Acuerdo Ministerial No. 002-2015 — Delegación de facultad para realizar Licitación Privada Nacional de seguro de vida para Cuerpo de Bomberos
Poder Judicial
- Decreto: 002-2015
- Publicación: 5 de marzo de 2015
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 33,674
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este acuerdo autoriza al Comandante General del Cuerpo de Bomberos para realizar una licitación nacional y contratar un seguro de vida colectivo para sus bomberos de Tegucigalpa. La medida busca proteger a los bomberos y sus familias ante los riesgos que enfrentan diariamente en su trabajo.
Considerandos
Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.
Que de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo, la competencia puede ser delegada del Órgano superior a un Órgano Inferior en determinadas materias.
Que con el objeto de agilizar la Administración Pública, los Secretarios de Estado podrán delegar en los funcionarios y empleados, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos documentos jurídicos.
Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras se crea mediante Decreto Legislativo No. 294-93 de fecha 16 de Diciembre de 1993, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 11 de Enero de 1994, constituyéndose como una Institución Desconcentrada de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, ahora Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población, según Decreto Legislativo No. 177-2010 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha siete (7) de Octubre del año dos mil diez (2010), ahora conocida como Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, según Decreto Legislativo 266-2013.
Que es necesaria la adquisición de un seguro de vida colectivo para personal técnico y administrativo por contrato y voluntario del Cuerpo de Bomberos de Tegucigalpa, ya que por su quehacer diario se enfrentan a una agravación del riesgo.
Que en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contratación del Estado, El Cuerpo de Bomberos de Honduras, ha elaborado las Bases de Licitación y documentos legales necesarios para iniciar el proceso de Licitación Privada Nacional No. HBCBH 001/2015 para el suministro antes referido.
Que el procedimiento de Licitación Privada es legal y apegada a derecho, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contratación del Estado su reglamento y en las Disposiciones Generales de Presupuesto. Para el ejercicio fiscal 2015, contenidas en el Decreto Legislativo No. 140-2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 18 de Diciembre del 2014; por lo que es procedente formalizar la autorización para la continuación de los trámites correspondientes.
Articulos
Delegar en el Comandante General del Cuerpo de Bomberos la facultad de realizar la Licitación Privada Nacional No. HBCBH 001/2015 para la adquisición de un seguro de vida colectivo para personal técnico y administrativo por contrato y voluntario del Cuerpo de Bomberos de Tegucigalpa.
El Cuerpo de Bomberos de Honduras tendrá a su cargo la conducción y coordinación del procedimiento de Licitación y adjudicación, de acuerdo a las normas establecidas en la Ley de Contratación del Estado.
El Comandante General del Cuerpo de Bomberos de Honduras, será el responsable por el ejercicio de esta competencia delegada.
El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los dos días del mes de enero del año dos mil quince. RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL _______
(E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida, Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial Choluteca, Choluteca, barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, “Los Castaños”. barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. planta, Aptos. Teléfono: 25519910. principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: 1. Suscripción por seis meses Lps. 1,000.00 2. Suscripción por 1 año Lps. 2,000.00 3. Servicio de consulta en línea. 1) Acuerda: Autorizar al Procurador General de la República ABRAHAM ALVARENGA URBINA, para que en nombre del Estado de Honduras ejercite las facultades que expresa mención como ser ALLANARSE, CONCILIAR Y TRANSIGIR.
C ERT IFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “
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