8 de octubre de 2025Vigente
Decreto Legislativo No. 87-87 — Parque Nacional Cusuco
Congreso Nacional
- Decreto: 87-87
- Publicación: 8 de octubre de 2025
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 36,961
Texto completo
Se excluye en su totalidad cualquier traslape con el Parque Nacional “Cusuco”, declarado mediante Decreto Legislativo 87-87, quedando dichas hectáreas bajo el manejo y gestión del Parque Nacional “Cusuco”. Se recupera el sector del Cerro Will junto a otros espacios estratégicos del perímetro, con base en criterios ecológicos, biológicos y sociales. En consecuencia, la extensión definitiva del Parque Nacional “El Merendón” queda establecida en 37,006.8 hectáreas,
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo No. 87-1987 — Declaración de Parques Nacionales, Refugios de Vida Silvestre y Reservas Biológicas en bosques nublados (Decreto 87-1987, 2015)
- Decreto Legislativo No. 190-2006 — Declarar Área Protegida a Perpetuidad Zona Productora de Agua Reserva El Jilguero (Decreto 190-2006, 2015)
- Acuerdo No. 007-2016 — Aprobación readecuación del Plan de Manejo para la Reserva Biológica Montecillos período 2016-2027 (Decreto 007-2016, 2018)
- Acuerdo No. 032-2016 — Aprobación Plan de Manejo del Refugio de Vida Silvestre Mixcure Período 2016-2028 (Decreto 032-2016, 2017)
- Acuerdo Ejecutivo No. 038-2018 — Aprobación Plan de Manejo de la Zona Productora de Agua Danlí Apaguiz período 2019-2030 — El Instituto Nacional de Conservación Forestal aprueba planes de manejo para tres áreas protegidas (Refugio El Armado, Reserva Volcán Pacayita y Zona Danlí Apaguiz) durante 2019-2030. Estos planes establecen reglas para usar sosteniblemente los recursos naturales, proteger la vida silvestre y el agua, mejorando la vida de las comunidades locales. (Decreto 038-2018, 2019)