VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 294-93
Decreto Legislativo No. 294-93 — Ley de Creación del Cuerpo de Bomberos de Honduras
Texto completo
Decreto Legislativo No.294-93 Ley de
Creación del Cuerpo de Bomberos de
Honduras Capitulo VIII Artículo 40 y
Decreto No. 134-90 Ley de
Municipalidades, Artículo 83 Servicio
de Bomberos.
Dirección General de la
Marina Mercante
Nacional (MARMER)
cien por ciento
(100%)
Los ingresos que por la
inscripción en el Registro de
Buques y por la emisión de la
Patente de Navegación recaude
en el exterior, así como cualquier
otro ingreso propio que genere.
Ley Orgánica de la Marina Mercante
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según
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Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales
Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos.
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