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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

19 mayo 2023Edición No. 36,232

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 171-2023 — Cambio de nombre del Programa de Consolidación Familiar a Programa de Adopciones

Dirección Ejecutiva de la Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF)

  1. 1.

    Que el Legislador sabiamente ha dispuesto para los Funcionarios Públicos la facultada de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) titular de la Secretaría General o en quien, en ausencia de aquel, ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior, concebida con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.

  2. 2.

    Que por el principio de la desconcentración de los procesos decisorios, se entiende la transferencia de facultades de gestión y resolución hacia niveles de jerarquía inferior de las entidades públicas.

  3. 3.

    Que el Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.

  4. 4.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 113-2022 de fecha 23 de febrero del año 2022, se nombró a la ciudadana DULCE MARIA VILLANUEVA SÁNCHEZ como DIRECTORA EJECUTIVA DE LA DIRECCION DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (DINAF).

  5. 5.

    Que dentro de las atribuciones que corresponden a las Secretarías Generales se encuentra la de notificar a los interesados las providencias o resoluciones y en su caso expedir certificaciones y razonar documentos, entre otros.

  6. 6.

    Que mediante Decreto Ejecutivo PCM No. 27-2014 de fecha 4 de junio del 2014, la Dirección de EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Niñez,Adolescencia y Familia,siendo ratificado en el artículo 2 del Decreto Legislativo Número 34-2021 publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 16 de julio del año 2021, mediante el cual se ratifican las disposiciones contenidas en el Decreto Ejecutivo No. PCM-027-2014 de fecha 4 de junio de 2014.

  7. 7.

    Que en fecha trece (13) de octubre del año dos mil veintidós (2022), la Presidenta de la República, IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO, emitió el Acuerdo Ejecutivo No. 449-2022, se nombró al SECRETARIO GENERAL DE LA DIRECCION DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (DINAF).

  8. 8.

    Que por sus diversas ocupaciones en el ejercicio de su cargo, el Secretario General se a u sent a de la Secretaría General de esta Dirección y se requiere delegar sus funciones en otro servidor público para el mejor cumplimiento de sus objetivos en atención al Interés Superior del Niño.

  9. 9.

    Que de conformidad al artículo 59 de la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, estando en la obligación de garantizarle sus derechos, particularmente cuando se trata de las niñas, niños y adolescentes, ya que de conformidad a los artículos 111 y 119 del mismo cuerpo legal, la infancia está bajo la protección del Estado y el artículo 124 establece que todo niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad o explotación.

  10. 10.

    Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-27-2014 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 14 de junio del año 2014, en su artículo 2) se establece "Crease la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), la cual tiene como propósito garantizar EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, atendiendo de manera oportuna y eficiente de protección social, que la Sociedad y el Estado de Honduras están Obligados a brindar a la niñez y la adolescencia en el marco de la Constitución de la República, las Convenciones Internacionales de Protección de la Niñez, el Código de la Niñez y la Adolescencia y demás legislaciones aplicables, siendo ratificadas las disposiciones contenidas en el referido Decreto Ejecutivo, en el artículo 2 del Decreto Legislativo Número 34-2021 publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 16 de julio del año 2021.

  11. 11.

    Que de conformidad a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Ejecutivo PCM 27-2014, se establece que dentro de sus atribuciones la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, tiene la de ejercer la Tutoría Legal a falta de las y los padres o representantes legales de las y los niños, o por calificada amenaza a la vulneración de los derechos de los mismos, así como tutelar el proceso legal de adopciones de niñas y niños, creando también el registro de Adopciones, de niñas y niños vulnerados, de niñas y niños sancionados y otros que impliquen la labor conjunta con las Secretarías de Salud, Seguridad, Educación y Trabajo y Seguridad Social y otras dependencias estatales y gubernamentales.

  12. 12.

    Que en el artículo 17 del citado Decreto Ejecutivo, la Dirección está facultada para emitir reglamentos y disposiciones para su funcionamiento, así como normativa de carácter general para el mejor cumplimiento de sus fines.

  13. 13.

    Que mediante Decreto Legislativo 102-2018, se creó la Ley Especial de Adopciones, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 10 enero del año 2019, en su arículo número 1) esta ley tiene por objeto establecer el marco jurídico e institucional especial en materia de adopciones, sus disposiciones son de orden público y duración indefinida.- Asimismo, la adopción tiene por objeto incorporar a una persona en una familia distinta de la originaria; en el caso de niñas y niños menores de dieciocho (18) años, el Estado tiene que definir su situación con la finalidad especial de garantizarle cuando se encuentre en estado de adoptabilidad, su derecho a desarrollarse en su entorno familiar idóneo.

  14. 14.

    Que el Estado tiene la obligación de proteger a la infancia y en consecuencia deberá velar por el estricto cumplimiento de los derechos de los niños establecidos en la Constitución de la República,en los tratados o convenios de los que Honduras forma parte y demás leyes de la República, debiendo para tal efecto adoptar las medidas económicas, sociales y culturales que sean necesarias para brindarle apoyo a la familia y a la comunidad, con miras a crear condiciones que hagan posible el sano desarrollo de los niños.

  15. 15.

    Que el Programa de Consolidación Familiar tiene como objetivo primordial la tutela los procesos legales de adopciones nacionales e internaciones de los NNA que se encuentran en estado de adoptabilidad en sede administrativa, conforme a lo establecido en la Ley Especial de Adopciones y su Reglamento.

  16. 16.

    Que desde la Dirección Ejecutiva se ha tomado la decisión de cambiar el nombre al Programa de Consolidación Familiar y pasará a llamarse ADOPCIONES, lo cual de acuerdo a la Opinión Legal Número AL-005-2023 emitida por la Unidad de Asesoría Legal de esta Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), en fecha 14 de febrero de 2023, no tendrá ninguna implicación Nacional o Internacional y no acarrea ninguna responsabilidad.

  17. 17.

    Que según lo establecido en el artículo 116 de la Ley General de Administración Pública, los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.

Articulo 1

Dejar sin valor y efecto el Acuerdo No. 476- A-2022 de fecha 12 de diciembre del año 2022, mediante el cual se delegaba en la ciudadana JULIA SUYAPA CARÍAS SALINAS, (Coordinador de Programas Técnicos) con Número de Identidad 0801-1965-00184, la funciones que corresponden a la Secretaría General en ausencia del Secretario General.

Articulo 2

Delegar, en ausencia del Secretario General en el ciudadano MARIO ANTONIO CASTILLO SALGADO, Asistente Especial Técnico III de esta Dirección, las facultades correspondientes a la Secretaría General, teniendo entre otras las siguientes facultades expresas: 1- Asistir a la Dirección Ejecutiva y cumplir las delegaciones puntuales que ésta expresamente le delegue; 2- Autorizar la firma de la Dirección Ejecutiva en las Providencias, Acuerdos o Resoluciones que se dicten. 3- Notificar a los interesados las providencias o resoluciones y, en su caso, expedir certificaciones y razonar documentos; 4- Transcribir a los interesados los acuerdos que se dicten sobre asuntos del ramo; 5- Sustituir temporalmente a la Directora Ejecutiva cuando se requiera; y, 6- Las demás que le sean asignadas.

Articulo 3

El Ciudadano MARIO ANTONIO CASTILLO SALGADO, será responsable del ejercicio de la facultad delegada.

Articulo 4

Hacer las transcripciones de Ley y remitirlas a los Juzgados y Tribunales y demás autoridades que correspondan.

Articulo 5

La presente delegación es de ejecución inmediata, teniendo vigencia a partir de la fecha del presente Acuerdo de Delegación y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. - PUBLIQUESE Y COMUNIQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce (14) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023). ABG. DULCE MARIA VILLANUEVA SANCHEZ Directora Ejecutiva ABG. VICENTE FERNÁNDEZ PINEDA Secretario General Dirección Ejecutiva de la Niñez, Adolescencia y Familia DINAF ACUERDO EJECUTIVO No. 171-2023 LA DIRECCIÓN DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA CONSIDERANDO: Que de conformidad al artículo 59 de la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, estando en la obligación de garantizarle sus derechos, particularmente cuando se trata de las niñas, niños y adolescentes, ya que de conformidad a los artículos 111 y 119 del mismo cuerpo legal, la infancia está bajo la protección del Estado y el artículo 124 establece que todo niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad o explotación. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-27-2014 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 14 de junio del año 2014, en su artículo 2) se establece "Crease la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), la cual tiene como propósito garantizar EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, atendiendo de manera oportuna y eficiente de protección social, que la Sociedad y el Estado de Honduras están Obligados a brindar a la niñez y la adolescencia en el marco de la Constitución de la República, las Convenciones Internacionales de Protección de la Niñez, el Código de la Niñez y la Adolescencia y demás legislaciones aplicables, siendo ratificadas las disposiciones contenidas en el referido Decreto Ejecutivo, en el artículo 2 del Decreto Legislativo Número 34-2021 publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 16 de julio del año 2021. CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Ejecutivo PCM 27-2014, se establece que dentro de sus atribuciones la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, tiene la de ejercer la Tutoría Legal a falta de las y los padres o representantes legales de las y los niños, o por calificada amenaza a la vulneración de los derechos de los mismos, así como tutelar el proceso legal de adopciones de niñas y niños, creando también el registro de Adopciones, de niñas y niños vulnerados, de niñas y niños sancionados y otros que impliquen la labor conjunta con las Secretarías de Salud, Seguridad, Educación y Trabajo y Seguridad Social y otras dependencias estatales y gubernamentales. CONSIDERANDO: Que en el artículo 17 del citado Decreto Ejecutivo, la Dirección está facultada para emitir reglamentos y disposiciones para su funcionamiento, así como normativa de carácter general para el mejor cumplimiento de sus fines. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo 102-2018, se creó la Ley Especial de Adopciones, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 10 enero del año 2019, en su arículo número 1) esta ley tiene por objeto establecer el marco jurídico e institucional especial en materia de adopciones, sus disposiciones son de orden público y duración indefinida.- Asimismo, la adopción tiene por objeto incorporar a una persona en una familia distinta de la originaria; en el caso de niñas y niños menores de dieciocho (18) años, el Estado tiene que definir su situación con la finalidad especial de garantizarle cuando se encuentre en estado de adoptabilidad, su derecho a desarrollarse en su entorno familiar idóneo. CONSIDERANDO: Que el Estado tiene la obligación de proteger a la infancia y en consecuencia deberá velar por el estricto cumplimiento de los derechos de los niños establecidos en la Constitución de la República,en los tratados o convenios de los que Honduras forma parte y demás leyes de la República, debiendo para tal efecto adoptar las medidas económicas, sociales y culturales que sean necesarias para brindarle apoyo a la familia y a la comunidad, con miras a crear condiciones que hagan posible el sano desarrollo de los niños. CONSIDERANDO: Que el Programa de Consolidación Familiar tiene como objetivo primordial la tutela los procesos legales de adopciones nacionales e internaciones de los NNA que se encuentran en estado de adoptabilidad en sede administrativa, conforme a lo establecido en la Ley Especial de Adopciones y su Reglamento. CONSIDERANDO: Que desde la Dirección Ejecutiva se ha tomado la decisión de cambiar el nombre al Programa de Consolidación Familiar y pasará a llamarse ADOPCIONES, lo cual de acuerdo a la Opinión Legal Número AL-005-2023 emitida por la Unidad de Asesoría Legal de esta Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), en fecha 14 de febrero de 2023, no tendrá ninguna implicación Nacional o Internacional y no acarrea ninguna responsabilidad. CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el artículo 116 de la Ley General de Administración Pública, los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias. POR TANTO La Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), en aplicación de los Artículos 116, 119 y 321 de la Constitución de la República, 36, numerales 8 y 19; 116, 122 y 123 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 22, 23, 24, 25, 26, 27, y 30 de la Ley de Procedimiento Administrativo, Decreto Ejecutivo PCM- 27-2014 del 06 de junio de 2014, artículo 2 del Decreto Legislativo Número 34-2021 publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 16 de julio del año 2021, mediante el cual se ratifican las disposiciones contenidas en el Decreto Ejecutivo No. PCM- 027-2014 de fecha 4 de junio de 2014. ACUERDA

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Acuerdo

Acuerdo No. 125-2023 — Delegación de funciones del Programa de Consolidación Familiar en José Joaquín Castro Dubón

Dirección Ejecutiva de la Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF)

  1. 1.

    Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos administrativos adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.

  2. 2.

    Que de conformidad al Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-27-2014 de fecha 6 de junio del 2014, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), será coordinada por la Directora Ejecutiva.

  3. 3.

    Que la Dirección de Niñez, Adoles- cencia y Familia (DINAF), es un Ente Desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, con dependencia técnica, funcional y administrativa para el mejor cumplimiento de sus fines.

  4. 4.

    Que mediante Acuerdo No. 64-2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el 13 de febrero del 2015, y su reforma mediante Acuerdos Nos. 585-2015 y 62-2017, publicados en el Diario Oficial La Gaceta el 24 de noviembre del 2015 y 9 de septiembre del 2017, respectivamente, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) ejercerá su competencia a través de las Oficinas Regionales y Programas Técnicos.

  5. 5.

    Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la forma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.

  6. 6.

    Que el Artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.

  7. 7.

    Que mediante Memorándum RRHH- 188-2023 la Jefatura de Recursos Humanos Por Delegación, solicitó a Secretaría General el Acuerdo de Delegación a favor del Abogado JOSÉ JOAQUIN CASTRO DUBON, Oficial Jurídico I, asignado al Programa de Consolidación Familiar facultades correspondientes al programa, a partir del día uno (1) de abril del año dos mil veintitrés (2023).

  8. 8.

    Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos administrativos adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.

  9. 9.

    Que de conformidad al Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-27-2014 de fecha 6 de junio del 2014, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), será coordinada por la Directora Ejecutiva.

  10. 10.

    Que la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia(DINAF),esun Ente Desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, con dependencia técnica, funcional y administrativa para el mejor cumplimiento de sus fines.

  11. 11.

    Que mediante Acuerdo No. 64-2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el 13 de febrero del 2015, y su reforma mediante Acuerdos Nos. 585-2015, y 62-2017, publicados en el Diario Oficial La Gaceta el 24 de noviembre del 2015 y 9 de septiembre del 2017, respectivamente, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) ejercerá su competencia a través de las Oficinas Regionales.

  12. 12.

    Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hace ágil la forma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.

  13. 13.

    Que el Artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.

  14. 14.

    Que mediante Acuerdo No. 181-2022 de fecha 11 de mayo del año 2022, se delegó en la ciudadana NANCY JOHANA ESTÉVEZ LIZARDO, como Jefa Interina de la Oficina Regional Norte, con las funciones inherentes al cargo a partir del 12 de mayo del año 2022, quien actualmente ya no labora en ésta Dirección.

  15. 15.

    Que con el objeto de no paralizar el normal funcionamiento de los diferentes trámites administrativos de la Jefatura de la Oficina Regional Norte, es necesario delegar las funciones de la Jefatura antes mencionada, la Jefatura de Recursos Humanos, solicita mediante Memorandum RRHH-298-2023 de fecha 28 de abril de 2023, solicita la emisión de Acuerdo de Delegación a favor del Abogado NESTOR ENRIQUE ALVARENGA MEJIA, como Jefe Interino encargado de la Oficina Regional Norte.

Articulo 1

Dejar sin valor y efecto el Acuerdo N°. 424-2022, de fecha 22 de septiembre del 2022, mediante el cual se delegan facultades correspondientes al Programa de Consolidación Familiar al abogado JOSÉ ENRIQUE AGUILAR.

Articulo 2

Delegar en el Abogado JOSÉ JOAQUIN CASTRO DUBON, con Documento Nacional de Identificación 0801-1990-10397, Oficial Jurídico I de esta Dirección, las funciones que correspondan al Programa de Consolidación Familiar, a partir del uno (1) de abril del año 2023, según Memorandum- RRHH-188-2023, con las siguientes facultades: 1- Apoyar a la Jefatura del programa de Consolidación Familiar. 2- Tomar las Audiencias de Manifestación de Consentimiento de Adopción y Sustanciación. 3- Firma de Providencias en Ausencia de la Titular del Programa de Consolidación Familiar. 4- Revisión de Informes Confidenciales solicitados por los Juzgados de Familia. 5- Dar impulso a los procesos legales que realiza el programa de Consolidación Familias; 6- Redacción Acta de Comité Asignaciones que se desarrollan en el Programa. 7- Asimismo, se le faculta para que pueda otorgar consentimientos para adopción en representación de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) en sede judicial.

Articulo 3

El Abogado JOSÉ JOAQUIN CASTRO DUBON, será responsable por el ejercicio de la facultad de firma que le ha sido delegado.

Articulo 4

El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día uno (1) de abril del año dos mil veintitrés (2023) y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ABOG. DULCE MARIA VILLANUEVA SANCHEZ Directora Ejecutiva ABOG. VICENTE FERNÁNDEZ PINEDA Secretario General Dirección Ejecutiva de la Niñez, Adolescencia y Familia DINAF ACUERDO No. 0169-2023 LA DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA CONSIDERANDO: Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos administrativos adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-27-2014 de fecha 6 de junio del 2014, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), será coordinada por la Directora Ejecutiva. CONSIDERANDO: Que la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia(DINAF),esun Ente Desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, con dependencia técnica, funcional y administrativa para el mejor cumplimiento de sus fines. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 64-2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el 13 de febrero del 2015, y su reforma mediante Acuerdos Nos. 585-2015, y 62-2017, publicados en el Diario Oficial La Gaceta el 24 de noviembre del 2015 y 9 de septiembre del 2017, respectivamente, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) ejercerá su competencia a través de las Oficinas Regionales. CONSIDERANDO: Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hace ágil la forma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados. CONSIDERANDO: Que el Artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 181-2022 de fecha 11 de mayo del año 2022, se delegó en la ciudadana NANCY JOHANA ESTÉVEZ LIZARDO, como Jefa Interina de la Oficina Regional Norte, con las funciones inherentes al cargo a partir del 12 de mayo del año 2022, quien actualmente ya no labora en ésta Dirección. CONSIDERANDO: Que con el objeto de no paralizar el normal funcionamiento de los diferentes trámites administrativos de la Jefatura de la Oficina Regional Norte, es necesario delegar las funciones de la Jefatura antes mencionada, la Jefatura de Recursos Humanos, solicita mediante Memorandum RRHH-298-2023 de fecha 28 de abril de 2023, solicita la emisión de Acuerdo de Delegación a favor del Abogado NESTOR ENRIQUE ALVARENGA MEJIA, como Jefe Interino encargado de la Oficina Regional Norte. POR TANTO En aplicación de los Artículos 36, numerales 8) y 19), 116, 118 numeral 1) y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4, 5, 22, 24, 25, 26, 27 y 30 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Decreto Ejecutivo PCM 27-2014 del 04 de junio del 2014; 4 y 5 del Acuerdo No. 64-2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 13 de febrero del 2015 y su reforma mediante Acuerdos Nos. 585- 2015, y 62-2017, publicados en el Diario Oficial La Gaceta el 24 de noviembre del 2015 y 9 de septiembre del 2017, respectivamente. ACUERDA

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Aviso

Aviso — Demanda contencioso administrativa de Ingrid Johana Martinez Maldonado contra Secretaría del Trabajo y Seguridad Social

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor ADONIS FERNANDO COLINDRES AMADOR, interponiendo demanda contenciosa administrativa vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, por exceso y desviación de poder. Declarar una situación jurídica individualizada por cancelación ilegal e injusta.- Y como medidas para el pleno restablecimiento de mi derecho subjetivo violado, se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo que ocupaba al momento de ser cancelado por cesantía, pago de los salarios caídos o dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación por cesantía hasta que quede firme la sentencia definitiva y demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio.- Costas de juicio.- Poder.- Anexos. Lo anterior en relación al acuerdo No. SETRASS 602-2022 de fecha 29 de septiembre del 2022. HAMELIN FANUEL AVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 19 M. 2023. ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras. C. A A V I S O

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Aviso

Aviso — Demanda contencioso administrativa de Getulio Adán Banegas Espinoza contra Corporación Municipal del Municipio de Campamento

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado el señor José Hernán Quiroz Zelaya, con orden de ingreso número 0801-2022-01952, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, incoando demanda ordinaria para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en la resolución No. 022-2022 de fecha 14 de enero de 2022, emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, por ser arbitraria, ilegal, nula, por infringir el ordenamiento jurídico, exceso y desviación de poder. al declarar sin lugar el reclamo administrativo presentado, solicitando el salario completo conforme a la reasignación de mi plaza como asesor legal, con un salario de L. 31,800.00, por ser un derecho adquirido legítimo a partir del 01 de febrero de 2021, ordenado en In providencia motivada de fecha 05 de febrero de 2021 emitida por la Dirección General de Servicio Civil y en la Certificación de la Resolución No. 105-2021 de fecha 31 de mayo de 2021 emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de finanzas.- El reconocimiento de una situación jurídica individualizada, consistente en el reajuste de mi salario agregando a los veintiocho mil lempiras exactos ( L. 28,000.000), que con abuso de autoridad autorizó la autoridad nominadora, los tres mil ochocientos (L. 3,800.00), que están presupuestados según código clase, número de puesto, grupo, nivel, y para su pleno restablecimiento se ordene: 1) Reajustar mil salario desde su efectividad a partir de 01 de febrero de 2021. 2) Pago retroactivo de L. 3,800.00, desde el 01 de febrero de 2021 calculados hasta que quede firme la sentencia condenatoria.- Y costas del juicio.-Se acompañan documentos.- Petición.- ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJINTA 19 M. 2023

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Edicto

Edicto — Solicitud de declaración de muerte presunta de Simón del Cid Díaz

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de El Progreso, Yoro

Poder Judicial A V I S O LA INFRASCRITA SECRETARIA ADJUNTA DEL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE EL PROGRESO YORO, AL PÚBLICO EN GENERAL Y PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que la señora EDITZA MAGDALENA DELCID AMAYA, ha presentado ante el Juzgado de Letras de la Sección Judicial de El Progreso, Yoro, solicitud a efecto de que se declare la muerte presunta de su padre el señor SIMON DEL CID DIAZ desde el 01 septiembre 1999, pues desde la fecha se han hecho intentos de búsqueda que han sido infructuosos por lo que se pone en conocimiento lo anterior o que cualquier persona que lo haya visto proporcione información al respecto, procurar la búsqueda y dar con el paradero del señor SIMON DEL CID DIAZ, todo por lo cual procédase a las publicaciones en el Diario Oficial La Gaceta por tres veces consecutivas con intervalos de cuatro meses por menos entre cada dos publicaciones. Actúa los Abogados JUAN CARLOS FLORES OVIEDO y MAX DAVILA NOLASCO, en su condición de apoderados legales de la parte solicitante EDITZA MAGDALENA DELCID AMAYA. El Progreso, Yoro 09 de septiembre del año 2022. ABG. SARA CHAVEZ BENITEZ SECRETARIA ADJUNTA 19 M. 2023

Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Agricultura y Ganadería SAG Licitación Pública Nacional SAG-LPN-001-2023 1.

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Licitación

Licitación No. SAG-LPN-001-2023 — Contrato de Servicios de Guardia de Seguridad Privada

Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG)

La Secretaría de Agricultura y Ganaderia (SAG), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SAG- LPN-001-2023, a presentar ofertas selladas para el Contrato de Servicios de Guardia de Seguridad Privada. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería de los diferentes Programas mediante F0l SIAFI. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa; Lic. María Elena Estrada, en la dirección indicada al final de este llamado de 8:30 AM a 3:00 PM previo el pago de la cantidad no reembolsable de L.100.00. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados y descargados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Blvd Centroamérica, Ave la FAO, Col Loma Linda, Tegucigalpa, Hoduras, a más tardar el día 02 de junio 2023 a las 01:00 p.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 01:30 p.m. del 02 de junio. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, Honduras, a los 24 días del mes de abril del 2023. PhD. Laura Elena Suazo Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería. 19 M. 2023.

AVISO DE CONCURSO PÚBLICO República de Honduras Banco Central de Honduras CONCURSO PÚBLICO No.01/2023

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Licitación

Licitación No. 01/2023 — Contratación de firma auditora externa para dictamen de estados financieros

Banco Central de Honduras (BCH)

El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para el Concurso Público No.01/2023 para la contratación de una firma auditora externa, debidamente inscrita en el Registro de Auditores Externos (RAE) de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), para que dictamine y emita opinión sobre la razonabilidad del juego completo de los estados financieros del Banco Central de Honduras (BCH) con cifras al 31 de diciembre de 2023, comparativo con los correspondientes al 31 de diciembre de 2022. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. El concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener los términos de referencia de este concurso, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no) piso del edificio del BCH en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (1er) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregarán los términos de referencia en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar el Documento Nacional de Identificación (DNI) o Carné de Residente o Pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos del concurso podrán ser examinados en la dirección electrónica www.bch.hn/acerca-del-bch/adquisiciones-y- contrataciones/adquisiciones. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en los términos de referencia. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en los términos de referencia del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el Edificio del BCH ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, hasta el 7 de junio de 2023, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de mayo de 2023 JORGE OVIEDO IMBODEN GERENCIA 19 M. 2023

Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Republica de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de enero de dos mil veintiuno (2021), compareció ante este juzgado el señor PRAXEDES EDGARDO MEJIA RAUDALES, incoando demanda contencioso administrativa en materia personal con orden de ingreso número 0801-2021-00154, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN El, DESPACHO DE SEGURIDAD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo particular emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 0678-2020 de fecha 12 de agosto del año 2020.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada de que fui objeto.- Y como medida para el restablecimiento de mis derechos que se ordene mediante sentencia definitiva se me reintegre a mi antiguo puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos su aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de mi cancelación hasta la ejecución de la sentencia.- Además que se me otorguen los ascensos a mi grado inmediato superior al que tenía cuando fui despedido.- Se acompañan documentos.- Costas del Juicio.- Poder. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO POR LEY 19 M. 2023 Pode Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto de dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el abogado GUSTAVO SIMON FIGUEROA QUIROZ, en su condición de representante procesal de la señora DINORAH MERCEDES ALCERRO GUNERA, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-01029, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL AHORA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, se promueve demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que se me reintegre a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación Social, vacaciones proporcionales y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrado, aumentos salariales que se generen durante mi ausencia, se acompañan documentos. Se confiere Poder. Costas. En relación al Acuerdo de Cancelación No. CTL 1701-2022 de fecha 04 de julio del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 19 M. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de junio del dos mil veintidós (2022), comparecieron a este Juzgado el señor Daniel Adán Bonilla Orellana, en su condición personal, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), con orden de ingreso No.0801- 2022-00625, para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 107- 2022 de fecha ocho (08) de junio del año dos mil veintidós (2022), emitido por la Agencia de Regulación Sanitaria.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que se le reintegre a su puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, vacaciones proporcionales y vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrado. Aumentos salariales que se generan durante mi ausencia.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- Costas.- TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 19 M. 2023 _______

Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondieses, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de mayo del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora INGRID JOHANA MARTINEZ MALDONADO, en su condición personal, interponiendo demanda contencioso administrativa vía procedimiento especial en materia personal, con orden de ingreso No. 0801-2022-00769, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARÍA DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, contraída a solicitar; “se declare la nulidad de acto administrativo que condujo la violación de garantías y derechos contemplados en el Convenio 81 artículo 6 y 11 de O.I.T que garantizan la estabilidad en el empleo y la dependencia de los cumbios de gobiernos.- La garantía del Derecho al Trabajo, la estabilidad laboral, debido proceso y derecho a la defensa y no discriminación por razón de género con evidente infracción al procedimiento establecido en las leyes de la manera para cancelar por cesantía que no constituye causal de despido.- Reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro al cargo en igual o mejores condicione y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir y derechos adquiridos décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones doblemente remuneradas, bonos por quinquenios de manera retroactiva adeudados desde la vigencia de la ley con sus incrementos salariales ya sean generales o selectivos del cargo de igual naturaleza y categoría.- Y otros derechos que le pudieran corresponder.- Costas.- Documentos.- Petición.- Poder. Estefany Gabriela Mendoza García Secretaria Adjunta 19 M. 2023 ______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de octubre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor GETULIO ADAN BANEGAS ESPINOZA, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2022-01613 contra el Estado de Honduras, a través de la CORPORACIÓN MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CAMPAMENTO, DEPARTAMENTO DE OLANCHO, por lo contencioso administrativo se presenta demanda ordinaria de impugnación y nulidad de otorgamiento de dominios plenos.- Se señala actas de dominio pleno impugnadas. - Emplazamiento. - Exorto. Que se abra juicio a prueba. Que se declare con lugar a la demanda.- Se informa que se agotó la vía administrativa. Se acompañan documentos.- Se otorga Poder. En relación al acto impugnado el acta número quinientos ochenta y cuatro (584) de fecha 15 de marzo del 2018. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2022-6681 — Registro de Marca de Servicio UNITHEL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-6681 Fecha de presentación: 2022-11-10 Fecha de emisión: 11 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: UNIT EL S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GUADALUPE VALLE GALLO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (38)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UNITHEL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “UNITHEL” así como la apariencia de su etiqueta, sin dar protección a los demás elementos denominativos presentes en la misma.

  • I)

    Reivindicaciones: Se protege los colores tal como se presentan en la etiqueta adjunta.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 19 M., 5 y 20 J. 2023 ______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS   No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.

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Licitación

Licitación No. 10/2023 — Licitación Pública para suministro, instalación y puesta en funcionamiento de subestación eléctrica y generador de emergencia

Banco Central de Honduras

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No.10/2023 El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.10/2023, para la contratación del suministro, instalación, comisionamiento y puesta en funcionamiento de una (1) subestación eléctrica unitaria y de un (1) generador de emergencia, para ser instalados en la Sucursal del Banco Central de Honduras ubicada en la ciudad de La Ceiba. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no) piso del edificio del BCH en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (1er) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar documento nacional de identificación o carné de residente o pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (Hondu Compras), en la dirección electrónica www.hondu compras.gob.hn y en www.bch.hn/acerca-del-bch/ adquisiciones-y-contrataciones/adquisiciones. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el edificio del BCH ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, hasta el 19 de junio de 2023, a las 10:00 a.m., hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por el BCH. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 8 de mayo de 2023. OSKAR RIVAS NAJAR GERENCIA 19 M. 2023

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Convocatoria

Convocatoria No. CPN-BANHPROVI No. 04/2023 — Concurso Público Nacional para contratación de servicios de consultoría en Sistema de Gestión de Seguridad de la Información

Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda

AVISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN- BANHPROVI No. 04/2023

  • 1)

    El Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda invita a las sociedades interesadas en participar en el Concurso Público Nacional CPN-BANHPROVI No. 04/2023 a presentar ofertas selladas para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN (SGSI) DEL BANHPROVI CON BASE EN EL ESTÁNDAR ISO 27001”.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales.

  • 3)

    El Concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Nacional (CPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir el documento base del presente concurso, mediante solicitud escrita a la Subgerencia de Administración, teléfono 2291-0505 en la dirección indicada al final de este aviso en un horario de 08:00 a.m. a 4:00 p.m. previo el pago de la cantidad no reembolsable de DOSCIENTOS LEMPIRAS (L200.00), mediante cheque de caja o cheque certificado emitido a favor del Banco Hondureño para la Producción y la vivienda. Los documentos del concurso también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras. gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Subgerencia de Administración, Primer Piso, Edificio BANHPROVI, Boulevard Juan Pablo II, Contiguo al

    , Tegucigalpa, M.D.C. a más tardar a las 10:00 a.m. del 7 de junio del 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

  • 6)

    Los sobres que contengan las ofertas técnicas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m. del 7 de junio del 2023. Tegucigalpa, M.D.C. 26 de abril del 2023. EDWIN ARAQUE B. PRESIDENTE EJECUTIVO 19 M. 2023

    JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil veintidós (2022), comparecieron a este Juzgado los Abogados GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ y VALERIA FERNANDA MARTÍNEZ GUZMAN, en su condición de apoderados legales de la señora CLAUDIA EMPERATRIS TORRÉS PERALTA, interponiendo demanda en materia de personal a la que se le asignó la orden de ingreso número 0801- 2022-01335 J-5, contra LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRCTURA Y TRANSPORTE, para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia de personal consistente en el Acuerdo de Cancelación NºCTL-392-2022 de fecha 24 de agosto de 2022, generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo separando a una servidora totalmente de manera ilegal, exceso y desviación de poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales, infracción al ordenamiento jurídico, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias el reintegro de la servidora a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, el pago de los salarios caídos, se restituyan sus derechos, se anulen el acto administrativo del sustituto del cargo todo hasta que se haga efectivo el reintegro, se acompañan documentos, poder, costas. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2022-3813 — Registro de Marca de Servicio CUMBRES

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3813 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 26 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: HAPPY FACES S. DE R.L. Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RIDONEL CHAVEZ SCHACHERS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CUMBRES

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Educación; formación; esparcimiento; aci tividades deportivas y culturales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 19 M., 5 y 20 J. 2023

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Certificación

Certificación No. 2018-010825 — Registro de Marca de Servicio PAKHAL

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-010825 [2] Fecha de presentación: 08/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CONSTRU CREDIT S.A. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PAKHAL [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de elaboración de diseños gráficos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARCO ALEJANDRO DURON DIAZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de septiembre, del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 19 M., 5 y 20 J. 2023

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Certificación

Certificación No. 2022-5946 — Registro de Marca de Servicio inDrive (clase 42)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5946 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 20 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUOL INNOVATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi, 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN in Drive

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Análisis de sistemas informáticos; recuperación de datos informáticos; servicios de protección contra virus informáticos; diseño industrial; diseño de artes gráficas; estudios de proyectos técnicos; ingeniería; instalación de programas informáticos; consultoría de tecnologías de la información [TI]; consultoría de programas informáticos; actualización de programas informáticos; supervisión de sistemas informáticos mediante acceso remoto; software como servicio [SaaS]; mantenimiento de programas informáticos; conversión de datos de programas informáticos y datos [no conversión física]; diseño de sistemas informáticos; alquiler de servidores web; duplicación de programas informáticos; diseño de programas informáticos; programación informática; topografía, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2021-1796 — Registro de Marca de Servicio VESTO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-1796 Fecha de presentación: 2021-04-22 Fecha de emisión: 14 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: VESTO, LLC. Domicilio: 1712 Pioneer Avenue, Suite 500, Cheyenne Wyoming 82001, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de intercambio de criptomonedas; procesamiento de pagos con criptomonedas, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2023-215 — Registro de Marca de Fábrica TRITON

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-215 Fecha de presentación: 2023-01-12 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: C.A. Mejía & Cia S.A.S. Domicilio: Vda Belén km. 38, Aut. Med. Bogotá, Marinilla, Antioquia, Colombia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (6)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRITON

  • G)

    VESTO

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Certificación

Certificación No. 2021-1858 — Registro de Marca de Fábrica JALZERMET

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-1858 Fecha de presentación: 2021-04-26 Fecha de emisión: 6 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: JALZERMET

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Certificación

Certificación No. 2022-5945 — Registro de Marca de Servicio inDrive (clase 39)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5945 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 14 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUOL INNOVATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi, 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (39)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN in Drive

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Información sobre el tráfico; información sobre el transporte; logística del transporte, a saber, organizar el transporte de pasajeros; transporte de pasajeros; proporcionar direcciones de conducción con fines de viaje; servicios de taxi y de alquiler de vehículos, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindican los colores; Azul y Blanco I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Grapas de uso industrial; grapa para tapicería y colchonería; grapa para litografía; grapas y ganchos de uso en la floricultura, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema digestivo y metabolismo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 Marcas de Fábrica

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Certificación

Certificación No. 2022-5944 — Registro de Marca de Servicio inDrive (clase 38)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5944 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUOL INNOVATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi, 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (38)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN in Drive

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de tablones de anuncios electrónicos [servicios de telecomunicaciones]; suministro de acceso a bases de datos; suministro de salas de chat en internet; transmision de mensajes e imágenes asistida por ordenador; suministro de foros en línea; servicios de videoconferencia; servicios de teleconferencia, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2022-4684 — Registro de Marca de Fábrica TAMIGRON

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4684 Fecha de presentación: 2022-08-09 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá, Panamá

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema nervioso; aparato genitourinario y hormonas sexuales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2021-2593 — Registro de Marca de Fábrica AMONG US

Registro de la Propiedad Industrial

TAMIGRON Número de Solicitud: 2021-2593 Fecha de presentación: 2021-05-31 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INNERSLOTH, LLC. Domicilio: P.O. Box 2532 Redmond, Washington, 98073, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (25)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMONG US

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Soquetes; trajes de baño para mujeres; trajes de baño para hombres; batas de baño; corbatas de lazo; calzoncillos boxer; calzoncillos slip; calzado de lona; abrigos; calzado para hombres; calzado para mujeres; calzado no deportivo; disfraces de halloween; batas de baño con capucha; jerseys con capucha; camisetas con capucha; sudaderas con capucha; medias hasta la rodilla; calzas; camisas de manga larga; pantalones de descanso; pañuelos de cuello; corbatas; pantalones de pijama; pijamas; buzos; impermeables; pantalones cortos; pantalones de dormir; ropa de dormir; calcetines; pantalones de deporte; camisetas de deporte; sudaderas; trajes de baño; camisetas; ropa interior; corta vientos, de la clase 25 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2022-5947 — Registro de Marca de Fábrica people driven

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5947 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUOL INNOVATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi. 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN people driven

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad a las palabras de forma separadas.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aplicaciones informáticas para ordenadores y teléfonos móviles para coordinar servicios de transporte; aplicaciones informáticas para la programación y el envío automatizados de vehículos motorizados; programas informáticos para la programación y el envío automatizados de vehículos motorizados; programas informáticos descargables para que los pasajeros puedan negociar precios y viajes con los conductores de vehículos de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente, Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2022-5948 — Registro de Marca de Servicio people driven

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5948 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUOL INNOVATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi. 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (38)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN people driven

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad a las palabras de forma separadas.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de tablones de anuncios electrónicos [servicios de telecomunicaciones]; suministro de acceso a base de datos; suministro de salas de chat en internet; transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador; suministro de foros en línea; servicios de videoconferencia; servicios de teleconferencia, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2021-3631 — Registro de Marca de Fábrica LENDRUS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3631 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 21 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos, medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, anti diurético, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales, medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos, medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarréicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis; medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de adn recombinante, medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes. medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes anti glaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos. medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctil es y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endocrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiro ideas, hormonas para tiro ideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas hormonas sexuales masculinas. medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresor es e inmunomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis. medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. productos anti tóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes que la ntes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Certificación

Certificación No. 2021-3613 — Registro de Marca de Fábrica ACTIPERID

Registro de la Propiedad Industrial

LENDRUS Número de Solicitud: 2021-3613 Fecha de presentación: 2021-07-16 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ACTIPERID

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos, medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales. medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos, medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarréicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis. medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de adn recombinante. medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis. medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes anti glaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos, medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctil es y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endocrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiro ideas, hormonas para tiro ideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas. medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresor es e inmunomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. productos anti tóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes que la ntes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2019-42194 — Solicitud de registro de marca de fábrica DOLONERCEPT

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2019-42194 Fecha de presentación: 2019-10-11 Fecha de emisión: 31 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOLONERCEPT

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos, medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos. medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales. medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos. medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarréicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras. medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto. medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis. medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de adn recombinante. medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad. medicamentos para el tratamiento del sistemal nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes. medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis. medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes anti glaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos. medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos. medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctil es y para tratar alteraciones de la orina. vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos. medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endocrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiro ideas, hormonas para tiro ideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas. medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresor es e inmunomoduladores. medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis de la gota, raquitismo y osteoporosis. medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. productos anti tóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes que la ntes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-3807 — Solicitud de registro de marca de fábrica EUROHOME

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3807 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: En costa USA Corp. Domicilio: 929 Alton Road suite 500, Miami Beach, FL 33139, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (28)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EUROHOME

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Juegos y juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-2228 — Solicitud de registro de marca de fábrica THER-A-PEDIC ASSOCIATES, INC.

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-2228 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 23 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: THER-A-PEDIC ASSOCIATES, INC. Domicilio: 103 College Road East, 2nd floor, Princeton, New Jersey 08540, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°97/235305 de fecha 24/01/2022 de Estados Unidos de América

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (20)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Colchones, caja de resortes de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-86 — Solicitud de registro de marca de fábrica 8BitDo

Registro de la Propiedad Industrial

IMMUNITY Número de Solicitud: 2022-86 Fecha de presentación: 2022-01-05 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: SHENZHEN BESTODO TECHNOLOGY CO., LTD. Domicilio: Room 517, Venture One. 1 o. 43, Yanshan Road. Yanshan Community, Zhaoshang Street, Nanshan District, Shenzen, China

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (28)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 8BitDo

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Árboles de navidad (adornos para ) [excepto artículos de iluminación y confitería]; juegos; aparatos para juegos; consolas de videojuegos; juegos de anillo; juguetes para el cerebro; pelotas para juegos; palos de golf; aparatos de musculación; botas de patinaje con patines incorporados, de la clase 28 . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-2236 — Solicitud de registro de marca de fábrica ROSAL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-2236 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 29 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Royal SM. S.A. Domicilio: Avenida Federico Boyd, Condominio Alfaro, piso 6, Panamá

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Arturo Zacapa

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (16)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROSAL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ROSAL” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en el ejemplar de etiqueta no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Papel y artículos de papel; papel higiénico, servilletas de papel, toallas de papel, mayordomos de papel; paños de papel para limpieza, trapos de papel para limpieza, pañuelos de papel, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-5313 — Solicitud de registro de marca de fábrica At Source

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5313 Fecha de presentación: 2022-09-07 Fecha de emisión: 14 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL LIMITED Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER Singapore 018936, Singapur

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN At Source

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café en forma de grano entero; café; café instantáneo; cacao en polvo; cacao; cremas a base de cacao en forma de cremas para untar; azúcar; azúcar de palma; arroz; sucedáneos del café; preparados a base de cereales; masa de pastelería; productos de confitería; especias; pimienta de jamaica; canela [especia]; curry [condimento]; clavo [especia]; jengibre [especia]; condimentos; azafrán [productos para sazonar]; pimentón [producto para sazonar]; pimienta; hierbas aromáticas en conserva [productos para sazonar]; semillas de sésamo [productos para sazonar]; bebidas a base de cacao; cacao con leche; bebidas a base de café; café con leche; bebidas a base de chocolate; bebidas a base de té; café sin tostar; aromatizantes de café; galletas; copos de maíz; maíz molido; maíz tostado; cebada mondada; cebada molida; avena molida; sorgo procesado; harina de centeno; semillas de lino para uso culinario [productos para sazonar]; pastas alimenticias; fideos; fideos instantáneos; comidas preparadas a base de fideos; comidas saladas preparadas comprendidas en esta clase que contienen predominantemente arroz o pasta; platos salados preparados en forma de pizza; harina de maíz; harina de mazorca; harina de soja; harina de flor; harina de patata; harina de tapioca; harina de frutos secos; maíz molido; perejil seco de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-3964 — Solicitud de registro de marca de fábrica WELLMAX

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3964 Fecha de presentación: 2022-07-05 Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Shanghai Wellmax Lighting Industry Co., Ltd una corporación organizada y existente bajo las leyes de la República Popular de China. Domicilio: 9/F, bloque A y 10/F, edificio 26, No. 1000 Jinhai Road, China (Shanghai) Zona Piloto de Libre Comercio, Pudong New Area, Shanghai, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (11)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN WELLMAX

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Lámparas; quemadores incandescentes, aparatos de iluminación con diodos electroluminiscentes [ledes]; bombillas de iluminación; luces eléctricas para árboles de navidad; tubos luminosos de alumbrado; lámparasp eléctricas; bombillas de iluminación eléctricas; farolas; casquillos de lamparas eléctricas, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso No. 2022-4606 — Solicitud de registro de marca de fábrica Inspire Greatness

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4606 Fecha de presentación: 2022-08-05 Fecha de emisión: 2 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TCL Technology Group Corporation Domicilio: TCL Technology Building, 17 Huifeng 3rd Road, Zhongkai High Technology Development District, Huizhou, Guangdong, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Inspire Greatness

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: La marca se protegerá en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aparatos de televisión; barras de sonido; altavoces; teléfonos móviles; tabletas; auriculares inalámbricos; cerraduras de puertas inteligentes; gafas inteligentes; aplicaciones de software para telefonos inteligentes, descargables; aplicaciones de software de computadora, descargables; pulseras de identificación codificadas, magnéticas; pantallas de diodos emisores de luz (LED); pantallas de visualización de vídeo; aparatos de control remoto; video proyectores de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso No. 2022-3344 — Solicitud de registro de marca de fábrica Dolphin

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3344 Fecha de presentación: 2022-06-13 Fecha de emisión: 8 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: BYD COMPANY LIMITED Domicilio: No. 1. Yan´an Road, Kuichong Street, Dapeng New District, Shenzhen, Guangdong, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denomintiva

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (12)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN __________ Dolphin

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Coches; autocares; camiones; autobuses de motor; carrocerías de automóviles; chasis de automóviles; motores, eléctricos para vehículos terrestres; motocicletas; pastillas de freno para automóviles; carretillas elevadoras, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-514 — Solicitud de registro de marca de fábrica HUGO PORK

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-514 Fecha de presentación: 2022-01-24 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: BBB FOODS INT´L, INC. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HUGO PORK

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Sólo podrá usarla en su forma conjunta “HUGO PORK”, no se le otorga exclusividad sobre la palabra “PORK”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Carne y extractos de carne; aceites y grasas de uso alimenticio, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso No. 2022-5119 — Solicitud de registro de marca de fábrica C.A. MEJIA & CIA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5119 Fecha de presentación: 2022-08-30 Fecha de emisión: 3 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: C.A. MEJIA & CIA S.A.S. Domicilio: Vda Belem km. 38 Aut. Med. Bogotá, Marinilla, Antioquia, Colombia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (12)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN C.A. MEJIA & CIA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación, sin dar exclusividad de los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Vehículos; vehículos comerciales, vehículos industriales; autobuses; autobuses eléctricos; motocicletas; motocicletas de motocross; camionetas; camiones; camiones contenedor; camiones grúa; bicicletas; aviones; aviones ultraligeros; helicópteros; globos aerostáticos; barcos; barcos plegables; barcos a vela; motos acuáticas; yates; lanchas motoras; lanchas de propulsión a chorro, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

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Aviso No. 2022-2240 — Solicitud de registro de marca de fábrica OFI

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-2240 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL LIMITED. Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER SINGAPORE O18936, Singapur.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 40202128820P de fecha 26/11/2021 de Singapur.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OFI

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación “OFI” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Leche y productos lácteos; sustitutos de la leche de origen vegetal; productos lácteos que contengan leche; productos lácteos; productos lácteos aromatizados con queso; productos que ser os; mantequilla; preparaciones de mantequilla; manteca de cacao; bebidas lácteas, predominando la leche; frutos secos comestibles; frijoles de soja en conserva para la alimentación; semillas comestibles; semillas preparadas; nueces tostadas; nueces saladas; frutos secos procesados; mezclas de frutos de cáscara transformados y de pasas; aceites y grasas comestibles; aceites de cocina; aceites vegetales; aceite de maíz; aceite de maíz; aceite de palmiste para alimentos; aceite de sésamo; aceite de palma para alimentos; aceite de oliva para alimentos; aceite de girasol para alimentos; aceite de coco; aceite de linaza con fines culinarios; frijoles en conserva; comidas saladas preparadas en esta clase que contengan predominantemente mariscos, verduras, carne, huevo, queso, champiñones o tofu; lentejas preservadas; legumbres (productos alimenticios); almendras molidas; avellanas preparadas; cacahuetes preparados; semillas de sésamo preparadas; tahini [pasta de semillas de sésamo; nata [productos lácteos]; garbanzos procesados; soja transformada; linaza para el consumo humano; zumos de tomate para cocinar; pasta de tomate; conservas de tomate; puré de tomate; tomates (cocidos); tomates (secos); tomates (conservados); cebollas en conserva; ajo en conserva; conservas de hortalizas; verduras cocidas; hortalizas secas; verduras congeladas; frutas congeladas; frutas en conserva; frutas guisadas; pulpa de frutas; preparaciones para hacer sopa; pescado en conserva; conservas de carne; conservas verduras; frutas en conserva; jugos de vegetales para cocinar; productos alimenticios elaborados principalmente a partir de frutos de cáscara; aceites de nuez; snack bars a base de frutos secos, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso No. 2022-2241 — Solicitud de registro de marca de fábrica OFI clase 30

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-2241 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL LIMITED. Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER SINGAPORE O18936, Singapur.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 40202128820P de fecha 26/11/2021 de Singapur.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OFI

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Granos de café; café; café instantáneo; cacao en polvo; cacao y productos de cacao; café artificial; azúcar; azúcar de palma; arroz; preparaciones a base de cereales; pastelería; confitería; especias; pimienta de Jamaica; canela [especia]; curry [especia]; clavo [especia]; jengibre [especia]; mezclas de especias; azafrán [condimento]; pimientos [condimentos]; pimienta; hierbas de jardín, conservadas [condimentos]; bebidas a base de cacao; bebidas de cacao con leche; bebidas a base de café; bebidas de café con leche; bebidas a base de chocolate; bebidas a base de té; café sin tostar; saborizantes de café; galletas; copos de maíz; harina de maíz; maíz molido; maíz tostado; cebada descascarillada; cebada triturada; avena triturada; sorgo procesado; harina de centeno; pasta; fideos; fideos instantáneos; comidas preparadas a base de fideos; comidas saladas preparadas en esta clase que contengan predominantemente arroz o pasta; preparó comidas saladas en forma de pizza; harina de maíz; harina de maíz; harina de soja harina de trigo; harina de patata; harina de tapioca; harinas de frutos secos; maíz molido; perejil seco; confitería de frutos secos; barras de confitería que contienen nueces; cápsulas de café, llenas; bebidas de café preparadas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso No. 2022-3806 — Solicitud de registro de marca de fábrica EUROHOME clase 21

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3806 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: En costa USA Corp. Domicilio: 929 Alton Road suite 500, Miami Beach, FL 33139, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (21)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EUROHOME

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Utensilios y recipientes para el menaje o la cocina (que no sean de metales preciosos ni chapados); peines y esponjas; cepillos (excepto pinceles); materiales para la fabricación de cepillos; material de limpieza; vidrio en bruto o semielaborado (excepto vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza, no comprendidas en otras clases; abrebotellas; aceiteras; portabrochas de afeitar; agitadores de cóctel; sifones para agua gaseosa; alcachofas de regadera; alcancías; sacudidores de alfombras; recipientes térmicos para alimentos; palos de amasar; ampollas de vidrio (recipientes), de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso No. 2022-3809 — Solicitud de registro de marca de fábrica EUROHOME clase 9

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3809 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: En costa USA Corp. Domicilio: 929 Alton Road suite 500, Miami Beach, FL 33139, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EUROHOME

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Científicos (diafragmas para aparato); diafragmas para aparatos científicos; aparatos científicos para determinar el contenido de agua en productos derivados del petróleo; aparatos e instrumentos náuticos de salvamento; aparatos e instrumentos geodésicos; aparatos fotográficos; máquinas y aparatos cinematográficos; aparatos topográficos [ópticos] aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos, mecanismo para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipo de procesamiento de datos y ordenadores; extintores, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso No. 2022-4532 — Solicitud de registro de marca de fábrica At Source clase 30

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4532 Fecha de presentación: 2022-08-02 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL, LIMITED. Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER SINGAPORE 018936, Singapur.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN At Source

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café en forma de grano entero; café; café instantáneo; cacao en polvo; cacao; cremas a base de cacao en forma de cremas para untar; azúcar; azúcar de palma; arroz; sucedáneos del café; preparados a base de cereales; masa de pastelería; productos de confitería; especias; pimienta de Jamaica; canela [especia]; curry [condimento]; clavo [especia]; jengibre [especia]; condimentos; azafrán [productos para sazonar]; pimentón [producto para sazonar]; pimienta; hierbas aromáticas en conserva [productos para sazonar]; semillas de sésamo [productos para sazonar]; bebidas a base de cacao; cacao con leche; bebidas a base de café; café con leche; bebidas a base de chocolate; bebidas a base de té; café sin tostar; aromatizantes de café; galletas; copos de maíz; maíz molido; maíz tostado; cebada mondada; cebada molida; avena molida; sorgo procesado; harina de centeno; semillas de lino para uso culinario [productos para sazonar]; pastas alimenticias; fideos; fideos instantáneos; comidas preparadas a base de fideos; comidas saladas preparadas comprendidas en esta clase que contienen predominantemente arroz o pasta; platos salados preparados en forma de pizza; harina de maíz; harina de mazorca; harina de soja; harina de flor; harina de patata; harina de tapioca; harina de frutos secos, maíz molido; perejil seco, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-4531 — Solicitud de registro de marca de fábrica At Source clase 29

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4531 Fecha de presentación: 2022-08-02 Fecha de emisión: 1 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL, LIMITED. Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER SINGAPORE 018936, Singapur.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN At Source

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Leche y productos lácteos; productos lácteos que contienen leche; productos lácteos; productos lácteos con sabor a queso; quesos; mantequilla; preparaciones a base de mantequilla; manteca de cacao para uso alimenticio; bebidas lácteas en las que predomina la leche; frutos secos comestibles; granos de soja en conserva para uso alimenticio; semillas comestibles; nueces preparadas; frutos secos tostados; frutos secos salados; aceites y grasas comestibles; aceites para cocinar; aceites vegetales para uso alimenticio; aceite de mazorca para uso alimenticio; aceite de maíz para uso alimenticio; aceite de nuez de palma para uso alimenticio; aceite de sésamo para uso alimenticio; aceite de palma para uso alimenticio; aceite de oliva para uso alimenticio; aceite de girasol para uso alimenticio; aceite de coco para uso alimenticio; aceite de linaza para uso alimenticio; frutos secos procesados; mezcla de nueces procesadas y de pasas; frijoles preservados; comidas saladas preparadas comprendidas en esta clase que contienen predominantemente marisco, verduras, carne, huevo, queso, champiñones o tofu; lentejas en conserva; legumbres secas; legumbres en conserva; legumbres enlatadas; almendras molidas; avellanas preparadas; maníes preparados; semillas de sésamo preparadas; aceite de sésamo para uso alimenticio; tahini [pasta de semillas de sésamo]; crema como producto lácteo; garbanzos procesados; granos de soja procesados; jugo de tomate para cocinar; concentrado de tomate; conservas de tomate; puré de tomate; tomates cocinados tomates secos; tomates (en conserva); cebollas en conserva; ajo en conserva; verduras en conserva; verduras, hortalizas y legumbres cocidas; verduras, hortalizas y legumbres secas; verduras congeladas; frutas congeladas; frutas en conserva; frutas estofadas; pulpa de fruta; preparaciones para hacer sopa; pescado enlatado [conservas];carne enlatada [conservas]; verduras, hortalizas y legumbres enlatadas [conservas]; fruta enlatada [conservas]; jugos y vegetales para uso culinario; semillas de lino para uso culinario [productos para sazonar], de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-3703 — Solicitud de registro de marca de fábrica Rapigen

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3703 Fecha de presentación: 2022-06-24 Fecha de emisión: 20 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Rapigen INC. Domicilio: 3F. 4F, 16. LS-ro 91 beon-gil, Dongan-gu, Anyang-si, Gyeonggi-do, República de Corea.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (10)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Rapigen

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: Denominación con gráfica especial. se reivindica el color: PANTONE Rojo (186C).

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aparatos médicos para la extracción de muestras; aparatos e instrumentos médicos; aparatos de amplificación de ácidos nucleicos para uso médico: instrumentos de prueba de diagnóstico para su uso en procedimie tos de inmunoensayo [médicos]; aparatos de diagnóstico médico para detectar virus, bacterias, hongos, protozoos parásitos y genes de resistencia a antibióticos; aparatos para realizar pruebas de diagnóstico con una finalidad médica: aparatos de diagnóstico para uso médico; aparatos de medición de diagnóstico para uso médico; aparatos e instrumentos médicos en el campo del diagnóstico clínico; equipos de diagnóstico, examen y seguimiento: instrumentos de prueba para diagnóstico médico; herramientas para diagnóstico médico; aparatos de inmunoensayo para diagnóstico médico; sondas de prueba para diagnóstico médico; aparatos de diagnóstico médico para uso médico; equipos de prueba de aparatos para diagnóstico clínico; columnas de inmuno absorción para su uso en diagnósticos; aparatos médicos para el diagnóstico automático de enfermedades; dispositivos de diagnóstico in vitro para uso médico, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-2594 — Solicitud de registro de marca de fábrica INNERSLOTH, LLC.

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2594 Fecha de presentación: 2021-05-31 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INNERSLOTH, LLC. Domicilio: P.O. Box 2532 Redmond, Washington, 98073. Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Estuches adaptados para teléfonos móviles; estuches para teléfonos inteligentes; estuches para teléfonos móviles; programas de juegos de computadora descargables; programas de juegos de computadora descargables desde una red informática mundial; programas de videojuegos descargables; programas de juegos electrónicos descargables para dispositivos electrónicos de mano; programas de juegos electrónicos descargables para utilizar en computadoras personales, tabletas, dispositivos móviles y consolas; programas de juegos electrónicos descargables para dispositivos inalámbricos; programas de juegos interactivos descargables; programas de juegos de computadora grabados con fines recreativos; videos grabados, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-6226 — Solicitud de registro de marca de fábrica EMADIAN

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-6226 Fecha de presentación: 2021-11-15 Fecha de emisión: 7 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION. Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EMADIAN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema digestivo y metabolismo, del aparato genitourinario y hormonas sexuales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-6227 — Solicitud de registro de marca de fábrica TORITRAM

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-6227 Fecha de presentación: 2021-11-15 Fecha de emisión: 7 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION. Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TORITRAM

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema musculoesquelético y del sistema nervioso, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2020-18656 — Solicitud de registro de marca de servicio PERFECT CIRCLE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2020-18656 Fecha de presentación: 2020-06-29 Fecha de emisión: 12 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: PERFECT CIRCLE, INC. Domicilio:AVENIDA NICANOR A. DE BARRIO, CALLE 50, EDIFICIO PLAZA CREDICORP BANK, PISO 26, REPUBLICA DE PANAMÁ, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PERFECT CIRCLE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-1859 — Solicitud de registro de marca de fábrica SIBINTAMET

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-1859 Fecha de presentación: 2021-04-26 Fecha de emisión: 22 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION. Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SIBINTAMET

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema digestivo y metabolismo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-4607 — Solicitud de registro de marca de fábrica Inspire Greatness clase 11

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4607 Fecha de presentación: 2022-08-05 Fecha de emisión: 2 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TLC Technology Group Corporation Domicilio: TLC Technology Building, 17 Huifeng 3rd Road, Zhongkai High Technology Development District, Huizhou, Guangdong, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (11)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Inspire Greatness

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: La marca se protegerá en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Instalaciones de aire acondicionado; refrigeradores; aparatos y máquinas purificadoras de aire; hornos microondas [aparatos de cocina]; freidoras de aire; humidificadores para uso doméstico; ventiladores [aire acondicionado]; secadoras de ropa; deshumidificadores para uso doméstico; ventiladores eléctricos para uso personal; utencilios de cocina, eléctricos; hervidores eléctricos; aparato humidificador de aire; secadores de pelo eléctricos; aparatos de calefacción, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica Inspire Greatness (clase 7)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4605 Fecha de presentación: 2022-08-05 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TLC Technology Group Corporation Domicilio: TLC Technology Building, 17 Huifeng 3rd Road, Zhongkai High Technology Development District, Huizhou, Guangdong, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (7)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Inspire Greatness

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de cada una de las palabras que la confirman.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aspiradoras; lavadoras [lavandería]; licuadoras eléctricas para uso doméstico; lavavajillas; máquinas de limpieza en seco; máquinas de escurrir para lavandería; máquinas de preparación de alimentos, electromecánicas; extractores de zumo eléctricos; planchado ras; máquinas y aparatos para limpieza, eléctricos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica UNILUMIN

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2019-43162 Fecha de presentación: 2019-10-17 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: UNILUMIN GROUP CO., LTD. Domicilio: 112 Yongfu Rd., Qiaotou Village, Fuyong Town, Baoan District, Shenzhen 518103, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (11)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UNILUMIN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Lámparas de mineros, lámparas de enfoque, difusores de luz, aparatos de alumbrado para vehículos, aparatos para alumbrado, lámpara estándar, aparatos e instalaciones de iluminación, luces de acuario, luces de buceo, luces para vehículos, bombillas, tubos luminosos para iluminación, lámpara de la calle, aparatos para iluminación escénica, antorchas eléctricas, tubo fluorescente, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica LIXENTA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3886 Fecha de presentación: 2021-07-29 Fecha de emisión: 16 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS S.A. Domicilio: Ruta 101 Km, 23,500, Parque de las Ciencias, edificio Megapharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIXENTA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica KEUTRAL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3630 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS S.A. Domicilio: Ruta 101 Km, 23,500, Parque de las Ciencias, edificio Megapharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KEUTRAL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos de neuro ciencia; ginecología, gastroenterología, oftalmología y dermatología con exclusión de todos los productos relacionados con la actividad cardio lógica terapéutica, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 Unilumin

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica AMASANA (clase 29)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-291 Fecha de presentación: 2023-01-16 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MELIORA S.A. DE C.V. Domicilio: BARRIO LA MORA, 18 AVENIDA, 8-9 CALLE N.O, CASA 814, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GIANCARLO CASCO BRUNI

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMASANA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: La marca se considera bajo el tipo de signo denominativo.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceite de coco para uso alimenticio, aceite de oliva para uso alimenticio, aceite de oliva virgen extra para uso alimenticio, almendras molidas, avellanas preparadas, bebidas a base de leche de almendras, coco deshidratado, dátiles, frutas procesadas, frutos secos preparados, jaleas comestibles, leche de almendra, leche de coco, mantequilla de coco, manteca de cacao para uso alimenticio, mantequilla, mermeladas, nata/crema, pastas para untar a base de frutos secos, quesos, salchichas, semillas de girasol preparadas, semilas preparadas, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 4, 19 M. y 5 J. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica AMASANA (clase 30)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-292 Fecha de presentación: 2023-01-16 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MELIORA S.A. DE C.V. Domicilio: BARRIO LA MORA, 18 AVENIDA, 8-9 CALLE N.O, CASA 814, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GIANCARLO CASCO BRUNI

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30) H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aceite de coco para uso alimenticio, aceite de oliva para uso alimenticio, aceite de oliva virgen extra para uso alimenticio, almendras molidas, avellanas preparadas, bebidas a base de leche de almendras, coco deshidratado, dátiles, frutas procesadas, frutos secos preparados, jaleas comestibles, leche de almendra, leche de coco, mantequilla de coco, manteca de cacao para uso alimenticio, mantequilla, mermeladas, nata/crema, pastas para untar a base de frutos secos, quesos, salchichas, semillas de girasol preparadas, semilas preparadas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 4, 19 M. y 5 J. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de nombre comercial AMASANA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-293 Fecha de presentación: 2023-01-16 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: MELIORA S.A. DE C.V. Domicilio: BARRIO LA MORA, 18 AVENIDA, 8-9 CALLE N.O, CASA 814, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL GIANCARLO CASCO BRUNI

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMASANA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial para la fabricación, comercialización, distribución, venta y exportación de todo tipo de mezclas y premezclas de repostería, panaderia, procesamiento de nueces para la elaboración de mantequillas a base de nuez y sus derivados, asi como de cualquier tipo de producto alimenticio y bebidas, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 4, 19 M. y 5 J. 2023 F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMASANA G.- AMASANA AMASANA

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica OMARA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3638 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 13 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OMARA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento para uso oftálmico, antipiréticos, analgésicos, anestésicos, antialérgicos, antihistamínicos, antídotos, desintoxicantes, antialcohólicos, alcaloides, drogas contra el fumado, antineoplásicos, antícancerosos, antineuríticos, antiartríticos, antiflogísticos, antirreumáticos, antiuricémicos, drogas bronco pulmanares,antitusivos,bálsamos expectorantes,inhalantes,cardiovasculares, analépticos, antirraquíticos, antiarterioescleosicoshi polesterolemicos, bloqueadores beta, vasodilatadores coronarios, antihermorroidales, antivaricosos, antihipertensivos, micardiotropicos, vasodilatadores periféricos y cerebrales, quimioterapéuticos, antibióticos antibacterianos, antimicóticos, sulfamidicos, antituberculosos, antilepróticos, antiprotozoos, antimaláricos, antivirales, antiparasitarios, dermatológicos, corticoesteroides, antiprufiticos, trofodermicos, sustancias para hacer diagnósticos, radioscópicos, radioisótopos, suplemento dietéticos, desinfectantes, diuréticos y antidiuréticos, hematológicos, antianémicos, antitrombóticos anticoagulantes, antihemorrágicos, preparaciones para transfusiones, enzimas, inhibidores de enzimas, hepatobiliares, desifectantes hepatobiliares, drogas y fitoterapéuticos, gastrointestinales, antiácidos, antidiarreicos, antihelmínticos; enméticos y antieméticos, antiulcerosos, camínativos, antifiatulentos, digestivos, antidispersicos, laxantes, purgantes, geriátricos, ginecólogos, antidesmenorreicos, oxitócicos, galactogosos, uterotonicoshemostaticos uterinos, antisépticos, antiflogísticos vaginales, drogas antifertilidad y lúteo líticos, inmunosupresor es inmunoactivadores anabólicos, antiastenicos, energéticos, antidiabéticos, catabólicos, antiobesidad; anoréxicos, reguladores del metabolismo neurológicos centrales y periféricos, para simpaticomiméticos, antiepilépticos contra el mal de Parkinson, seda tivos hipnóticos, neurolépticos, antiprolactinicos, tranquilizadores, antidepresivos, antisicoticos, timo analépticos, psicotónicos, neurotropicos homeopáticos,hormonas,opoterapeuticos,estrógenos,progestágenos,contraceptivos, androgenos, antihormonas, droga para la terapia otorrinolaringologica, sueros y vacunas, antiespasmódicos, urogenitales, vitaminas y coenzimas, polivitaminas, excipientes para drogas, productos para problemas cardiacos de uso sublingual, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica LUROXATE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3633 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LUROXATE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos. Medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofilicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos medicamentos para el tratamiento de los problemas de rm tológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales, medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos, medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis, medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de ADN recombinante, medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes anti glaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos, medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctil es y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno más de vitaminas, minerales, y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trans tornos del sistema endócrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiro ideas, hormonas para tiro ideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas, medicamentos para el trans torno inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresor es e inmumomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes, productos anti tóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes que la ntes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de servicio TCL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-936 Fecha de presentación: 2022-02-22 Fecha de emisión: 6 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: TLC Technology Group Corporation. Domicilio: TCL Technology Building, 17 Huifeng 3rd Road, Zhongkai High Technology Development District, Huizhou. Guangdong, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TCL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Diseño de circuitos integrados; realización de estudios de proyectos técnicos; investigación científica en el ámbito de la energía; investigación de nuevos productos para terceros; investigación en el campo de la tecnología de procesamiento de semiconductores; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; asesoramiento técnico en el ámbito de la tecnología de procesamiento de semiconductores; diseño técnico y planificación de centrales eléctricas; servicios de análisis tecnológico relativos a las necesidades energéticas y de electricidad de terceros; asesoramiento tecnológico en el ámbito de la generación de energía alternativa; desarrollo de sistemas de gestión de energía y potencia asesoramiento sobre servicios tecnológicos en el ámbito del suministro de energía y electricidad; asesoramiento técnico en el ámbito del ahorro y la eficiencia energética; asesoramiento en el ámbito del ahorro de energía; diseño y desarrollo de sistemas de generación de energía regenerativa; consultoría tecnológica en el ámbito de la producción y el uso de la energía; diseño y desarrollo de software para el control, la regulación y la supervisión de sistema de energía solar, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica DIPROVISA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4425 Fecha de presentación: 2022-07-27 Fecha de emisión: 4 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS VILLEDA SANCHEZ S. DE R.L. Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL VERA MARCELA MOLINA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DIPROVISA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “DIPROVISA”, asi como la apariencia de los ejemplares de etiqueta, sin dar protección a las siglas “DVS” presentes en ellas.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Confites y churros, de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 19 M., 5 y 20 J. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica EL PICHON

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-738 Fecha de presentación: 2023-02-07 Fecha de emisión: 27 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: KAREN MARITZA VILLELA GUERRA Domicilio: 2A Calle, al par de Bodega Umanzor, El Progreso, Yoro, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL PICHON

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “EL PICHON”, y la apariencia de su etiqueta, los démas elementos denominativos no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Pan; pastelería y repostería de todo tipo, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 19 M., 5 y 20 J. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientet HACE SABER: Que en fecha diez (10) de enero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora Nora Paola Herrera Lagos, en su condición personal, incoando demanda en procedimiento especial en materia de personal, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la Dirección Nacional de Bienes del Estado, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, con orden de ingreso No.0801-2023-00070, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo Número: DNBE-054-2022, de fecha 07 de diciembre del 2022, notificado el 06 de diciembre del 2022, la cancelación por cesantía emitido por la Dirección Nacional de Bienes del Estado, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, conceder vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas por la Ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al cargo de Asistente Especial Técnico I de la Dirección Nacional de Bienes del Estado, o a otro de igual o mejor categoría, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrado al cargo mediante Sentencia Definitiva Procedente, reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el décimo terce Y y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.-Quinquenio.- Nulidad de los Acuerdos de los sustitutos.- Costas del juicio. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 19 M. 2023

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica APOCATIL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3625 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PANALAB, S.A. Domicilio: Guatemala República de Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 5 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos, medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo /tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales, medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos, medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis, medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de ADN recombinante. medicamentos para el tratamiento de los trastorno metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicostimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas periodontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes anti-glaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivo, medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctil es y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endócrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiro ideas, hormonas para tiro ideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas, medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresor es e inmunomoduladores, medicamento para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamientos de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. Productos anti tóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes que la ntes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 APOCATIL

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Aviso

Aviso — Registro de marca de servicio MARCET

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-2966 Fecha de presentación: 2022-05-31 Fecha de emisión: 19 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: MARCET TRADE S.L. Domicilio: REINO DE ESPAÑA, España

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 41 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger:Servicios de educación,formación,servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; organización de eventos deportivos, competiciones, campeonatos, actividades deportivas, culturales y de ocio de carácter nacional e internacional; servicios de edición de libros, discos, vídeos, CD’s o MC’s; organización de seminarios, presentaciones, mesas redondas y capacitación en los campos del personal, la capacitación del personal, el desarrollo profesional y las relaciones personales; suministro de información sobre deportes y cultura; servicios de publicación electrónica de publicaciones para terceros; organización de exposiciones con fines culturales, deportivos, formativos o educativos; realización de conferencias educativas, debates, convenciones, simposios y seminarios educativos en el campo de los deportes, la salud, la aventura, el entretenimiento, la educación y los eventos; organización y realización de seminarios de networking en el campo de los deportes, la aventura y la atención médica; servicios de ofrecimiento de programas de televisión y radio en el ámbito de los deportes y la cultura; montaje, producción y presentación de programas de juegos para televisión y radio; servicios de entretenimiento en forma de programas informativos para televisión y radio; enseñanza universitaria, a saber, servicios de enseñanza en forma de cursos a nivel universitario; proporcionar información de entretenimiento relacionada con el deporte; proporcionar instalaciones y campos para actividades deportivas y de entrenamiento; servicios de capacitación en el campo del deporte y el entretenimiento y la aventura a través de reuniones en línea y seminarios web; servicios educativos, a saber, la realización de seminarios de creación de redes en el ámbito deportivo; edición en línea de material impreso; incluida la prestación de estos servicios a través de redes telemáticas mundiales; servicios de coaching, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 MARCET

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Aviso

Aviso — Registro de marca de fábrica GASUL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3629 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 5 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos. Medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel. Medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo a nt inflamatorios no esteroideos y anestésicos locales. Medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos. Medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras. Medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto. Medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis. Medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología deADN recombinante. Medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad. Medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes. Medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis. Medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes anti glaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos. Medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos. Medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctil es y para tratar alteraciones de la orina. Vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos. Medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endócrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiro ideas, hormonas tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresor es e inmunomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes, productos anti tóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes que la ntes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 GASUL

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Aviso

Aviso No. 2021-3634 — Solicitud de registro de marca de fábrica GASUL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3634 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 5 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos. Medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofilicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflatorios no esteroideos y anestésicos locales. Medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos. Medicamento para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis. Medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología deADN recombinante. Medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes anti glaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos. Medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos. Medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctil es y para tratar alteraciones de la orina. Vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endócrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiro ideas, hormonas para tiro ideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas, medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, inmunosupresor es inmumomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis. Medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. Productos anti tóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes que la ntes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 MEDOCOR AS

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Aviso

Aviso No. 2021-3632 — Solicitud de registro de marca de fábrica MEDOCOR AS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3632 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, Piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 5 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos. Medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos. Medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo a nt inflamatorios no esteroideos y anestésicos locales, medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos. Medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis, medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología deADN recombinante, medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes anti glaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos, medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctil es y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endocrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiro ideas, hormonas para tiro ideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas. medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresor es inmunomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes, productos anti tóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes que la ntes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes”, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 LOXIMOD

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Aviso

Aviso No. 2021-3628 — Solicitud de registro de marca de fábrica EPITRIOL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3628 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, Piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( 5 )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento para uso oftálmico, antipiréticos, analgésicos, anestésicos, antialérgicos, antihistamínicos, antídotos, desintoxicantes, antialcohólicos, alcaloides, drogas contra el fumado, antineoplásicos, anticancerosos, antineuríticos, antiartríticos, antiflogísticos, antirreumáticos, antiuricémicos, drogas bronco pulmonares, antitusivos, bálsamos expectorantes, inhalantes, cardiovasculares, analépticos, antirraquíticos, antiarterioesclerosicoshipolesterolémicos, bloqueadores beta, vasodilatadores coronarios, antihemorroidales, antivaricosos, antihipertensivos, micardiotrópicos, vasodilatadores periféricos y cerebrales, quimioterapéuticos, antibióticos antibacterianos, antimicóticos, sulfamídicos, antituberculosos, antilepróticos, antiprotozoos, antimaláricos, antivirales, antiparasitarios, dermatológicos, corticoesteroides, antiprufíticos, trofodérmicos, sustancias para hacer diagnósticos, radioscópicos, radioisótopos, suplemento dietéticos, desinfectantes, diuréticos y antidiuréticos, hematológicos, antianémicos, antitrombóticos anticuagulantes, antihemorrágicos, preparaciones para transfusiones , enzimas, inhibidores de enzimas, hepatobiliares, desinfectantes hepatobiliares, drogas y fitoterapéuticos, gastrointestinales, antiácidos, antidiarreicos, antihelmínticos, eméticos y antieméticos, antiulcerosos, caminativos, antiflatulentos, digestivos, antidispersicos, laxantes, purgantes, geriátricos, ginecólogos, antidesmenorreicos, oxitócicos, galactogosos, uterotonicoshemostaticos uterinos, antisépticos, antiflogísticos vaginales, drogas antifertilidad y lúteo liticos, inmunosupresor es inmunoactivadores anabólicos, antiastenicos, energéticos, antidiabéticos, catabólicos anti obesidad; anoréxicos, reguladores del metabolismo, neurológicos centrales y periféricos, para simpaticomiméticos, antiepilépticos contra el mal de Parkinson, seda tivos hipnóticos, neurolépticos, antiprolactinicos, tranquilizadores, antidepresivos, antisicoticos, timo analépticos, psicotónicos, neurotrópicos homeopáticos, hormonas, opoterapeuticos, estrógenos, progestágenos, contraceptivos, andrógenos, antihormonas, drogas para la terapia otorrinolaringológica, sueros y vacunas, antiespasmódicos, urogenitales, vitaminas y coenzimas, poli vitaminas, excipientes para drogas, productos para problemas cardiacos de uso sublingual”. de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 EPITRIOL

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Aviso

Aviso No. 2021-2582 — Solicitud de registro de marca de fábrica AMONG US

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2582 Fecha de presentación: 2021-05-28 Fecha de emisión: 7 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INNERSLOTH, LLC. Domicilio: P.O. Box 2532 Redmond, Washington, 98073, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad N. 90370040 de fecha 09/12/2020 de Estados Unidos de América.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (16)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMONG US

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Impresiones artísticas; impresiones artísticas sobre lienzo; libros de diario en blanco; cuadernos de papel en blanco; impresiones en color; alfombrillas de escritorio; diarios; impresiones artísticas enmarcadas; cuadernos de notas; cajas de lápices; estuches de lápices; lápices; bolígrafos; tarjetas postales; cuadernos de bocetos; álbumes de pegatinas; libros de pegatinas; pegatinas; cuadernos de espiral de alambre, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-5294 — Solicitud de registro de marca de fábrica SONG

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5294 Fecha de presentación: 2022-09-07 Fecha de emisión: 3 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: BYD COMPANY LIMITED Domicilio: No.l, Yan’an Road, Kuichong Street, Dapeng New District, Shenzhen, Guangdong, China

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (12)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SONG

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Coches, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-4685 — Solicitud de registro de marca de fábrica EPLINA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4685 Fecha de presentación: 2022-08-09 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá, Panamá

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EPLINA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema nervioso, sistema digestivo y metabolismo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-1900 — Solicitud de registro de marca de fábrica Verze

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-1900 Fecha de presentación: 2021-04-27 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: AUTO PARTES Y MAS, S.A. DE C.V. Domicilio: Avenida Juan Gil Preciado número 4051-A, colonia Hogares de Nuevo México, C.P. 45138, Zapopan, Jalisco, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (17)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Verze

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cintas aislantes, de la clase 17. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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Aviso

Aviso No. 2019-014495 — Solicitud de registro de marca de servicio de restauración

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-014495 [2] Fecha de presentación: 01/04/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MARCO ROBERTO CASTRO DIAZ [4.1] Domicilio: RESIDENCIAL BELLA ORIENTE, BLOQUE H, CASA 4410, TEGUCIGALPA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicio de restauración (alimentación).

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIELA PORTILLO. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre del año 2019. [12] Reservas: Se protege la conformación de los elementos figurativos que se muestran en los ejemplares de etiquetas, sin dar exclusividad de forma separada sobre los elementos figurativos que son de uso común en esta clase. NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

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