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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

24 enero 2023Edición No. 36,137

Comunicado

Comunicado — Informe Final Junta Nominadora para la proposición de Selección para candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia 2023-2030

Congreso Nacional de Honduras

  1. 1.

    Que en fecha veintitrés (23) de enero de dos mil veintitrés (2023) y en cumplimiento del Artículo 22 y demás aplicables del Decreto No. 74-2022 de fecha del 19 de Julio de 2022, contentivo la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, se ha recibido por parte de Junta Nominadora para la proposición de candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, una nómina de cuarenta y cinco (45) candidatos para la elección de los Magistradas y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, integrada de la siguiente manera: 1. ANA ALEJANDRINA PINEDA HERNÁNDEZ 2. AÍDA ESTELA ROMERO REYES 3. SONIA MARLINA DUBÓN VILLEDA 4. RUBENIA ESPERANZA GALEANO BARRALAGA 5. ODALIS ALEYDA NÁJERA MEDINA 6. GAUDY ALEJANDRA BUSTILLO MARTÍNEZ 7. ROXANA LICETH MORALES TORO 8. ANNY BELINDA OCHOA MEDRANO 9. ISBELA BUSTILLO HERNÁNDEZ 10. KAREN LIZETH MARTÍNEZ PONCE 11. REBECA LIZETTE RÁQUEL OBANDO 12. FRANCISCA VILLELA ZAVALA 13. TIRZA DEL CARMEN FLORES LANZA 14. MARÍA DE JESÚS PALACIOS ZELAYA 15. ANABELLY SUYAPA MEDINA MONCADA 16. LILIANA PATRICIA PAZ PAGUAGA 17. DANELIA FERRERA TURCIOS 18. MARTHA DELIA MERINO CONDE 19. AÍDA PATRICIA MARTÍNEZ LINARES 20. LINDA PATRICIA REYES INTERIANO 21. SANDRA LIZETH AVELAR RAJO 22. GESSENIA LÓPEZ ZEPEDA 23. GLORIA BERTILA OYUELA CARRASCO 1. ROY PINEDA CASTRO 2. JUAN WILFREDO CASTELLANOS HIPP 3. MARIO ROLANDO DIAZ FLORES INFORME FINAL Junta Nominadora para la proposición de selección para candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia 2023-2030 1. Corte Suprema de Justicia Carlos Josué Padilla Eveline, representante propietario Daysi Rodríguez, representante suplente 2. Colegio de Abogados de Honduras Mario Roberto Urquía Fajardo, representante propietario Reina Isabel Nájera, representante suplente 3. Comisionado Nacional de los Derechos Humanos Blanca Saraí Izaguirre Lozano, representante propietario Rolando Arturo Milla Hernández, representante suplente 4. Consejo Hondureño de la Empresa Privada Olban Francisco Valladares Ordóñez, representante propietario Helui Guadalupe Castillo Hung, representante suplente 5. Claustro de las Escuelas de Ciencias Jurídicas Waldo Rodman Rivera Portillo, representante propietario Yessenia Julissa Aguilar Santos, representante suplente 6. Organizaciones de la Sociedad Civil Martha Elizabeth Dubón Acosta, representante propietario Tomás Andino Mencía, representante suplente 7. Confederaciones de Trabajadores María Elena Sabillón Paz, representante propietario Mauro Joel Domínguez Almendarez, representante suplente Secretaría Técnica y Secretaría Técnica Adjunta Gustavo Rafael Solórzano Díaz Karol Sarahí Hernández Bobadilla Karla Ninoska Escalante Alegría Rafael Jerez Moreno Alejandra Flores Mejía Ariel Edgardo Díaz Leonel Enrrique Valladares Velasquez Mónica Isabel Sierra Cooper Brenda Lizeth Zuniga Reyes Carmen Elena Mejía Figueroa Luis Antonio Mendoza Soliz 4. JOSÉ RICARDO PINEDA MEDINA 5. MAL CON EDUARDO GUZMÁN VELASQUEZ 6. MARCO VINICIO MONTES TAVARONE 7. NELSON DANILO MAIRENA FRANCO 8. FELIPE RENÉ SPEER LAINEZ 9. MILTON DANILO JIMENEZ PUERTO 10. JOSÉ MARÍA DÍAZ ÁVILA 11. MARCIO BEYRAN MEMBREÑO VILLELA 12. EDIN YOBANY DE LAO RAMOS 13. FRANCISCO JAVIER MEJÍA SÁNCHEZ 14. MARVIN RIGOBERTO ESPINAL PINEL 15. YURI FERNANDO MELARA BERLIOZ 16. LUIS ALONSO DISCUA CERRATO 17. MARIO DONALDO ACOSTA CÁRCAMO 18. DANIEL ARTURO SIBRIAN BUESO 19. WALTER RAÚL MIRANDA SABIO 20. WAGNER VALLECILLO PAREDES 21. MANUEL ENRIQUE CALIX BONILLA 22. LUIS FERNANDO PADILLA CASTELLANOS

  2. 2.

    De igual forma,se recibió informe circunstanciado sobre la evaluación de méritos personales y profesionales de los candidatos incluidos y no incluidos en la lista final del proceso de elección para la conformación de los magistrados que integrarán el Pleno de ese Alto Tribunal de Justicia.

  3. 3.

    Este poder del Estado dará cumplimiento al mandato Constitucional para la elección de los Magistrados para la Corte Suprema de Justicia. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro (24) días del mes de enero de dos mil veintitrés (2023). CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES SECRETARIO CONGRESO NACIONAL DE HONDURAS Índice 1. Introducción ..............................................................................................................3 2. Objetivos...................................................................................................................4 3. Sobre la Junta Nominadora........................................................................................4 A. Fase de organización y definición de criterios. ........................................................9 B. Fase 1: Convocatoria y recepción de postulaciones............................................... 10 C. Fase 2: Revisión de requisitos e inhabilidades....................................................... 15

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Aviso

Aviso — Informe sobre el Proceso de Selección de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia 2022-2023 - Fase 3: Pruebas de conocimientos, psicológicas y psicométricas

Junta Nominadora

D. Fase 3: Pruebas de conocimientos, psicológicas y psicométricas ........................... 18 E. Fase 4: Investigaciones......................................................................................... 24 F. Fase 5: Tachas y Denuncias................................................................................... 28 G. Fase 6: Entrevistas................................................................................................ 40 H. Fase 7: Selección final........................................................................................... 43 4. Buenas prácticas de la Junta Nominadora y cumplimiento de los principios de la Ley Especial.......................................................................................................................... 52 5. Candidatos nominados y excluidos........................................................................... 57 6. Conclusiones............................................................................................................ 71 7. Recomendaciones.................................................................................................... 74 8. Anexos .................................................................................................................... 79

EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821

1. Introducción El 14 de septiembre de 2022, el diputado presidente del Congreso Nacional tomó la Promesa de Ley de las y los integrantes propietarios de la Junta Nominadora. Desde entonces, la Junta Nominadora asumió el compromiso de cumplir con todas las fases del proceso conforme a la Constitución de la República y la legislación en vigor. Para la consolidación de la Democracia, en vista el rol que juega el sistema de justicia, que es dirigido por la Corte Suprema de Justicia, la integración de esta para el período 2023-2030 supone una oportunidad para avances frente a la ciudadanía, para consolidar la posición del Poder Judicial en el sistema democrático, y en particular, la administración de justicia como medio para contribuir a la reconstrucción del Estado de Constitucional de Derecho. La figura de la Junta Nominadora, que tiene el rango constitucional, supone uno de los pocos espacios de participación ciudadana en la toma de decisiones al alto nivel en el Estado. La integración de sectores sociales, empresariales, académicos, gremiales y públicos, con el objetivo de alcanzar consensos sobre la base de principios y estándares internacionales en materia de justicia y derechos humanos, ha sido una oportunidad para que, desde la misma ciudadanía, se sienten las bases para la integración de la máxima autoridad jurisdiccional del Poder Judicial. Este informe es, como debe ocurrir en todos los procesos de selección, un ejercicio de rendición de cuentas de las actividades encomendadas por la Constitución de la República y la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, para que la ciudadanía conozca los criterios que prima ron en todas las fases del proceso de selección hasta la conformación de la nómina entregada al Congreso Nacional, al cual, a su vez, se le provee un insumo que permite guiar la deliberación de cara a la conformación del Pleno de 15 magistrados y magistradas de la Corte Suprema de Justicia. 2. Objetivos Al liderar el proceso de selección de aspirantes a magistrados y magistradas de la Corte Suprema de Justicia entre septiembre de 2022 y enero de 2023, la Junta Nominadora entrega este documento con el objetivo de:

  • A)

    Presentar un respaldo técnico y documental del proceso de selección en sus diferentes etapas, como una manifestación de transparencia en las actuaciones de la Junta Nominadora.

  • B)

    Garantizar el derecho de acceso a la información pública en la conformación de la nómina de candidatos que, según mandato constitucional, la Junta Nominadora debe elaborar.

  • C)

    Contribuir a la memoria histórica en procesos de selección de altos funcionarios y proveer una

    herramienta para futuros integrantes de la Junta Nominadora.

  • D)

    Reconocer la ampliación de las regulaciones sobre el funcionamiento de la Junta Nominadora, orientada al cumplimiento de los principios de transparencia, máxima publicidad y rendición de cuentas como un logro de la ciudadanía.

  • E)

    Formular recomendaciones para futuros procesos de selección de la Corte Suprema de Justicia. 3. Sobre la Junta Nominadora 3.1. Antecedentes Las regulaciones actuales sobre la integración de la Junta Nominadora surgieron después de una reforma a la Constitución de la República llevada a cabo por medio del Decreto Legislativo No. 262-2000, aprobado el 22 de diciembre del 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 29,414 de fecha 26 de febrero de 2001; ratificado por el Decreto No. 38-2001 del 16 de diciembre del 2001, y posteriormente publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 29,489, el 29 de mayo de 2001. Con esta reforma constitucional, el proceso de selección de las y los magistrados(as) de la Corte Suprema de Justicia conllevó cambios sustanciales. Por una parte, se amplió el número de magistrados a elegir para integrar la CSJ, de nueve magistrados a quince, que anteriormente fungían en sus cargos un período de cuatro años, y con la reforma se amplió a siete. La decisión final para elegir a los magistrados continuó recayendo en el Congreso Nacional con el voto favorable de dos terceras partes de la totalidad de los miembros de ese poder del Estado, no obstante, por medio de los artículos 311 y 312 constitucionales, se creó la figura de la Junta Nominadora, integrada por representantes de siete instituciones: un representante de la Corte Suprema de Justicia electo por el voto favorable de las dos terceras partes de los magistrados; un representante del Colegio de Abogados, electo en asamblea; el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos; un representante del Consejo Hondureño de la Empresa Privada, electo en asamblea; un representante de los Claustros de Profesores de las Escuelas de Ciencias Jurídicas, cuya propuesta se efectuará a través del claustro de profesores de todas las universidades, convocado por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras; un representante electo por las organizaciones de la sociedad civil; y un representante de las Confederaciones de Trabajadores; todos con su respectivo miembro suplente. Desde la entrada en vigor de la reforma constitucional, tuvo aplicación el Decreto Legislativo No. 140-2001 contentivo de la Ley Orgánica de la Junta Nominadora para la Elección de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia; no obstante, desde el proceso de selección desarrollado por esta Junta Nominadora, el Congreso Nacional de la República, por medio del Decreto Legislativo No. 74-2022 contentivo de la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (en adelante, Ley Especial), publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,980, modificó los pormenores del proceso de selección, que se verán reflejadas en la descripción desarrollada en las siguientes secciones del presente informe.

    3.2. Proceso de selección de los representantes de la Junta Nominadora y su organigrama. El 28 de julio de 2022, el presidente del Congreso Nacional, don Luis Redondo, publicó la convocatoria dirigida a las organizaciones integrantes de la Junta Nominadora para que procedieran a la elección de sus representantes propietarios y suplentes, de cara a su acreditación el treinta y uno de agosto de 2022. La Ley Especial reguló, entre otras cosas, los procesos de elección de los integrantes de la Junta Nominadora. Para el caso, la elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, según su artículo 6, por medio de una asamblea liderada por la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, en colaboración con la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. El artículo 5 aclaró que la elección de los representantes del Colegio de Abogados de Honduras, el Consejo Hondureño de la Empresa Privada, el Claustro de las Escuelas de Ciencias Jurídicas y de las Confederaciones de Trabajadores, también se realizaría por medio de asambleas extraordinarias, como lo manda la Constitución de la República. De esta manera, la Junta Nominadora quedó integrada como se describe a continuación: Página 6 de selección, que se verán reflejadas en la descripción desarrollada en las siguientes secciones del presente informe. 3.2. Proceso de selección de los representantes de la Junta Nominadora y su organigrama. El 28 de julio de 2022, el presidente del Congreso Nacional, don Luis Redondo, publicó la convocatoria dirigida a las organizaciones integrantes de la Junta Nominadora para que procedieran a la elección de sus representantes propietarios y suplentes, de cara a su acreditación el treinta y uno de agosto de 2022. La Ley Especial reguló, entre otras cosas, los procesos de elección de los integrantes de la Junta Nominadora. Para el caso, la elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, según su artículo 6, por medio de una asamblea liderada por la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, en colaboración con la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. El artículo 5 aclaró que la elección de los representantes del Colegio de Abogados de Honduras, el Consejo Hondureño de la Empresa Privada, el Claustro de las Escuelas de Ciencias Jurídicas y de las Confederaciones de Trabajadores, también se realizaría por medio de asambleas extraordinarias, como lo manda la Constitución de la República. De esta manera, la Junta Nominadora quedó integrada como se describe a continuación: # Institución Representante propietario Representante suplente Fecha de designación 1 Corte Suprema de Justicia Carlos Josué Padilla Eveline Daysi Rodríguez 29 de agosto de 2022 2 Colegio de Abogados de Honduras Mario Roberto Urquía Fajardo Reina Isabel Nájera 20 de agosto de 2022 3 Comisionado Nacional de los Derechos Humanos Blanca Saraí Izaguirre Lozano Rolando Arturo Milla Hernández 4 de agosto de 2022 # Institución Representante propietario Representante suplente Fecha de designación 4 Consejo Hondureño de la Empresa Privada Olban Francisco Valladares Ordóñez Helui Guadalupe Castillo Hung 23 de agosto de 2022 5 Claustro de las Escuelas de Ciencias Jurídicas Waldo Rodman Rivera Portillo Yessenia Julissa Aguilar Santos 29 de agosto de 2022 6 Organizaciones de la sociedad civil Martha Elizabeth Dubón Acosta Tomás Andino Mencía 17 de agosto de 2022 7 Confederaciones de trabajadores María Elena Sabillón Paz Mauro Joel Domínguez Almendarez 24 de agosto de 2022 En el caso del CONADEH, la designación recae por mandato constitucional en su titular, quien también designa a su suplente. A la vez, en el caso de la representación de la CSJ, corresponde a los magistrados de la Corte elegir a su representante propietario y suplente

    En el caso del CONADEH, la designación recae por mandato constitucional en su titular, quien también designa a su suplente. A la vez, en el caso de la representación de la CSJ, corresponde a los magistrados de la Corte elegir a su representante propietario y suplente con el voto favorable de las dos terceras (2/3) de sus magistrados, en sesión plenaria extraordinaria. Una vez designados los representantes de cada organización, el artículo 9 de la Ley Especial previó la apertura de un plazo de setenta y dos (72) horas después de la publicación de la designación para que cualquier ciudadano impugnar a, de forma motivada, ante una comisión permanente designada para la recepción, sustanciación y resolución de las impugnaciones. Ninguna de las designaciones hechas por los representantes fue objeto de una impugnación, por lo tanto, se produjo la acreditación de las siete instituciones ante el Congreso Nacional, quien también abrió un plazo de setenta y dos (72) horas para permitir la presentación de impugnaciones desde el treinta y uno (31) de agosto de 2022. No obstante, tampoco recibió impugnaciones. Y, finalmente, el 14 de septiembre de 2022, el diputado presidente del Congreso Nacional, don Luis Redondo, procedió a la juramentación de los representantes propietarios y suplentes de la Junta Nominadora el 14 de septiembre de 2022 en la sede del Congreso Nacional en Tegucigalpa. Posterior a la juramentación, en atención a lo dispuesto en la Ley Especial, el 19 de septiembre de 2022, en las instalaciones de la Universidad Tecnológica de Honduras (UTH), ubicada en Tegucigalpa, se celebró el sorteo público para definir a las personas que ocuparían los cargos de presidente, secretario y vocal de la Junta Nominadora. Asimismo, la Junta Nominadora decidió que la abogada Blanca Izaguirre, quien funge como Comisionada Nacional de los Derechos Humanos, asumiera la función de Oficial de Información Pública. Y, finalmente, el 14 de septiembre de 2022, el diputado presidente del Congreso Nacional, don Luis Redondo, procedió a la juramentación de los representantes propietarios y suplentes de la Junta Nominadora el 14 de septiembre de 2022 en la sede del Congreso Nacional en Tegucigalpa. Posterior a la juramentación, en atención a lo dispuesto en la Ley Especial, el 19 de septiembre de 2022, en las instalaciones de la Universidad Tecnológica de Honduras (UTH), ubicada en Tegucigalpa, se celebró el sorteo público para definir a las personas que ocuparían los cargos de presidente, secretario y vocal de la Junta Nominadora. Asimismo, la Junta Nominadora decidió que la abogada Blanca Izaguirre, quien funge como Comisionada Nacional de los Derechos Humanos, asumiera la función de Oficial de Información Pública. Junta Directiva de la Junta Nominadora para el Proceso de Selección de la Corte Suprema de Justicia 2022-2023 Presidente Mario Roberto Urquía Fajardo Secretaria María Elena Sabillón Paz Vocero Carlos Josué Padilla Eveline Oficial de Información Pública Blanca Saraí Izaguirre Lozano Una vez que se instaló la Junta Nominadora, y después que fueron elegidos por la vía de sorteo los cargos de presidente, secretaria y vocero, y la designación de la oficial de información pública, la Junta Nominadora decidió que la Secretaría Técnica, como un apoyo a la Secretaría, estaría liderada por Gustavo Solórzano Díaz, pero también decidió integrar una Secretaría Adjunta así como los Asistentes Jurídicos y Técnicos que cada sector consideró prudente designar. De esta manera, la Secretaría Técnica quedó

    Una vez que se instaló la Junta Nominadora, y después que fueron elegidos por la vía de sorteo los cargos de presidente, secretaria y vocero, y la designación de la oficial de información pública, la Junta Nominadora decidió que la Secretaría Técnica, como un apoyo a la Secretaría, estaría liderada por Gustavo Solórzano Díaz, pero también decidió integrar una Secretaría Adjunta así como los Asistentes Jurídicos y Técnicos que cada sector consideró prudente designar. De esta manera, la Secretaría Técnica quedó integrada de la siguiente manera: Secretaria Técnica Adjunta Karol Sarahí Hernández Bobadilla Organizaciones de la Sociedad Civil Secretaria Técnica Adjunta Karla Ninoska Escalante Alegría Colegio de Abogados de Honduras Asistente Jurídico Ariel Díaz Comisionado Nacional de los Derechos Humanos Asistente Jurídico Rafael Jerez Moreno Consejo Hondureño de la Empresa Privada Asistente Jurídico Alejandra Flores Mejía Confederaciones de los trabajadores Asistente en sistemas Luis Antonio Mendoza Soliz Consejo Hondureño de la Empresa Privada Asistente Mónica Isabel Sierra Cooper Comisionado Nacional de los Derechos Humanos Asistente Benda Lizeth Zuniga Reyes Comisionado Nacional de los Derechos Humanos Asistente en temas de difusión y comunicación Carmen Elena Mejía Figueroa Consejo Hondureño de la Empresa Privada Asistente Angelica Navarro Consejo Hondureño de la Empresa Privada Asistente en Portal de Transparencia Leonel Enrrique Valladares Velásquez 4. Procedimiento de selección de Candidatos(as) a Magistrados A. Fase de organización y definición de criterios. Página 8 Secretaria María Elena Sabillón Paz Vocero Carlos Josué Padilla Eveline Oficial de Información Pública Blanca Saraí Izaguirre Lozano Una vez que se instaló la Junta Nominadora, y después que fueron elegidos por la vía de sorteo los cargos de presidente, secretaria y vocero, y la designación de la oficial de información pública, la Junta Nominadora decidió que la Secretaría Técnica, como un apoyo a la Secretaría, estaría liderada por Gustavo Solórzano Díaz, pero también decidió integrar una Secretaría Adjunta así como los Asistentes Jurídicos y Técnicos que cada sector consideró prudente designar. De esta manera, la Secretaría Técnica quedó integrada de la siguiente manera: Secretaría Técnica de la Junta Nominadora Secretario Técnico Gustavo Rafael Solórzano Díaz Consejo Hondureño de la Empresa Privada

    4. Procedimiento de selección de Candidatos(as) a Magistrados A. Fase de organización y definición de criterios. La Ley Especial mandó que la Junta Nominadora, debía emitir su reglamento y la matriz de evaluación técnica elaborada de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos, desarrollados por la Relatoría Especial de Naciones Unidas sobre la Independencia de los Magistrados y Abogados, conforme al contenido de los tratados internacionales afines a la función de la judicatura y la jurisprudencia internacional sobre independencia judicial, junto con instructivos que incluye ran indicadores objetivos, claros y medibles, sobre características de integridad e idoneidad profesional y personal; dichos documentos debían emitirse a más tardar un mes calendario después de su instalación, publicándolos en Diario Oficial La Gaceta y en tres (3) medios escritos de circulación nacional. En este sentido, la Junta Nominadora emitió:

    • a)

      Resolución No.01-2022-JN contentiva del Reglamento de la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos y Candidatas a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,050, el 13 de octubre de 2022.

    • b)

      El instrumento JN-2022-IT-01, contentivo de la Matriz de Evaluación Técnica, publicada el 14 de octubre de 2022 en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,051.

    • c)

      El instrumento JN-2022-IT-02 referido del Perfil del Magistrado de la Corte Suprema de Justicia aprobado el 13 de octubre de 2022.

    • d)

      Cronograma de trabajo de la Junta Nominadora en octubre, posteriormente actualizado en dos ocasiones en noviembre de 2022.

    • e)

      El instrumento JN-2022-IT-03 contentivo del Protocolo de Selección aprobado el 14 de octubre de 2022. B. Fase 1: Convocatoria y recepción de postulaciones Como parte de las obligaciones que la Ley Especial mandó a su cumplimiento a la Junta Nominadora, el artículo 14 requirió la publicación de una convocatoria general, durante la primera quincena de octubre del año de la elección, 2022, dirigida a las personas que cumplieran los requisitos constitucionales y contenidos en la Ley Especial, para la presentación de su postulación ante la Junta. En este sentido, el 13 de octubre de 2022, la Junta Nominadora emitió la “Convocatoria a Postulaciones para el Proceso de Selección de Candidatos y Candidatas a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Honduras, Período 2023-2030”, para que, en atención a los requisitos contenidos en los artículos 311 y 312 de la Constitución de la República, y los artículos 11 numeral 6, 14 y 15 de la Ley Especial, las personas interesadas en participar presentaran su postulación desde el jueves 13 hasta el lunes 31 de octubre de 2022. En la convocatoria, la Junta Nominadora incentivó la participación de mujeres, y de quienes provienen de sectores insuficientemente representados en la más alta magistratura del país.

      La documentación requerida abordaba el cumplimiento de los requisitos generales, la condición de salud, información profesional y académica, financiera, patrimonial, fiscal y laboral (ausencia de denuncias, procesos administrativos, penales, disciplinarios y otros). La convocatoria requirió la presentación de un expediente con documentación original en físico, con su respectiva copia y una copia digital en una memoria de almacenamiento de datos (USB). Al 31 de octubre de 2022, 185 personas presentaron su postulación para participar en el proceso de selección, tal como se detalla a continuación:

      • 1)

        Mal con Eduardo Guzmán Valladares

      • 2)

        Miriam Suyapa Barahona Rodríguez

      • 3)

        Miguel Fernando Ruiz Rápalo

      • 4)

        Luis Alejandro Matamoros Quilico

      • 5)

        María Paulina Pérez Núñez

      • 6)

        José Luis Arévalo Sandoval

      • 7)

        Aída Patricia Martínez Linares

      • 8)

        Delmy Anarda Banegas Padilla

      • 9)

        Wilfredo Guevara Trujillo

      • 10)

        José Adalid Rodríguez Rosa

      • 11)

        José Erásmo Ochoa Rodríguez

      • 12)

        Nancy Carolina Sandoval Escoto

      • 13)

        Luis Fernando Padilla Castellanos

      • 14)

        Suyapa Lizeth Mejía Portillo

      • 15)

        Edward Terencio Navarro Miranda

      • 16)

        Denis René Gallardo Funes

      • 17)

        José Tomás Guillén

      • 18)

        Wendy Carolina Escobar Cantarero

      • 19)

        Ingrid E belinda Monzon López

      • 20)

        Adán Guillermo López Lone

      • 21)

        Sandra Lizeth Avelar Rajo

      • 22)

        José Luis Valladares Guifarro

      • 23)

        Wagner Vallecillo Paredes

      • 24)

        Mario Rolando Díaz Flores

      • 25)

        Tirza Del Carmen Flores Lanza

      • 26)

        Héctor Rodolfo Bueso Hernández

      • 27)

        Jorge Abilio Serrano Villanueva

      • 28)

        José Raúl Pineda Alvarado

      • 29)

        Yuri Fernando Melara Berlioz

      • 30)

        Mario Alejandro Calderón Maldonado

      • 31)

        José Juan Pineda Varela

      • 32)

        Antonio Isaac Martínez Dubón

      • 33)

        José Joaquín Lizano Casco

      • 34)

        Juan Rafael Soto Aguilar

      • 35)

        Francisca Villela Zavala

      • 36)

        Conan Rafael Argueta Bourdett

      • 37)

        Marlon Javier Arévalo Cerna

      • 38)

        Danelia Gramizel Garay Caballero

      • 39)

        Edin Yobany De La O Ramos

      • 40)

        Anny Belinda Ochoa Medrano

      • 41)

        Walter Raúl Miranda Sabio

      • 42)

        Emilio Cabrera Cabrera

      • 43)

        Aníbal Federico Izaguirre Maradiaga

      • 44)

        Ivis Antonio Discua Barillas

      • 45)

        César Antonio Pinto Pacheco

      • 46)

        Marvin Oswaldo Ferrera Alvarenga

      • 47)

        Carlos Roberto Cálix Hernández

      • 48)

        Rebeca Lizette Ráquel Obando

      • 49)

        Melida Estrada Quintanilla

      • 50)

        Mario Donaldo Acosta Cárcamo

        51. Tania Petrona Fuentes 52. Ismael Molina Rodríguez 53. Linda Patricia Reyes Interiano 54. Martha Delia Merino Conde 55. Walton Rolando Bouloy Cabrera 56. Greisy Zelaya Pineda 57. Gaudy Alejandra Bustillo Martínez 58. Salomé Antonia Castellanos Delgado 59. Gerardo Enrique Gómez Cobos 60. Francisco Javier Mejía Sánchez 61. Danelia Ferrera Turcios 62. Rubén Rivera Flores 63. María Marlene Villela Franco 64. Loany Patricia Alvarado Sorto 65. Linda Lizzie Rivera Lobo 66. Marco Vinicio Montes Tavarone 67. Luis Alfredo Galeano Ordóñez 68. Marcio Beyran Membreño Villela 69. Karen Lizeth Martínez Ponce 70. José Emeterio Rodas Pavón 71. Luis Alonso Discua Cerrato 72. Daniel Arturo Sibrián Bueso 73. Francisco Darío Lobo Lara 74. Andy Reynaldo Mena Rodríguez 75. Alex Rafael D´Vicente Jarquin 76. Johel Antonio Zelaya Álvarez 77. Carlos Rubén López Oliva 78. Isbela Bustillo Hernández 79. Elvin Francisco Romero Castillo 80. Garín Enoc Urquía Castro 81. María Fernanda Castro Mendoza 82. Julio César Lagos Reyes 83. Gilberto Navas Izaguirre 84. Edwin Francisco Ortez Cruz 85. Rony David Molina Euceda 86. Juan Wilfredo Castellanos Hipp 87. Fernando Francisco Azcona Schrenzel 88. Edwin Alberto Anemis López 89. Marco Tulio Lara Guevara 90. Nelson Martín Reyes Morales 91. María De Jesús Palacios Zelaya 92. Stephanie Claudett e Bustillo Zelaya 93. Alejandro Hernández Oyuela 94. Norman Enrique Mejía Orozco 95. Francibel Zepeda Castro 96. Doris Alicia Madrid Lezama 97. Felipe René Speer Laínez 98. Ana Alejandrina Pineda Hernández 99. Rubenia Esperanza Galeano Barralaga 100. Edgardo Cáceres Castellanos 101. Julio César Cruz Bonilla 102. Eva Fabiola Castro Márquez 103. Juan Pablo Cruz Garrido 104. Jorge Alberto García Martínez 105. Manuel Enrique Cálix Bonilla 106. Ramón Antonio Romero Cantarero 107. Roy David Urtecho López 108. Rebeca Angélina Ávila Baca 109. Erika Yolanda Cálix Hernández 110. Isaías Morán Pavón 111. Marcio Said Barahona Salgado 112. Emilio Enrique Hernández Hércules 113. Nery Mauricio Miranda Sanabria 114. Fredis Alonso Cerrato Valladares 115. Rafael Bustillo Romero 116. Rosman Wilfredo Montiel Girón 117. Nelson Danilo Mairena Franco 118. Mario Enrique Boquin Hernández

        119. Dunia Aracely Herrera Anduray 120. José Francisco Morales Martínez 121. Marlene Suyapa Pérez Valle 122. Ilsa Lorena Torres Matamoros 123. Vera Vanessa Goussen Paguaga 124. Víctor Méndez Ordóñez 125. Jorge Alberto Zelaya Zaldaña 126. Gloria Bertila Oyuela Carrasco 127. Jorge Berlamino Reyes 128. Anabelly Suyapa Medina Moncada 129. Henry Lara Trejo 130. Marcia Núñez Ennabe 131. Remberto Ordóñez 132. Luis Miguel Lara Hernández 133. Raúl Antonio Ramos Canales 134. Roy Pineda Castro 135. Liliana Patricia Paz Paguaga 136. Gessenia López Zepeda 137. Miguel Ángel Bonilla González 138. León Rojas Caron 139. Juan Miguel Ochoa Cardona 140. Nasry Javier Ictech Guifarro 141. Sergio Daniel Rivera Sagastume 142. Pedro Pablo Ramírez Guevara 143. José Mauricio Salazar 144. Walter Galindo Valeriano 145. Marvin Omar Aguilar Romero 146. Roxana Liceth Morales Toro 147. Norma Iris Coto Santos 148. Marvin Rigoberto Espinal Pinel 149. Sonia Marlina Dubón Villeda 150. Jorge Adalid Rodríguez Murillo 151. Juan Rafael Rodríguez Cerritos 152. Nery Esteban Baca Mondragón 153. Yimy Daniel Chirinos Orellana 154. Darío Josué García Villalta 155. Miltón Danilo Jiménez Puerto 156. Carlos Alberto Gómez Moreno 157. Oliver Gerardo Erazo Gómez 158. José Ricardo Pineda Médina 159. Rosa Helena Bonilla Galindo 160. Odalis Aleyda Nájera Medina 161. Marco Tulio Barahona Valle 162. Carlos Alberto Izaguirre Bustillo 163. Iván Adán Martínez Ordóñez 164. Damián Gilberto Pineda Reyes 165. Rommel Armando Ruiz Guillén 166. Pablo Emilio Reyes Theodore 167. René Velásquez Díaz 168. Mercedes Geraldina Alonzo Cortés 169. Lester Ilich Mejía Flores 170. Hermes Omar Moncada 171. Marvin Geovanny García Martínez 172. Carlos Alberto Cobos Ramírez 173. Rafael Antonio Canales Girbal 174. Raúl Hernán Rafael Baltodano 175. Juan Ramón Gonzáles Rodríguez 176. Humberto Domínguez Aguiluz 177. Gloria Guadalupe Oqueli Solórzano 178. Armando Urtecho López 179. Aída Estela Romero Reyes 180. Danery Antonio Medal Raudales 181. Wilfredo Flores Valladares 182. José María Díaz Ávila 183. Miguel Ángel Cardona 184. Félix Gerardo Martínez Umanzor 185. Nelson Omar Madrid Chinchilla

        C. Fase 2: Revisión de requisitos e inhabilidades. De la revisión documental para la acreditación de los requisitos constitucionales y legales, 11 personas postulantes se excluye ron por no contar con algún requisito constitucional o legal, por lo que no continuar on a la etapa de realización de las pruebas toxicológicas, psicométricas y de conocimientos. De esta manera, las personas que continuar on hacia la fase de pruebas fueron las siguientes1:

        • 1)

          Mal con Eduardo Guzmán Valladares

        • 2)

          Miriam Suyapa Barahona Rodríguez

        • 3)

          Miguel Fernando Ruiz Rápalo

        • 4)

          Luis Alejandro Matamoros Quilico

        • 5)

          José Luis Arévalo Sandoval

        • 6)

          Aída Patricia Martínez Linares

        • 7)

          Delmy Anarda Banegas Padilla

        • 8)

          Wilfredo Guevara Trujillo

        • 9)

          José Adalid Rodríguez Rosa

        • 10)

          José Erásmo Ochoa Rodríguez

        • 11)

          Nancy Carolina Sandoval Escoto

        • 12)

          Luis Fernando Padilla Castellanos

        • 13)

          Suyapa Lizeth Mejía Portillo 1 Más adelante se encuentra la información sobre las personas que fueron excluidas en cada fase del proceso.

        • 14)

          Edward Terencio Navarro Miranda

        • 15)

          Denis René Gallardo Funes

        • 16)

          José Tomás Guillén

        • 17)

          Wendy Carolina Escobar Cantarero

        • 18)

          Ingrid E belinda Monzón López

        • 19)

          Adán Guillermo López Lone

        • 20)

          Sandra Lizeth Avelar Rajo

        • 21)

          José Luis Valladares Guifarro

        • 22)

          Wagner Vallecillo Paredes

        • 23)

          Mario Rolando Díaz Flores

        • 24)

          Tirza Del Carmen Flores Lanza

        • 25)

          Héctor Rodolfo Bueso Hernández

        • 26)

          Jorge Abilio Serrano Villanueva

        • 27)

          José Raúl Pineda Alvarado

        • 28)

          Yuri Fernando Melara Berlioz

        • 29)

          Mario Alejandro Calderón Maldonado

        • 30)

          José Juan Pineda Varela

        • 31)

          Antonio Isaac Martínez Dubón

        • 32)

          José Joaquín Lizano Casco

        • 33)

          Juan Rafael Soto Aguilar

        • 34)

          Francisca Villela Zavala

        • 35)

          Conan Rafael Argueta Bourdett

        • 36)

          Marlon Javier Arévalo Cerna

        • 37)

          Danelia Gramizel Garay Caballero

        • 38)

          Edin Yobany De La O Ramos

        • 39)

          Anny Belinda Ochoa Medrano

        • 40)

          Walter Raúl Miranda Sabio

        • 41)

          Emilio Cabrera Cabrera

        • 42)

          Aníbal Federico Izaguirre Maradiaga

        • 43)

          Ivis Antonio Discua Barillas

        • 44)

          César Antonio Pinto Pacheco Página 14 163. Iván Adán Martínez Ordóñez 164. Damián Gilberto Pineda Reyes 165. Rommel Armando Ruiz Guillén 166. Pablo Emilio Reyes Theodore 167. René Velásquez Díaz 180. Danery Antonio Medal Raudales 181. Wilfredo Flores Valladares 182. José María Díaz Ávila 183. Miguel Ángel Cardona 184. Félix Gerardo Martínez Umanzor 185. Nelson Omar Madrid Chinchilla Total de ciudadanos que presentaron su postulación ante la Junta Nominadora 2022-2023 Hombre Mujeres

          45. Marvin Oswaldo Ferrera Alvarenga 46. Carlos Roberto Cálix Hernández 47. Rebeca Lizette Ráquel Obando 48. Melida Estrada Quintanilla 49. Mario Donaldo Acosta Carcamo 50. Tania Petrona Fuentes 51. Ismael Molina Rodríguez 52. Linda Patricia Reyes Interiano 53. Martha Delia Merino Conde 54. Walton Rolando Bouloy Cabrera 55. Greisy Zelaya Pineda 56. Gaudy Alejandra Bustillo Martínez 57. Salomé Antonia Castellanos Delgado 58. Gerardo Enrique Gómez Cobos 59. Francisco Javier Mejía Sánchez 60. Danelia Ferrera Turcios 61. Rubén Rivera Flores 62. María Marlene Villela Franco 63. Loany Patricia Alvarado Sorto 64. Linda Lizzie Rivera Lobo 65. Marco Vinicio Montes Tavarone 66. Luis Alfredo Galeano Ordóñez 67. Marcio Beyran Membreño Villela 68. Karen Lizeth Martínez Ponce 69. José Emeterio Rodas Pavón 70. Luis Alonso Discua Cerrato 71. Daniel Arturo Sibrián Bueso 72. Francisco Darío Lobo Lara 73. Andy Reynaldo Mena Rodríguez 74. Alex Rafael D´Vicente Jarquin 75. Johel Antonio Zelaya Álvarez 76. Carlos Rubén López Oliva 77. Isbela Bustillo Hernández 78. Elvin Francisco Romero Castillo 79. Garín Enoc Urquía Castro 80. María Fernanda Castro Mendoz 81. Julio César Lagos Reyes 82. Edwin Francisco Ortez Cruz 83. Rony David Molina Euceda 84. Juan Wilfredo Castellanos Hipp 85. Fernando Francisco Azcona Schrenzel 86. Edwin Alberto Anemis López 87. Marco Tulio Lara Guevara 88. Nelson Martín Reyes Morales 89. María De Jesús Palacios Zelaya 90. Alejandro Hernández Oyuela 91. Norman Enrique Mejía Orozco 92. Francibel Zepeda Castro 93. Doris Alicia Madrid Lezama 94. Felipe René Speer Laínez 95. Ana Alejandrina Pineda Hernández 96. Rubenia Esperanza Galeano Barralaga 97. Edgardo Cáceres Castellanos 98. Eva Fabiola Castro Márquez 99. Jorge Alberto García Martínez 100. Manuel Enrique Cálix Bonilla 101. Ramón Antonio Romero Cantarero 102. Roy David Urtecho López 103. Rebeca Angélina Ávila Baca 104. Erika Yolanda Cálix Hernández 105. Isaías Morán Pavón 106. Marcio Said Barahona Salgado 107. Nery Mauricio Miranda Sanabria 108. Fredis Alonso Cerrato Valladares 109. Rafael Bustillo Romero 110. Rosman Wilfredo Montiel Girón

          111. Nelson Danilo Mairena Franco 112. Mario Enrique Boquin Hernández 113. Dunia Aracely Herrera Anduray 114. José Francisco Morales Martínez 115. Marlene Suyapa Pérez Valle 116. Ilsa Lorena Torres Matamoros 117. Vera Vanessa Goussen Paguaga 118. Jorge Alberto Zelaya Zaldaña 119. Gloria Bertila Oyuela Carrasco 120. Jorge Berlamino Reyes 121. Anabelly Suyapa Medina Moncada 122. Henry Lara Trejo 123. Marcia Núñez Ennabe 124. Remberto Ordóñez 125. Luis Miguel Lara Hernández 126.. Raúl Antonio Ramos Canales 127. Roy Pineda Castro 128. Liliana Patricia Paz Paguaga 129. Gessenia López Zepeda 130. Miguel Ángel Bonilla González 131. León Rojas Caron 132. Juan Miguel Ochoa Cardona 133. Nasry Javier Ictech Guifarro 134. Sergio Daniel Rivera Sagastume 135. Pedro Pablo Ramírez Guevara 136. José Mauricio Salazar 137. Walter Galindo Valeriano 138. Marvin Omar Aguilar Romero 139. Roxana Liceth Morales Toro 140. Norma Iris Coto Santos 141. Marvin Rigoberto Espinal Pinel 142. Sonia Marlina Dubón Villeda 143. Jorge Adalid Rodríguez Murillo 144. Juan Rafael Rodríguez Cerritos 145. Nery Esteban Baca Mondragón 146. Yimy Daniel Chirinos Orellana 147. Darío Josué García Villalta 148. Miltón Danilo Jiménez Puerto 149. Carlos Alberto Gómez Moreno 150. Oliver Gerardo Erazo Gómez 151. José Ricardo Pineda Médina 152. Rosa Helena Bonilla Galindo 153. Odalis Aleyda Nájera Medina 154. Marco Tulio Barahona Valle 155. Carlos Alberto Izaguirre Bustillo 156. Iván Adán Martínez Ordóñez 157. Damián Gilberto Pineda Reyes 158. Rommel Armando Ruiz Guillén 159. Pablo Emilio Reyes Theodore 160. Lester Ilich Mejía Flores 161. Hermes Omar Moncada 162. Marvin Geovanny García Martínez 163. Carlos Alberto Cobos Ramírez 164. Rafael Antonio Canales Girbal 165. Juan Ramón Gonzáles Rodríguez 166. Humberto Domínguez Aguiluz 167. Gloria Guadalupe Oqueli Solórzano 168. Armando Urtecho López 169. Aída Estela Romero Reyes 170. Danery Antonio Medal Raudales 171. Wilfredo Flores Valladares 172. José María Díaz Ávila 173. Miguel Ángel Cardona 174. Nelson Omar Madrid Chinchilla

          D. Fase 3: Pruebas de conocimientos, psicológicas y psicométricas Asimismo, por medio del Comunicado JN-2022-01, la Junta Nominadora convocó a la realización de:

          • 1)

            Prueba psicométrica: el 8 de noviembre de 2022

          • 2)

            Prueba toxicológica: el 9 de noviembre de 2022

          • 3)

            Prueba escrita de conocimientos: 14 de noviembre de Las pruebas psicométrica y toxicológica se realizaron en el Polideportivo de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Para este propósito, la Junta Nominadora contó con la asistencia técnica de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia para la aplicación de estas pruebas. Además, previo a tomar la decisión de recurrir a la asistencia técnica de la Dirección, la Junta Nominadora sostuvo reuniones con representación de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras y el Colegio de Psicólogos de Honduras, a fin de determinar cuál era la mejor opción para realizar estas pruebas. Para la prueba escrita de conocimientos, según el Protocolo del Proceso de Selección aprobado por la Junta Nominadora, los criterios de calificación eran “aprobado(a)” o “reprobado(a)”, y para las pruebas toxicológica y psicométrica, los criterios “apto(a)” o “no apto(a)”. La persona que no aprobara cualquiera de las tres pruebas, no sería promovida a la siguiente fase del proceso de selección. Los resultados específicos tenían carácter reservado con el fin de preservar el derecho a la dignidad, intimidad e integridad de las personas postulantes. Lo relativo al listado de personas aprobadas o re probadas tuvo carácter público, además de la notificación que se envió a todas las personas postulantes vía correo electrónico. Con respecto a la prueba escrita de conocimientos, el objetivo fue determinar el nivel de competencia técnica de la persona postulante, de cara a su ejercicio como Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Previo a la realización oficial del examen de conocimientos, se celebró una prueba de simulación para permitir que las personas postulantes se familiarizaran con las características de la plataforma en la que se llevar ía a cabo. Las áreas temáticas incluidas en la prueba de conocimientos jurídicos fueron: Página 18 173. Miguel Ángel Cardona 174. Nelson Omar Madrid Chinchilla D. Fase 3: Pruebas de conocimientos, psicológicas y psicométricas Asimismo, por medio del

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Aviso

Aviso No. JN-2022-01 — Comunicado de convocatoria a pruebas psicométrica, toxicológica y escrita de conocimientos

Junta Nominadora

Comunicado JN-2022-01, la Junta Nominadora convocó a la ealización de:

  • 1)

    Prueba psicométrica: el 8 de noviembre de 2022

  • 2)

    Prueba toxicológica: el 9 de noviembre de 2022

  • 3)

    Prueba escrita de conocimientos: 14 de noviembre de 2022 Las pruebas psicométrica y toxicológica se realizaron en el Polideportivo de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Para este propósito, la Junta Nominadora contó con la asistencia técnica de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia para la aplicación de estas pruebas. Además, previo a tomar la decisión de recurrir a la asistencia técnica de la Dirección, la Junta Nominadora sostuvo reuniones con representación de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras y el Colegio de Psicólogos de Honduras, a fin de determinar cuál era la mejor opción para realizar estas pruebas. Para la prueba escrita de conocimientos, según el Protocolo del Proceso de Selección aprobado por la Junta Nominadora, los criterios de calificación eran “aprobado (a)” o Total de postulantes que pasaron a la etapa de Pruebas de conocimiento Hombre Mujeres

    Página 19 la Corte Suprema de Justicia. Previo a la realización oficial del examen de conocimientos, se celebró una prueba de simulación para permitir que las personas postulantes se familiarizaran con las características de la plataforma en la que se llevar ía a cabo. Las áreas temáticas incluidas en la prueba de conocimientos jurídicos fueron: Derecho constitucional 1 Constitución de la República 2 Ley sobre Justicia Constitucional 3 Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia Instrumentos Jurídicos Internacionales sobre Derechos Humanos 1 Convención Americana sobre Derechos Humanos 2 Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador) de 3 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém do Pará”, de 1994. 4 Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, de 1999 5 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos Protocolos facultativos (Naciones Unidas). 6 Convención sobre los Derechos del Niño. 7 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad. 8 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) Derecho Civil 1 Código Civil 2 Código Procesal Civil 3 Código de Comercio 4 Código del Notariado Derecho de Familia, Niñez y Género 1 Código de Familia 2 Código de la Niñez 3 Ley contra la Violencia Doméstica 4 Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer Derecho Penal y Procesal Penal 1 Código Penal 2 Código Procesal Penal 3 Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada

    3 Declaración de Principios y Derechos Fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo 4 Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales Ética Jurídica y Carrera Judicial 1 Estatuto Jurídico Iberoamericano 2 Código Iberoamericano de Ética Judicial 3 Principios Básicos relativos a la Independencia Judicial (Principios de Bangalore) 4 Código de Ética para Funcionarios y Empleados Judiciales 5 Ley de la Carrera Judicial 6 Plan Estratégico del Poder Judicial La Junta decidió realizar la prueba escrita de conocimientos en forma electrónica, en la plataforma tecnológica de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Esta decisión se tomó considerando la agilidad en la revisión de las pruebas escritas y la confiabilidad Página 20 Derecho Civil 1 Código Civil 2 Código Procesal Civil 3 Código de Comercio 4 Código del Notariado Derecho de Familia, Niñez y Género 1 Código de Familia 2 Código de la Niñez 3 Ley contra la Violencia Doméstica 4 Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer Derecho Penal y Procesal Penal 1 Código Penal 2 Código Procesal Penal 3 Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo) 4 Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Convención de Mérida) 5 Convenios y tratados para procesos de extradición por delitos de narcotráfico y lavado de activos (España, Estados Unidos de América y Montevideo) Derecho Administrativo 1 Ley General de la Administración Pública 2 Ley de Procedimientos Administrativos 3 Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo 4 Código Tributario 5 Ley de Contratación del Estado Derecho Laboral 1 Código del Trabajo 2 Ley de Inspección del Trabajo

    La Junta decidió realizar la prueba escrita de conocimientos en forma electrónica, en la plataforma tecnológica de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Esta decisión se tomó considerando la agilidad en la revisión de las pruebas escritas y la confiabilidad del sistema e, igualmente, brindar transparencia a la ciudadanía y a las personas postulantes, por cuanto éstas podían conocer, inmediatamente finalizada su prueba, la nota que habían obtenido. La celebración de la prueba de conocimientos escrita se realizó en el Laboratorio de la Dirección Ejecutiva de Gestión de Tecnología de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras,el campus de Ciudad Universitaria, en Tegucigalpa, el 14 de noviembre de 2022.

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Aviso

Aviso — Listado de postulantes que avanzaron a etapa de Pruebas de conocimiento

Junta Nominadora

El Artículo 17 de la Ley Especial explica que únicamente los postulantes que hayan superado las tres pruebas, avanzarán hacia la fase de investigaciones sobre los aspectos relacionados a su trayectoria persona, profesional y patrimonial. En este sentido, al finalizar la aplicación de las tres pruebas, 105 postulantes avanzar on a la etapa de investigaciones.

  • 1)

    Mal con Eduardo Guzmán Valladares

  • 2)

    Miriam Suyapa Barahona Rodríguez

  • 3)

    Miguel Fernando Ruiz Rápalo

  • 4)

    José Luis Arévalo Sandoval

  • 5)

    Aida Patricia Martínez Linares

  • 6)

    José Adalid Rodríguez Rosa

  • 7)

    Nancy Carolina Sandoval Escoto

  • 8)

    Luis Fernando Padilla Castellanos

  • 9)

    Edward Terencio Navarro Miranda

  • 10)

    José Tomas Guillén

  • 11)

    Wendy Carolina Escobar Cantarero

  • 12)

    Ingrid E belinda Monzón López

  • 13)

    Sandra Lizeth Avelar Rajo

  • 14)

    José Luis Valladares Guifarro

  • 15)

    Wagner Vallecillo Paredes

  • 16)

    Mario Rolando Díaz Flores

  • 17)

    Tirza Del Carmen Flores Lanza

  • 18)

    Jorge Abilio Serrano Villanueva

  • 19)

    José Raúl Pineda Alvarado

  • 20)

    Yuri Fernando Melara Berlioz

  • 21)

    Mario Alejandro Calderón Maldonado

  • 22)

    Antonio Isaac Martínez Dubón

  • 23)

    José Joaquín Lizano Casco

  • 24)

    Francisca Villela Zavala

  • 25)

    Conan Rafael Argueta Bourdett

  • 26)

    Danelia Gramizel Garay Caballero

  • 27)

    Edin Yobany De La O Ramos

  • 28)

    Anny Belinda Ochoa Medrano

  • 29)

    Walter Raúl Miranda Sabio

  • 30)

    Emilio Cabrera Cabrera

  • 31)

    Aníbal Federico Izaguirre Maradiaga

  • 32)

    César Antonio Pinto Pacheco

  • 33)

    Marvin Oswaldo Ferrera Alvarenga

  • 34)

    Rebeca Lizette Ráquel Obando

  • 35)

    Mario Donaldo Acosta Cárcamo

  • 36)

    Ismael Molina Rodríguez

  • 37)

    Linda Patricia Reyes Interiano

  • 38)

    Martha Delia Merino Conde

  • 39)

    Walton Rolando Bouloy Cabrera

  • 40)

    Gaudy Alejandra Bustillo Martínez

  • 41)

    Gerardo Enrique Gómez Cobos

  • 42)

    Francisco Javier Mejía Sánchez

    Sección A Acuerdos y Leye 7

  • 43)

    Danelia Ferrera Turcios

  • 44)

    Rubén Rivera Flores

  • 45)

    Marco Vinicio Montes Tavarone

  • 46)

    Marcio Beyran Membreño Villela

  • 47)

    Karen Lizeth Martínez Ponce

  • 48)

    Luis Alonso Discua Cerrato

  • 49)

    Daniel Arturo Sibrián Bueso

  • 50)

    Isbela Bustillo Hernández

  • 51)

    Garín Enoc Urquía Castro

  • 52)

    María Fernanda Castro Mendoza

  • 53)

    Julio César Lagos Reyes

  • 54)

    Edwin Francisco Ortez Cruz

  • 55)

    Juan Wilfredo Castellanos Hipp

  • 56)

    Fernando Francisco Azcona Schrenzel

  • 57)

    Edwin Alberto Anemis López

  • 58)

    Nelson Martin Reyes Morales

  • 59)

    María De Jesús Palacios Zelaya

  • 60)

    Alejandro Hernández Oyuela

  • 61)

    Norman Enrique Mejía Orozco

  • 62)

    Francibel Zepeda Castro

  • 63)

    Felipe René Speer Laínez

  • 64)

    Ana Alejandrina Pineda Hernández

  • 65)

    Rubenia Esperanza Galeano Barralaga

  • 66)

    Edgardo Cáceres Castellanos

  • 67)

    Manuel Enrique Cálix Bonilla

  • 68)

    Marcio Said Barahona Salgado

  • 69)

    Nery Mauricio Miranda Sanabria

  • 70)

    Fredis Alonso Cerrato Valladares

  • 71)

    Rafael Bustillo Romero

  • 72)

    Nelson Danilo Mairena Franco

  • 73)

    Dunia Aracely Herrera Anduray

  • 74)

    Marlene Suyapa Pérez Valle

  • 75)

    Jorge Alberto Zelaya Zaldaña

  • 76)

    Gloria Bertila Oyuela Carrasco

  • 77)

    Anabelly Suyapa Medina Moncada

  • 78)

    Marcia Núñez Ennabe

  • 79)

    Raúl Antonio Ramos Canales

  • 80)

    Roy Pineda Castro

  • 81)

    Liliana Patricia Paz Paguaga

  • 82)

    Gessenia López Zepeda

  • 83)

    Sergio Daniel Rivera Sagastume

  • 84)

    José Mauricio Salazar

  • 85)

    Roxana Liceth Morales Toro

  • 86)

    Norma Iris Coto Santos

  • 87)

    Marvin Rigoberto Espinal Pinel

  • 88)

    Sonia Marlina Dubón Villeda

  • 89)

    Yimy Daniel Chirinos Orellana

  • 90)

    Milton Danilo Jiménez Puerto

  • 91)

    Carlos Alberto Gómez Moreno

  • 92)

    Oliver Gerardo Erazo Gómez

  • 93)

    José Ricardo Pineda Medina

  • 94)

    Rosa Helena Bonilla Galindo

  • 95)

    Odalis Aleyda Nájera Medina

  • 96)

    Marco Tulio Barahona Valle

  • 97)

    Damián Gilberto Pineda Reyes

  • 98)

    Pablo Emilio Reyes Theodore

  • 99)

    Lester Ilich Mejía Flores 100. Hermes Omar Moncada 101. Carlos Alberto Cobos Ramírez 102. Aida Estela Romero Reyes 103. José María Díaz Ávila 104. Miguel Ángel Cardona 105. Nelson Omar Madrid Chinchilla 69. Nery Mauricio Miranda Sanabria 70. Fredis Alonso Cerrato Valladares 71. Rafael Bustillo Romero 72. Nelson Danilo Mairena Franco 73. Dunia Aracely Herrera Anduray 74. Marlene Suyapa Pérez Valle 75. Jorge Alberto Zelaya Zaldaña 76. Gloria Bertila Oyuela Carrasco 77. Anabelly Suyapa Medina Moncada 78. Marcia Núñez Ennabe 79. Raúl Antonio Ramos Canales 80. Roy Pineda Castro 81. Liliana Patricia Paz Paguaga 82. Gessenia López Zepeda 83. Sergio Daniel Rivera Sagastume 84. José Mauricio Salazar 85. Roxana Liceth Morales Toro 86. Norma Iris Coto Santos 87. Marvin Rigoberto Espinal Pinel 88. Sonia Marlina Dubón Villeda 89. Yimy Daniel Chirinos Orellana 90. Milton Danilo Jiménez Puerto 91. Carlos Alberto Gómez Moreno 92. Oliver Gerardo Erazo Gómez 93. José Ricardo Pineda Medina 94. Rosa Helena Bonilla Galindo 95. Odalis Aleyda Nájera Medina 96. Marco Tulio Barahona Valle 97. Damián Gilberto Pineda Reyes 98. Pablo Emilio Reyes Theodore 99. Lester Ilich Mejía Flores 100. Hermes Omar Moncada 101. Carlos Alberto Cobos Ramírez 102. Aida Estela Romero Reyes 103. José María Díaz Ávila 104. Miguel Ángel Cardona 105. Nelson Omar Madrid Chinchilla Total de postulantes que pasaron a la etapa de Investigaciones Hombre Mujeres

    Sección A Acuerdos y Leye 7

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Aviso

Aviso — Información sobre revisión de preguntas incompletas en prueba de conocimientos

Junta Nominadora

Es preciso mencionar que la Junta Nominadora permitió que las personas postulantes que desearán realizar una revisión de preguntas que, en la prueba de conocimientos, tenían incompleto su enunciado o cualquiera de sus respuestas, ya que según el análisis realizado a todo el banco de preguntas que se elaboraron (816 en total), se verificó que cuatro preguntas no tenían su enunciado o su respuesta completa. También, es importante mencionar que, según los lineamientos desarrollados por la Junta Nominadora, no se permitió la realización de revisiones de todas las preguntas bajo argumentos relativos a la formulación errónea. Asimismo, se garantizó el principio de transparencia y máxima publicidad, por lo que las revisiones solicitadas se realizaron de forma pública y con la presencia de la persona postulante que la solicitó. Para tales efectos se elaboró un protocolo de revisión del examen escrito que permitía revisar una a una las preguntas y si aparecía una pregunta incompleta, ya sea en su enunciado o su respuesta, entonces la persona postulante tenía el derecho a realizar una prueba con la cantidad de preguntas incorrectas. En esta revisión solamente dos exámenes reflejaron preguntas incompletas, pero una persona no se sometió a la prueba de reposición; y, la única persona que se sometió a dicha prueba fue el Abogado MARCOS VINICIO MONTES, quien mejoró su calificación en dos puntos.

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Aviso

Aviso — Fase 4: Investigaciones - Metodología y fuentes de información

Junta Nominadora

E. Fase 4: Investigaciones. Para el cumplimiento de esta fase, la Junta Nominadora emitió una metodología para la realización de las investigaciones socioeconómica que se subdividir ía en una entrevista personal, visita domiciliaria e investigación en bases de datos y fuentes abiertas. Para este propósito, las personas postulantes ac u dieron a la sede de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia, en el edificio de la División de Certificación de Confianza. El proceso se llevó a cabo entre el lunes 21 de noviembre y el jueves 24 de noviembre de 2022. Asimismo, a solicitud de la Junta Nominadora, se recibió información de los postulantes de las siguientes instituciones:

  • 1)

    Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Honduras

  • 2)

    Procuraduría General de la República

  • 3)

    Poder Judicial

  • 4)

    Unión de Notarios de Honduras

  • 5)

    Instituto de Acceso a la Información Pública

  • 6)

    Secretaría General y Unidad de Inteligencia Registral del Instituto de la Propiedad

  • 7)

    Consejo Nacional Anticorrupción

  • 8)

    Unidad de Investigación Financiera de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros

  • 9)

    Servicio de Administración de Rentas

  • 10)

    Ministerio Público

  • 11)

    Aduanas de Honduras

  • 12)

    Contraloría del Notariado

  • 13)

    Dirección General de la Policía Nacional

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Aviso

Aviso — Comunicado sobre excepcionalidad a la publicidad de información en investigaciones

Junta Nominadora

La Junta Nominadora emitió un comunicado el 15 de

Sección A Acuerdos y Leye 7 diciembre de 2022, informando a la ciudadanía sobre aplicación de una excepcionalidad a la publicidad de la información que primó en todo el proceso de selección. Esta excepcionalidad a la publicidad de la información se sustentó en la legislación en vigor en el país, por ejemplo, el Código Procesal Penal, Código Tributario, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Lavado de Activos, al abordarse información relativa a la secretividad de investigaciones en materia penal mientras los órganos jurisdiccionales no reciban los resultados derivados de este proceso; el deber de reserva con relación a las declaraciones y datos suministrados por los obligados tributarios o por terceros, en el marco de las actividades de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, de la Administración Tributaria y Aduanera; la clasificación de información como datos personales confien ciales; y, por último, los supuestos previamente establecidos para la suspensión del secreto bancario.

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Aviso

Aviso — Listado de postulantes que avanzaron a etapa de presentación de denuncias y tachas

Junta Nominadora

En el marco de las evaluaciones realizadas por la Junta Nominadora, 101 postulantes superar on la fase de investigaciones, pasando a la etapa de la presentación, sustanciación y resolución de denuncias y tachas.

  • 1)

    Mal con Eduardo Guzmán Valladares

  • 2)

    Miriam Suyapa Barahona Rodríguez

  • 3)

    Miguel Fernando Ruiz Rápalo

  • 4)

    José Luis Arévalo Sandoval

  • 5)

    Aida Patricia Martínez Linares

  • 6)

    Nancy Carolina Sandoval Escoto

  • 7)

    Luis Fernando Padilla Castellanos

  • 8)

    Edward Terencio Navarro Miranda

  • 9)

    José Tomas Guillén

  • 10)

    Wendy Carolina Escobar Cantarero

  • 11)

    Ingrid E belinda Monzón López

  • 12)

    Sandra Lizeth Avelar Rajo

  • 13)

    José Luis Valladares Guifarro

  • 14)

    Wagner Vallecillo Paredes

  • 15)

    Mario Rolando Díaz Flores

  • 16)

    Tirza Del Carmen Flores Lanza

  • 17)

    Jorge Abilio Serrano Villanueva

  • 18)

    José Raúl Pineda Alvarado

  • 19)

    Yuri Fernando Melara Berlioz

  • 20)

    Mario Alejandro Calderón Maldonado

  • 21)

    Antonio Isaac Martínez Dubón

  • 22)

    José Joaquín Lizano Casco

  • 23)

    Francisca Villela Zavala

  • 24)

    Conan Rafael Argueta Bourdett

  • 25)

    Danelia Gramizel Garay Caballero

  • 26)

    Edin Yobany De La O Ramos

  • 27)

    Anny Belinda Ochoa Medrano

  • 28)

    Walter Raúl Miranda Sabio

  • 29)

    Emilio Cabrera Cabrera

  • 30)

    Aníbal Federico Izaguirre Maradiaga

  • 31)

    Marvin Oswaldo Ferrera Alvarenga

  • 32)

    Rebeca Lizette Ráquel Obando

  • 33)

    Mario Donaldo Acosta Cárcamo

  • 34)

    Ismael Molina Rodríguez

  • 35)

    Linda Patricia Reyes Interiano

  • 36)

    Martha Delia Merino Conde

  • 37)

    Walton Rolando Bouloy Cabrera

  • 38)

    Gaudy Alejandra Bustillo Martínez

  • 39)

    Gerardo Enrique Gómez Cobos

    Sección A Acuerdos y Leye 7

  • 40)

    Francisco Javier Mejía Sánchez

  • 41)

    Danelia Ferrera Turcios

  • 42)

    Rubén Rivera Flores

  • 43)

    Marco Vinicio Montes Tavarone

  • 44)

    Marcio Beyran Membreño Villela

  • 45)

    Karen Lizeth Martínez Ponce

  • 46)

    Luis Alonso Discua Cerrato

  • 47)

    Daniel Arturo Sibrián Bueso

  • 48)

    Isbela Bustillo Hernández

  • 49)

    Garín Enoc Urquía Castro

  • 50)

    María Fernanda Castro Mendoza

  • 51)

    Julio César Lagos Reyes

  • 52)

    Edwin Francisco Ortez Cruz

  • 53)

    Juan Wilfredo Castellanos Hipp

  • 54)

    Fernando Francisco Azcona Schrenzel

  • 55)

    Edwin Alberto Anemis López

  • 56)

    Nelson Martin Reyes Morales

  • 57)

    María De Jesús Palacios Zelaya

  • 58)

    Alejandro Hernández Oyuela

  • 59)

    Norman Enrique Mejía Orozco

  • 60)

    Francibel Zepeda Castro

  • 61)

    Felipe René Speer Laínez

  • 62)

    Ana Alejandrina Pineda Hernández

  • 63)

    Rubenia Esperanza Galeano Barralaga

  • 64)

    Edgardo Cáceres Castellanos

  • 65)

    Manuel Enrique Cálix Bonilla

  • 66)

    Marcio Said Barahona Salgado

  • 67)

    Nery Mauricio Miranda Sanabria

  • 68)

    Fredis Alonso Cerrato Valladares

  • 69)

    Rafael Bustillo Romero

  • 70)

    Nelson Danilo Mairena Franco

  • 71)

    Dunia Aracely Herrera Anduray

  • 72)

    Marlene Suyapa Pérez Valle

  • 73)

    Jorge Alberto Zelaya Zaldaña

  • 74)

    Gloria Bertila Oyuela Carrasco

  • 75)

    Anabelly Suyapa Medina Moncada

  • 76)

    Marcia Núñez Ennabe

  • 77)

    Raúl Antonio Ramos Canales

  • 78)

    Roy Pineda Castro

  • 79)

    Liliana Patricia Paz Paguaga

  • 80)

    Gessenia López Zepeda

  • 81)

    José Mauricio Salazar

  • 82)

    Roxana Liceth Morales Toro

  • 83)

    Norma Iris Coto Santos

  • 84)

    Marvin Rigoberto Espinal Pinel

  • 85)

    Sonia Marlina Dubón Villeda

  • 86)

    Yimy Daniel Chirinos Orellana

  • 87)

    Milton Danilo Jiménez Puerto

  • 88)

    Carlos Alberto Gómez Moreno

  • 89)

    Oliver Gerardo Erazo Gómez

  • 90)

    José Ricardo Pineda Medina

  • 91)

    Odalis Aleyda Nájera Medina

  • 92)

    Marco Tulio Barahona Valle

  • 93)

    Damián Gilberto Pineda Reyes

  • 94)

    Pablo Emilio Reyes Theodore

  • 95)

    Lester Ilich Mejía Flores

  • 96)

    Hermes Omar Moncada

  • 97)

    Carlos Alberto Cobos Ramírez

  • 98)

    Aida Estela Romero Reyes

  • 99)

    José María Díaz Ávila 100. Miguel Ángel Cardona 101. Nelson Omar Madrid Chinchilla

    Sección A Acuerdos y Leye 7

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Aviso

Aviso — Fase 5: Tachas y Denuncias - Definiciones y criterios

Junta Nominadora

F. Fase 5: Tachas y Denuncias. La Ley Especial previó, en su artículo 20, que sobre el listado preliminar de personas postulantes que pasarán a la entrevista final, después de la fase de investigaciones, cualquier persona podría presentar una denuncia o tacha contra alguno de los aspirtante, mediante un escrito fundamentado en los requisitos, inhabilidades y crtierios de selección establecidos en la ley. La Ley Especial también realizó una diferenciación entre lo que debe entenderse por denuncia y tacha. Para el caso, la denuncia constituye la información que esté destinada a cuestionar la integridad o la ética del postulante, así como para señalar presuntas responsabilidades administrativas, civiles o penales. Por otro lado, la tacha se refiere al incumplimiento de requisitos, la existencia de inhabilidades o la falta de idoneidad y capacidad profesional del postulante.

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Aviso

Aviso No. JN-2022-IT-04 — Protocolo del Procedimiento de Tachas y Denuncias

Junta Nominadora

Asimismo, la Junta Nominadora aprobó el Instrumento JN- 2022-IT-04 contentivo del Protocolo del Procedimiento de Tachas y Denuncias. Para los efectos de este informe, es preciso retomar los criterios constituvios de tachas:

  • 1)

    Falta de requisitos constitucionales o legales, debido al cuestionamiento o impugnación de cualquier documento o requisito presentado por la persona postulante y exigido por la Ley de la Junta Nominadora o su Reglamento:

    • i)

      Ser pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del Presidente de la República.

    • ii)

      No tener el finiquito de solvencia de su cuenta, si ha administrado o recaudado valores públicos.

    • iii)

      Encontrarse dentro de presunción de enriquecimiento ilícito, de acuerdo con lo establecido en el artículo 225 de la Constitución de la República.

    • iv)

      No contar con autorización de Exequatur de Notario. v. No haber ejercido la profesión del derecho por diez (10) años o no haber sido titular de un órgano jurisdiccional por cinco (5) años. vi. Ser deudor moroso de la Hacienda Pública. vii. Haber sido condenado con sentencia firme por violencia doméstica o por incumplimiento de deudas alimentarias. viii. No encontrarse en el goce y ejercicio de sus derechos civiles. ix. Ser concesionario del Estado, apoderado o representante de estos, para la explotación de riquezas naturales. x. Ser contratista de servicios y obras públicas que se costeen con fondos del Estado, y quienes por tales conceptos tengan cuentas pendientes con esté.

  • 2)

    Cuestionan do la solvencia o idoneidad moral de la persona postulante. Entre sus causales pueden encontrarse las siguientes:

    • i)

      Haber sido condenado con sentencia firme por la comisión de cualquier delito doloso, o encontrarse procesado judicialmente por cualquier delito doloso.

      Sección A Acuerdos y Leye 7

    • ii)

      Tener dos (2) o más denuncias por violencia doméstica o que se encuentre siendo procesado judicialmente por violencia doméstica.

    • iii)

      El incumplimiento de sus obligaciones tributarias en alguno de los cinco (5) años previos a la fecha de su postulación.

    • iv)

      Tener denuncias o investigaciones iniciadas ante el Ministerio Público por delitos de corrupción, crimen organizado, cohecho, fraude, lavado de activos, malversación de caudales públicos, asociación para delinquir y cualquier otro delito doloso. v. Tener ante juicios pendientes incoados por el Ministerio Público. vi. Ser pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, cónyuge o compañero de hogar de una persona que haya sido condenado con sentencia firme por delitos relacionados con actos de corrupción, lavado de activos, narcotráfico o criminalidad organizada. vii. Haber sido vencido mediante sentencia firme o ser parte demandada por incumplimiento o violación de obligaciones contractuales en procesos judiciales civiles, inquilinato, administrativos, laborales o de cualquier otra naturaleza. viii. Tener denuncias, quejas o investigaciones por violaciones de derechos humanos, ante cualquier órgano del sistema de justicia o el sistema nacional e internacional de protección de derechos humanos. ix. Tener denuncias o investigaciones pendientes en el Ministerio Público por la comisión de cualquier delito doloso. x. Haber sido sancionado por faltas graves por el Colegio de Abogados de Honduras (CAH), o por la Contraloría del Notariado. xi. Tener procesos disciplinarios en trámite ante el Colegio de Abogados de Honduras (CAH) o ante la Contraloría del Notariado. xii. Tener dos (2) o más procesos disciplinarios en trámite o haber sido sancionado con faltas graves en el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República u otra institución estatal en que haya fungido o este fungiendo como funcionario o empleado. xiii. Haber sido destituido por medida disciplinaria del Poder Judicial, Ministerio Público, o cualquier Institución de la Administración Pública, o haber sido objeto de despido en la actividad privada por falta grave debidamente comprobada. xiv. Haber sido denunciado en cualquier institución por injerencias en juicios de cualquier naturaleza o atentados contra la independencia judicial. xv. Haber actuado en representación procesal como defensa técnica en cualquier etapa del proceso penal en causas relacionadas con actos de corrupción, lavado de activos y de criminalidad

      Sección A Acuerdos y Leye 7 organizada, así como en procesos de privación de dominio de bienes de origen ilícitos vinculados a aquellos procesos; se exceptúan los que hayan actuado como Defensor Público. xvi. Ser pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, cónyuge o compañero de hogar de personas que han actuado en representación procesal como defensa técnica en cualquier etapa del proceso penal en causas relacionados con actos de corrupción, lavado de activos y de criminalidad organizada, así como en procesos de privación de dominio de bienes de origen ilícitos vinculados a aquellos procesos; se exceptúan los que hayan actuado como Defensor Público. xvii. Si como funcionario o Servidor Público ha actuado con arbitrariedad, sin salvaguardar los derechos fundamentales, incluido el respeto a los derechos laborales de los trabajadores a su cargo, o se hayan generado condenas al Estado por sus actuaciones u omisiones. xviii. Si en el ejercicio de la función notarial, sus actuaciones no se han realizado según el más alto estándar de ética y profesionalismo, pudiéndose cuestionar razonablemente que ha actuado en abuso de la fe pública.

  • 3)

    Cuestionan dos u falta de independencia e imparcialidad, entendiendo por independencia, no solo de los otros poderes del Estado, sino de poderes económicos y políticos. Entre sus causales pueden encontrarse:

    • i)

      Sus actuaciones, resoluciones judiciales y/o criterios jurídicos han demostrado un patrón que atenta contra los derechos humanos, los principios democráticos, la Constitución de la República, la independencia judicial, la institucionalidad de cualquiera de los Poderes del Estado, la lucha contra la corrupción y la criminalidad organizada.

    • ii)

      Sus actuaciones, resoluciones y/o criterios jurídicos han promovido la vulneración de la Constitución de la República y los principios y valores democráticos esenciales del Estado Constitucional, la soberanía nacional, la institucionalidad y la independencia judicial.

    • iii)

      La existencia de un conflicto de interés real, aparente o potencial. Se entiende que existe un conflicto de interés, cuando se produce una confrontación entre el interés público que representa ejercer el cargo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia y los intereses privados de la persona postulante, es decir que se puede ver materializado cuando la persona postulante tiene intereses personales que podrían influir indebidamente sobre el desempeño de sus deberes y responsabilidades como futuro(a) magistrado(a) de la Corte Suprema de Justicia. El conflicto de interés es:

      • a)

        Real cuando existe un inaceptable conflicto de hecho entre los intereses individuales o privados del funcionario público

        Sección A Acuerdos y Leye 7 (postulante) y sus obligaciones públicas;

      • b)

        Aparente cuando se refiere a la situación en que existe un interés personal que no necesariamente influir ía en el funcionario público (postulante), pero que podría dar lugar a que otros consideren que puede influir en el cumplimiento de sus deberes; y, c) Potencial cuando alude al caso en el que un funcionario público (postulante) tiene un interés privado que puede convertirse en un conflicto de interés en el futuro.

    • iv)

      La existencia de negociaciones de hecho que podrían influir indebidamente sobre el desempeño de sus deberes y responsabilidades como futuro(a) magistrado(a) de la Corte Suprema de Justicia. Se entiende por negociación de hecho, los compromisos adquiridos por la persona postulante con cualquier ente público o privado, o a favor de sí mismo, que pudiera afectar su independencia en el ejercicio del cargo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia. v. En su vida social y personal se comporta de manera licencio sa o disoluta, demostrada mediante el consumo habitual de alcohol, drogas o sustancias psicotrópicas, el comportamiento indebido en lugares públicos protagonizando riñas o escándalos públicos. vi. En el ejercicio de su profesión o como funcionario o servidor público, ha realizado o propiciado perturbaciones en las decisiones judiciales o ha permitido dicha injerencia. vii. En el ejercicio de la profesión, ha tenido conductas reñidas con la ética del profesional del derecho, faltando a la lealtad y respeto hacia sus clientes, sus colegas y los funcionarios judiciales. viii. En el ejercicio de su función como defensor o abogado, realizando actos de procuración en un proceso judicial, ha sido suspendido en el ejercicio de la profesión por cualquier órgano jurisdiccional, en los últimos diez (10) años previos a la postulación a este proceso. ix. Como funcionario o servidor público ha dado un uso o manejo indebido de los fondos de las instituciones y organizaciones públicas de las que ha formado o forma parte, para procurar un beneficio personal o familiar, ya sea directo o indirecto, o bien a favor de terceros o de grupos políticos o económicos. x. En sus actuaciones como funcionario o servidor público, incluido el ámbito judicial, ha incidido desde su posición en el irrespeto de los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad, por razones de edad, discapacidad, pertenencia a comunidades indígenas o tribales, las personas en situación de migración y desplazamiento interno, pobreza, genero, pertenencia a minorías, y privados de libertad. xi. En sus actuaciones como funcionario o servidor público, en el ámbito de sus atribuciones, no ha

      Sección A Acuerdos y Ley 37 protegido la soberanía nacional, el patrimonio cultural y el medio ambiente sano del Estado, de cualquier pretensión de reducir los o vulnerar los. xii. No ha garantizado a la ciudadanía, como funcionario o servidor público, el derecho a ser juzgado con parámetros jurídicos, en el plazo razonable, sin arbitrariedades y sin dejarse influir por factores ajenos al derecho. xiii. Sus acciones, como funcionario o servidor público, son o han sido contrarias a un verdadero combate a la corrupción y al crimen organizado, debido al retardo injustificado de las investigaciones o procesos judiciales. xiv. Con sus actitudes y comportamientos como funcionario o servidor público, pone de manifiesto que recibe influencias, directas o indirectas, de cualquier poder público o privado, de partidos políticos u organizaciones de criminalidad organizada. xv. Si como funcionario o servidor público, ha sido reparado o sancionado por mal manejo de fondos del Estado. xvi. Cualquier otra condición, situación, posición o conducta de la persona postulante que pudiera directa e indirectamente indicar la existencia de conflicto de intereses, afectación de los valores y principios democráticos, violación de los derechos humanos, obstrucción o negación a la lucha contra la corrupción y el crimen organizado y negociaciones de hecho que pudieran afectar su correcto ejercicio como magistrado(a) de la Corte Suprema de Justicia. El protocolo también con tuvo el desglose de los motivos que se enmarcan en el concepto de denuncia, además de aplicar los motivos contenidos en los acápites 2) y 3) de las tachas, también aplicaron hechos vinculados a:

      • a)

        Violaciones de Derechos Humanos.

      • b)

        Violencia doméstica.

      • c)

        Hostigamiento o acoso sexual.

      • d)

        Incumplimiento de sus deberes de asistencia y sustento familiar.

      • e)

        Acoso, discriminación o explotación laboral.

      • f)

        Violencia contra la mujer.

      • g)

        Comisión de cualquier delito, doloso o imprudente.

      • h)

        Comisión de cualquier falta. Con la finalidad de incentivar la participación ciudadana en esta etapa, se estableció la posibilidad de presentar las tachas y denuncias y solicitar la reserva de la información del denunciante y/o tachante, e incluso se estableció la posibilidad de presentarlas en forma anónima y vía correo electrónico. Para tales efectos se abrió el correo electrónico denuncias y tachas@gmail.com. La etapa de presentación de denuncias y tachas se produjo entre el 19 al 27 de diciembre de 2022; la Junta Nominadora recibió alrededor de 207 tachas y/o denuncias dirigidas contra 42 personas postulantes.

        • a)

          Violaciones de derechos humanos.

        • b)

          Violencia doméstica.

        • c)

          Hostigamiento o acoso sexual.

        • d)

          Incumplimiento de sus deberes de asistencia y sustento familiar.

        • e)

          Acoso, discriminación o explotación laboral.

        • f)

          Violencia contra la mujer.

        • g)

          Comisión de cualquier delito, doloso o imprudente.

        • h)

          Comisión de cualquier falta. Con la finalidad de incentivar la participación ciudadana en esta etapa, se estableció la posibilidad de presentar las tachas y denuncias y solicitar la reserva de la información del denunciante y/o tachante, e incluso se estableció la posibilidad de presentarlas en forma anónima y vía correo electrónico. Para tales efectos se abrió el correo electrónico denuncias y tachas@gmail.com.

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Aviso

Aviso — Información sobre presentación de tachas y denuncias recibidas

Junta Nominadora

La etapa de presentación de denuncias y tachas se produjo entre el 19 al 27 de diciembre de 2022; la Junta Nominadora recibió alrededor de 207 tachas y/o denuncias dirigidas contra 42 personas postulantes. No. Nombre de la persona postulante Cantidad de denuncias y/o Admitidas a trámite In admitidas 7 días hábiles para la presentación de denuncias y tachas 5 días hábiles para que el postulante denunciado o tachado responda 3 días hábiles para que la Junta notifique la resolución

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 34 No. Nombre de la persona postulante Cantidad de denuncias y/o tachas recibidas Admitidas a trámite In admitidas 1 Anny Belinda Ochoa Medrano 12 9 3 7 días hábiles para la presentación de denuncias y tachas 5 días hábiles para que el postulante denunciado o tachado responda 3 días hábiles para que la Junta notifique la resolución Página 35 2 Fredis Alonso Cerrato Valladares 10 5 5 3 Jorge Alberto Zelaya Zaldaña 11 11 0 4 Edwin Francisco Ortez Cruz 10 10 0 5 Miriam Suyapa Barahona 10 5 5 6 Conan Rafael Argueta Bourdet 9 7 2 7 Jorge Abilio Serrano Villanueva 9 9 0 8 Daniel Arturo Sibrián 8 4 4 9 Rafael Bustillo Romero 8 8 0 10 Ingrid Belinda Monzón López 8 8 0 11 Gaudy Alejandra Bustillo 6 1 5 12 María Fernanda Castro Mendoza 6 6 0 13 Edgardo Cáceres Castellanos 5 5 0 14 Hermes Omar Moncada 5 1 4 15 Milton Danilo Jiménez Puerto 5 2 3 16 Nelson Omar Madrid Chinchilla 4 3 1 17 Norman Enrique Mejía Orozco 3 3 0 18 Garin Enoc Urquía Castro 3 3 0 19 José Tomás Guillén 3 3 0 20 Nery Mauricio Miranda Sanabria 3 2 1 21 Pablo Emilio Reyes Theodore 3 2 1 22 Roxana Lizeth Morales Toro 3 3 0 23 Yimi Daniel Chirinos Orellana 3 3 0 24 Yuri Fernando Melara Berlioz 3 3 0 25 Alejandro Hernández Oyuela 2 0 2 26 Danelia Ferrera Turcios 2 2 0 27 Daniel la Gramziel Garay Caballero 2 2 0 28 Edin Yobany de la O 2 2 0 29 Isbela Bustillo Hernández 2 0 2 30 José María Díaz Ávila 2 1 1

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 36 31 Lester Ilich Mejía Flores 2 2 0 32 Linda Patricia Reyes Interiano 2 1 1 33 Marcia Núñez Ennabe 2 1 1 34 Marco Tulio Barahona Valle 2 2 0 35 Mario Alejandro Calderón 2 1 1 36 Marlene Suyapa Pérez Valle 2 2 0 37 Miguel Fernando Ruiz Rápalo 2 2 0 38 Odalis Aleyda Nájera 2 0 2 39 Roy Pineda Castro 2 0 2 40 Ruben Rivera Flores 2 2 0 41 Sonia Marlina Dubón 1 0 1 42 Nelson Danilo Mairena 1 1 1 43 Aida Estela Romero Reyes 1 0 1 44 Ana Alejandrina Pineda 1 0 1 45 Anibal Federico Izaguirre Maradiaga 1 1 0 46 Damián Gilberto Pineda Reyes 1 1 0 47 Edward Terencio Navarro Miranda 1 0 1 48 Emilio Cabrera Cabrera 1 1 0 49 Fernando Francisco Azcona 1 1 0 50 Antonio Isaac Martínez Dubón 1 1 0 51 José Joaquín Lizano Casco 1 1 0 52 José Luis Valladares Guifarro 1 0 1 53 José Raúl Pineda Alvarado 1 1 0 54 Luis Alonso Discua Cerrato 1 0 1 55 Luis Fernando Padilla Castellanos 1 1 0 56 Malcom Eduardo Guzmán Valladares 1 1 0 57 Marta Delia Merino Conde 1 0 1 58 Nelson Martin Reyes 1 0 1 59 Norma Iris Coto 1 1 0 60 Rubenia Esperanza Galeano Barralaga 1 1 0 61 Tirza del Carmen Flores Lanza 1 0 1 Tal como lo mencionar on las disposiciones del Protocolo de Denuncias y Tachas de la Junta Nominadora, tanto los medios de prueba aportados por la persona o personas que presentaron la denuncia o tacha respectiva, como los medios que acompañaron el descargo

Sección A Acuerdos y Ley 37 Tal como lo mencionar on las disposiciones del Protocolo de Denuncias y Tachas de la Junta Nominadora, tanto los medios de prueba aportados por la persona o personas que presentaron la denuncia o tacha respectiva, como los medios que acompañaron el descargo de la persona postulante fueron revisados para la deliberación que se desarrolló en el pleno de la Junta. Además, el protocolo previó que, la Junta Nominadora podía considerar la existencia de hechos que gocen de notoriedad absoluta y general. Las decisiones relativas a la declaratoria con lugar, o en su caso sin lugar, de la denuncia o tacha se podía realizar por una mayoría simple de votos de los miembros del pleno de la Junta Nominadora, es decir, cuatro (4) de los siete (7) miembros propietarios o suplentes que estén conociendo del procedimiento. En este proceso, primero se analizó la admisibilidad a trámite de las denuncias y/o tachas presentadas, emitiéndose las respectivas resoluciones de inadmisión y notificándolas a las personas denunciantes a través del correo electrónico que designar on en su respectiva tacha y/o denuncia. Luego, se procedió a otorgar el derecho de defensa a cada una de las personas postulantes que había recibido tachas y/o denuncias, concediéndoles el plazo de cinco días hábiles para ello. Una vez recibidos los descargos y cerrado el plazo de éste para todas las personas postulantes, la Junta Nominadora, en votación, declaró con lugar una tacha y/o denuncia, cuando existan suficientes indicios para considerar ciertos los hechos en que se sustentaba. Cuando una denuncia o tacha fue declarada con lugar, la persona postulante no continuó en el proceso, por mandato de ley. Por el contrario, si la denuncia o tacha era declarada sin lugar, la persona postulante podía continuar con las siguientes etapas del proceso. No obstante, los hechos o elementos de prueba que se hayan aportado para denunciar o tachar, podrían ser utilizados por los miembros de la Junta, para valorar la idoneidad, integridad o la ética de la persona postulante, en la evaluación final que se debió realizar en la Matriz de Evaluación Técnica. De esta manera, las resoluciones sobre tachas y denuncias quedaron de la siguiente manera2: 2 En los anexos de este informe se integra cada reso- lución emitida.

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 38 No obstante, los hechos o elementos de prueba que se hayan aportado para denunciar o tachar, podrían ser utilizados por los miembros de la Junta, para valorar la idoneidad, integridad o la ética de la persona postulante, en la evaluación final que se debió realizar en la Matriz de Evaluación Ténica. De esta manera, las resoluciones sobre tachas y denuncias quedaron de la siguiente manera2: No. Nombres y apellidos Resolución 1 Anny Belinda Ochoa Medrano Sin lugar 2 Conan Rafael Argueta Bourdett Con lugar 3 Danelia Ferrera Turcios Sin lugar 4 Daniela Gramziel Garay Caballero Sin lugar 5 Daniel Arturo Sibrián Bueso Sin lugar 6 Edgardo Cáceres Castellanos Con lugar 7 Edin Yobany de la O Ramos Sin lugar 8 Edwin Francisco Ortez Cruz Con lugar 9 Fredis Alonso Cerrato Valladares Con lugar 10 Garin Enoc Urquía Castro Con lugar 11 Gaudy Alejandra Bustillo Martínez Sin lugar 12 Hermes Omar Moncada Sin lugar 13 Ingrid E belinda Monzón López Con lugar 14 Jorge Abilio Serrano Villanueva Con lugar 15 Jorge Alberto Zelaya Zaldaña Con lugar 16 José María Díaz Ávila Sin lugar 17 José Tomás Guillén Con lugar 18 Lester Ilich Mejía Flores Con lugar 19 Linda Patricia Reyes Interiano Sin lugar 20 Marcia Núñez Ennabe Sin lugar 21 Marco Tulio Barahona Valle Sin lugar 2 En los anexos de este informe se integra cada resolución emitida.

Sección A Acuerdos y Ley 37 No. Nombres y apellidos Resolución 22 María Fernanda Castro Mendoza Con lugar 23 Mario Alejandro Calderón Maldonado Sin lugar 24 Marlene Suyapa Pérez Valle Con lugar 25 Miguel Fernando Ruiz Rápalo Sin lugar 26 Miltón Danilo Jimenez Puerto Sin lugar 27 Miriam Suyapa Barahona Rodríguez Con lugar 28 Nelson Danilo Mairena Franco Sin lugar 29 Nelson Omar Madrid Chinchilla Con lugar 30 Nery Mauricio Miranda Sanabria Sin lugar 31 Norman Enrique Mejía Orozco Con lugar 32 Pablo Emilio Reues Theodore Sin lugar 33 Rafael Bustillo Romero Con lugar 34 Roxana Liceth Morales Toro Sin lugar 35 Ruben Rivera Flores Sin lugar 36 Yimy Daniel Chirinos Orellana Con lugar 37 Yuri Fernando Melara Berlioz Sin lugar 38 Anibal Francisco Izaguirre Maradiaga Sin lugar 39 Emilio Cabrera Cabrera Con lugar 40 Luis Fernando Padilla Castellanos Sin lugar 41 Antonio Isaac Dubón Martínez Sin lugar 42 José Joaquín Lizano Sin lugar 43 Damian Gilberto Reyes Pineda Sin lugar 44 José Raúl Pineda Alvarado Sin lugar 45 Malcom Eduardo Guzmán Valladares Sin lugar 46 Norma Iris Coto Sin lugar 47 Aida Estela Romero Reyes Sin lugar 48 Rubenia Esperanza Galeano Barralaga Sin lugar 49 Fernando Francisco Azcona Schrenzel Con lugar

Sección A Acuerdos y Ley 37 La notificación de la resolución sobre la denuncia o tacha se realizó por medio de una audiencia pública, si la persona postulante no se hizo presente a la audiencia pública, la notificación se efectuó vía correo electrónico. La resolución fue firmada por los miembros propietarios, o en su defecto los suplentes, de la Junta Nominadora que estuvieron presentes en la audiencia que se celebró para tal efecto, previo a notificarla por vía electrónica. G. Fase 6: Entrevistas. La fase final del proceso de selección, previo al llenado de la Matriz de Evaluación Técnica que dio paso a la conformación de la nómina de candidatas y candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia presentada ante el Congreso Nacional fueron las entrevistas públicas. Las entrevistas fueron públicas y tuvieron como objetivo ayudar a la Junta Nominadora a conformar su nómina de candidatos(as), de acuerdo con los más altos estándares de idoneidad profesional, ética y personal, así como su posición sobre temas de interés jurídico doctrinario, sus intereses personales y las motivaciones que le han llevado a postularse. Según el Protocolo del Proceso de Selección, las preguntas que la Junta Nominadora elaboró para su formulación en las entrevistas públicas tuvieron como base diferentes áreas temáticas:

  • 1)

    Derecho constitucional

  • 2)

    Derecho civil y mercantil en el marco de acceso a la justicia

  • 3)

    Derecho administrativo y fortalecimiento del Estado de derecho

  • 4)

    Derechos humanos y medio ambiente

  • 5)

    Acceso a la justicia y tutela judicial efectiva

  • 6)

    El contexto de los derechos laborales

  • 7)

    Sistema Interamericano de Derechos Humanos y Objetivos de Desarrollo Sostenible Asimismo, se formularon preguntas derivadas de la trayectoria profesional de la persona postulante, su integridad personal, ética profesional y posiciones jurídicas. Es preciso aclarar que, las preguntas no se dirigieron a asuntos relativos al ámbito de la intimidad y posturas político-partidarias. Inicialmente se realizaron las entrevistas de aquellas personas postulantes que no recibieron tachas y/o denuncias, para luego continuar con aquellas personas cuyas tachas y/o denuncias que fueron declaradas sin lugar. Las entrevistas se desarrollaron en las siguientes fechas: Página 40 La notificación de la resolución sobre la denuncia o tacha se realizó por medio de una audiencia pública, si la persona postulante no se hizo presente a la audiencia pública, la notificación se efectuó vía correo electrónico. La resolución fue firmada por los miembros propietarios, o en su defecto los suplentes, de la Junta Nominadora que estuvieron presentes en la audiencia que se celebró para tal efecto, previo a notificarla por vía electrónica. G. Fase 6: Entrevistas. La fase final del proceso de selección, previo al llenado de la Matriz de Evaluación Técnica que dio paso a la conformación de la nómina de candidatas y candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia presentada ante el Congreso Nacional fueron las entrevistas públicas. Desarrollo de las entrevistas públicas Las entrevistas fueron públicas y tuvieron como objetivo ayudar a la Junta Nominadora a conformar su nómina de candidatos(as), de acuerdo con los más altos estándares de idoneidad profesional, ética y personal, así como su posición sobre temas de interés jurídico doctrinario, sus intereses personales y las motivaciones que le han llevado a postularse. Según el Protocolo del Proceso de Selección, las preguntas que la Junta Nominadora elaboró para su formulación en las entrevistas públicas tuvieron como base diferentes áreas temáticas:

    • 1)

      Derecho constitucional

    • 2)

      Derecho civil y mercantil en el marco de acceso a la justicia

    • 3)

      Derecho administrativo y fortalecimiento del Estado de derecho

    • 4)

      Derechos humanos y medio ambiente

    • 5)

      Acceso a la justicia y tutela judicial efectiva

    • 6)

      El contexto de los derechos laborales Auto presentación 5 preguntas seleccionadas aleatoria mente por el postulante Preguntas abiertas de las y los miembros de la Junta Nominadora

      Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 41 aclarar que, las preguntas no se dirigieron a asuntos relativos al ámbito de la intimidad y posturas político-partidarias. Inicialmente se realizaron las entrevistas de aquellas personas postulantes que no recibieron tachas y/o denuncias, para luego continuar con aquellas personas cuyas tachas y/o denuncias que fueron declaradas sin lugar. Las entrevistas se desarrollaron en las siguientes fechas: Entrevistas públicas Miércoles 4 de enero de 2023

      • 1)

        Aida Patricia Martínez Linares 7. Edward Terencio Navarro Miranda

      • 2)

        Anabelly Suyapa Medina Moncada 8. Edwin Alberto Anemis López

      • 3)

        Ana Alejandrina Pineda Hernández 9. Felipe Renee Speer Laínez

      • 4)

        Carlos Alberto Cobos Ramírez 10. Francibel Zepeda Castro

      • 5)

        Carlos Alberto Gómez Moreno 11. Francisca Villela Zavala

      • 6)

        Dunia Aracely Herrera Anduray 12. Francisco Javier Mejía Sánchez Jueves 5 de enero de 2023

        • 1)

          Gerardo Enrique Gómez Cobos 7. José Luis Valladares Guifarro

        • 2)

          Gessenia López Zepeda 8. José Mauricio Salazar

        • 3)

          Gloria Bertila Oyuela Carrasco 9. Juan Wilfredo Castellanos Hipp

        • 4)

          Ismael Molina Rodríguez 10. Julio César Lagos Reyes

        • 5)

          José Luis Arevalo Sandoval 11. Karen Lizeth Martínez Ponce

        • 6)

          José Ricardo Pineda Medina 12. Liliana Patricia Paz Paguaga 13. Luis Alonso Discua Cerrato Viernes 6 de enero de 2023

          • 1)

            Marcio Beyran Membreño Villela 7. Marta Delia Merino Conde

          • 2)

            Marcio Said Barahona Salgado 8. Mario Donaldo Acosta Cárcamo

          • 3)

            Manuel Enrique Cálix Bonilla 9. Marvin Oswaldo Ferrera Alvarenga

          • 4)

            Marco Vinicio Montes Tavarone 10. Marvin Rigoberto Espinal Pinel

          • 5)

            María de Jesús Palacios Zelaya 11. Miguel Ángel Cardona Rivera

          • 6)

            Mario Rolando Díaz Flores 12. Nancy Carolina Sandoval Escoto 13. Nelson Martin Reyes Morales Sábado 7 de enero de 2023 1. Oliver Gerardo Antonio Erazo Gómez 5. Tirza del Carmen Flores Lanza 2. Raúl Antonio Ramos Canales 6. Wagner Vallecillo Paredes 3. Rebeca Lizette Raquel Obando 7. Walter Raúl Miranda Sabio 4. Sandra Lizeth Avelar Rajo 8. Wendy Carolina Escobar Cantarero 9. Walton Rolando Bouloy Cabrera Jueves 12 de enero de 2023 1. Alejandro Hernández Oyuela 4. Roy Pineda Castro 2. Isbela Bustillo Hernández 5. Sonia Marlina Dubón 3. Odalis Aleyda Nájera Domino 15 de enero de 2023 1. Aida Estela Romero Reyes 5. José Joaquín Lizano 2. Anibal Federico Izaguirre Maradiaga 6. José Raúl Pineda Alvarado 3. Antonio Isaac Martínez Dubón 7. Luis Fernando Padilla Castellanos 4. Damian Gilberto Reyes Pineda 8. Malcolm Eduardo Guzmán Valladares Lunes 16 de enero de 2023 1. Norma Iris Coto Santos 7. Gaudy Alejandra Bustillo Martínez 2. Rubenia Esperanza Galeano Barralaga 8. Hermes Omar Moncada

            Sección A Acuerdos y Ley 37 La evaluación de las entrevistas públicas se realizó en forma individual por cada sector y esta evaluación se reflejó en la Matriz de Evaluación Técnica que, posteriormente, fue llenada por cada una de las instituciones representadas en la Junta Nominadora. H. Fase 7: Selección final. Una vez que finalizó la etapa de entrevistas públicas el 17 de enero, los representantes de las instituciones que conforman la Junta Nominadora procedieron a llenar la Matriz de Evalución Técnica que consta en el artículo 19 de la Ley Especial, y que fue ampliada por la Junta Nominadora a fin de establecer medios de verificación para cada componente. A manera de ilustración se incluye la Matriz publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,051 el 14 de octubre de 2022. Una vez finalizada la etapa de entrevistas públicas, el 17 de enero de 2023, los representantes de los siete sectores que conforman la Junta Nominadora procedieron a llenar la Matriz de Evaluación Técnica que quedó establecida en el artículo 19 de la Ley Especial que nos regula y que fue ampliada por la Junta Nominadora en función de establecer medios de verificación más concretos o rigurosos para cada componente siendo publicada el 14 de octubre de 2022 en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,051. Dentro del reglamento construido por la Junta Nominadora, también quedó establecido que esta matriz sería construida conforme a los Estándares Internacionales en materia de Derechos Humanos, donde se evaluarán todos los requisitos e indicadores establecidos por la ley de la Junta Nominadora, entre los que se encuentra:

            • i)

              Integridad personal y profesional,

            • ii)

              Ética Profesional y iii) Idoneidad y capacidad técnica. Para mayor claridad, la Junta amplió la matriz, estableciendo un apartado para la descripción del indicador, definición de sub indicadores más rigurosos que establecían puntajes, medios de verificación y metodología de evaluación específicos para cada uno, disminuyendo el rango de discrecionalidad de las personas evaluadoras, extremos que podrán corroborar en la matriz que se presenta a continuación: La evaluación de las entrevistas públicas se realizó en forma individual por cada sector y esta evaluación se reflejó en la Matriz de Evaluación Técnica que, posteriormente, fue llenada por cada una de las instituciones representadas en la Junta Nominadora. H. Fase 7: Selección final. Una vez que finalizó la etapa de entrevistas públicas el 17 de enero, los representantes de las instituciones que conforman la Junta Nominadora procedieron a llenar la Matriz de Evalución Técnica que consta en el artículo 19 de la Ley Especial, y que fue ampliada por la Junta Nominadora a fin de establecer medios de verificación para cada componente. A manera de ilustración se incluye la Matriz publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,051 el 14 de octubre de 2022. Una vez finalizada la etapa de entrevistas públicas, el 17 de enero de 2023, los representantes de los siete sectores que conforman la Junta Nominadora procedieron a llenar la Matriz de Evaluación Técnica que quedó establecida en el artículo 19 de la Ley Especial que nos regula y que fue ampliada por la Junta Nominadora en función de establecer medios de verificación más concretos o rigurosos para cada componente siendo publicada el 14 de octubre de 2022 en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,051. Dentro del reglamento construido por la Junta Nominadora, también quedó establecido que esta matriz sería construida conforme a los Estándares Internacionales en materia de Derechos Humanos, donde se evaluarán todos los requisitos e indicadores establecidos por la ley de la Junta Nominadora, entre los que se encuentra: i) Integridad personal y profesional, ii) Ética Profesional y iii) Idoneidad y capacidad técnica. 2. Marco Tulio Barahona Valle 7. Pablo Emilio Reyes Theodore 3. Miguel Fernando Ruiz Rápalo 8. Roxana Liceth Morales Toro 4. Milton Danilo Jiménez Puerto 9. Rubén Rivera Flores 5. Nelson Danilo Mairena Franco 10. Yuri Fernando Melara Berlioz Página 42 1. Aida Estela Romero Reyes 5. José Joaquín Lizano 2. Anibal Federico Izaguirre Maradiaga 6. José Raúl Pineda Alvarado 3. Antonio Isaac Martínez Dubón 7. Luis Fernando Padilla Castellanos 4. Damian Gilberto Reyes Pineda 8. Malcolm Eduardo Guzmán Valladares Lunes 16 de enero de 2023 1. Norma Iris Coto Santos 7. Gaudy Alejandra Bustillo Martínez 2. Rubenia Esperanza Galeano Barralaga 8. Hermes Omar Moncada 3. Anny Belinda Ochoa Medrano 9. José María Díaz Ávila 4. Danelia Ferrera Turcios 10. Linda Patricia Reyes Interiano 5. Daniel Arturo Sibrían Bueso 11. Marcia Núñez Ennabe 6. Edin Yobany de la O ramos Martes 17 de enero de 2023 1. Mario Alejandro Calderón Maldonado 6. Nery Mauricio Miranda Sanabria

              Sección A Acuerdos y Ley 37

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              Sección A Acuerdos y Ley 37 La metodología de trabajo para esta fase del proceso consistió en la construcción de una matriz condensada en formato excel, que contenía los criterios de evaluación para las 82 personas postulantes que continua ban en el proceso. Cada sector representado en la Junta Nominadora asignó los puntajes en las 82 Matrices de Evaluación Técnica de cada persona postulante, previo a una revisión exhaustiva de los expedientes de postulación y la información oficial obtenida por la Junta Nominadora en la fase de investigación. Posteriormente, en sesión pública celebrada el 23 de enero de 2023, se sumaron las calificaciones totales asignadas por cada sector y se promediar on entre el número de sectores representados en la Junta, creando automáticamente dos listados que fue ordenados entre hombres y mujeres, como lo establece la ley de la Junta en su artículo 21, ordenadas con sus notas de mayor a menor puntaje, construyendo una nómina de 45 candidatos y candidatas a Magistradas de la Corte Suprema de Justicia. Después de que fueron evaluadas todas las personas postulantes, se crearon dos listado, por mandato de ley, uno de mujeres y uno de hombres postulantes. La nómina de no menor de cuarenta y cinco candidatos se conformó por las veintitrés mujeres y veintidós hombres mejores evaluados. 4. Buenas prácticas de la Junta Nominadora y cumplimiento de los principios de la Ley Especial. 4.1. Observación y participación ciudadana La Junta Nominadora utilizó distintos metodos para la difusión de la información, desde su primer acto, que consistió con el sorteo de los roles de que señalaba la Ley para la presidencia, secretaría y vocería de la Junta se dio en un evento público, con la participación de medios de comunicación y público que quisiera asistir. Este evento se realizó en el auditorio de la Universidad Tecnológica de Honduras, ubicado en Tegucigalpa. En los siguientes días del mes de octubre se realizaron sesiones en las instalaciones del Instituto Universitario en Democracia, Paz y Seguridad de la Universidad Autónoma de Honduras, y éstas fueron abiertas al público y a los medios de comunicación, quienes hicieron grabaciones y estuvieron presentes en cada reunión. A mediados de ese primer mes, la Junta gestionó que la transmisión de las sesiones se realizara a través de Facebook Live y que se transmitieran a través del canal del Congreso Nacional. También se contó con cuentas en Telegram, Twitter y Facebook, para la difusión de cada uno de los pasos y decisiones que se iban tomando, e incluso se abrió un grupo de sugerencias en Telegram para escuchar las opiniones y sugerencias de la población. 4.2. Visitas y observadores Se recibió a distintas comitivas de observadores nacionales e internacionales como ser: Frente Nacional para las Elecciones Limpias (FRENA EL), la Plataforma Nacional de Pobladores Negros de Honduras (PLANAPONH), la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), el Movimiento Amplio para la Dignidad y la Justicia (MADJ), la Unión de Notarios de Honduras, entre otros.

              Sección A Acuerdos y Ley 37 También se recibió a la Oficina en Honduras del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), la American Bar Association y dos comisiones de observadores conformadas por expertos internacionales, la primera conformada por José Ugaz, Fiscal del Estado Ad-Hoc contra la red criminal del expresidente peru a no Alberto Fujimori; Paulina Aguirre, ex presidenta en la Corte Nacional de Justicia de Ecuador; Jaime Chávez, Director de Políticas para América Latina del Vance Center for International Justice y Evelyn Villarreal, gestora de investigación, politóloga, especializada en Administración de Justicia y Política Anticorrupción. La segunda que se recibió integrada por Claudia Martín, profesora en residencia en el Washington College of Law de la American University, Edison Lanza, exrelator especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Juan Jiménez Mayor, exvocero de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras de la Organización de Estados Americanos y Jaime Arellano ex director ejecutivo del Centro de Estudios de Justicia de las Américas. En las sesiones se contó con observadores nacionales, individuales y de distintas organizaciones como la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, el Instituto de Acceso a la Información Pública, Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH), CNA, FRENA EL, OACNUDH, Bufete Justicia para los Pueblos, Red de Equidad Democrática por Honduras (REDH), Somos Muchas, Equipo Jurídico por los Derechos Humanos, entre otras organizaciones. 4.3. Socialización de la información Para conocer opiniones sobre el trabajo de la Junta Nominadora se realizó un evento de socialización sobre la matriz de evaluación, y de todos los requisitos que debían presentar las personas interesadas de participar al presentar sus postulaciones; en redes sociales se creó un canal de Telegram para escuchar sugerencias por parte de cualquier persona, que podían ser contestadas por todos los miembros de la Junta. Otra forma de apoyo ciudadano fue la creación de un correo electrónico el pueblo pregunta2022@gmail.com para la recepción de preguntas en la etapa de entrevistas públicas; igualmente se solicitó a las distintas universidades la remisión de preguntas para el examen escrito de conocimientos. 4.4. Transparencia Al inicio del proceso, se solicitó la colaboración del Instituto de Acceso a la Información Pública para la creación del Portal de Transparencia de la Junta Nominadora; para tal efecto se hizo el pago de veinticinco mil Lempiras que fueron provistos como un aporte del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. Y, esta institución, también apoyó con el personal técnico que permitió subir la información a dicho portal, que se encuentra bajo la siguiente dirección web: https://portal unico. iaip.gob.hn/#/portal=509. Si bien inicialmente se encontraron dificultades logísticas, posteriormente se logró actualizar toda la información que incluyó las hojas de vida de cada persona postulante,

              Sección A Acuerdos y Ley 37 excluyendo la información privada y sensible, así como las actas, resoluciones, oficios, comunicados, organigrama, cronograma y toda la documentación técnica que generó esta Junta Nominadora. Un aspecto fundamental ha sido el portal de transparencia que recibido una cantidad considerable de visitas, superando más de 300% las recibidas en el proceso pasado, al momento de la realización de este informe la página realizaba la contabilización de 18,888 visitas, reportando que también aumentó el número de visitas al portal de la Junta Nominadora pasada. En este enlace se encuentran los informes recibidos, las resoluciones, listados, protocolos, actas de sesiones, reglamentos, la matriz de evaluación, la versión pública de las hojas de vida y constancias de los distintos postulantes. La Junta sólo tuvo dos actividades que no se realizaron de forma pública, consistieron en la formulación de las preguntas para el examen escrito y la revisión de las información obtenida en la etapa de investigación; la segunda se hizo de esa manera basado en la aplicación del Código Procesal Penal, que señala en su artículo 275 las obligaciones de las autoridades encargadas de la investigación preliminar, indicando que sobre la información obtenida por las autoridades encargadas de la investigación se guardará la más absoluta reserva para cualquier otro efecto distintos de las finalidades de las investigación, so pena de incurrir en el delito de violación de secretos; asimismo ese cuerpo legal regula, en su artículo 278, la secretividad de las investigaciones, indicando que las autoridades competentes, respecto de las mismas, mantendrán en secreto estas mientras sus resultados no sean presentados ante los órganos jurisdiccionales; y también se regula en el artículo 7 de la Ley del Ministerio Público, que el órgano fiscal no podrá divulgar información que atente contra el secreto de las investigaciones o que pueda lesionar los derechos de las personas. El Código Tributario, señala en el artículo 70 referente a los deberes de reserva de los servidores públicos y otros colaboradores de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, de la Administración Tributaria y de la Administración Aduanera;en la que se regula que los servidores públicos que intervengan en los diversos trámites relativos a la aplicación de las dis

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Resolución

Resolución — Informe de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia

Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia

posiciones tributarias y aduaneras, están obligados a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los obligados tributarios o por terceros, así como de la información obtenida en el ejercicio de las facultades de fiscalización; señalándose en ese precepto una serie de excepciones que, en el presente proceso, no tienen aplicabilidad. La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública define en su artículo 3, que se entiende por “7) Datos Personales confidenciales: Los relativos al origen étnico o racial, características, físicas, morales o emocionales, domicilio particular, número telefónico particular, dirección electrónica particular, participación, afiliación a una organización política, ideología política, creencias religiosas o filosóficas, estado de salud, físicos o mentales, el patrimonio personal, familiar o la propia imagen”. El artículo 16 de la Ley antes mencionada, señala en su numeral 2) que se reconoce como información reservada o confidencial los datos personales, también el artículo 24 de la norma indicada establece que los datos personales serán protegidos siempre, por lo que el

Sección A Acuerdos y Ley 37 acceso a estos únicamente procederá por decreto judicial o a petición de la persona cuyos datos personales se contienen en dicha información o de sus representantes o sucesores. Regulando, en el artículo 25 de la Ley de Transparencia, la prohibición de entregar o proporcionar datos personales que puedan originar discriminación o causar daños o riesgos patrimoniales o morales de las personas. Por estas razones no es procedente la publicación de la información proporcionada por la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia, en vista de contener datos personales y patrimoniales brindados en el Estudio Socio Económico de las personas postulantes, así como la información patrimonial suministrada por el Instituto de la Propiedad. Sobre el Secreto Bancario, la Ley de Lavado de Activos señala, en su artículo 47 referente al secreto bancario, profesional o tributario, que el primero sólo debe ser suspendido en las investigaciones por los delitos tipificados en los Títulos XXV y XXXII del Código Penal y supuestos de privación definitiva de dominio de bienes de origen ilícito, mediando orden emitida por el Órgano competente, eso motivó a que la Junta celebrará reuniones reservadas para analizar toda la información, tanto la reservada o confidencial, a fin de contrastar los datos y emitir resoluciones apegadas a derecho. 4.5. Decisiones de la Junta Nominadora Una buena práctica observada fue la democratización en la toma de decisiones y la escucha empática a las opiniones de cada sector. Así, en cada decisión, se debatían los puntos de vista de todos los sectores, permitiendo que cada persona miembro de la junta pudiera presentar mociones sobre temas concretos. Luego de ello, se se guían las reglas parlamentarias y se permitía la votación, primando siempre la opinión y decisión de la mayoría de los sectores integrantes de la Junta. 5. Candidatos nominados y excluidos. 5.1. Nómina de candidatos seleccionados Tal como se explicó anteriormente, cada persona postulante fue superando las etapas del proceso de selección, mediante la aprobación de las pruebas toxicológica, psicométrica y escrita de conocimientos, así como la investigación patrimonial, personal y profesional. E, igualmente, superar on la etapa de denuncias y tachas y la fase de entrevistas. Y luego se realizo el análisis en la Matriz de Evaluación Técnica, quedando el resultado siguiente: 5.1.1.1. Candidatos excluidos En cada fase del proceso se fueron excluyendo personas postulantes, por no reunir algún requisito legal o constitucional, o bien no superar alguna de las pruebas, tal como se explica en este apartado. b.1. Fase de Revisión de requisitos e inhabilidades. Sobre los motivos de exclusión de estas personas postulantes, en los anexos se acompañan las resoluciones que expresan la motivación de la Junta Nominadora, bajo la cual se notificaron las resoluciones de exclusión de las personas postulantes.

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 57 en este apartado. b.1. Fase de Revisión de requisitos e inhabilidades. Sobre los motivos de exclusión de estas personas postulantes, en los anexos se acompañan las resoluciones que expresan la motivación de la Junta Nominadora, bajo la cual se notificaron las resoluciones de exclusión de las personas postulantes. No Expediente del Postulante Nombre de la persona postulante Motivos de Exclusión 1 PCSJ-2022-92 Stephanie Claudett e Bustillo Zelaya La Ley de la Junta Nominadora, establece como requisito la inexistencia de condena con sentencia firme por violencia doméstica, requisito que no fue cumplido por la persona postulante. Página 58 No Expediente del Postulante Nombre de la persona postulante Motivos de Exclusión 2 PCSJ-2022- Emilio Enrique Hernández Hércules Incumplimiento del requisito constitucional referente a “haber ejercido la profesión durante diez años3.” 3 PCSJ-2022- René Velásquez Díaz Los familiares del señor postulante ac u dieron ante la Junta Nominadora con el deseo de honrar la memoria de su padre, presentando su postulación; sin embargo, es entendible que es imposible analizarlo y admitir lo en el proceso, debido a su lamentable fallecimiento. 4 PCSJ-2022- Mercedes Geraldina Alonzo Cortés La postulante fue excluida en fecha 3 de noviembre de 2022 en virtud de no reunir los requisitos constitucionales y legales ya establecidos para la postulación, pues no acompaño en su postulación el título de ser Abogada expedido por una universidad hondureña u homologado por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Tampoco presentó la constancia de inscripción en el Colegio de Abogados de Honduras, según lo establece el artículo 167 de la Constitución de la República y el artículo 5 de la Ley del Colegio de Abogados. Y, aunado a ello, tampoco 3 El Congreso Nacional realizó una interpretación al artículo 309 de la Constitución de la República, en su numeral 5, mediante Decreto 10-90, de fecha 22 de febrero de 1990 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 26,115 de 21 de abril de 1990; y, según dicha interpretación, el cumplimiento del requisito referido al ejercicio de la profesión durante diez años se contabiliza a partir de la fecha de inscripción en el Colegio de Abogados de Honduras.

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 59 No Expediente del Postulante Nombre de la persona postulante Motivos de Exclusión acreditó que tiene Exequatur de Notaria obtenido por la Corte Suprema de Justicia. 5 PCSJ-2022- Raúl Hernán Rafael Baltodano El postulante Raúl Hernan Rafael Silva Baltodano fue excluido por no presentar la correspondiente solvencia fiscal, pues no acreditó que se encuentra solvente con la hacienda pública, por lo que correspondió rechazar de pleno derecho su postulación en este proceso. 6 PCSJ-2022- Félix Gerardo Martínez Umanzor Por su parte, el artículo 310 de la Constitución de la República establece que las inhabilidades para ser electo Magistrado de la Corte Suprema de Justicia son las mismas que impiden ser Secretario o Subsecretario de Estado, es decir, que remite al artículo 250 de la Constitución de la República. Y este artículo 250, en su numeral 3, indica que estar moroso con la hacienda pública es una inhabilidad para ser Secretario o Subsecretario de Estado. 7 PCSJ-2022- Juan Pablo Cruz Garrido El postulante Juan Pablo Cruz Garrido no presentó la correspondiente solvencia fiscal, además de los documentos señalados anteriormente. de lo anterior, se vislumbra que el postulante juan pablo cruz garrido, no ha acreditado que se encuentra solvente con

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 60 No Expediente del Postulante Nombre de la persona postulante Motivos de Exclusión la hacienda pública, por lo que corresponde rechazar, de pleno derecho, su postulación en este proceso. b.2. Fase de Pruebas (Toxicológicas, de Conocimientos y Psicométricas). No Expediente del Postulante Nombre de la Persona Postulante Motivo de Exclusión 1 PCSJ-2022-67 Luis Alfredo Galeano Ordoñez Reprobación en examen de conocimientos. 2 PCSJ-2022- Jorge Alberto García Martínez Reprobación en examen de conocimientos. 3 PCSJ-2022- Luis Miguel Lara Hernández Reprobación en examen de conocimientos. 4 PCSJ-2022-73 Francisco Darío Lobo Lara Reprobación en examen de conocimientos. 5 PCSJ-2022- Armando Urtecho López Reprobación en examen de conocimientos. 6 PCSJ-2022- José Francisco Morales Martínez Reprobación en examen de conocimientos. 7 PCSJ-2022- Humberto Domínguez Aguiluz Reprobación en examen de conocimientos. 8 PCSJ-2022-64 Loany Patricia Alvarado Sorto Reprobación en examen de conocimientos. 9 PCSJ-2022-37 Marlon Javier Arévalo Cerna Reprobación en examen de conocimientos.

Sección A Acuerdos y Ley 37 No Expediente del Postulante Nombre de la Persona Postulante Motivo de Exclusión 10 PCSJ-2022- Nery Esteban Baca Mondragón Reprobación en examen de conocimientos. 11 PCSJ-2022- Vera Vanessa Goussen Paguaga Reprobación en examen de conocimientos. 12 PCSJ-2022-31 José Juan Pineda Varela Reprobación en examen de conocimientos. 13 PCSJ-2022- Ramón Antonio Romero Cantarero Reprobación en examen de conocimientos. 14 PCSJ-2022- Ilsa Lorena Torres Matamoros Reprobación en examen de conocimientos. 15 PCSJ-2022-63 María Marlene Villela Franco Reprobación en examen de conocimientos. 16 PCSJ-2022-44 Ivis Antonio Discua Barillas Reprobación en examen de conocimientos. 17 PCSJ-2022- Marvin Geovanny García Martínez Reprobación en examen de conocimientos. 18 PCSJ-2022- Darío Josué García Villalta Reprobación en examen de conocimientos. 19 PCSJ-2022- Nasry Javier Ictech Guifarro Reprobación en examen de conocimientos. 20 PCSJ-2022-20 Adán Guillermo López Lone Reprobación en examen de conocimientos. 21 PCSJ-2022-04 Luis Alejandro Matamoros Quilico Reprobación en examen de conocimientos. 22 PCSJ-2022-65 Linda Lizzie Rivera Lobo Reprobación en examen de conocimientos.

Sección A Acuerdos y Ley 37 No Expediente del Postulante Nombre de la Persona Postulante Motivo de Exclusión 23 PCSJ-2022-34 Juan Rafael Soto Aguilar Reprobación en examen de conocimientos. 24 PCSJ-2022- Marvin Omar Aguilar Romero Reprobación en examen de conocimientos. 25 PCSJ-2022- Mario Enrique Boquín Hernández Reprobación en examen de conocimientos. 26 PCSJ-2022- Gloria Guadalupe Oqueli Solorzano Reprobación en examen de conocimientos. 27 PCSJ-2022-49 Mélida Estrada Quintanilla Reprobación en examen de conocimientos. 28 PCSJ-2022- Roy David Urtecho López Reprobación en examen de conocimientos. 29 PCSJ-2022-76 Johel Antonio Zelaya Alvarez Reprobación en examen de conocimientos. 30 PCSJ-2022- Rommel Armando Ruiz Guillen Reprobación en examen de conocimientos. 31 PCSJ-2022-74 Andy Reynaldo Mena Rodríguez Reprobación en examen de conocimientos. 32 PCSJ-2022- Remberto Ordoñez Reprobación en examen de conocimientos. 33 PCSJ-2022-85 Rony David Molina Euceda Reprobación en examen de conocimientos. 34 PCSJ-2022-08 Delmy Anarda Banegas Padilla Reprobación en examen de conocimientos. 35 PCSJ-2022-75 Alex Rafael D´Vicente Jarquín Reprobación en examen de conocimientos.

Sección A Acuerdos y Ley 37 No Expediente del Postulante Nombre de la Persona Postulante Motivo de Exclusión 36 PCSJ-2022-14 Suyapa Lizeth Mejía Portillo Reprobación en examen de conocimientos. 37 PCSJ-2022-56 Greisy Zelaya Pineda Reprobación en examen de conocimientos. 38 PCSJ-2022-09 Wilfredo Guevara Trujillo Reprobación en examen de conocimientos. 39 PCSJ-2022- Walter Galindo Valeriano Reprobación en examen de conocimientos. 40 PCSJ-2022- Eva Fabiola Castro Márquez Reprobación en examen de conocimientos. 41 PCSJ-2022-16 Denis Rene Gallardo Funes Reprobación en examen de conocimientos. 42 PCSJ-2022- Rebeca Angelina Ávila Baca Reprobación en examen de conocimientos. 43 PCSJ-2022- Miguel Angel Bonilla Gonzalez Reprobación en examen de conocimientos. 44 PCSJ-2022- Erika Yolanda Calix Hernández Reprobación en examen de conocimientos. 45 PCSJ-2022- Jorge Berlamino Reyes Reprobación en examen de conocimientos. 46 PCSJ-2022-11 José Erásmo Ochoa Rodríguez Reprobación en examen de conocimientos. 47 PCSJ-2022- Wilfredo Flores Valladares Reprobación en examen de conocimientos. 48 PCSJ-2022-89 Marco Tulio Lara Guevara Reprobación en examen de conocimientos.

Sección A Acuerdos y Ley 37 No Expediente del Postulante Nombre de la Persona Postulante Motivo de Exclusión 49 PCSJ-2022-77 Carlos Ruben López Oliva Reprobación en examen de conocimientos. 50 PCSJ-2022-26 Hector Rodolfo Bueso Hernández Reprobación en examen de conocimientos. 51 PCSJ-2022-58 Salome Antonia Castellanos Delgado Reprobación en examen de conocimientos. 52 PCSJ-2022- Leon Homero Rojas Caron Reprobación en examen de conocimientos. 53 PCSJ-2022- Juan Miguel Ochoa Cardona Reprobación en examen psicométrico. 54 PCSJ-2022- Juan Rafael Rodríguez Cerritos Reprobación en examen psicométrico. 55 PCSJ-2022- Carlos Alberto Izaguirre Bustillo Reprobación en examen psicométrico. 56 PCSJ-2022-47 Carlos Roberto Calix Hernández Reprobación en examen psicométrico. 57 PCSJ-2022- Henry Lara Trejo Reprobación en examen psicométrico. 58 PCSJ-2022-96 Doris Alicia Madrid Lezama Reprobación en examen psicométrico. 59 PCSJ-2022- Danery Antonio Medal Raudales Reprobación en examen psicométrico. 60 PCSJ-2022- Juan Ramon Gonzales Rodriguez Reprobación en examen psicométrico. 61 PCSJ-2022-79 Elvin Francisco Romero Castillo Reprobación en examen psicométrico.

Sección A Acuerdos y Ley 37 No Expediente del Postulante Nombre de la Persona Postulante Motivo de Exclusión 62 PCSJ-2022- Ivan Adan Martinez Ordoñez Reprobación en examen psicométrico. 63 PCSJ-2022- Isaias Morán Pavón Reprobación en examen psicométrico. 64 PCSJ-2022- Jorge Adalid Rodriguez Murillo Reprobación en examen psicométrico y de conocimientos. 65 PCSJ-2022- Rafael Antonio Canales Girbal Reprobación en examen psicométrico y de conocimientos. 66 PCSJ-2022- Rosman Wilfredo Montiel Girón Reprobación en examen psicométrico y de conocimientos. 67 PCSJ-2022- Pedro Pablo Ramírez Guevara Reprobación en examen psicométrico y de conocimientos. 68 PCSJ-2022-70 José Emeterio Rodas Pavón Reprobación en examen psicométrico y de conocimientos. 69 PCSJ-2022-51 Tania Petrona Fuentes Reprobación en examen psicométrico y de conocimientos. 70 PCSJ-2022-83 Gilberto Navas Izaguirre. No se presentó a prueba psicométrica. 71 PCSJ-2022-05 María Paulina Pérez Núñez. No se presentó a prueba de conocimientos. 72 PCSJ-2022- Julio Cesar Cruz Bonilla. No se presentó a prueba psicométrica. 73 PCSJ-2022- Víctor Méndez Ordoñez. No se presentó a prueba psicométrica. 5.1.2. Fase de Investigaciones.

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 66 Durante la fase de investigación, se analizaron casos que presentaban razones de exclusión, que se consignan a continuación. No Expediente del Postulante Nombre de la Persona Postulante Motivo de Exclusión 1 PCSJ-2022-141 Sergio Daniel Rivera Sagastume Al realizar un análisis comparado de la información y revisar los informes enviados por las instituciones se encontraron inconsistencias que fueron explica das mediante resolución motivada a las personas postulantes. En cumplimiento con el mandato de protección a la información patrimonial, estas resoluciones y razones especificas de exclusión no fueron publicadas. 2 PCSJ-2022-10 José Adalid Rodríguez Rosa 3 PCSJ-2022-159 Rosa Helena Bonilla Galindo 4 PCSJ-2022-45 Cesar Antonio Pinto Pacheco 5.1.3. Fase de Tachas y denuncias. Las razones de exclusión en esta etapa, se estableció en cada resolución emitida, que se adjuntan como anexos. Fueron excluidas las siguientes personas: No Expediente del Postulante Nombre de la Persona Postulante 1 PCSJ-2022-36 Conan Rafael Argueta Bourdett 2 PCSJ-2022-84 Edwin Francisco Ortez Cruz 3 PCSJ-2022-114 Fredis Alonso Cerrato Valladares 5.1.2. Fase de Investigaciones. Durante la fase de investigación, se analizaron casos que presentaban razones de exclusión, que se con sig- nan a continuación.

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 67 4 PCSJ-2022-27 Miriam Suyapa Barahona Rodríguez 5 PCSJ-2022-27 Jorge Abilio Serrano Villanueva 6 PCSJ-2022-115 Rafael Bustillo Romero 7 PCSJ-2022-19 Ingrid E belinda Monzón López 8 PCSJ-2022-81 Maria Fernanda Castro 9 PCSJ-2022-100 Edgardo Ca seres Castellanos 10 PCSJ-2022-185 Nelson Omar Madrid Chinchilla 11 PCSJ-2022-94 Norman Mejía Orozco 12 PCSJ-2022-80 Garín Enoc Urquía 13 PCSJ-2022-170 José Tomas Guillen 14 PCSJ-2022-153 Yimi Daniel Chirinos Orellana 15 PCSJ-2022-169 Lester Ilich Mejía Flores 16 PCSJ-2022-121 Marlene Suyapa Perez Valle 17 PCSJ-2022-87 Fernando Francisco Azcona Schrenzel 18 PCSJ-2022-42 Emilio Cabrera Cabrera 5.1.4. Fase de Selección Final. En la selección final no se consideró incluir en la nómina a las personas que tenían las calificaciones más bajas, según el análisis realizado de la Matriz de Evaluación Técnica, siendo las personas siguientes: No. No. Expediente Nombres y Apellidos Nota 1 PCSJ-2022-90 NELSON MARTÍN REYES MORALES 73.64 2 PCSJ-2022-30 MARIO ALEJANDRO CALDERON MALDONADO 72.05 3 PCSJ-2022-28 JOSÉ RAÚL PINEDA ALVARADO 71.98 4 PCSJ-2022-161 MARCO TULIO BARAHONA VALLE 71.29 5 PCSJ-2022-157 OLIVER GERARDO ERAZO GOMEZ 70.45 6 PCSJ-2022-166 PABLO EMILIO REYES THEODORE 70.28

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 68 No. No. Expediente Nombres y Apellidos Nota 7 PCSJ-2022-03 MIGUEL FERNANDO RUIZ RAPALO 69.59 8 PCSJ-2022-143 JOSÉ MAURICIO SALAZAR 68.18 9 PCSJ-2022-172 CARLOS ALBERTO COBOS RAMIREZ 68.13 10 PCSJ-2022-170 HERMES OMAR MONCADA 67.20 11 PCSJ-2022-32 ANTONIO ISAAC MARTINEZ DUBÓN 67.11 12 PCSJ-2022-22 JOSÉ LUIS VALLADARES GUIFARRO 66.85 13 PCSJ-2022-164 DAMIAN GILBERTO PINEDA REYES 66.08 14 PCSJ-2022-33 JOSÉ JOAQUÍN LIZANO CASCO 65.08 15 PCSJ-2022-156 CARLOS ALBERTO GÓMEZ MORENO 65.04 16 PCSJ-2022-111 MARCIO SAID BARAHONA SALGADO 64.13 17 PCSJ-2022-62 RUBEN RIVERA FLORES 63.29 18 PCSJ-2022-15 EDWARD TERENCIO NAVARRO MIRANDA 62.97 19 PCSJ-2022-119 DUNIA ARACELY HERRERA ANDURAY 62.79 20 PCSJ-2022-95 FRANCIBEL ZEPEDA CASTRO 62.09 21 PCSJ-2022-147 NORMA IRIS COTO SANTOS 61.77 22 PCSJ-2022-133 RAUL ANTONIO RAMOS CANALES 61.75 23 PCSJ-2022-06 JOSE LUIS AREVALO SANDOVAL 61.18 24 PCSJ-2022-18 WENDY CAROLINA ESCOBAR CANTARERO 60.87 25 PCSJ-2022-130 MARCIA NUÑEZ ENNABE 59.15 26 PCSJ-2022-12 NANCY CAROLINA SANDOVAL ESCOTO 58.50 27 PCSJ-2022-82 JULIO CESAR LAGOS REYES 56.95 28 PCSJ-2022-43 ANIBAL FEDERICO IZAGUIRRE MARADIAGA 56.58 29 PCSJ-2022-113 NERY MAURICIO MIRANDA SANABRIA 56.24 30 PCSJ-2022-93 ALEJANDRO HERNANDEZ OYUELA 55.27 31 PCSJ-2022-88 EDWIN ALBERTO ANEMIS LÓPEZ 54.89 32 PCSJ-2022-55 WALTON ROLANDO BOULOY CABRERA 50.02 33 PCSJ-2022-38 DANELIA GRAMIZEL GARAY CABALLERO 48.81 34 PCSJ-2022-46 MARVIN OSWALDO FERRERA ALVARENGA 48.69 35 PCSJ-2022-52 ISMAEL MOLINA RODRIGUEZ 42.28

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 69 No. No. Expediente Nombres y Apellidos Nota 36 PCSJ-2022-59 GERARDO ENRIQUE GOMEZ COBOS 40.72 37 PCSJ-2022-183 MIGUEL ANGEL CARDONA 40.52 Y, las personas que obtuvieron las notas más altas4, según la información consolidada de la Matriz de Evaluación Técnica, quedando integrada la nómina de la siguiente manera: Nómina de Candidatas No. Código Postulante Candidata Evaluación 1 PCSJ-2022-98 ANA ALEJANDRINA PINEDA HERNÁNDEZ 93,22 2 PCSJ-2022-179 AIDA ESTELA ROMERO REYES 86,47 3 PCSJ-2022-149 SONIA MARLINA DUBÓN VILLEDA 85,78 4 PCSJ-2022-99 RUBENIA ESPERANZA GALEANO BARRALAGA 85,47 5 PCSJ-2022-160 ODALIS ALEYDA NAJERA MEDINA 84,96 6 PCSJ-2022-57 GAUDY ALEJANDRA BUSTILLO MARTINEZ 83,24 7 PCSJ-2022-146 ROXANA LICETH MORALES TORO 81,96 8 PCSJ-2022-40 ANNY BELINDA OCHOA MEDRANO 80,43 9 PCSJ-2022-78 ISBELA BUSTILLO HERNÁNDEZ 80,4 10 PCSJ-2022-69 KAREN LIZETH MARTINEZ PONCE 79,68 11 PCSJ-2022-48 REBECA LIZETTE RÁQUEL OBANDO 79,39 12 PCSJ-2022-35 FRANCISCA VILLELA ZAVALA 79,05 13 PCSJ-2022-25 TIRZA DEL CARMEN FLORES LANZA 77,45 14 PCSJ-2022-91 MARIA DE JESÚS PALACIOS ZELAYA 75,58 15 PCSJ-2022-128 ANABELLY SUYAPA MEDINA MONCADA 74,93 16 PCSJ-2022-135 LILIANA PATRICIA PAZ PAGUAGA 74,37 17 PCSJ-2022-61 DANELIA FERRERA TURCIOS 73,92 18 PCSJ-2022-54 MARTHA DELIA MERINO CONDE 73,76 19 PCSJ-2022-07 AIDA PATRICIA MARTINEZ LINARES 71,16 4 El Claustro de Profesores de las Escuelas de Ciencias Jurídicas emitió un voto razonado que se adjunta como anexo.

Sección A Acuerdos y Ley 37 Página 70 Nómina de Candidatas No. Código Postulante Candidata Evaluación 20 PCSJ-2022-53 LINDA PATRICIA REYES INTERIANO 70,94 21 PCSJ-2022-21 SANDRA LIZETH AVELAR RAJO 69,6 22 PCSJ-2022-136 GESSENIA LOPEZ ZEPEDA 67,65 23 PCSJ-2022-126 GLORIA BERTILA OYUELA CARRASCO 66,3 Nómina de Candidatos No Código de Postulante Candidato TOTAL 1 PCSJ-2022-134 ROY PINEDA CASTRO 92,95 2 PCSJ-2022-86 JUAN WILFREDO CASTELLANOS HIPP 91,14 3 PCSJ-2022-24 MARIO ROLANDO DÍAZ FLORES 88,28 4 PCSJ-2022-158 JOSÉ RICARDO PINEDA MÉDINA 87,69 5 PCSJ-2022-01 MAL CON EDUARDO GUZMAN VELÁSQUEZ 87,15 6 PCSJ-2022-66 MARCO VINICIO MONTES TAVARONE 86,86 7 PCSJ-2022-117 NELSON DANILO MAIRENA FRANCO 84,79 8 PCSJ-2022-97 FELIPE RENE SPEER LAINEZ 83,4 9 PCSJ-2022-155 MILTÓN DANILO JIMENEZ PUERTO 82,75 10 PCSJ-2022-182 JOSÉ MARÍA DIAZ AVILA 81,2 11 PCSJ-2022-68 MARCIO BEYRAN MEMBREÑO VILLELA 80,9 12 PCSJ-2022-39 EDIN YOBANY DE LA O RAMOS 80,31 13 PCSJ-2022-60 FRANCISCO JAVIER MEJIA SANCHEZ 79,72 14 PCSJ-2022-148 MARVIN RIGOBERTO ESPINAL PINEL 79,25 15 PCSJ-2022-29 YURI FERNANDO MELARA BERLIOZ 78,88 16 PCSJ-2022-71 LUIS ALONSO DISCUA CERRATO 78,24 17 PCSJ-2022-50 MARIO DONALDO ACOSTA CARCAMO 75,71 18 PCSJ-2022-72 DANIEL ARTURO SIBRIÁN BUESO 74,7 19 PCSJ-2022-41 WALTER RAUL MIRANDA SABIO 73,96 Nómina de Candidatos No Código de Postulante Candidato TOTAL 20 PCSJ-2022-23 WAGNER VALLECILLO PAREDES 73,78 21 PCSJ-2022-105 MANUEL ENRIQUE CALIX BONILLA 73,76 22 PCSJ-2022-13 LUIS FERNANDO PADILLA CASTELLANOS 73,67 5.2. Inhabilidades de personas nominadas. La participación de cónyuges y parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y

Sección A Acuerdos y Ley 37 5.2. Inhabilidades de personas nominadas. La participación de cónyuges y parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad en el proceso de selección no es una causa de exclusión del proceso de selección, de conformidad al artículo 310 de la Constitución de la República, siendo obligación del Congreso Nacional de la República no elegir a persona que tengan esta prohibición constitucional. Pero si es obligación de la Junta Nominadora indicar, conforme a la información que se derive del proceso, quienes tienen esta prohibición, como es el caso en este proceso de las postulantes Sonia Marlina Dubon Villeda con registro No. PCSJ-2022-149 y Tirza del Carmen Flores Lanza con registro No. PCSJ-2022-025 quienes son cuñadas entre sí; de igual forma los postulantes Marcio Beyran Membreño Villela con registro No. PCSJ-2022-068 y Francisca Villela Zavala quienes son primos entre sí. 6. Conclusiones 6.1. La Ley Especial de la Junta Nominadora contenida en el Decreto Legislativo 74-2022 publicada en “La Gaceta” Diario Oficial de la República de Honduras en fecha 20 de julio de 2022, establece en su artículo 7 segundo párrafo que el Presidente del Congreso Nacional Juramentar a a los miembros propietarios y suplentes de cada una de las 7 organizaciones que la integran dentro de la primera quincena del mes de septiembre,esta Junta Nominadora concluye que al haberse juramentado hasta el 14 de septiembre esto resto 15 días al proceso, siendo importante que en los próximos procesos de selección de candidatos y candidatas a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia este acto de juramentación se desarrolle dentro de los primeros 5 días del mes de septiembre. 6.2. El tiempo de trabajo contemplado para la Junta Nominadora no es suficiente para realizar de manera más exhaustiva los procesos de elaboración de documentos, recepción de documentación, aplicación de pruebas, investigación, entrevistas, revisión y admisión de tachas y denuncias y aplicación de matriz de evaluación. 6.3. En relación al tema de financiamiento y logística de operaciones establecido en el artículo 10 de la Ley Especial de Junta Nominadora, el Congreso Nacional debe desde un inicio asignar la partida presupuestaria para poder dar inicio a las operaciones de la Junta, esto debido a las dificultades que generó dar inicio a las labores sin tener definido un presupuesto, por lo que esta Junta Nominadora pide que el informe financiero que se emite pueda ser puesto a disposición de nuevas Juntas Nominadora y que se pueda ir ajustando y llevar a valor presente

Sección A Acuerdos y Ley 37 las necesidades que se requieran, las organizaciones pueden contribuir con sus aportaciones en las medidas de sus posibilidades en forma equitativa, pero se requiere del apoyo inicial del Congreso Nacional; La Junta Nominadora pudo iniciar sus actividades gracias a las aportaciones económicas y técnicas de las 7 organizaciones o instituciones que la conforma. 6.4. El tiempo de trabajo contemplado para la Junta Nominadora no es suficiente para realizar de manera más exhaustiva los procesos de elaboración de documentos, recepción de documentación, aplicación de pruebas, investigación, entrevistas, revisión y admisión de tachas y denuncias, y aplicación de matriz de evaluación. 6.5. Se valora como un avance importante que la Ley Especial de la Junta Nominadora, establece en su artículo 12 la creación de una secretaria técnica, misma que fue un gran apoyo junto con las secretarias adjuntas que se crearon como personal de apoyo al trabajo de la Junta Nominadora y que permitió cumplir con los plazos establecidos en la Ley. 6.6. Con relación al párrafo tercero del artículo 12 de la Ley Especial de Junta Nominadora, en donde se manda la publicación del Reglamento de la Ley en 3 medios escritos de circulación nacional, la Junta Nominadora no pudo cumplir con esta obligación debido al alto costo económico que representaba estas publicaciones, existiendo otros medios de difusión con igual o mayor alcance que los medios de circulación escritos, sin incurrir en costos económicos elevados, por lo que se concluye que esta obligatoriedad no es necesaria para alcanzar la mayor publicidad de la normativa que emita la Junta Nominadora, bastando su publicación en “La Gaceta” Diario Oficial de la República y su difusión por medios digitales. Esta misma conclusión aplica a lo establecido en el artículo 22 de la Ley Especial que manda la publicación del informe en 3 medios escritos de circulación nacional. 6.7. En relación con los criterios de selección en la matriz de evaluación se debe de establecer una ponderación de puntos en la constatación de la ética profesional, ya que este criterio sólo permite la evaluación con cero “0” o veinte “20” a pesar de contar con 3 criterios de selección como ser: 1. Desempeño profesional, 2. Relaciones profesionales y personales incompatibles con el ejercicio de la judicatura y con la confianza que este cargo debe inspirar en la ciudadanía; y, 3. Objeciones éticas graves, debiendo al igual que en los otros requisitos tener una evaluación por cada criterio. 6.8. El haber definido como sede la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), permitió

Sección A Acuerdos y Ley 37 tener un lugar con las condiciones adecuadas de trabajo, y un significativo ahorro de costos, lo cual quedó evidenciado en todas las fases del proceso, desde su inicio hasta su finalización, además de garantizar la neutralidad en el proceso. 6.9. El haber realizado un proceso abierto, transparente y con veedores permanentes ayudó a generar confianza en la población, lo cual quedó evidenciado en el alto número de tachas y denuncias, la Junta Nominadora cumplió con el principio de máxima publicidad al celebrar todas sus sesiones con transmisiones por redes sociales, con la presencia de los medios de comunicación y canales estatales. 7. Recomendaciones Luego de todo el proceso seguido, esta Junta Nominadora considera necesario emitir las siguientes recomendaciones: 7.1. TIEMPO DE PROCESO DE SELECCIÓN.La Junta Nominadora actual, considera que el tiempo a partir de que fue integrada oficialmente, fue muy corto para el proceso de selección y conformar la nómina de candidatos a la Corte Suprema de Justicia, por lo que recomienda que el proceso de selección comience en el mes de junio del año previo a la elección de magistrados. La Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, señala en su artículo 7, sobre la convocatoria e instalación de la Junta Nominadora, que en la segunda quincena del mes de Julio del año anterior a la elección de los magistrados de la Corte, quien presida el Congreso Nacional convocará a las instituciones y organizaciones que conforman el cuerpo colegiado, para que remitan por escrito los nombres de sus respectivos representantes, a más tardar el treinta y uno de agosto de dicho año, debiendo comenzar este proceso cuatro meses antes de lo señalado. En tal sentido es pertinente que el Congreso proceda a realizar las reformas este año a la Ley de la Junta Nominadora, para dejar solventa da esta problemática, aprovechando el compromiso del actual Congreso en crear una nueva Ley, no dejando a la voluntad política futura, la implementación de los cambios que asegurarán que el actuar de la futura Junta Nominadora, sea mejor que el de la presente. 7.2. COMISIÓN PREPARATORIA. La Junta Nominadora considera que podría llevarse a cabo una etapa de preselección la cual se podría llevar a cabo por una comisión preparatoria, que se encargar ía de revisar los requisitos formales de postulación previo a los trabajos propios de la Junta Nominadora en la selección de magistrados, sin perjuicio de la conservación del modelo de la Junta Nominadora, como se indica más adelante.

Sección A Acuerdos y Ley 37 7.3. PRESUPUESTO DEL PROCESO. El proceso conlleva la utilización de recursos económicos y humanos para que pueda ser ágil, tal cual está la ley, cada organización podrá hacer un aporte voluntario para el sostenimiento de los gastos del proceso, sin embargo, no todas las organizaciones disponen de un presupuesto para tal efecto, por lo que se recomienda que en el Presupuesto General de la República se asigne una partida para cubrir con los costos que el proceso implique. 7.4. MATRIZ TÉCNICA DE EVALUACIÓN. Aunque fue un elemento que permitió bastante objetividad en la valoración de los méritos de los auto postulantes, consideramos que, en aspectos como la integridad personal y profesional, es muy limitada la existencia de solo un indicador, mientras que, en otros aspectos de la matriz, como el área de derechos humanos y constitucional, hay repetición de indicadores, por lo que debe equilibrar se mejor la distribución abriéndose a otras áreas jurídicas y sociales No es conveniente dejar la calificación todos y cada uno de los aspectos de la matriz hasta el final del proceso, sino que esto debe hacerse en el transcurso del proceso. Para eso se propone organizar un sistema de captura de información y vaciado en formatos a disposición de cada sector, que a medida que transcurren las etapas va siendo llenado para alimentar los diferentes indicadores de la matriz. Al final las calificaciones obtenidas sólo se integran y se evitan jornadas mar a tónicas de revisión de expedientes. 7.5. EXAMENES. No obstante que hubo manifiesta inconformidad en cuanto a la evaluación de conocimientos, también debemos valorar que el sesenta y tres por ciento (63%) de los auto postulantes aprobaron con nota arriba del setenta y cinco por ciento (75%), por lo que, aún con el poco tiempo que tuvieron para el proceso, es plausible el resultado; en ese contexto, y siguiendo la recomendación número 1 de este documento, se podrían tener mejores resultados por lo que esta Junta considera importante que se mantenga. 7.6. SEGURIDAD INFORMATICA. La Junta Nominadora debe prever cualquier incidente de robo, filtración o hack e o de la información que maneja, instalando en las computadoras de sus miembros, sistemas antispyware que bloqueen esa posibilidad. 7.7. TACHAS Y DENUNCIAS. El proceso de selección tiene actualmente casi en la etapa final, el proceso de tachas y denuncias, lo que de alguna manera frena el proceso dada la cantidad de escritos

Sección A Acuerdos y Ley 37 impugna torios que se deben resolver por la Junta, aunado a ello, el hecho de sujetar a la Junta a los procesos administrativos obliga a esta a dar la garantía del recurso de reposición a quienes se ven afectados por las resoluciones. En este escenario, recomendamos establecer un proceso especial en la misma ley para resolver las tachas y denuncias el cual debería ser previo a las investigaciones que la Junta realiza con los informes de las distintas instituciones de seguridad del país. Por otro lado, es innecesario y una pérdida de tiempo que después de la recepción de las tachas y denuncias, estas pasen por un filtro de “admisión” e “inadmisión” y después por el proceso de revisión de fondo de las mismas propiamente dicho. Todas deben ser admitidas y descarta das por razones de forma y fondo, y resolver sobre ambos aspectos en una sola fase. 7.8. INFORMES DE INSTITUCIONES VINCULADAS CON EL SISTEMA DE JUSTICIA. Uno de los principales problemas en el proceso de investigaciones, los informes de las instituciones públicas a las que se les pidió la información relevante, no contaba con información actualizada, por ejemplo, denuncias que databan de más de 10 años sin cierre administrativo, y otras, que enviaron listado de personas que supuestamente habían incurrido en ilícitos, sin acompañar la documentación de soporte; por lo anterior, se recomienda que los informes que se requieran de las instituciones deban ir con un soporte legal para sustentar la responsabilidad que se le está indicando. 7.9. ENTREVISTAS PUBLICAS. Esta etapa tan valiosa debe contar con una metodología e instrumentos muy precisos para la captura de la información mientras las entrevistas se realizan, que esté en línea con los diferentes sub indicadores a los que alimenta esta técnica. Eso evita que se califique de manera capricho sa o a posteriori de la entrevista y obliga a que esa calificación sea en tiempo real y sistemática. 7.10. EXEQUATUR.La posibilidad de participación en el proceso de selección se vio disminuida debido que el número de notarios a esta fecha, representan únicamente el 10% de la membresía del Colegio de Abogados Honduras, por lo que, una recomendación es que el otorgamiento del exequátur de notario se haga primando el orden de solicitud de tal manera que las más antiguas solicitudes sean las que tendrán preferencia a presentarse ante la CSJ. E igualmente, se requiere realizar una democratización y transparentar la forma en que se realiza el examen previo a la obtención del exequátur. 7.11. EL ECIÓNESCALONADAD E MAGISTRADOS. Como una buena práctica del

Sección A Acuerdos y Ley 37 gobierno corporativo, esta Junta recomienda que la elección de los magistrados sea de manera escalonada, es decir, que los procesos de selección se realicen de manera parcial y no la totalidad de los magistrados que integran la Corte, lo que permitirá la consolidación de criterios jurisprudenciales y la continuidad del plan estratégico del Poder Judicial. 7.12. MODELO DE LA JUNTA NOMINADORA. La creación de la Junta Nominadora por medio de una reforma constitucional permitió la participación de diferentes sectores de la sociedad en procesos de selección de altos funcionarios del Estado, sin desconocer las competencias constitucionalmente atribuidas al Poder Legislativo. Después de tres procesos de selección, con la aprobación de la Ley Especial en vigor, la Junta Nominadora funcionó sobre la base de principios de transparencia y rendición de cuentas rigurosamente aplicados. En este sentido, se recomienda conservar el modelo de Junta Nominadora como una fase previa en el proceso de selección de las y los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, y, contrario a su derogación, apostar al fortalecimiento del modelo para dotar del cumplimiento el modelo de democracia participativa que reconoce el artículo 5 constitucional. 7.13. LAS SENTENCIA SD E INCONSTITUCIONALIDAD. Un parámetro de independencia es que las sentencias dictadas por un órgano judicial tienen fuerza ejecutoria, por lo que recomendamos reformar la Ley sobre Justicia Constitucional en el sentido de que las sentencias de inconstitucionalidad sean publicadas sin intervención del Congreso Nacional. 7.14. PRERROGATIVAS LABORALES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA NOMINADORA. Dentro de la Ley de la Junta Nominadora, se considera la pertinencia de establecer la obligatoriedad que los miembros de la Junta pertenezcan a los sectores que lo representan o hayan formado parte de ellos en los últimos 3 años, también de dotar lo de protección frente a sus patrones, al reconocer que no se podrán aplicar sanciones laborales a ninguno de los miembros del órgano, durante se substancie el proceso de nominación, ni 6 meses posteriores al mismo, sin autorización judicial. 7.15. DOBLE VALIDACIÓN DE LAS PRUEBAS PSICOMÉTRICAS. Asimismo, modificar el artículo 17 de la Ley de la Junta Nominadora, para establecer una doble validación de los resultados de las pruebas psicométricas y toxicologías, para dotar de mayor certeza los resultados. 7.16. DEFINICIÓN DE EXCUSAS Y RECUSACIONES. Se debe solventar la falta de

Sección A Acuerdos y Ley 37 regulación, tanto en la Ley de la Junta Nominadora, como en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, de causales de abstención o recusación ciudadana contra los diputados y diputadas, por la existencia de cualquier conflicto de interés real con las personas postulantes o por tener procesos judiciales que puedan verse in fluidos con su participación en la elección; debiéndose incluir que el Congreso Nacional realice audiencias públicas a las personas nominadas para la elección de la Corte Suprema, extendiéndose esa obligación a la elecciones que realiza como es el caso de las autoridades en el Ministerio Público, Tribunal Superior de Cuenta, Procuraduría General de República, Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, Registro Nacional de las Personas, Consejo Nacional Electoral, Tribunal de Justicia Electoral, Instituto de Acceso a la Información Pública, Comisión Para la Defensa y Promoción de la Competencia, entre otros. 7.17. SOCIALIZACIÓN DE REFORMAS. Consideramos necesario que el Congreso Nacional comience una socialización con distintos sectores de la sociedad hondureña y con la ciudadanía en general, sobre la reforma al proceso de elección de los magistrados y magistradas de la Corte Suprema de Justicia, estableciendo una renovación parcial de sus miembros, así como aumentando el periodo por el que son electos; esto se traduciría en una consolidación de los procesos al interior del Poder Judicial; para esta reforma se pueden discutir distintos modelos de funcionamiento de las Altas Cortes en nuestra región, por dar un ejemplo, podríamos tener una Pleno en donde se nombre un tercio de sus integrantes cada cinco años, teniendo su mandato una duración de 10 años, eso permitía que cuando se den cambios en su conformación, la dudas e incertidumbre sobre los criterios jurídicos sean menores, así como la reducción de la influencia que puede tener los miembros del Congreso de determino momento. 7.18. REFORMAS LEGALES. También esta Junta Nominadora analiza la necesidad de realizar reformas legales, como ser:

  • a)

    reformar el artículo 316 de la Constitución de la República con relación a la integración del pleno de la Corte Suprema de Justicia cuando existe ausencia de algún magistrado de dicho tribunal, ya que la modalidad es mandar a integrar a un magistrado(a) de Corte de Apelaciones, pero es factible que el Congreso Nacional nombre también a los magistrados suplentes para integrar en estos casos;

  • b)

    Se debe aprobar una nueva Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, así como una nueva Ley Órganica del Poder Judicial que sustituya a la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales;

  • c)

    Resulta necesario regular un proceso

    Sección A Acuerdos y Ley 37 de nominación, similar a éste, para la selección de candidatos de otras instituciones como el Ministerio Público, Tribunal Superior de Cuentas, Procuraduría General de la República, Tribunal de Justicia Electoral, Comisionado Nacional de Derechos Humanos, Consejo Nacional Electoral y cualquier otro que sea nombrado por el Congreso Nacional;

  • d)

    Es imperioso reformar el procedimiento especial para juzgar a altos funcionarios del Estado en el ámbito penal, a fin de que sea un tribunal del ámbito de corrupción el que emita las correspondientes resoluciones, para evitar los conflictos de interés que puedan surgir del nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia. 7.19. PRESUPUESTO DEL PODER JUDICIAL. Para fortalecer la independencia judicial y el adecuado funcionamiento de este Poder del Estado, es imperioso que se cumpla con la asignación del 3% del presupuesto general del Estado, tal como manda la Constitución de la República. 8. Anexos Se adjuntan los siguientes anexos: 8.1. Nómina final de candidatos(as) 8.2. Actas de sesiones 8.3. Comunicados 8.4. Oficios 8.5. Instrumentos Técnicos:perfil del magistrado(a), matriz de evaluación técnica, protocolo del proceso de selección, protocolo de revisión de pruebas escritas de conocimientos, protocolo de tachas y denuncias. 8.6. Resoluciones: exclusión y de recursos de reposición. 8.7. Reglamento Tegucigalpa, 23 de enero de 2023 Corte Suprema de Justicia Colegio de Abogados de Honduras Comisionado Nacional de los Derechos Humanos Consejo Hondureño de la Empresa Privada Claustro de Profesores de las Escuelas de Ciencias Jurídicas Sociedad Civil Confederaciones de los Trabajadores

    La Gaceta 37

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Licitación

Licitación No. ICF-GA-LPN-007-2022 — Contratación de Seguro de Accidentes para Flota Vehicular del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre a Nivel Nacional

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre

Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, AREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE “CONTRATACIÓN DE SEGURO DE ACCIDENTES PARA FLOTA VEHICULAR DE INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE A NIVEL NACIONAL”. l. El INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL DE AREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF), por este medio y en cumplimiento con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, invita a Potenciales Oferentes presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. ICF-GA-LPN-007-2022 “SERVICIO DE SEGURO Y ACCIDENTES PARA LA FLOTA VEHICULAR A NIVEL NACIONAL” 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Sección “B” 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a Ing. Annya Melissa Chávez, Gerente Administrativo del ICF en la dirección indicada al final de este Llamado, a partir del 22 de diciembre del 2022, en un horario de 8:00 a.m., a 4.00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de L.500.00 en efectivo. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducomprasl ", (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa del ICF colonia Brisas de Olancho 1 cuadra arriba de Gasolinera Uno, Comayagüela, M.D.C., a más tardar a las 2:00 p.m., del 02 de febrero del 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m. del 02 de febrero del 2023. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Comayaguela, M.D.C., 22 de diciembre del 2022 Ing. Anny Melissa Chavez Gerente Administrativo del ICF 24 E. 2023

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Licitación

Licitación No. 08-2022-SEAF-UNAH — Contratación del Servicio de Arrendamiento de Equipo Tecnológico para la Universidad Nacional Autónoma de Honduras

Universidad Nacional Autónoma de Honduras

AVISO DE LICITACIÓN LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 08-2022-SEAF-UNAH “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO TECNOLOGICO PARA LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS” La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las diferentes Empresas Mercantiles legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.08-2022-SEAF-UNAH “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO TECNOLOGICO PARA LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS", misma que será financiada con Fondos Nacionales. Los interesados en participar en el proceso deberán retirar el Pliego de Condiciones en el departamento de Adquisiciones Mayores de la UNAH pudiendo solicitarlo vía correo electrónico: licitaciones@unah.edu.hn, debiendo realizar el registro respectivo, así mismo podrán examinar el Pliego de Condiciones en el portal del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (www.honducompras.gob.hn). El pliego de condiciones estará disponible a partir del miércoles dieciocho (18) de enero del 2023. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, la recepción y apertura de las mismas se efectuará en un solo acto público en el Salón de usos Múltiples de la Secretaría Ejecutiva de Administración y Finanzas, ubicada en el sexto nivel del Edificio Alma Mater de Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, el DÍA MARTES VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DEL 2023, la hora límite de recepción de ofertas será hasta las 09:59 a.m., hora oficial de la República de Honduras, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas. No se recibirán ofertas después de las 10:00 a.m. Las ofertas deberán estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en Original, la que deberá tener una vigencia mínima de NOVENTA (90) días calendario contados a partir de la fecha estipulada para la Recepción y Apertura de ofertas y por un monto de CINCUENTA MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 50,000.00). El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y los Licitantes o sus Representantes. CONSULTAS: Para consultas o información dirigirse al Departamento de Adquisiciones Mayores: Teléfono (504)2216-6100. Extensiones No. 110111, 110112, 110113, 110105 y 110633. Correo Electrónico: licitaciones@unah.edu.hn. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALVARADO RECTOR-INTERINO-UNAH “La Educación es la Primera Necesidad de la República” 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1181 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - SPR!TZ - TARGET BRANDS, INC

Registro de la Propiedad Industrial

Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2022-1181 Fecha de presentación: 2022-03-03 Fecha de emisión: 17 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (16)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SPR!TZ

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: Se protege la grafía tal como se muestra en la etiqueta adjunta.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Caminos de mesa de papel; plantillas, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL MEDINA Registrador Legal 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-3076 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - UNIQUINOL - LABORATORIOS CASASCO S.A.I.C

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3076 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS CASASCO S.A.I.C. Domicilio: Boyacá 80 7mo. Piso (C1406BGB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UNIQUINOL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para uso humano, a saber, antibiótico para infecciones leves, moderadas o severas por microorganismos susceptibles, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2020-6522 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - LA VIDA ES DULCE - PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2020-6522 Fecha de presentación: 2020-02-11 Fecha de emisión: 8 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V. Domicilio: San Salvador, El Salvador

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CINTHIA YADIRA ORTIZ LUNA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA VIDA ES DULCE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda va ligada al registro número 157921 denominada PLANETA DULCE en clase 29.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2020-6523 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - LA VIDA ES DULCE Y DISEÑO - PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2020-6523 Fecha de presentación: 2020-02-11 Fecha de emisión: 8 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V. Domicilio: San Salvador, El Salvador

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CINTHYA YADIRA ORTIZ LUNA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA VIDA ES DULCE Y DISEÑO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda va ligada al registro número 157936 denominada PLANETA DULCE en clase 30.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo, de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-2815 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - Neutroskin - Industria La Popular, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2815 Fecha de presentación: 2021-06-08 Fecha de emisión: 2 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Industria La Popular, S.A. Domicilio: Vía 35-42 de la zona 4, Ciudad de Guatemala, Guatemala

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Neutroskin

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Jabones desinfectantes; jabones antibacteriales; desinfectantes; productos de higiene personal que no sean de tocador, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2021-4837 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - G. - LG ELECTRONICS INC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-4837 Fecha de presentación: 2021-09-17 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LG ELECTRONICS INC. Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 07336, República de Corea

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (7)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G. H.- Reservas/Limitaciones: . I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lavadoras de ropa eléctricas; lavavajillas automáticos; aspiradoras eléctricas; manguera para aspiradoras eléctricas; bolsa para aspiradoras eléctricas; aspiradoras de varilla; robots para uso industrial; robots que ayudan con las tareas diarias para uso doméstico; robots para limpieza; sistema modular que consiste de portadores de paletización robotizados; mecanismos de control para máquinas robóticas; sopladores rotativos eléctricos; bombas de aire comprimido; compresores rotativos; compresores para refrigeradores; secadores de centrifugado {sin calentar}; mezcladores eléctricos para uso doméstico; aspiradoras robóticas; procesadores de alimentos eléctricos; limpiadores a vapor para uso doméstico; aspiradoras de mano; aspiradoras eléctricas para uso doméstico y ropa de cama, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023 ________ Glide N’ Serve

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Aviso

Aviso No. 2022-404 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - G. - Room to Read

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-404 Fecha de presentación: 2022-01-20 Fecha de emisión: 20 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Room to Read Domicilio: 465 California Street, Suite 1000, San Francisco, California 94104, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G. H.- Reservas/Limitaciones: . WORLD CHANGE STARTS WITH EDUCATED CHILDREN

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Aviso

Aviso No. 2022-403 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - G. - Room to Read

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-403 Fecha de presentación: 2022-01-20 Fecha de emisión: 20 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Room to Read Domicilio: 465 California Street, Suite 1000, San Francisco, California 94104, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (16)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G. H.- Reservas/Limitaciones: . I.- Reivindicaciones: Para utilizarse con la marca DISEÑO ESPECIAL en clase 16 cuya solicitud de registro es No. 2022- 399. J.- Para Distinguir y Proteger: Libros infantiles impresos, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Certificación

Certificación No. 2022-400 — Registro de Marca de Fábrica - WORLD CHANGE STARTS WITH EDUCATED CHILDREN

Registro de la Propiedad Industrial

WORLD CHANGE STARTS WITH EDUCATED CHILDREN I.- Reivindicaciones: Para utilizarse con la marca DISEÑO ESPECIAL en clase 36 cuya solicitud de registro es No. 2022- 400. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios benéficos, a saber, aceptación y administración de contribuciones monetarias para proporcionar ayuda educativa a comunidades de bajos ingresos; servicios de recaudación de fondos benéficos; servicios de recaudación de fondos mediante la organización, planificación y realización de programas de recaudación de fondos en beneficio de niños en comunidades de bajos ingresos, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-402 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - G. - Room to Read

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-402 Fecha de presentación: 2022-01-20 Fecha de emisión: 20 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Room to Read Domicilio: 465 California Street, Suite 1000, San Francisco, California 94104, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G. H.- Reservas/Limitaciones: . I.- Reivindicaciones: Para utilizarse con la marca DISEÑO ESPECIAL en clase 09 cuya solicitud de registro es 2022-398. J.- Para Distinguir y Proteger: Publicaciones electrónicas descargables en la naturaleza de libros electrónicos digitales en los campos de la alfabetización, la igualdad de género y la educación infantil, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023 ________ WORLD CHANGE STARTS WITH EDUCATED CHILDREN

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Aviso

Aviso No. 2021-2974 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - GRAPHISOFT A NEMETSCHEK COMPANY - GRAPHISOFT SE Zrt

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2974 Fecha de presentación: 2021-06-16 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GRAPHISOFT SE Zrt. Domicilio: Záhony utca 7, Budapest 1031, Hungría

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRAPHISOFT A NEMETSCHEK COMPANY

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: La marca se protege en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra COMPANY.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Software y hardware de computador; software para gráfico; software educativo; software interactivo; programas informáticos y sus manuales de instrucciones en formato electrónico vendidos conjuntamente, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso No. 2021-5325 — Solicitud de registro de Marca de servicio - AMERICAN HEART ASSOCIATION - American Heart Association, Inc

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-5325 Fecha de presentación: 2021-10-14 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: American Heart Association, Inc. Domicilio: 7272 Greenville Ave., Dallas, Texas 75231, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICAN HEART ASSOCIATION

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo de los términos “AMERICAN” y “ASSOCIATION”. Se protege la marca en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Promover la conciencia pública sobre la salud, la salud cardiovascular, el estado físico y la nutrición, la prevención, la reducción o el tratamiento de eventos cardíacos, insuficiencia cardíaca, enfermedad cardiovascular y accidente cerebrovascular; promover la investigación en el campo de la salud cardiovascular, el estado físico y la nutrición, la prevención o reducción de eventos cardíacos, insuficiencia cardíaca, enfermedad cardiovascular y accidente cerebrovascular, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1858 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - UP&UP - TARGET BRANDS, INC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1858 Fecha de presentación: 2022-04-08 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 97/098,409 de fecha 28/10/2021 de Estados Unidos de América

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (31)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UP&UP

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Arena para gatos, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1769 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - TARGET BRANDS, INC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1769 Fecha de presentación: 2022-04-06 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 97/058,057 de fecha 04/10/2021 de Estados Unidos de América

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Baterías; imanes para usar con tableros de notas y refrigeradores, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-4221 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - G. - PARFUMS CHRISTIAN DIOR

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-4221 Fecha de presentación: 2021-08-16 Fecha de emisión: 1 de diciembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PARFUMS CHRISTIAN DIOR Domicilio: 33 Avenida Hoche, 75008 París, Francia

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 214732968 de fecha 15/02/2021 de Francia

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G. H.- Reservas/Limitaciones: . I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos de perfumería; productos de maquillaje; productos cosméticos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-2417 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - G. - PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V

Registro de la Propiedad Industrial

DIORSHOW ON SET BROW Número de Solicitud: 2021-2417 Fecha de presentación: 2021-05-21 Fecha de emisión: 2 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V. Domicilio: San Salvador, El Salvador

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo

  • D)

    APODERADO LEGAL CINTHYA YADIRA ORTIZ LUNA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G. H.- Reservas/Limitaciones: . I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Granola; bocadillos de granola; bocadillos a base de granola; mezcla de frutos secos consistiendo principalmente de granola, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022, 9 y 24 E. 2023 DELI GRANOLA

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-2206 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - UNIVERSITY OF MIAMI

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-2206 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 30 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: UNIVERSITY OF MIAMI Domicilio: 1320 S. Dixie Highway, Suite 1250, Coral Gables, Florida 33146, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 97/226,803 de fecha 19/01/2022 de Estados Unidos de América

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (25)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: Los colores Naranja y Verde, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Ropa, principalmente, tops como prendas de vestir, ropa interior como prendas de vestir, camisas, camisetas, prendas de punto de manga larga, camisetas polos, camisetas sin mangas, jerseys, vestidos, faldas, chaquetas, abrigos; jerseys de lana, suéteres, sudaderas, sudaderas con capucha, chalecos, pantalones, pantalones de chándal, pantalones jogger, pantalones cortos, ropa interior, calzoncillos, trajes de baño, trajes de baño, pañuelos, polainas, calcetines, calzado, zapatos, zapatillas de deporte, chancletas, pantuflas, sombrerería, gorras, sombreros, gorros, viseras como artículos para la cabeza, bandas para las orejas y la cabeza, prendas para el cuello, corbatas, corbatas, pañuelos de bolsillo, cinturones, bufandas, ropa para dormir, pijamas, ropa para bebés, monos para bebés, mamelucos para bebés, baberos que no sean de papel, patucos para bebés, polainas para el cuello, ponchos para la lluvia, cubiertas faciales, uniformes deportivos, pantalones médicos y blusas que no sean para uso quirúrgico, guantes, suéteres, blusas, calzoncillos, pantalones de yoga, pantalones capri, sujetadores, chaquetas de punto, batas, pantalones, pantalones, vaqueros, pantalonetas, pantalones tipo cargo, pantalones elásticos, vaqueros, monos, overoles, jerséis, monos, calzoncillos tipo bóxer, tankinis, abrigos, trajes de calentamiento, trajes de jogging, chándales, monos de juego, monos para la nieve, parkas, anoraks, capas, boleros, blazers, trajes, cuellos de tortuga, petos de esquí de tela, ropa de playa, ropa de tenis, ropa de surfear, ropa de esquí, canastillas para recién nacido, pijamas para bebés, gorros de baño, boinas, muñequeras, bandas, orejeras, delantales, tirantes, pañuelos para el cuello, fulares, ropa interior térmica, camisetas de tirantes, ropa de casa, batas, ropa interior, camisones, camisones, lencería, calentadores de piernas, calcetería, pantimedias, medias corporales, medias hasta la rodilla, medias, mitones, impermeables, ropa impermeable, botas, chanclos, sandalias, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-7326 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - MOVED BY YOU - LES LABORATOIRES SERVIER

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-7326 Fecha de presentación: 2021-12-29 Fecha de emisión:7 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LES LABORATOIRES SERVIER Domicilio: 50, RUE CARNOT, 92284 SURESNES CEDEX, Francia

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO VALLE REAÑOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOVED BY YOU

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: SEÑAL DE PROPAGANDA LIGADA A REGISTRO “SERVIER” 146757

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, óptico, pesar, medir, señalizar, chequeo (supervisión), salvavidas y de enseñanza; aparatos e instrumentos para conducir, cambiar, transformar, acumular, regular o controlar electricidad; aparatos para grabar, transmitir, o reproducir sonio o imagen, grabación de sustratos (magnéticos); grabación de discos; grabación digital media; aparatos y equipo para producir datos e información; software de computadora; programas de computadora (software descargables); computadora; equipo de procesador de data; software de computadoras grabado magnético media o descargable de un control de red de computadora; aplicaciones de software de computadora, descargables; hardware de telecomunicaciones para el uso de redes de celulares; control de datos de software fisiológica; software de computadoras para análisis, almacenamiento y monitoreo fisiológico de datos, incluyendo medicinas predecibles, diagnósticos, monitoreo y advertencia de software; asistencia digital personal; transmisores de señales de electricidad; brazaletes conectados (instrumentos para medir); balanzas inteligentes; relojes inteligentes; videocámaras; sensores de electricidad; software de computadoras para uso médico, quirúrgico, dental o veterinaria; software para medicina predecible; software de imágenes médicas; aplicaciones descargables para el uso con dispositivos móviles; aparatos de inteligencia artificial; gafas (ópticos); lentes de contacto; anteojos inteligentes, auriculares intrauditivos; aplicación descargable telemedicina para dispositivos móviles; software de realidad aumentada; software de realidad virtual; sistemas de análisis de imagen médica basados en inteligencia artificial; chips electrónicos y cascos inteligentes, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-452 — Solicitud de registro de Marca de servicio - Webhelp - WEBHELP

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-452 Fecha de presentación: 2022-01-21 Fecha de emisión: 22 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: WEB HELP Domicilio: 161 rue de Courcelles, 75017 Paris, Francia

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Web help

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Suscripciones a servicios de buscapersonas; suscripciones telemáticas, suscripciones a bases de datos, suscripciones a servidores de bases de datos, suscripciones a un proveedor de acceso a una red informática o de transmisión de datos, particularmente para comunicación global (tipo internet) o para acceso privado o reservado (tipo intranet); suscripciones a un servicio de telecomunicaciones; servicios informáticos, principalmente, gestión de archivos informáticos; compilación, archivo de bases de datos; servicios de actualización de bases de datos; servicio de información sobre actualizaciones de bases de datos; servicios de difusión de anuncios, publicación de textos publicitarios, promoción de ventas para terceros, visualización; servicios de promoción; actualización de material publicitario, distribución de muestras; servicios de organización, exposiciones de ferias con fines comerciales o publicitarios; realización de encuestas en línea; servicios de publicidad para promover la conciencia pública sobre cuestiones de salud; servicios de relaciones públicas; servicios de asistencia en la gestión empresarial; consultoría en gestión y organización de negocios; asistencia en gestión comercial o industrial; servicios de administración de empresas sanitarias; consultoría organizativa y gestión comercial para realizar investigaciones en Internet; procesamiento de datos; consultoría comercial y experiencia en el ámbito de la búsqueda de información a través de un motor de búsqueda en Internet; prestación de asistencia comercial; servicios de externalización del tratamiento de documentos y datos de una empresa, principalmente, servicios de recopilación y sistematización de datos en un archivo central, ingreso y procesamiento de datos, información, imágenes, documentos, actualización de bases de datos e imágenes; gestión administrativa de operaciones informáticas para terceros; servicios de gestión de relaciones con clientes y externalización de procesos comerciales; servicios de subcontratación en el ámbito de las operaciones comerciales; servicios de gestión de relaciones con clientes; proveedor de servicios de externalización en el ámbito de la gestión de relaciones con clientes; mantener archivos y registros relacionados con la condición médica de las personas; servicios secretariales; servicios de tele-secretaria; proveedor de servicios de externalización en el ámbito de la gestión de relaciones con clientes; servicio de subcontratación (asistencia empresarial), de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023 MOVED BY YOU

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-4856 — Solicitud de registro de Marca de servicio - CARPLAY - Apple Inc

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4856 Fecha de presentación: 2022-08-18 Fecha de emisión: 23 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Apple Inc. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CARPLAY

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de hardware, software y periféricos informáticos; diseño y desarrollo de hardware, software y periféricos de realidad virtual y aumentada; consultoría en el diseño y desarrollo de hardware y periféricos informáticos; diseño y desarrollo de video y juegos de ordenador; diseño y desarrollo de bases de datos informáticas; diseño y desarrollo de software de juegos informáticos y software de realidad virtual y aumentada; programación de computadoras; servicios de programación informática para crear vídeos y juegos de realidad virtual y aumentada; servicios de programación informática, principalmente, creación de contenidos para mundos virtuales y plataformas tridimensionales; diseño de programas informáticos; análisis de sistemas informáticos; diseño de sistemas informáticos; diseño gráfico por computadora; servicios de programación informática para el procesamiento de datos; desarrollo de plataformas informáticas; desarrollo de software en el marco de la publicación de software; servicios de ingeniería de software para el procesamiento de datos; consultoría de inteligencia artificial; consultoría en seguridad informática; consultoría de software informático; consultoría en tecnología informática; consultoría en el campo de ahorro de energía; consultoría tecnológica; investigación tecnológica; consultoría en seguridad de redes de telecomunicaciones; consultoría en tecnología de telecomunicaciones; consultoría de diseño de sitios web; consultoría de seguridad de datos; consultoría en tecnología de la información; consultoría de seguridad en Internet; creación y diseño de índices de información basados en sitios web para terceros; creación y mantenimiento de sitios web para terceros; suministro de software no descargable; software como un servicio (SaaS); plataforma como un servicio (PaaS); infraestructura como un servicio (IaaS); proveedor de servicios de aplicaciones (ASP); suministro de software de desarrollo de aplicaciones no descargable; suministro de software no descargable utilizado en el desarrollo de otras aplicaciones de software; suministro de software no descargable para instalar, configurar, funcionar y controlar ordenadores, periféricos informáticos, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, anillos inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, reproductores de audio y vídeo y sistemas de entretenimiento en el hogar; suministro de software no descargable utilizado para procesar comandos de voz y crear respuestas de audio a comandos de voz; suministro de software no descargable para permitir el uso de manos libres de un teléfono móvil a través del reconocimiento de voz; suministro de software de reconocimiento de gestos no descargable; suministro de software de identificación de huellas dactilares no descargable; suministro de software de reconocimiento de voz no descargable; suministro de software de reconocimiento de imágenes no descargable; suministro de software de reconocimiento facial no descargable; suministro de software de identificación biométrica no descargable; suministro de software no descargable para procesar, transmitir y mostrar texto, datos, imágenes, audio, contenido audiovisual y otro contenido multimedia; suministro de software no descargable para enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones y recordatorios; suministro de software de videojuegos y juegos de ordenador no descargables; suministro de software de realidad virtual no descargable; suministro de software de realidad aumentada no descargable; suministro de software no descargable para permitir que ordenadores, dispositivos móviles y teléfonos móviles proporcionen experiencias de realidad virtual y realidad aumentada; suministro de software informático no descargable para el suministro de información geográfica, mapas interactivos e imágenes aéreas y de satélite; suministro de archivos de audio no descargables, archivos de imagen, archivos de vídeo, archivos de música y contenido multimedia; suministro de grabaciones de audio y visuales no descargables, podcasts, libros, publicaciones periódicas, grabaciones musicales, películas, películas y programas de televisión; servicios de computación en la nube; conversión de programas y datos informáticos ( distintos de la conversión física); servicios de cifrado de datos; almacenamiento de datos electrónicos; copia de seguridad de datos fuera del sitio; alojamiento de aplicaciones multimedia e interactivas; instalación de software informático; mantenimiento de software informático; actualización de software informático; servicios de asistencia técnica, diagnóstico y resolución de problemas de hardware y software informáticos, y servicios de asistencia técnica informática; monitoreo de sistemas informáticos por acceso remoto; monitoreo de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados o violaciones de datos; monitoreo de sistemas informáticos para detectar averías; servicios de protección contra virus informáticos; recuperación de datos informáticos; desbloqueo de teléfonos móviles; servicios de autenticación de usuarios para aplicaciones de software en línea; servicios de autenticación de usuarios que utilizan tecnología para transacciones de comercio electrónico; predicción del clima; crear una comunidad en línea para que los usuarios registrados formen comunidades virtuales; pruebas virtuales de diseños de nuevos productos mediante simulaciones informáticas; suministro de información, asesoramiento y consultoría en relación con la compensación de carbono; suministro de información en relación a la tecnología informática; suministro de información sobre programación informática; suministro de información sobre programas informáticos; suministro de información en línea sobre hardware y software informático; servicios científicos y tecnológicos; servicios de análisis e investigación industriales; investigación médica; suministro de un sitio web con tecnología que permite a los usuarios cargar, almacenar, compartir, ver y publicar imágenes, audio, vídeos, diarios en línea, blogs, podcasts y contenido multimedia; servicios de cartografía; suministro de información geográfica; suministro de mapas geográficos no descargables en línea, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023 CARPLAY

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Aviso No. 2022-2525 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - Movement that inspires - Kia Corporation

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-2525 Fecha de presentación: 2022-05-11 Fecha de emisión: 16 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Kia Corporation Domicilio: 12, Heolleung-ro, Se ocho-gu, Seoul 06797 , República de Corea

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Movement that inspires

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Diseño de planta industrial; diseño de interiores; diseño de plantas de automóviles; diseño de cámara de carro; diseño de carros; diseño de partes de vehículos de motor; diseño de módulo para automóviles; diseño de accesorios para automóviles; servicios de diseño de mobiliario para los interiores de .automóviles; desarrollo de software de control para equipos de vehículos eléctricos; creación de programas de control para módulos de accionamiento y control de funcionamiento eléctrico; desarrollo y creación de programas de computadora para el procesamiento de datos; proporcionar software en línea no descargable para uso en la administración de relaciones con el cliente; servicios de cifrado y decodificación de datos; proporcionar paas (plataforma como un servicio); servicios de proveedores de aplicación de servicio; plataformas de alojamiento en Internet para la entrega de contenido multimedia; servicios de ingeniería relacionados con el procesamiento automático de data; diseño de programas de computadora y software relacionados a aeronaves; servicios de asesoramiento relacionados con la reducción del ruido de vehículos; servicios de investigación y desarrollo en el campo de la ingeniería; servicios de prueba e investigación relacionados a máquinas, aparatos e instrumentos; creación de mapas GPS; inspección de vehículos de motor antes del transporte (para la aptitud para la circulación); inspecciones automotrices; desarrollo de cámaras para carro; investigación y desarrollo de partes de automóvil; investigación y desarrollo de ruedas de carros para otros; proporcionar información científica relacionada con el rendimiento y operación del carro; servicios de ingeniería de estructuras de la industria de vehículos terrestres; servicios de ingeniería de materiales de la industria de vehículos terrestres; servicios de tecnología de seguridad relacionados a vehículos terrestres; desarrollo de productos para la construcción de vehículos y para la construcción de carrocerías de vehículos; prueba del producto de la forma del vehículo original; vehículos (pruebas de-) para la aptitud para circulación; inspección de aparatos; investigación y desarrollo de las partes eléctricas; análisis de el desarrollo de productos; servicios de ingeniería técnica y de soporte de información de tecnología eléctrica híbrida relacionada con la ingeniería; investigación y desarrollo de controladores eléctricos; inspección de vehículos de motor (para la aptitud para circulación); análisis de cámaras de carros, investigación para cámaras de carros; desarrollo de máquinas de montaje de cámaras para carros; análisis de máquinas de montaje de cámaras de carros; prueba de ruedas de automóviles; monitoreo del estado de carga de la batería; mantenimiento de software usado para operar aparatos y máquinas de llenado; investigación y desarrollo de convertidores / inversores / cargadores de energía; para su uso en sistemas de energía renovable; proporcionar servicios de garantía de calidad; certificación ( control de calidad); servicios de certificación relacionados con automóviles usados a través de programas de certificación de automóviles usados; servicios de certificación relacionados con automóviles; servicios de análisis y evaluación del estado de los carros usados para certificar el estado de los automóviles a los consumidores antes de la compra; servicios de inspección de automóviles nuevos y usados para personas que compran o venden sus vehículos; servicios de asesoramiento tecnológico relacionados con el análisis de ingeniería de máquinas; investigación relacionada con la ingeniería mecánica; diseño de maquinaria; ensayo / inspección o investigación en agricultura / ganadería o pesca; desarrollo de programas de procesamiento de datos servicios de ingeniería relacionados a robótica; alquiler de robots de laboratorio; programación de aplicaciones multimedia; desarrollo de tecnologías para la fabricación de circuitos para comunicaciones inalámbricas, procesamiento electrónico de datos, electrónica de consumo, electrónica de automotor; diseño de robots para uso industrial; Ingeniería de software; diseño y desarrollo de software; prueba de nuevos productos; pruebas / inspección o investigación de productos farmacéuticos / cosméticos o productos alimenticios; servicios de ingeniería de la industria de vehículos terrestres; servicios de computadora para administración remota de datos de instrumentos de diagnóstico médico; desarrollo de vehículos; diseño de equipos mecánicos para la fabricación de carros; planificación de software de computadora para la fabricación de vehículos; investigación de tecnología automotriz; servicios de diseño de partes de vehículos de motor; diseño de vehículos de motor; servicios de diseño textil para el acabado de vehículos de motor; investigación y desarrollo de productos; diseño de productos; diseño de aparatos y máquinas en el campo del llenado; servicios de programación de computadora; servicios de diseño y desarrollo de software; desarrollo de hardware de computadora; topografía marina, aérea y terrestre, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso No. 2021-5326 — Solicitud de registro de Marca de servicio - AMERICAN HEART - American Heart Association, Inc

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-5326 Fecha de presentación: 2021-10-14 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: American Heart Association, Inc. Domicilio: 7272 Greenville Ave., Dallas, Texas 75231, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICAN HEART ASSOCIATION

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo de los términos “AMERICAN” y “ASSOCIATION”. Se protege la marca en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de caridad; servicios de recaudación de fondos benéficos, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2022-1916 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - TARGET BRANDS, INC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1916 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Popurrí; jabón para la piel; lociones; fragancias de interior; repuestos de fragancias ambientales para dispensadores de fragancias ambientales no eléctricos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2022-1175 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - COLOMBINA S.A

Registro de la Propiedad Industrial

THRESHOLD Número de Solicitud: 2022-1175 Fecha de presentación: 2022-03-03 Fecha de emisión: 31 de marzo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: COLOMBINA S.A. Domicilio: La Paila, Zarzal, Valle, Colombia

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL OSWALDO GUZMAN PALAU

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Confitería, chicle (goma de mascar) con o sin relleno o con o sin agregados, mentas con o sin relleno o con o sin agregados, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023 XTIME POWER

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Aviso No. 2021-7021 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - FUTURE COLLECTIVE - TARGET BRANDS, INC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-7021 Fecha de presentación: 2021-12-14 Fecha de emisión: 28 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (16)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FUTURE COLLECTIVE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Sacapuntas de lápices cosméticos, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. DENIS OMAR TURCIOS HERRERA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-7020 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - FUTURE COLLECTIVE - TARGET BRANDS, INC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-7020 Fecha de presentación: 2021-12-14 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (8)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FUTURE COLLECTIVE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Rizadores de pestañas; separadores de pestañas; pinzas; implementos de manicura, a saber, limas de uñas, empujadores de cutículas, tijeras para uñas y cutículas; cortauñas; navajas de afeitar; navajas de afeitar desechables; maquinillas de afeitar eléctricas; cuchillas de afeitar; estuches para maquinillas de afeitar; estuches para afeitar de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. DENIS OMAR TURCIOS HERRERA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-3061 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3061 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD. Domicilio: 129, Samsung-ro, Yeongtong-gu, Suwon-si, Gyeonggi-do, República de Corea

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Anibal Mejia M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (14)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Relojes; partes y accesorios para relojes; relojes de pulsera; relojes de pared y relojes de pulsera electrónicos; pulseras (joyería); correas de reloj; relojes de control [relojes maestros], de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023 __________ Smart Things

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Aviso No. 2021-7162 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - ASTRAZENECA AB

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-7162 Fecha de presentación: 2021-12-20 Fecha de emisión: 22 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASTRAZENECA AB. Domicilio: SE-151 85 SÖDERTÄLJE, Suecia

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Anibal Mejia M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-3060 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD

Registro de la Propiedad Industrial

BREZTRI Número de Solicitud: 2022-3060 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD. Domicilio: 129, Samsung-ro, Yeongtong-gu, Suwon-si, Gyeonggi-do, República de Corea

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (11)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Smart Things

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aires acondicionados; esterilizadores de aire; cocinas eléctricas; hornos eléctricos; secadoras de ropa eléctricas; refrigeradoras eléctricas; lámparas de diodos emisores de luz; hornos de microondas; aspersores de riego; bombillas; aparatos eléctricos de gestión de ropa del tipo de vaporizadores de ropa para uso doméstico; deshumidificadores para uso doméstico; filtros para aire acondicionado; ventiladores eléctricos para uso doméstico; aparatos para cocinar, a saber, cocinas eléctricas, de la clase 11 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2022-775 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-775 Fecha de presentación: 2022-02-09 Fecha de emisión: 19 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V. Domicilio: SAN SALVADOR, El Salvador

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CINTHIA YADIRA ORTIZ LUNA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceite de maíz para uso alimenticio, aceitunas en conserva; alimentos a base de pescado; anillos de cebolla rebozados; avellanas preparadas; bebidas lácteas en las que predomina la leche; bolas de masa guisada a base de patata; buñuelos de patatas/ buñuelos de papa; cacahuetes preparados/ cacahuates preparados/ maníes preparados; crema a base de verduras, hortalizas y legumbres; crema de mantequilla/ crema de manteca [mantequilla]; fruta enlatada [conservas]; frutas confitadas/ frutas cristalizadas/ frutas escarchadas; frutos secos confitados; frutos secos preparados; gelatina; harina de pescado para la alimentación humana; productos lácteos; jaleas comestibles; leche; papas fritas; patatas fritas con bajo contenido en grasa; rodajas de fruta deshidratada; jugo de limón para uso culinario, de la clase 29 . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2022-1753 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - TARGET BRANDS., INC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1753 Fecha de presentación: 2022-04-05 Fecha de emisión: 26 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS., INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 97/056,673 de fecha 01/10/2021 de Estados Unidos de América

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (27)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Tapetes (alfombras) para mascotas, de la clase 27. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso No. 2021-6534 — Solicitud de registro de Marca de servicio - P PACER - Industrias Pacer S.A. de C.V

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-6534 Fecha de presentación: 2021-11-24 Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Industrias Pacer S.A. de C.V. Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL HECTOR ANTONIO FERNANDEZ P.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN P PACER

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2022-661 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - INDUSTRIAS MOLINERAS, S.A. DE C.V. (IMSA)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-661 Fecha de presentación: 2022-02-02 Fecha de emisión: 22 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS MOLINERAS, S.A. DE C.V. (IMSA) Domicilio: KM. 13 CARRETERA A PUERTO CORTÉS, CHOLOMA, CORTÉS, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso de forma separada de los elementos denominativos que la conforman.

  • I)

    Reivindicaciones: Para usarse con la solicitud en trámite No. 3352/2021 de la marca MASASUAVE en clase 30.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Harina de maíz, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-3842 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - LO CATRACHO ES LO NUESTRO - Industrias Pacer S.A. de C.V

Registro de la Propiedad Industrial

SUPER EXTRA SUAVE Número de Solicitud: 2021-3842 Fecha de presentación: 2021-07-27 Fecha de emisión: 1 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Industrias Pacer S.A. de C.V. Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL HECTOR A. FERNANDEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LO CATRACHO ES LO NUESTRO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: Para usarse con la solicitud en trámite No. 3283/2021 de la marca CAFETRACHO en la clase 35.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-3829 — Solicitud de registro de Marca de servicio - The Jean Shop - Industrias Pacer S.A. de C.V

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3829 Fecha de presentación: 2021-07-27 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Industrias Pacer S.A. de C.V. Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL HECTOR A. FERNANDEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN The Jean Shop

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de Honduras. La marca está escrita en idioma inglés “THE JEAN SHOP” cuya traducción al español es “LA JEAN TIENDA”.

  • I)

    Reivindicaciones: La marca está escrita en forma estilizada, se protege la grafía tal y como se muestra en la etiqueta adjunta.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2022-3470 — Solicitud de registro de Marca de servicio - AUTOSERVICIO DON FITO - GRUPO H. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3470 Fecha de presentación: 2022-06-17 Fecha de emisión: 29 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: GRUPO H. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (37)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AUTOSERVICIO DON FITO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra AUTOSERVICIO.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de mantenimiento y reparación de vehículos; servicios de engrase/lubricación de vehículos; servicios de equilibrado/ balanceo de neumáticos; servicios de lavado de automóviles; servicios de limpieza de vehículos, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso No. 2022-3075 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - LABORATORIOS CASASCO S.A.I.C

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3075 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 3 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS CASASCO S.A.I.C. Domicilio: Boyacá 80 7mo. Piso (C1406BGB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento de los síntomas isquémicos de los miembros debido a enfermedad arterial oclusiva crónica, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2021-1752 — Solicitud de registro de Marca de servicio - ALIGN - Align Technology, Inc

Registro de la Propiedad Industrial

ACLUSIN Número de Solicitud: 2021-1752 Fecha de presentación: 2021-04-20 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Align Technology, Inc. Domicilio: 2820 Orchard Parkway, San Jose, California 95134, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALIGN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Corporación organizada bajo las leyes de Delaware, la marca es un término de fantasía el cual no tiene traducción.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Formación en los campos de la odontología y la ortodoncia; formación en el uso de aparatos de ortodoncia; formación en el uso de software de ortodoncia; formación de ortodoncistas y odontólogos en el uso de software de imágenes digitales y cámaras de exploración intra oral; organización y dirección de capacitaciones, seminarios, conferencias, cursos de instrucción, talleres, charlas y simposios, todos relacionados con técnicas, dispositivos, aparatos y equipos quirúrgicos, médicos, dentales y de ortodoncia, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2022-815 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - PEPSICO, INC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-815 Fecha de presentación: 2022-02-11 Fecha de emisión: 10 de marzo de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PEPSICO, INC. Domicilio: 700 Anderson Hill Road, Purchase, New York, 10577, Estados de Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JULIA R. MEJIA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (32)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: Para utilizarse con el REG. 79312 de la marca PEPSI en clase 32.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y jugos de frutas, jarabes y otros preparados para hacer bebidas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023 El equipo perfecto

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Aviso No. 2022-155 — Solicitud de registro de Marca de servicio - SITES LATAM - América Móvil S.A.B. de C.V

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-155 Fecha de presentación: 2022-01-10 Fecha de emisión: 3 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: América Móvil S.A.B. de C.V. Domicilio: Lago Zurich No. 245, Plaza Carso, Edif. Telcel, Piso 16, colonia Granada Ampliación, C.P. 11529, Ciudad de México, México

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (37)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SITES LATAM

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de construcción de torres de telecomunicaciones, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2022-156 — Solicitud de registro de Marca de servicio - SITES LATAM - América Móvil S.A.B. de C.V

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-156 Fecha de presentación: 2022-01-10 Fecha de emisión: 3 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: América Móvil S.A.B. de C.V. Domicilio: Lago Zurich No. 245, Plaza Carso, Edif. Telcel, Piso 16, colonia Granada Ampliación, C.P. 11529, Ciudad de México, México

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (38)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SITES LATAM

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones e información en materia de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso No. 2021-3826 — Solicitud de registro de Marca de servicio - HLB - HLB INTERNATIONAL LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3826 Fecha de presentación: 2021-07-27 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: HLB INTERNATIONAL LIMITED Domicilio: Lynton House 7-12 Tavistock Square London, WC1H 9LT, Reino Unido

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HLB

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Seguro; asuntos financieros; asuntos monetarios; asuntos inmobiliarios; servicios financieros; servicios de consultoría y asesoría financiera; servicios de análisis financiero; servicios de inversión de capital; servicios de consultoría financiera; servicios de asesoramiento relacionados con el control de crédito y débito; servicios de cobranza de deudas; servicios de evaluación financiera, servicios de información financiera; servicios de gestión financiera; servicios de consultoría financiera; servicios de cotización en bolsa, a saber, servicios de actuación como asesores de empresas que buscan cotizar en bolsa; servicios de valoración fiscal; evaluación fiscal; servicios de financiación; servicios de evaluación fiscal; servicios de valoración financiera en el ámbito de las empresas comerciales; servicios de consultoría y asesoramiento relacionados con asuntos financieros y tributarios; servicios de inversión de fondos; servicios de administración fiduciaria; flotación de empresas e investigación de negocios; servicios actuariales; gestión de riesgos financieros; provisión de información en línea en el ámbito de los seguros, los negocios financieros, los negocios monetarios y los negocios inmobiliarios; servicios bancarios; cotizaciones en bolsa; finanzas corporativas, incluyendo el asesoramiento comercial relacionado con ventas y adquisiciones comerciales, servicios financieros relacionados con la salida a bolsa de empresas y la investigación de negocios de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Articulo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2021-3825 — Solicitud de registro de Marca de servicio - HLB - HLB INTERNATIONAL LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-3825 Fecha de presentación: 2021-07-27 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: HLB INTERNATIONAL LIMITED Domicilio: Lynton House 7-12 Tavistock Square London, WC1H 9LT, Reino Unido

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HLB

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración de negocios; funciones de oficina; contabilidad; servicios de contabilidad; auditoría interna y externa, contabilidad, investigación empresarial, provisión de información comercial y empresarial, análisis de costos y servicios de consultoría relacionados con los mismos; asistencia y asesoramiento en gestión empresarial; servicios de consultoría secretariales, eficiencia empresarial y de mercadeo; servicios de asesoramiento relacionados con fusiones, adquisiciones, franquicias y liquidaciones comerciales; servicios de asesoría tributaria y preparación de cuentas tributarias, investigación tributaria, asesoría tributaria, preparación de declaraciones tributarias; servicios de investigaciones comerciales; servicios de consultoría empresarial; servicios de organización y gestión empresarial; servicios de investigación empresarial; servicios de asesoramiento de gestión; servicios de consultoría de gestión que incluyen gestión empresarial, planificación y desarrollo organizacional, asesoramiento de proyectos, gestión de riesgos empresariales, gestión de procesos; servicios de consultoría organizaciones; contabilidad forense que incluye determinación e investigación de fraude; servicios de insolvencia empresarial; publicidad; investigación de mercado y estudios de mercado; gestión de riesgos de la información; elaboración de estados de cuenta; preparación de estados de cuenta; servicios de contabilidad de precios de costo; servicios de información comercial; servicios de consultas comerciales; servicios de reubicación para empresas; servicios de agencias de información comercial; servicios de asistencia de gestión comercial e industrial; servicios de previsión económica; servicios de expertos en eficiencia; servicios de preparación de nóminas; servicios de información estadística; provisión de información en el campo de la gestión empresarial y la administración de empresas, todos los servicios antes mencionados estando disponibles en línea, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

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Aviso No. 2021-2975 — Solicitud de registro de Marca de servicio - GRAPHISOFT A NEMETSCHEK - GRAPHISOFT SE Zrt

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2975 Fecha de presentación: 2021-06-16 Fecha de emisión: 8 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: GRAPHISOFT SE Zrt. Domicilio: Záhony utca 7. Budapest 1031, Hungría

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRAPHISOFT A NEMETSCHEK COMPANY

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: La marca se protege en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra COMPANY.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de negocios y publicidad relacionados con computadores, hardware y software; órdenes de correo y servicios de distribución en línea en los campos de software de computadora; servicios de licencias; preparación y ejecución de ferias comerciales de productos relacionados con software y hardware de computadora; servicios de venta al por menor y por mayor en relación con software de ordenador; software de visualización gráfica en dos y tres dimensiones, en particular para diseño asistido por ordenador, animación, simulación, publicación, búsqueda de documentos, simplificación geométrica, supervisión y vigilancia a distancia; software de imagenología; software de mantenimiento; software de presentación de información sobre productos industriales, sobre su fabricación, utilización, mantenimiento y documentación; software de diseño de juegos; software de juegos; software de gestión de bases de datos; software educativo; software de formación, a saber, software didáctico de formación lingüística, software didáctico multimedia de formación lingüística, software pedagógico para niños, software de procesamiento de textos; software de enseñanza, en particular de enseñanza de técnicas de visualización gráfica en dos y tres dimensiones; cd, a saber, cd vírgenes, cd pregrabados con representaciones gráficas en dos y tres dimensiones, cd con juegos informáticos, dvd, a saber, dvd vírgenes, dvd con representaciones gráficas en dos y tres dimensiones, dvd con juegos informáticos, minidiscos, a saber, minidiscos compactos vírgenes, minidiscos pregrabados con representaciones gráficas en dos y tres dimensiones, minidiscos compactos con juegos informáticos y disquetes, a saber, disquetes vírgenes y disquetes con representaciones gráficas en dos y tres dimensiones; servicios de consultoría en materia de tecnología, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARTIZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2022., 9 y 24 E. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso No. 2021-2208 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - ESTANCIA - E. & J. Gallo Winery

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2208 Fecha de presentación: 2021-05-13 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: E. & J. Gallo Winery Domicilio: 600 Yosemite Boulevard, Modesto, California 95354, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO VALLE REAÑOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ESTANCIA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Vinos de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Articulo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-2209 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - MANISCHEWITZ - E. & J. Gallo Winery

Registro de la Propiedad Industrial

ESTANCIA Número de Solicitud: 2021-2209 Fecha de presentación: 2021-05-13 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: E. & J. Gallo Winery Domicilio: 600 Yosemite Boulevard, Modesto, California 95354, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO VALLE REAÑOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MANISCHEWITZ

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Vinos de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Articulo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-2685 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - LATIXA - Menarini International Operations Luxembourg S.A

Registro de la Propiedad Industrial

MANISCHEWITZ Número de Solicitud: 2022-2685 Fecha de presentación: 2022-05-19 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Menarini International Operations Luxembourg S.A. Domicilio: 1, Avenue de la Gare, Luxembourg, L-1611, Luxemburgo.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LATIXA

  • G)

    LATIXA

  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; preparaciones farmacéuticas indicadas en adultos como terapia adicional para el tratamiento sintomático de pacientes con angina de pecho estable que no están adecuadamente controlados o son intolerantes a las terapias antianginosas de primera línea (como los betabloqueantes y/o los antagonistas del calcio), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Articulo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-4723 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - SANTA CAROLINA - VIÑA SANTA CAROLINA S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4723 Fecha de presentación: 2022-08-12 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: VIÑA SANTA CAROLINA S.A. Domicilio: Til-Til 2228, Macul, Santiago, Chile.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SANTA CAROLINA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “SANTA CAROLINA” en su forma conjunta sin dar exclusividad a los términos de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Vinos de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Articulo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-7333 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - J&J - JOHNSON & JOHNSON

Registro de la Propiedad Industrial

SANTA CAROLINA __________ Número de Solicitud: 2021-7333 Fecha de presentación: 2021-12-29 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: JOHNSON & JOHNSON Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO VALLE REAÑOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN J&J

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos y preparaciones para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales, enfermedades autoinmunes e inflamatorias, enfermedades cardiovasculares y pulmonares, enfermedades del sistema nervioso central, enfermedades del sistema neurológico periférico, dolor, cuidado de heridas, enfermedades dermatológicas, enfermedades gastrointestinales, enfermedades infecciosas, enfermedades relacionadas con infecciones, enfermedades metabólicas, enfermedades oncológicas, enfermedades oftálmicas, enfermedades respiratorias, ulceras digitales y enfermedades cerebrovasculares; ansiolíticos; antialérgicos; antiinfecciosos; alimentos y sustancias dietéticas adaptadas para uso médico; suplementos dietéticos para seres humanos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Articulo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-1373 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - EL CHARRO - ASFRASA DE HONDURAS, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1373 Fecha de presentación: 2022-03-10 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASFRASA DE HONDURAS, S.A. Domicilio: EDIFICIO 504, LOCAL #7, BARRIO BARANDILLAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JORGE ISAAC FLORES REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL CHARRO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Arroz blanco, arroz precocido, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1374 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - EL CHARRO - ASFRASA DE HONDURAS, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1374 Fecha de presentación: 2022-03-10 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASFRASA DE HONDURAS, S.A. Domicilio: EDIFICIO 504, LOCAL #7, BARRIO BARANDILLAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JORGE ISAAC FLORES REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (31)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL CHARRO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Frijol negro, frijol rojo, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1367 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - MICHI - ASFRASA DE HONDURAS, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1367 Fecha de presentación: 2022-03-10 Fecha de emisión: 6 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASFRASA DE HONDURAS, S.A. Domicilio: EDIFICIO 504, LOCAL #7, BARRIO BARANDILLAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JORGE ISAAC FLORES REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MICHI

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Leche de avena, de la clase 29 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1368 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - MICHI - ASFRASA DE HONDURAS, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1368 Fecha de presentación: 2022-03-10 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASFRASA DE HONDURAS, S.A. Domicilio: EDIFICIO 504, LOCAL #7, BARRIO BARANDILLAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JORGE ISAAC FLORES REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MICHI

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Avena en hojuela, avena molida, avena en harina, de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-1371 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - DOÑA ANA - ASFRASA DE HONDURAS, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1371 Fecha de presentación: 2022-03-10 Fecha de emisión: 30 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASFRASA DE HONDURAS, S.A. Domicilio: EDIFICIO 504, LOCAL #7, BARRIO BARANDILLAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JORGE ISAAC FLORES REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOÑA ANA

  • G)

    G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lentejas, garbanzo, aceite vegetal, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1375 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - EL TESORO - ASFRASA DE HONDURAS, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1375 Fecha de presentación: 2022-03-10 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASFRASA DE HONDURAS, S.A. Domicilio: EDIFICIO 504, LOCAL #7, BARRIO BARANDILLAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JORGE ISAAC FLORES REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL TESORO

  • G)

    G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Arroz entero, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1372 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - DOÑA ANA - ASFRASA DE HONDURAS, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1372 Fecha de presentación: 2022-03-10 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASFRASA DE HONDURAS, S.A. Domicilio: EDIFICIO 504, LOCAL #7, BARRIO BARANDILLAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JORGE ISAAC FLORES REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOÑA ANA

  • G)

    G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Popcorn, poporopos, palomitas de maíz, rosetas de maíz, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1370 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - DON TUNO - ASFRASA DE HONDURAS, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1370 Fecha de presentación: 2022-03-10 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASFRASA DE HONDURAS, S.A. Domicilio: EDIFICIO 504, LOCAL #7, BARRIO BARANDILLAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JORGE ISAAC FLORES REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DON TUNO

  • G)

    G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Arroz precocido, arroz blanco, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-5327 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - VUSE GO MAX SMOOTH BLEND - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5327 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED. Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO MAX SMOOTH BLEND

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se reclaman derechos exclusivos sobre la palabras “SMOOTH BLEND”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rape con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-5331 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - VUSE GO MAX BERRY WATERMELON - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5331 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 1 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED. Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO MAX BERRY WATERMELON

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se otorga exclusividad sobre las palabras “BERRY WATERMELON”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rape con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-5328 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - VUSE GO GRAPE ICE - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5328 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 1 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED. Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO GRAPE ICE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se le otorga exclusividad sobre la palabras “GRAPE ICE”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rape con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-5334 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - VUSE GO MAX WATERMELON ICE - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5334 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 5 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED. Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO MAX WATERMELON ICE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se le otorga exclusividad sobre la palabras “WATERMELON ICE”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rape con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-6707 — Solicitud de registro de Nombre comercial - WALTER REINIERY CASTELLANOS SAUCEDA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-6707 Fecha de presentación: 2022-11-11 Fecha de emisión: 11 de enero de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: WALTER REINIERY CASTELLANOS SAUCEDA. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JUAN MANUEL ALEMAN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se le concede el uso exclusivo del término “COFFEE”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Empresa dedicada a la venta, comerciali- zación y exportación de café, sucedáneos del café, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-6701 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - WACA - WALTER REINIERY CASTELLANOS SAUCEDA

Registro de la Propiedad Industrial

WACA COFFEE Número de Solicitud: 2022-6701 Fecha de presentación: 2022-11-10 Fecha de emisión: 11 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: WALTER REINIERY CASTELLANOS SAUCEDA. Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JUAN MANUEL ALEMAN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN WACA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se protege el término “COFFEE” presente en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café; sucedáneos del café, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2022-1525 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - GALEANO, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1525 Fecha de presentación: 2022-03-17 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GALEANO, S.A. Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL KARLA PAOLA CASCO CASTRO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: No se reivindica el término “HONDURAS”.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café, rosquillas, semitas (pan), tamales, churros, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023

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Aviso

Aviso No. 2021-5118 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - Hard Rock Limited

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-5118 Fecha de presentación: 2021-09-29 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Hard Rock Limited. Domicilio: 26 New Street, St. Helier, Jersey JE2 3RA., Islas del Canal.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Software y aplicaciones informáticas de juegos electrónicos descargables y no descargables para su uso en teléfonos móviles, ordenadores móviles, ordenadores personales y otros dispositivos eléctrónicos móviles; software descargable y no descargable, a saber, juegos de azar, juegos sociales, juegos gratuitos y apuestas deportivas gratuitas, juegos de casino y póquer a través de internet y de dispositivos inalámbricos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023 HARD ROCK SPORTSBOOK

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-4091 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - Nicoventures Holdings Limited

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4091 Fecha de presentación: 2022-07-11 Fecha de emisión: 12 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Nicoventures Holdings Limited Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: Con reivindicación del color, pantone 2348C, tal como se muestra en los ejemplares que se acompañan.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Sucedáneos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarillos electrónicos; cartuchos para cigarillos electrónicos; líquidos para cigarillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneo del tabaco para inhalar; snus con tabaco; rapé con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libre de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023.

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Aviso

Aviso No. 2022-3780 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - PROVIVA - MJN U.S. HOLDINGS LLC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3780 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 5 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MJN U.S. HOLDINGS LLC. Domicilio:2400 West Lloyd Expressway, Evansville, Indiana 47721-0002, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PROVIVA

  • G)

    PROVIVA

  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bebidas en polvo con fines nutricionales, suplementos dietéticos en polvo, leche en polvo con fines nutricionales, polvo premezclado en latas y sobres con fines nutricionales, bebidas enriquecidas con elementos nutricionales para uso médico suplementos nutricionales en tabletas y cápsulas blandas con elementos para uso médico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023.

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Aviso

Aviso No. 2022-970 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - LOWAN - Laboratorios Saval S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-970 Fecha de presentación: 2022-02-23 Fecha de emisión: 5 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N°. 4600, Renca, Santiago, Chile.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LOWAN

  • G)

    LOWAN

  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

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Aviso

Aviso No. 2022-971 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - LOXAVAL - LABORATORIOS SAVAL S.A

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-971 Fecha de presentación: 2022-02-23 Fecha de emisión: 5 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS SAVAL S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N°. 4600, Santiago, Chile.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LOXAVAL

  • G)

    LOXAVAL

  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Antihipertensivo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 Y 23 F. 2023.

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Aviso

Aviso No. 2022-242 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - SAINT-GOBAIN - COMPAGNIE DE SAINT-GOBAIN

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-242 Fecha de presentación: 2022-01-13 Fecha de emisión: 3 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: COMPAGNIE DE SAINT-GOBAIN Domicilio: Tour Saint-Gobain,12 place de 1’ Iris, 92400 Courbevoie, Francia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SAINT-GOBAIN

  • G)

    SAINT-GOBAIN

  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones y productos para pulir, limpiar, pulir, desengrasar, raspar, decapar; paño y papel para pulir, papel abrasivo; agentes abrasivos; carburo de silicón abrasivo, de la clase 3 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023. J.- Para Distinguir y Proteger: Antihipertensivos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2023. ______

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-5333 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - VUSE GO MAX BERRY BLEND - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5333 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 2 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: MIXTA D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL ( 34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO MAX BERRY BLEND G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga exclusividad sobre las palabras “BERRY BLEND” I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rapé con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24, E. y 8, 23 F. 2023.

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Aviso

Aviso No. 2022-5318 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - VUSE GO BLUEBERRY ICE - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5318 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO BLUEBERRY ICE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se reclaman derechos exclusivos sobre las palabras “BLUEBERRY ICE”.

  • I)

    Reinvindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rapé con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ Registro de la Propiedad Industria 24, E. y 8, 23 F. 2023.

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Aviso

Aviso No. 2022-5332 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - VUSE GO BERRY BLEND - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5332 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 2 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: MIXTA D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL ( 34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO BERRY BLEND G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le otorga exclusividad sobre las palabras “BERRY BLEND” I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rapé con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico). de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24, E. y 8, 23 F. 2023.

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Aviso

Aviso No. 2022-4692 — Solicitud de registro de Marca de servicio - CSL SEQIRUS - SEQIRUS UK LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4692 Fecha de presentación: 2022-08-10 Fecha de emisión: 14 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SEQIRUS UK LIMITED Domicilio: Point, 29 Market Street, Maidenhead, Berkshire, SL6 8AA, Reino Unido.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 86581 de la fecha 26/05/2022 de Jamaica.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (44)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CSL SEQIRUS CSL SEQIRUS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos; servicios de información médica; servicios de atención médica;servicios de información sobre atención de la salud;servicios de apoyo al paciente; suministro de información médica sobre productos sanguíneos; proporcionando información médica sobre vacunas, antídotos y productos de inmuno hematología, principalmente, reactivos de diagnóstico; servicios de apoyo a pacientes, específicamente, suministro de información médica de pacientes donde los pacientes pueden consultar sobre problemas y procedimientos médicos de otros pacientes y pueden transmitir información sobre sus experiencias médicas para apoyo y comunidad a través de una base de datos basada en internet de la clase 44 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industria 24, E. y 8, 23 F. 2023.

    La Gaceta 37

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Aviso

Aviso No. 2022-5324 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - VUSE GO STRAWBERRY ICE - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5324 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: MIXTA D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL ( 34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO STRAWBERRY ICE G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se reclaman derechos exclusivos sobre las palabras “STRAWBERRY ICE”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rapé con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 24, E., 8 y 23 F. 2023.

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Aviso

Aviso No. 2022-5319 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - VUSE GO BLUEBERRY ICE - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5319 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO BLUEBERRY ICE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se reclaman derechos exclusivos sobre las palabras “BLUEBERRY ICE”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rapé con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industria 24, E., y 8 y 23 F. 2023.

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Aviso

Aviso No. 2022-5322 — Solicitud de registro de Marca de fabrica - VUSE GO MENTHOL ICE - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5322 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: MIXTA D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL ( 34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO MENTHOL ICE G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se reclaman derechos exclusivos sobre las palabras “MENTHOL ICE”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rapé con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 24, E., 8 y 23 F. 2023.

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Certificación

Certificación No. 2022-5323 — Registro de Marca de Fábrica - VUSE GO MAX MENTHOL ICE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5323 Fecha de presentación: 2022-09-08 Fecha de emisión: 3 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUSE GO MAX MENTHOL ICE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se reclaman derechos exclusivos sobre las palabras “MENTHOL ICE”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; puros; cigarros; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; principalmente, ceniceros para fumadores, boquillas para cigarrillos, pipas de tabaco, pitilleras que no sean de metales preciosos, estuches para tabaco que no sean de metales preciosos, cortapuros; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; rapé con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industria 24, E., 8 Y 23 F. 2023.

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