VigenteCategoria: TributarioTipo: Acuerdo
Decreto No. 562-2019 | 22 de octubre de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,078

Acuerdo-562-2019

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Resumen

Este acuerdo regula cómo el Banco Central de Honduras retira billetes y monedas dañadas de la circulación para destruirlas. Establece procedimientos, supervisión y documentación para garantizar que solo el dinero en buen estado circule en la economía, protegiendo la integridad del sistema monetario del país.

Cadena de Modificaciones

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 26 del Decreto /HJLVODWLYR1RUHIRUPDGRSRUORV'HFUHWRV1~PHURV \FRQWHQWLYRGHOD/H\GHO%DQFR Central de Honduras, faculta a BCH a ser el único emisor de monedas y billetes de curso legal en el territorio del país y SDUDHOORVHUHJLUiSRUGLFKD/H\\SRUORVUHJODPHQWRVTXH VREUHODPDWHULDGLFWHHO'LUHFWRULR\TXHDSUXHEHHO3RGHU Ejecutivo.
  2. 2.Que mediante Acuerdo Ejecutivo 1RHO3UHVLGHQWH&RQVWLWXFLRQDOGHOD5HS~EOLFD $ERJDGR -XDQ 2UODQGR +HUQiQGH]$OYDUDGR GHOHJy HQ OD 6XEVHFUHWDULDGH&RRUGLQDFLyQ*HQHUDOGH*RELHUQR0DUWKD 9LFHQWD 'REODGR$QGDUD OD SRWHVWDG GH ¿UPDU$FXHUGRV (MHFXWLYRV TXH VHJ~Q OD /H\ GH OD$GPLQLVWUDFLyQ 3~EOLFD VHDQSRWHVWDGGHO3UHVLGHQWH&RQVWLWXFLRQDOGHOD5HS~EOLFD
  3. 3.Que corresponde al Poder Ejecutivo HPLWLU 'HFUHWRV$FXHUGRV 5HJODPHQWRV \ 5HVROXFLRQHV FRQIRUPHD/H\

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"Artí­culo 1.- Se exceptúan de la aplicación del Decreto Ejecutivo Número PCM-036-2019 de fecha 10 de julio de 2019 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta el 11 de julio del presente año, las Instituciones Públicas Financieras (BCH, BANADESA, BANHPROVI incluyendo la CNBS); en virtud que los ingresos y gastos de dichas instituciones no tienen efecto en el cálculo del déficit fiscal al que se refiere la Ley de Responsabilidad Fiscal."
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Decreto 78-2022 ARTíCULO 1.- Créase un fondo de DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.240,084,000.00) a favor de los usuarios del Servicio de Transporte Público en la modalidad de bus urbano, para ser aplicado como una compensación económica provisional del pasaje a los usuarios, con el objeto de evitar un incremento de las tarifas previamente establecidas. Este beneficio será canalizado a través de los concesionarios que prestan el servicio de transporte público de personas en la modalidad de bus urbano a nivel nacional, a razón de TRES LEMPIRAS (L.3.00) por pasajero transportado y hasta un máximo de MIL OCHENTA LEMPIRAS (L1,080.00) por unidad y por dí­a trabajado, durante un perí­odo de tres (3) meses, efectivos a partir de la fecha en que se comience a otorgar la compensación, pudiendo ser prorrogado por única vez, por igual tiempo y monto, es decir tres (3) meses adicionales. (Decreto Ejecutivo PCM-78-2022, con fecha de publicación 01 de septiembre 2022, fecha de emisión 12 de agosto 2022 y Edición 36,017) Revisión el Decreto 129-2021 referente adeuda al sector transporte urbano del Distrito Central, publicado el 12 de enero 2022, fecha de emisión 12 de enero 2022 y Edición 35,820. Reformar el Decreto 100-2017 referente a la Exoneración del Impuesto Sobre Renta y Otras Cargas Tributarias en los Artí­culos 10, 10-A, 10-C y 10-G del Decreto No.100-2017 de fecha 27 de septiembre del 2017, publicado el 30 de octubre 2017, fecha de emisión el 30 de octubre 2017 y Edición 34,478. Decreto No.59-2019 referente a reformar los Artí­culos 2, 5, 9 y 10 del Decreto No. 100-2017 de fecha 27 de septiembre de 2017, publicado el 22 de agosto del 2019, fecha de emisión 09 de agosto 2019 y Edición 35,029. Decreto No.114-2020 referente a reformar el Artí­culo 10 del Decreto No.100-2017, aprobado el 27 septiembre del año 2017, publicado 04 de septiembre 2020, fecha de emisión 04 de septiembre 2020 y Edición 35,562. Decreto No.160-2020 referente a reformar el Artí­culo 10 del Decreto No.100-2017 de fecha 27 de septiembre de 2017, publicado el 14 de diciembre del 2020, fecha de emisión 14 de diciembre y Edición número 35,459. Decreto No.78-2021 referente a la Ley Extraordinaria y Temporal para el reordenamiento documental del transporte terrestre público de personas y carga, publicado 16 de septiembre del 2021, fecha de emisión 09 de septiembre 2021 y Edición. 35,719 Con base al cumplimiento al Decreto Legislativo 60-2022 con fecha 2 de julio 2022
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