Decreto Legislativo No. 67-2019 — Aprobación del Convenio de Uso y Goce por Tiempo Definido sobre Inmueble entre AMDC e IHMA
Congreso Nacional
1.
Que el 30 de noviembre del 2010, se celebró la firma de un Contrato de Préstamo entre la República de Honduras y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con el objeto de que dichos fondos se invirtieran en la Ejecución del Programa de Transporte Público, para los habitantes del Municipio del Distrito Central (Tegucigalpa- Comayagüela); con la finalidad de mejorar su calidad de vida a través de la rehabilitación y mejoramiento de la infraestructura urbana y de transporte.
2.
Que de acuerdo a lo que establece el Convenio de Préstamo en mención, la Ejecución del Programa de Transporte Terrestre TRANS-450, lo realizará la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) y los fondos serán administrados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y transferidos a la Administración Financiera (SIAFI).
3.
Que para que funcione a cabalidad el Programa de Transporte Público TRANS-450, se vuelve necesario la construcción e instalación de un “Patio/Taller” para el estacionamiento y mantenimiento de las unidades de transporte que prestarán el servicio a los usuarios del Municipio del Distrito Central.
4.
Que en virtud de que la Municipalidad del Distrito Central no cuenta con un predio apropiado para la instalación del “Patio/Taller”, se ha llegado a un acuerdo con el Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) a fin de que pueda ceder el Uso y Goce de un lote de terreno ubicado en el denominado “La Maravilla”, sitio La Joya, colonia Kennedy de Tegucigalpa, donde funcionan los Silos y Bodegas del Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA), frente a la cuarta entrada de la colonia Kennedy.
5.
Que el día 18 de agosto del 2017, en Sesión Ordinaria Celebrada por el Comité Ejecutivo del Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA), se aprobó el CONVENIO DE USO Y GOCE POR TIEMPO DEFINIDO DE UN BIEN INMUEBLE CELEBRADO ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL (AMDC) Y EL INSTITUTO HODUREÑO DE MERCADEO AGRÍCOLA (IHMA), instruyendo a la vez al Gerente General del Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) para que pudiera suscribir el Convenio U D I-D EG T-U N AH ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 sobre el inmueble que se menciona anteriormente, a favor de la Municipalidad del Distrito Central.
6.
Que de conformidad con el Artículo 205 Atribución 19) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional, aprobar o improbar los contratos que lleven involucradas exenciones, incentivos, concesiones fiscales o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar los efectos al siguiente periodo de gobierno de la República.
Articulo 1
Aprobar en todas y cada una de sus partes el CONVENIO DE USO Y GOCE POR TIEMPO DEFINIDO SOBRE UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE MERCADEO AGRÍCOLA(IHMA); suscrito en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C, a los 18 días del mes de agosto del año 2017, entre el empresario NASRY JUAN ASFURA ZABLAH, Alcalde Municipal del Distrito Central y el abogado JOSÉ MARIO GÓMEZ COLINDRES, Gerente General del Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA), que literalmente dice: “
Contrato — Convenio de Uso y Goce de un Bien Inmueble entre AMDC e IHMA
Alcaldía Municipal del Distrito Central e Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola
Articulo 2
Ordenar al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Finanzas asigne, a partir del año 2019, al Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA), un apoyo presupuestario y financiero por un valor de DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 2, 789,000.00) anuales y mientras se encuentre en vigencia el Convenio suscrito con la Alcaldía Municipal del Distrito Central; con dicho propósito, el IHMA debe formalizar la respectiva solicitud ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas. Los fondos asignados serán utilizados para cubrir parcialmente el gasto corriente de la institución.
Articulo 3
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los quince días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO
Decreto Legislativo No. 155-2019 — Aprobación del Contrato de Préstamo No. BMZ Nr. 2016 65348 con KfW para Proyecto CONVIVIR II
Congreso Nacional
1.
Que el Congreso Nacional, mediante Decreto No.17-2010 de fecha 28 de marzo de 2010 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 22 de abril de 2010, en su Artículo 70, autoriza al Poder Ejecutivo para que suscriba los convenios sobre los empréstitos que considere necesarios en virtud del estado de emergencia actual de las Finanzas Públicas y que deban ser financiados con capital externo; aprobándose para tal efecto los proyectos de convenio correspondientes, sin perjuicio de su posterior ratificación por parte del Congreso Nacional una vez firmados los mismos por el Poder Ejecutivo y el Organismo de Crédito Externo de que se trate.
Contrato No. BMZ Nr. 2016 65348 — Contrato de Préstamo entre KfW y República de Honduras para Proyecto Convivencia y Espacios Seguros para Jóvenes II
KfW Frankfurt am Main y Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
1.
Que el programa tiene como objetivo destinar los fondos (
i)
a la construcción, la reparación y el equipamiento de infraestructura social para jóvenes y espacios públicos, (
ii)
al trabajo con jóvenes, particularmente al fortalecimiento de las competencias laborales y sociales de jóvenes, (
iii)
a la capacitación de personal de las instituciones involucradas, las municipalidades seleccionadas y las comunidades de barrio en la ejecución del Proyecto; y, (
iv)
servicios de consultoría internacional.
2.
Que de conformidad al Artículo 205, numerales 19 y 36 de la Constitución de la República corresponde al Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos y convenios que llevan involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales celebrados por el Poder Ejecutivo.
Articulo 1
Aprobar en todas y cada una de las partes el Contrato de Préstamo No. BMZ Nr. 2016 65348, suscrito el 05 de abril de 2019, entre el KfW, Frankfurt am Main, en su condición de Prestamista y el Gobierno de la República de Honduras, en su condición de Prestatario del financiamiento de hasta un monto de Seis Millones de Euros (EUR6,000,000.00), recursos destinados a financiar la ejecución del proyecto “Convivencia y Espacios Seguros para Jóvenes en Honduras II (CONVIVIR II)” que literalmente dice: U D I-D EG T-U N AH “SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. Contrato de Préstamo celebrado el 05-04-19 entre el KfW, Frankfurt am Main, (“KfW”) y la República de Honduras, representada por la Secretaría de Finanzas (“Prestatario”) por valor de EUR 6,000,000.00 ‑ Convivencia y Espacios Seguros para Jóvenes en Honduras II (CONVIVIR II) ‑ BMZ Nr. 2016 65348 En base al convenio firmado el 27 de agosto de 2013 entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Honduras sobre Cooperación Financiera (“Convenio Intergubernamental”), el Prestatario y el KfW celebran el siguiente Contrato de Préstamo. Las siguientes instituciones son competentes de la implementación del Proyecto (como definido en el artículo 1.2) en Honduras:
•
el Instituto Nacional de Juventud (INJ) en la función de unidad coordinadora (“Unidad Coordinadora”);
•
el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) en la función de unidad ejecutora (“Unidad Ejecutora”), así como
•
los municipios y comunidades de barrio en la función de unidades de Implementación a nivel local.
Articulo 1
Monto y finalidad 1.1 El KfW concede al Prestatario un préstamo de hasta EUR 6,000,000.00 (seis millones de Euros). 1.2 El Prestatario traspasará el préstamo en su totalidad a la Unidad Ejecutora como aporte financiero. El Prestatario asegurará que la Unidad Ejecutora utilizará el préstamo exclusivamente para el proyecto “Espacios Seguros de Conviviencia para Jóvenes en Honduras II (CONVIVIR II)” (“Proyecto”), destinando los fondos (i) a la construcción, la reparación y el equipamiento de infraestructura social para jóvenes y espacios públicos, (ii)al trabajo con jóvenes, particularmente al fortalecimiento de las competencias laborales y sociales de jóvenes, (iii) a la capacitación de personal de las instituciones involucradas, las municipalidades seleccionadas y las comunidades de U D I-D EG T-U N AH barrio en la ejecución del Proyecto; y, (iv) servicios de consultoría internacional. Los fondos deberán ser utilizados en primer lugar al pago de los costos en divisas. Los detalles en relación al contenido del Proyecto, los métodos de implementación y la colaboración entre las instituciones se fijarán mediante un acuerdo separado que será perfeccionado entre el Prestatario, representado por la Unidad Coordinadora, la Unidad Ejecutora y el KfW (“Acuerdo Separado”). La Unidad Ejecutora enviará una copia del Acuerdo Separado firmado al Prestatario para que tenga conocimiento de lo mismo. 1.3 El Prestatario contribuirá hasta con un 10% del valor del préstamo en concepto de contrapartida nacional, es decir un monto de hasta EUR 600,000.00 para la implementación del Proyecto, la cual será destinada a sufragar los gastos operativos de la Unidad Ejecutora. Esta contrapartida nacional deberá ser transferida por el Prestatario a la Unidad Ejecutora de acuerdo a la programación anual que ésta última realice durante el período de desembolsos del préstamo. 1.4 Los impuestos y las demás contribuciones públicas a pagar por el Prestatario o la Unidad Ejecutora así como los derechos de importación no serán financiados con cargo al préstamo.
Articulo 2
Traspaso del préstamo 2.1 El Prestatario traspasará el préstamo como aporte financiero a la Unidad Ejecutora en base a un convenio subsidiario de financiamiento (“Convenio Subsidiario”). 2.2 El Prestatario enviará al KfW antes del primer desembolso una copia del Convenio Subsidiario según el artículo 2.1. 2.3 Por el traspaso del préstamo, la Unidad Ejecutora no asume ninguna responsabilidad ante el KfW por el cumplimiento de las obligaciones de pago resultantes de este Contrato.
Articulo 3
Desembolso 3.1 Sujeto al cumplimiento de los prerrequisitos para el desembolso establecidos en los artículos 2.2, 3.2 y 7.1, el KfW desembolsará el préstamo de acuerdo con el avance del Proyecto y a solicitud de la Unidad Ejecutora. El Prestatario, representado por la Unidad Coordinadora, la Unidad Ejecutora y el KfW determinarán por el Acuerdo Separado el procedimiento de desembolso y particularmente la forma en que la Unidad Ejecutora comprobará la utilización convenida de los fondos solicitados. U D I-D EG T-U N AH 3.2 Antes del primer desembolso, el Prestatario a través de la Unidad Ejecutora transmitirá al KfW una copia legalizada del contrato de consultoría firmado sobre los servicios a ejecutar por el consultor, que será seleccionado de acuerdo con el artículo 8.1 c). 3.3 El KfW podrá negarse a efectuar desembolsos después de la fecha límite de desembolsos, siendo ésta el 31 de diciembre de 2023.
Articulo 4
Comisión de compromiso, intereses y amortización 4.1 El Prestatario pagará una comisión de compromiso de 0,25% anual sobre el saldo del préstamo no desembolsado. Esta comisión se calculará a partir de los tres meses después de la firma del presente Contrato y hasta la fecha límite de los desembolsos. 4.2 El Prestatario pagará sobre el préstamo una tasa de interés del 0,75% anual. Los intereses se calcularán a partir de la fecha del cargo de los desembolsos y hasta la fecha del abono de los pagos de amortización en la cuenta del KfW mencionada en el artículo 4.9. 4.3 El Prestatario pagará la comisión de compromiso, los intereses y los eventuales recargos por mora según el artículo 4.5 por semestres vencidos, al 30 de abril y al 30 de octubre de cada año. El primer pago por concepto de comisión de compromiso vencerá junto con el primer pago de intereses. 4.4 El Prestatario amortizará el préstamo en la siguiente forma: U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH 4.5 En caso que las cuotas de amortización no estén disponibles en la cuenta del KfW mencionada en el artículo 4.9 en las fechas de su vencimiento, el KfW podrá elevar la tasa de interés para las sumas atrasadas a partir de la fecha de vencimiento y hasta la fecha de abono de las respectivas cuotas, al nivel de la tasa básica más un 3 % anual. No obstante de la persistencia de esta obligación, el Prestatario podrá solicitar al KfW una prórroga máxima de 5 días para realizar alguna amortización que por casos justificables y aceptados por el KfW no estén disponibles en su fecha de vencimiento. La tasa básica es el tipo de interés notificado por ese concepto por el Deutsche Bundesbank válido el día de vencimiento. En caso de intereses atrasados, el KfW podrá exigir una indemnización por los perjuicios causados por la mora, la cual no deberá rebasar el monto que resultaría al aplicar sobre los intereses atrasados la tasa básica válida el día de vencimiento, más un 3 % anual. 4.6 Al efecto de calcular la comisión de compromiso, los intereses y los eventuales recargos por mora según el artículo 4.5, se entenderá que el año es de 360 días y el mes de 30 días. 4.7 Las cantidades no desembolsadas o amortizadas anticipadamente se deducirán, en igual proporción, de todas las cuotas pendientes de amortización, salvo que en determinado caso, sobre todo cuando se trata de cantidades insignificant es, se aplique, a discreción del KfW, otra forma de liquidación. 4.8 El KfW podrá aplicar las cantidades recibidas a pagos vencidos en virtud de este Contrato u otros contratos de préstamo entre el KfWy el Prestatario. 4.9 El Prestatario transferirá todos los pagos en Euros, con exclusión de la compensación por saldos netos (“Aufrechnung”), a la cuenta: Beneficiario: KfW SWIFT-BIC: KFWIDEFF IBAN: DEyy500204003101299883 4.10 En caso de que un pago a efectuar en virtud de este Contrato venza en una fecha que no sea un Día bancario, este pago deberá realizarse el siguiente Día bancario. Si el siguiente Día bancario ya quedara en el próximo mes calendario, el pago deberá efectuarse el último Día bancario del mes calendario entonces en curso. El término “Día bancario” utilizado en el presente Contrato se refiere a un día que no es sábado, ni domingo y que es un día laborable normal de los bancos comerciales en Frankfurt am Main, República Federal de Alemania.
Articulo 5
Suspensión de los desembolsos y amortización anticipada 5.1 El Prestatario podrá en cualquier momento a) sin perjuicio del cumplimiento de sus U D I-D EG T-U N AH obligaciones resultantes del artículo 8, renunciar al desembolso de cantidades del préstamo aun no desembolsadas, y b) amortizar anticipadamente la totalidad o una parte del préstamo. 5.2 El KfW sólo podrá suspender los desembolsos en caso de que a) el Prestatario no cumpla obligaciones de pago con el KfW en las respectivas fechas de vencimiento; b) no se cumplan obligaciones resultantes de este Contrato o de los acuerdos separados al mismo; c) la Unidad Ejecutora no pueda comprobar la utilización convenida de los fondos del préstamo, d) el cumplimiento de sus obligaciones estipuladas en este Contrato contravenga el derecho aplicable o e) se produzcan circunstancias excepcionales que impidan o pongan seriamente en peligro la ejecución, la operación o el objetivo del Proyecto o el cumplimiento de las obligaciones de pago contraídas por el Prestatario en virtud del presente Contrato. 5.3 Si una de las circunstancias mencionadas en los literales a), b), c) o d) del artículo 5.2 se hubiera producido y no hubiera sido eliminada dentro de un plazo fijado por el KfW y que deberá ser por lo menos de 30 días, el KfW podrá a) en caso del artículo 5.2 a), 5.2 b) o 5.2 d), exigir el reembolso inmediato de todas las cantidades del préstamo pendientes, así como el pago de todos los intereses acumulados y de las demás deudas accesorias; b) en caso del artículo 5.2 c), exigir el reembolso inmediato de aquellas cantidades del préstamo cuya utilización convenida no pueda ser comprobada por la Unidad Ejecutora.
Articulo 6
Gastos y contribuciones públicas 6.1 El Prestatario efectuará todos los pagos en virtud de este Contrato sin deducción alguna por concepto de impuestos, demás contribuciones públicas u otros gastos y se hará cargo de los gastos de transferencia y conversión relacionados con el desembolso de los fondos del préstamo. 6.2 El Prestatario se hará cargo de todos los impuestos y demás contribuciones públicas causados fuera de la República Federal de Alemania en relación con la conclusión y ejecución del presente Contrato
Articulo 7
Validez del presente Contrato y representación 7.1 Con suficiente anticipación al primer desembolso, el Prestatario comprobará ante el KfW, en forma U D I-D EG T-U N AH que éste considere satisfactoria, que ha cumplido todos los requisitos establecidos en su derecho constitucional y sus demás normas legales para la aceptación válida de todos los compromisos asumidos por él en virtud del presente Contrato. 7.2 El Secretario de Finanzas y las personas que él haya nombrado al KfW y que estén legitimadas mediante especímenes de firmas certificados por él, representarán al Prestatario a los efectos de la ejecución de este Contrato. El poder de representación sólo quedará anulado cuando el KfW haya recibido una revocación expresa de parte del respectivo representante autorizado del Prestatario. 7.3 Cualesquiera modificaciones o ampliaciones del presente Contrato así como otras declaraciones y comunicaciones que las partes contratantes hagan en relación con este Contrato, deberán tener forma escrita. Las declaraciones y comunicaciones se considerarán recibidas tan pronto como hayan llegado a la dirección de la parte contratante correspondiente indicada a continuación u otra dirección de una parte comunicada a la otra: Para el KfW: KfW Postfach 11 11 41 60046 Frankfurt am Main República Federal de Alemania Fax: +49 69 7431 2944 Para el Prestatario: Secretaría de Finanzas Avenida Cervantes, Barrio El Jazmin Tegucigalpa, M.D.C. Honduras. Tel: +504-2220-5662 Facsímil: +504-2237-4142 Correo electrónico: dgcp@sefin.gob.hn
Articulo 8
El Proyecto 8.1 El Prestatario asegurará que la Unidad Ejecutora a) preparará, ejecutará, operará y mantendrá el Proyecto observando los reconocidos principios financieros y técnicos, cumpliendo los estándares medioambientales y sociales así como de acuerdo, en lo esencial, con la concepción del Proyecto acordada con el KfW; b) contratará consultores cualificados e independientes para la preparación y supervisión de las obras del Proyecto, así como empresas cualificadas para la ejecución del Proyecto; c) adjudicará los servicios de consultoría para el apoyo de la implementación del Proyecto mediante una licitación pública internacional de acuerdo a las “Directrices para la Contratación de consultores en el marco de la Cooperación Financiera Oficial con países socios”; d) adjudicará los suministros, obras y servicios a financiar con cargo al U D I-D EG T-U N AH préstamo por un valor menor a EUR 200,000.00 (doscientos mil) mediante licitación pública limitada en Honduras de conformidad con los requerimientos mínimos previstos en las “Directrices para la contratación de suministros, obras y servicios asociados en el marco de la Cooperación Financiera Oficial con países socios”; e) adjudicará los suministros, obras y servicios a financiar con cargo al préstamo por un valor mayor o
Contrato — Contrato de Préstamo entre KfW y República de Honduras para Proyecto de Agua Potable y Saneamiento
KfW y República de Honduras (Secretaría de Finanzas)
Articulo 9
Publicación y transmisión de informaciones relacionadas con el Proyecto 9.1 A fin de cumplir con los principios internacionalmente reconocidos de mayor transparencia y eficiencia en la cooperación al desarrollo el KfW publicará informaciones seleccionadas (incluyendo informes de evaluación) sobre el Proyecto y su financiamiento en la fase precontractual, durante la ejecución del Contrato y en la fase postcontractual (en lo sucesivo “Plazo Total“). Esa publicación se efectuará regularmente en el sitio web de la división KfW- Banco de Desarrollo (http:// transparenz.kfw-entwicklungsbank.de/). La publicación de informaciones (por el KfW o por terceros, según las disposiciones del artículo 9.3) sobre el Proyecto y su financiamiento no abarcará documentos contractuales ni detalles financieros u operativos sensibles referentes a las partes implicadas en el Proyecto o su financiamiento, como por ejemplo:
a)
informaciones sobre datos financieros internos;
b)
estrategias comerciales;
c)
directrices e informes internos de la empresa;
d)
datos concernientes a personas físicas;
e)
el rating interno asignado por el KfW a la situación financiera. 9.2 Con el propósito, ante todo, de facilitar una mayor transparencia y eficiencia, el KfW comunicará durante el Plazo Total informaciones seleccionadas sobre el Proyecto y su financiamiento a las siguientes entidades:
a)
filiales del KfW;
b)
la República Federal de Alemania y sus órganos, autoridades, instituciones, agencias y entidades competentes;
c)
otros organismos de ejecución implicadas en la cooperación al desarrollo bilateral alemana, U D I-D EG T-U N AH en particular la Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH;
d)
organizaciones internacionales encargadas de la recopilación de datos estadísticos y a sus miembros, en particular a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y a sus miembros. 9.3 Además, el KfW comunicará durante el Plazo Total, a solicitud de la República Federal de Alemania, informaciones seleccionadas sobre el Proyecto y su financiamiento a los organismos siguientes, que publicarán las partes relevantes, en cuanto necesario para los fines especificados:
a)
la República Federal de Alemania para los fines del International Aid Transparency Initiative (http://www.bmz.de/de/was_wir_machen/ wege/transparenz-fuer-mehr-Wirksamkeit/ index.html);
b)
Germany Trade & Invest (GTAI) para fines de información sobre los mercados (http://www. gtai.de/GTAI/Navigation/DE/trade.FOO);
c)
la OCDE para fines de información acerca de las prestaciones en el marco de la cooperación al desarrollo (http://stats.oecd.org/);
d)
Deutsches Evaluierungsinstitut der Entwick lungszusammenarbeit gGmbH (DEval) para fines de evaluación, en su conjunto, de la cooperación al desarrollo alemana, a efectos de asegurar su transparencia y eficiencia (http:// www.deval.org/de/). 9.4 Además, el KfW se reserva el derecho de transmitir, durante el Plazo Total, informaciones sobre el Proyecto y su financiamiento también a terceros en el marco de la consecución de intereses legítimos (incluyendo para fines de publicación). La transmisión a terceros quedará sometida a la condición de que el Prestatario o la Unidad Ejecutora no tenga intereses legítimos en cuanto a la no transmisión que prevalezcan sobre los intereses de transmisión del KfW. Entre los intereses legítimos del Prestatario o de la Entidad Ejecutora cuentan, en particular, la confidencialidad de las informaciones sensibles mencionadas bajo el artículo 9.1, cuya publicación está excluida. Asimismo, el KfW estará autorizado a transmitir informaciones a terceros, en la medida en que ello fuera necesario por requisitos legales o regulatorios, o en el marco de la defensa de derechos o de posiciones jurídicas en procedimientos judiciales o administrativos.
Articulo 10
Disposiciones varias 10.1 El Prestatario cuidará y asegurará que la Unidad Ejecutora cuidará de que las personas encargadas por él de la preparación y ejecución del proyecto, U D I-D EG T-U N AH la adjudicación de los suministros y servicios a financiar y la solicitud de desembolsos con cargo al préstamo no exijan, acepten, efectúen, concedan, prometan o se hagan prometer pagos ilegales u otras ventajas en relación con el desempeño de estas tareas. 10.2 El Prestatario garantizará no realizar y asegurará que la Unidad Ejecutora no realizará ninguna transacción relacionada con el Proyecto ni ninguna otra actividad que origine una violación de los embargos para el control del comercio exterior o las llamadas sanciones financieras del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Unión Europea o la República Federal de Alemania. 10.3 El Prestatario asegurará que la Unidad Ejecutora facilitará al KfW a primera solicitud y de forma inmediata todas las informaciones y documentos que el KfW necesite para el cumplimiento de sus obligaciones de prevenir el blanqueo de capital y la financiación del terrorismo, así como para el monitoreo continuo de la relación comercial con la Unidad Ejecutora, que es necesario para este fin. En la conclusión y ejecución del presente Contrato de Préstamo, la Unidad Ejecutora actúa en nombre y por cuenta propia. Es imperativo que en cuanto a las leyes al emanas y a la ley del país de constitución de la Unidad Ejecutora a) los fondos propios de la Unidad Ejecutora o los fondos invertidos en la financiación del proyecto no sean de origen ilegal y, en particular, sin que el listado sea exhaustivo, no estén relacionados con el tráfico de drogas, la corrupción, el crimen organizado o el terrorismo; b) el capital accionario de la Unidad Ejecutora no sea en ningún momento de origen ilegal y, en particular, sin que el listado sea exhaustivo, no esté relacionado con el tráfico de drogas, la corrupción, el crimen organizado o el terrorismo; c) la Unidad Ejecutora no participe ni en la adquisición, ni en la posesión ni en el uso de activos de origen ilegal y, en particular, sin que este listado sea exhaustivo, no esté relacionado con el tráfico de drogas, la corrupción, el crimen organizado o el terrorismo; y d) la Unidad Ejecutora no participe en la financiación del terrorismo. 10.4 En el caso de que una disposición de este Contrato fuera inoperante, tal hecho no afectaría a las demás disposiciones. El eventual vacío que se produjera como consecuencia de ello, se llenaría mediante un arreglo de acuerdo con el objetivo de este Contrato. 10.5 El Prestatario no podrá ceder o pignorar los derechos resultantes de este Contrato. U D I-D EG T-U N AH 10.6 Los derechos del KfW resultantes de este Contrato prescribirán a los cinco años contados a partir del fin del año en el que originó la reclamación y el KfW obtuvo conocimiento de las condiciones que dieron origen a esta reclamación o, sin incurrir en negligencia grave, hubiera podido tomar conocimiento de las mismas. 10.7 Este Contrato estará sujeto al derecho vigente en la República Federal de Alemania. El lugar de cumplimiento será Frankfurt am Main. 10.8 Todas las desavenencias que deriven de este contrato o que guarden relación con éste serán resueltas exclusivamente y definitivamente por un tribunal de arbitraje. Al respecto, regirá lo siguiente: a) El tribunal de arbitraje estará integrado por uno o tres árbitros quienes serán nombrados y actuarán de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) vigente en el momento respectivo. b) El procedimiento de arbitraje se llevará a cabo en Frankfurt am Main. La lengua de procedimiento será el inglés. En 2 originales en español. Frankfurt am Main, el día 05-04-2019 KfW F Título: Director Nombre: André Ahlert Tegucigalpa, el día 05-04-2019 República de Honduras, representada por la Secretaría de Finanzas F Título: Ministra de la Secretaría de Finanzas Nombre: Rocío Izabel Tabora Morales F Título: Director de la Agencia de KfW Nombre: Jan Stilke U D I-D EG T-U N AH
Decreto Legislativo — Decreto aprobatorio del Contrato de Préstamo KfW - Exenciones fiscales
Congreso Nacional
Articulo 2
Los pagos bajo el Préstamo, incluyendo, entre otros, los realizados en concepto de capital, intereses, montos adicionales, comisiones y gastos estarán exentos de toda clase de deducciones, impuestos, derechos, tasas, contribuciones, recargos, arbitrios, aportes, honorarios, contribución pública, gubernamental o municipal y otros cargos hondureños.
Articulo 3
Todos los bienes y servicios, que sean adquiridos con los fondos de este Contrato de Préstamo y fondos nacionales para la ejecución del proyecto en mención, quedan exonerados de los gravámenes arancelarios, impuestos selectivos al consumo e impuestos sobre ventas, que graven la importación y/o compra local.
Articulo 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “LA GACETA”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los Cuatro días del mes de diciembre del dos mil diecinueve. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de diciembre de 2019. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS ROCIO IZABEL TÁBORA U D I-D EG T-U N AH CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La
Resolución No. 1435-2019 — Concesión de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de Brisas del Congo
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
1.
Resulta que en el caso que nos ocupa, la petición formulada por la impetrante, está contraída a pedir la Personalidad Jurídica, de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, para lo cual, acompañó los documentos que se requieren para casos como el indicado, y que a nuestro juicio, justifican la petición por él formulada.
2.
En este sentido y según el análisis realizado, se logra apreciar que corren agregados a los folios seis, siete, ocho, nueve, diez al dieciséis, veinticinco (6, 7, 8, 9, 10-16, 25), los documentos referentes a carta poder, Certificación de acta de constitución, nombramiento y elección de Junta Directiva, autorización al presidente para la contratación de un abogado, discusión y aprobación de estatutos, listado de asistencia, enunciados en su respectivo orden, así como también, las copias de las tarjetas de identidad de cada uno de los miembros que integran su Junta Directiva.
3.
La Constitución de la República, dispone en el artículo 78, que: “...Se garantizan las libertades de asociación y de reunión siempre que no sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres...”, según lo dispone la norma constitucional antes reproducida, la Libertad de Asociación es un derecho protegido por nuestra constitución en su artículo 78, derecho que posibilita o permite que los ciudadanos constituyamos todo tipo de asociaciones sin importar las tendencias; siempre y cuando éstas no sean contrarias a la Ley, procurando con ello mejorar y defender las condiciones de los grupos de interés con distintas tendencias ideológicas, políticas o religiosas para el fortalecimiento de la sociedad civil y la voz de la opinión pública, necesarias e indispensables en un país democrático.
4.
Por su parte el Código Civil en su Capítulo II, artículo 56, se refiere a quienes la ley considera como Personas Jurídicas: “... 1° “El Estado y las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público, reconocidas por la Ley. La personalidad de éstas empieza en el instante mismo en que, con arreglo a derecho hubiesen quedado válidamente constituidas. 2° Las Asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad propia, independientemente de la de cada uno de los asociados”.
5.
La Ley Marco del Sector de Agua potable y Saneamiento en su artículo 18 literalmente enuncia “Las Juntas Administradoras de Agua tendrán personalidad jurídica otorgada que otorgará la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia por medio Sección “B” U D I-D EG T-U N AH de dictamen de la respectiva Corporación Municipal, que constatará de la legalidad de la misma. El otorgamiento de dicha personalidad y su publicación en el Diario Oficial La Gaceta será de forma gratuita. El Reglamento de la presente Ley, establecerá la organización y funciones de las Juntas de Agua.
6.
Que la Asociación Civil de beneficio mutuo, denominada JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.
7.
Que de acuerdo a lo establecido en su artículo 11 de los Estatutos aprobados por la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, la Asamblea General, es la máxima autoridad de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, expresa la voluntad colectiva de los usuarios debidamente convocados. Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a) Trimestralmente en forma ordinaria con los usuarios del servicio y cuando fuese necesario de urgencia en forma extraordinaria. Esta resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los mismos, que sean contrarias a la Constitución de la República y las Leyes.
8.
Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los, Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. DECISIÓN
9.
Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, con domicilio en el municipio de El Negrito, departamento de Yoro; con sus estatutos que literalmente dicen: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO. CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO ARTÍCULO 1. Se constituye la organización cuya denominación será “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Comunidad de Brisas del Congo, Municipio de El Negrito, Departamento de Yoro”, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como U D I-D EG T-U N AH finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de Brisas del Congo, municipio de El Negrito, departamento de Yoro. ARTÍCULO 2. EL DOMICILIO LEGAL será en la comunidad de Brisas del Congo, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable. ARTÍCULO 3. Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS ARTÍCULO 4. El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema. ARTÍCULO 5. La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso.g.-Gestionarla asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico) . i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. ARTÍCULO 6. Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer, programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.-Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS CLASES DE MIEMBROS ARTÍCULO 7 - La Junta Administradora de Agua, tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores y, b) Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua. b) Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios. ARTÍCULO 8. Son derechos de los miembros: a) Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y voto, b) Elegir y ser electos, c) Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio, f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe. U D I-D EG T-U N AH ARTÍCULO 9. Son obligaciones de los miembros: a) Conectarse al sistema de saneamiento, b) Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura, c) Pagar la tarifa por concepto de servicio de agua en las fechas establecidas. CAPÍTULO IV OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS, DE LOS ÓRGANOS ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO ARTÍCULO 10. La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo integrada por: a) Comité de Microcuencas. b) Comité de Operación y Mantenimiento. c) Comité de Saneamiento; y, d) Comité de Vigilancia. ARTÍCULO 11 DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS.- La asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados. ARTÍCULO 12. Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o distribuir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. ARTÍCULO 13. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Después de la Asamblea de Usuarios, la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem.- Para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y estará conformada por siete miembros:
1)
Un Presidente(a).
2)
Un Vicepresidente(a);
3)
Secretario(a).
4)
Un Tesorero (a).
5)
Un Fiscal, 6.-Un Vocal Primero; y, 7.-Un Vocal Segundo. ARTÍCULO 14. La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar en cuenta de banco, los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o superar el servicio de agua a los usuarios. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimiento de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados. ARTÍCULO 15. Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- Junta Directiva se reunirá una vez por mes. ARTÍCULO 16. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA. Dentro de la Junta Administradora desempeña un papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta. Serán sus funciones: a.- Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros. b.- Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente. c.- Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones. d.- Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta. e.- Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de los abonados. f.- Comprobar los gastos efectuados por la Junta. g.- Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra calificada y no calificada. h.- Firmar los documentos administrativos que den fe de aceptado los informes del Presidente y Tesorero. i.- Vigilar el inventario de lá bodega. U D I-D EG T-U N AH ARTÍCULO 17. DE LOS COMITÉ$ DE APOYO.- La Junta Directiva tendrá los siguientes comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. ARTÍCULO 18. Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la. de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro del Comité de Saneamiento.- ARTÍCULO 19. DE LA JUNTA DIRECTIVA.- La Junta Directiva de la Junta Administradora de Agua estará formada por: a) Presidente. b) Vicepresidente, c) Secretario, d) Tesorero, e) Un Fiscal, f) Vocal Primero, g) Vocal Segundo. ARTÍCULO 20. Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones.b.-Abrir,presidir y cerrar las sesiones. c.-Elaborar la agenda junto con el Secretario. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora. ARTÍCULO 21. Son Atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva;b.-Supervisará las Comisiones que se asignen; c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea. ARTÍCULO 22. Son Atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta Administradora. g.- Manejo de planillas de mano de obras. ARTÍCULO 23. Son atribuciones del TESORERO: Es el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero, tesorería. de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.-Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad. ARTÍCULO 24. Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización. ARTÍCULO 25. Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- El Vocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico. c.- El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo. U D I-D EG T-U N AH CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO ARTÍCULO 26. Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas. ARTÍCULO 27. Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN ARTÍCULO 28. En caso de disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua, los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 29. El ejercicio financiero de la Junta Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República. ARTÍCULO 30. Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. ARTÍCULO 31. La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. ARTÍCULO 31. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.
10.
La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.
11.
La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero,se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos.
12.
La JUNTAADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y U D I-D EG T-U N AH los demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
13.
La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.
14.
Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobado por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.
15.
La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
16.
Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) , para que emita la correspondiente inscripción.
17.
De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTAADMINISTRADORA DE AGUAPOTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F)RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F)WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL. Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 16 días del mes de agosto de dos mil diecinueve. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 23 D. 2019.
Articulo 1
Se constituye la organización cuya denominación será “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Comunidad de Brisas del Congo, Municipio de El Negrito, Departamento de Yoro”, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como U D I-D EG T-U N AH finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de Brisas del Congo, municipio de El Negrito, departamento de Yoro.
Articulo 2
EL DOMICILIO LEGAL será en la comunidad de Brisas del Congo, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.
Articulo 3
Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS
Articulo 4
El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.
Articulo 5
La organización tendrá los siguientes objetivos:
a)
Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.
b)
Asegurar una correcta administración del sistema.
c)
Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.
d)
Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable.
e)
Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable.
f)
Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.-Gestionarla asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico) . i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.
Articulo 6
Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:
a)
Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias.
b)
Establecer, programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados.
c)
Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema.
d)
Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales.
e)
Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.-Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS CLASES DE MIEMBROS
Articulo 7
La Junta Administradora de Agua, tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores y, b) Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua. b) Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.
Articulo 8
Son derechos de los miembros:
a)
Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y voto,
b)
Elegir y ser electos,
c)
Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva.
d)
Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios,
e)
Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio,
f)
Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe. U D I-D EG T-U N AH
Articulo 9
Son obligaciones de los miembros:
a)
Conectarse al sistema de saneamiento,
b)
Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura,
c)
Pagar la tarifa por concepto de servicio de agua en las fechas establecidas. CAPÍTULO IV OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS, DE LOS ÓRGANOS ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO
Articulo 10
La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo integrada por:
a)
Comité de Microcuencas.
b)
Comité de Operación y Mantenimiento.
c)
Comité de Saneamiento; y,
d)
Comité de Vigilancia.
Articulo 11
DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS.- La asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.
Articulo 12
Son funciones de la Asamblea de Usuarios:
a)
Elegir o distribuir los miembros directivos de la Junta.
b)
Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.
c)
Nombrar las comisiones o comités de apoyo.
Articulo 13
DE LA JUNTA DIRECTIVA. Después de la Asamblea de Usuarios, la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem.- Para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y estará conformada por siete miembros:
1)
Un Presidente(a).
2)
Un Vicepresidente(a);
3)
Secretario(a).
4)
Un Tesorero (a).
5)
Un Fiscal, 6.-Un Vocal Primero; y, 7.-Un Vocal Segundo.
Articulo 14
La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones:
a)
Mantener un presupuesto de ingresos y egresos.
b)
Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.
c)
Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua.
d)
Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.
e)
Depositar en cuenta de banco, los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.
f)
Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses.
g)
Cancelar o superar el servicio de agua a los usuarios.
h)
Vigilar y proteger las fuentes de abastecimiento de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.
i)
Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.
Articulo 15
Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- Junta Directiva se reunirá una vez por mes.
Articulo 16
DEL COMITÉ DE VIGILANCIA. Dentro de la Junta Administradora desempeña un papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta. Serán sus funciones:
a)
Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros.
b)
Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente.
c)
Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones.
d)
Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta.
e)
Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de los abonados.
f)
Comprobar los gastos efectuados por la Junta.
g)
Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra calificada y no calificada.
h)
Firmar los documentos administrativos que den fe de aceptado los informes del Presidente y Tesorero.
i)
Vigilar el inventario de lá bodega. U D I-D EG T-U N AH
Articulo 17
DE LOS COMITÉ$ DE APOYO.- La Junta Directiva tendrá los siguientes comités de Apoyo:
a)
Comité de Operación y Mantenimiento.
b)
Comité de Microcuenca.
c)
Comité de Saneamiento.
Articulo 18
Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la. de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro del Comité de Saneamiento.-
Articulo 19
DE LA JUNTA DIRECTIVA.- La Junta Directiva de la Junta Administradora de Agua estará formada por: a) Presidente. b) Vicepresidente, c) Secretario, d) Tesorero, e) Un Fiscal, f) Vocal Primero, g) Vocal Segundo.
Articulo 20
Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.-Abrir,presidir y cerrar las sesiones. c.-Elaborar la agenda junto con el Secretario. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora.
Articulo 21
Son Atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva; b.-Supervisará las Comisiones que se asignen; c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.
Articulo 22
Son Atribuciones del SECRETARIO:
a)
Llevar el libro de actas.
b)
Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero.
c)
Encargarse de la correspondencia.
d)
Convocar junto con el Presidente.
e)
Llevar el registro de abonados.
f)
Organizar el archivo de la Junta Administradora.
g)
Manejo de planillas de mano de obras.
Articulo 23
Son atribuciones del TESORERO: Es el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos:
a)
Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.
b)
Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.
c)
Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero, tesorería. de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).
d)
Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad.
e)
Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas.
f)
Llevar el inventario de los bienes de la Junta.
g)
Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.-Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.
Articulo 24
Son atribuciones del FISCAL:
a)
Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización
b)
Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.
c)
Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la junta.
d)
Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.
Articulo 25
Son atribuciones de LOS VOCALES:
a)
Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.
b)
El Vocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico.
c)
El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo. U D I-D EG T-U N AH CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO
Articulo 26
Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse:
a)
Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los intereses capitalizados.
b)
Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados.
c)
Con las instalaciones y obras físicas del sistema.
d)
Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.
Articulo 27
Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Articulo 28
En caso de disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua, los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 29
El ejercicio financiero de la Junta Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.
Articulo 30
Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último.
Articulo 31
La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
Articulo 31
Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero,se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTAADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y U D I-D EG T-U N AH los demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobado por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) , para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTAADMINISTRADORA DE AGUAPOTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BRISAS DEL CONGO, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F)RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F)WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL. Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 16 días del mes de agosto de dos mil diecinueve. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 23 D. 2019.
Aviso No. 44852/19 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - CLOUD SOLUTIONS
Registro de Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 44852/19 2/ Fecha de presentación: 30/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO EKODAT, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: COL. PRIMAVERA, 26 AVE., 21 CALLE C, S.O. SAN PEDRO SULA, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLOUD SOLUTIONS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño relativos a ellos; servicios de análisis y de investigación industrial; diseño y desarrollo de ordenadores y software. 8.1/ Página Adicional: COLOR PARA IMPRESIÓN DIGITAL - CODIGO HEXADECIMAL: #003399; VALORES RGB: R:0, G:51. B:153 COLOR PARA IMPRESION FISICA (ROTULACIÓN) - VALORES CMYK: C: 100%, M:89%, Y:8%, K:2% - TIPO DE LETRA: SEGOE UI SEMIBOLD.
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/11/2019. 12/ Reservas: No se da exclusividad de uso de “Solutions”. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 40732/19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Quick Take
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 40732/19 2/ Fecha de presentación: 26-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/Solicitante: APPLE INC. 4/1/Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 2019-551 5.1/Fecha: 23 Jul. 2019 5.2/País de Origen: Liechtenstein 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominación 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Quick Take 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Ordenadores; hardware de la computadora; hardware de computadora portátil; computadoras portátiles; computadoras de tableta, aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos, teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos de comunicación inalámbricos para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; aparatos de comunicación de red; dispositivos electrónicos digitales de mano capaces de proporcionar acceso a internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; dispositivos electrónicos digitales portátiles capaces de proporcionar acceso a internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; relojes inteligentes; rastreadores de actividad portátiles; pulseras conectadas [instrumentos de medición]; lectores de libros electrónicos; software de ordenador; software para configurar, configurar, operar o controlar dispositivos móviles, teléfonos móviles, dispositivos portátiles, computadoras, periféricos, decodificadores, televisores y reproductores de audio y vídeo; software de desarrollo de aplicaciones; software de juegos informáticos; contenido de audio, vídeo y multimedia pregrabado descargable; dispositivos periféricos informáticos; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, auriculares, audífonos, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; periféricos de computadora portátiles; periféricos portátiles para usar con computadoras, teléfonos móviles; dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; acelerómetros; altímetros; aparatos de medición de distancia; aparatos de grabación a distancia; podómetro; aparatos de medición de presión; indicadores de presión; monitores, pantallas de visualización, pantallas montadas en la cabeza y auriculares para usar con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, televisores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; gafas inteligentes; gafas 3d; anteojos; gafas de sol; lentes de gafas; vidrio óptico productos ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras flashes para cámaras; pantallas de visualización para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes; televisores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; teclados, ratones, alfombrillas, impresoras, unidades de disco y discos duros; aparatos de grabación y reproducción de sonido; reproductores y grabadores digitales de audio y vídeo; altavoces de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de audio para vehículos de motor; aparatos de grabación y reconocimiento de voz; auriculares; micrófonos; televisores; receptores y monitores de televisión; decodificadores; radios transmisores y receptores de radio; sistemas de posicionamiento global (dispositivos gps); instrumentos de navegación; controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos Quick Take electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisores, parlantes, amplificadores, sistemas de cine en casa y sistemas de entretenimiento; dispositivos portátiles para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisores, parlantes, amplificadores, sistemas de cine en casa y sistemas de entretenimiento; aparatos de almacenamiento de datos; chips de ordenador; tarjetas de crédito codificadas y lectores de tarjetas; pago electrónico y terminales de punto de transacción; tarjetas de crédito codificadas y lectores de tarjetas; pago electrónico y terminales de punto de transacción; baterías cargadores de batería; conectores eléctricos y electrónicos, acopiadores, cables, cables, cargadores, muelles, estaciones de acoplamiento y adaptadores para su uso con todos los productos mencionados; interfaces para computadoras, periféricos de computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; películas protectoras adaptadas para pantallas de ordenador; fundas, bolsos, estuches, fundas, correas y cordones para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, auriculares, auriculares, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; palos selfie; cargadores para cigarrillos electrónicos; collares electrónicos para entrenar animales; agendas electrónicas; aparatos para comprobar el correo de sellado; cajas registradoras; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; máquinas de dictar; marcadores de dobladillo; máquinas de votación; etiquetas electrónicas para productos; máquinas de selección de premios; máquinas facsímil; aparatos e instrumentos de pesaje; medidas; tablones de anuncios electrónicos; aparatos de medición; obleas [rodajas de silicio]; circuitos integrados; amplificadores pantallas fluorescentes; controles remotos; luces que conducen filamentos [fibras ópticas]; instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial, aparatos y equipos para salvar vidas; alarmas de silbato; dibujos animados; candelabros de huevo; silbatos para perros; imanes decorativos; cercas electrificadas; retardadores de coche portátiles con control remoto; calcetines calentados eléctricamente; aparatos electrónicos de comando y reconocimiento de voz para controlar las operaciones de dispositivos electrónicos de consumo y sistemas residenciales; asistentes digitales personales; aparatos de regulación del calor; termostatos; monitores, sensores y controles para dispositivos y sistemas de aire acondicionado, calefacción y ventilación; aparatos de regulación eléctrica; reguladores de luz eléctrica (atenuadores); aparatos de control de iluminación; enchufes eléctricos; iliterruptores eléctricos y electrónicos; alarmas, sensores de alarma y sistemas de monitoreo de alarmas; detectores de humo y monóxido de carbono; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles eléctricos y electrónicos para puertas de garaje; seguridad residencial y sistemas de vigilancia. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 15/11/2019 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020.
Licitación No. 2019-042788 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - COVO Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-042788 [2] Fecha de Presentación: 16/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: ARGELIA INTERNACIONAL, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE, 16 Y 17, AVE. SANTA ISABEL, EDIFICIO HAYATUR No. 1, DE LA ZONA LIBRE DE COLON, COLÓN, Panamá. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COVO Y DISEÑO [6.2] Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 8 [8] Protege y distingue: Abrelatas no eléctricos, afiladores, aparatos para la depilación eléctricos o no eléctricos; aparatos para destruir los parásitos de las plantas, aparatos manuales para rizar el cabello que no sean eléctricos, aparatos para perforar las orejas; arcos de sierra manuales, arcos de sierras; armas blancas; arpones, azadones; brocas, brocas de médica caña; cachas (Herramientas), cepillo curvo (carpintería), cinceles, cortatubos, (herramientas) cortauñas eléctricos o no eléctricos, cubiertos (cuchillerías, tenedores y cucharas); cuchillas, cuchillos de caza, cueros de cuchillas de afeitar, cueros de afilar, destornilladores, diamantes para vidriero (parte de herramientas manuales); escuadras (herramientas), espadas, abrelatas no eléctricos, afiladores, aparatos para la depilación eléctricos o no eléctricos; aparatos para destruir los parásitos de las plantas, aparatos manuales para rizar el cabello que no sean eléctricos, aparatos para perforar las orejas; arcos de sierra manuales, arcos de sierras; armas blancas; arpones, azadones; brocas, brocas de médica caña; cachas (Herramientas), cepillo curvo (carpintería), cinceles, cortatubos; (herramientas) cortauñas eléctricos o no eléctricos, cubiertos (cuchillerías, tenedores y cucharas); cuchillas, cuchillos de caza, cueros de cuchillas de afeitar, cueros de afilar, destornilladores, diamantes para vidriero (partes de herramientas manuales); escuadras (herramientas), espadas, espátulas (herramientas), espátulas de pintor, estuches de manicura eléctricos, estuches de pedicuro, estuches de manicura, estuches para navajas de afeitar, gatos manuales, hachas, herramientas de mano accion a da manualmente; herramientas de jardín, hierros de cepillos, hierros de barnizar; hierros de molduras, hierros para marcar el fuego, hierros (herramientas no eléctricas), hierros para hacer molduras (hierros de modular), hierros para calafatear; hoja de máquinas de afeitar, hojas de cizallas; hormas para zapatos (herramientas de zapateros); instrumentos de mano abrasivos, instrumentos agrícolas manuales, instrumentos para tronzar las tuberías, instrumentos para marcar al ganado, instrumentos para picar billetes; jeringas para proyectar insecticidas, lima para uñas eléctricas, lima para uñas, limas; llanas, llaves (herramientas) machetes, machos de roscar (herramientas) maquinillas para cortar la barba, maquinillas para cortar el cabello eléctricas y no eléctricas, martillos afiladores, martillos (herramientas), martillos de picapedrero, martillos de vidriero; mazos (instrumentos manuales), mazos de empedrado; muelas para afilar a mano, muelas de esmeril, palancas, perforadoras (he amientas); pie de cabra (sacaclavos); piedras de amolar, pilones (herramientas); pinzas, pinzas de resorte, pinzas de numerar; pinzas de depilar, pinzas para las uñas, planchas para plan has no eléctricas; porta sierras, portabrocas (herramientas); productos de herrería de corte; pulidoras de uñas (eléctricas o no eléctricas); punzones (herramientas) ralladores (herramientas) pasea dores (herramientas) rastrillos de manos (herramientas), remachador (he amienta) recortadoras (herramientas de mano) saca- clavos, sierras (herramientas); taladros vástago (herramientas; taladros; tenazas, tensores de hilos mecánicos (herramientas), tensores de bandas metálicas (herramientas); tijeras, tomos metálicos; tranchete (cuchilla de zapatero); trinquetes (herramientas), troqueles (herramientas).
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: NEMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de noviembre del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-042789 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - COVO Y DISEÑO (Clase 7)
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-042789 [2] Fecha de Presentación: 16/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: ARGELIA INTERNACIONAL, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE, 16 Y 17, AVE. SANTA ISABEL, EDIFICIO HAYATUR No. 1, DE LA ZONA LIBRE DE COLÓN, COLÓN, Panamá. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COVO Y DISEÑO [6.2] Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Abrelatas eléctricos, alternadores, aparatos para soldar de gas, aspiradoras de polvo, aspiradoras eléctricas para limpiar, bombas centrífugas, bombas de engrase, bombas de vacío, bombas, cilindros de motores, cizallas, eléctricas, compresores de aire, compresores para refrigeradores, correas de máquinas, correas para motores, cortadoras de césped, cortadoras, cuchillas para partes de máquinas, cuchillas eléctricas, destornillador eléctrico, drill/percutor, elevadores, equipo electrónico de prueba (tests), equipo soldador, escaleras y rodantes, filtros-prensas, gatos criques mecánicos, generadores de electricidad, herramientas eléctricas, herramientas neumáticas y accesorios, instrumentos agrícolas que abrelatas eléctricos, alternadores, aparatos para soldar de gas, aspiradoras de polvo, aspiradoras eléctricas para limpiar, bombas centrífugas, bombas de engrase, bombas de vacío, bombas, cilindros de motores, cizallas, eléctricas, compresores de aire, compresores para refrigeradores, correas de máquinas, correas para motores, cortadoras de césped, cortadoras, cuchillas para partes de máquinas, cuchillas eléctricas, destornillador eléctrico, drill/percutor, elevadores, equipo electrónico de prueba (tests), equipo soldador, escaleras y rodantes, filtros-prensas, gatos criques mecánicos, generadores de electricidad, herramientas eléctricas, herramientas neumáticas y accesorios, instrumentos agrícolas que no sean manuales, lija, eléctrica, limas para metales, llaves de neumático para tuercas, máquina de lavar platos, máquinas de lavar ropa, máquinas de coser, máquinas para limpiar motores, martillos eléctricos, martillos neumáticos, molinos, pistolas para aceitar y engrasar, poleas. Porta-brocas, pulidoras y amoladores, rastrillos, remachadoras, ruedas de máquina, secadoras, serruchos eléctricos, sierras calador as, sierras circulares, sierras de cadena, sierras de sable, sierras eléctricas, sierras perforadoras, sopletes de cortar de gas, sopletes para soldar de gas, taladoras, taladros lijadoras orbitrales, taladros y brochas de taladros, tijeras de máquina, tijeras eléctricas, trituradores de basura, trituradores para uso doméstico, válvulas de máquina, ventiladores para motores, válvulas de presión (partes de máquina), pulidoras de carro, ruteadoras, calador as, tronzadoras, ingleteadoras sierra de madera, sopladores, multímetros, cepillo eléctrico, cepillo eléctrico, cautil, generadores eléctricos a gasolina, motosierras, máquina a presión de agua, bobinas para máquinas, bombas (máquinas), bombas de aire comprimido, compresores (máquinas), cortadores de paja, cuchillas eléctricas culatas de motores , generadores de corrientes, guías de, máquinas, hojas de corta paja, hojas de sierras (partes de máquinas), máquinas.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: NEMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de noviembre del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-044262 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - KITCHEN BAKERY SUPPLY Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-044262 [2] Fecha de Presentación: 25/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: EDGAR MARRANO ARGUETA HERNÁNDEZ. [4.1] Domicilio: 30 avenida; 5-53, Zona 7, Tikal, ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: KITCHEN BAKERY SUPPLY Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Aparatos e instalaciones de alumbrado, calefacción, enfriamiento, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como inst al ciones sanitarias.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANDREA NINOSKA PEREIRA FLORES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de noviembre del año 2019. 12] Reservas: Las Siglas KBS forman parte de la escructura del Diseño. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-029447 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - +PURA Y ETIQUETA
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-029447 [2] Fecha de Presentación: 10/07/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: GRUPO ECO, SOCIEDAD ANÓNIMA. [4.1] Domicilio: 3 era.Avenida Final 22-40, finca El Zapote, Zona 2, ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A.. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: +PURA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Aparatos e instalaciones alumbrado, calefacción, enfriamiento, producción de vapor, cocción, secado, ventilación y distribución de agua y filtros así como inst al ciones sanitarias.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANDREA NINOSKA PEREIRA FLORES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de agosto del año 2019. 12] Reservas: Se reivindican los colores Verde y Azul. Abogada NOEMÍ E LIZBETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-017806 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - LAZOS Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-017806 [2] Fecha de Presentación: 26/04/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: MONICA ALEJANDRA CEREZO DE ESCOBAR. [4.1] Domicilio: CIUDAD DE SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, El Salvador. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LAZOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 24 [8] Protege y distingue: Tejidos y sus sucedaneos, productos textiles no comprendidos en otras clases; ropa de hogar; cortinas de materias textiles o de materias plásticas.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANDREA NINOSKA PEREIRA FLORES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de junio del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ E LIZBETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-017803 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - FLEXICASH Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-017803 [2] Fecha de Presentación: 26/04/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: ÓPTIMA SERVICIOS FINANCIEROS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: CIUDAD DE SAN SALVADOR, El Salvador. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FLEXI CASH Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANDREA NINOSKA PEREIRA FLORES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de mayo del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-038851 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - NEURO CAMPOLON ENERGY
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-038851 [2] Fecha de Presentación: 12/09/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: CIUDAD DE ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, El Salvador. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NEURO CAMPOLON ENERGY [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANDREA NINOSKA PEREIRA FLORES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de octubre del año 2019. 12] Reservas: No se da exclusividad de uso de “ENERGY” PARA ESTE GÉNERO DE PRODUCTOS. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020. NEURO CAMPOLON ENERGY
Licitación No. 2019-030538 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - 5 BOTRAN ORO Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-030538 [2] Fecha de Presentación: 16/07/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. [4.1] Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: 5 BOTRAN ORO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza).
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: OSCAR ARMANDO MELARA FACUSSÉ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de julio del año 2019. 12] Reservas: Se reivindican los colores del diseño; Amarillo, Magenta, Cyan, Negro. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-030539 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - BOTRAN V!P Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-030539 [2] Fecha de Presentación: 16/07/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. [4.1] Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BOTRAN V!P Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza) con sabor a carambola.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: OSCAR ARMANDO MELARA FACUSSÉ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de agosto del año 2019. 12] Reservas: Se protege la denominación “BOTRAN V!P y su Diseño”, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen, se reivindican los colores del diseño; Amarillo, Magenta, Cyan, Negro, Blanco, Pantone 369 C, Pantone Cool Gray 9 C. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-030540 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - BOTRAN V!P Y DISEÑO (Albahaca Limoncillo)
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-030540 [2] Fecha de Presentación: 16/07/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. [4.1] Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BOTRAN V!P Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza) con sabor a albahaca limoncillo.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: OSCAR ARMANDO MELARA FACUSSÉ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de agosto del año 2019. 12] Reservas: Se protege la denominación “BOTRAN V!P y su Diseño”, asi como sus colores del Diseño: Amarillo, Magenta, Cyan, Negro, Blanco, Pantone 348 C, Pantone Cool Gray 9 C., los demás elementos denominativos que aparece en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-030541 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - BOTRAN XL LIMON & PEPINO Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-030541 [2] Fecha de Presentación: 16/07/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. [4.1] Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BOTRAN XL LIMON & PEPINO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza) con sabor a limon pepino.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: OSCAR ARMANDO MELARA FACUSSÉ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de agosto del año 2019. 12] Reservas: No se da exclusividad sobre las palabras “LIMON & PEPINO”, se reivindica los colores del diseño: Amarillo, Magenta, Cyan, Negro, Pantone 877 C. Abogada MARTHA MARITZA ZOMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-030542 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - XL EAZY Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-030542 [2] Fecha de Presentación: 16/07/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. [4.1] Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: XL EAZY Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza).
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: OSCAR ARMANDO MELARA FACUSSÉ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de julio, del año 2019. 12] Reservas: Se reivindican los colores del diseño: Blanco, Negro, Pantone 2297 C, PANTONE 368 C, Pantone 2421 C, Pantone Orange 021 C, Pantone Warrn redC, Pantone 877 C. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 38907/19 — Solicitud de Registro de Señal de Propaganda - REGENIIX Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 38907/19 2/ Fecha de presentación: 12/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A)
TITULAR 4/Solicitante: BIIOSMART, S.A.S. 4/1/Domicilio: Calle 93 No. 13-42, Bogotá D.C., Colombia. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Colombia
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: REGENIIX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: ARTURO ZACAPA
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 20-11-2019 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 38908/19 — Solicitud de Registro de Señal de Propaganda - BIONIIX ELITE CARE Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 38908/19 2/ Fecha de presentación: 12/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A)
TITULAR 4/Solicitante: BIIOSMART, S.A.S. 4/1/Domicilio: Calle 93 No. 13-42, Bogotá D.C., Colombia. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Colombia
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: BIONIIX ELITE CARE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmaceúticos, preparaciones para uso médico; productos higiénicos y sanitarios para uso médico. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: ARTURO ZACAPA
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 20-11-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 19/33649 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - ETSTUR Y DISEÑO (Transporte)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 19/33649 2/ Fecha de presentación: 06/08/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/Solicitante: ETS ERSOY TURISTIK SERVISLERI ANONIM SIRKETI. 4/1/Domicilio: Merdivenkoy Mah. Nur Sok C Blok 1/11 Kadikoy, Istanbul, Turkey. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Turquía
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ETSTUR Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; organización de viaje. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: ARTURO ZACAPA
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 06-11-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 19/33648 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - ETSTUR Y DISEÑO (Educación)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 19/33648 2/ Fecha de presentación: 06/08/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/Solicitante: ETS ERSOY TURISTIK SERVISLERI ANONIM SIRKETI. 4/1/Domicilio: Merdivenkoy Mah. Nur Sok C Blok 1/11 Kadikoy, Istanbul, Turkey. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Turquía
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ETSTUR Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; entretenimiento; deportivo y cultural. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: ARTURO ZACAPA
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 06-11-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Licitación No. 2019-38204 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - CAMPLEISURE
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2019-38204 2/ Fecha de presentación: 09-09-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/Solicitante:YETI COOLERS, LLC. 4/1/Domicilio: 7601 Southwest Pkwy Austin, Texas 78735 USA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Delaware
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: CAMP LEISURE 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Ropa; camisas; prendas de vestir; camisetas; sombreros; viseras; camisas para el sol; sudaderas; sudaderas con capucha; ropa exterior; parkas; chaquetas; abrigos; guantes; gorros; calcetines; pantalones; shorts; ropa interior; camisas polo, chalecos; cinturones; trajes de baño; ropa interior para deportes. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: ARTURO ZACAPA
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 19-09-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020. CAMP LEISURE
Aviso No. 44770//19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - AIRPODS PRO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 44770//19 2/ Fecha de presentación: 29/Octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/Solicitante: APPLE INC. 4/1/Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 2019-451 5.1/Fecha: 13 Jul. 2019 5.2/País de Origen: Liechtenstein 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: AIRPODS PRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Ordenadores; hardware de la computadora; hardware de computadora portátil; computadoras portátiles; computadoras de tableta; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos de comunicación inalámbricos para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; aparatos de comunicación de red; dispositivos electrónicos digitales de mano capaces de proporcionar acceso a Internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; dispositivos electrónicos digitales portátiles capaces de proporcionar acceso a Internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; relojes inteligentes; rastreadores de actividad portátiles; pulseras conectadas [instrumentos de medición]; lectores de libros electrónicos; software de ordenador; software para conformar, configurar, operar o controlar dispositivos móviles, teléfonos móviles, dispositivos portátiles, computadoras, periféricos, decodificadores, televisores y reproductores de audio y vídeo; software de desarrollo de aplicaciones; software de juegos informáticos; contenido de audio, vídeo y multimedia pregrabado descargable; dispositivos periféricos informáticos; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, auriculares, audífonos, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; periféricos de computadora portátiles; periféricos portátiles para usar con computadoras, teléfonos móviles; dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; acelerómetros; altímetros; aparatos de medición de distancia; aparatos de grabación a distancia; podómetro; aparatos de medición de presión; indicadores de presión; monitores, pantallas de visualización, pantallas montadas en la cabeza y auriculares para usar con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, televisores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; gafas inteligentes; anteojos 3D; anteojos; gafas de sol; lentes de anteojos; vidrio óptico productos ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; flashes para cámaras; pantallas de AIRPODS PRO visualización para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, televisores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; teclados, ratones, alfombrillas, impresoras, unidades de disco y discos duros; aparatos de grabación y reproducción de sonido; reproductores y grabadores digitales de audio y vídeo; altavoces de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de audio para vehículos de motor; aparatos de grabación de voz y reconocimiento de voz; auriculares; audífonos; micrófonos; televisores; receptores y monitores de televisión; decodificadores; radios transmisores y receptores de radio; sistemas de posicionamiento global (dispositivos GPS); instrumentos de navegación; controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisores, parlantes, amplificadores, sistemas de cine en casa y sistemas de entretenimiento; dispositivos portátiles para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y video, televisores, parlantes, amplificadores, sistemas de cine en casa y sistemas de entretenimiento; baterías; cargadores de batería; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, cables, cables, cargadores, muelles, estaciones de acoplamiento y adaptadores para su uso con todos los productos mencionados; interfaces para computadoras, periféricos, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, aparatos de almacenamiento de datos; chips de ordenador; tarjetas de crédito codificadas y lectores de tarjetas; pago electrónico y terminales de punto de transacción; tarjetas de crédito codificadas y lectores de tarjetas; pago electrónico y terminales de punto de transacción; televisores, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; películas protectoras adaptadas para pantallas de ordenador; cobertores, bolsos, estuches, enchufes, correas y cordones para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, auriculares, audífonos, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; palos selfie; cargadores para cigarrillos electrónicos; controles remotos; comando electrónico de voz y aparato de reconocimiento para controlar las operaciones de dispositivos electrónicos de consumo y sistemas residenciales. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 06-11-2019 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 41805/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - AVENT
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 41805/19 2/ Fecha de presentación: 09/Octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/Solicitante: Koninklijke Philips N.V. 4/1/Domicilio: High Tech Campus 5,5656 AE Eindhoven, Países Bajos. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominación 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: AVENT 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Utensilios y recipientes para el hogar o la cocina; peines y esponjas; pinceles (excepto pinceles); cepillos de dientes, cepillos de dientes; materiales para hacer cepillos; toallitas limpiadoras de celulosa; material de limpieza; artículos de vidrio, porcelana y loza no comprendidos en otras clases; pequeños utensilios y recipientes domésticos (no de metales preciosos ni recubiertos con ellos); recipientes para usar en la esterilización de biberones y cierres para bebés para dichos recipientes; peines, esponjas (no para uso quirúrgico), contenedores con aislamiento térmico; dispensadores de leche en polvo; recipientes y portadores con aislamiento térmico para biberones; cepillos utensilios y recipientes para uso doméstico y de cocina; recipientes de comida para bebés, tazas, válvulas anti derrames para usar con tazas, boquillas para tazas; baños y orinales para bebés; cuencos y cubos; utensilios para beber; artículos y materiales de limpieza; cajas de dinero; cierres para los utensilios y recipientes domésticos mencionados anteriormente; bolsas y recipientes para uso doméstico, principalmente, recipientes para almacenar y conservar la leche materna; botellas de vidrio; tazas; cierres para tazas; cepillos para limpiar (partes de) biberones, tetinas, recipientes; bolsas térmicas e isotérmicas para mantener las botellas y tazas calientes o frías, incluyendo bolsillos aislados; baños portátiles para bebés; placas y placas divisorias; Lonchera para viaje con tapete de succión para evitar derrames; pajitas para beber; licuadoras no eléctricas para uso doméstico; matraces aislados; tendedero para botellas; abrebotellas; cobertores para proteger tazas, botellas y recipientes; partes para todos los productos mencionados. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 31/10/2019 12/Reservas: Abogado NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 41804/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - AVENT
Registro de la Propiedad Industrial
AVENT 1/ Solicitud: 41804/19 2/ Fecha de presentación: 09/Octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/Solicitante: Koninklijke Philips N.V. 4/1/Domicilio: High Tech Campus 5,5656 AE Eindhoven, Países Bajos. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: AVENT 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, extremidades artificiales, ojos y dientes; artículos ortopédicos; materiales de sutura; instrumentos, ropa, luces y lámparas para uso médico, curativo, quirúrgico, dental y veterinario; biberones, mangos para biberones; tetinas, chupetes, chupetes y anillos de dentición; cucharas y comederos médicos para administrar medicamentos; conchas de pecho; incubadoras; sillas; aparatos para el tratamiento y corrección de pezones invertidos; protectores de pezones, almohadillas de enfriamiento de senos, almohadillas calefactoras de senos; termómetros para uso médico,; partes para todos los productos mencionados; condones, aparatos de masaje, eléctricos o no AVENT eléctricos; masajeadores corporales y mamarios; guantes para masaje, almohadillas de masaje térmico; aparatos generadores de vibraciones para masajes; cinturones de soporte para el embarazo; biberones; biberones desechables; biberones desechables; partes de biberones y biberones; extractores de leche, incluidos extractores de leche manuales, extractores de leche eléctricos, extractores de leche operados con baterías; partes para extractores de leche; conchas de pezón; compresas de hielo para uso médico; partes y accesorios para tazas y copas, principalmente, pajitas, mangos, válvulas, boquillas y tapas; cadenas para chupetes, principalmente, clips y soportes para chupetes; termómetros de oído y frente con fines médicos; instrumentos para eliminar la mucosidad nasal, principalmente, dispositivos de dilatación de fosas nasales externas y bombas de limpieza nasal; partes de los productos mencionados; tazas adaptadas para la alimentación de bebés y niños. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 31/10/2019 12/Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 45068/19 — Solicitud de registro de marca de servicio - IPADOS
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 45068/19 2/ Fecha de presentación: 01/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/Solicitante: APPLE INC 4/1/Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 2019-328 5.1/Fecha: 01 May. 2019 5.2/País de Origen: Liechtenstein 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominación 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: IP A DOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Diseño y desarrollo de hardware, software, periféricos y juegos de computadora y vídeo; servicios de consultoría de hardware y software para ordenadores; programación de computadoras; diseño de bases de datos informáticas; almacenamiento electrónico de datos; servicios de computación en la nube; alquiler de hardware, software y periféricos informáticos; suministro de software en línea no descargable; servicios de consultas para desarrollar sistemas informáticos, bases de datos y aplicaciones; consultoría en seguridad informática y seguridad de datos; servicios de encriptación de datos; suministro de información de hardware o software en línea; mantenimiento, reparación y actualización de hardware, software, periféricos y aplicaciones informáticos; servicios de asistencia técnica, diagnóstico y solución de problemas de hardware y software informático y servicios de mesa de ayuda informática; servicios de creación, diseño y mantenimiento de sitios web; servicios de alojamiento de sitios web; suministro de motores de búsqueda para obtener datos a través de internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; crear índices de información en línea, sitios y otros recursos disponibles en internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; servicios de cartografía y cartografía; suministro de un portal de internet que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros electrónicos, publicaciones y otros documentos; suministro de un portal de internet que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros electrónicos, publicaciones y otros documentos; servicios científicos y tecnológicos; servicios de diseño industrial; servicios de análisis e investigación industrial; investigación médica; laboratorios médicos; servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con todo lo mencionado. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 08-11-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020. IP A DOS
Aviso No. 42552/19 — Solicitud de registro de marca de servicio - TVE Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 42552/19 2/ Fecha de presentación: 15/Octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/Solicitante: Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E. 4/1/Domicilio: Avda. Radiotelevisión, 4 - Edif. Prado del Rey, 28223 Pozuelo de Alarcó, Madrid, España. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: España
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: tve y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Azul Oscuro, Azul Claro y Blanco, tal como se muestran en los ejemplares que se acompañan. 7/Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Servicios de telecomunicaciones; comunicaciones por radiodifución, vía satélite, por cable, por redes de fibras ópticas, por terminales de ordenador, comunicaciones a través de redes mundiales de informática; emisión y difusión de programas de radio y televisión. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 21/11/2019 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 42556/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - ULTRA FERT Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 42556/19 2/ Fecha de presentación: 15/Octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4/1/Domicilio: Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ULTRA FERT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos, productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; compost, abonos, fertilizantes; preparaciones biológicas que no sean para uso médico ni veterinario. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 21/11/2019 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 46144/19 — Solicitud de registro de marca de servicio - HELVETAS SWISS INTERCOOPERATION
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 46144/19 2/ Fecha de presentación: 08/Noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/Solicitante: HELVETAS SWISS INTER COOPERATION. 4/1/Domicilio: Weinbergstrasse 22a, 8001 Zurich, Suiza. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Suiza
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: HELVETAS SWISS INTER COOPERATION 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Asesoramiento sobre aspectos políticos del desarrollo, sobre cuestiones técnicas y científicas relacionadas con la gestión del agua, la gestión de los recursos naturales, la biodiversidad, el cambio climático, la gestión del riesgo de desastres, la descentralización, la buena gobernanza, las cadenas de valor, la agricultura y la silvicultura y las infraestructuras. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 20/Nov./2019 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020. HELVETAS SWISS INTER COOPERATION
Aviso No. 44238/19 — Solicitud de registro de marca de servicio - VANS Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 44238/19 2/ Fecha de presentación: 24/10/2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/Solicitante: Vans, Inc. 4/1/Domicilio: 1588 South Coast Drive, Costa Mesa, California 92626, Estados Unidos de América. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: VANS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de tiendas minoristas en línea y en tiendas que incluyen calzado, ropa, sombreros y accesorios de vestir, mochilas, bolsos de transporte de uso múltiple, bolsos y billeteras; suministro de información de productos de consumo a través de internet. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 06-11-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 44641/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - OTREAD
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 44641/19 2/ Fecha de presentación: 15/Octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/Solicitante: INDUSTRIAS DE HULE GALGO, S.A. DE C.V. 4/1/Domicilio: San Francisco No. 1542, Col. del Valle, C.P. 03100, Ciudad de México, México. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: México
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: OTREAD 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Bandas de rodadura para recauchutar neumáticos. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN
E)
SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 07-11-2019 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 E. 2020. OTREAD
Aviso No. 2019-029578 — Solicitud de registro de marca de servicio - SHARK PRO Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud:2019-029578 [2] Fecha de presentación: 11/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: VIGHA, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SHARK PRO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor venta al menudeo.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: LIZETTE AMALIA GOMEZ ROBLEDA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de julio del año 2019. [12] Reservas: Se protege en su forma conjunta sin reivindicar los elementos denominativos HI- TUNER AUTO & TRUCK ACCESSORIES. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019.
Aviso No. 2019-031674 — Solicitud de registro de marca de servicio - VIGHA Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-031674 [2] Fecha de presentación: 24/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: CORPORACIÓN VILLATORO GH A DE SI, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (VIGHA, S.A. DE C.V.) [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VIGHA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidores, venta por mayor y menor.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: LIZETTE AMALIA GOMEZ ROBLEDA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de julio del año 2019. [12] Reservas: Protege los colores Rojo con Blanco de la letra V y el color Negro de las letras IGHA. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019.
Aviso No. 2019-044534 — Solicitud de registro de marca de fábrica - INFLOX
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-044534 [2] Fecha de presentación: 29/10/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA GENERIC PHARMA GP, S.A. [4.1] Domicilio: Torre Morazán, Torre 2, piso 11, cubículo 21109, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: INFLOX [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Agente antibacteriano flouroquinolónico, levoflacino actúa sobre el complejo ADN-ADN giras a y sobre la topoísornerasa TV.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: HELGA CAROLINA GUARDIOLA BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de noviembre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019.
Aviso No. 2019-043747 — Solicitud de registro de marca de servicio - HOTEL CIUDAD BLANCA Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
INFLOX [1] Solicitud: 2019-043747 [2] Fecha de presentación: 23/10/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: REYNA CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ CRUZ [4.1] Domicilio: BARRIO EL COLEGIO, CATACAMAS, OLANCHO., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: HOTEL CIUDAD BLANCA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de hoteleria.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: RUTH NOEMI PADILLA PAZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de noviembre del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019.
Aviso No. 2019-044768 — Solicitud de registro de nombre comercial - EMY SUPER
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-044768 [2] Fecha de presentación: 29/10/2019 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A)
TITULAR [4] Solicitante: FARMACIA EMY SUPER, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: CIUDAD DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMY SUPER [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Compra y venta, importación y distribución de medicamentos naturales y elaborados, artículos de droguería, productos alimenticios, naturales o fabricados.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARIA ISABEL COTO AGUILAR USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de noviembre del año 2019. [12] Reservas: Se protege en su forma conjunta sin darle protección a la palabra “FARMACIA” nombre comercial no protege diseño ni color. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019. ____
Aviso No. 48632-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Korzy
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 48632-19 2/ Fecha de presentación: 27-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Korzy 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparación para destruir malas hierbas, animales dañinos, fungicida, insecticida, herbicida, acaricidas, pesticidas, coadyuvantes. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020. _____ Korzy
Aviso No. 48630-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Kloister
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 48630-19 2/ Fecha de presentación: 27-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Kloister 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparación para destruir malas hierbas, animales dañinos, fungicida, insecticida, herbicida, acaricidas, pesticidas, coadyuvantes. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020. _____ Kloister
Aviso No. 48629-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Artikuan
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 48629-19 2/ Fecha de presentación: 27-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Artikuan 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 Artikuan 8/ Protege y distingue: Preparación para destruir malas hierbas, animales dañinos, fungicida, insecticida, herbicida, acaricidas, pesticidas, coadyuvantes. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 48628-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Aklys
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 48628-19 2/ Fecha de presentación: 27-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Aklys 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparación para destruir malas hierbas, animales dañinos, fungicida, insecticida, herbicida, acaricidas, pesticidas, coadyuvantes. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020. _____ Aklys
Aviso No. 48631-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Kocun
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 48631-19 2/ Fecha de presentación: 27-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Kocun 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparación para destruir malas hierbas, animales dañinos, fungicida, insecticida, herbicida, acaricidas, pesticidas, coadyuvantes. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020. Kocun
Aviso No. 42555/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - GROOVE
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 42555/19 2/ Fecha de presentación: 15/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: General Motors, LLC. 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, Detroit, MICHIGAN 48265-3000, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GROOVE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Automóviles. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 43705-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - EVENT
Registro de la Propiedad Industrial
GROOVE 1/ Solicitud: 43705-19 2/ Fecha de presentación: 22-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Shandong Linglong Tyre Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: No. 777 Jinlong Road, Zhaoguan City, 265400, Shandong, China. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: China
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EVENT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Neumáticos para ruedas de vehículos; neumáticos de las ruedas del vehículo; cubiertas para neumáticos; neúmatico, sólidos, para ruedas de vehículos, bandas de rodadura para el recauchutado de neúmaticos; neúmaticos para aviones, bandas de rodadura para vehículos; cámaras de aire para neúmaticos; neúmaticos para automóviles; llantas neumáticas. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 45905/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica Hotline y Diseño (clase 08)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 45905/19 2/ Fecha de presentación: 07/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LATIN TRADING CO, S.A. 4.1/ Domicilio: Avenida Roosevelt y calle 15, zona libre de Colón, Provincia de Colón, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Hotline y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 08 8/ Protege y distingue: Cortadoras de cabello eléctrico, afeitado ra eléctricas, planchas y tenazas para el cabello, set de manicure y pedicure eléctrico. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-12-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 48561/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL (APPLE)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 48561/19 2/ Fecha de presentación: 26/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: APPLE, INC. 4.1/ Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 88/457,788 5.1 Fecha: 03 Jun. 2019 5.2 País de Origen: Estados Unidos de América 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Blanco, Gris Claro, Azul, Verde Claro y Verde Medio, tal como se muestran en los ejemplares que se acompañan. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Software informático descargable y grabado para uso en ubicación geográfica y el seguimiento de dispositivos electrónicos. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 45907/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica Hotline y Diseño (clase 11)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 45907/19 2/ Fecha de presentación: 07/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LATIN TRADING CO, S.A. 4.1/ Domicilio: Avenida Roosevelt y calle 15, zona libre de Colón, Provincia de Colón, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Hotline y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Microondas, hornitos, refrigeradoras, congeladores, estufas, calentadores, secadores, cafeteras, tostadora, freidora, dispensadores de agua. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-12-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 45906/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica Hotline y Diseño (clase 09)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 45906/19 2/ Fecha de presentación: 07/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LATIN TRADING CO, S.A. 4.1/ Domicilio: Avenida Roosevelt y calle 15, zona libre de Colón, Provincia de Colón, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Hotline y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Grabadoras, radios, televisores, amplificadores, bocinas, dvd, vhs, ecualizadores, audífonos, tablets. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-12-19 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 45904/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica Hotline y Diseño (clase 07)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 45904/19 2/ Fecha de presentación: 07/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LATIN TRADING CO, S.A. 4.1/ Domicilio: Avenida Roosevelt y calle 15, zona libre de Colón, Provincia de Colón, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Hotline y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Lavadoras, batidoras, licuadoras, rebanadoras de pan, rebanadoras de carne. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-12-19 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 47211/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica Delisso y Diseño
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 47211/19 2/ Fecha de presentación: 18-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: TOREN GIDA SANAYI VE TICARET ANONIM SIRKETI 4.1/ Domicilio: Sehitkamil/ Gaziantep en la zona de Industrial 4 y la calle del número 83420 No. 8, República de Turquía. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Turquía
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Delisso y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café; cacao; bebidas a base de café o cacao, bebidas a base de chocolate; pasteles y productos de panadería a base de harina; postre a base de harina y chocolate; pan de molde; condimentos para alimentos; vainilla (saborizante); especias; salsa (condimentos); salsa de tomate; azúcar; azúcar en cubos; azúcar en polvo; té; té helado; confitería; chocolate; bizcochos; galletas; wafers; chicles; helado; helados comestible. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-11-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 42554/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica SUSPEND
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 42554/19 2/ Fecha de presentación: 15/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Kaiser-Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUSPEND 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/11/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 42553/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica TULAVEN
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 42553/19 2/ Fecha de presentación: 15/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: CEVA SANTE ANIMAL E 4.1/ Domicilio: 10 Avenue de la Ballastiere, 33500 Libourne, Francia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TULAVEN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos veterinarios; preparaciones veterinarias. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/11/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELIN MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020. SUSPEND TULAVEN
Aviso No. 44237/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica AVENT Y DISEÑO (clase 21)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 44237/19 2/ Fecha de presentación: 24/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Koninklijke Philips, N.V. 4.1/ Domicilio: High Tech Campus 5, 5656 AE Eindhoven, Países Bajos. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AVENT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Azul, Amarillo, Verde, Rosado y Mostaza, tal como se muestra en los ejemplares que se acompañan. 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Utensilios y recipientes para el hogar o la cocina; peines y esponjas, pinceles (excepto pinceles); cepillos de dientes, cepillos de dientes de dedo; materiales para hacer cepillos; toallitas limpiadoras de celulosa; material de limpieza; artículos de vidrio, porcelana y loza no comprendidos en otras clases; pequeños utensilios y recipientes domésticos (no de metales preciosos ni recubiertos con ellos); recipientes para su uso en la esterilización de biberones y cierres para bebés para dichos recipientes, peines, esponjas (no para uso quirúrgico), contenedores con aislamiento térmico; dispensadores de leche en polvo; recipientes y portadores con aislamiento térmico para biberones; cepillos; utensilios y recipientes para uso doméstico y de cocina; recipientes de comida para bebés, tazas, válvulas anti derrames para usar con tazas, boquillas para tazas; baños y orinales para bebés; cuencos y cubos; utensilios para beber; artículos y materiales de limpieza; cajas de dinero; cierres para los utensilios y recipientes domésticos mencionados anteriormente; bolsas y recipientes para uso doméstico, principalmente, recipientes para almacenar y conservar la leche materna; recipientes y portadores con aislamiento térmico para biberones; botellas de vidrio; tazas; cierres para tazas; cepillos para limpiar (partes de) biberones, tetinas y recipientes; bolsas térmicas e isotérmicas para mantener las botellas y tazas calientes o frías, incluyendo bolsillos aislados; baños portátiles para bebés; placas y placas divisorias; juego de alimentación de viaje con tapete de succión para evitar derrames; pajitas para beber; licuadoras no eléctricas para uso doméstico; matraces aislados; tendedero para botellas; abrebotellas; fundas para los productos mencionados. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 44236/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica AVENT Y DISEÑO (clase 10)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 44236/19 2/ Fecha de presentación: 24/10/2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Koninklijke Philips, N.V. 4.1/ Domicilio: High Tech Campus 5, 5656 AE Eindhoven, Países Bajos. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AVENT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Azul, Amarillo, Verde, Rosado y Mostaza, tal como se muestra en los ejemplares que se acompañan. 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, extremidades artificiales, ojos y dientes; artículos ortopédicos; materiales de sutura; instrumentos, ropa, luces y lámparas para uso médico, curativo, quirúrgico, dental y veterinario; biberones, asas para biberones; tetinas, chupetes, chupetes y anillos de dentición; cucharas y comederos médicos para administrar medicamentos; conchas de pecho; incubadoras; aparatos para el tratamiento y corrección de pezones invertidos, protectores de pezones, almohadillas de enfriamiento de senos, almohadillas calefactores de senos; termómetros para uso médico; partes para todos los productos mencionados; condones; aparatos de masaje, eléctricos o no eléctricos; masajeadores corporales y mamarios; guantes para masaje, almohadillas de masaje térmico; aparatos generadores de vibraciones para masajes; cinturones de soporte para el embarazo; biberones; biberones desechables; biberones desechables; partes de biberones y biberones; extractores de leche, incluyendo extractores de leche manuales, extractores de leche eléctricos, extractores de leche con pilas; partes para extractores de leche; conchas de pezón; compresas de hielo para uso médico; partes y guarniciones para tazas y copas; cadenas para chupetes, principalmente, clips y soportes para chupetes; termómetros de oído y frente con fines médicos; instrumentos para eliminar la mucosidad nasal, principalmente, dispositivos de dilatación de fosas nasales externas y bombas de limpieza nasal; partes de los productos mencionados; tazas adaptadas para la alimentación de bebés y niños. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 37499/19 — Solicitud de registro de marca de servicio Qatar 2022 y Diseño
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 37499/19 2/ Fecha de presentación: 04/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA). 4.1/ Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Qatar 2022 y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicio de estaciones de servicio, a saber, limpieza, lubricación, mantenimiento y reparación de vehículos; tratamiento anticorrosivo para vehículos, motores y maquinaria; lavado, pulido, en grasa do, lubricación, mantención y reparación de aeronaves y remolques; lavado de automóviles; reparación y mantenimiento de neumáticos de vehículos; reparación y re montaje de neumáticos para vehículos; instalación y mantención de redes electrónicas inalámbricas de comunicaciones (hardware); instalación y reparación de ordenadores; servicios de construcción y restauración de edificios; instalación de construcciones para recreación, edificios comerciales y edificios de oficinas, yates de lujo y embarcaciones; construcción, instalación y reparación de campos deportivos hechos de pasto artificial o natural; construcción; construcción y mantención de centrales eléctricas; mantenimiento y construcción de tuberías; explotación de yacimientos de gas y de petróleo; instalación de estructuras para la producción de petróleo crudo; instalación de aparatos para la producción de petróleo; instalación de sistemas de energía solar; instalación de sistemas de energía eólica; instalación de sistemas de energía hidro fuerza; extracción minera. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019., 9 y 24 E. 2020.
Aviso No. 47185/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL (Novartis)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 47185/19 2/ Fecha de presentación: 15/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Novartis AG 4.1/ Domicilio: 4002 Basel, Switzerland 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para su uso en urología; productos farmacéuticos para uso oftalmológico; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jessica Regina Coindet James
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-11-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 47187/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica CHELSIVA
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 47187/19 2/ Fecha de presentación: 15/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Novartis AG 4.1/ Domicilio: 4002 Basel, Switzerland 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHELSIVA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Antiinfecciosos; anfiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para su uso en urología; productos farmacéuticos para uso oftalmológico; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jessica Regina Coindet James
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-11-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 47186/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL (Novartis 2)
Registro de la Propiedad Industrial
CHELSIVA 1/ Solicitud: 47186/19 2/ Fecha de presentación: 15/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Novartis AG 4.1/ Domicilio: 4002 Basel, Switzerland 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para su uso en urología; productos farmacéuticos para uso oftalmológico; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jessica Regina Coindet James
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-11-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-045446 — Solicitud de registro de marca de servicio ESPLENDI2 Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-045446 [2] Fecha de presentación: 05/11/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: ESPLENDI2 [4.1] Domicilio: BARRIO ARRIBA, SANTA BÁRBARA, SANTA BÁRBARA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ESPLENDI2 Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Decoración y montaje de eventos.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lourdes Carolina Fernández Trochez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de diciembre del año 2019. 12] Reservas: Se protege en su forma conjunta sin reivindicar la frase PLANEACIÓN DE EVENTOS. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-045447 — Solicitud de registro de marca de servicio TECNOSB Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-045447 [2] Fecha de presentación: 05/11/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: TECNO, S.B. [4.1] Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SANTA BÁRBARA, SANTA BÁRBARA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TECNOSB Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Gestión de negocios y trabajos de oficina.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lourdes Carolina Fernández Trochez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de noviembre del año 2019. 12] Reservas: Se protege en su forma conjunta sin reivindicar la frase “ACTUALIZA TU MUNDO”. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-046460 — Solicitud de registro de marca de servicio AZUL CAFÉ Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-046460 [2] Fecha de presentación: 12/11/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES Y SERVICIOS AZUL CAFE [4.1] Domicilio: BARRIO EL CENTRO SANTA BÁRBARA, SANTA BÁRBARA, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AZUL CAFÉ Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Servicios musicales y entretenimiento.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lourdes Carolina Fernández Trochez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de noviembre del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-045392 — Solicitud de registro de marca de servicio EL PUENTE Y ETIQUETA
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-045392 [2] Fecha de presentación: 04/11/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES EL PUENTE [4.1] Domicilio: BARRIO ABAJO, SANTA BÁRBARA, S.B., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EL PUENTE Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Restaurante.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lourdes Carolina Fernández Trochez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de noviembre del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-045393 — Solicitud de registro de marca de servicio JOE´S Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-045393 [2] Fecha de presentación: 04/11/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: REMODELACIONES TECNICAS [4.1] Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SANTA BÁRBARA, SANTA BÁRBARA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: JOE´S Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Restaurante.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lourdes Carolina Fernández Trochez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de noviembre del año 2019. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-28871 — Solicitud de registro de marca de fábrica BOTRAN 8 Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2019-28871 2/ Fecha de presentación: 04-07-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. 4.1/ Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, British Virgin Islands. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BOTRAN 8 Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores CIAN, MAGENTA, AMARILLO, NEGRO y CELESTE PANTONE 3262U del diseño. 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza). 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alfredo José Vargas Chevez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-07-2019. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-28870 — Solicitud de registro de marca de fábrica BOTRAN 12 Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2019-28870 2/ Fecha de presentación: 04-07-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. 4.1/ Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, British Virgin Islands. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BOTRAN 12 Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores CIAN, MAGENTA, AMARILLO, NEGRO y CELESTE PANTONE 3262U, BEIGE PANTONE 9060U del diseño. 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza). 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alfredo José Vargas Chevez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-07-2019. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-28869 — Solicitud de registro de marca de fábrica BOTRAN 15 RESERVA Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2019-28869 2/ Fecha de presentación: 04-07-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. 4.1/ Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, British Virgin Islands. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BOTRAN 15 RESERVA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores CIAN, MAGENTA, AMARILLO, NEGRO y CELESTE PANTONE 3262U del diseño. 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza). 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alfredo José Vargas Chevez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-07-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-28868 — Solicitud de registro de marca de fábrica BOTRAN (clase 33)
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2019-28868 2/ Fecha de presentación: 04-07-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. 4.1/ Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, British Virgin Islands. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BOTRAN 18 SOLERA 1893 Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores CIAN, MAGENTA, AMARILLO, NEGRO y CELESTE PANTONE 3262U del diseño. 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza). 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alfredo José Vargas Chevez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-07-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 2019-28867 — Registro de Marca de Fábrica BOTRAN RESERVA BLANCA Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2019-28867 2/ Fecha de presentación: 04-07-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. 4.1/ Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, British Virgin Islands. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BOTRAN RESERVA BLANCA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores NEGRO, CELESTE PANTONE 3262 C Y GRIS PANTONE COOL GRAY 5C del diseño. 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza). 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alfredo José Vargas Chevez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-07-19. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019 y 9 E. 2020.
Aviso No. 7740/19 — Registro de Marca de Fábrica CHICA LINDA Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 7740/19 2/ Fecha de presentación: 15/02/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: EL GRAN VENADO, S.A. 4.1/ Domicilio: 21 calle 1-61 zona 1, Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHICA LINDA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, suéteres, ropa de gimnasia, camisas de manga corta y manga larga, chalecos, prendas de vestir impermeables, calzado, zapatillas de baño, pantunflas de baño; zapatillas de gimnasia, zapatillas deportivas, tacones, suelas, artículos de sombrerería para personas, gorros de baño, gorros de ducha, gorras, sombreros de copa, sombreros de papel.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-03-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019., 9 E., 2020.
Aviso No. 2019-030568 — Registro de Emblema CASH LOGISTICS
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-030568 [2] Fecha de presentación: 16/07/2019 [3] Solicitud de registro de: EMBLEMA
A)
TITULAR [4] Solicitante: CASH LOGISTICS, SOCIEDAD ANÓNIMA [4.1] Domicilio: AVENIDA PETAPA 42-51, ZONA 12, CIUDAD DE GUATEMALA, Guatemala C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Transporte, resguardo, custodia y proceso de valores.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de octubre del año 2019 [12] Reservas: La marca se protege como EMBLEMA. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019., 9 E., 2020.
Aviso No. 2018-4742 — Registro de Marca de Fábrica XICOTE
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2018-4742 2/ Fecha de presentación: 29-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: La Madrileña, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Avenida Insurgentes Sur No. 1431, piso 15, Colonia Insurgentes Mixcoac, Benito Juárez, C.P. 03920 Ciudad de México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: XICOTE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 X I C OT E 8/ Protege y distingue: TEQUILA.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-04-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019., 9 E., 2020.
Aviso No. 2019-030569 — Registro de Marca de Servicio FORZA CASH LOGISTICS Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-030569 [2] Fecha de presentación: 16/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: CASH LOGISTICS, SOCIEDAD ANÓNIMA [4.1] Domicilio: AVENIDA PETAPA 42-51, ZONA 12, CIUDAD DE GUATEMALA, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FORZA CASH LOGISTICS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Transporte, resguardo, custodia y proceso de valores.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de agosto del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019., 9 E., 2020.
Aviso No. 31358-19 — Registro de Marca de Servicio FORZA CASH LOGISTICS Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 31358-19 2/ Fecha de presentación: 23-7-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: CASH LOGISTIC, SOCIEDAD ANÓNIMA 4.1/ Domicilio: AVENIDA PETAPA 42-51, ZONA 12, CIUDAD DE GUATEMALA, REPÚBLICA DE GUATEMALA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FORZA CASH LOGISTICS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01-08-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019., 9 E., 2020.
Aviso No. 42787-19 — Registro de Marca de Fábrica COVO Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 42787-19 2/ Fecha de presentación: 16-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: ARGELIA INTERNACIONAL, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 16 y 17, Ave. Santa Isabel, edificio Hayatur No. 1, de la Zona Libre de Colón, Colón, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: 02 Selec. el país
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COVO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 06 8/ Protege y distingue: Cerraduras, cerraduras metálicas que no sean eléctricas, cerraduras de golpe; cerrojos de puerta metálicos, candados, llaves, picaportes, aldabas, aldabas para puertas, bisagras, cadenas de perro, cadenas de seguridad metálicas; metales comunes y sus aleaciones; tubos y tuberías metálicos; cajas de caudales; cajas de herramientas vacías, metálicas.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019., 9 E., 2020.
Aviso No. 42129-19 — Registro de Marca de Servicio STEELMAX GROUP Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 42129-19 2/ Fecha de presentación: 11-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: XSTEEL INTERNATIONAL INC. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STEELMAX GROUP Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de construcción; servicios de reparación; servicios de instalación.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019., 9 E., 2020.
Aviso No. 42131-19 — Registro de Marca de Fábrica STEELMAX GROUP Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 42131-19 2/ Fecha de presentación: 11-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: XSTEEL INTERNATIONAL INC. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STEELMAX GROUP Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 06 8/ Protege y distingue: Metales comunes y sus aleaciones, minerales metalíferos; materiales de construcción y edificación metálicos; construcciones transportables metálicas; cables e hilos metálicos no eléctricos; pequeños artículos de ferretería metálicos; recipientes metálicos de almacenamiento y transporte; cajas de caudales.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019., 9 E., 2020.
Aviso No. 42130-19 — Registro de Marca de Servicio STEELMAX GROUP Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 42130-19 2/ Fecha de presentación: 11-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: XSTEEL INTERNATIONAL INC. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STEELMAX GROUP Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2019., 9 E., 2020.
Aviso No. 41829-19 — Registro de Nombre Comercial INTERPLAZA
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 41829-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A)
TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO FARINTER IP, S. R. L. 4.1/ Domicilio: PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INTERPLAZA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: Centro Comercial o Mall.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Sandra J. Ochoa B. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019.
Aviso No. 43277/19 — Registro de Marca de Fábrica CURADOL Y ETIQUETA
Registro de la Propiedad Industrial
INTERPLAZA 1/ Solicitud: 43277/19 2/ Fecha de presentación: 18/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO FARINTER IP, S. R. L. 4.1/ Domicilio: PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CURADOL Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05
Aviso No. 43278/19 — Registro de Marca de Fábrica EXAVID FARMA Y ETIQUETA
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 43278/19 2/ Fecha de presentación: 18/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO FARINTER IP, S. R. L. 4.1/ Domicilio: PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXAVID FARMA Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicamentos.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Sandra J. Ochoa B. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019.
Aviso No. 41828-19 — Registro de Nombre Comercial PREMIUM PLAZA
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 41828-19 2/ Fecha de presentación: 10-08-19 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A)
TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO FARINTER IP, S. R. L. 4.1/ Domicilio: PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PREMIUM PLAZA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: Centro Comercial o Mall.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Sandra J. Ochoa B. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019. _______ PREMIUM PLAZA 8/ Protege y distingue: Medicamentos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Sandra J. Ochoa B. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-11-19 12/ Reservas: No se reivindica “si cura” Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019.
Aviso No. 2019-015481 — Registro de Marca de Fábrica MOROPOTENTE Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-015481 [2] Fecha de presentación: 05/04/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: MOROPOTENTE, S.A. [4.1] Domicilio: MANAGUA, Nicaragua [4.2] Organizada bajo las Leyes de: NICARAGUA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: No tiene otros registros
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MOROPOTENTE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: CERVEZA ARTESANAL.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: SANDRA J. OCHOA B. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de octubre, del año 2019 [12] Reservas: Se protege la marca “MOROPOTENTE Y DISEÑO” sin reivindicar ningún otro elemento denominativo que aparece en la etiqueta. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2019.
Aviso No. 47209-19 — Registro de Marca de Fábrica MB-1
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 47209-19 2/ Fecha de presentación: 18-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Phibro Animal Health Corporation 4.1/ Domicilio: Glenpointe Centre East, 3rd Floor, 300 Frank W. Burr Blvd., Ste 21, Teaneck, NJ 07666, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MB-1 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Vacunas avícolas.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020. _______ MB-1
Aviso No. 46749-19 — Registro de Marca de Servicio VF Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 46749-19 2/ Fecha de presentación: 13-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: V.F. Corporation 4.1/ Domicilio: 105 Corporate Center Boulevard, Greensboro, NC 27408, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 078238 5.1/ Fecha: 22 jul. 2019 5.2/ País de Origen: Jamaica 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VF Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios comerciales, especialmente, la administración comercial de empresas y de operaciones de tiendas minoristas que incluyen indumentaria, accesorios de indumentaria, calzado, equipaje, mochilas y equipo para exteriores; servicios de gestión empresarial y administración de empresas relacionado con los campos de indumentaria, accesorios de indumentaria, calzado, equipaje, mochilas y equipo para exteriores.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020.
Aviso No. 47177/19 — Registro de Marca de Fábrica BAREFOOT REFRESH
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 47177/19 2/ Fecha de presentación: 15/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: E. & J. GALLO WINERY 4.1/ Domicilio: 600 Yosemite Boulevard, Modesto, California 95354, Estados unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BAREFOOT REFRESH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 BAREFOOT REFRESH 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza).
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020.
Aviso No. 46750-19 — Registro de Marca de Fábrica SMASH DIEZ
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 46750-19 2/ Fecha de presentación: 13-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SMASH DIEZ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Materiales impresos, libros, diarios, revistas, trifolios, folletos, periódicos y brochures.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-11-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020.
Aviso No. 47210-19 — Registro de Marca de Fábrica Toren y Diseño
Registro de la Propiedad Industrial
SMASH DIEZ 1/ Solicitud: 47210-19 2/ Fecha de presentación: 18-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: TOREN GIDA SANAYI VE TICARET ANONIM SIRKETI 4.1/ Domicilio: Sehitkamil/ Gaziantep en la zona de Industrial 4 y la calle del número 83420 No. 8, República de Turquía 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Turquía
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Toren y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Beige, Dorado y Negro, tal y como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café; cacao; bebidas a base de café o cacao, bebidas a base de chocolate; pasteles y productos de panadería a base de harina; postres a base de harina y chocolate; pan de molde; condimentos para alimentos; vainilla (saborizante); especias; salsas (condimentos); salsa de tomate; azúcar en cubos; azúcar en polvo; té; té helado; confitería; chocolate; bizcochos; galletas; wafers; chicles; helados; helados comestibles.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-11-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020.
Aviso No. 44771/19 — Registro de Marca de Fábrica EL RINCÓN PANADERO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 44771/19 2/ Fecha de presentación: 29/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LESAFFRE ET COMPAGNIE 4.1/ Domicilio: 41, rue Etienne Marcel, 75001 París, Francia 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL RINCÓN PANADERO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Programas de ordenadores y software facilitación de bases de datos interactivas en línea con para la recogida, la recopilación, procesado, transmisión y difusión de consultoría técnica y profesional de negocios en el ámbito de la panadería o de la panificación para su uso en dispositivos fijos, mixtos y manuales.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020.
Aviso No. 42504/19 — Registro de Marca de Fábrica DOUBLE CLICK Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
EL RINCÓN PANADERO 1/ Solicitud: 42504/19 2/ Fecha de presentación: 14/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: British American Tobacco (Brands) Limited 4.1/ Domicilio: Globe House, 4 Temple Place, London WC2R 2 PG, Inglaterra 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOUBLE CLICK Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; enrollar su propio tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sucedáneos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarros cigarrillos, encendedores; encendedores de cigarro; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrilos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillos para liar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/11/2019 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020.
Aviso No. 43706/19 — Registro de Marca de Fábrica VERQUVO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 43706/19 2/ Fecha de presentación: 22/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Bayer Aktiengesellshaft 4.1/ Domicilio: Kaiser-Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VERQUVO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades cardiovasculares y enfermedades renales.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020.
Aviso No. 42397/19 — Registro de Marca de Fábrica ANEW PROTINOL
Registro de la Propiedad Industrial
VERQUVO 1/ Solicitud: 42397/19 2/ Fecha de presentación: 21/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: AVON PRODUCTS, INC. 4.1/ Domicilio: One Avon Place, Suffern, New York 10901, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ANEW PROTINOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos; complejo de ingredientes cosméticos no medicinales utilizado como componente en la fabricación de preparaciones para el cuidado de la piel.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020.
Aviso No. 46385/19 — Registro de Marca de Servicio Buffalo Wild Wings
Registro de la Propiedad Industrial
ANEW PROTINOL 1/ Solicitud: 46385/19 2/ Fecha de presentación: 11/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Buffalo Wild Wings, Inc. 4.1/ Domicilio: Three Glenlake Parkway, 5th Floor, Atlanta, Georgia 30328, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de bar y restaurante; servicios de comida para llevar; servicios de banquetería.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-12-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2019, 9 y 24 de E. 2020.