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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

26 abril 2019Edición No. 34,929

Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 0303-2017 — Delegar funciones de Asistente Técnico de la Dirección en Licenciada Edis Zulema López Padilla

Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

  2. 2.

    Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

  3. 3.

    Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente.

  4. 4.

    Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente, con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales.

  5. 5.

    Que ese órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios.

  6. 6.

    Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956

  7. 7.

    Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.

  8. 8.

    Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

  9. 9.

    Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

  10. 10.

    Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente.

  11. 11.

    Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente, con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales.

  12. 12.

    Que ese órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios.

  13. 13.

    Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.

  14. 14.

    Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.

  15. 15.

    Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

  16. 16.

    Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

  17. 17.

    Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente.

  18. 18.

    Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente, con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales. U D I-D EG T-U N AH

  19. 19.

    Que ese órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios.

  20. 20.

    Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.

  21. 21.

    Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.

  22. 22.

    Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

  23. 23.

    Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

  24. 24.

    Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente.

  25. 25.

    Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente, con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales.

  26. 26.

    Que ese órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios.

  27. 27.

    Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.

  28. 28.

    Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.

  29. 29.

    Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

  30. 30.

    Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

  31. 31.

    Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente.

  32. 32.

    Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente, con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales. U D I-D EG T-U N AH

  33. 33.

    Que ese órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios.

  34. 34.

    Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.

  35. 35.

    Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.

Articulo 1

Delegar en la Licenciada en Biología EDIS ZULEMA LOPEZ PADILLA, Analista Ambiental de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), con Identidad número 0303-1984-00314, funciones de Asistente Técnico de la Dirección, con la facultad de firmar, específicamente:

  • 1)

    Providencias de Cobro de Inspección;

  • 2)

    Providencias para Análisis de Información de Proyectos del Sistema Ambiental Simplificado en Estado de Consulta;

  • 3)

    Cálculo de Costos de Inspección para Proyectos que requieren más de una (01) gira de campo;

  • 4)

    Autos de salida de Expedientes y Memorandum;

  • 5)

    Controles y Seguimientos que no requieren Renovación, Categoría 2 y 3;

  • 6)

    Informes y Dictámenes para análisis de información, previo a emitir Dictamen de Viabilidad;

  • 7)

    Informes y Dictámenes de Proyectos de diferentes Sectores, Categoría 1, que solicitan evaluación, renovación, control y seguimiento;

  • 8)

    Informes y Dictámenes de Denuncias Ambientales;

  • 9)

    Pases de Salida y Justificaciones con documentación de respaldo;

  • 10)

    Oficios de Convocatoria de SINEIA.

Articulo 2

La Delegación de Firma de los documentos señalados, tendrá vigencia durante el periodo del primero (01) de febrero al veintinueve (29) de diciembre del corriente año dos mil diecisiete (2017).

Articulo 3

La ciudadana EDIS ZULEMA LOPEZ PADILLA, será responsable por el ejercicio de la facultad de firma que le ha sido delegada por dicho período.

Articulo 4

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 5

Hacer las transcripciones de Ley. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, el primer día (01) del mes de febrero del año dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JOSE ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE) NARCISO E. MANZANARES SECRETARIO GENERAL U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas ACUERDO No. 0304-2017 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGIA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS (MIAMBIENTE), EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. CONSIDERANDO: Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente. CONSIDERANDO: Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente, con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales. CONSIDERANDO: Que ese órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios. CONSIDERANDO: Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”. CONSIDERANDO: Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”. POR TANTO, En uso de sus atribuciones y en aplicación de los Artículos 36, numerales 8), 19), 116) y 118, numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 24, 34, del Decreto Ejecutivo No.PCM-008-97 de fecha 15 de junio de 1997, que contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; 1 y 6 de la Ley de Simplificación Administrativa. ACUERDA:

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Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 0359-2017 — Crear la Dirección General de Seguridad Radiológica como Autoridad Reguladora Nacional en Seguridad Radiológica

Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

  2. 2.

    Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

  3. 3.

    Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente.

  4. 4.

    Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente, con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales.

  5. 5.

    Que ese órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios.

  6. 6.

    Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.

  7. 7.

    Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación, las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.

  8. 8.

    Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

  9. 9.

    Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

  10. 10.

    Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente.

  11. 11.

    Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente, con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales. U D I-D EG T-U N AH

  12. 12.

    Que ese órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios.

  13. 13.

    Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.

  14. 14.

    Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.

Articulo 1

Delegar en la Licenciada en Biología NELSY GABRIELA MONDRAGON, Analista Ambiental de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), con Identidad número 0801-1979-06550, funciones de Asistente de la Dirección, con la facultad de firmar, específicamente: 1. Informes y Dictámenes de Proyectos de U D I-D EG T-U N AH Telefonía Celular para Proyectos Categorías 1, 2 y 3, que solicitan Evaluación, Renovación, Control y Seguimiento.

Articulo 2

La Delegación de Firma de los documentos señalados, tendrá vigencia durante el periodo del seis (06) de marzo al veintinueve (29) de diciembre del corriente año dos mil diecisiete (2017).

Articulo 3

La ciudadana NELSY GABRIELA MONDRAGON, será responsable por el ejercicio de la facultad de firma que le ha sido delegada por dicho período.

Articulo 4

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 5

Hacer las transcripciones de Ley. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, el primer (01) día del mes de marzo del año dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JOSE ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE) NARCISO E. MANZANARES SECRETARIO GENERAL Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas ACUERDO No. 0317-2017 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS (MIAMBIENTE), EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTÁ INVESTIDO, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. CONSIDERANDO: Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos hídricos, la energía y el ambiente. CONSIDERANDO: Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente, con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales. U D I-D EG T-U N AH CONSIDERANDO: Que ese órgano técnico, está integrado por un(a) Director(a), un(a) Subdirector(a) y un grupo de técnicos, interdisciplinarios. CONSIDERANDO: Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”. CONSIDERANDO: Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa, “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”. POR TANTO, En uso de sus atribuciones y en aplicación de los Artículos 36, numerales 8), 19), 116) y 118, numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 24, 34, del Decreto Ejecutivo No.PCM-008-97 de fecha 15 de junio de 1997, que contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; 1 y 6 de la Ley de Simplificación Administrativa. ACUERDA:

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Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 0330-2017 — Otorgar en calidad de préstamo bien inmueble ubicado en San Pedro Sula a Fundación Nacional Protectora de los Animales (FUNAPA) mediante Contrato de Comodato

Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

  1. 1.

    Que la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE), fue creada mediante Decreto No. 218-96, estableciendo que le concerniente la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la protección y aprovechamiento de los recursos hídricos, las fuentes nuevas y renovables de energía, todo lo relativo a la generación y transmisión de energía hidroeléctrica y geotérmica, así como a la actividad minera y a la exploración y explotación de hidrocarburos; lo concerniente a la coordinación y evaluación de las políticas relacionadas con el ambiente, los ecosistemas, el sistema nacional de áreas protegidas y parques nacionales y la protección de la flora y la fauna, así como los servicios de investigación y control de la contaminación en todas sus formas.

  2. 2.

    Que la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE), ente encargado de la conservación, restauración y manejo sostenible del ambiente y de los recursos naturales, cuya visión es promover a nivel nacional una gestión eficiente de protección ambiental participando en acciones públicas y privadas que contribuyan a preservar los recursos naturales.

  3. 3.

    Que el Reglamento del Decreto Legislativo 274-2010 de la Dirección General de Bienes Nacionales, en su artículo 141 manifiesta: Contratos con entidades Privadas. También se podrán celebrar contratos de comodato entre entidades y organismos del sector público y personas jurídicas del sector privado que por delegación o concesión realizada de acuerdo con la Ley, presten servicios públicos, favorezca el interés social se establezcan las correspondientes garantías y esté debidamente autorizado por la máxima entidad u organismo, de acuerdo con la Ley y este Reglamento. Los contratos de comodato con entidades privadas podrán renovarse siempre y cuando se cumplan las condiciones señaladas en el párrafo anterior y no se afecte de manera alguna el servicio público. Al fin de cada año, la institución Comodante evaluará el cumplimiento del contrato y de no encontrarlo satisfactorio, pedirá la restitución de la cosa prestada sin perjuicio de ejecutar las garantías otorgadas. La entidad comodante está obligada a incluir estipulaciones expresas que establezcan las condiciones determinadas en el párrafo precedente.

  4. 4.

    Que la Fundación Nacional Protectora de los Animales (FUNAPA), es una entidad civil, U D I-D EG T-U N AH sin fines de lucro, de duración indefinida, con personería jurídica y patrimonio propio, dedicada a la protección y lucha de contra la crueldad hacia los animales y contra las actividades que ponen en peligro de extinción a las especies.

  5. 5.

    Que a la Fundación Nacional Protectora de los Animales (FUNAPA), le concierne:

    • a)

      Fomentar el buen trato hacia los animales, tanto domésticos como silvestres o salvajes;

    • b)

      Atender de cualquier forma legal a su protección y defensa;

    • c)

      Procurar la cancelación de espectáculos sangrientos (pelea de gallos, perros y otros que se lleven a la práctica) a través de los organismos competentes;

    • d)

      Divulgar la conveniencia de desterrar los hábitos de violencia para con los animales;

    • e)

      Procurar una legislación proteccionista y que sus disposiciones sean aplicadas;

    • f)

      Promover la creación de refugios para animales no deseados o abandonados, coordinados con las autoridades municipales;

    • g)

      Vigilar la práctica de investigaciones que utilizan animales, Centros de Experimentación a fin de evitar los abusos a los animales;

    • h)

      Vigilar que la práctica de sacrificio de los animales domésticos para consumo humano sea con la tecnología apropiada;

    • i)

      Luchar porque no se practique el exterminio en masa de animales domésticos, silvestres o salvajes en coordinación con los entes estatales correspondientes;

    • j)

      Realizar campañas educativas para evitar el abandono y tenencia indebida de animales; así como difundir la idea proteccionista que nos mueve a todos;

    • k)

      Desarrollar actividades que, directa o indirectamente sea capaz de aportar ingresos que se destinarán íntegramente al cumplimiento de los fines sociales de la Fundación;

    • l)

      Establecer relaciones con las organizaciones internacionales que trabajen para la misma causa;

    • m)

      Denunciar abusos contra animales dedicados al trabajo, evitándoles la crueldad en su trato;

    • n)

      Promover esterilizaciones de animales a bajo costo, para dueños de escasos recursos económicos; o) Mantener fondos especiales para cubrir los gastos médicos a cualquier miembro que tenga algún tipo de accidente durante su trabajo gratuito para la Fundación, tal y como se establece en sus estatutos.

Articulo 1

Otorgar en calidad de préstamo, mediante la suscripción de un Contrato de Comodato, un bien inmueble propiedad de esta Secretaría de Estado, ubicado en la ciudad de San Pedro Sula, en el lugar denominado “El Playon”, departamento de Cortés a favor de la Fundación Nacional Protectora de Animales (FUNAPA), con el fin de prestar los servicios de protección y lucha contra la crueldad hacia los animales y contra las actividades que ponen en peligro de extinción a las especies; de igual forma el manejo de U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Ver como documento individual

Acuerdo

Acuerdo No. 0359-2017 — Préstamo de bien inmueble a Fundación Nacional Protectora de Animales (FUNAPA)

Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE)

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 36, numerales 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.

  2. 2.

    Que según el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

  3. 3.

    Que corresponde a la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE) la regulación y control de todas las actividades relacionadas con el uso de las fuentes de radiación ionizante, las cuales se han venido realizando a través del Departamento de Control Regulatorio y Seguridad Radiológica (DCSR), de la Dirección General de Energía (DGE).

  4. 4.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.006-2016 fue creada la Dirección General de Seguridad animales silvestres decomisados o hallados en abandono, para garantizar el interés social de la población hondureña. Artículo 2. La Fundación Nacional Protectora de los Animales (FUNAPA) tendrá en calidad de préstamo el bien inmueble, a partir de la suscripción del Contrato de Comodato hasta el 31 de diciembre del presente año. Artículo 3. El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce días del mes de marzo del dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE) NARCISO E. MANZANARES R. Secretario General U D I-D EG T-U N AH Radiológica (DGSR) con dependencia directa de esta Secretaría de Estado, quien será la Autoridad Reguladora Nacional en Seguridad Radiológica (ARNSR), y la que deberá contar con su respectiva estructura administrativa y funcional.

  5. 5.

    Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.

  6. 6.

    Que asimismo establece que “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.

Articulo 2

La Fundación Nacional Protectora de los Animales (FUNAPA) tendrá en calidad de préstamo el bien inmueble, a partir de la suscripción del Contrato de Comodato hasta el 31 de diciembre del presente año.

Articulo 3

El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce días del mes de marzo del dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE) NARCISO E. MANZANARES R. Secretario General U D I-D EG T-U N AH Radiológica (DGSR) con dependencia directa de esta Secretaría de Estado, quien será la Autoridad Reguladora Nacional en Seguridad Radiológica (ARNSR), y la que deberá contar con su respectiva estructura administrativa y funcional. CONSIDERANDO: Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”. CONSIDERANDO: Que asimismo establece que “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”. POR TANTO,

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Acuerdo

Acuerdo — Delegación de funciones de Director de la Dirección General de Seguridad Radiológica

Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE)

  1. 1.

    Delegar en el ciudadano JORGE EDGARDO FLORES HERRERA, Especialista Energético de la Dirección General de Energía, las funciones de Director de la Dirección General de Seguridad Radiológica (DGSR), en carácter interino, a partir del dos (02) de mayo al treinta (30) de junio del presente año, dos mil diecisiete.

  2. 2.

    El ciudadano JORGE EDGARDO FLORES HERRERA, tendrá los deberes y responsabilidades que la ley le señala en el ejercicio de sus competencias.

  3. 3.

    El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

  4. 4.

    Hacer las transcripciones de Ley. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JOSE ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE) NARCISO E. MANZANARES Secretario General U D I-D EG T-U N AH Presidencia de la República

Articulo 1

Delegar en el ciudadano JORGE EDGARDO FLORES HERRERA, Especialista Energético de la Dirección General de Energía, las funciones de Director de la Dirección General de Seguridad Radiológica (DGSR), en carácter interino, a partir del dos (02) de mayo al treinta (30) de junio del presente año, dos mil diecisiete.

Articulo 2

El ciudadano JORGE EDGARDO FLORES HERRERA, tendrá los deberes y responsabilidades que la ley le señala en el ejercicio de sus competencias.

Articulo 3

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 4

Hacer las transcripciones de Ley. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JOSE ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MIAMBIENTE) NARCISO E. MANZANARES Secretario General U D I-D EG T-U N AH Presidencia de la República

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Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 017-B-2019 — Gastos de Representación del ciudadano José Noé Cortés Moncada

Presidencia de la República

  1. 1.

    Que es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos, decretos, reglamentos y resoluciones conforme a Ley.

  2. 2.

    Que corresponde al Presidente de la República, entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública y dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional.

  3. 3.

    Que los Gastos de Representación dentro y fuera del país, son los montos que se determinan por gastos no liquidables, inherentes al ejercicio de sus funciones, los mismos son otorgados a los funcionarios acorde al cargo y sus responsabilidades. Estos gastos son distintos a los que se refiere el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje para Funcionarios y Empleados del Poder Ejecutivo.

  4. 4.

    Que los gastos de representación se pueden otorgar al Presidente de la República; Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado y Titulares de las Instituciones Descentralizadas y órganos Desconcentrados, siempre que estos funcionarios devenguen salario mensual igual o inferior al de los Secretarios de Estado.

  5. 5.

    Que mediante Acuerdo CD-IP No. 022-2015 de fecha 10 de agosto del año 2015, el Consejo Directivo del Instituto de la Propiedad nombró al ciudadano JOSÉNOÉCORTÉSMONCADA en el cargo de Secretario Ejecutivo del referido Instituto.

  6. 6.

    Que de conformidad con el Acuerdo Ejecutivo Número 023-2018, de fecha 16 de abril de 2018, el Presidente de la República, ciudadano JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO, delegó la facultad de firmar los Acuerdos de Gastos de Representación de Funcionarios, en la Subsecretaria de Estado en elDespacho de Coordinación General de Gobierno, MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARÁ.

Articulo 1

Autorizar Gastos de Representación para el ejercicio fiscal del presente año dos mil diecinueve (2019), al ciudadano JOSÉ NOÉ CORTÉS MONCADA, quien se desempeña en el cargo de Secretario Ejecutivo del Instituto de la Propiedad, por la cantidad de QUINCE MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.15,000.00) mensual.

Articulo 2

El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los once días del mes de febrero del año dos mil diecinueve (11.02.2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA U D I-D EG T-U N AH Sección “B” República de Honduras Programa Presidencial Ciudad Mujer

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Licitación

Licitación No. LPN-DNPPCM-03-2019 — Adquisición de Mobiliario de Oficina e Infantil para el Centro Ciudad Mujer Juticalpa

Programa Presidencial Ciudad Mujer

LPN-DNPPCM-03-2019 ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DE OFICINA E INFANTIL PARA EL CENTRO CIUDAD MUJER JUTICALPA

  • 1)

    El Programa Presidencial Ciudad Mujer, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-DNPPCM-03-2019 a presentar ofertas selladas para los “Adquisición de Mobiliario de Oficina e Infantil para el Centro Ciudad Mujer Juticalpa”.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos (FINA) Fideicomiso Unidad Administradora de Proyectos y Programas.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita que contenga información de teléfono, correo electrónico y dirección del contacto donde deseen se les haga llegar la información concerniente a este proceso, dirigida a Abog. Rosa de Lourdes Paz Haslam, Delegada Presidencial, Programa Presidencial Ciudad Mujer, a partir del 12 de abril de 2019 en un horario de 8:30A.M. a 4:30 P.M., acompañada además de un CD grabable nuevo o una Memoria USB nueva, para grabar la información. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Sesiones, Dirección Nacional Programa Presidencial Ciudad Mujer, colonia Kennedy, final segunda entrada, una y media (1 ½) cuadra antes de Estadio Emilio Larach, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras C.A., Teléfono 2228-2017, a más tardar a las 10:00 A.M., del día 24 de mayo de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 A.M., del 24 de mayo de 2019. Todas las Ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. ABOG. ROSA DE LOURDES PAZ HASLAM Delegada Presidencial Programa Presidencial Ciudad Mujer 26 A. 2019. CIUDAD MUJER POR UNA VIDA MEJOR

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Certificación

Certificación No. 1335-2018 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de Colonia Villa Santa Rosa

Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización

  1. 1.

    Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, con domicilio en la colonia Villa Santa Rosa, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, Honduras; la cual tendrá los Estatutos siguientes: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO ARTÍCULO

    • 1)

      Se constituye la organización cuya denominación será: “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA” jurisdicción en el municipio de Choluteca del departamento de Choluteca, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentos vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la colonia Villas de Santa Rosa, municipio de Choluteca, del departamento de Choluteca. ARTÍCULO

    • 2)

      El domicilio legal será en la colonia Villas de Santa Rosa, municipio de Choluteca, del departamento de Choluteca y tendrá operación en dicha Colonia, proporcionando el servicio de agua potable. ARTÍCULO

    • 3)

      Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución del agua construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS ARTÍCULO

    • 4)

      El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Colonia Villa Santa Rosa y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema. ARTÍCULO

    • 5)

      La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b. Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener Asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.-Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. ARTÍCULO

    • 6)

      Para el logro de los objetivos indicados, la Junta de Agua podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.-Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema.g.-Conservar,mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud o a conservar el sistema. CAPITULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS ARTÍCULO

    • 7)

      La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”, tendrá las siguientes categorías de miembros:

      • a)

        Fundadores; y,

      • b)

        Activos. Miembros U D I-D EG T-U N AH Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios. ARTÍCULO8.-Son derechos de los miembros:a.-Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe. ARTÍCULO 9.- Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO ARTÍCULO 10.- La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c) Comités de Apoyo integrado por: a) Comité de Operación y Mantenimiento; d) Comité de Saneamiento; e) Comité de Vigilancia. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS ARTÍCULO 11.- La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados. ARTÍCULO 12.- Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA ARTÍCULO 13.- Después de la Asamblea de Usuarios; la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento colonia Villa Santa Rosa”; y estará en funciones por un periodo de dos años pudiendo ser reelectos por un periodo más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.-Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Cuatro Vocales. ARTÍCULO 14.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo. c. Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua, evitando su contaminación. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados. ARTÍCULO 15.- Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d. Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora. ARTÍCULO16.-Son atribuciones del VICEPRESI- DENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General. ARTÍCULO17.-Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b. Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras. ARTÍCULO 18.- Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de:

        • a)

          manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos:

        • b)

          Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta U D I-D EG T-U N AH bancaria o del sistema cooperativista. d.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).- e.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. f.-Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. g.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. h.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda distribución de fondos. i.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos anual con copia a la Municipalidad. ARTÍCULO 19.- Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la Junta de Agua. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c. Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la Junta de Agua. ARTÍCULO20.-Son atribuciones de LOS VOCALES: a.-Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico. ARTÍCULO 21.- Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a) Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b) La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO ARTÍCULO 22.- La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Saneamiento. c.- Comité de Vigilancia. ARTÍCULO 23.- Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento al Alcalde auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO ARTÍCULO 24.- Los recursos económicos de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”, podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas. ARTÍCULO 25.- Los recursos económicos de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”, se ampliarán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPITULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN ARTÍCULO 26.- Causas de disolución: a.- Por Sentencia Judicial. b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Junta de Agua se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 27.- El ejercicio financiero de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”, coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República. U D I-D EG T-U N AH ARTÍCULO28.-Los programas,proyectos o actividades que la Junta de Agua ejecute no irán en detenimiento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último.

  2. 2.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAPOTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización; indicando el nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro de su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.

  3. 3.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, presentará anualmente ante el Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos.

  4. 4.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.

  5. 5.

    La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado,a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será: “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA” jurisdicción en el municipio de Choluteca del departamento de Choluteca, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentos vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la colonia Villas de Santa Rosa, municipio de Choluteca, del departamento de Choluteca.

Articulo 2

El domicilio legal será en la colonia Villas de Santa Rosa, municipio de Choluteca, del departamento de Choluteca y tendrá operación en dicha Colonia, proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución del agua construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Colonia Villa Santa Rosa y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b. Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener Asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.-Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la Junta de Agua podrá realizar las siguientes actividades:

  • a)

    Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias.

  • b)

    Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.-Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.-Conservar,mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud o a conservar el sistema. CAPITULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Articulo 7

La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”, tendrá las siguientes categorías de miembros:

  • a)

    Fundadores; y,

  • b)

    Activos. Miembros U D I-D EG T-U N AH Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros: a.-Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c) Comités de Apoyo integrado por: a) Comité de Operación y Mantenimiento; d) Comité de Saneamiento; e) Comité de Vigilancia. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

  • a)

    Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta.

  • b)

    Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.

  • c)

    Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 13

Después de la Asamblea de Usuarios; la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento colonia Villa Santa Rosa”; y estará en funciones por un periodo de dos años pudiendo ser reelectos por un periodo más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros:

  • a)

    Un Presidente(a).

  • b)

    Un Vicepresidente. c.-Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Cuatro Vocales.

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo. c. Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua, evitando su contaminación. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d. Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.

Articulo 16

Son atribuciones del VICEPRESI- DENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Articulo 17

Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b. Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 18

Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de:

  • a)

    manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos:

  • b)

    Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • c)

    Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta U D I-D EG T-U N AH bancaria o del sistema cooperativista.

  • d)

    Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).-

  • e)

    Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. f.-Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. g.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. h.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda distribución de fondos. i.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 19

Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la Junta de Agua. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c. Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la Junta de Agua.

Articulo 20

Son atribuciones de LOS VOCALES: a.-Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico.

Articulo 21

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a) Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b) La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 22

La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo:

  • a)

    Comité de Operación y Mantenimiento.

  • b)

    Comité de Saneamiento.

  • c)

    Comité de Vigilancia.

Articulo 23

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento al Alcalde auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 24

Los recursos económicos de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”, podrán constituirse:

  • a)

    Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados.

  • b)

    Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados.

  • c)

    Con las instalaciones y obras físicas del sistema.

  • d)

    Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 25

Los recursos económicos de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”, se ampliarán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPITULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 26

Causas de disolución:

  • a)

    Por Sentencia Judicial.

  • b)

    Por resolución del Poder Ejecutivo.

  • c)

    Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó.

  • d)

    Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Junta de Agua se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 27

El ejercicio financiero de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO COLONIA VILLA SANTA ROSA”, coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República. U D I-D EG T-U N AH ARTÍCULO28.-Los programas,proyectos o actividades que la Junta de Agua ejecute no irán en detenimiento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAPOTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización; indicando el nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro de su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, presentará anualmente ante el Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado,a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.

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Resolución

Resolución — Aprobación de Estatutos de Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento

Secretaría de Estado en el Despacho de Justicia

  1. 1.

    Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.

  2. 2.

    Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.

  3. 3.

    La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.

  4. 4.

    Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles para que emita la correspondiente inscripción.

  5. 5.

    De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA VILLA SANTA ROSA, MUNICIPIO DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el artículo 18 párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO DE JUSTICIA.WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los once días del mes de septiembre de dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 26 A. 2019 U D I-D EG T-U N AH

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Aviso

Aviso — Solicitud de autorización judicial para adopción de menor

Juzgado de Letras de Familia del Departamento de Francisco Morazán

JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de Familia, del departamento de Francisco Morazán, en cumplimiento a lo ordenado en el Artículo 176 del Código de Familia, reformado por Decreto Legislativo No. 13787, para los efectos legales, al público en general, HACE SABER: Que ante este Juzgado se han presentado los señores JOHN DAVID CARRETE Y MARI TARAH CARRERTE, mayores de edad, casados, de nacionalidad estadounidense, solicitando autorización judicial para adoptar al menor ISAAC PARKER RIVERA AGUILAR.- Se hace del conocimiento al público en general para el efecto de que cualquier persona con interés contrario a la presente adopción, pueda comparecer ante este Juzgado antes de dictarse sentencia, exponiendo las razones de su inconformidad. Tegucigalpa, a los ocho días del mes de abril del año dos mil diecinueve. ELISA AUXILIADORA MARTINES SECRETARIA, POR LEY 26 A. 2019. _______ JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN

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Edicto

Edicto No. 0801-2019-01817-CV — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor

Juzgado de Letras Civil, Departamento de Francisco Morazán

AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: que en este Despacho Judicial en la solicitud registrada con número 0801-2019- 01817-CV, de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR, presentada por la señora EMMA TROCHEZ AVILA, mayor de edad, hondureña y de este domicilio, contraído a Solicitar la Cancelación y Reposición de un Certificado de Depósito conocido como Título de Capitalización de cuatro (4) títulos del N°. 264768 al N°. 264771, por un monto cada uno de CINCO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.5,000.00), haciendo un total de VEINTE MIL LEMPIRAS (L. 20,000.00), emitidos en fecha cuatro (4) de febrero del 2016 y con fecha de vencimiento el cuatro (4) de febrero del 2019, suscrito por el Banco DAVIVIENDA HONDURAS, S.A., a favor de la señora EMMA TROCHEZ ÁVILA. Tegucigalpa, M. D. C., 2 de abril del 2019. MARILIA ESCOBAR MARTÍNEZ SECRETARIA ADJUNTA 26 A. 2019.

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Certificación

Certificación No. 2019-003866 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - ANI Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-003866 [2] Fecha de presentación: 25/01/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: D R CORPORACIÓN, S.A. [4.1] Domicilio: GUATEMALA, GUATEMALA, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ANI Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Confites y dulces.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: POLIVIO PARMENIDES CASTILLO ESCOTO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de marzo del año 2019. [12] Reservas: El diseño consiste en una niña, con vestido con los ojos venda dos, pegándole a una piñata redonda y cuatro picos, de donde le caen confites. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019.

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Certificación

Certificación No. 2018-039394 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - GLOBAL DESTINY Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-039394 [2] Fecha de presentación: 11/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: NOVAL CORPORATION, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GLOBAL DESTINY Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Transporte, embalaje y almacenaje de mercancía, organización de viajes.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: EDDY BROCATO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de marzo del año 2019 [12] Reservas: No se reivindica Sonriéndole a tu destino siempre. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019.

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Licitación

Licitación No. LPN-ENP-03/2019 — Reparación de Defensas y Pilotes Dañados en Muelle de San Lorenzo

Empresa Nacional Portuaria

Aviso de Licitación Pública República de Honduras EMPRESA NACIONAL PORTUARIA “REPARACIÓN DE DEFENSAS Y PILOTES DAÑADOS EN MUELLE DE SAN LORENZO” LPN-ENP-03/2019

  • 1)

    La Empresa Nacional Portuaria, invita a las empresas debidamente precalíficadas en el ramo de Obras Logísticas: (Ingenieros Calona de Honduras, S. de R.L. de C.V., Servicios de Mantenimiento y Construcción, S. de C.V. (SERMACO), Rodio Swissboring Honduras, S.A. Empresa de Construcción y Transporte Eterna, S.A. de C.V. Productos de Agregados y Derivados de Concreto, S.A. de C.V. (CONHSA PAYHSA), y Servicios para el Desarrollo de la Construcción, S. de R.L. de C.V. (SEDECO), a presentar ofertas selladas para la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN- ENP-03/2019 “REPARACIÓN DE DEFENSAS Y PILOTES DAÑADOS EN MUELLE DE SAN LORENZO”.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene del pago efectuado por la Compañía Aseguradora Bri tannia Steam Ship Insurance Association Limited, del buque MV Garnet Ace, por el accidente donde se dañó el muelle del Puerto de San Lorenzo, quedando sujeto el precio del contrato el monto que por tal efecto pagara la Aseguradora, y a las disposiciones legales fijadas en el Pliego de Condiciones.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratacíón del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el Edificio Administrativo de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en las Oficinas de Enlace en el tercer piso del edificio El Faro, una cuadra antes del Hospital Medical Center, colonia Las Minitas, Tegucigalpa, M.D.C., a partir de la fecha y en horario de 7:00 A.M. a 4:00 P.M., de lunes a jueves y el día viernes de 7:00 A.M, a 3:00 P.M., previo pago de L.500.00(QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honduras compras”, (www.hondu compras.gob.hn).

  • 5)

    Los participantes podrán realizar una visita al sitio del proyecto, siendo el punto de reunión las oficinas de la Superintendencia de la E.N.P. en San Lorenzo, Valle, el día 30 de abril de 2019 a las 10:00 A.M.

  • 6)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, tercer piso, edificio Tamec, en Puerto Cortés, departamento de Cortés, a más tardar el 14 de mayo 2019 a las 10:00 A.M., las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección indicada, en la fecha y hora arriba indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas una garantía de Mantenimiento de la oferta por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada.

  • 7)

    Únicamente se aceptarán ofertas de los interesados que hayan adquirido el documento de la presente licitación, siguiendo las instrucciones del numeral cuatro (4) del presente aviso. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 12 de abril de 2019. ING. FERMIN BOQUIN HERNANDEZ SUBGERENTE GENERAL 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso — Aviso de Renovación de Registro de Plaguicidas - MICRO PRO 200 C

Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. ALMA KARINA MEJÍA SÁNCHEZ, actuando en representación de la empresa KOPPERS PERFORMANCE CHEMICALS, INC., tendiente a que autorice la Renovación de Registro del producto de nombre comercial: MICRO PRO 200 C, compuesto por los elementos: CARBONATO DE COBRE 57.60%. Toxicidad: III Grupo al que pertenece: SAL CUPRICA Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: LÍQUIDO Formulador y País de Origen: KOPPERS PERFORMANCE CHEMICALS, INC./USA. Tipo de Uso: PRESERVANTE DE MADERA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 07 DE MARZO DE 2019 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) SENASA 26 A. 2019. ______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL TECNICA AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. ALMA KARINA MEJÍA SÁNCHEZ, actuando en representación de la empresa RAINBOW AGROQUIMICOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: CANDIDO 88 OL, compuesto por los elementos: FENPROPIMORPH 88.00%. En forma de: LÍQUIDO CATEGORIA TOXICO LOGICA: 5 TIPO DE FORMULACION: LÍQUIDO MISCIBLE GRUPO AL QUE PERTENECE: MORFOLINA Formulador y País de Origen: QUINGDAO RAINBOW CHEMICAL CO., LTD/CHINA Tipo de Uso: FUNGICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines,Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE MARZO DE 2019 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) SENASA 26 A. 2019. ______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL TECNICA AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. ALMA KARINA MEJÍA SÁNCHEZ, actuando en representación de la empresa RAINBOW AGROQUIMICOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: RE VOLVER PLUS 54 SL, compuesto por los elementos: GLYPHOSATE 54.00%. En forma de: LIQUIDO CATEGORIA TOXICO LOGICA: 5 TIPO DE FORMULACIÓN: CONCENTRADO SOLUBLE GRUPO AL QUE PERTENECE: FOSFONICO Formulador y País de Origen: SHANDONG WEIFANG RAINBOW CHEMICAL Co., LTD/CHINA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines,Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE MARZO DE 2019 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) SENASA 26 A. 2019.

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. ALMA KARINA MEJÍA SÁNCHEZ, actuando en representación de la empresa TESSENDERLO KERLEY COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: SUR ROUND AC 100 WP, compuesto por los elementos: 100% SILICATO SOLIDO INORGANICO CAOLIN. Toxicidad: 5 Grupo al que pertenece: N.A. Estado Físico: SOLIDO Formulador y País de Origen: TESSENDERLO KERLEY INC./ ESTADOS UNIDOS Tipo de Uso: PROTECTOR CONTRA QUEMADURA DE RAYOS SOLARESYESTRESTERMICOPARACULTIVOSAGRICOLAS. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines,Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 26 DE MARZO DE 2019 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) SENASA 26 A. 2019.

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Edicto

Edicto No. 0301-2017-00077 — Aviso de Publicación por Edictos - Solicitud de Autorización Judicial para Adopción

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Comayagua

AVISO DE PUBLICACIÓN POR EDICTOS El Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Comayagua, departamento de Comayagua, al público en general HACE SABER: Que en la SOLICITUD AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA ADOPTAR UNA NIÑA MEDIANTE EL PROCESO NO DISPOSITIVO EXPEDIENTE 0301-2017-00077, presentada por los señores DANIEL URQUIA IRIAS Y ERIKA ALEJANDRO MORALES SUAZO, mayores de edad, casados entre sí, de nacionalidad hondureña, con número de Identidad número 0309-1981-00105 y 0301-1983-01423, respectivamente, de profesión Bachiller Técnico en refrigeración el primero, Profesora de Educación Media en Ciencias Sociales la segunda, ambos con domicilio en el municipio de Lejamaní, departamento de Comayagua, ante usted respetuosamente comparece mos solicitando que previo a los trámites de Ley correspondientes, se nos conceda autorización judicial para adoptar a la niña GIMENA MARIA FLORES, quien se nos asignó por la Dirección de Niñez Adolescencia y Familia (DINAF) en sección número 04-2017, del Comité de Asignaciones, celebrada en fecha veintiocho de abril del año dos mil diecisiete, encontrándose dichos trámites en el expediente administrativo número AN-SG-035-15.- La niña GIMENA MARIA FLORES, ha permanecido en nuestro hogar desde que tenía cinco días de nacida, en calidad de familia solidaria y posteriormente en familia sustituta, por lo que desde el año 2013 hasta la fecha ha permanecido en nuestro hogar, considerándo la como nuestra hija, brindándole todo lo necesario, quien ha adquirido un fuerte vínculo familiar y emocional en nuestro hogar, por tal situación y pensando sobre todo en el INTERES SUPERIOR DE LA NIÑA, deseamos que nos autorice por este digno tribunal legalizar la Adopción, publicado en un diario impreso y en una radiodifusora por tres (3) veces con intervalo de diez (10) días hábiles, asimismo extiéndase el aviso para su debida publicación. Artículo 85 del Código Civil. NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO. ABOG. SELMA YADIRA BARAHONA SANTOS, JUEZ DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMYAGAUA. FIRMA Y SELLO. LIC. ANA MARGARITA BANEGAS, SECRETARIA. Y para los fines legales pertinentes, se extiende la presente publicación en la ciudad de Comayagua, departamento de Comayagua a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho. ABOG. ANA MARGARITA BANEGAS SECRETARIA 26 A. 2019. _____ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés

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Aviso

Aviso No. 0501-2019-00023-LAO — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - Cervecería Hondureña contra Municipalidad de Roatán

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintinueve de marzo del año dos mil diecinueve la Abogada ROSANGEL SANDOVAL CARRASCO, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil Cervecería Hondureña, S.A. de C.V., interpone demanda con número de ingreso 0501-2019-00023-LAO.- Contra la Municipalidad de Roatán, departamento de Isla de la Bahía representado legalmente por el Alcalde Municipal señor JERRY DAVE HYNDS JULIO, para que se declare no ser conforme a derecho y se anule parcialmente un acto administrativo de carácter general consistente en el Acuerdo Municipal AMR-01- 2019, de fecha dieciocho de febrero del año dos mil diecinueve, emitido por la Corporación Municipal de la Municipalidad de Roatán, departamento de Isla de la Bahía y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Na 34,890, de fecha ocho de marzo del año dos mil diecinueve, específicamente la nulidad total de la enmienda número dos (02) por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente, que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que la enmienda número dos (02) del acuerdo impugnado no le sea aplicable al demandante. San Pedro Sula, Cortés, 11 de abril del año 2019. LICENCIADO: JUAN ANTONIO MADRID GUZMAN SECRETARIO 26 A. 2019.

Marcas de Fábrica

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Certificación

Certificación No. 2019-007122 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - FCA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-007122 [2] Fecha de presentación: 12/02/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FIAT CHRYSLER AUTOMOBILES N.V. [4.1] Domicilio: 25 ST. JAMES´S STREET, LONDON SW 1A 1HA, Reino Unido [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FCA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre; encendedores de cigarros para automóviles; bolsas de aire (dispositivos de seguridad para automóviles]; ejes de transmisión para vehículos terrestres; persianas de coche; amortiguadores de suspensión para vehículos, amortiguadores para automóviles; zapatos de frenos para vehículos; dispositivos antirrobo para vehículos; reposacabezas para asientos de vehículos; ejes para vehículos; enganches de remolque para vehículos; carros deportivos; autobuses de motor; autobuses comerciales de motor; carros, automóviles; alforjas adaptadas para ciclos; barras de torsión para vehículos; bielas para vehículos terrestres, distintas a las partes de motores y máquinas; cajas de cambios para vehículos terrestres; tubos interiores de neumáticos; furgonetas [vehículos]; capotas para vehículos; capotas de automóviles; carrocerías para vehículos; cadenas antideslizantes; cadenas de transmisión para vehículos terrestres; cadenas motrices para vehículos terrestres; cadenas de automóviles; bloques de freno para vehículos; aros para llantas de vehículos; llantas para vehículos; llantas para automóviles; arneses de seguridad para asientos de vehículos; cinturones de seguridad para asientos de vehículos; circuitos hidráulicos para vehículos; convertidores de par para vehículos terrestres; cubiertas de neumáticos; cubiertas de llanta de repuesto; engranajes reductores para vehículos terrestres; tapacubos; discos de freno de vehículos; dispositivos antideslumbrantes para vehículos; dispositivos antideslizantes para neumáticos de vehículos; limpiaparabrisas para faros; frenos para vehículos; embragues para vehículos terrestres; revestimientos de frenos para vehículos; señales de dirección para vehículos; engranajes para vehículos terrestres; motores de conducción para vehículos terrestres; mecanismos de propulsión para vehículos terrestres; mecanismos de transmisión para vehículos terrestres; amortiguadores de muelles para vehículos; muelles de suspensión de vehículos; motores a reacción para vehículos terrestres; motores eléctricos para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres; cubos para ruedas de vehículos; parabrisas; guardabarros; parachoques de vehículos; parachoques para automóviles; pastillas de freno para automóviles; equilibrado res de neumáticos para vehículos; neumáticos de vehículos; bombas de aire [accesorios de vehículos]; portaesquís para su uso en vehículos; portaequipajes para vehículos; puertas para vehículos; radios de ruedas de vehículos; redes de equipaje para vehículos; espejos retrovisores; remolques [vehículos]; ruedas para vehículos terrestres; asientos de seguridad para niños, para vehículos; asientos de vehículos; bocinas para vehículos; alarmas antirrobo para vehículos; alarmas de retroceso para vehículos; spoilers para vehículos (cola de pato o alerones); tapones para tanques de gasolina [gas] de vehículos; chasis de vehículos; chasis de automóviles; limpiaparabrisas; turbinas para vehículos terrestres; válvulas para neumáticos de vehículos; vehículos eléctricos; vehículos militares para el transporte; ventanas para vehículos; volantes para vehículos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Andrea Ninoska Pereira Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 26 de febrero del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019.

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Certificación

Certificación No. 2019-007123 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - FCA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-007123 [2] Fecha de presentación: 12/02/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FIAT CHRYSLER AUTOMOBILES N.V. [4.1] Domicilio: 25 ST. JAMES´S STREET, LONDON SW 1A 1HA, Reino Unido [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FCA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Servicios de seguros; servicios financieros; negocios inmobiliarios; servicios bancarios; renta de apartamentos; administración de bienes inmuebles; administración de inmuebles; administración financiera; análisis financiero; consultoría en materia de seguros; consultoría financiera; fondos mutuos de inversión; emisión de tarjetas de crédito; factorización; servicios de garantías; información financiera; inversión de fondos; arreglo de alquiler de bienes raíces; arrendamiento con opción de compra [leasing]; renta de oficinas [bienes raíces]; corretaje de bienes raíces; corretaje de acciones, bonos y obligaciones; servicios de compraventa e intercambio de monedas; préstamos [financiación]; cotizaciones en bolsa; servicios de financiación; transferencia electrónica de fondos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Andrea Ninoska Pereira Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 26 de febrero del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019.

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Certificación

Certificación No. 2018-051838 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - ABRIL ET NATURE

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-051838 [2] Fecha de presentación: 11/12/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ABRIL ET NATURE S.L. [4.1] Domicilio: Polígono Industrial Pla de Palou 2, Calle palautordera 26, E-08401, España [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ABRIL ET NATURE [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Artículos de tocador, cosméticos y productos cosméticos, preparaciones para la limpieza y el cuidado del cuerpo, maquillaje, productos de maquillaje, jabones y geles, preparaciones para el aseo y cuidado del cabello, preparaciones y tratamientos para el cabello.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Andrea Ninoska Pereira Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 8 de marzo del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019. ABRIL ET NATURE

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Certificación

Certificación No. 18-13099 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Tencel y diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18-13099 2/ Fecha de presentación: 20-03-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Lenzing Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Werkstr. 2,4860 Lenzing, Austria 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017278854 5.1 Fecha: 03/10/2017 5.2 País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interior 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Tenc el y diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Verde y Negro. 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Artículos de sombrerería; gorros de baño; bandanas [pañuelos para el cuello]; gorras de béisbol; boinas; sombreros con borlas; sombreros de señora; gorros de ducha; tocados de fiesta; sombreros fedora; fezes [gorros tradicionales de origen turco]; gorros tipo pescador; gorras de golf; hattas [sombrerería]; cofias [artículos de sombrerería]; boinas de lana; sombreros; armaduras de sombreros; solideos; gorros de water polo; capuchas; sombreros pequeños; gorros con nudo para bebés; gorros de cocinero; gorras y sombreros deportivos [que no sean cascos]; artículos de sombrerería infantil; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; yashmaghs [velo de las mujeres musulmanas]; mitras [ropa litúrgica]; sombreros de moda; gorros; viseras para gorras; viseras para el sol [artículos de sombrerería]; gorros para dormir; sombreros de papel [prendas de vestir]; gorros de papel para chefs; sombreros de papel para enfermeras; gorros para fiestas [prendas de vestir]; manguitos de piel; sombreros de piel; pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros para la lluvia; gorras de punto; gorras planas; gorras militares; sombreros de juncia (sugegasa); antifaces para dormir; velos; tocas [prendas de vestir]; boinas escocesas; bandas anti sudor de tenis; gorros de esquiar; sombreros para el sol; gorros y gorras para deportes; gorras de deporte; cintas para la cabeza; cintas para absorber el sudor de la frente; sombreros de playa; gorras de punto; pasamontañas; artículos de sombrerería de materias textiles térmicas; tocas [sombreros]; pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros de lana; sombreros de copa; prendas de vestir; prendas de noche; abrigos de noche; cuellos se para bles para kimonos (haneri); cuellos postizos; escudetes de axila [partes de prendas de vestir]; indumentaria de aikido; albas; chalecos de entrenamiento para fútbol americano; parkas; trajes [vestuario]; trajes de noche; trajes de mujeres; pajaritas; pantalones de vestir; monos de vestir; blusas; ropa de trabajo; monos de trabajo; delantales de trabajo; jerséis sin mangas; manto nes; calentadores de brazos [vestidos]; batas para doctores; pantalones de calentamiento; ropa hecha de piel; guantes para conducir; ajuares de bebé [prendas de vestir]; ajuares de bebé [prendas de vestir]; prendas de una sola pieza [body] para bebés; picar días [pijamas]; bragas para bebés; baberos de plástico para bebés; ropa de bebé para la parte superior del cuerpo; sacos de dormir para bebés [prendas de vestir]; bragas para bebés; ropa de bebé para la parte inferior del cuerpo; ajuares de bebé [prendas de vestir]; buzos de abrigo para bebés; trajes de baño; trajes de baño para señora; trajes de baño para caballeros; bañadores ajustados que tienen copas de sujetador; trajes de baño para caballero y señora; calzones de baño; trajes de baño; batas: trajes de baño; albornoces; pantalones cortos de baño; pantalones de baño; ropones (salidas) de baño; batines; trajes de ballet; vestidos de fiesta; sujetadores ban de a u [ropa interior]; uniformes de béisbol; calzoncillos térmicos; camisetas interiores térmicas; camisetas ombligueras; camisetas impresas; calentadores de piernas; ropa de cachemir a; ropa de cuero de imitación; ropa de lana; ropa para automovilistas; ropa de bebé; ropa para damas de honor; ropa de patinaje artístico; trajes de bautizo; prendas de vestir para la práctica del judo; prendas de vestir para niños; prendas de vestir para niños pequeños; ropa de niña; prendas de vestir de cuero para motociclistas; ropa de cuero; prendas de vestir de lino; ropa de papel; ropa de felpa; ropa de seda; ropa para artes marciales; ropa de hípica [excepto cascos de jinete]; vestuario teatral; ropa para pescadores; ropa para chico; vestuario para juegos de lucha libre; ropa prenatal; pantalones para estar por casa; bermudas; mañanitas; calcetines de cama; maillots; blazers; blusones; boas [bufandas]; leotardos; medias de cuerpo entero; bodis [ropa interior]; boleros; corbatas de cordón; cazadoras tipo bombera calzoncillos; vestidos de novia; albornoces [capas con capucha]; sujetadores; bustiers; chaquetas marineras; capas; pantalones pirata de mujer; abrigos cortos; pantalones de estilo militar; polainas (prendas de vestir); casullas; camisolines; cheongsams (vestidos de raso en estilo chino); albas; túnicas para coristas; prendas de noche; pantalones de pana; camisetas largas; ropa de mujer; lencería femenina; vestidos; ropa exterior de señora; bragas; ropa interior de mujer; ropa interior de mujer; chaquetas de plumas; chalecos de plumón; pantalones vaqueros; ropa interior de mujer; sobretodos; chaquetones de trabajo con refuerzo impermeable en los hombros; trajes de tres piezas [ropa]; trencas; pañuelos de bolsillo [prendas de vestir]; trajes de una pieza; monos de vestir; monos cortos [prendas de vestir]; ropa interior desechable; vestidos de patinaje; mallas deportivas; medias de lana; faldas plisadas para quimonos formales (hakama); disfraces [trajes]; vestidos de ceremonias para señoras; sujetadores deportivos transpirables; camisetas de deporte transpirables; pantalones de deporte transpirables; camisas de pesca; chaquetas de pescador; ropa polar; chalecos de forro polar; pajaritas; trajes de vuelo; trajes de noche de gala; ropa de etiqueta; fulares [prendas de vestir]; chaqués; trajes de chaqueta informales; camisas deportivas; pantalones ligeros; ropa informal; bragas tipo short; casacas de barbero; batines; reproducciones de equipaciones de fútbol americano; camisetas de fútbol americano; chalecos de entrenamiento para fútbol; bolsas para calentar los pies que no sean eléctricas, gabardinas [prendas de vestir]; galochas; polainas; chaqués; pantalones acolchados de deporte; camisetas acolchadas de deporte; shorts acolchados de deporte; prendas de punto; guantes de punto; chaquetas de punto; ropa interior de punto; jerséis tejidos con lana; prendas de vestir tejidas; camisas tejidas; chaleco; polos; pantalones de golf; pantalones, camisas y faldas de golf; faldas de golf; mallas; ropa de gimnasia; calcetines cortos; disfraces para halloween (víspera de todos los santos); tirillas; artículos para llevar en el cuello; fulares; braga de cuello; calentadores de muñeca; guantes [prendas de vestir]; guantes para monos acuáticos; guantes para ciclistas; guantes con puntas conductor as que pueden usarse al utilizar dispositivos electrónicos portátiles provistos de pantallas táctiles; guantes inc

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica - Ropa y calzado

Registrador de la Propiedad Industrial

luyendo los de piel, pellejo o cuero; calentadores de manos [prendas de vestir]; ropa para estar en casa; camisas hawaianas; camisas hawaianas abotonadas delante; canesúes de camisa; camisas; camisas para trajes; camisas con cuello; camisas de cuello abierto; camisas con botones; camisones; combinaciones [ropa interior]; camisas-chaqueta; pecheras de camisa; trajes para hombres; ropa de hombre; ropa exterior de caballero; calcetines de caballero; ropa interior de hombre; chalecos; vestidos de novia; chaquetas tipo leñador; canguros (suéteres con capucha); combinaciones; pantalones largos; pantalones de cuero; pantalones para niños; pantalones para niños; pantalones para personal de enfermería; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones de snowboard; trajes pantalón; faldas pantalón; medias-calcetín; tirantes; tirantes; ligueros de caballero; fajas [ropa interior]; fajas [ropa interior]; chaquetas; chaquetas que son prendas de vestir de deporte; chaquetas de forro polar; chaquetas de pesca; chaquetas con mangas; chaquetas sin mangas; chaquetas para snowboard; chaquetas impermeables; chaquetas, abrigos, pantalones y chalecos de caballero y de señora; forros para chaquetas; pantalones de caza; chaquetas de caza; chalecos de caza; camisas de caza; kimonos; prendas de tela vaquera [ropa]; pantalones vaqueros; chaquetas vaqueras; jerseys [prendas de vestir]; pantalones de montar; chándales de nailon; conjuntos de footing [ropa]; pantalones de chándal tipo sudadera; prendas para llevar en la parte superior para hacer footing; pantalones de chándal tipo sudadera; chaquetas heavy; chaquetones; uniformes de judo; caftanes; camisolas; uniformes de artes marciales; uniformes para deportes de combate; sudaderas con capucha; uniformes de karate; bufandas de cachemir a; equipos de kendo; uniformes caqui; faldas escocesas; faldas escocesas; kimonos; vestidos; mandiles; vestidos; batas para personal de enfermería; forros confeccionados [partes de prendas de vestir]; bolsillos de prendas de vestir; ropa de sport; bombachos; pantalones de senderismo; calcetines largos; calentadores de rodilla; juegos de top y culote [ropa]; ropa de confección; prendas superiores básicas de trajes tradicionales coreanos [jeogori]; chalecos tradicionales coreanos para señora [baeja]; abrigos coreanos [durumagi]; chalecos térmicos acolchados; corseletes; cubrecorsés; corsés; trajes [disfraces]; trajes de falda; disfraces para niños; trajes para usar en juegos de rol; cuellos; cuellos postizos; cuellos para vestidos; corbatas; corbatas pañuelo [ascots]; miriñaques; fajas de esmoquin; camisetas de manga corta o manga larga; camisas de manga corta; pantalon corto; pantalones de chándal tipo sudadera; enaguas cortas; gabán corto para quimono [haori]; capuchas [ropa]; batas de laboratorio; jerséis de manga larga; chalecos de manga larga; chaquetas largas; batas de dormir japonesas [nemaki]; quimonos largos (nagagi);

calzoncillos largos; baberos que no sean de papel; petos de caza; ropa para correr; chalecos para hacer footing; trajes de cuero; ropa de cuero; chaquetas de cuero; pantalones informales; calzas [leggings]; lencería; ropa interior absorbente del sudor; lencería para señora; chaquetas reflectantes; lencería femenina; libreas; prendas para cubrir trajes de baño; ropa exterior para niñas; manípulos [ropa litúrgica]; uniformes de deporte; puños [prendas de vestir]; abrigos; pellizas; abrigos de algodón; abrigos de tela vaquera [denim]; abrigos para señora; abrigos para hombre; mantillas; antifaces para dormir; máscaras para los ojos; trajes de marinero; corseletes; prendas de corsetería; mini faldas; monoquinis; batines; batas de descanso; trajes de motociclismo; guantes de motociclista; chaquetas de motociclismo; manguitos [prendas de vestir]; vestidos hawaianos [muu-muus]; camisones; trajes isotermicos; prendas para dormir; trajes de neopreno; saltos de cama [picar días]; medias cortas; ropa exterior de señora; ropa exterior; camisas de vestir; empeines de ratón tejido para sandalias de estilo japonés; blusas de tirantes; tops para ciclistas; tops con capucha; blusas de espalda des cubierta; cintas para abrigar las orejas; orejeras [prendas de vestir]; conjuntos de vestir; monos de trabajo; monos de trabajo; monos para personal de enfermería; sobre camisas; pareos; parkas; pelerinas; pieles [prendas de vestir]; pellizas; abrigos y chaquetas de piel; capas de piel; enaguas; polo los; polos; pantalones de pirata; delantales de plástico; culotes; polos; polos de punto; suéteres de cuello alto; suéteres [polos]; ponchos; suéteres; suéteres de cuello redondo; suéteres de cuello alto falso; suéteres con cuello en v; suéteres sin mangas [ropa]; bombachos; pijamas; partes inferiores de pijamas; ropa para ciclistas; pantalones para ciclistas; camisas de ramio; maillots de protección para deportes acuáticos; chubasqueros; ropa de lluvia; pantalones impermeables; abrigos impermeables; ponchos para la lluvia; guantes de equitación; pantalones de montar; chaquetas de montar; faldas; prendas superiores de cuello alto; cuellos vueltos [ropa]; camisetas de cuello alto; suéteres de cuello alto; camisetas de rugby; pantalones cortos de rugby; camisetas de rugby; chaquetas de safari; saris; sarongs [pareos]; zamarras; abrigos de piel de oveja; protectores para cuellos de prendas de vestir; bufandas [vestidos]; chales [sólo de punto]; chales y pañuelos de cabeza; chales y estolas; fajas [bandas]; bandas faja para quimonos [obi]; uniformes de árbitros; pijamas [sólo de punto]; prendas para dormir; camisones; máscaras para dormir; tops tipo tubo; velos (ropa); pañuelos de cuello de caballero; bragas; pantalones para la nieve; pañuelos para los hombros; toquillas [prendas de vestir]; uniformes escolares; delantales [prendas de vestir]; delantales de papel; bandas abdominales para embarazadas; batas de premamá; calcetines sudorífugos; medias absorbentes del sudor; bandas anti sudor; bandas de muñeca para el sudor; cintas para la cabeza; sobaqueras; calcetines antitranspirantes; cintas para absorber el sudor de la frente; uniformes de enfermera; pantalones de baño; corbatas de seda; bufandas de seda; sostenes adhesivos; capas de peluquería; chaquetillas; vestidos de tubo; camisetas de cuello alto falso; camisas y pantalones cortos a juego (lencería); petos cortos; shorts; pantalones cortos tipo chándal; bragas altas tipo short y [ropa interior]; trajes para la nieve; trajes de esquí de competición; guantes de esquí; pantalones de esquí; chaquetas de esquí; ropa de esquí; pasamontañas para esquí; mallas cortas reforzadas con protectores; slips; fajas de esmoquin; esmoquin; esmóquines; trajes de snowboard; guantes de snowboard; calcetines estilo japonés (tabi); calcetines y medias; ligas para calcetines; sujetadores sin aros; vestidos veraniegos sin mangas para señora; ropa de protección solar; monos cortos [ropa]; picar días (baby doll); chándales; ropa de deporte [exceptuando los guantes de golf]; ropa de deporte; sujetadores de deporte; camisas deportivas; camisas deportivas de manga corta; pantalones de deporte; chaquetas deportivas; calcetines de deporte; camisetas de deporte; jerséis deportivos y pantalones para el deporte; chándales; chalecos de atletismo; guardapolvos; chaquetas acolchadas [prendas de vestir]; chalecos acolchados; baberos de tela; baberos de tela para adultos; cuerdas de ajuste para quimonos (datejime); peleles; camisas braga para niños y bebés; ropa de playa; batas de playa; pantalones elásticos; prendas de punto; camisas de punto; re becas; tangas; ligas [ropa interior]; medias; medias absorbentes del sudor; refuerzos de talón para medias; faja panty; pantis; mallas [prendas de calcetería]; medias sin pie; prendas de mediería; calcetines sin pie; ropa de surf; suspenso rios [lencería]; suéteres; pantalones de chándal; chaquetas sudadera; sudaderas; pantalones cortos de chándal; trajes de taekwondo; ceñidores de cintura; camisetas de tirantes; ropa de baile; trajes de baile; tabardos; guantes de camuflaje; camisas de camuflaje; pantalones de camuflaje; chaquetas de camuflaje; chalecos de camuflaje; pantalones escoceses; prendas de vestir para jugar a tenis; camisas de tenis; vestidos de tenis; jerséis de tenis; faldas de tenis; pantalones cortos de tenis; calcetines de tenis; cinturones de materias textiles [prendas de vestir]; thobes [túnicas árabes]; trajes de teatro; calcetines térmicos; ropa interior térmica; togas; tops [ropa]; trajes folclóricos; prendas de vestir japonesas tradicionales; tirantes de sostenes; mallas con tirantes; pichis; sujetador sin tirantes; camisetas de tirantes; ropa de gimnasia; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones cortos de chándal; tops de chándal; impermeables cruzados; culotes de tirantes; ropa de triatlón; prendas de punto; camisetas de deporte; trajes secos; camisetas [de manga corta]; pañuelos [ropa]; pañuelos de cuello; túnicas; turbantes; ropa de gimnasia; pantalones cortos de gimnasia; tutús; conjunto de dos piezas (twin sets); chaquetas exteriores corea nas que se llevan encima de las prendas básicas [magoja]; pañales-bragas (ropa); sobretodos; sobre pantalones; bufandas de cuellos; capotes; chales; ropa prenatal; ropa de dormir para embarazadas; lencería para embarazadas; uniformes; uniformes para uso comercial; uniformes de enfermera; uniformes de árbitros; prendas interiores de cuerpo entero; lencería; prendas interiores para bebés; ropa interior absorbente del sudor; tops (camisetas); camisetas interiores para quimonos [juban]; camisetas interiores para quimonos (koshimaki); prendas inferiores [ropa]; pantalones; camisolas interiores; enaguas; fajas para nudos obi (obiage-shin); pantalones de chándal; lencería; prendas de protección para la ropa; chaquetas de traje; camisetas de voleibol; ropa con aislamiento térmico; chaquetas de calentamiento; tops de calentamiento; ropa resistente a la intemperie; trajes impermeables para motociclistas; capas impermeables; ropa para exteriores impermeable; escarpines de inmersión; pantalones impermeables; chaquetas impermeables; chubasqueros [ropa]; trajes de esquí acuático; ropa blanca de chefs; batas blancas para su uso en hospitales; caftanes; sudaderas; chaquetas reversibles; chalecos; chalecos de cuero; corta vientos; ropa resistente a la intemperie; ropa de agua para navegar; calzas y polainas; cinturones para envolver para quimonos [datemaki]; pareos; pareos; pañales [envolturas de bebés]; petos de esquiar; prendas de vestir cortaviento; trajes cortaviento; pantalones cortaviento; jerséis cortaviento; chalecos de viento; guantes de invierno; abrigos de invierno; prendas de mediería; ropa resistente a condiciones climáticas externas; calcetines de lana; pantalones de yoga; camisetas de yoga; trajes de espaldas y pantalones anchos [trajes zoot]; escudetes [partes de prendas de vestir]; escudetes para bañadores [partes de prendas de vestir]; escudetes para calcetines salvapiés [partes de prendas]; escudetes para leotardos [partes de prendas de vestir]; escudetes para medias [partes de prendas de vestir]; escudetes para mallas [partes de prendas de vestir]; escudetes para ropa interior [partes de prendas de vestir]; calzado; tacones; contrafuertes para calzado; botitas (calzado de lana para bebés); zapatillas de baño; calzado de señora; plantillas de calzado; alpargatas; plantillas para el talón; zapatos planos; tacones repujados de caucho o de materiales plásticos; plantillas repujadas de caucho o de materiales plásticos; antideslizantes para calzado; patucos; calcetines-zapatilla; contrafuertes para zapatos; calcetines interiores para calzado; zapatos para correr, calzado para niños; zapatillas de cuero; zapatos de cuero; zapatos de lona; zapatos náuticos; empeines de sandalias de estilo japonés; patucos, manoletinas [calzado]; viras de calzado; botas de agua; calzado para montar; calzado para montar; tiras para zapatos; botas de rugby; babuchas y sandalias de mujer (mutes); zapatos sin cordones; zapatos; calzado de atletismo; zapatos informales; calzado para jugar al futvóley (voleibol de pie); calzado con cierre de gancho y rizo; zapatos de tacón alto; calzado de montañismo; plantillas que no sean ortopédicas; palas de zapatos; suelas [calzado]; cubrezapatos, no para usos médicos; palas de calzado; zapatos para snowboard; suelas de zapato; suelas de zapatillas; suelas para sandalias estilo japonés; alpargatas; zapatos de baile; zapatos de baile de salón; zapatillas de tenis; zapatillas de deporte; punteras de calzado; botas de pesca impermeables; calzado impermeable; botas de invierno; zapatillas de yoga; sandalias japonesas [zori]; lengüetas para zapatos y botas; suelas intermedias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-05-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 3717-19 — Solicitud de registro de marca de servicio - COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3717-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; publicidad por correo; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; difusión de materiales publicitarios (folletos, prospectos, materias impresas, muestras); organización de suscripciones de periódico para terceros; organización de suscripciones a servicios de telecomunicaciones [para terceros]; consultoría de gestión y organización comercial; consultoría de gestión y organización de comercial, en particular para profesionales de las industrias de llantas neumáticas y de automóviles; gestión de ficheros informatizados; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; publicidad en línea en una red informática; alquiler de tiempo publicitario en medios de comunicación; publicación de textos publicitarios; alquiler de espacios publicitarios; difusión de materia publicitaria; organización y realización de operaciones empresariales promocionales y publicitarias con fines de desarrollo de fidelización de clientes; organización y realización de estudios de mercado; ingreso, procesamiento, sistematización y compilación en bases de datos informáticas de información y datos relacionados con la gestión de vehículos y de neumáticos, ubicación de vehículos e itinerarios viales; investigación y recuperación de información de negocios informatizada; proveer información comercial y asesoramiento comercial sobre la selección de llantas neumáticas y las técnicas y prácticas de manejo; información y asesoramiento comercial relacionado con la gestión de neumáticos, a saber, la elección, el mantenimiento, la reparación, el recauchutado, la sustitución y el monitoreo de la presión de los neumáticos de una flota de vehículos; información comercial y asesoramiento relacionado con la ubicación de vehículo; organización y realización de exposiciones para demostrar la conducción de vehículos de motor bajo diversas condiciones de conducción, de carretera y de llantas, con fines comerciales; servicios minoristas y mayoristas en relación con neumáticos de vehículos, tubos interiores (cámaras de aire), válvulas de neumáticos y partes de vehículos; servicios minoristas y mayoristas en línea en relación con neumáticos de vehículos, tubos interiores (cámaras de aire), válvulas de neumáticos y partes de vehículos; patrocinio y mecenazgo publicitario y comercial; servicios de relaciones públicas para fundaciones y otros establecimientos dedicados a la investigación, formación y educación industrial, acciones sociales y humanitarias, salud, cultura, conservación del patrimonio, protección del medio ambiente, deporte; consultoría relacionada con la gestión, la estrategia, la gestión de la organización de las empresas y de sus empleados; asesoramiento administrativo, información vinculada al desarrollo del empleo y a la integración profesional y social; organización de exposiciones con fines comerciales y publicitarios, servicios de ayuda doméstica para personas, a saber, asistencia para completar procedimientos administrativos; servicios de apoyo y de monitoreo para la búsqueda de empleo y la integración profesional y social (asesoramiento sobre empleo); consultoría en la gestión empresarial organizacional para proyectos concernientes a la instalación de maquinaria para fabricación aditiva; servicios minoristas de piezas, de repuesto en los sectores nuclear, aeronáuticos, ferroviario, automotriz, médico y dental, producidas por fabricación aditiva. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01-02-19 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 3701-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3701-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Dispositivos de aviso de llantas neumáticas des infladas [neumáticos]; sistema electrónico de monitoreo de neumáticos para proporcionar información sobre los parámetros operacionales de una llanta de vehículo; celdas de combustible; sistemas de celdas de combustible y componentes para generadores eléctricos estacionarios o portátiles; cargadores para baterías eléctricas para vehículos; rectificadores de corriente eléctrica; convertidores, inversores y reguladores de voltaje eléctricos, todos para vehículos; programas informáticos y programas de consulta de bases de datos; aparatos de almacenamiento de información [eléctricos o electrónicos]; equipo y accesorios para el procesamiento de datos (eléctricos y mecánicos); software y aplicaciones para dispositivos móviles; software, bases de datos y hardware de computadora para la gestión de vehículos, de remolques y de llantas neumáticas; software y aplicaciones descargables para dispositivos móviles para sistemas de navegación (GPS, por sus siglas en Inglés); software informático social interactivo que permite el intercambio de información entre usuarios en el ámbito de la navegación, el clima, el transporte, el tráfico, los viajes, los restaurantes, las estaciones de servicio, los parques de vehículos, las zonas de descanso, los centros de reparación y de mantenimiento de vehículos; dispositivos para sistema de posicionamiento y sistema de posicionamiento global (GPS, por sus siglas en Inglés); software para computadoras y aplicaciones descargables para uso con dispositivos móviles utilizados especialmente como planificador de itinerarios de rutas, planificación de itinerarios de rutas para todo tipos de vehículos y a pie; software informático y aplicaciones descargables para uso con dispositivos móviles utilizados principalmente para gestionar información sobre turismo, transporte, tráfico, viajes, restaurantes, estaciones de servicio, parques de vehículos, áreas de descanso, centros de reparación y de mantenimiento de vehículos; software de computadora y aplicaciones descargables para uso con dispositivos móviles utilizados principalmente para proveer información y consejos sobre turismo, transporte, tráfico, viajes, restaurantes, estaciones de servicio, parques de vehículos, áreas de descanso, centros de reparación y de mantenimiento de vehículos; software descargable y aplicaciones para dispositivos móviles para sistemas de ayuda en línea en la preparación y planificación para viajes, itinerarios de viajes y visitas turísticas; software informático para desarrollar aplicaciones; bases de datos informáticas en el campo de planificación de rutas, de transporte y de tráfico, de viajes, de turismo, de restaurantes, de estaciones de servicio, de parques de vehículos, de áreas de descanso y de centros de reparación y de mantenimiento de vehículos; programas informáticos para acceder, navegar y buscar en bases de datos en línea; libros, revistas, publicaciones periódicas, resúmenes informativos, periódicos, reseñas y otras publicaciones, todas ellas en formato electrónico descargable; cables auxiliares de batería; manómetros; prendas de vestir para la protección contra el fuego; tapones de oído para los buzos; guantes de seguridad para protección contra accidentes y lesiones; triángulos de advertencia de averías de vehículos; protección para la cabeza; tiras reflectantes para vestir; máscaras para buceadores; lentes y gafas de sol (ópticas); agendas y asistentes personales digitales; cámaras, programas de videojuegos; calculadoras; alfombrillas para ratón; memorias USB; ratón (periférico de computadora); aparatos para ensayos (pruebas) de alcohol; impresoras. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-02-2019 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 3718-19 — Solicitud de registro de marca de servicio - COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3718-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de seguros; seguros para la indemnización del valor residual de neumáticos en caso de sustitución, comprometiéndose a pagar los costes del neumático o del vehículo, alojamiento de hotel o repatriación en el caso de una avería; inversión de capital; patrocinio financiero y mecenazgo; recaudación de fondos caritativos; recaudación de fondos, recolección y distribución de donaciones a asociaciones, a organizaciones sin fines de lucro; financiación de estudios y proyectos en relación con la educación, la acción social y humanitaria, la salud, la cultura, la conservación del patrimonio, la protección del medio ambiente, el deporte; apoyo financiero para la investigación industrial, la capacitación y educación, los actos sociales y humanitarios, la salud, la cultura, la conservación del patrimonio, la protección del medio ambiente, el deporte; asistencia para facilitar la educación de adultos (financiación). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-01-2019 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 3704-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3704-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Neumáticos para ruedas de vehículos; cámaras de aire para neumáticos; peldaños para el recauchutado de neumáticos; pistas para vehículos de pista; suspensiones, ejes, resortes, amortiguadores de barras (partes de motocicletas), filtros de aire de motor, soportes elásticos anti vibración para vehículos, correas de oruga para vehículos terrestres, aletas para proteger neumáticos; ruedas, soportes de ruedas, pernos antideslizantes para neumáticos de vehículos; parches de goma adhesivos y parches para reparar tubos y neumáticos; válvulas de neumático; kits de reparación de neumáticos, a saber, equipos de reparación de neumáticos; kits de reparación de neumáticos; materiales de reparación de neumáticos para neumáticos; adornos, ruedas; cadenas antideslizantes para neumáticos; deflectores de lodo; sistemas de techo y equipaje para vehículos: asientos de seguridad para niños para vehículos; monturas para vehículos de dos ruedas y triciclos; cerraduras para vehículos; bolsas para vehículos de dos ruedas y triciclos; cochecitos de bebé; infladores para llantas; infladores (máquinas); escobillas limpiaparabrisas; portabicicletas para su usar en vehículos; portaesquís para usar en vehículos; fundas para neumáticos; fundas para bicicletas; tapacubos; empuñaduras para barras de manillares para bicicletas; cajas de agua para bicicletas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-02-2019 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 3721-19 — Solicitud de registro de marca de servicio - COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3721-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Asistencia en caso de avería de neumáticos del vehículo (remolque); servicio de repatriación por todos los medios, para personas y/o vehículos en caso de avería; almacenamiento de neumáticos o ruedas para vehículos; servicios de ubicación de vehículos; servicios de información relacionados con la ubicación de vehículos y remolques; transporte; información de transporte; logística de transporte; transporte de bienes; entrega de neumáticos y/o ruedas para vehículos y/o partes y accesorios para vehículos; organización de viajes y en particular, mediante la transmisión en línea de itinerarios viales, accesibles a través de redes de comunicaciones mundiales (internet); suministro de información de carreteras, geográfica, de viajes, de mapeo, de navegación, de tráfico, de itinerarios de carreteras, de transporte y de puntos de interés a través de redes de telecomunicación y dispositivos móviles; servicios de navegación y de localización de vehículos por computadora a través del Sistema de Posicionamiento Global (GPS, por sus siglas en Inglés); servicios de consultoría y de información relacionados con el transporte por carretera, aire, mar y ferrocarril; información y asesoramiento en el ámbito del turismo, de la planificación de rutas, del transporte, del tráfico y viajes; transporte de equipos para operaciones de ayuda humanitaria y acciones solidarias; provisión de información y/o datos informáticos en el ámbito de la planificación de rutas, del transporte y tráfico, de viajes, de turismo (viajes). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-01-2019 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 3036-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - POPOTITOS Y DISEÑO

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3036-19 2/ Fecha de presentación: 22/01/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: 12 Av. Sur #111, Soyapango, EL SALVADOR. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: POPOTITOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Palomitas de maíz con sal. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Oswaldo Guzman Palau

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01-02-19 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 5428-19 — Solicitud de registro de expresión o señal de propaganda - PONLE SABOR

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 5428-19 2/ Fecha de presentación: 04-02-2019 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: PEPSICO, INC. 4.1/ Domicilio: 700Anderson Hill Road, Purchase, New York 10577, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Carolina del Norte

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PONLE SABOR 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con el Reg. No. 94406 de la marca LAY´S en clase 29. 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Julia R. Mejía

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-02-2019 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 3728-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - LEGADO

Registrador de la Propiedad Industrial

PONLE SABOR 1/ Solicitud: 3728-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Cervecería Hondureña, S.A. de C.V. 4.1/Domicilio:Barrio Guadalupe,Blvd.del Norte,Carretera salida a Puerto Cortés,San Pedro Sula,HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LEGADO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Stephanie Cruz Anderson

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-02-2019 12/ Reservas: Unicamente para Cervezas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 52956-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - W STANDARD y Diseño

Registrador de la Propiedad Industrial

LEGADO 1/ Solicitud: 52956-18 2/ Fecha de presentación: 18-12-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ARMANDO RODRÍGUEZ 4.1/ Domicilio: El Progreso, Yoro, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: W STANDARD y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Preparaciones de limpieza para carburadores; preparaciones de limpieza para llantas; preparaciones de limpieza para rines de llantas; preparaciones de limpieza y pulido para llantas; preparaciones de limpieza y pulido para rines de llantas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-01-2019 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 3722-19 — Solicitud de registro de marca de servicio - COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3722-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 40 8/ Protege y distingue: Reciclaje de residuos; información sobre tratamiento de residuos; fabricación de materiales, incluyendo la fabricación de polvos y/o gránulos para uso en la fabricación aditiva; producción en masa de artículos y/o piezas de repuesto de vehículos producidas por tecnologías de fabricación aditiva; reciclaje de materiales utilizados para la fabricación aditiva; tratamiento de materiales, a saber, tratamiento de polvos y/o gránulos para uso en la fabricación aditiva de productos de materiales metálicos y/o materiales cerámicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/2/2019 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 2015-046191 — Solicitud de registro de marca de fábrica - MYHEP

Registrador de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2015-046191 [2] Fecha de presentación: 27/11/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MYLAN PHARMACEUTICALS PRIVATE LIMITED [4.1] Domicilio: PLOT No. 1-A/2 MIDC, INDUSTRIAL AREA TALOJA, RAIGAD (DIST) MAHARASHTRA-410 208, India. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: INDIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MYHEP [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de hepatitis crónica-c en adultos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 17 de enero del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 49997-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - VIRIDEM Y DISEÑO

Registrador de la Propiedad Industrial

MYHEP 1/ Solicitud: 49997-18 2/ Fecha de presentación: 27-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ILSA S.P.A. 4.1/ Domicilio: Via Roveggia, 31, Verona (VR), ITALIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ITALIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VIRIDEM Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Verde Claro y Verde Oscuro que se muestran en la etiqueta. 7/ Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Fertlizantes; abono de origen animal; gelatina para fines industriales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-01-2019 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 931-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - NO BOUNDARIES

Registrador de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 931-19 2/ Fecha de presentación: 9-enero-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC 4.1/Domicilio:702Southwest8th Street,Bentonville,Arkansas72716,ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NO BOUNDARIES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Gafas, a saber, gafas de sol, marcos para gafas y marcos oftálmicos y estuches para los mismos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-01-2019 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 13-2019 — Solicitud de registro de marca de fábrica - CARENS

Registrador de la Propiedad Industrial

NO BOUNDARIES 1/ Solicitud: 13-2019 2/ Fecha de presentación: 02-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Kia Motors Corporation 4.1/ Domicilio: 12, Heolleung-ro, Se ocho-gu, Seoul, REPUBLICA DE COREA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REPUBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CARENS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Automóviles; carros deportivos; furgonetas [vehículos]; camiones; autobuses; vehículos eléctricos; bicicletas; vehículos aéreos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11/1/19 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 43034-18 — Solicitud de registro de marca de servicio THISWORLD

Registro de la Propiedad Industrial

CARENS 1/ Solicitud: 43034-18 2/ Fecha de presentación: 11-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HERE STARTS, S.L. 4.1/ Domicilio: c/Eloy Gonzalo N° 27,28010 Madrid, ESPAÑA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS WORLD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios de puesta en red social en línea; acceso a un sitio web de internet con la finalidad de conexión en redes sociales; suministro de un sitio web de puesta en red social para fines de esparcimiento; servicios de internet relacionados con las redes sociales; servicios jurídicos; prestación de servicios sociales y suministro en el ámbito del desarrollo personal; servicios de redes sociales en línea; servicios en línea en redes sociales accesibles por medio de aplicaciones móviles descargables. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/Enero/2019 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019. THIS WORLD

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Aviso No. 3034-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica ELOTITOS Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3034-19 2/ Fecha de presentación: 22-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: 12 Av. Sur #111, Soyapango, EL SALVADOR. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ELOTITOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Granos de maíz tostados con sabor a barbacoa. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Oswaldo Guzmán Palau

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28/Enero/2019 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 4795-19 — Solicitud de registro de expresión o señal de propaganda PASIÓN QUE TE MUEVE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 4795-19 2/ Fecha de presentación: 30-01-2019 3/ Solicitud de registro de: EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: PEPSICO, INC. 4.1/ Domicilio: 700 Anderson Hill Road, Purchase, New York 10577, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Carolina del Norte

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PASIÓN QUE TE MUEVE 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con el Reg. No. 79312 de la marca PEPSI en clase 32. 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y jugos de frutas; jarabes y otros preparados para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Julia R. Mejía

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/Feb/2019 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019. _____ PASIÓN QUE TE MUEVE

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Aviso No. 3727-19 — Solicitud de registro de marca de servicio DISEÑO ESPECIAL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3727-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios de asistencia jurídica para la creación de negocios. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-02-2019 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 3726-19 — Solicitud de registro de marca de servicio DISEÑO ESPECIAL (clase 44)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3726-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios de ayuda doméstica para personas, a saber, asistencia con la higiene diaria; servicios de ayuda doméstica para personas, a saber, servicios de asistencia médica para personas necesitadas; asistencia médica para personas en dificultad. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/2/19 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 3725-19 — Solicitud de registro de marca de servicio DISEÑO ESPECIAL (clase 43)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3725-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de información y de consultoría relacionados al turismo (restaurantes y alojamiento), a la culinaria, a la gastronomía, a restaurantes y a la hospitalidad (productos alimenticios y bebidas alcohólicas y no alcohólicas); servicios de reserva de hotel y de restaurante; provisión de información y/o datos en los campos de la culinaria, la gastronomía, los restaurantes y el comercio hotelero; provisión de información y/o datos informáticos en el ámbito del turismo (alojamiento) y la gastronomía. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/2/19 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 2018-019516 — Solicitud de registro de marca de fábrica RUEDA FARMA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-019516 [2] Fecha de presentación: 07/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MARKATRADE INC. [4.1] Domicilio: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS, Islas Vírgenes Británicas. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: RUEDA FARMA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Farmacéuticos para uso humano.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: María Lourdes Peralta USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 22 de enero del año 2019. 12] Reservas: Se reivindica el diseño que consiste en un círculo con borde combinado en color Azul Pantone 301 C y Gris Pantone 428 C. Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 2018-030584 — Solicitud de registro de marca de fábrica RUEDA FARMA Y DISEÑO (clase 3)

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-030584 [2] Fecha de presentación: 11/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MARKATRADE INC. [4.1] Domicilio: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS, Islas Vírgenes Británicas. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: RUEDA FARMA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Productos cosméticos y de higiene personal.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: María Lourdes Peralta USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 17 de agosto del año 2018. 12] Reservas: Se reivindica el diseño que consiste en un círculo con borde combinado en color Azul Pantone 301 C y Gris Pantone 428 C. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 38472-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica Smartstream

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 38472-2018 2/ Fecha de presentación: 04-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HYUNDAI MOTOR COMPANY y KIA MOTORS CORPORATION 4.1/ Domicilio: 12, Heolleung-ro, Se ocho-gu, Seoul, República de Korea (ambas con la misma dirección). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2018-0029151 5.1 Fecha: 06/03/2018 5.2 País de Origen: República de Corea 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Smart stream 6.2/ Reivindicaciones: Tal como se muestra en la etiqueta. 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Motores para vehículos terrestres; engranajes para vehículos terrestres; cajas de cambios automáticas para vehículos terrestres; cajas de cambio para vehículos terrestres; transmisiones para vehículos terrestres; mecanismos de transmisión, para vehículos terrestres; transmisiones de poder y engranajes para vehículos terrestres. Smart stream 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-02-2019 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 18-50463 — Solicitud de registro de marca de fábrica MILKA y etiqueta

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18-50463 2/ Fecha de presentación: 29-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Kraft Foods Schweiz Holding GmbH 4.1/ Domicilio: Chollerstrasse 4, Zug. 6301, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 76353/2018 5.1 Fecha: 24/07/2018 5.2 País de Origen: Suiza 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MILKA y etiqueta 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Morado, Blanco, Café, Dorado, Beige 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Confitería no medicinal, chocolate, confitería de chocolate, confitería de azúcar, confitería congelada, helados, postres, pasteles y galletas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18/12/18 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 51578-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica JEAN BOOK y diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 51578-18 2/ Fecha de presentación: 7-12-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CARVAJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. 4.1/ Domicilio: CL 29 NORTE 6 A 40 CALI VALLE DEL CAUCA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JEAN BOOK y diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Azul y Café. 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Archivadores [artículos de oficina]; blocs [artículos de papelería]; blocs de dibujo; calcomanías; carpetas para documentos; carpetas para hojas sueltas; cuadernos; escolar (material-); escritura marcadores [artículos de papelería]; material escolar; artículos de papelería. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-12-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-020485 — Solicitud de registro de marca de fábrica FINCA BEATRIZ Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-020485 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: JOSE OSCAR SERRANO MEJÍA [4.1] Domicilio: MACUELIZO, SANTA BÁRBARA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FINCA BEATRIZ Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Mauricio Alexander Lagos Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 27 de junio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 24125-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica COAGRICSAL Y ETIQUETAS

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24125-2018 2/ Fecha de presentación: 30-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COOPERATIVA AGRÍCOLA CAFETALERA SAN ANTONIO LIMITADA (COAGRICSAL) 4.1/ Domicilio: MACUELIZO, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COAGRICSAL Y ETIQUETAS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Mauricio Alexander Lagos Rodríguez

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-07-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-020493 — Solicitud de registro de marca de fábrica BELLA VISTA Y ETIQUETAS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-020493 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BENEFICIO DE EXPORTACIÓN DE OCCIDENTE, S. DE R.L. DE C.V. (BEO, S. DE R.L. DE C.V.) [4.1] Domicilio: MACUELIZO, SANTA BÁRBARA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BELLA VISTA Y ETIQUETAS [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Mauricio Alexander Lagos Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 26 de julio del año 2018. 12] Reservas: Se protege en su forma conjunta sin exclusividad de uso de “PROFIL E”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 24126-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica COAGRICSAL Y ETIQUETAS

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24126-2018 2/ Fecha de presentación: 30-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COOPERATIVA AGRÍCOLA CAFETALERA SAN ANTONIO LIMITADA (COAGRICSAL) 4.1/ Domicilio: MACUELIZO, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COAGRICSAL Y ETIQUETAS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Mauricio Alexander Lagos Rodríguez

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-07-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-020490 — Solicitud de registro de marca de fábrica SANTA TERESA Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-020490 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BENEFICIO DE EXPORTACIÓN DE OCCIDENTE, S. DE R.L. DE C.V. (BEO, S. DE R.L. DE C.V.) [4.1] Domicilio: MACUELIZO, SANTA BÁRBARA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SANTA TERESA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Mauricio Alexander Lagos Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 26 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2019-011176 — Solicitud de registro de marca de fábrica TRI CAFÉ Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-011176 [2] Fecha de presentación: 08/03/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CARMEN ISABEL PINEDA PAREDES [4.1] Domicilio: EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TRI CAFÉ Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café y sucedáneos del café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Carmen Celina Caballero Escobar USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 28 de marzo del año 2019. 12] Reservas: No se reivindica la palabra café ni el eslogan. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2019-005016 — Solicitud de registro de marca de servicio DERIVA ENOTECA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-005016 [2] Fecha de presentación: 30/01/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: IMPORTACIONES, EXPORTACIONES Y DISTRIBUCIONES APPLE [4.1] Domicilio: BO. LOS ANDES, 11 AVE, 9 CLL, A +16, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DERIVA ENOTECA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicio de restaurante, bares, alimentación.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ketlen Karenna Reina Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 11 de febrero del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2019-005807 — Solicitud de registro de marca de servicio LA ENOTECA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-005807 [2] Fecha de presentación: 05/02/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: IMPORTACIONES, EXPORTACIONES Y DISTRIBUCIONES APPLE HEAD SRL [4.1] Domicilio: BO. LOS ANDES, 11AVE, 9 CLL,A#16, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA ENOTECA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Tienda de vinos y licores.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ketlen Karenna Reina Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 28 de marzo del año 2019. 12] Reservas: Se protege unicamente para servicios indicados en clase 35. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso No. 2019-005808 — Solicitud de registro de marca de servicio DERIVA ENOTECA Y DISEÑO (clase 35)

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-005808 [2] Fecha de presentación: 05/02/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: IMPORTACIONES, EXPORTACIONES Y DISTRIBUCIONES APPLE HEAD SRL [4.1] Domicilio: BO. LOS ANDES, 11 AVE, 9 CLL A #16, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DERIVA ENOTECA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Tiendas de vinos, licores.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ketlen Karenna Reina Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 13 de febrero del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso No. 2019-008475 — Solicitud de registro de marca de fábrica COOL VAPE Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-008475 [2] Fecha de presentación: 21/02/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: VAPOMANIA THE SMOKE SHOP [4.1] Domicilio: COLONIA PUEBLO NUEVO, CENTRO COMERCIAL SAVANNAH, 2DO. NIVEL, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COOL VAPE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Líquidos para vaporizadores para vapiar y accesorios para los vaporizadores.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Evelyn Jacquelinne Castellanos Sánchez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 13 de marzo del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso No. 37767-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica CAT y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 37767-18 2/ Fecha de presentación: 10/03/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CATERPILLAR INC. 4.1/ Domicilio: 510Lake Cook Road,Suite100,Deerfield,Illinois60015,ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 75592 5.1 Fecha: 03/08/2018 5.2 País de Origen: Jamaica 5.3 Código País: JM

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAT y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática y piezas de reparación y recambio de los productos antes mencionados. Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática para uso en agricultura, compactación, construcción, demolición, acondicionamiento de tierras, contornos de tierra, movimientos de tierras, silvicultura, paisajismo, levantamiento, marinos, manejo de materiales, desguace de materiales, minería,mantillo,distribución,exploración y producción de petróleo y gas, pavimentación, tendido de tuberías, generación de energía, construcción y reparación de carreteras, preparación y remediación de sitios, gestión de desechos, aire y espacio, canteras, agregados y cemento, manejo de vegetación, transporte y gobierno y defensa; y reparación, reemplazo y piezas remanufactura das para todos los productos anteriores. Vehículos, tractores, vehículos marinos y aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática para uso en agricultura,compactación,construcción,demolición, acondicionamiento de tierras, contornos de tierra, movimiento de tierra, silvicultura, paisajismo, levantamiento, marino, manejo de materiales, desguace de materiales, minería, mantillo, distribución, exploración y producción, de petróleo y gas, pavimentación, tendido de tuberías, generación de energía, construcción y reparación de carreteras, preparación y remediación de sitios, gestión de desechos, aire y espacio, extracción, cemento y agregados, manejo de vegetación, transporte y gobierno y defensa; y reparación, reemplazo y piezas remanufactura das para todos los productos antes mencionados; vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, a saber, camiones, camiones todo terreno, camiones articulados, camiones mineros subterráneos, carretillas elevadoras de combustión interna, carretillas elevadoras eléctricas, paletas eléctricas, paletas manuales, adoquines de asfalto, retroexcavadoras, fresadoras en frío, compactadores, rieles compactos y cargadores de terrenos múltiples, tractores, dragaminas, taladros, palas de cables eléctricos, excavadoras, tal a dores apiladores, máquinas forestales, auto cargadores, cosechadoras, mineros de pared alta, palas para minería hidráulica, cargadores de barra articulada, manipuladores de material, motoniveladoras, tiende tubos, recuperador as de carreteras, tractores de preparación del sitio, tractores agrícolas, cosechadoras, hileradoras, empacadoras, acondicionadoras y cortadoras de hoces, segadoras y acondicionadores de hoz, acumuladores de pacas, tractores excava dores, cargadores compactos, sistema de cinta transpone dora para minería superficial,tel e manipuladores,cargadores de pista,máquinas subterráneas de minería de rocas duras, máquinas subterráneas de minería de paredes largas, sistemas de minería subterránea y de pilares, tractores de ruedas, excavadoras de ruedas, cargadoras de ruedas, rasquetas de tractor de ruedas, cargadores de troncos, retroexcavadoras; y reparación, reemplazo y partes re fabricadas para todos los productos antes mencionados; piezas estructurales de reparación y reemplazo y remanufactura das para motores para los vehículos anteriores; transmisiones para vehículos terrestres y piezas estructurales de reparación y reemplazo para ellas; locomotoras; vagones de ferrocarril; motores para vehículos terrestres; motores diésel para vehículos terrestres, motores de cohetes para propulsión de vehículos terrestres; partes de vehículos, a saber, pistas para vehículos terrestres rastreados; circuitos hidráulicos y adaptadores hidráulicos para conectar componentes de sistemas hidráulicos en vehículos; bocinas para vehículos; espejos retrovisores; espejos laterales para vehículos; asientos y cinturones de seguridad para vehículos; suspensión de asiento, cojines de asiento y apoya brazos de asiento todo para vehículos; fundas de asiento ajustadas para vehículos; cubiertas de reposacabezas de vehículos; frenos para vehículos; forros de freno para vehículos; compresores de aire de freno para vehículos terrestres; partes estructurales de vehículos terrestres; aparatos hidráulicos para usar en herramientas de trabajo móviles conectadas a vehículos y no para motores eléctricos y motores de combustión, a saber, accionamientos hidráulicos, engranajes hidráulicos, bombas hidráulicas y amortiguadores hidráulicos; partes y accesorios para todos los productos mencionados vendidos como una unidad con los productos; partes y accesorios para vehículos terrestres, a saber, motores, bielas para vehículos que no sean partes de motores eléctricos y motores de combustión, transmisiones para vehículos terrestres; reparación y repuestos para vehículos terrestres, a saber, una línea completa de piezas estructurales para camiones articulados, camiones todo terreno, asfaltado ras, retroexcavadoras, fresadoras en frío, compactadores, cargadores de orugas, tractores, dragaminas, taladros, palas, excavadoras, tal a dores apiladores, máquinas forestales, auto cargadores, cosechadoras, palas hidráulicas, cargadores de barra articulada, manipuladores de materiales, motoniveladoras, tiende tubos, recuperador as de carreteras, tractores de excavación, cargadores compactos, tractores de ruedas, excavadoras de ruedas para uso en agricultura, compactación, construcción, demolición, acondicionamiento de tierras, contornos de tierra, movimiento de tierra, silvicultura, paisajismo, elevación, propulsión marina, manejo de materiales, minería, mantillo, distribución de petróleo y gas, exploración de petróleo y gas, producción de petróleo y gas, pavimentación, tendido de tuberías, generación de energía, construcción de carreteras y reparación, preparación y remediación de sitios, perforación de túneles y manejo de vegetación; carretillas; cubiertas de enganche; aletas de barro; titulares de matrículas; cubiertas para volantes de vehículos; parabrisas de parabrisas de automóviles; bicicletas; triciclos; scooters de motor; scooters de empuje [vehículos]; bombas de aire [accesorios del vehículo]; bocinas de bicicleta; campanas de bicicleta; ruedas de entrenamiento de bicicleta. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-09-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 2019-003236 — Solicitud de registro de marca de servicio JCDECAUX

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-003236 [2] Fecha de presentación: 23/01/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: JCDECAUX, SA. [4.1] Domicilio: 17 Rue Soyer, 92 200 Neuilly Sur Seine, Francia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: JCDECAUX [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Servicios de visualización electrónica, servicios de telecomunicaciones, a saber, acceso a una red informática mundial; difundir y transmitir campañas publicitarias a través de redes de fibra óptica, redes informáticas, telefónicas, radio, internet y satélite; intercambio y transmitir información, mensajes, datos, sonido e imágenes a través de una red informática mundial para la difusión de campañas publicitarias; suministro de publicaciones electrónicas descargables en línea; suministro de acceso a una computadora o una red de transmisión de datos, en particular una red de comunicación mundial (internet) o un acceso privado o restringido (intranet); facilitación de acceso a bases de datos en relación con la compra y/o venta de espacios publicitarios; telecomunicaciones inalámbricas; proporcionar acceso inalámbrico a internet; alquiler de tiempo de acceso a un centro servidor global; transmisión de vídeo a través de una red informática mundial; transferencia de datos mediante telecomunicaciones; alquiler y provisión gratuita de tiempo de acceso a documentos y aplicaciones descargables.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de enero del año 2019. 12] Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019. ________ JCDecaux

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Aviso No. 2017-028607 — Solicitud de registro de marca de fábrica JET Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-028607 [2] Fecha de presentación: 30/06/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: JET . COM, INC. [4.1] Domicilio: 221 RIVER STREET, HOBOKEN, NEW JERSEY 07030, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: JET Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas; alimento para bebés; pañales; pañales para bebés y pañales para adultos; pañales de natación para bebés; medicinas para el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; kits de primeros auxilios; gel tópica de primeros auxilios; preparaciones para el tratamiento de la gripe; medicamento para el alivio de alergias; preparaciones auxiliares para el sueño; sprays nasales descongestionantes; lavado nasal y preparaciones nasales en spray; vitaminas; medicamento para el alivio de los senos nasales; analgésicos; tampones; toallas femeninas higiénicas; toallas sanitarias; jarabes para la tos; ungüentos para las hemorroides; estimulantes para el crecimiento capilar; desodorizantes para el ambiente; cápsulas y pastillas de dieta; electrolitos; fórmula para lactantes; pastillas para la tos; productos para el cuidado de bebés; productos para la alimentación de bebés; mezclas para bebidas de suplemento; preparaciones para el cese de fumar; soluciones para lentes de contacto; productos para el control de las plagas; herbicidas; repelentes de insectos; productos medicados para el cuidado de los pies; almohadillas adherentes para los callos de los pies; productos para el cuidado de la salud sexual.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 3719-19 — Solicitud de registro de marca de servicio - DISEÑO ESPECIAL - MICHELIN

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3719-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN. 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Instalación, mantenimiento, inflado, reparación, montaje, desmontaje, recauchutado, reesculturado y/o reemplazo de neumáticos, tubos interiores (cámaras internas) o ruedas para vehículos y remolques; servicios de balanceado de ruedas; mantenimiento y reparación de vehículos, partes y accesorios para vehículos; servicios de limpieza y de lavado para vehículos, neumáticos y/o ruedas de vehículos; servicios de asistencia en carretera en caso de avería (reparación) de neumáticos del vehículo; servicios de información y asesoramiento sobre reparación o mantenimiento de vehículos, de neumáticos, de ruedas de vehículos, de partes y accesorios para vehículos; inspección de vehículos y sus partes antes del mantenimiento y la reparación; organizar la adaptación, el mantenimiento, la reparación y la sustitución de neumáticos; partes para vehículos; servicios de instalación, mantenimiento, montaje, desmontaje y reparación de máquinas de máquinas de fabricación aditiva. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-01-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 2018-049146 — Solicitud de registro de marca de fábrica CAFFITALY SYSTEM Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-049146 [2] Fecha de presentación: 21/11/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CAFFITALY SYSTEM, S.P.A. [4.1] Domicilio: Via Panigali 38, 40041, Gaggio Montano (BO), Italia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CAFFITALY SYSTEM Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Máquina para la preparación de café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de enero del año 2019. 12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 49980-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica ILSA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 49980-18 2/ Fecha de presentación: 27-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ILSA S.P.A. 4.1/ Domicilio: Via Roveggia 31, Verona (VR), ITALIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ITALIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ILSA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Fertilizantes; abono de origen animal; gelatina para fines industriales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-01-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 54118-18 — Solicitud de registro de marca de servicio LUMINODE Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 54118-18 2/ Fecha de presentación: 28-12-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: OSCAR EDUARDO FONSECA GOMEZ. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUMINODE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Fotografía profesional; vídeo profesional; fotografía aérea; narración (entretenimiento). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-01-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 634-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica WAY TO CELEBRATE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 634-19 2/ Fecha de presentación: 08-enero-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC. 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street. Bentonville,Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WAY TO CELEBRA TE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Maquillaje para halloween; maquillaje que bril la en la oscuridad para halloween; maquillaje de disfraces; maquillaje teatral en la naturaleza de sangre falsa; kits de maquillaje. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10/01/19. 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019. ________ WAY TO CELEBRA TE

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Aviso

Aviso No. 54119-18 — Solicitud de registro de marca de servicio NATICODE Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 54119-18 2/ Fecha de presentación: 28-12-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: OSCAR EDUARDO FONSECA GOMEZ. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NATICODE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; imagen corporativa; optimización de redes sociales; email marketing; branding; creación de estrategias; campañas PPC; video marketing, marketing de contenidos; marketing digital; marketing de buscadores SEM; manejo de leads; lead generation (generación de clientes potenciales); lead nurturing (generación de información relevante en cada etapa del trayecto del comprador); comercio electrónico. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-01-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 9154/19 — Solicitud de registro de marca de servicio AGUA VIVA INTERNACIONAL Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 9154/19 2/ Fecha de presentación: 25/02/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LIVING WATER INTERNATIONAL. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGUA VIVA INTERNACIONAL Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: Agua Viva Internacional y Diseño. 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Construcción; reparación; servicios de instalación y mantenimiento de pozo en comunidades que no tienen acceso a agua potable. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JULIA ESTELA SANDOVAL HANDAL.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: MARCELA BARRALAGA FAJARDO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-03-2019. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 9155/19 — Solicitud de registro de marca de servicio LIVING WATER INTERNATIONAL Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 9155/19 2/ Fecha de presentación: 25/02/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LIVING WATER INTERNATIONAL. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LIVING WATER INTERNATIONAL Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: Agua Viva Internacional y Diseño. 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Construcción; reparación; servicios de instalación y mantenimiento de pozo en comunidades que no tienen acceso a agua potable. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JULIA ESTELA SANDOVAL HANDAL.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: MARCELA BARRALAGA FAJARDO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-03-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 11136/19 — Solicitud de registro de marca de servicio LIVING WATER INTERNATIONAL Y ETIQUETA - Clase 41

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 11136/19 2/ Fecha de presentación: 08/03/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LIVING WATER INTERNATIONAL. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LIVING WATER INTERNATIONAL Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: Living Water International y Diseño. 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación religiosa; educación y formación en temas de higiene y salud; promoción de valores y principios cristianos; formación para la sostenibilidad de estrategia de agua, uso saneamiento e higiene. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JULIA ESTELA SANDOVAL HANDAL.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: MARCELA BARRALAGA FAJARDO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01/04/2019. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 11135/19 — Solicitud de registro de marca de servicio AGUA VIVA INTERNACIONAL Y ETIQUETA - Clase 41

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 11135/19 2/ Fecha de presentación: 08/03/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LIVING WATER INTERNATIONAL. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGUA VIVA INTERNACIONAL Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: Agua Viva Internacional y Diseño. 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación religiosa; educación y formación en temeas de higiene y salud; promoción de valores y principios cristianos; formación para la sostenibilidad de estrategia de agua, uso, saneamiento e higiene. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JULIA ESTELA SANDOVAL HANDAL.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: MARCELA BARRALAGA FAJARDO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01/04/19. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 24128-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica - DISEÑO ESPECIAL - Café - COAGRICSAL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24128-2018 2/ Fecha de presentación: 30-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COOPERATIVA AGRICOLA CAFETALERA SAN ANTONIO LIMITADA (COAGRICSAL). 4.1/ Domicilio: MACUELIZO, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: MAURICIO ALEXANDER LAGOS RODRÍGUEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-020486 — Solicitud de registro de marca de fábrica CAFE POPULAR Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-020486 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: JOSÉ OSCAR SERRRANO MEJÍA. [4.1] Domicilio: MACUELIZO, SANTA BÁRBARA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CAFE POPULAR Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: MAURICIO ALEXANDER LAGOS RODRÍGUEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de julio del año 2018. 12] Reservas: NO SE PROTEGE LA FRASE DE LA FINCA A TU HOGAR. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-020491 — Solicitud de registro de marca de fábrica CORAZAL PROFILE Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-020491 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BENEFICIO DE EXPORTACIÓN DE OCCIDENTE, S. DE R.L. DE C.V. (BEO S. DE R.L. DE C.V.). [4.1] Domicilio: MACUELIZO, SANTA BÁRBARA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CORAZAL PROFIL E Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: MAURICIO ALEXANDER LAGOS RODRÍGUEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de julio del año 2018. 12] Reservas: SE PROTEGE EN SU FORMA CONJUNTA SIN EXCLUSIVIDAD DE USO DE “PROFIL E”. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 25178-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica BEO Y ETIQUETAS

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 25178-2018 2/ Fecha de presentación: 06-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BENEFICIO DE EXPORTACIÓN DE OCCIDENTE, S. DE R.L. DE C.V. 4.1/ Domicilio: MACUELIZO, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BEO Y ETIQUETAS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: MAURICIO A. LAGOS RODRÍGUEZ.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 24127-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica COAGRICSAL Y ETIQUETAS

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24127-2018 2/ Fecha de presentación: 30-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COOPERATIVA AGRICOLA CAFETALERA SAN ANTONIO LIMITADA (COAGRICSAL). 4.1/ Domicilio: MACUELIZO, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tip de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COAGRICSAL Y ETIQUETAS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: MAURICIO ALEXANDER LAGOS RODRÍGUEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 43016-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica THISWORLD

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 43016-18 2/ Fecha de presentación: 11-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HERE STARTS, S.L. 4.1/ Domicilio: c/ Eloy Gonzalo No. 27, 28010 Madrid, ESPAÑA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS WORLD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Hardware y software para ordenadores; aplicaciones de software para permitir la transmisión, la organización y la gestión de mensajería de texto, diarios en línea, texto, enlaces con la web e imágenes, así como el acceso a ellos, a través de internet y otras redes de comunicaciones; software para permitir la carga, descarga, envío, visualización, edición, etiquetado, registro en blogs, emisión continua, enlace, intercambio o suministro por otras vías de medios electrónicos o información y el acceso a ellos, a través de redes informáticas y de comunicación; software para acceder a información en una red informática mundial; software informático descargable a través de internet y unidades inalámbricas; software descargable en relación con la conexión en redes sociales; software descargable del tipo de una aplicación móvil; software descargable para facilitar la publicidad en línea y promoción de negocios; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; interfaz de programación de aplicaciones (API) para software que facilita servicios en línea para la conexión en redes sociales, construcción de aplicaciones de conexión en redes sociales y para permitir la recuperación, carga, descarga y gestión de datos y el acceso a ellos; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; mecanismos para aparatos de previo pago; equipos para el tratamiento de la información y ordenadores; software descargable a través de internet y dispositivos inalámbricos para acceder a información, enviarla y recibirla, en una red informática mundial; software descargable basado en la nube para su uso en la integración de sistemas informáticos; publicaciones electrónicas descargables en línea. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-01-2019. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 43033-18 — Solicitud de registro de marca de servicio THISWORLD - Clase 41

Registro de la Propiedad Industrial

THIS WORLD 1/ No. Solicitud: 43033-18 2/ Fecha de presentación: 11-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HERE STARTS, S.L.. 4.1/ Domicilio: c/ Eloy Gonzalo No. 27, 28010 Madrid, ESPAÑA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS WORLD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación, formación, entretenimiento, actividades deportivas y culturales; publicación de publicaciones electrónicas en línea (no descargables); publicación de diarios en línea, en concreto, blogs con contenido definido por usuarios en el ámbito de la conexión en redes sociales; acceso a una red de información en tiempo real; acceso a un sitio web que contiene blogs y archivos de texto, vídeo y audio no descargables en relación con el entretenimiento, deporte, educación, famosos, cultura y noticias; acceso a una base de datos de búsqueda en línea con temas y personas de los sectores del entretenimiento y del deporte; acceso a una base de datos electrónica y en línea en el ámbito del entretenimiento; prestación de servicios de entretenimiento; suministro de imágenes desde internet; información sobre actividades de entretenimiento; servicios para la publicación THIS WORLD de revistas; provisión de publicaciones electrónicas en línea (no descargables); publicación de libros electrónicos, diarios y publicación de material en medios de datos magnéticos u ópticos; publicación de música en línea, alquiler de vídeos, grabaciones; servicios de editorial electrónicos para terceros; servicios de esparcimiento, en concreto facilitación de servicios de juegos interactivos y de jugadores múltiples y únicos para juegos que se juegan a través de redes informáticas o de comunicación; suministro de información sobre juegos de ordenador y videojuegos a través de redes informáticas o de comunicación; facilitación de información sobre entretenimiento a través de redes sociales; servicios de juegos electrónicos prestados mediante redes sociales de comunicación. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/Enero/2019. 12/ Reservas: Abog. CLAUDIA JAQUELINE MEJIA ANDURAY. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 43017-18 — Solicitud de registro de marca de servicio THISWORLD - Clase 38

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 43017-18 2/ Fecha de presentación: 11-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HERE STARTS, S.L. 4.1/ Domicilio: c/ Eloy Gonzalo No. 27, 28010 Madrid, ESPAÑA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS WORLD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Servicios de telecomunicaciones; servicios facilitación de instalaciones en línea y de telecomunicación para la interacción a tiempo real entre usuarios de ordenadores, ordenadores móviles y manuales; dispositivos de comunicación con cables e inalámbricos; servicios de telecomunicación permitiendo a los individuos enviar y recibir mensajes vía correo electrónico, mensajería instantánea o un sitio web en internet en el campo del interés general; acceso a salas de charla en línea y tablones de anuncios electrónicos para transmitir mensajes entre usuarios en relación con el interés general; facilitación de acceso a periódicos en línea y blogs con contenido definido por el usuario; servicios de mensajería instantánea, servicios de mensajería web y servicios de transmisión de mensajes de texto; servicios de comunicaciones electrónicas; servicios de radiodifusión; servicios de difusión de webs; transmisión de mensajes, datos y contenido a través de una red informática mundial y otras redes de comunicaciones y ordenador; acceso a foros en línea, salas de conversación, diarios y blogs para la transmisión de mensajes, comentarios, información y contenido multimedia entre usuarios; acceso a enlaces de comunicaciones en línea que transfieren al usuario del sitio web a otras páginas web locales y mundiales; acceso a bases de datos informáticas en relación con la conexión en redes sociales, la presentación social y la concertación de citas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-01-2019. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019. THIS WORLD

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Aviso

Aviso No. 636-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica WAY TO CELEBRATE - Clase 11

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 636-19 2/ Fecha de presentación: 08-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WAY TO CELEBRA TE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Iluminación decorativa en la naturaleza de postes y lápices iluminadas eléctricamente. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-01-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019. _______ WAY TO CELEBRA TE

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Aviso

Aviso No. 640-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica WAY TO CELEBRATE - Clase 26

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 640-19 2/ Fecha de presentación: 08-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WAY TO CELEBRA TE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 26 8/ Protege y distingue: Pelucas, accesorios de peluca. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-01-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019. _______ WAY TO CELEBRA TE

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Aviso

Aviso No. 641-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica WAY TO CELEBRATE - Clase 27

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 641-19 2/ Fecha de presentación: 08-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WAY TO CELEBRA TE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 27 WAY TO CELEBRA TE 8/ Protege y distingue: Adornos de pared no textiles en la naturaleza de imitación de telarañas, colgantes de pared decorativos de bienvenida. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-01-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 63-2019 — Solicitud de registro de marca de fábrica BFL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 63-2019 2/ Fecha de presentación: 03-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Boston Investment Enterprises Corp. 4.1/ Domicilio: Plaza Banco General, piso 15, calle 50 y Avenida Aquilino de La Guardia Avenue, Panamá, República de PANAMÁ. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BFL 6.2/ Reivindicaciones: Se protege la grafía como aparece en el ejemplar adjunto. 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Vestidos, calzados y sombrerería. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-1-2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 930-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica ARTISTRY LABS (ETIQUETA)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 930-19 2/ Fecha de presentación: 9-ENERO-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Alticor Inc. 4.1/ Domicilio: 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan, 49355, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MICHIGAN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARTISTRY LABS (ETIQUETA) 6.2/ Reivindicaciones: Se protege la grafía como aparece en el ejemplar adjunto. 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Cosméticos; preparaciones humectantes para la piel; preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel; productos para el cuidado de la piel, a saber, sueros no medicados para la piel; limpiadores para la piel; cremas para la piel; lociones para la piel; mascarillas para la piel; gel humectante para la piel; tónicos para la piel.

    8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-01-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 638-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica WAY TO CELEBRATE - Clase 24

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 638-19 2/ Fecha de presentación: 08-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WAY TO CELEBRA TE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 24 8/ Protege y distingue: Toallas, toallas decoradas, caminos de mesa, manteles individuales de tela. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-01-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019. _______ WAY TO CELEBRA TE

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Aviso No. 239-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica CUCAPA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 239-19 2/ Fecha de presentación: 04-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Cervecería Modelo de México, S. de R.L. de C.V. 4.1/ Domicilio: Javier Barros Sierra No. 555, Piso 3, Colonia Zedec Ed Plaza Santa Fe, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01210 México City, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CUCAPA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-01-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 643-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DIA DE LOS MUERTOS

Registro de la Propiedad Industrial

CUCAPA 1/ Solicitud: 643-19 2/ Fecha de presentación: 08-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Cervecería Modelo de México, S. de R.L. de C.V. 4.1/ Domicilio: Javier Barros Sierra No. 555, Piso 3, Colonia Zedec Ed Plaza Santa Fe, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01210 México City, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DIA DE LOS MUERTOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 DIA DE LOS MUERTOS 8/ Protege y distingue: Cervezas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-1-2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 1388-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica SALVAVIDA ORIGEN Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 1388-19 2/ Fecha de presentación: 11-ENERO-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Cervecería Hondureña, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Barrio Guadalupe, Blvd. del Norte, Carretera salida a Puerto Cortés, San Pedro Sula, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SALVA VIDA ORIGEN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Stephanie Cruz Ánderson

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-01-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 3712-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL (Michelin)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3712-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir; ropa deportiva; ropa interior; corta vientos, trajes de gimnasia, ropa impermeable, chalecos, parkas, ponchos, vellones, camisas, camisas de manga corta, blusas, camisas polo, camisetas, sudaderas, suéteres, pantalones, vestidos, faldas, abrigos de playa, pantalones cortos, bermudas, trajes de baño, pijamas, disfraces, gorros de baño, chaquetas [prendas de vestir], chalecos, blusones, monos (overoles), delantales, cinturones [prendas de vestir], guantes [prendas de vestir], guantes para ciclistas, corbatas, bufandas, pañuelos [pañoletas], fajas para ropa, vinchas que sean de ropa, orejeras [prendas de vestir]; sombreros, gorras, gorros, chales, gorras, viseras y otros artículos de sombrerería; calcetines, calcetines tobilleros, overoles, botas, botines, sandalias, calzado y calzado deportivo, pantuflas y otros calzados; cinturones de cuero y cinturones de imitación de cuero. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-02-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 1578-19 — Solicitud de registro de marca de servicio WALMART

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1578-19 2/ Fecha de presentación: 14-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC. 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WALMART 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-01-2019. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 2018-049147 — Solicitud de registro de marca de fábrica CAFFITALY SYSTEM Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

WALMART [1] Solicitud: 2018-049147 [2] Fecha de presentación: 21/11/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CAFFITALY SYSTEM, S.P.A. [4.1] Domicilio: Via Panigali 38, 40041 Gaggio Montano (BO), Italia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CAFFITALY SYSTEM Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, café artifical.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de enero, del año 2019. [12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 1580-19 — Solicitud de registro de marca de servicio DISEÑO ESPECIAL (Walmart)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1580-19 2/ Fecha de presentación: 14-Enero-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC. 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-01-2019. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 12-2019 — Solicitud de registro de marca de fábrica OPTIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 12-2019 2/ Fecha de presentación: 02-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Kía Motors Corporation. 4.1/ Domicilio: 12, Heolleung-ro, Se ocho-gu, Seoul, REPÚBLICA DE COREA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OPTIMA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 OPTIMA

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Aviso No. 53929-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DE BEERS GROUP

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 53929-18 2/ Fecha de presentación: 27-12-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: De Beers UK Limited. 4.1/ Domicilio: 20 Carlton House Terrace, London, SW1Y 5AN, REINO UNIDO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DE BEERS GROUP 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Metales preciosos y sus aleaciones, insignias de metales preciosos, lingotes de metales preciosos, cajas de metales preciosos, adornos de metales preciosos, joyería y joyería de imitación, piedras preciosas y semipreciosas, instrumentos horológicos y cronométricos incluyendo relojes de pulsera, relojes de bolsillo y relojes de pared. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-01-2019. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019. _______ 8/ Protege y distingue: Automóviles, carros deportivos, furgonetas [vehículos], camiones, autobuses, vehículos eléctricos, bicicletas, vehículos aéreos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-01-2019. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019. _______

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Aviso No. 1198-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL (Walmart tarjetas)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1198-19 2/ Fecha de presentación: 10-enero-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC. 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Tarjetas de regalo codificadas electrónica y magnéticamente. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-01-2019. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 1199-19 — Solicitud de registro de marca de servicio DISEÑO ESPECIAL (Walmart servicios)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1199-19 2/ Fecha de presentación: 10-enero-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC. 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios financieros, a saber, provisión de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de regalo y tarjetas de compra prepagadas codificadas electrónica y magnéticamente a través del internet, teléfonos móviles y teléfonos inteligentes; servicios de procesamiento de pagos, a saber, servicios de procesamiento de transacciones de tarjetas de crédito, tarjetas de regalo, tarjetas de débito y tarjetas de compra prepagadas codificadas electrónica y magnéticamente. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-01-2019. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 1385-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica CERAL PISOS Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1385-19 2/ Fecha de presentación: 11/01/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: FERRETERÍA MONTERROSO, S.A. (FERREMOSA) 4.1/ Domicilio: Barrio Concepción, 4 Ave. 2-3 Calle S.E, P.O. BOX 2153, San Pedro Sula, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CERAL PISOS Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: No se reclama exclusividad sobre el término pisos. 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Cerámicas para pisos y paredes. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-01-2019. 12/ Reservas: Abog. NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 1584-19 — Solicitud de registro de señal de propaganda TU FUERZA NOS MUEVE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 1584-19 2/ Fecha de presentación: 14-enero-2019 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Industria La Popular, S.A. 4.1/ Domicilio: Vía 3 5-42 de la zona 4, Ciudad de Guatemala, GUATEMALA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TU FUERZA NOS MUEVE 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con el registro No. 113938 de la Marca BEX en Clase 03. 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Jabones para lavar, preparaciones para limpiar, pulir, blanquear y productos higiénicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-01-19. 12/ Reservas: Abog. NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019. _______ TU FUERZA NOS MUEVE

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Aviso

Aviso No. 11-2019 — Solicitud de registro de marca de fábrica CARNIVAL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 11-2019 2/ Fecha de presentación: 02-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Kia Motors Corporation 4.1/ Domicilio: 12, Heolleung-ro, Se ocho-gu, Seoul, REPÚBLICA DE COREA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CARNIVAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Automóviles, carros deportivos, furgonetas [vehículos], camiones, autobuses, vehículos eléctricos, bicicletas, vehículos aéreos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-01-2019. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019. CARNIVAL

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Aviso

Aviso No. 37769-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica CAT y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 37769-18 2/ Fecha de presentación: 30-agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CATERPILLAR INC. 4.1/ Domicilio: 510 Lake Cook Road, Suite 100, Deerfield, Illinois 60015, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 75590 5.1/ Fecha: 03-08-2018 5.2/ País de Origen: JAMAICA 5.3/ Código País: JM

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAT y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores Pantone 3546 C, Pantone 1235C, Pantone 130C, Pan- tone 7408C, Pantone 1245C, Pantone 125C y Pantone 131C, que se muestran en el ejemplar. 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática y piezas de reparación y recambio de los productos antes mencionados. Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática para uso en agricultura, compactación, construcción, demolición, acondicionamiento de tierras, contornos de tierra, movimientos de tierras, silvicultura, paisajismo, levantamiento, marinos, manejo de materiales, desguace de materiales, minería, mantillo, distribución, exploración y producción de petróleo y gas, pavimentación, tendido de tuberías, generación de energía, construcción y reparación de carreteras, preparación y remediación de sitios, gestión de desechos, aire y espacio, canteras, agregados y cemento, manejo de vegetación, transporte y gobierno y defensa; y reparación, reemplazo y piezas remanufactura das para todos los productos anteriores. Vehículos, tractores, vehículos marinos y aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática para uso en agricultura, compactación, construcción, demolición, acondicionamiento de tierras, contornos de tierra, movimiento de tierra, silvicultura, paisajismo, levantamiento, marino, manejo de materiales, desguace de materiales, minería, mantillo, distribución, exploración y producción de petróleo y gas. Pavimentación, tendido de tuberías, generación de energía, construcción y reparación de carreteras, preparación y remediación de sitios, gestión de desechos, aire y espacio, extracción, cemento y agregados, manejo de vegetación, transporte y gobierno y defensa; y reparación, reemplazo y piezas remanufactura das para todos los productos antes mencionados; vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, a saber, camiones, camiones todo terreno, camiones articulados, camiones mineros subterráneos, carretillas elevadoras de combustión interna, carretillas elevadoras eléctricas, paletas eléctricas, paletas manuales, adoquines de asfalto, retroexcavadoras, fresadoras en frío, compactadores, rieles compactos y cargadores de terrenos múltiples, tractores, dragaminas, taladros, palas de cables eléctricos, excavadoras, tal a dores apiladores, máquinas forestales, auto cargadores, cosechadoras, mineros de pared alta, palas para minería hidráulica, cargadores de barra articulada, manipuladores de material, motoniveladoras, tiende tubos, recuperador as de carreteras, tractores de preparación del sitio, tractores agrícolas, cosechadoras, hileradoras, empacadoras, acondicionadores y cortadoras de hoces, segadoras y acondicionadores de hoz, acumuladores de pacas, tractores excava dores, cargadores compactos, sistema de cinta transpone dora para minería superficial, tel e manipuladores, cargadores de pista, máquinas subterráneas de minería de rocas duras, máquinas subterráneas de minería de paredes largas, sistemas de minería subterránea y de pilares, tractores de ruedas, excavadoras de ruedas, cargadoras de ruedas, rasquetas de tractor de ruedas, cargadores de troncos, retroexcavadoras; y reparación, reemplazo y partes re fabricadas para todos los productos antes mencionados; piezas estructurales, de reparación y reemplazo y remanufactura das para motores para los vehículos anteriores; transmisiones para vehículos terrestres y piezas estructurales, de reparación y reemplazo para ellas; locomotoras; vagones de ferrocarril; motores para vehículos terrestres; motores diésel para vehículos terrestres, motores de cohetes para propulsión de vehículos terrestres; partes de vehículos, a saber, pistas para vehículos terrestres rastreados; circuitos hidráulicos y adaptadores hidráulicos para conectar componentes de sistemas hidráulicos en vehículos; bocinas para vehículos; espejos retrovisores; espejos laterales para vehículos; asientos y cinturones de seguridad para vehículos; suspensión de asiento, cojines de asiento y apoya brazos de asiento todo para vehículos; fundas de asiento ajustadas para vehículos; cubiertas de reposacabezas de vehículos; frenos para vehículos; forros de freno para vehículos; compresores de aire de freno para vehículos terrestres; partes estructurales de vehículos terrestres; aparatos hidráulicos para usar en herramientas de trabajo móviles conectadas a vehículos y no para motores eléctricos y motores de combustión, a saber, accionamientos hidráulicos, engranajes hidráulicos, bombas hidráulicas y amortiguadores hidráulicos; partes y accesorios para todos los productos mencionados vendidos como una unidad con los productos; partes y accesorios para vehículos terrestres, a saber, motores, bielas para vehículos que no sean partes de motores eléctricos y motores de combustión, transmisiones para vehículos terrestres; reparación y repuestos para vehículos terrestres, a saber, una línea completa de piezas estructurales para camiones articulados, camiones todo terreno, asfaltado ras, retroexcavadoras, fresadoras en frío, compactadores, cargadores de orugas,

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica - Diversas máquinas y accesorios

Registro de la Propiedad Industrial

tractores, dragaminas, taladros, palas, excavadoras, tal a dores apiladores, máquinas forestales, auto cargadores, cosechadoras, palas hidráulicas, cargadores de barra articulada,manipuladores de materiales,motoniveladoras, tiende tubos, recuperador as de carreteras, tractores de excavación, cargadores compactos, tractores de ruedas, excavadoras de ruedas para uso en agricultura, compactación, construcción, demolición, acondicionamiento de tierras, contornos de tierra, movimiento de tierra, silvicultura, paisajismo, elevación, propulsión marina, manejo de materiales, minería, mantillo, distribución de petróleo y gas, exploración de petróleo y gas, producción de petróleo y gas, pavimentación, tendido de tuberías, generación de energía, construcción de carreteras y reparación, preparación y remediación de sitios, perforación de túneles y manejo de vegetación; carretillas; cubiertas de enganche; aletas de barro; titulares de matrículas; cubiertas para volantes de vehículos; parabrisas de parabrisas de automóviles; bicicletas; triciclos; scooters de motor; scooters de empuje [vehículos]; bombas de aire [accesorios del vehículo]; bocinas de bicicleta; campanas de bicicleta; ruedas de entrenamiento de bicicleta. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-09-2018. 12/ Reservas: Abog. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M. 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2019-003234 — Solicitud de registro de marca de fábrica JCDECAUX

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-003234 [2] Fecha de presentación: 23/01/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: JCDECAUX SA [4.1] Domicilio: 17 rue Soyer, 92 200 Neuilly Sur Seine, Francia [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: JCDECAUX [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Pantallas digitales, pantallas táctiles, pantallas interactivas, pantallas digitales en paneles publicitarios, paradas de autobuses, quioscos, baños públicos o columnas, letreros luminosos, tubos iluminados con fines publicitarios, señalización luminosa o mecánica; terminales interactivos utilizados como fuentes de información al público (en especial, terminales de telecomunicación interactivos o multimedia equipados con terminales informáticos, que permiten a los miembros del público conectarse a una red para acceder a una amplia variedad de información, especialmente sobre transporte); paneles eléctricos iluminados, paneles eléctricos con una pantalla móvil; periódicos electrónicos, a saber, paneles informativos con una pantalla electrónica; columnas iluminadas; paneles para señalización, visualización, información y publicidad, tanto iluminados como mecánicos; aparatos de telecomunicación para la preparación, difusión y transmisión de mensajes e información; aparatos electrónicos estacionarios o portátiles para proporcionar información a los usuarios del transporte público o usuarios de estacionamientos públicos; boletos electrónicos; software informático para acceder, navegar y buscar bases de datos y sitios web en línea; publicaciones electrónicas (descargables) disponibles en línea desde bases de datos, internet o cualquier otra red de comunicación; contenido digital descargable y otros datos electrónicos descargables; software de reconocimiento de imágenes o contenido proporcionado a través de un teléfono móvil; terminales de relé para redes de área local inalámbricas, especialmente para distancias cortas; puntos de acceso inalámbricos para la red de radiocomunicaciones; software informático para proporcionar acceso a redes de área local inalámbricas, especialmente para distancias cortas; software informático para proporcionar acceso a una red de información informática global, o red de transmisión de datos, concretamente a redes de comunicación global (como internet) o con acceso privado o restringido (como una intranet).

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de enero del año 2019. [12] Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019. _______ JCDecaux

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Aviso No. 637-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica WAY TO CELEBRATE (bolsas)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 637-19 2/ Fecha de presentación: 08-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WAY TO CELEBRA TE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 WAY TO CELEBRA TE 8/ Protege y distingue: Bolsas de felpa. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-01-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso No. 3724-19 — Solicitud de registro de marca de servicio DISEÑO ESPECIAL (Michelin)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 3724-19 2/ Fecha de presentación: 25-01-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMPAGNIE GENERALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN 4.1/ Domicilio: 23, Place des Car mes-Déchaux, 63000 CLERMONT-FERRAND, FRANCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Información técnica y asesoramiento relacionado con la gestión de neumáticos, a saber, la elección, el mantenimiento, la reparación, el recauchutado, el reemplazo y el monitoreo de la presión de los neumáticos de una flota de vehículos; servicios de experiencia técnica relacionados con la elección de neumáticos, partes y accesorios para vehículos; el estado, el mantenimiento y/o la reparación de neumáticos, partes y accesorios para vehículos; información y asesoramiento técnico relacionados con el rastreo de vehículos y de remolques; servicios de pruebas y de control de calidad para neumáticos y tubos interiores (cámaras de aire); servicios para el diseño de locales comerciales para el comercio de neumáticos; desarrollo, diseño, mantenimiento, publicación y provisión de software, aplicaciones móviles, bases de datos y sitios web; provisión de motores de búsqueda para obtener datos a través de una red de comunicación; evaluaciones y tasaciones de ingeniería en los ámbitos de ciencia y tecnología; investigación científica y tecnológica; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; estudios de proyectos técnicos; consultoría, experiencia y asistencia de investigación en el diseño y desarrollo para la construcción de máquinas para la fabricación aditiva, de artículos y/o piezas de repuesto, para la producción de los mismos por medio de fabricación aditiva; diseño, desarrollo e instalación de software informático; estudios e investigaciones relacionadas con la eliminación de desechos; software para el diseño, creación, publicación y alojamiento de sitios web; base de datos “anfitrionas” (hosts) en el campo de información sobre tráfico, transporte, viajes, turismo y restaurantes, estaciones de servicio, parques de vehículos, áreas de descanso y centros de reparación y mantenimiento de vehículos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/2/19 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-025012 — Solicitud de registro de marca de servicio +GEO BY PUBLICAR Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-025012 [2] Fecha de presentación: 05/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PUBLICAR PUBLICIDAD MULTIMEDIA, S.A.S. [4.1] Domicilio: BOGOTÁ, D.C., AVENIDA 68, No. 75A-50, PISO 4, COLOMBIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: +GEO BY PUBLICAR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de publicidad e intermediación, publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: CLAUDIA MEDINA DE LEÓN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Resolución

Resolución No. 2018-025010 — Solicitud de registro de marca de servicio RESPONSABILIDAD SOCIAL DIGITAL PUBLICAR Y DISEÑO

Dirección de Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-025010 [2] Fecha de presentación: 05/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PUBLICAR PUBLICIDAD MULTIMEDIA, S.A.S. [4.1] Domicilio: BOGOTÁ, D.C., AVENIDA 68, No. 75A-50, PISO 4, COLOMBIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: RESPONSABILIDAD SOCIAL DIGITAL PUBLICAR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 45 [8] Protege y distingue: Servicios jurídicos, servicios de seguridad para la protección física de bienes materiales y personas, servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEÓN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-025008 — Solicitud de registro de marca de servicio QUIERO CLIENTES PUBLICAR Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-025008 [2] Fecha de presentación: 05/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PUBLICAR PUBLICIDAD MULTIMEDIA, S.A.S. [4.1] Domicilio: BOGOTÁ, D.C., AVENIDA 68, No. 75A-50, PISO 4, COLOMBIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: QUIERO CLIENTES PUBLICAR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de publicidad e intermediación, publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEÓN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 46941-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica ROHTO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 46941-2018 2/ Fecha de presentación: 07-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: ROHTO PHARMACEUTICAL CO 4.1/Domicilio: 8-1, Tatsuminishi 1-Chome, Ikuno-Ku, Osaka-shi, Osaka 544-8666, Japón 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ROHTO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Lociones para después del afeitado; productos para perfumar el ambiente; bálsamos que no sean para uso médico; mascarillas de belleza; cosméticos para pestañas; productos cosméticos para el cuidado de la piel; cosméticos; aceites esenciales; lociones capilares; brillos de labios; pintalabios; productos de maquillaje; desmaquilladores, productos para el cuidado de las uñas, perfumes, champús, productos de afeitar, crema para aclarar la piel, jabones, preparaciones con filtro solar, neceseres de cosmética, productos antitranspirantes [artículos de tocador]. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Claribel Medina de León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 06-03-2019. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A., y 14 M. 2019. ROHTO

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Resolución

Resolución No. 2014-032245 — Solicitud de registro de marca de fábrica EL FORJADOR

Dirección de Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2014-032245 [2] Fecha de presentación: 08/09/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: COMMERCIALIZATION AND CONTROL COFFEE, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EL FORJADOR [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: THELMA RUTH DOMINGUEZ CASTRO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión:7 de marzo del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Resolución

Resolución No. 8830/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica THE GOLDENPIG Y ETIQUETA

Dirección de Propiedad Industrial

EL FORJADOR 1/ Solicitud: 8830/19 2/ Fecha de presentación: 22/02/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: GRUPO MEJOR, S. DE R.L. 4.1/Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: THE GOLDENPIG Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: THELMA RUTH DOMINGUEZ CASTRO

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 12-03-2019. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 M., 9 y 26 A. 2019.

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Resolución

Resolución No. 2019-010415 — Solicitud de registro de marca de servicio AGALTA Y DISEÑO

Dirección de Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-010415 [2] Fecha de presentación: 05/03/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES ATIMA, S.A. [4.1] Domicilio: COL. LINDA VISTA ESTE, CALLE 1, # 15, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AGALTA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Servicio de seguros, operaciones financieras, operaciones monetarias, negocios inmobiliarios.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUIS FERNANDO LÓPEZ BARRIENTOS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de marzo del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 14 M. 2019.

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Resolución

Resolución No. 11454/19 — Solicitud de registro de marca de servicio TACONTENTO Y DISEÑO

Dirección de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 11454/19 2/ Fecha de presentación: 12/03/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Inversiones Solidas, S.A. (IN SOSA) 4.1/Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: TA CONTENT O Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Lilian Estefani Irias Sosa

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 03/04/2019 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019.

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Resolución

Resolución No. 23600-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica KT Lubricants y Diseño

Dirección de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 23600-18 2/ Fecha de presentación: 28 de mayo del 2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: CENTRAL DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES, S.A. (CENCOL). 4.1/Domicilio: Colonia Miramontes, Octava Calle, Edificio Santos y Cía., Tegucigalpa. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: KT Lubricants y Diseño. 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 04 8/ Protege y distingue: Aceites y grasas industriales, lubricantes, productos para absorber, regar y concentrar el polvo, combustibles (incluyendo gasolinas para motores) y materias de alumbrado, bujías y mechas para el alumbrado. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Edith María López Rivera

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: Raúl López Rivera USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 17-07-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019.

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Resolución

Resolución No. 2018-23605 — Solicitud de registro de marca de fábrica CENCOL LUBRICANTS y Diseño

Dirección de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-23605 2/ Fecha de presentación: 28-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Central de Combustibles y Lubricantes, S.A. (CENCOL). 4.1/Domicilio: Colonia Miramontes, Octava Calle, Edificio Santos y Cía. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: CENCOL LUBRICANTS y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 04 8/ Protege y distingue: Aceites y grasas industriales, lubricantes, productos para absorber, regar y concentrar el polvo, combustibles (incluyendo gasolinas para motores) y materias de alumbrado, bujías y mechas para el alumbrado. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Edith María López Rivera

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: Raúl López Rivera USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 17-07-2018. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019.

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Resolución

Resolución No. 2018-23599 — Solicitud de registro de marca de servicio CENCOL Express y Diseño

Dirección de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-23599 2/ Fecha de presentación: 28-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Central de Combustibles y Lubricantes, S.A. (CENCOL). 4.1/Domicilio: Colonia Miramontes, Octava Calle, Edificio Santos y Cía. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: CENCOL Express y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Construcción, reparación, servicios de instalación. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Edith María López Rivera

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: Raúl López Rivera USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 16-07-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019.

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Resolución

Resolución No. 2018-023610 — Solicitud de registro de marca de servicio ENTRE COPAS Y DISEÑO

Dirección de Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-023610 [2] Fecha de presentación: 28/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES SPICA, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ENTRE COPAS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: EDITH MARÍA LÓPEZ RIVERA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2019.

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