Aviso No. 0801-2023-01142 — Aviso de Demanda en Materia Personal contra Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2023-01142
- Publicación: 20 de diciembre de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,414
Texto completo
República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario, del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de octubre del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor DEVIS JOSUE IZAGUIRRE FIGUEROA, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-01142, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION, se interpone demanda en materia de personal para que se declarare la nulidad e ilegalidad del acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo número 626-2023 de fecha veinte de septiembre del año dos mil veintitrés, emitido por la Secretaría de Estado y los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley. Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular del derecho que se reclama y adoptar como medidas necesarias para su pleno restablecimiento, el reintegro al cargo de oficial de personal III de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, o a otro de igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta ser reintegrado al cargo mediante sentencia definitiva procedente, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviere el puesto en el transcurso del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el proceso como ser pago decimotercero y decimocuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Costas del juicio. Se acompañan documentos. Se otorga poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 20 D. 2023 ____________ PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN
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