Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
15 de julio de 1959Reformada

Código del Trabajo de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 189-59
  • Publicación: 15 de julio de 1959
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 16,827
  • Categoria: Laboral
  • Versión:

Modificaciones

Articulo 785

Código del Trabajo de Honduras

Articulo 785.-

Si todos o partes de los bienes que se rematan estuvieren situados en distintos municipios de aquél en debe de hacerse la subasta; el Juez de la causa librará despacho cometido al Juez del lugar donde se encuentren para que fije también carteles por seis (6) días en los términos indicados. Sin la devolución del despacho diligenciado no se podrá proceder al remate. INADMISIBILIDAD DE INCIDENTES O EXCEPCIONES MERITO EJECUTIVO DE LAS RESOLUCIONES DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL

Notas

Cargando…