pudiendo dedicarse a; la sociedad se dedicará a prestar todo tipo de procesamiento y comercialización de productos alimenticios, incluyendo, pero sin limitar al servicio de restaurante, comida y bebida, así como desarrollar la industria y el comercio en general, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 J. 7 y 24 J. 2023
Certificación No. 2021-5070 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - SUYAPA APPAREL
Registro de la Propiedad Industrial
INVER SUS Número de Solicitud: 2021-5070 Fecha de presentación: 2021-09-28 Fecha de emisión: 21 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: SUYAPA APPAREL, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Parque Zip Choloma, frente a Mall Las Américas, calle principal entrada a colonia La Mora, Choloma, Cortés, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL MELANIE GRISSELLE SEGURADO DIEK
E)
CLASE INTERNACIONAL (40)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUYAPA APPAREL
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “SUYAPA APPAREL”; sin dar exclusividad de los términos por separado. No se protegen los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta.
I)
Reivindicaciones: SE PROTEGEN LOS COLORES
J)
Para Distinguir y Proteger: Tratamiento de materiales especialmente la confección y manufactura de todo tipo de prendas de vestir, de la clase 40. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J. 7 y 24 J. 2023
Certificación No. 2021-5051 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - SAN LUCAS APPAREL
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-5051 Fecha de presentación: 2021-09-28 Fecha de emisión: 8 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: SAN LUCAS APPAREL. S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, Kilómetro 15 1/2 Río Nance, Cortés, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL MELANIE GRISSELLE SEGURADO DIEK
E)
CLASE INTERNACIONAL (25)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SAN LUCAS APPAREL
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones: Se protegen los colores
J)
Para Distinguir y Proteger: Vestidos, calzados, sombrerería, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 J. 7 y 24 J. 2023
Certificación No. 2022-6559 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - Pacific Quick Mart
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-6559 Fecha de presentación: 2022-11-07 Fecha de emisión: 21 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: INVERSIONES DE GESTION DE COMERCIOS Y CONSTRUCCIONES DEL SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central., Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL Gerardo José Guevara López
E)
CLASE INTERNACIONAL (35)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Pacific Quick Mart
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “Pacific Quick Mart”; sin dar exclusividad de los términos por separado.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos varios para la satisfacción de terceros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J. 7 y 24 J. 2023
Certificación No. 2022-4138 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - SANOFI
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4138 Fecha de presentación: 2022-07-13 Fecha de emisión: 26 de Septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: SANOFI Domicilio: 54 rue La Boètie, 75008 Paris, Francia.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL SONIA URBINA
E)
CLASE INTERNACIONAL (35)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SANOFI
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de consulta empresarial; servicios de consulta, a saber, proporcionar información a los consumidores sobre los productos; servicios de publicidad y marketing: información comercial a los clientes sobre productos farmacéuticos; administración y gestión empresarial en el ámbito de la atención sanitaria; distribución de material promocional impreso en el ámbito de la atención sanitaria; promoción de campañas de concienciación pública en materia de atención sanitaria; servicios de consultoría en estrategia de comunicación (publicidad y relaciones públicas), de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J. 2023.
Aviso No. 2022-7674 — Solicitud de registro de marca de fábrica BURBERRY
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-7674 Fecha de presentación: 2022-12-20 Fecha de emisión: 30 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Burberry Limited Domicilio: HORSEFERRY HOUSE, HORSEFERRY ROAD - LONDON, SW 1P 2AW, GRAN BRETAÑA, Reino Unido.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL SONIA URBINA
E)
CLASE INTERNACIONAL (25)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Ropa; calzado; sombrerería; cinturones, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J. 2023.
Aviso No. 2022-4674 — Solicitud de registro de marca de servicio SANOFI figurativa
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-4674 Fecha de presentación: 2022-08-09 Fecha de emisión: 20 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: SANOFI Domicilio: 54 rue La Boétie, 75008 Paris, Francia.
B)
PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 22 4 846 425 de fecha 22/02/2022 de Francia.
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa
D)
APODERADO LEGAL José Antonio Villeda Maldonado
E)
CLASE INTERNACIONAL (38)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se reivindica prioridad No. 4846425 presentada en fecha 22 de febrero de 2022. Se reinvindican los colores Pantone 266 C (violeta) y Pantone negro 6C.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones en particular. transmisión de información por radio, teléfono, televisión y terminales de ordenador a través de páginas web de internet en materia de asistencia sanitaria; transmisión de información por cuenta ajena en el ámbito de la asistencia sanitaria; comunicación de información dirigida a los pacientes o a los profesionales de la salud a través de la informática internet, la televisión y la radio; suministro de salas de chat en línea y tablones de anuncios electrónicos para la transmisión de mensajes entre usuarios de ordenadores en relación con la asistencia sanitaria, los productos farmacéuticos y los avances farmacéuticos y médicos, de la clase 38 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J. 2023.
Aviso No. 2021-3800 — Solicitud de registro de marca de servicio Trans Union LLC
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-3800 Fecha de presentación: 2021-07-26 Fecha de emisión: 17 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: Trans Union LLC Domicilio: 555 W. Adams Street, Chicago Illinois 60661, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo
D)
APODERADO LEGAL Anny Ramos
E)
CLASE INTERNACIONAL (42)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de software que incluye un software que permite a las empresas acceder y analizar datos y análisis de los consumidores; servicios de software que incluye un software que permite a las empresas crear modelos basados en datos para predecir el comportamiento de los consumidores; servicios de software que incluye un software, que proporciona informes e información comercial relevante para la industria de una empresa; servicios de software que incluye un software que limpia los datos para mejorar la fiabilidad; servicios de software que incluye un software que compara los datos de los consumidores entre múltiples bases de datos, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J. 2023. TRUIQ BURBERRY
Aviso No. 2022-2333 — Solicitud de registro de marca de servicio N+ Triton Comunicaciones
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-2333 Fecha de presentación: 2022-04-29 Fecha de emisión: 12 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: Triton Comunicaciones, S.A. de C.V. Domicilio:Av. Chapultepec num. Ext. 28 num. Int. Piso 5, Doctores, Cuauhtemoc, Ciudad de México, CP 06720, México.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES
E)
CLASE INTERNACIONAL (38)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN N+
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Telecomunicaciones; servicios de emisión de programas de televisión por protocolo de internet; servicios de emisión de programas de televisión por protocolo de internet; transmisión de vídeo a la carta; transmisión de vídeo por internet [webcasting]; transmisión por satélite; valor agregado (servicios de-) de telecomunicaciones; agencias de noticias; transmisión de noticias e información de actualidad; emisión de [transmisión] noticias, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2023
Aviso No. 2023-776 — Solicitud de registro de marca de fábrica GOR 7
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-776 Fecha de presentación: 2023-02-08 Fecha de emisión: 3 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: LA PAZ INTERNACIONAL, S.A. Domicilio: Provincia, Distrito y Ciudad de Colón, Corregimiento Barrio Sur, calle 17 y Avenida Santa Isabel, sector de Zona Libre de Colón, Edificio La Paz Internacional, Local uno (1), Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES
E)
CLASE INTERNACIONAL (18)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GOR 7
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “GOR 7” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Artículos de equipaje y las bolsas de transporte; las maletas; los baúles; las bolsas de viaje; las bandoleras; portabebés; las mochilas y maletines escolares; las etiquetas identificadoras para artículos de equipaje; los tarjeteros y las billeteras; las cajas y cajones de cuero y de cartón- cuero, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2023
Para Distinguir y Proteger: Servicios de Catering, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2023
Aviso No. 2023-777 — Solicitud de registro de marca de fábrica GOR 7 La Paz Internacional
Registro de la Propiedad Industrial
SU CHEF Número de Solicitud: 2023-777 Fecha de presentación: 2023-02-08 Fecha de emisión: 3 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: LA PAZ INTERNACIONAL, S.A. Domicilio: Provincia, Distrito y Ciudad de Colón, Corregimiento Barrio Sur, calle 17 y Avenida Santa Isabel, sector de Zona Libre de Colón, Edificio La Paz Internacional, Local uno (1), Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES
E)
CLASE INTERNACIONAL (25)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GOR 7
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “GOR 7” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Camisones; pantalones largos para hombre, mujer y niños; pantalones cortos para hombre, mujer y niños; calzados para hombre, mujer y niños; suecos; zapatillas; zapatos; mocasines; artículos de sombrerería; los tacones; los refuerzos de talón; las alzas de talón para el calzado; gorras; sombreros; las viseras para gorras; las armaduras de sombreros; calzado para deporte; los guantes de esquí; las camisetas de deporte sin mangas; la ropa para ciclistas; los uniformes de judo y de karate; las botas de fútbol; las zapatillas de gimnasia; las botas de esquí; los trajes de disfraces; la ropa de papel; los sombreros de papel en cuanto prendas de vestir; los baberos que no sean de papel; los pañuelos de bolsillo; bolsas para calentar los pies que no sean eléctricas, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2023
Aviso No. 2022-3957 — Solicitud de registro de marca de fábrica Shenzhen Simple Way Industrial
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-3957 Fecha de presentación: 2022-07-05 Fecha de emisión: 1 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: Shenzhen Simple Way Industrial Co., Ltd Domicilio: 1F of King Board Bldg, No. 222-5 Buxin Road, Xinlan Community, Guanlan Street, Longhua District, Shenzhen, China.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Figurativa
D)
APODERADO LEGAL Arturo Zacapa
E)
CLASE INTERNACIONAL (9)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Grabadoras de cinta magnética; cajas de altavoces; diafragmas [acústica]; altavoces; megáfonos; micrófonos; aparatos de grabación de sonido; cintas de vídeo; auriculares; auriculares para la comunicación remota, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 23 M., 7 y 22 J. 2023
Aviso No. 2022-2895 — Solicitud de registro de marca de servicio ÓPTICA VERDUGO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-2895 Fecha de presentación: 2022-05-30 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: Western IP Management, S.A. Domicilio: Panamá, República de Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL Arturo Zacapa
E)
CLASE INTERNACIONAL (35)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Se otorga la denominación “OPTICA VERDUGO” en virtud que no existe vinculación de servicios con el registro No. 13767 de la marca “EL VERDUGO Y DISEÑO” ya que esta presta los servicios de tienda para la venta de electrodomésticos, aparatos electrónicos, muebles y artículos para el hogar, tal y como lo establece el artículo 11 del régimen de propiedad intelectual.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta al detalle de lentes y aros para lentes, así como de artículos y accesorios relacionados, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 23 M., 7 y 22 J. 2023 OPTICA VERDUGO
Aviso No. 2021-4581 — Solicitud de registro de marca de servicio MOTO CENTER
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-4581 Fecha de presentación: 2021-09-02 Fecha de emisión: 25 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: WESTERN IP MANAGEMENT, S.A. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixto
D)
APODERADO LEGAL Arturo Zacapa
E)
CLASE INTERNACIONAL (37)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOTO CENTER
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Taller de servicio especializado para reparación de motocicletas, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 M., 7 y 22 J. 2023
Aviso No. 2021-4579 — Solicitud de registro de marca de servicio MOTO CENTER venta
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-4579 Fecha de presentación: 2021-09-02 Fecha de emisión: 3 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: WESTERN IP MANAGEMENT, S.A. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
D)
APODERADO LEGAL Arturo Zacapa
E)
CLASE INTERNACIONAL (35)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOTO CENTER
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle protección a las palabras de forma separadas.
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta de repuestos y accesorios para motocicletas; venta de motocicleta, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 23 M., 7 y 22 J. 2023
Aviso No. 2022-2959 — Solicitud de registro de señal de propaganda AYUDA SIN FRONTERAS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2022-2959 Fecha de presentación: 2022-05-31 Fecha de emisión: 28 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A)
TITULAR Solicitante: Inversiones y Capitales American Assist, LLC Domicilio: Metro Office Park Lote 8, Calle 1, Suite 305, Guaynabo, Puerto Rico, 00968, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa
D)
APODERADO LEGAL SONIA URBINA
E)
CLASE INTERNACIONAL (45)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G)
H)
Reservas/Limitaciones: Sólo se protege para ser usado en su forma conjunta “AYUDA SIN FRONTERAS”, sin otorgar exclusividad de los términos de forma separada. Esta solicitud de Señal de Propaganda está ligada a la solicitud de registro de marca de servicios ADDIUVA, número 2021-002931.
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios jurídicos; servicios de asistencia legal, servicios de seguridad para la protección física de bienes materiales y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales, servicios de acompañamiento para personas de la tercera edad e incapacitados. de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J. 2023
Aviso No. 2021-3780 — Solicitud de registro de marca de servicio TRUIQ
Registro de la Propiedad Industrial
AYUDA SIN FRONTERAS Número de Solicitud: 2021-3780 Fecha de presentación: 2021-07-26 Fecha de emisión: 29 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: Trans Union LLC Domicilio: 555 W. Adams Street, Chicago, Illinois 60661, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativo
D)
APODERADO LEGAL Anny Ramos
E)
CLASE INTERNACIONAL (35)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRUIQ
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de consultoría e información empresarial; servicios de consultoría e información empresarial en el área de datos y análisis de datos; análisis de datos empresariales; construcción de datos personalizados y modelos analíticos para empresas; evaluación y análisis de datos y modelos analíticos para empresas; suministro de informes en el área de análisis empresarial y análisis de datos. de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J. 2023
Aviso No. 2019-51171 — Solicitud de registro de marca de fábrica MOODY'S clase 16
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2019-51171 Fecha de presentación: 13/12/2019 Fecha de emisión: 21 de enero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR SOLICITANTE: MIS QUALITY MANAGEMENT CORP. DOMICILIO: 250 Greenwich Street, 7 World Trade Center, New York, NY 10007, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
CLASE INTERNACIONAL 16 PROTEGE Y DISTINGUE: Publi daciones impresas, a saber, periódicos, folletos, investigaciones, reportes y boletines en el campo de las calificaciones crediticias, el análisis financiero y económico y la gestión de riesgos financieros, de la clase 16.
D)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOODY’S
E)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativo
F)
APODERADO LEGAL SONIA URBINA Limitaciones: Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J. 2023
Aviso No. 2019-51170 — Solicitud de registro de marca de fábrica MOODY'S clase 9
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2019-51170 Fecha de presentación: 13/12/2019 Fecha de emisión: 21 de enero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR SOLICITANTE: MIS QUALITY MANAGEMENT CORP. DOMICILIO: 250 Greenwich Street, 7 World Trade Center, New York, NY 10007, Estados Unidos de América.
B)
PRIORIDAD:
C)
CLASE INTERNACIONAL 9 PROTEGE Y DISTINGUE: Software de computadora para medir y gestionar riesgos, análisis de riesgo financiero y crediticio y la estructuración, análisis, administración, modelado y mantenimiento de instrumentos financieros y portafolios; software de aplicación móvil que proporciona información sobre calificaciones crediticias e investigación y análisis financieros y económicos, de la clase 9.
D)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOODY’S
E)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativo
F)
APODERADO LEGAL SONIA URBINA Limitaciones: Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 24 J. 2023