JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de enero del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este Juzgado el Abogado JOSE JOAQUIN LIZANO CASCO, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada “QUIMICOS PARA LA SALUD S. DE R.L. DE C.V,” incoando demanda Contenciosa Administrativa vía Procedimiento Ordinaria, con orden de ingreso número 0801-2021-00070, en contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un Acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo, emitido por la Secretaria de Finanzas al no resolver el recurso de reposición. Sobre la resolución número A.L 531-2019, de fecha quince (15) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019), dentro del plazo que establece el artículo 43 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo por contener vicios de nulidad, anulabilidad como exceso de poder y desviación de poder.- Reconocimiento de la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para su pleno restablecimiento se ordene el pago del monto reclamado en concepto de pago de intereses por pagos tardíos conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Contratación del Estado.- condena especial en costas.- se acompañan documentos. ABG. GERARDO VERLAN CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 13 D. 2021 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO CERTIFICACIÓN EXCLUSIVO, otorgada en la Resolución Número 741- 2021 de fecha 22 de noviembre del año 2021, en relación al Certificado de Autorización de Venta otorgada por la empresa Concedente en fecha 18 de octubre del año 2021, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de DISTRIBUIDORa la Empresa SISTEMA SE IMÁGENES MÉDICOS, S. DE R.L. (SIMEDIC), como Concesionaria de la Empresa Concedente SHENZHEN CORERAY TECHNOLOGY CO., LTD., de nacionalidad china, de forma NO EXCLUSIVO; POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 31 de diciembre del año 2024; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; F. y S. MARIA ANTONIA RIVERA, Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO, Secretaría General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veinticinco de noviembre del año dos mil veintiuno. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 13 D. 2021
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de agosto del dos mil veintiuno (2021), interpuso demanda ante este Juzgado el señor Osear Rolando Martínez Martínez, con orden de ingreso número 0801-2021-00356, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, incoando demanda ordinaria contencioso administrativo, para que mediante sentencia definitiva se declare la nulidad de una Resolución definitiva o acto administrativo denegato rio que vulnera mis derechos fundamentales y laborales, dictada bajo la figura discriminación laboral por el Consejo de Servicio Civil.- Se exige pronta resolución en solicitud de reconocimiento de reclasificación de puesto de Oficial de Capacitación al de Asesor Legal a partir del 16 de julio del año 2019, con todo el reajuste salarial desde el 16 de julio de 2019 a la fecha de la sentencia de esta demanda, tal como lo determina el traslado que en este acto presento como medios de prueba.- Que se me reintegre a mi puesto como Asesor Legal de la Secretaria General tal como lo describe el traslado en mención, ratificado por la Subdirección General de Talento Humano Administrativo de la Secretaría de Educación en fecha 16 de julio de 2019.- Que se realice el reajuste salarial y reconozca la antigüedad laboral en la Secretaría de Educación conforme al Acuerdo Laboral No. 3091-SE-06, de fecha 12 de septiembre de 2006 al 2019.- Y que se me nivel e el salario de conformidad al arancel del Colegio de Abogados de Honduras correspondiente a un asesor legal.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada ordenando se dicten las medidas necesarias para que se me proporcione el pago y derecho a reclasificación, nivelación y reajuste salarial.- Se solicita arrastre de expediente 77-R-2021 de la Secretaría General de Educación.- Costas del juicio. Se acompañan documentos.- Poder. LIC CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 13 D. 2021 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abg. ALMA KARINA MEJIA SANCHEZ, actuando en representación de la empresa ZHEJIANG ZHONGSHAN CHEMICAL INDUSTRY GROUP CO., LTD, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: PANTO 96 EC, compuesto por los elementos: 96% S-METOLACHLOR. Toxicidad: “4” Grupo al que pertenece: CLOROACETAMIDA Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO EMULSIONABLE (EC) Formulador y País de Origen: ZHEJIANG ZHONGSHAN CHEMICAL INDUSTRY GROUP CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines,Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 25 DE NOVIEMBRE DE 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 13 D. 2021 ______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.