VigenteCategoria: TributarioTipo: Acuerdo
Decreto No. 562-2019 | 22 de octubre de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,078
Acuerdo-562-2019
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Resumen
Este acuerdo regula cómo el Banco Central de Honduras retira billetes y monedas dañadas de la circulación para destruirlas. Establece procedimientos, supervisión y documentación para garantizar que solo el dinero en buen estado circule en la economía, protegiendo la integridad del sistema monetario del país.
Cadena de Modificaciones
Considerandos
- 1.Que el Artículo 26 del Decreto /HJLVODWLYR1RUHIRUPDGRSRUORV'HFUHWRV1~PHURV \FRQWHQWLYRGHOD/H\GHO%DQFR Central de Honduras, faculta a BCH a ser el único emisor de monedas y billetes de curso legal en el territorio del país y SDUDHOORVHUHJLUiSRUGLFKD/H\\SRUORVUHJODPHQWRVTXH VREUHODPDWHULDGLFWHHO'LUHFWRULR\TXHDSUXHEHHO3RGHU Ejecutivo.
- 2.Que mediante Acuerdo Ejecutivo 1RHO3UHVLGHQWH&RQVWLWXFLRQDOGHOD5HS~EOLFD $ERJDGR -XDQ 2UODQGR +HUQiQGH]$OYDUDGR GHOHJy HQ OD 6XEVHFUHWDULDGH&RRUGLQDFLyQ*HQHUDOGH*RELHUQR0DUWKD 9LFHQWD 'REODGR$QGDUD OD SRWHVWDG GH ¿UPDU$FXHUGRV (MHFXWLYRV TXH VHJ~Q OD /H\ GH OD$GPLQLVWUDFLyQ 3~EOLFD VHDQSRWHVWDGGHO3UHVLGHQWH&RQVWLWXFLRQDOGHOD5HS~EOLFD
- 3.Que corresponde al Poder Ejecutivo HPLWLU 'HFUHWRV$FXHUGRV 5HJODPHQWRV \ 5HVROXFLRQHV FRQIRUPHD/H\
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"Artículo 1.- Se exceptúan de la aplicación del Decreto Ejecutivo Número PCM-036-2019 de fecha 10 de julio de 2019 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta el 11 de julio del presente año, las Instituciones Públicas Financieras (BCH, BANADESA, BANHPROVI incluyendo la CNBS); en virtud que los ingresos y gastos de dichas instituciones no tienen efecto en el cálculo del déficit fiscal al que se refiere la Ley de Responsabilidad Fiscal."
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Decreto 78-2022 ARTíCULO 1.- Créase un fondo de DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.240,084,000.00) a favor de los usuarios del Servicio de Transporte Público en la modalidad de bus urbano, para ser aplicado como una compensación económica provisional del pasaje a los usuarios, con el objeto de evitar un incremento de las tarifas previamente establecidas. Este beneficio será canalizado a través de los concesionarios que prestan el servicio de transporte público de personas en la modalidad de bus urbano a nivel nacional, a razón de TRES LEMPIRAS (L.3.00) por pasajero transportado y hasta un máximo de MIL OCHENTA LEMPIRAS (L1,080.00) por unidad y por día trabajado, durante un período de tres (3) meses, efectivos a partir de la fecha en que se comience a otorgar la compensación, pudiendo ser prorrogado por única vez, por igual tiempo y monto, es decir tres (3) meses adicionales. (Decreto Ejecutivo PCM-78-2022, con fecha de publicación 01 de septiembre 2022, fecha de emisión 12 de agosto 2022 y Edición 36,017) Revisión el Decreto 129-2021 referente adeuda al sector transporte urbano del Distrito Central, publicado el 12 de enero 2022, fecha de emisión 12 de enero 2022 y Edición 35,820. Reformar el Decreto 100-2017 referente a la Exoneración del Impuesto Sobre Renta y Otras Cargas Tributarias en los Artículos 10, 10-A, 10-C y 10-G del Decreto No.100-2017 de fecha 27 de septiembre del 2017, publicado el 30 de octubre 2017, fecha de emisión el 30 de octubre 2017 y Edición 34,478. Decreto No.59-2019 referente a reformar los Artículos 2, 5, 9 y 10 del Decreto No. 100-2017 de fecha 27 de septiembre de 2017, publicado el 22 de agosto del 2019, fecha de emisión 09 de agosto 2019 y Edición 35,029. Decreto No.114-2020 referente a reformar el Artículo 10 del Decreto No.100-2017, aprobado el 27 septiembre del año 2017, publicado 04 de septiembre 2020, fecha de emisión 04 de septiembre 2020 y Edición 35,562. Decreto No.160-2020 referente a reformar el Artículo 10 del Decreto No.100-2017 de fecha 27 de septiembre de 2017, publicado el 14 de diciembre del 2020, fecha de emisión 14 de diciembre y Edición número 35,459. Decreto No.78-2021 referente a la Ley Extraordinaria y Temporal para el reordenamiento documental del transporte terrestre público de personas y carga, publicado 16 de septiembre del 2021, fecha de emisión 09 de septiembre 2021 y Edición. 35,719 Con base al cumplimiento al Decreto Legislativo 60-2022 con fecha 2 de julio 2022
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