Acuerdo — Procedimiento de imposición de multas al infractor
Municipalidad de Roatán
- Publicación: 29 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Municipalidad de Roatán
- Gaceta: 34,832
Texto completo
Artículo No.96 Las multas se impondrán comunicándoselas al infractor por medio de un único aviso escrito que contendrá la categoría o naturaleza de la multa y su valor. Dicho aviso deberá ser entregado personalmente al infractor o con persona de su inmediato conocimiento tales como: Patronos, jefes, contratistas, arrendadores, empleadores, superiores, familiares, quienes consignarán su nombre en letra de molde y firmarán el recibo de aviso en su fecha. Artículo No.97 Las multas deberán pagarse únicamente en la Tesorería Municipal a más tardar el segundo día hábil siguiente a la fecha del recibo consignado en el aviso de cobro de multa.
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