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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

15 diciembre 2023Edición No. 36,410

Acuerdo

Acuerdo No. 144-A-2023 — Reglamento Interno del Colegio de Defensa Nacional

Fuerzas Armadas de Honduras, Colegio de Defensa Nacional

  1. 1.

    Que el Artículo 289 de la Constitución de la República expresa: Se establece el Colegio de Defensa Nacional, como el más Alto Centro de Estudios de las Fuerzas Armadas, encargado de la capacitación del personal militar y civil selecto, para que, en acción conjunta de los Campos Político, Económico, Social y Militar participen en la Planificación Estratégica Nacional.

  2. 2.

    Que el Artículo 132 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, insta lo siguiente: El Colegio de Defensa Nacional, es el más Alto Centro de Estudios de las Fuerzas Armadas y tiene por objeto la capacitación de personal militar y civil selecto, para que, en acción conjunta de los campos Político, Económico, Social y Militar, participen en la Planificación Estratégica Nacional.

  3. 3.

    Que el Artículo 134 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas enuncia lo siguiente: Serán seleccionados en carácter de participantes los Oficiales de las Fuerzas Armadas, que hayan realizado estudios de Comando y Estado Mayor y Superiores y por invitación a miembros de instituciones públicas y privadas que se hayan destacado en los campos políticos, económicos, social y militar, conforme al Reglamento Interno.

  4. 4.

    Que el Artículo 135 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, dice lo siguiente: El Colegio de Defensa Nacional tiene como objetivo la EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 educación de los cursantes por medio de la investigación continua de los factores del Desarrollo y del Poder Nacional. Sus conclusiones académicas, lineamientos doctrinarios y recomendaciones servirán a la Dirección del Estado en el planeamiento de la Defensa y el Desarrollo Nacional.

  5. 5.

    Que el Artículo 136 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas instaura: El Colegio de Defensa Nacional dependerá de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional; y estará bajo el mando de un oficial General o Coronel de las Armas o su equivalente, en activo o en retiro y se denominará Rector del Colegio de Defensa Nacional, se regirá por su propio Reglamento.

  6. 6.

    Que el Artículo 137 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, establece: El Colegio de Defensa Nacional, será también la dependencia encargada de crear, desarrollar e investigar conceptos doctrinarios relacionados con el desarrollo y el Poder Nacional de interés para el Estado.

  7. 7.

    Que el Artículo 138 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas literalmente dice lo siguiente: “El Colegio de Defensa Nacional funcionará con el personal docente, tropa y personal auxiliar, equipo, materiales, bienes muebles e inmuebles, que le sean asignados.

Articulo 1

Es responsabilidad del personal de Oficiales, Sub Oficiales, Tropa, Personal Auxiliar y los Estudiantes cumplir las disposiciones del presente Reglamento, así como las normas, procedimientos del Colegio de Defensa Nacional, debiendo participar en forma entusiasta y profesional poniendo toda su atención en el desarrollo de las actividades programadas.

Articulo 2

a. Principios El Colegio de Defensa Nacional se somete a la obediencia, al respeto, la defensa de la Constitución y sus leyes; cumpliendo estrictamente con sus preceptos como ser la legitimidad, respeto a la jerarquía, obediencia, efectividad, eficiencia, cortesía, disciplina y respeto a los Derechos Humanos. b. Alcance Las normas y disposiciones contenidas en el presente Reglamento, son de cumplimiento obligatorio para el personal que conforma el Colegio de Defensa Nacional y estudiantes que participan en los diferentes programas académicos, respetando sus derechos constitucionales y los recursos que las leyes nacionales establecen. c. Objetivo del Reglamento El presente Reglamento tiene como objetivo regular la administración, organización y funcionamiento de los recursos humanos y materiales del Colegio de Defensa Nacional, siendo de riguroso cumplimiento para sus autoridades, personal docente, administrativo de servicio y para los estudiantes de acuerdo a su nivel educativo. d. Visión Ser el más alto Centro de Estudios de planificación e investigación en Defensa y Seguridad de la región, donde basado en principios y valores, se fomente el pensamiento estratégico, se desarrollen competencias integrales que permitan anticipar se a los cambios en el entorno y se promueva la cultura de la defensa, creando una comunidad académica que contribuya a la consecución de aspiraciones, intereses y objetivos nacionales. e. Misión El Colegio de Defensa Nacional es el más Alto Centro de Estudios Superiores de las Fuerzas Armadas destinado a la capacitación del personal militar y civil selecto, para que, en acción conjunta de los campos Políticos, Económico. Social y Militar, participen en la Planificación Estratégica Nacional; caracterizándose su talento humano, para ser personas respetuosas, con identidad nacional, profesionales, responsable, leales y honestos.

Articulo 3

Objetivo Principal del Colegio de Defensa Nacional. Capacitar a personal Militar y funcionarios de las instituciones del Estado, para estos en una Acción Conjunta puedan emplear los instrumentos del Poder Nacional para contribuir y fortalecer la Planificación Estratégica.

Articulo 4

Objetivos Secundarios del Colegio de Defensa Nacional. a. Capacitar en Defensa y Seguridad con el fin de profundizar los conocimientos en los factores del Poder Nacional en el país dentro del contexto de la situación nacional, regional e internacional. b. Enseñar metodologías y técnicas de planeamiento al más alto nivel, para continuar en la planificación estratégica institucional a fin de fortalecer y direccionar esfuerzos de las instituciones estatales y privadas del país. c. Fortalecer la conciencia nacional en los potenciales líderes del país concurrentes a los diferentes programas académicos del Colegio de la Defensa Nacional. d. Fomentar en los participantes la capacidad de análisis y el pensamiento crítico para desarrollar competencias que le permitan desarrollar escenarios para proponer acciones en un ambiente volátil, incierto, complejo y ambiguo.

Articulo 5

Heráldica del logo representativo del Colegio de Defensa Nacional. a. La composición de un blasón (escudo de armas de un linaje) de fondo azul celeste y contorno amarillo, creado desde el siglo XIII. b. Título principal en color negro REPÚBLICA DE HONDURAS. c. Subtítulo institucional en color negro: COLEGIO DE DEFENSA NACIONAL. d. Siglas abreviadas grandes en color blanco: CDN. e. El mapa de la República de Honduras en color amarillo, es el elemento central y principal del escudo; e identifica gráfica mente la situación de un Estado balanceado conforme a una alianza, orden social y se asocia con el conocimiento de la sociedad, de su organización encaminados a la nobleza, rangos, órdenes y costumbres. f. El texto y eslogan filosófico dentro del mapa de Honduras en color negro: UNIDOS EN LA DEFENSA Y GRANDEZA DE HONDURAS. g. Ramas de la u rel en color verde: Representan condecoración y tributos de la ciencia, estudio, dedicación y cultura que le precede. h. El listón en color blanco: Representa la amalgama final de la unión y fortaleza de conocimientos adquiridos. i. Año de inicio de funcionamiento (números romanos) en color blanco: MCMXCI. j. Colores: 1. Blanco: Representa fe, pureza se asocia con la seguridad y tiene una connotación positiva. 2. Amarillo: Representa la luz del sol, el poder de la sabiduría, decisión y capacidad en las ideas claras para juzgar todo. Se asocia con ser organizado para asimilar las ideas innovadoras y aporta la habilidad de ver y comprender los diferentes puntos de vista. 3. Azul Celeste: Representa el espacio entre el cielo y el mar se asocia con la estabilidad y la profundidad simboliza la sinceridad y la piedad. 4. Verde: Representa la naturaleza por excelencia, armonía, crecimiento, exuberancia, fertilidad y frescura se asocia con el crecimiento, la esperanza y la paz. 5. Negro: Representa poder autoridad y fortaleza se asocia al prestigio, el silencio, la seriedad y la elegancia. CAPÍTULO II DEPENDENCIA

Articulo 6

Dependencia El Colegio de Defensa Nacional,orgánica y administrativamente depende de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, como centro docente de enseñanza y estudios del más alto nivel en la temática de Defensa y Seguridad Nacional. CAPÍTULO III SECCIÓN I VALORES

Articulo 7

Valores El Colegio de la Defensa Nacional es el forjador de los valores nacionales como fundamento de la Planificación Estratégica Nacional, para preservar a Honduras como un Estado Libre, Soberano e Independiente capaz de proveer a sus conciudadanos el bienestar y la seguridad que exige la realización de sus vidas. a. Respeto Consideración, con que se trata a una persona o una cosa por alguna cualidad, situación o circunstancia que las determina y que lleva a acatar lo que dice o establece o a no causarle ofensa o perjuicio. b. Lealtad Es una virtud que se desenvuelve en nuestra conciencia, en el compromiso de defender y de ser fieles a lo que creemos y en quien creemos. La lealtad es una virtud que consiste en la obediencia de las normas de fidelidad, honor, gratitud y respeto. c. Identidad Nacional Es el sentimiento de pertenencia a una comunidad histórica, cultural, lingüística y social, que se corresponde en mayor o menor medida con algún país, región o comunidad política. Dicho más fácilmente, es un sentido de pertenencia. d. Honestidad Cualidad humana que consiste en comportarse y expresarse con sinceridad y coherencia, respetando los valores de la justicia y la verdad. e. Profesionalismo Cualidad de la persona u organismo que ejerce su actividad con relevante capacidad y aplicación. f. Responsabilidad Cualidad que tiene aquel individuo que cumple sus obligaciones o promesas y asume las consecuencias de sus actos, cuando los realiza de manera consciente e intencionada. SECCION II AMBIENTE LABORAL

Articulo 8

Relaciones administrativas El Colegio de Defensa Nacional, sus autoridades, personal docente, administrativo de servicio, resolverán sus problemas laborales y académicos en un ámbito de justicia y equidad, con respeto mutuo, cumpliendo las obligaciones reciprocas que imponen las Leyes vigentes y la Reglamentación que rige el funcionamiento al Colegio de Defensa Laboral. SECCION III DEFINICIONES

Articulo 9

Definiciones Para los efectos del presente Reglamento se definen como: a. Autoridades Personas facultadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional para regir y administrar el Colegio de Defensa Nacional. b. Conferencistas Especialistas nacionales o extranjeros, civiles o militares, que mediante invitación girada por el Colegio de Defensa Nacional le asisten directamente en el desarrollo del pensum académico a través de la transmisión de conocimientos calificados de la realidad nacional e internacional. c. Educación Virtual Es una estrategia educativa que facilita el manejo de la información y que permite la aplicación de nuevos métodos pedagógicos y académicos enfocados al desarrollo de aprendizajes significativos en tiempo real o en forma diferida, los cuales están centrados en el estudiante y en la participación activa. Permite superar la calidad de los recursos presenciales, se ajusta al horario personal de los estudiantes y facilita la interacción continua entre compañeros y el docente por medio virtual. d. Ensayo Texto escrito en verso libre, en general per un solo autor, en el cual se exponen de manera argumenta tiva, el punto de vista, opiniones o posiciones del escritor ante un tema determinado. e. Escuela de Pensamiento Foro de alto nivel donde se aplica el método científico generando pensamiento crítico que se convierte en una herramienta para la toma de decisiones en materia de Defensa y Seguridad Nacional. f. Estudiante Profesionales civiles y/o militares que integran los programas de Educación Formal y Educación No Formal impartidos por el Colegio de Defensa Nacional. g. Estudio de País Es un trabajo de investigación que consideran todos los instrumentos del poder nacional de un determinado país o área de interés. h. Estudio de Áreas Es un trabajo de investigación que se realiza en base a una relación directa o indirecta de uno o varios instrumentos del poder nacional. i. Junta de Selección Está conformada por la Vicerrectoría, División Académica, División de Estudiantes, Comando y Administración con el visto bueno de la Rectoría, en lo referente al proceso de selección de los estudiantes de la educación formal y no formal de este centro de estudios. j. Oficiales de Planta Personal militar en servicio activo que ostente el grado de Sub-Teniente hasta el grado de General o su equivalente y que se desempeñen en funciones administrativas, de seguridad o mando de tropa, asignados por la superioridad al Colegio de Defensa Nacional. k. Personal Auxiliar Los ciudadanos hondureños por nacimiento que en forma transitoria o permanente prestan sus servicios profesionales, administrativos y/o especializados dentro de las Fuerzas Armadas. I. Personal Docente Profesionales civiles y militares nacionales o extranjeros que, por su formación académica desempeñan funciones de docencia, coordinación, supervisión y planificación académica a tiempo completo o parcial en el Colegio de Defensa Nacional. m. Personal Técnico Profesionales del nivel superior, que, por el grado de especialización en labores de orden técnico operativo, asisten en el área educativa, logística y de administración al Colegio de Defensa Nacional. n. Personal de Tropa Ciudadanos hondureños en servicio activo de las Fuerzas Armadas de Honduras que, prestando su servicio militar, voluntario, educativo y social son asignados por la superioridad al Colegio de Defensa Nacional. o. Recursos Humanos Son las personas naturales que legalmente estén vinculadas al mismo desempeñando cargos con carácter permanente o transitorio, a tiempo completo parcial en cualquiera de los cargos de su estructura organizativa, incluyendo a los estudiantes de la educación formal y no formal. p. Supervisión Es el proceso que se realiza para determinar el cumplimiento de los diferentes indicadores de control en el desarrollo de un trabajo de investigación o de una tarea asignada q. Tesis Trabajo escrito de investigación especialmente el que se exige para obtener un grado académico. SECCION IV AMPLITUD DE JURISDICCION

Articulo 10

Ámbito de Aplicación El presente reglamento aplicará a sus autoridades, personal docente, administrativa y a los estudiantes de la Educación Formal y Educación No Formal impartidos por el Colegio de Defensa Nacional, en cualquier zona geográfica del país o del exterior en donde esté constituida una actividad oficial del mismo. CAPITULO IV NORMATIVA JURIDICA APLICABLE

Articulo 11

Normativa Jurídica Aplicable Para el eficaz cumplimiento de sus actividades, el Colegio de Defensa Nacional está regido por las siguientes leyes y normas internas aplicables: a. Constitución de la República. b. Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas. c. Ley de Personal para Miembros de las Fuerzas Armadas. d. Reglamentos vigentes de las Fuerzas Armadas. e. Ley de Educación Superior. f. Código Militar. g. Reglamento de Postgrado. h. Normas Académicas de la Universidad de Defensa de Honduras. i. Otra Normativa Jurídica vigente aplicable. TITULO II ORGANIZACION Y FUNCIONES CAPITULO I DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONES

Articulo 12

El Colegio de Defensa Nacional Para el cumplimiento de su misión y demás funciones contará con los Recursos Humanos y los recursos materiales necesarios para su funcionamiento, asignado por el Alto Mando Militar y cuya organización estará a cargo del señor Rector.

Articulo 13

Organización del Colegio de Defensa Nacional El Colegio de Defensa Nacional estará organizado de la manera siguiente: a. Rectoría b. Vicerrectoría. c. Secretaria General. d. División Académica. e. División de Estudiantes. f. División de Relaciones Interagencial es e Internacionales g. División de Investigación y Desarrollo. h. División de Comando y Administración; y, i. Otros que se crearen, previa autorización del Escalón Superior. SECCION I DE LA RECTORÍA

Articulo 14

Denominación del señor Rector El señor Rector del Colegio será un Oficial General o Coronel de las Armas o su equivalente, en servicio activo, de ser necesario egresado del Colegio de Defensa Nacional y con experiencia en funciones de planificación de Defensa en organismos de alto nivel nacional y se denominará Rector del Colegio de Defensa Nacional.

Articulo 15

Administración y Planificación La Rectoría es la responsable de la administración del Colegio de Defensa Nacional, así como de la planificación de sus actividades; de acuerdo con las Leyes de la República, directrices emanadas del Escalón Superior y lo que este Reglamento establece.

Articulo 16

La Rectoría Contará con la asistencia del: a. El Vicerrector b. Secretario General. c. Cuerpo de Asesores (Jefes de Divisiones). d. Consejo Académico. e. Consejo Disciplinario. f. Consejo de Docentes. g. Consejo Administrativo. h. Otros que la Rectoría establezca.

Articulo 17

Funciones Sus funciones serán: a. Ser el oficial enlace dentro de la Cadena de Mando con la Secretaría de Defensa Nacional y el señor Jefe del Estado Mayor Conjunto. b. El Rector, será el encargado de establecer y coordinar relaciones con representación nacional y extranjeras para el intercambio académico. c. Ejecutar el presupuesto asignado. d. Asistir en condición de miembro al Consejo Directivo de la Universidad de Defensa de Honduras. e. Dar respuesta a los requerimientos solicitados por la Universidad de Defensa de Honduras, en caso de existir objeción a los mismos justificar debidamente. f. Ser el representante de las Fuerzas Armadas de Honduras ante la Asociación de Colegios de Defensa Iberoamericanos (ACDIA). g. Administrar, dirigir y controlar los recursos humanos y materiales bajo su mando asignado y delegar autoridad en caso de ausencia o enfermedad. h. Mantener informado al Alto Mando, CODOCEM y a la Universidad de Defensa de Honduras, sobre las actividades académicas desarrolladas en este Alto Centro de Estudios. i. Recomendar al señor Jefe del Estado Mayor Conjunto en los asuntos relacionados a las posibilidades de como extender y conectar al Colegio de Defensa Nacional, con otras instituciones académicas y todos los asuntos de importancia relacionados con la Defensa Nacional. j. Velar porque se cumplan los planes académicos de la Educación Formal y Educación No Formal que se imparten. k. Presidir el Consejo Superior del Colegio de Defensa Nacional. l. Ordenar la conformación de los Consejos Académico, Disciplinario, Docente y Administrativo. m. Velar por que se cumplan los reglamentos y estatutos del Colegio de Defensa Nacional. SECCION II DE LA VICERRECTORIA

Articulo 18

Vicerrector El Vicerrector del Colegio será un Coronel o su equivalente en servicio activo preferiblemente egresado del CDN.

Articulo 19

Funciones Sus funciones serán: a Representar al señor Rector en actividades asignadas en ausencia del mismo. b. Asesorar al señor Rector en todo lo pertinente al funcionamiento del CDN. c. Supervisar el trabajo de las diferentes divisiones y la ejecución de todos las Planes de Estudio. d. Supervisar el desarrollo de las actividades administrativas. e. Supervisar el estricto cumplimiento a todas las normas y directrices emanadas por el Escalón Superior. f. Presidir los Consejos Académico, Disciplinario, Docente y Administrativo. g. Supervisar que se cumplan los estatutos educativos del Colegio de Defensa Nacional. h. Supervisar la presentación y el horario de los estudiantes y catedráticos de servicio. i. Supervisar las diferentes actividades sociales tales como: 1. La primera actividad de los estudiantes conocida como rompehielos. 2. Actividades sociales de beneficencia. 3. Visitas a instituciones del Estado. 4. Visitas a instituciones no gubernamentales. 5. Giras al interior y al exterior del país. 6. Otras que se establezcan. j. Otras que se le asignen. SECCION Ill DE LA SECRETARIA GENERAL

Articulo 20

Órgano de la Secretaría General La Secretaría General es responsable de asesorar al señor Rector en todos los aspectos legales con el conocimiento actualizado de las normas legales vigentes dando fe a las resoluciones u otras normas emitidas por el señor Rector y así como las actas del Consejo Superior par las decisiones adoptadas en las mismas y disponer la publicación de los dispositivos que legalmente correspondan.

Articulo 21

Del Secretario(a) General Sera un Oficial en servicio activo con el grado de Coronel o su equivalente, abogado debidamente colegiado y preferiblemente egresado del Colegio de Defensa Nacional

Articulo 22

Funciones Sus funciones serán: a. Asesor principal del señor Rector de todo lo relacionado con las Leyes y Reglamentos vigentes. b. Responsable de dar fe a todas las actuaciones del señor Rector, refrendando su firma. c. Certificar, registrar, notificar las resoluciones u otras normas emitidas por el Rector y del Consejo Superior. d. Fungir como secretario con voz y voto del Consejo Superior, elaborando y custodia ndo las actas de las sesiones que estos celebren y suscribiéndolas en conjunto con el Sr. Rector. e. Elaborar y/o adecuar los proyectos de acuerdos y resoluciones del Consejo Superior en estricta sujeción a las decisiones adoptadas por los mismos y a las normas legales vigentes, así como disponer la publicación de los dispositivos que legalmente correspondan. f. Supervisar el cumplimiento de las resoluciones emitidas por los diferentes Consejos constituidos por el Colegio de Defensa Nacional, una vez que haya adquirido firmeza el acto. g. Elaborar informes y propuestas de asuntos que el Colegio de Defensa Nacional haya de someter a órganos colegiados de gobierno. h. Revisar los diferentes contratos inherentes al Colegio de Defensa Nacional. i. Someter a revisión el Reglamento del Colegio de Defensa, periódicamente para realizar cambios cada cinco años cuando este lo amerite. j. Emitir las opiniones y recomendaciones legales que le solicite el Rector, Vicerrector y Jefes de División como soporte para la toma de decisiones. k. Proyectar las decisiones administrativas que deba emitir el Rector en cumplimiento de sus funciones y que requieran soporte jurídico. l. Emitir concepto jurídico para cualquier tipo de convenio, alianza o contrato administrativo y/o académico. m. Orientar respecto al trámite legal a impartir para atender los requerimientos que efectúen la Secretaría de Defensa Nacional, Estado Mayor Conjunto, Organismos y Dependencias, Universidad de Defensa de Honduras autoridades civiles, entidades privadas y personas naturales. n. Responsable de revisar toda documentación emanada por este Centro de Estudios para su publicación como es el Dossier de At en e a en Diario La Tribuna y el periódico Fuerzas Armadas Digital.

Articulo 23

Jefaturas de Divisiones Serán desempeñadas por un Oficial superior Diplomado de Estado Mayor, preferiblemente egresado del Colegio de Defensa Nacional, con experiencia en funciones académicas y planeamiento estratégico. SECCION IV DIVISION ACADEMICA

Articulo 24

Responsable Será responsable de crear, revisar y actualizar los planes de estudios y coordinar su desarrollo, de acuerdo con las ordenes emanadas por la Rectoría. Debiendo ser Oficial superior Diplomado de Estado Mayor, preferiblemente egresado del Colegio de Defensa Nacional.

Articulo 25

Organización Para el cumplimiento de sus funciones, la División Académica estará organizada de la manera siguiente: 1. Jefatura de la División. 2. Subjefe de División. 3. Departamento de Post-grado. (Ahora es Calidad Educativa). 4. Departamento de Estrategia. 5. Departamento de Evaluación. 6. Departamento de Docencia

Articulo 26

Funciones Sus funciones serán: a. Asesorar al señor Rector en lo relacionado a los asuntos académicos que se imparten en el Colegio de Defensa Nacional, también en los análisis e investigaciones de problemas nacionales. b Preparar instructivos para las diferentes actividades académicas de acuerdo con el Plan de Estudio. c Ser el enlace con otros centros de educación superior para coordinar la ejecución de los diferentes programas de estudio. d Coordinar las giras de estudio nacionales y extranjeras e Planificar con los jefes de departamentos y secciones las actividades de la División Académica y coordinar los con las demás divisiones f Diseñar y rediseñar los diferentes planes de estudios que se autoricen en los diferentes niveles de educación g. Desarrollar la programación de los diferentes planes de estudio de acuerdo con el plan maestro de actividades. h. Elaborar y actualizar toda la documentación relacionada con la actividad académica según los Planes de Estudio. i. En coordinación con la División de Relaciones Interagencial es e Internacionales se deberá contribuir a la proyección institucional mediante una comunicación social efectiva, que le permita crear y mantener la imagen de una institución comprometida con la defensa y desarrollo de nuestra nación. j. Integrará el Consejo Académico y el Consejo Docente k. Otros que se le asignen. SECCION V DIVISION DE ESTUDIANTES

Articulo 27

Alcance Fungirá como enlace entre la Rectoría, las demás divisiones y el cuerpo de estudiantes; con el propósito de mantener la disciplina y el control durante el desarrollo de las actividades. Debiendo ser Oficial superior Diplomado de Estado Mayor, preferiblemente egresado del Colegio de Defensa Nacional.

Articulo 28

Organización Para el cumplimiento de su misión, estará organizada de la manera siguiente: a. Jefe de División. b. Subjefe de División. c. Cuerpo de Estudiantes.

Articulo 29

Funciones Sus funciones serán: a. Asesor principal del señor Rector de todo lo relacionado con el Cuerpo de Estudiantes. b. Responsable de que cada estudiante cumpla las disposiciones del Reglamento del Colegio de Defensa y Manual del Estudiante del Colegio del Defensa Nacional. c. Elaborar los expedientes de los Estudiantes en la semana administrativa, con toda la documentación completa. d. integrará el Consejo Académico, Docente, Disciplinario y el Superior. e Participará en el proceso de planificación, programación, conducción y evaluación de los estudiantes f Mantener informado al señor Rector de la asistencia, puntualidad, presentación y conducta del Cuerpo de Estudiantes. g. Coordinar con la División Académica para que programe actividades de todo tipo (deportivas, sociales, culturales, etc.) h. Otras que se le asignen. SECCION VI DIVISION DE RELACIONES INTERAGENCIAL ES E INTERNACIONALES

Articulo 30

División de Relaciones Interagencial es e Internacionales Es el órgano de gestión en lo referente a las relaciones académicas y educativas con otras instituciones en el ámbito nacional e internacional para fortalecer el Colegio de Defensa Nacional y estará bajo el mando de un Oficial superior Diplomado de Estado Mayor, preferiblemente egresado del Colegio de Defensa Nacional.

Articulo 31

Organización Para su funcionamiento estará organizada de la manera siguiente: a. Jefe de División. b. Subjefe de División. c. Departamento de Relaciones Interagencial es. d. Departamento de Relaciones Internacionales. e. Departamento de Relaciones Públicas.

Articulo 32

Funciones Sus funciones serán: a. Asesorar al señor Rector del Colegio de Defensa Nacional en el campo de las relaciones con la Asociación de Colegios de Defensa iberoamericana y otros centros de altos estudios extranjeros relacionados con la Defensa y Seguridad Nacional. b. Coordinar la Asociación de Colegios de Defensa de Iberoamérica (ACDIA), todo lo relacionado a la educación superior en el campo de Defensa y Seguridad Nacional. c. Coordinar con los centros para la seguridad del Continente Americano todo lo relacionado a la educación superior en el campo de la Defensa y Seguridad nacional. d. Coordinar en el ámbito nacional e internacional con todas las instituciones de educación superior en el campo de la Defensa y Seguridad Nacional. e. Publicar las actividades académicas y de proyección social del Colegio de Defensa Nacional en los diferentes medios de comunicación y redes sociales, previa aprobación del señor Rector. f. Al inicio de cada año se deberá hacer solicitud a la Dirección de Organización, Operaciones, Adiestramiento, Manejo de Crisis, DE FIDE y Asuntos Internacionales (C-3), con el fin de que se envié una circular de invitación a los señores Oficiales superiores a participar en la formulación de escritos para la columna Dossier de At en e a que se pública una vez por semana en el Diario La Tribuna. g. Verificar que el Dossier de At en e a cumpla con el propósito de publicar el pensamiento relacionado con la Seguridad y Defensa Nacional, siendo exclusivo para los egresados de este Centro de estudios superiores y miembros de la Institución Militar, para que mediante un análisis profundo en Estrategia Nacional, Políticas Públicas y prospectivas nacionales, su enfoque oriente a la nación sobre lo que podría ser beneficioso para Honduras, ante las tendencias inestables del entorno internacional; por lo que se deberá enviar para revisión al señor DRRII, señor Vicerrector, Secretaria General para el punto de vista legal y a su vez enviar al señor Rector para su aprobación, (Esta función creo que debería ser de académico, para verificar contenidos, esta división solo sería la publicación) h. Coordinar y supervisar las actividades de los jefes de Departamento de la División i. Mantener informado al señor Rector de todas las actividades concernientes a la División. SECCION VII DIVISION DE INVESTIGACION Y DESARROLLO

Articulo 33

División de Investigación y Desarrollo Es el órgano a cargo de la gestión para la investigación de temas de interés nacional, con el fin que dichos temas (Líneas de investigación para los diferentes programas educativos, investigación, Tesis o Estudio de País) sirvan de base para el desarrollo de proyectos y del país, estará bajo el mando de un Oficial Superior Diplomado de Estado Mayor, preferiblemente egresado de Colegio de Defensa Nacional.

Articulo 34

Organización Para el cumplimiento de su misión estará organizada de la manera siguiente: a. Jefe de División. b Subjefe de División. c. Departamento de Ciencias Políticas d. Departamento de Ciencias Económicas. e. Departamento de Ciencias Psicosociales f. Departamento de Ciencias Militares

Articulo 35

Funciones Funciones generales de la División: a. Asesorar al señor Rector del Colegio de Defensa Nacional, en lo relacionado a la planificación, coordinación y aplicación de la Investigación Académica, así coma integrar los diferentes comités que sean necesarios para el cumplimiento de sus actividades. b. Servir de enlace entre el Colegio de Defensa Nacional y la Universidad de Defensa de Honduras, para la selección de los métodos de investigación académica, así como con otras entidades dentro de la organización de las FF.AA. responsables de la investigación y desarrollo. c. Determinar la metodología en coordinación con la División Académica para que los trabajos de investigación de los estudiantes sean óptimos y útiles en los distintos campos del Poder Nacional en el esquema de la Defensa y Seguridad Nacional y procedimientos de investigación, buscando aplicar los resultados de las mismas para experimentar y obtener proyectos factibles. d. Organizar las ternas evaluadoras de trabajos de investigación cuando sean trabajo final de la Educación Formal y Educación No Formal; así como los programas académicos estrictamente militares. e. Monitorear el cumplimiento de los planes de estudios velando que se adecuen a las necesidades actuales y futuras del país y de las metas del Colegio de Defensa Nacional. (Esta función la realiza el departamento de Calidad Educativa). f. Revisar y recomendar periódicamente los planes de estudios de la Educación Formal y Educación No Formal que imparte el Colegio de Defensa Nacional. (Esta función la realiza el departamento de Calidad Educativa). g. Evaluar el desempeño del catedrático de cada asignatura y emitir opinión sobre los resultados. (Esta función la realiza el departamento de Docencia). h. Revisar, analizar y recomendar sobre los planes y programas de estudio. i. Verificar el f

Ver como documento individual

Reglamento

Reglamento — Reglamento Interno del Colegio de Defensa Nacional

Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional

Articulo 37

Organización Para el cumplimiento de su misión estará organizada de la manera siguiente: a. Jefe de División. b. Subjefe de División. c. Departamento de Seguridad interna. d. Departamento de Logística. e. Departamento de Recursos Humanos. f. Departamento de Finanzas.

Articulo 38

Funciones Sus funciones serán: a. Es el asesor y auxiliar principal del Rector y Vicerrector en todo lo relacionado a lo administrativo y Recursos Humanos. b. Mantendrá informado al Rector de todas las actividades realizadas por la División especialmente a lo relacionado al movimiento presupuestario del Colegio de Defensa Nacional. c. Establecer control y supervisión sobre el funcionamiento de los Departamentos de Recursos Humanos, Logística, Finanzas y Seguridad interna. d. Reunir periódicamente a los Jefes de Departamentos para conocer y resolver los problemas comunes de sus funciones. e. Funge como secretario de los Consejos Académico. Disciplinario, Docente,Administrativo y del Juzgado de Instrucción Militar del CDN. f. Otras que se le asignen. CAPITULO II DE LOS CONSEJOS

Articulo 39

Los Consejos Con excepción del Consejo Directivo son un instrumento, que tiene como misión asesorar al señor Rector en lo referente a solución de problemas, orden disciplinario, académico y administrativo, así como supervisar su ejecución en base al presente Reglamento y el Manual del Estudiante y demás leyes aplicables, serán desempeñadas por los jefes de la Divisiones, Asesor Legal, Asesor Pedagógico, Asesor Académico de este Centro de Estudios en caso de necesitarse estarán con voz y sin voto, lo determinará el presidente del Consejo en su momento.

Articulo 40

Cuando se reúna los consejos el Secretario, debe dejar constancia de todas las decisiones que se tomen en el mismo, levantando un acta la cual debe quedar constancia en archivo y registrada en el libro de actas, el que debe ser firmado por los miembros del consejo en pleno. SECCION I DEL CONSEJO DIRECTIVO

Articulo 41

El Consejo Directivo Es el órgano de máxima jerarquía institucional y sus acuerdos son vinculantes, para todos los sectores que lo integran tiene participación e injerencia en las decisiones de los órganos resolutivos del Colegio de Defensa Nacional en lo concerniente al Plan Estratégico, Oferta Académica y Programas de estudio previa recomendación del Señor Rector. Serán convocados para la Rectoría del Colegio de Defensa Nacional, de manera ordinaria y extraordinaria cuando lo considere conveniente.

Articulo 42

El Consejo Directivo Estará integrado en la forma siguiente: a. Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA). b. Comando de Doctrina Conjunta de Educación Militar (CODOCEM). c. Dirección de Organización, Operaciones, Adiestramiento, Manejo de Crisis, DE FIDE y Asuntos internacionales C-3. d Dirección de Planes Políticas Programas y Asuntos Civiles (C-5). e. Rector del Colegio de Defensa Nacional. SECCION II DEL CONSEJO SUPERIOR

Articulo 43

El Consejo Superior Es el órgano de alzada encargado de conocer los Dictámenes/Actas de los diferentes consejos establecidos en este Alto Centro de Estudios y otros asuntos que se estimen pertinentes para revisión, confirmación o revocación a petición de parte.

Articulo 44

Del Consejo Superior Estará integrado en la forma siguiente: a. El Rector del Colegio, quien lo presidirá. b. Secretario General, quien fungirá como Secretario del mismo c. Jefe de la División Académica d. Jefe de la División de investigación y Desarrollo (cuando el caso sea academico) e. Jefe de la División de Estudiantes. f. Asesor Legal, Asesor Pedagógico, Asesor Académico / en caso de necesitarse estarán con voz y sin voto, lo determinará el Presidente del Consejo en su momento. SECCION III DEL CONSEJO ACADEMICO

Articulo 45

El Consejo Académico Es el órgano consultivo de asesoría e información de la Rectoría, el cual conocerá sobre todos los asuntos relacionados con los aspectos académicos y docentes de las estudiantes de los diferentes programas de educación formal y no formal.

Articulo 46

integrantes El Consejo Académico estará integrado de la forma siguiente: a. Vicerrector, quien funge como presidente. b. Jefe de la División Académica. c. Jefe de la División de Estudiantes. d. Jefe de la División de Relaciones Interagencial es e Internacionales. e. Jefe de la División de Comando y Administración (quien funge como Secretario). f. Asesor Legal Asesor Pedagógico, Asesor Académico / en caso de necesitarse estarán con voz y sin voto, lo determinará el Presidente del Consejo en su momento.

Articulo 47

Funciones El consejo académico tendrá entre otras las funciones siguientes: a. Solicitar y asignar los temas de investigación discutidos con los estudiantes para ser entregados de acuerdo al programa establecido. b. Conocer y resolver de acuerdo a los procedimientos establecidos y las normas académicas, las faltas de carácter académico de los estudiantes, contempladas en el presente reglamento. c. Resolver de acuerdo a los procedimientos establecidos y las normas académicas, sobre los casos de los estudiantes que no cumplan con los planes de estudio del Colegio de Defensa Nacional. d. Presentar recomendaciones a la Rectoría sobre el desempeño de los docentes, mismo que servirá para determinar la continuidad de sus servicios en el Colegio de Defensa Nacional. e. Conocer de otras acciones que sean de índole académico. SECCION IV DEL CONSEJO DISCIPLINARIO

Articulo 48

Del Consejo Disciplinario Estará integrado en la forma siguiente: a. Vicerrector, quien fungirá como Presidente. b. Jefe de la División de Estudiantes. c. Jefe de la División de Relaciones lnteragenciales e Internacionales. d. Jefe de la División de Investigación y Desarrollo. e. Jefe de la División de Comando y Administración (quien funge como Secretario). f. Asesor Legal,Asesor Pedagógico,Asesor Académico, en caso de necesitarse estarán con voz y sin voto, lo determinará el presidente del Consejo en su momento.

Articulo 49

Funciones del Consejo Disciplinario a. Conocer y recomendar sobre los eventuales casos de estudiantes que presenten problemas disciplinarios. b. Conocer las faltas graves y muy graves incurridas por los estudiantes durante el desarrollo de los diferentes programas académicos. c. Aplicar las sanciones disciplinarias de acuerdo al reglamento vigente. d. Instruir al secretario del consejo para las correspon- dientes notificaciones. e. Otras situaciones que se consideran de su competencia. SECCION V DEL CONSEJO DOCENTE

Articulo 50

Del Consejo Docente Estará integrado en la forma siguiente: a. El Vicerrector, quien fungirá como presidente. b. El Jefe de la División Académica y sus Jefes de Departamentos. c. El Jefe de la División de Comando y Administración. (quien funge como secretario). d. El Jefe de la División de Estudiantes. e. El Jefe de la División de Relaciones Interagencial es e internacionales. f. El Jefe de la División de Investigación y Desarrollo. g. Asesor Legal,Asesor Pedagógico,Asesor Académico / en caso de necesitarse estarán con voz y sin voto, lo determinará el presidente del Consejo en su momento.

Articulo 51

Funciones a. Conocer y recomendar sobre los eventuales casos de estudiantes con bajo rendimiento académico. b. Conocer y aprobar el orden demérito de los mismos. c. Recomendar al Rector del Colegio de Defensa Nacional sobre otorgamiento de reconocimiento a docentes, conferencistas y personas distinguidas que apoyen el cumplimiento de la misión del CDN. d. Revisar y recomendar los planes y programas de estudio de los diferentes programas de Educación Formal y No Formal que imparte el Colegio de Defensa Nacional. e. El Consejo Docente propondrá al Rector las diferentes distinciones o condecoraciones internas, que otorga el Colegio de Defensa Nacional a los oficiales, docentes, conferencistas y personas distinguidas que aporten al desarrollo del cumplimiento de la misión. Las distinciones y condecoraciones propuestas serán: 1. Gafetes a) Rector Honorario b) Rector c) Docente Honorario d) Docente Vitalicio e) Docente f) Egresado 2. Pergaminos (1er. 2do y 3er lugar del curso) 3. Diplomas (el Colegio de Defensa Nacional otorgara diploma de egresado, participación. reconocimiento, excelencia académica y al mejor compañero) 4. Placas 5. Presentes f. Otras que se establezcan en el área docente.

Articulo 52

Del Presidente El Presidente del Consejo de Docente, deberá informar al Consejo Académico, todo lo relacionado con las recomendaciones o decisiones tratadas.

Articulo 53

Del Consejo de Docentes El Consejo de Docente se reunirá: a. En las semanas administrativas (inicial y final) de los programas de educación formal y no formal impartidos en el Colegio de Defensa Nacional. b. Cuando sea requerido. SECCION VI DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO

Articulo 54

El Consejo Administrativo Es el órgano que tiene como misión asesorar a la Rectoría en lo referente al funcionamiento administrativo de personal, logística, seguridad física, asuntos civiles, preparación del presupuesto del Colegio de Defensa Nacional. así como supervisar su ejecución en base al plan de trabajo.

Articulo 55

Integración El Consejo Administrativo estará integrado por: a. El Vicerrector, quien lo presidirá. b. Secretario General (Secretario del Consejo) c. Jefe de la División de Comando y Administración. d. Otros que el Rector crea conveniente

Articulo 56

De las reuniones El Consejo Administrativo se reunirá tres veces al año como mínimo o cuando este estime conveniente.

Articulo 57

Atribuciones El Consejo Administrativo tendrá las atribuciones siguientes: a. Asesorar al señor Rector en los procedimientos administrativos para el mejor funcionamiento del Colegio de Defensa Nacional. b. Velar por el cuidado y manejo de los bienes fungibles y no fungibles asignados al inventario del Colegio de Defensa Nacional. c. Ejecutar el presupuesto de acuerdo a lo establecido en el plan de trabajo anual. d. Otras que se establezcan conforme a su competencia.

Articulo 58

Resoluciones Las resoluciones de los consejos deben estar apegadas a lo establecido en las normas académicas, el presente Reglamento interno, Manual del Estudiante y demás leyes. TITULO III DE LA POLITICA ACADEMICA Y DEL SISTEMA EDUCATIVO CAPITULO I SECCION I DEL REGIMEN DOCENTE

Articulo 59

Postura del Colegio de Defensa Nacional El Colegio de Defensa Nacional tiene como compromiso servir al Estado en función de lo prescrito en la Constitución de la República de Honduras, Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas y las Normas Académicas de la Dirección de Educación Superior.

Articulo 60

De los Conferencistas De acuerdo a directrices del Escalón Superior y a cumplimento de estatutos de Educación Superior. Las distinguidas personalidades invitadas a impartir cátedras y conferencias deben ser orientadas a fomentar: a. El interés intelectual. b la libertad de pensamiento crítico y constructivo. c. la capacidad y la objetividad. d. la reflexión y la creatividad e. la capacidad de síntesis f. Fomentar la sinergia en equipos de trabajo interdisciplinarios g. La utilización de métodos y procedimientos que garanticen la transmisión de los conocimientos. h. Su compromiso en la capacitación, planificación estratégica y desarrollo integral de conocimientos de los estudiantes.

Articulo 61

Norma Académica Para cumplir los fines constitucionales encomendados al Colegio de Defensa Nacional, se observará como norma académica, la libertad de catedra debiendo siempre alcanzar los objetivos propuestos en el plan de estudios, estimulando el libre juego de ideas, el debate constructivo y la capacitación integral del estudiante

Articulo 62

Procedimientos Académicos El régimen docente del Colegio de Defensa Nacional, utilizará los procedimientos didácticos adecuados al nivel y al tipo de actividades que se desarrollen; debiendo establecer lo conducente en el procedimiento operativo normal académico.

Articulo 63

La Labor de Docencia En el cumplimiento de la misión del Colegio de Defensa Nacional, se destaca la labor docente como el elemento más significativo para lo cual: a. Desarrollará anualmente los diferentes programas de la oferta académica, mismo que será impartido a personal militar en un nivel estratégico y a funcionarios civiles de alto nivel, tanto de instituciones de carácter público o privados, con potencial de escalar los más importantes cargos que asista al proceso inmediato de toma de decisiones apropiadas y oportunas y/o asesoría en Defensa y Seguridad Nacional b. Desarrollar programas de la oferta académica, con el propósito de estimular el estudio e investigación de los temas nacionales relativos a la Defensa y Seguridad Nacional. c Desarrollará cualquier actividad relacionada con la Defensa y Seguridad Nacional, con los alcances y modalidades establecidas por el alto mando. SECCION II DOCENCIA EN GENERAL

Articulo 64

Organización La docencia en general del Colegio de Defensa Nacional, estará integrada por: a. El Rector b. El vicerrector c. Los Jefes de Divisiones d. Los Jefes de Departamentos de las divisiones e. Docentes de Planta

Articulo 65

Participación de la Docencia El personal docente participará en el proceso de planificación, programación. conducción y evaluacion de la investigación, la docencia y las actividades complementarias. Los requisitos y condiciones exigidos para cada función serán determinados por la Rectoría del CDN

Articulo 66

Solicitudes de la Rectoría La Rectoría del Colegio con la autorización de la Secretaría de Defensa, Jefatura del Estado Mayor Conjunto, solicitará a organismos de las Fuerzas Armadas. instituciones gubernamentales y empresas privadas los servicios profesionales universitarios que se requiera para desempeñarse como docente. investigador, conferencista y evaluador de tesis.

Articulo 67

Contrato de Servicios Profesionales a. De Oficiales Retirados:Considerando su experiencia y especialidad los oficiales retirados de las Fuerzas Armadas podrán ser contratados sus servicios profesionales como docentes y/o conferencistas del Colegio de Defensa Nacional, siempre y cuando no tenga otro contrato con la institución; los Oficiales en Servicio Activo especialistas no necesitan ser contratados, para prestar sus servicios al CDN se hará a través de solicitudes a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa por conducto del Jefe del Estado Mayor Conjunto. b. La contratación de servicios de catedráticos especializados en áreas docentes que sean necesarios e insustituibles para complementar el cumplimento eficiente del plan educativo. deberá hacerse de acuerdo a los parámetros de las Leyes y Reglamentos militares haciendo previa consulta con los entes reguladores internos de las Fuerzas Armadas. SECCION III DE LOS CONFERENCISTAS

Articulo 68

Selección La Rectoría del Colegio de Defensa Nacional hará una minuciosa selección de los conferencistas; pudiendo recurrir a nacionales o extranjeros. a. Dentro de los nacionales, además de los requisitos académicos e intelectuales, tendrán preferencia los que tengan un nivel educativo de: doctorados, maestrías, especializaciones de post-grados universitarios y egresados del Colegio de Defensa Nacional. b. Dentro de los extranjeros, además de los requisitos académicos e intelectuales, tendrán preferencia los que tengan un nivel educativo de: doctorados, maestrías, especializaciones de post-grados universitarios y extranjeros egresados del Colegio de Defensa Nacional de conformidad a países que tengan firmados convenios de intercambio educativo y otros centros a fines con la Educación en Defensa y Seguridad Nacional. c. Para este fin califican también los militares en situación de retiro que hayan prestado servicio de docencia en el Colegio de Defensa Nacional o que sean egresados del mismo. SECCION III DE LOS DIPLOMAS E INSIGNIAS

Articulo 69

Evaluación de requisitos Los requisitos para obtener el Título o Diploma, serán evaluados por los órganos competentes del Colegio de Defensa Nacional y los resultados serán remitidos a la Universidad de Defensa de Honduras (UDH).

Articulo 70

Reglamento para el otorgamiento y uso de Insignias El otorgamiento y uso de insignias del Colegio de Defensa Nacional se regirá por las disposiciones del reglamento de Condecoraciones y Distinciones de las Fuerzas Armadas.

Articulo 71

Del Consejo de Docentes El Consejo de Docentes propondrá al Rector: Las diferentes distinciones o condecoraciones internas, que otorga el Colegio de Defensa Nacional a los oficiales, docentes, estudiantes, conferencistas, personas o instituciones distinguidas que aporten al desarrollo del cumplimiento de la misión; las distinciones y condecoraciones propuestas serán: a. Gafetes 1. Rector Honorario 2. Rector 3. Docente Honorario 4. Decente Vitalicio 5. Docente b. Pergaminos a los graduados distinguidos (1er., 2do. y 3er. lugar del curso). c. Pin de Egresados. d. Diplomas (el Colegio de Defensa Nacional otorgará diploma de egresado, participación, reconocimiento, excelencia académica y al mejor compañero) e. Placas. f. Presentes. CAPITULO IV SECCION UNICA DE LA SEGURIDAD

Articulo 72

Seguridad de documentos La utilización del material con clasificación de seguridad, se utilizará de acuerdo a las directivas del escalón superior e instructivos respectivos para el manejo de los mismos.

Articulo 73

Confidencialidad El Colegio de Defensa Nacional se reserva el derecho de propiedad de la información, por lo que se garantiza que esta accesible únicamente a personal autorizado a dicha información, para evitar comprometer el Colegio de Defensa Nacional. CAPITULO IV DEL REGIMEN DISCIPLINARIO SECCION I DE LAS FALTAS

Articulo 74

Sustento El régimen disciplinario del Colegio de Defensa Nacional: Estará sustentado y aplicado al personal que labora y/o está asignado en el mismo, será regido por la Ley y Reglamento de Personal para miembros de las Fuerzas Armadas (personal militar activo, personal auxiliar y docentes). TITULO IV CAPITULO I SECCION UNICA DISPOSICIONES FINALES

Articulo 75

Facultad de reorganizar y modificar la Estructura del Colegio de Defensa Nacional El Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional a solicitud del Rector del Colegio de Defensa Nacional, podrá reorganizar o modificar, la estructura organizativa, por asuntos de interés nacional o por la modernización de los sistemas de educación formal y no formal.

Articulo 76

imprevistos Lo no previsto en el presente Reglamento, será considerado por el Rector del Colegio de Defensa Nacional previo Dictamen del Consejo Superior.

Articulo 77

Revisión El presente Reglamento deberá incluir en el mismo todas las disposiciones que en el futuro se emita sobre la Defensa y Seguridad Nacional con base a leyes nacionales y convenios internacionales.

Articulo 78

Reforma El presente Reglamento estará sujeto a reformas de acuerdo a las revisiones periódicas realizadas en un período no mayor de cinco años y posteriormente ser publicado.

Articulo 79

Vigencia El presente Reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central a los 19 días del mes de septiembre del dos mil veintitrés. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Abogado José Manuel Zelaya Rosales Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Abogada Elena Michelle Vallecillo Fuentes Secretaria General Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras

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Licitación

Licitación No. LPN-059-2023-SDN — Adquisición de 47 Aires Acondicionados y Repuestos para el Hospital Militar

Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional / Fuerzas Armadas de Honduras

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Licitación Pública Nacional No. LPN-058-2023-SDN “ADQUISICIÓN DE INSUMOS MEDICOS PARA EL HOSPITAL MILITAR” l. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional/Fuerzas Armadas de Honduras, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-058-2023-SDN, para la “ADQUISICIÓN DE INSUMOS MEDICOS PARA EL HOSPITAL MILITAR”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Aportaciones. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional deberán hacerlo mediante solicitud por escrito (incluir nombre, de la empresa, dirección, correo electrónico y número de teléfono) dirigida a la Sub-Jefatura del Estado Mayor Conjunto, a partir de la fecha de publicación de este aviso, previo pago no reembolsable de doscientos Lempiras exactos (L. 200.00) en Banco, para lo cual debe imprimir recibo TGR-1 a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los Pliegos de Condiciones se retirarán en el Departamento de Administración del Hospital Militar, a partir de la fecha de emisión de este Aviso de Licitación, hasta el 19 de enero de 2024, de lunes a viernes en un horario de 08:00 a.m. hasta las 3:30 p.m. Asimismo, el periodo para recibir aclaraciones de este Pliego de Condiciones será desde el día 28 de noviembre del 2023 al 11 de enero del 2024, en el mismo lugar y horario, (correo electrónico: licitaciones@hospital militar.hn). 5. Las ofertas legal, económica-financiera y técnica acompañadas de la garantía de mantenimiento de oferta, serán recibidas en forma impresa, a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Sub Jefatura del Estado Mayor Conjunto, en las instalaciones del Estado Mayor Conjunto, ubicado en el Barrio La Hoya, frente Parque El Soldado, número de Telefax (504) 2238- 0029, únicamente el día martes 23 de enero del 2024 a partir de las 8:00 a.m. hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los interesados que asistan al acto de apertura, mismo que se realizará el día martes 23 de enero de 2024 a las 10:15 a.m., en las instalaciones de la sala de cine del Cuartel del Estado Mayor Conjunto, ubicada en el Barrio el Obelisco, frente Parque El Soldado. 7. Los pliegos de condiciones estarán disponibles en la página del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn), solamente para lectura e información previa. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de noviembre de 2023 General de Brigada Juan Ramón Mejía Espinoza Secretario de la Comisión de Evaluación de Compras y Contrataciones de las Fuerzas Armadas 15 D. 2023 Sección “B”

República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Licitación Pública Nacional No. LPN-059-2023-SDN “ADQUISICIÓN DE 47 AIRES ACONDICIONADOS Y REPUESTOS PARA EL HOSPITAL MILITAR” l. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional/Fuerzas Armadas de Honduras, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-059-2023-SDN, para la “ADQUISICIÓN DE 47 AIRES ACONDICIONADOS Y REPUESTOS PARA EL HOSPITAL MILITAR”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Aportaciones. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito (incluir nombre de la empresa, dirección, correo electrónico y número de teléfono) dirigida a la Subjefatura del Estado Mayor Conjunto, a partir de la fecha de publicación de este aviso, previo pago no reembolsable de doscientos Lempiras exactos (L. 200.00) en Banco, para lo cual debe imprimir recibo TGR-1 a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los Pliegos de Condiciones se retirarán en el Departamento de Administración del Hospital Militar, a partir de la fecha de emisión de este Aviso de Licitación, hasta el 22 de enero de 2024, de lunes a viernes en un horario de 08:00 a.m. hasta las 3:30 p.m. Asimismo, el periodo para recibir aclaraciones de este Pliego de Condiciones será desde el día 29 de noviembre al 10 de enero del 2024, en el mismo lugar y horario, correo electrónico: licitaciones@hospital militar.hn. 5. Las ofertas legal, económica-financiera y técnica acompañadas de la garantía de mantenimiento de oferta, serán recibidas en forma impresa, a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Subjefatura del Estado Mayor Conjunto, en las instalaciones del Estado Mayor Conjunto, ubicado en el Barrio El Obelisco, frente Parque El Soldado, número de Telefax (504) 2238-0029; (únicamente el día jueves 25 de enero del 2024 a partir de las 8:00 am hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los interesados que asistan al acto de apertura, mismo que se realizará el día jueves 25 de enero de 2024 a las 10:15 a.m., en las instalaciones de la sala de cine del Cuartel del Estado Mayor Conjunto, ubicada en el Barrio El Obelisco, frente Parque El Soldado. 7. Los pliegos de condiciones estarán disponibles en la página del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn), solamente para lectura e información previa. Tegucigalpa, M.D.C, 29 de noviembre de 2023 General de Brigada Juan Ramón Mejía Espinoza Secretario de Comisión de Evaluación de Compras y Contrataciones de las Fuerzas Armadas 15 D. 2023

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Licitación

Licitación No. LPN-GA-007-SERNA-2023 — Suministro de Carnes, Concentrados, Frutas y Verduras para el Centro Nacional de Conservación y Recuperación de Especies Rosy Walther para el Año 2024

Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente

Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE “SUMINISTRO DE CARNES, CONCENTRADOS, FRUTAS Y VERDURAS PARA EL CENTRO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y RECUPERACIÓN DE ESPECIES ROSY WALTHER PARA ELAÑO 2024” No. LPN-GA-007-SERNA-2023

  • 1)

    La Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- GA-007- SERNA-2023, a presentar ofertas selladas para el “Suministro de Carnes, Concentrados, Frutas y Verduras para el Centro Nacional de Conservación y Recuperación de Especies Rosy Walther”.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida a la Licenciada Dominga González Ramos, Gerente Administrativo, teléfono 2232-9200 Ext. 250, email: compras@serna.gob.hn en la dirección: Unidad de Compras y Pagos, edificio No. l; tercer piso; 100 metros al sur del Estadio Nacional, Tegucigalpa, M.D.C.; en un horario de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Centro Interactivo de Información Hídrica y Ambiental de la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente a más tardar el día miércoles, tres (03) del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024), a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día miércoles, tres (03) del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024), a las 10:15 a.m. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de noviembre de 2023. LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente. 15 D. 2023

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Convocatoria

Convocatoria No. CPN-008-CONDEPOR-2023 — Estudio y Diseño para la Construcción de 2 Complejos Deportivos y el Estudio y Diseño del Nuevo Gimnasio Rubén Callejas Valentine

Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR)

AVISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL República de Honduras COMISIÓN NACIONAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN (CONDEPOR) ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 2 COMPLEJOS DEPORTIVOS Y EL ESTUDIO Y DISEÑO DEL NUEVO GIMNASIO “RUBÉN CALLEJAS VALENTIN E” CPN-008-CONDEPOR-2023

  • 1)

    La Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR), invita a las empresas consultoras legalmente constituidas, interesadas en participar en el Concurso Público Nacional No. CPN-008-CON DEP0R-2023 a presentar ofertas selladas para el Proyecto“ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 2 COMPLEJOS DEPORTIVOS Y EL ESTUDIO Y DISEÑO DEL NUEVO GIMNASIO "RUBÉN CALLEJAS VALENTIN E”.

  • 2)

    La consultoría tendrá una duración de noventa (90) días calendario, contados a partir de la firma del contrato y orden de inicio.

  • 3)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de Fondos Nacionales.

  • 4)

    La consultoría se efectuará conforme a los procedimientos, establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 5)

    Los interesados podrán adquirir los Términos de Referencia del presente concurso a partir del día martes 5 de diciembre del 2023, en la Unidad de Licitaciones, oficinas administrativas,primer nivel del Estadio“Héctor Chochi Sosa” en el Complejo Deportivo “José Simón Azcona” en este caso deben traer un dispositivo USB, acompañando una nota de solicitud debidamente firmada y sellada por el representante legal de la empresa dirigida al Comisionado Presidente de la Comisión Nacional de Deportes,Educación Física y Recreación(CONDEPOR) Mario Antonio Moncada Godoy, también, podrán obtenerlo descargándolo de la plataforma Honducompras (www.honducompras.gob.hn), además, podrán ser solicitados vía correo electrónico, a la dirección: licitaciones@condepor.gob.hn; en caso de optar por descargar el pliego de condiciones de la plataforma honducompras, deberán de notificarlo al correo antes indicado, manifestando la intención de participar, para efectos de registro.- La empresa que no se registre previamente no podrá recibir oportuna y oficialmente las enmiendas, adendum o circulares que se emitan por CONDEPOR.

  • 6)

    Para efectos de recibir aclaraciones las mismas serán admitidas hasta el día lunes 18 de diciembre del año 2023 hasta las 4:00 p.m.

  • 7)

    VISITA PREVIA AL SITIO DEL PROYECTO: Se tiene programada una visita de campo con carácter obligatorio programadas de la siguiente manera: Complejo Santa Fe, Colón, viernes 08 diciembre 2023 a las 9:00 a.m., lugar de reunión Alcaldía Municipal. Gimnasio “Rubén Callejas Valentin e” Teguci- galpa, M.D.C., lunes 11 diciembre 2023 10:00 a.m., lugar de reunión antigua instalación del gimnasio “Rubén Callejas Valentin e”. Complejo Tegucigalpa, M.D.C., lunes 11 dici- embre 2023, 11:30 a.m., lugar de reunión final del bulevar Residencial Las Uvas. Se extenderá constancia de la visita de campo a presentarse con la oferta. El interesado que se presente después de haber finalizado la visita de campo en la fecha y hora establecida no se le extenderá constancia.

  • 8)

    Las ofertas se presentarán en la Unidad de Licitaciones, oficinas administrativas de CONDEPOR,primer nivel del Estadio “Héctor “Chochi”Sosa” en el Complejo Deportivo “José Simón Azcona”, Tegucigalpa, M.D.C. La fecha y hora límite para la presentación de ofertas será el día jueves 28 de diciembre de 2023 hasta las 2:00 p.m. La oferta se presentará en sobre sellado,encuadernada, debidamente foliada, con la firma y sello en todas sus hojas por quien tenga la representación legal (original y una copia física, digital USB); los sobres o paquetes que las contienen se dirigirán al Comisionado Presidente de la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR) Mario Antonio Moncada Godoy, con indicación del nombre y número del concurso, debiendo indicar además el nombre, dirección, teléfono y correo electrónico del proponente. Tegucigalpa, M.D.C., 05 de diciembre del 2023 Mario Antonio Moncada Godoy COMISIONADO PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN (CONDEPOR) 15 D. 2023

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Licitación

Licitación No. ICF-GA-LPN-002-2023 — Ministro de Internet y Datos para el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (ICF)

ia, invita a Potenciales Oferentes presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, No. ICF- GA-LPN-002-2023, “MINISTRO DE INTERNET Y DATOS PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE, (ICF) A NIVEL NACIONAL POR EL PERIODO DE 12 MESES”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a Ing. Annya Melissa Chávez, Gerente Administrativo del ICF en la siguiente dirección: Colonia Brisas de Olancho, 1 cuadra arriba de Gasolinera Uno, a partir del 30 de noviembre de 2023 en un horario de 8:00 a.m a 4.00 p.m. previo, el pago de la cantidad no reembolsable de L.500.00 en efectivo. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras 1", (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa del ICF, colonia Brisas de Olancho, 1 cuadra arriba de Gasolínera Uno, Comayagüela, M.D.C., a más tardar a las 2:00 p.m. del 15 de enero del 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada a las 2:15 p.m. del 15 de enero del 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Comayagüela, M.D.C., 30 de noviembre del 2023 Ing. Anny Melissa Chávez Gerente Administrativo del ICF 15 D. 2023

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Convocatoria

Convocatoria No. ICF-GA-PRECA-001-2023 — Pre-calificación de Empresas Constructoras para la Ejecución de Obras Públicas en el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal Año 2024-2025

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal

INVITACIÓN DE PRE-CALIFICACIÓN Asunto: ICF-GA-PRECA-001-2023 PRE-CALIFICACIÓN DE EMPRESAS CONSTRUC- TORAS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL AÑO 2024 - 2025. El Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, invita a las empresas constructoras, consorcios y contratistas individuales de nacionalidad hondureña debidamente constituidas, con experiencia en las siguientes especialidades: Edificaciones en General a presentar Documentos para la ICF-GA-PRECA-001-2023 DE EMPRESAS CONSTRUCTORAS PARA LA EJECUCION DE OBRAS PUBLICAS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACION Y DESARROLLO FORESTAL. Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en procesos de Licitación Pública y/o Privada que realice. El Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2025. La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Penal, etc. Los solicitantes a participar en la Precalificación deberán solicitar los pliegos mediante solicitud electrónica o personalmente a través de una carta dirigida a la Ing. Annya Melisa Chávez, Gerente Administrativa, ubicada en la siguiente dirección: Colonia Brisas de Olancho, 1 cuadra arriba de Gasolinera Uno, Comayagüela, M.D.C., o email: a chavez@icf.gob.hn y grico@icf.gob.hnb, a partir del jueves 30 del mes de noviembre del año 2023 de 08:00 a.m. a 04:00 p.m., en las oficinas de Gerencia Administrativa y Financiera, donde se les entregará gratuitamente el documento de Precalificación en formato digital. Los interesados, deberán entregar la Documentación de Precalificación, en la Gerencia Administrativa del ICF, a más tardar el martes 28 de diciembre de 2023, hasta las 2:15 p.m. entregándose a cada interesado una Constancia de Recepción de Documentos. Comayagüela, M.D.C., 30 noviembre 2023. Ing. Annya Melissa Chávez Gerente Administrativo del ICF 15 D. 2023

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Licitación

Licitación No. ICF-PPAT-LPN-002-2023 — Contratación del Seguro Colectivo de Vida y Accidentes para Empleados por Contrato por Tiempo Determinado del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal - Programa Padre Andrés Tamayo por el Período de 12 Meses

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre - Programa Padre Andrés Tamayo

Aviso de Licitición Pública República de Honduras INSTITUTO NACIONAL DE CON SE VACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDA Y VIDA SILVESTRE ‘‘CONTRATACIÓN DEL SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y ACCIDENTES PARA EMPLEADOS POR CONTRATO POR TIEMPO DETERMINADO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CON SE VACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL. ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF) - PROGRAMA PADRE ANDRÉS TAMAYO (PPAT)’’ A NIVEL NACIONAL POR EL PERIODO DE 12 MESES’’. ICF-PPAT-LPN-002-2023 EL INSTITUTO NACIONAL DE CON SE VACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL DE ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRES (ICF) - PROGRAMA PADRE ANDRES TAMAYO (PPAT), por este medio y en cumplimiento con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, invita a Potenciales Oferentes presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. ICF-PPAT-LPN-002-2023 ‘‘CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE POLIZA DE SEGURO PARA LA PROTECCIÓN DE LA VIDA E INTEGRIDAD FÍSICA POR RIESGOS DE ENFERMEDAD Y ACCIDENTES DE TRABAJO PARA EMPLEADOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE CON SE VACIÓN Y DESARROLLÓ FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF) - PROGRAMA PADRE ANDRES TAMAYO (PPAT)’’ A NIVEL NACIONAL POR EL PERIODO DE 12 MESES’’.

  • 1)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos del ‘‘Programa Padre Andrés Tamayo’’

  • 2)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 3)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante Solicitud escrita a Ing. José David Pastrana Coordinador General de la Oficina Coordinadora de Proyectos del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre. Oficina Central en la dirección indicada al final de este Llamado, a partir del día jueves 16 de noviembre del 2023, en un horario de 8:00 a.m., a 4.00 p.m. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras1", (www.honducompras.gob.hn).

  • 4)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Oficina Coordinadora de Proyectos del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre. Oficina Central colonia: Brisas de Olancho 1 cuadra arriba de Gasolinera Uno, Comayagüela. M.D.C., a más tardar a las 2:00 pm del día martes 26 de diciembre del 2023. Las ofertas fuera de plazo no serán aceptada. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 pm del día martes 26 de diciembre del 2023. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Comayagüela, M.D.C., 15 de noviembre del 2023 Ing. José David Pastrana Coordinador General Oficina Coordinadora de Proyectos (OCP) 15 D. 2023

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Licitación

Licitación No. 13-2023-SESAL — Adquisición de Otro Instrumental, Accesorios y Material Médico para el Hospital General del Sur

Secretaría de Estado en el Despacho de Salud

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA República de Honduras Licitación Pública Nacional No. 13-2023-SESAL ADQUISICION DE OTRO INSTRUMENTAL, ACCESORIOS Y MATERIAL MEDICO PARA EL HOSPITAL GENERAL DEL SUR, PARA ELAÑO La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. 13-2023-SESAL y presentar ofertas, para la ADQUISICION DE OTRO INSTRUMENTAL, ACCESORIOS Y MATERIAL MEDICO PARA EL HOSPITAL GENERAL DEL SUR, PARA ELAÑO 2024. El Financiamiento es con Fondos Nacionales.

  • 1)

    La licitactión se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 2)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación,mediante solicitud escrita al Departamento de Licitaciones, teléfono número 2237-9693 dependiente de la Gerencia Administrativa de la Secretaría de Salud. En horario de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de Quinientos lempiras exactos (L. 500.00), recibo TGR1. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, ‘‘HonduCompras’’ (www.honducompras.gob.hn).

  • 3)

    El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del día jueves siete (07) de diciembre del presente año.

  • 4)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente: El Departamento de Licitaciones de la Secretaría de Salud, ubicado en la siguiente dirección: Barrio El Jazmín, tercer nivel en las instalaciones del Edificio Anexo (esquina opuesta a Casa Alianza), contiguo a las oficina principal de la Secretaría de Salud, Tegucigalpa, M.D.C., email licitaciones.sesal@gmail.com y departamento de licitaciones sesal@salud.gob.hn a las 10:00 a.m. del día martes dieciséis (16) de enero del 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m. del mismo día martes dieciséis (16) de enero del 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., a los siete (07) días del mes de diciembre del año 2023 DR. JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD 15 D. 2023

    Marcas de Fábrica

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Certificación

Certificación No. 2023-1786 — Registro de Nombre Comercial - Centro de Investigaciones Clínicas

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-1786 Fecha de presentación: 2023-03-24 Fecha de emisión: 8 de agosto 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: CENTRO DE INVESTIGACIONES CLINICAS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: Barrio Abajo, municipio de Siguatepeque, departamento de Comayagua, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL KAREN MELISSA LOPEZ LEMUS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Sociedad dedicada a la prestación de servicios de laboratorios de análisis clínicos; clínicas médicas; servicios radiológicos; compraventa de equipos médicos y clínicos; importaciones y exportaciones, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. y 3 E. 2024 LABORATORIOS CIC

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Certificación

Certificación No. 2023-1770 — Registro de Marca de Servicio - Laboratorios CIC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-1770 Fecha de presentación: 2023-03-23 Fecha de emisión: 7 de agosto 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: CENTRO DE INVESTIGACIONES CLINICAS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: Barrio Abajo, municipio de Siguatepeque, departamento de Comayagua, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL KAREN MELISSA LOPEZ LEMUS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (44)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LABORATORIOS CIC

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LABORATORIOS CIC” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta, sin dar exclusividad a la palabra “LABORATORIOS”

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Laboratorios de análisis clínicos; clínicas médicas; servicios radiológicos, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. y 3 E. 2024

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Certificación

Certificación No. 2023-1461 — Registro de Marca de Servicio - Apus

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-1461 Fecha de presentación: 2023-03-10 Fecha de emisión: 25 de septiembre 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUYAPA LIZETH SALINAS MONCADA Domicilio: El Hatillo, km 7.5, zona de La Cumbre, frente al mirador, calle principal, Tegucigalpa, CP 504, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL ANTONIO HUMBERTO MONCADA LAGOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN APUS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alquiler de locales comerciales y locales de oficinas, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. y 3 E. 2024

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Certificación

Certificación No. 2023-6473 — Registro de Marca de Fábrica - Gutis Venax

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6473 Fecha de presentación: 2023-10-12 Fecha de emisión: 15 de noviembre 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GUTIS LTDA Domicilio: Avenida Tercera, Calle 28, San Jose, Costa Rica.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSE ANTONIO TORO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de las palabras por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento flebotónico para tratar problemas de circulación en las venas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. y 3 E. 2024 GUTIS VENAX

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Certificación

Certificación No. 2021-2282 — Registro de Marca de Fábrica - Hot Love

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-2282 Fecha de presentación: 2021-05-17 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NABIL INTERNACIONAL, S.A. Domicilio: Provincia de Colón, Zona Libre de Colón, calle 16f, edificio 28, local 3 y 4, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (25)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de las palabras por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger:Zapatillas,chancletas,ropa para dama,caballeros y niños, vestidos tales como trajes, faldas, blusas, camisillas, pantalones, batas, bermudas, franelas, mallas, calcetines, ropa interior, camisones, antideslizantes de calzados, cinturones para faldas, vestidos de noche, de calle, ropa deportiva, botas, botines, zapatos, tirantes, muñequeras, corbatas, bufandas, sombreros, gorras, viseras, medias, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15 D. 2023, 3 y 18 E. 2024 HOT LOVE

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Certificación

Certificación No. 2021-4369 — Registro de Marca de Fábrica - Pharmavision

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-4369 Fecha de presentación: 2021-08-23 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARMA S.A. DE C.V. Domicilio: San Salvador, Departamento de San Salvador, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos específicamente de tipo oftalmológico, soluciones, geles y ungüentos oftalmológicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15 D. 2023, 3 y 18 E. 2024 Pharma vision

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Certificación

Certificación No. 2021-4371 — Registro de Marca de Fábrica - Farmavision

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-4371 Fecha de presentación: 2021-08-23 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARMA S.A DE C.V. Domicilio: San Salvador, Departamento de San Salvador, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos específicamente de tipo oftálmico, soluciones, geles y ungüentos oftálmicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 15 D. 2023, 3 y 18 E. 2024 __________________ Farma vision

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Certificación

Certificación No. 2022-3761 — Registro de Marca de Fábrica - Chep a Brambles

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3761 Fecha de presentación: 2022-06-27 Fecha de emisión: 23 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: CHEP Technology Pty Limited Domicilio: Level 10, Angel Place, 123 Pitt Street, Sydney, NSW 2000, Australia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (6)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHEP A BRAMBLES

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “CHEP A BRAMBLES’’ únicamente en su conjunto, sin dar protección a la palabra “COMPANY’’ presente en la etiqueta. Se considera la marca como tipo de signo denominativo.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos metálicos no comprendidos en otras clases; incluidas las plataformas metálicas; contenedores metálicos para el transporte de mercancías, eslingas de alambre, eslingas de cadena, redes de manipulación de cargas hechas de alambre o cadena y plataformas giratorias; válvulas metálicas para controlar el flujo de fluidos, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 15 D. 2023, 3 y 18 E. 2024

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Edicto

Edicto — Aviso Título Supletorio - Jose Arturo Lara Alvarenga

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán

JUZGADO DE LETRAS REPUBLICA DE HONDURAS AVISO TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que JOSE ARTURO LARA ALVARENGA, mayor de edad, casado, hondureño, agricultor, con Documento Nacional de Identificación número 0406-1967-00029, con domicilio en el municipio de San Pedro Copán, departamento de Copán, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, sobre un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado El Cerrón y Casitas Viejas, jurisdicción de esta ciudad de Santa Rosa de Copán, departamento de Copán, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NOR-ESTE; colinda con propiedad del señor Fredy Armando Espinoza Gómez y calle de por medio, AL SUR-ESTE; colinda con propiedad del señor Fredy Armando Espinoza Gómez, AL SUR-OESTE; colinda con propiedad del señor Marco Tulio Madrid Serrano; y,AL OESTE; colinda con propiedad del señor Luis Alonso Cortez Saavedra; el cual consta con un área total de CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS (139,445.00 MTS.2) equivalente a VEINTE PUNTO CERO CERO MANZANAS (20.00 MZN). El cual ha poseído en forma quieta pacífica e ininterrumpidamente por más de diez (10) años. Representa la Abogada JULIA MARIA MELGAR HERNANDEZ. Santa Rosa de Copán, veintisiete de octubre del año dos mil veintitrés. ABG. GABRIELA JISSEL DUBÓN ALVARADO SECRETARIA 15 N., 15 D. 2023 y 15 E. 2024

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Certificación

Certificación No. 2023-2006 — Registro de Marca de Fábrica - Palcafe

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2006 Fecha de presentación: 2023-03-31 Fecha de emisión: 3 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MARLON GEOVANY CANTILLANO MONDRAGON Domicilio: Colonia López Arellano, casa 22, BL-55, Choloma, Cortés, CP 504, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL OSCAR ARMANDO MEJIA MONDRAGON

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PALCAFE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOG. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 15, 30 N. y 15 D. 2023 _______________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS   No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.

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Certificación

Certificación No. 2023-4149 — Registro de Nombre Comercial - Adriana Rivera Studio

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4149 Fecha de presentación: 2023-06-27 Fecha de emisión: 2 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: Adriana Rivera Nail Spa Domicilio: Centro Comercial Metrópolis, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LUIS ANTONIO VELÁSQUEZ VALLE

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL ( )

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Empresa dedicada a la prestación de todo tipo de servicios relacionados con la belleza y manicura, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 15 D. 2023, 3 y 18 E. 2024 ADRIANA RIVERA STUDIO

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Certificación

Certificación No. 2022-3763 — Registro de Marca de Servicio - Chep a Brambles

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3763 Fecha de presentación: 2022-06-27 Fecha de emisión: 23 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: CHEP Technology Pty Limited. Domicilio: Level 10, Angel Place, 123 Pitt Street, Sydney, NSW 2000, Australia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (39)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHEPA BRAMBLES

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CHEP A BRAMBLES" únicamente en su conjunto, sin dar protección de la plabra "COMPANY" presente en la etiqueta. Se considera la marca como tipo de signo denominativo.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de alquiler de plataformas, contenedores, cajas y equipos, transportes; transporte y embalaje de mercancías para el tránsito; embalaje de mercancías para el tránsito; embalaje por contrato para el tránsito; alquiler, arrendamiento financiero y alquiler de plataformas; alquiler, arrendamiento financiero y alquiler de contenedores; alquiler de cajas; alquiler de contenedores de almacenamiento; almacenamiento y depósito; servicios de transporte; alquiler, arrendamiento financiero y alquiler de equipos de manipulación de materiales; alquiler, arrendamiento financiero y alquiler de equipos de distribución física; localización y seguimiento de personas y cargas con fines de transporte; localización y seguimiento de mercancías por ordenador; servicios de logística (transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías); servicios de asesoramiento en materia de manipulación de mercancías; servicios de asesoramiento en materia de embalaje de mercancías; servicios de asesoramiento en materia de almacenamiento de mercancías; servicios de asesoramiento en materia de transporte; servicios de asesoramiento en materia de transporte; organización del transporte de mercancías; servicios de asesoramiento en materia de distribución informatizada en materia de transporte; logística de transporte; servicios de transporte de contenedores; transporte de contenedores; servicios de asesoramiento en materia de transporte; servicios de asesoramiento en materia de almacenamiento; servicios de asesoramiento en materia de embalaje de mercancías; servicios de asesoramiento en materia de transporte; servicios de información, asesoramiento y consultoría en relación con los servicios mencionados, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. 2023 y 3 E. 2024.

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Certificación

Certificación No. 2022-6650 — Registro de Marca de Fábrica - Astoria Wines

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-6650 Fecha de presentación: 2022-11-09 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: A.C. S.r.l. Domicilio: Viale Antonini, 9 - 31035, Crocetta del Mont ello (TV), Italia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ASTORIA WINES

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "ASTORIA WINES", sin dar exclusividad de la palabra "WINES".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas tipo vino; vino espumoso; vino espumante; vino blanco; vino tinto; vino rosado; prosecco; vino extras e co, y grapa licores, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. 2023 y 3 E. 2024.

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Certificación

Certificación No. 2022-37 — Registro de Marca de Fábrica - Doterra

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-37 Fecha de presentación: 2022-01-04 Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: DÓTERRA HOLDINGS, LLC Domicilio: 389 South 1300 West Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (16)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Material, impreso; diarios; revistas (publicaciones periodicas); publicaciones periodicas; libros de registro; libros; artículos de papelería; catálogo; artículos de cartón; papel; material de instrucción; guías y manuales impresos; publicaciones impresas; productos de papel y cartón y artículos fabricados con estos materiales, no comprendidos en otras clases; encuadernadores; calendarios, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de Propiedad Industrial 30 N., 15 D. 2023 y 3 E. 2024. DOTERRA

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Certificación

Certificación No. 2022-1620 — Registro de Marca de Fábrica - The Weather Channel

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1620 Fecha de presentación: 2022-03-28 Fecha de emisión: 20 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: International Business Machines Corporation Domicilio: New Orchard Road, Armonk, New York 10504, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 2021-122114 de fecha 01/10/2021 de Japón.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON)

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN The Weather Channel

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Computadoras; computadoras cuánticas; hardware y software de computadora; hardware y software de computadora para análisis tecnológico de la información y administración de datos: hardware y software de computadora para el desarrollo de aplicaciones; hardware y software de computadora para computación en la nube; hardware y software de computadora para computación cognitiva; hardware y software de computadora para inteligencia artificial; hardware y software de computadora para tecnología de cadena de bloques; hardware y software de computadora para computación cuántica y programación cuántica; hardware de computadora, principalmente unidades de banda magnética (procesamiento de datos), cintas magnéticas, circuitos impresos, circuitos integrados, teclados de computadora, discos compactos (audio y vídeo), discos ópticos, acopladores de computación (procesamiento de datos), disquetes. soportes de datos magnéticos; hardware de computadora, principalmente pantallas de vídeo, escáneres, impresoras. interfaces (procesamiento de datos), lectores (procesamiento de datos), software (programas grabados), microprocesadores, módems, monitores. computadoras. memorias de computadora. periféricos de computadora; adaptadores para computadora; componentes para computadoras: equipo de procesamiento de datos: aparatos de procesamiento de datos para la administración de datos e información; semiconductores; máquina de medios electrónicos legibles; discos magnéticos; discos duros; grabadoras de cinta; máquinas de calcular; cajas registradoras; máquinas de fax; grabadoras de vídeo; cintas de vídeo; baterías eléctricas; chips de computadora; tablero de circuitos: hardware de computadora, principalmente, servidores de comunicaciones de computación: maletines para transportar computadora; tableros de interfaz: cables de computadora y partes de cables de computadora; tarjetas módem de fax para computadora; accesorios de computadora, principalmente, filtros de pantalla, almohadilla de ratón, buscapersonas, palancas de mando; convertidores de corriente, principalmente, interruptores de voltaje paso a paso, de digital a analógico, de analógico ha digital; ratones para computadora; tarjetas de circuitos integrados y tarjetas inteligentes; adaptadores para circuitos integrados y adaptadores para tarjetas inteligentes; lectores para tarjetas de circuitos integrados y tarjetas inteligentes; micro computadoras; suministros de energía eléctrica; proyectores; controles remoto rara computadoras; protectores contra sobretensiones y fuentes de alimentación ininterrumpidas; terminales de punto de venta; servidores de computadora; dispositivos de almacenamiento de computadora, principalmente. subsistemas de almacenamiento de alta velocidad para almacenar y realizar copias de seguridad de datos electrónicos localmente o vía una red de telecomunicaciones; programas de computadora grabados y descargables y software de computadora; software de videojuegos; software y programas de sistemas operativos de computación; software de computadora usado para acceder a una red de computadora global; software de computadora usado para administración de documentos; software de computadora usado para administrar bases de datos; software de computadora usado para localizar, recuperar y recibir texto, documentos electrónicos, gráficos e información audiovisual en redes de computadora interna de toda la empresa y redes de computadora globales locales y de amplia área; software de computadora usado para desarrollo de software y creación de páginas web y manuales de usuario en formato electrónico vendido como una unidad con estos productos; software de computadora para usarse en controlar la operación y la ejecución de sistemas de computadora, programas y redes; software de computadora para usarse en la conexión de redes de computadoras dispares y sistemas. servidores de computadora y dispositivos de almacenamiento; software de computadora para conectar computadoras juntas y para permitir actividades de computación, a través de una red accesible globalmente; software de computadora para administrar hardware, software y procesos que existen dentro de un ambiente de tecnología de información; sistemas de computadora que combinan hardware y software para su uso en la administración y análisis de datos y manuales instructivos digitales vendidos como una unidad con estos productos; sistemas de computación en la nube, principalmente redes integrando hardware y software de computadora para el aprovisionamiento dinámico, virtualización y medición del consumo de recursos de computadora; software de computación en la nube grabado y descargable para implementar y administrar máquinas virtuales para una plataforma de computación en la nube; sistemas de computadora, principalmente, hardware y software de computadora para el desarrollo y la integración de inteligencia artificial, principalmente, máquinas de aprendizaje, aprendizaje profundo y procesamiento de lenguaje natural los cuales son capaces de recopilar, organizar y analizar datos; sistemas de computadora. principalmente. hardware y software de computadora para integrar procesamiento de lenguaje natural (NLP), lingüística computacional (CL), recuperación de Información (IR) y máquinas de aprendizaje (ML) la cual es capaz de comprender consultas humanas generales y formular respuestas;software de computadora para desarrollar, construir y operar aplicaciones de operación de cadena de bloques; hardware y software de computadora para desarrollar, y probar algoritmos cuánticos: documentación y manuales de instrucciones grabados en medios de datos electrónicos legibles por máquina y relacionados a computadoras o programas de computadora; publicaciones electrónicas; publicaciones electrónicas en media de computadora, principalmente, manuales de usuario, guías. folletos, hojas informativas, presentaciones escritas y material de enseñanza, en el campo de computadoras, redes de computadora. almacenamiento de computadora. sistemas operativos de computadoras, información tecnología. administración de bases de datos, computación en la nube. inteligencia artificial, tecnología de cadena de bloques y computación cuántica; aplicaciones software (Apps) para dispositivos habilitados para internet de las cosas (loT); software descargable para la conexión, el funcionamiento y la administración de redes en particular para; carros, aparatos electrodomésticos, dispositivos multimedia, pantallas de visualización, relojes, sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado, en internet de las Cosas (loT), de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 15, 30 N. y 15 D. 2023

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Certificación

Certificación No. 2022-6401 — Registro de Marca de Fábrica - M&D

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-6401 Fecha de presentación: 2022-10-31 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: C.I. FAJAS MYD POSQUIRURGICAS S.A.S Domicilio: CRA50 C No. 10 Sur 120 bodega 122-113, MEDELLIN –ANTIOQUIA, Colombia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (25)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN M&D

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “M&D”; sin dar exclusividad de las letras por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Fajas [bandas], fajas modelador as, fajas de esmoquin, datemaki [fajas para quimonos], fajas [ropa interior], [fajas para quimonos], ropa interior para mujeres, ropa exterior para mujer, hombre, ropa formal e informal para mujeres, hombres y niños; ropa deportiva y de gimnasia para mujeres, hombres y niños; zapatos, tacones, calzado de playa, sandalias; gorras, gorros, vestidos de baño, gorros de baño, mallas de baño, pareos, medias, calcetín, bodis, pañuelos, fajas, pijamas y disfraces, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. 2023 y 3 E. 2024

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Resolución

Resolución No. 2022-4811 — Registro de Marca de Fábrica Viva Chek Biotech Software de Aplicación

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4811 Fecha de presentación: 2022-08-16 Fecha de emisión: 29 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Viva Chek Biotech (Hangzhou) Co., Ltd Domicilio: Level 2, Block 2, 146 East Chaofeng Rd., Yuhang Economy Development Zone, Hangzhou, Zhejiang, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Software de aplicación para teléfonos móviles, descargable; aplicaciones informáticas, descargables; programas informáticos, grabados; aparatos e instrumentos de química; aparatos de diagnóstico, no para fines médicos; aparatos e instrumentos de topografía; biochips; aparatos de medida, eléctricos; aparatos de medida de precisión; aparatos e instrumentos ópticos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. 2023 y 3 E. 2024 VIVADIAG

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Resolución

Resolución No. 2022-48 — Registro de Marca de Fábrica TACZANA Productos Alimenticios

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-48 Fecha de presentación: 2022-01-04 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GRUPO EMBOTELLADORA ATIC S.A. Domicilio: Av De la Vega 1, Edificio 2, Planta 5, Localidad de Alcobendas, Provincia de Madrid, España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TACZANA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos alimenticios de origen animal, entre estos, carnes frescas, congeladas, tortas semipreparadas de carnes, salchichas, carne enlatada, carne seca, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. 2023 y 3 E. 2024

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Resolución

Resolución No. 2022-46 — Registro de Marca de Fábrica TACZANA Productos de Limpieza

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-46 Fecha de presentación: 2022-01-04 Fecha de emisión: 23 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GRUPO EMBOTELLADORA ATIC S.A. Domicilio: Av De la Vega 1, Edificio 2, Planta 5, Localidad de Alcobendas, Provincia de Madrid, España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TACZANA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos de limpieza y aseo, tipo detergente líquido, en pastilla y en polvo para tejidos y superficies, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. 2023 y 3 E. 2024

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Certificación

Certificación No. 2022-1624 — Registro de Marca de Servicio - The Weather Channel

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022- 1624 Fecha de presentación: 2022-03-28 Fecha de emisión: 13 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: International Business Machines Corporation. Domicilio: New Orchard Road, Armonk, New York 10504, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 2021-122114 de fecha 01/10/2021 de Japón.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON)

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN The Weather Channel

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Programación de computadora: software como un servicio (SaaS) servicios presentando software para administración de datos; software como servicio (SaaS) servicios presentando software para computación en la nube: software como un servicio (SaaS) servicios presentando software para inteligencia artificial; software como un servicio ( SaaS) servicios presentado software para computación cognitiva; software como un servicio (SaaS) servicios presentando software para tecnología para cadenas de bloques; software como un servicio (SaaS) servicios presentando software para computadora cuántica y programación cuántica; software como un servicio (SaaS) servicios presentando software para construir, analizar y correr programas cuánticos y algoritmos cuánticos: software como un servicio (SaaS) servicios presentando software para desarrollo y prueba de algoritmos cuánticos; servicios de programación de computadora y servicios de consultoría de computadora en inteligencia artificial; servicios de programación de computadora y servicios de consultoría de computadora en computación cognitiva; servicios de programación de computadora y servicios de consultoría de computadora en administración de la información; servicios de programación de computadora y servicios de consultoría de computadora en administración de datos; servicios de programación de computadora y servicios de consultoría de computadora en computación en la nube; servicios de programación de computadora y servicios de consultoría de computadora en tecnología de cadena de bloques; servicios de programación de computadora y servicios de consultoría de computadora en computación cuántica; servicio de programación de computadora y servicios de consultoría de computadora en software como servicio (SaaS) diseño, instalación, actualización y mantenimiento de software de computadora; diseño de software y hardware de computadora para otros y servicios de consultoría en el campo de computadoras; servicios de computadora, principalmente, diseño, creación y mantenimiento de sitios web para otros; análisis de sistemas de computadora, integración de bases de datos y redes, programación de computadora para otros todos para uso en interacciones comerciales sobre redes de computadora global; servicios de soporte técnico, principalmente, soluciones de problemas de programa de computadora y problemas de software; diseño de sistemas para interconexión de hardware y software de computadora principalmente, conexión electrónica de computadora y software para unos y otros; servicios de prueba de hardware y software de computadora (controles técnicos y de calidad); estudios de proyectos técnicos en el campo de hardware y software de computadora; servicios de consultoría en el campo de hardware de computadora, principalmente consultoría respecto a investigación y desarrollo de computación; servicios de consultoría y relacionados con el uso de internet; alquiler de computadoras y software de computadora: investigación científica e industrial, principalmente investigación y desarrollo de nuevos productos, investigación biológica, investigación en bacteriología, investigación en química, investigación en cuidado de la belleza, investigación en mecánica, investigación geológica, investigación técnica, investigación farmacéutica, investigación científica para propósitos médicos: servicios de información tecnología; servicios de integración de sistemas de computadora; servicios de consultoría en el campo de diseño, selección, implementación y uso de hardware de computadora y sistemas software para otros; servicios de soporte técnico, principalmente, solución de problemas en la naturaleza de diagnóstico de problemas de hardware de computadora y software de computadora; servicios de diseño de sistemas de computadora para otros; interconexión de hardware y software de computadora, principalmente, integración de sistemas de computadora y redes; servicios de prueba de hardware y software de computadora, principalmente, prueba de software de computadora, computadoras y servidores para asegurar el correcto funcionamiento; servicios de computación en la nube; principalmente, servicios de hardware y software de computadora integrados a la red para aprovisionamiento dinámico, virtualización y medición del consumo de recursos de computadora; proporcionando sistemas de computadora virtual y ambientes de computadora virtual, a través de computación en la nube; diseño y desarrollo de software de computadora para el almacenamiento de datos en la nube; servicios de proveedor de alojamiento en la nube; servicios de recuperación de datos y almacenamiento de datos electrónicos; servicio de seguridad de datos; asistencia de computación por programadores; diseño de hardware de computadora para redes de computadora; servicios de soporte técnico, principalmente resolución de problemas de hardware de computadora, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 N. y 15 D. 2023

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Resolución

Resolución No. 2023-75 — Registro de Marca de Fábrica SCOTT LIMPIAMAX

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-75 Fecha de presentación: 2023-01-04 Fecha de emisión: 10 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: KIMBERLY -CLARK WORLDWIDE, INC. Domicilio: Neenah Wisconsin, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SCOTT LIMPIA MAX

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Toallitas y pañuelos desechables prehumectados, impregnados de compuestos para la higiene personal, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 30 N. 15 D., 2023 y 3 E. 2024

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Resolución

Resolución No. 2022-5500 — Registro de Marca de Servicio SUNNOVA Energía Renovable

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5500 Fecha de presentación: 2022-09-15 Fecha de emisión: 7 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUNNOVA ENERGY CORPORATION Domicilio: 20 Greenway Plaza, Suite 540, Houston, Texas 77046, United States of America. CP 77046, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (40)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUNNOVA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicio de arrendamiento de equipos de generación de energía renovable, de la clase 40. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 30 N. 15 D., 2023 y 3 E. 2024

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Resolución

Resolución No. 2022-5501 — Registro de Marca de Servicio SUNNOVA Distribución de Electricidad

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5501 Fecha de presentación: 2022-09-15 Fecha de emisión: 6 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUNNOVA ENERGY CORPORATION Domicilio: 20 Greenway Plaza, Suite 540, Houston, Texas 77046, United States of America. CP 77046, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (39)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUNNOVA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de distribución de electricidad, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 30 N. 15 D., 2023 y 3 E. 2024

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Resolución

Resolución No. 2022-4408 — Registro de Marca de Fábrica LIGONUX Producto Farmacéutico

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-4408 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 29 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GADOR, S.A. Domicilio: Darwin 429, 1414 Buenos Aires, Argentina.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIGONUX

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento de la atrofia muscular espinal, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 30 N. 15 D., 2023 y 3 E. 2024

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