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22 de junio de 2023Vigente

Resolución No. 56-2/2021 — Régimen de encaje y inversiones obligatorias en instituciones del sistema financiero

Directorio del Banco Central de Honduras

  • Decreto: 56-2/2021
  • Publicación: 22 de junio de 2023
  • Órgano emisor: Directorio del Banco Central de Honduras
  • Gaceta: 36,261

Texto completo

pasivos en moneda extranjera sujetos a encaje se realizarán en forma directa y estarán representadas en dólares de los Estados Unidos de América, en cuentas de inversión de registro contable que llevará el Banco Central de Honduras a favor de cada institución. 2. Los saldos de las cuentas de inversión obligatoria devengarán un rendimiento anual equivalente al promedio catorcenal de la tasa Secured Overnight Financing Rate (SOFR, por sus siglas en inglés). El rendimiento se aplicará a los saldos promedios de inversión del período catorcenal correspondiente y estará sujeto al régimen tributario vigente. Cuando la tasa SOFR resulte negativa, dichas cuentas de inversión no estarán sujetas a remuneración. El exceso sobre la posición de inversiones obligatorias no devengará ningún rendimiento. 3. No se admitirán compensaciones en caso de déficit en el requerimiento de encaje establecido por el Directorio del Banco Central de Honduras; de igual forma, no se permitirán compensaciones en caso de déficit en el requerimiento de inversiones obligatorias. 4. Derogar la Resolución No.56-2/2021, emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras el 10 de febrero de 2021. 5. Comunicar esta resolución a las instituciones del sistema financiero para su cumplimiento y a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para los fines pertinentes. 6. La presente resolución es de ejecución inmediata y entrará en vigencia a partir de la segunda catorcena de junio de 2023 y deberá publicarse en El Diario Oficial La Gaceta. … Firmas.- REBECA P. SANTOS, PRESIDENTE.- MIGUEL DARIO RAMOS LOBO, VICEPRESIDENTE.- RINA MARÍA OLIVA BRIZIO, DIRECTORA.- GUSTAVO ADOLFO FONSECA DUBÓN, SECRETARIO». Y para los fines pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los ocho días del mes de junio de dos mil veintitrés. Gustavo Adolfo Fonseca Dubón Secretario del Directorio 22 J. 2023

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