Edicto No. 0801-2022-00624 — Demanda personal - CHRISTIAN ALEJANDRO URQUIA RAMIREZ contra Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización
Poder Judicial
- Decreto: 0801-2022-00624
- Publicación: 30 de mayo de 2025
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 36,967
- Categoria: Laboral
Resumen
Un trabajador demanda al Estado para anular su despido de mayo de 2022, argumentando que fue ilegal e incumplió procedimientos. Busca ser reinstalado en su puesto, recibir los salarios no pagados, beneficios laborales y reconocimiento de antigüedad. El juzgado de lo contencioso administrativo debe revisar si la cancelación fue conforme a derecho.
Texto completo
Que en fecha veintiocho (28) de junio del año dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado JOSE HELIODORO ZAMORA FLORES, Quien actúa en condición de Representante Procesal del señor CHRISTIAN ALEJANDRO URQUIA RAMIREZ. incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2022-00624, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. "Para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo Ejecutivo de Cancelación número 333-2022 de fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintidós (2022), por no ser dictado conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el restablecimiento del derecho, el reintegro al puesto de trabajo de igual o mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que con sujeción de las normas procesales quede firme la sentencia.- Reconocimiento de la antigüedad laboral.- Más el pago de beneficios que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes salario, vacaciones, bonificación por concepto de vacaciones y reconocimiento de los incrementos salariales.- Condena en costas.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.- PODER."En relación Acuerdo Ejecutivo de Cancelación número 333- 2022 de fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintidós (2022). ABG. ANA MARIA COLINDRES PINEDA SECRETARIA ADJUNTA 13 O. 2025 ________
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
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