Edicto — Aviso de demanda contencioso-administrativa de MAEMI SARAHYPINEDA SIERRA
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Publicación: 13 de octubre de 2025
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,966
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de marzo del dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado la señora MAEMI SARAH Y PINEDA SIERRA,incoando demanda contenciosa administrativa, vía procedimiento en materia personal con orden de ingreso número 0801-2025-00193 contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, se interpone demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter de particular, emitido por el Instituto de la Propiedad (IP), consistente en el Acuerdo Ejecutivo de Cancelación por Cesantía No. CI-IP-070-2025 por no ser dictados conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico. Contener vicios de nulidad, desviaciones poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y adoptar como medidas para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a sus puesto de trabajo de igual o mejor categoría y título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir más el pago de beneficios que ocurran durante el juicio, como décimo tercer y décimo cuarto de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones, más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras.- Se acompañan documentos.- Poder. ABG. MARGARITA ALVARADO SECRETARIA ADJUNTA 13 O. 2025 _________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 26 de mayo del año 2025 comparece la Abogada GABRIELA SOFIA ESCALANTE MARADIAGA, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2025-00381, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, se interpone demanda en materia especial de personal en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estados en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional para la nulidad total y absoluta del Acuerdo N°. 413-SRH-2022 al ser el acto administrativo de carácter particular mediante el cual se afecta la relación jurídico-administrativa de empleo público que ostentaba la ciudadana Roberta Maria Ordoñez Solano.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e incausada del cargo, como medida para el restablecimiento de la situación se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo en igual o mejores condiciones por el ilegal despido y el pago de los salarios dejados de percibir y cualquier otro derecho que corresponda.- Se denuncia notificación defectuosa.- Se acompañan documentos.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas que se pretende utilizar.- Se acredita representación.- Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. En relación al Acuerdo N°. 413-SRH-2022 de fecha 15 de agosto del 2022. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 13 O. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de junio del año dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado JOSE HELIODORO ZAMORA FLORES, Quien actúa en condición de Representante Procesal del señor CHRISTIAN ALEJANDRO URQUIA RAMIREZ. incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2022-00624, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. "Para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo Ejecutivo de Cancelación número 333-2022 de fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintidós (2022), por no ser dictado conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el restablecimiento del derecho, el reintegro al puesto de trabajo de igual o mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que con sujeción de las normas procesales quede firme la sentencia.- Reconocimiento de la antigüedad laboral.- Más el pago de beneficios que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes salario, vacaciones, bonificación por concepto de vacaciones y reconocimiento de los incrementos salariales.- Condena en costas.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.- PODER."En relación Acuerdo Ejecutivo de Cancelación número 333- 2022 de fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintidós (2022). ABG. ANA MARIA COLINDRES PINEDA SECRETARIA ADJUNTA 13 O. 2025 ________
11 B. Sección B Avisos Legales INSTITUTO DE LA PROPIEDAD