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Decreto No. 247-2015 | 18 de marzo de 2015 | Poder Ejecutivo

Resolución No. 247-2015 — Reconocimiento de Personalidad Jurídica e incorporación de Estatutos de AYUDA Y DESARROLLO HONDURAS (HELP AND DEVELOP HONDURAS)

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Resumen

Esta resolución reconoce legalmente a la Iglesia Evangélica del Movimiento Pentecostal Internacional Flor de Jerusalén para operar en Honduras. Le otorga personalidad jurídica e incorpora sus estatutos y principios religiosos, permitiendo que funcione como organización sin fines de lucro con domicilio en Choloma, Cortés.

Considerandos

  1. 1.Que la Asociación Civil de Carácter Religioso constituida en el extranjero denominada IGLESIA EVANGÉLICA DEL MOVIMIENTO PENTECOSTAL INTERNACIONAL FLOR DE JERUSALÉN, es una organización sin fines de lucro constituida en los Estados Unidos de Norte América bajo las leyes del Estado de Nueva York, organizada con el objeto de la promoción del Estado de Derecho y para mejorar la administración de justicia en el país y con domicilio en el país en la colonia Edilberto Solano, bloque L, lote 116, del municipio de Choloma, departamento de Cortés, la cual es conforme a la normativa jurídica hondureña positivo y vigente.
  2. 2.Que el domicilio de las Agencias y Sucursales de instituciones extranjeras respecto a las negociaciones verificadas en Honduras, será el hondureño de conformidad con el Artículo 69, párrafo segundo del Código Civil.
  3. 3.Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 116,117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
  4. 4.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.03-2014 de fecha 24 de enero de 2014, se nombró al ciudadano RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, modificado mediante Acuerdo Ejecutivo No.03-A-2014 de fecha 24 de enero de 2014.

Articulos

Articulo 245

numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 de fecha 23 de enero de 2014, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE: PRIMERO: Reconocer la Personalidad Jurídica de la Asociación Civil de Carácter Religioso constituida en el extranjero denominada IGLESIA EVANGÉLICA DEL MOVIMIENTO PENTECOSTAL INTERNACIONAL FLOR DE JERUSALÉN, con domicilio para operar en la República de Honduras en la colonia Edilberto Solano, bloque L, lote 116 del municipio de Choloma, departamento de Cortés; asimismo, se incorporan los Estatutos de la Organización que literalmente dicen: PROLOGO E INTRODUCCIÓN En el nombre del Señor Jesucristo a todos los hermanos en la fe, con el fin de que cada miembro de este Movimiento, así como nuestros hermanos que militan en otras misiones cristianas en otros países internacionales pueden conocer perfectamente nuestra doctrinas y el manual para el trabajo de nuestros obreros. Nos hemos encontrado en la necesidad de publicar las leyes y reglamentos aplicados en orden legal a las iglesias del “Movimiento Pentecostal Internacional Flor de Jerusalén Inc”. Este Movimiento se ha basado primeramente en la Biblia, en reglamentos de diferentes Concilios e Instituciones que tenemos las mismas creencias y doctrinas. El Comité de Reglamentos y Constitución se sometió a las reglas gramaticales y parlamentarias para imprimir esta constitución. Pedimos al Señor que sea de gran bendición para los Obreros en su trabajo doctrinal. Este Movimiento está incorporado en Albany, New York con el nombre de “Movimiento Pentecostal Internacional Flor de Jerusalén Inc”. Contamos con Obreros y Misioneros, los cuales componen este Movimiento. Esta constitución fue redactada por los si guientes hermanos, Rev. Abraham Badillo, Rev. Francisca Badillo, José E. Caban, Roberto Ramos, Martha Caban y Delfina Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 92 of 108 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Badillo. Todo individuo o entidad que deseare formar parte integrante de afiliación, siempre que el peticionario se comprometa y admita regirse por los principios y fundamentos que encaminan a esta Institución. Reconocemos como infalible la palabra de Dios que no es de particular interpretación. Este Movimiento cristiana inspirada y dirigida por el Espíritu Santo de Dios, declara aceptar y poner en práctica toda enseñanza bíblica que conlleva a mejorar esta entidad Eclesiástica. El propósito del mismo, es exaltar y honrar el Evangelio de nuestro Señor Jesucristo por cada uno de sus miembros (Apocalipsis 1:8, Mateo 5:48, Colosenses 1:28). Entendemos la misión que tenemos de formar congregaciones presentes y futuras, que permanezcan unidas en todos los negocios de Dios. Dejar aparte enojos, contiendas e iras, practicando la templanza, la paciencia, y que sean aptos para enseñar y hospedar. Puestos a guiar la unidad del espíritu, por cuanto somos llamados a una misma esperanza de vuestra vocación, un Señor, una fe, un bautismo y un Dios Padre de todos; empero a cada uno de nosotros le es dada la gracia conforme a la medida del don de Dios (Timoteo 3:2-3, Efesios 4:2-7) . Este Movimiento Eclesiástico aceptará la afiliación en el futuro de misiones cristiana que desease extender sus actividades religiosas local e internacional mediante una unión de progreso cristiano y financiero. Esperando que dicha misiones esté fundada en los mismos principios bíblicos que rigen a esta entidad sin alterar el nombre y los principios del “Movimiento Pentecostal Internacional Flor de Jerusalén, Inc”. La autoridad suprema de este Movimiento es la Institución misma reunida en la Asamblea Bienal para ejecutar los acuerdos, dirigir la Institución y administrar sus intereses, Se elegirá una directiva, compuesta de trece (13) personas: 1. Presidente 8. 3er Vocal 2. Vice- Presidente 9. Superintendente del Depto. de Educación 3. Secretario(a) 10. Secretario(a) Estadístico 4. Subsecretario(a) 11. Presidente del Depto. de Misiones. 5. Tesorero 12. Presbítero 6. ler Vocal 13. Secretario(a) de Actas 7. 2do Vocal Dicha directiva tendrá autoridad sobre las varias Asambleas locales e internacionales como responsables de la buena marcha de los negocios de Dios, aprobando lo bíblico y desaprobando lo anti- bíblico (Mateo 5: 19-20) . El Cuerpo Ejecutivo será nombrado por la Asamblea General. El Presidente será nombrado cada cuatro (4) años por la Asamblea General y queda establecido que todo miembro de la directiva que violare los principios y doctrinas fundamentales que encaminan a este Movimiento, será considerado destituido por el Comité de Conducta Ministerial y se aplicará a todo miembro del Movimiento que infrinjan estos principios constitucionales. Cláusula #1: El Presidente y el Vicepresidente correrán por cuatro (4) años. La diferente directiva se llevará a votación cada dos (2) años. Cada miembro del Cuerpo Ejecutivo en los Estados Unidos de Norte América tendrá que ser residente o ciudadano del tal país. Ya que se tiene que obedecer las leyes del país. Cada congregación sea grande o pequeña, tendrá el derecho de estar representada en la Asamblea General, que cada dos (2) años será celebrada. Para su correspondiente presentación, cada congregación nombrará dos (2) delegados, que a nombre y representación de la misma forme parte integrante de la convención. Este Movimiento se reunirá cada dos (2) años, en los meses de Septiembre u Octubre y quedará integrada por Ministros, Misioneras y Delegados que representan en conjunto la organización. Estos tendrán derecho a voz y voto. Cláusula #2: Cada año se dará un informe anualmente de los diferentes departamentos y de cada una de las iglesias de este Movimiento. Capítulo 1. Declaración de Principios 1. Creemos en la palabra de Dios como inspirada divinamente y en ella nos basamos para guiarnos en nuestra vida cristiana (2da de Timoteo 3:16, Apocalipsis 22:18-19). 2. Creemos en el bautismo en agua por inmersión para remisión de pecados (Marcos 16:16). 3. Creemos en el bautismo en el Espíritu Santo y sus dones (Marcos 1: 8, Hechos 1:5). 4. Creemos en la solenmidad del matrimonio, por que es institución por Dios y sancionado por el Señor en Canán de Galilea y se asemeja a la unión de Cristo con su iglesia. Esta Institución no celebra matrimonio del mismo sexo (Génesis 1:27; 2:24, Mateo 19:4-5). 5. Creemos en la Santa Cena, que es sacrificio de Cristo en la Cruz, heridos por nuestros pecados (lera de Corintios 11:24-25). 6. Creemos en la presentación de los niños al Señor para implorar sus bendiciones sobre ellos (Mateo 19:13-15, Lucas 2:22-24). 7. Creemos en la Divina Trinidad: Nuestro Padre Dios (lera de Juan 5:6-8) Dios Hijo y Espíritu Santo (Mateo 28:19). 8. Creemos en las dos (2) resurrecciones, tanto la de los justos como la de los injustos, para recompensa según sus obras (Lucas 16: 19-31, lera de Corintios 15:22, Apocalipsis 20:11-15). 9. Creemos en la obligación de pagar los diezmos y ofrendas al Señor para identificarnos como hijos de Dios, según sus promesas hechas a Abraham (Génesis 14:20, Malaquías 3:10, Hebreos 7:1-10). 10. Creemos en la santificación del creyente en Cristo durante su vida terrenal para entrar al reino de Dios (lera de Pedro 1:15-16, Hebreos 12:14-16). 11. Creemos en la Sanidad Divina, que por medio de la oración de fe el Señor sanará al enfermo (Hechos 4:30, Santiago 5:15-16). 12. Creemos en el culto a Dios con toda reverencia (Juan 4:22-24, Romanos 14:11). 13. Creemos en la relación del hombre con Dios por la oración mediante la intersección de nuestro Señor Jesucristo (lera de Tímoteo 2:5, Juan 14:13-14). 14. Creemos en los ayunos vigilias como medio de consagración (Hecho 13:2, Lucas 6:12). 15. Creemos en la fe, esperanza y caridad, juntamente con las obras cristianas son de gran beneficio en la obra del Señor (lera de Corintios 13:13, Santiago 2:14-18). 16. Creemos en el día domingo, en que con más libertad pueden reunirse los cristianos para rendir culto al Señor, como un día conmemorativo de su resurrección no sometiéndonos a la ley, sino mirando la gracia (Apocalipsis 1:10, Hechos 20:7). 17. Creemos también recordar el Día de Pentecostés, como día conmemorativo en el cual se derramó el Espíritu Santo en los Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 93 of 108 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales discípulos del Señor, como El les había prometido (Hechos 2:3- 4; 20:16). 18. Creemos en el poder del Espíritu Santo para vencer los tres (3) enemigos del alma, el mundo y el diablo (lera de Juan 2:15-16). 19. Creemos en las profecías de Dios de acuerdo con su palabra desechando todo fanatismo y cosa que no se ajuste a la sana doctrina (lera de Juan 4:1, lera de Timoteo 4:1-2). 20. Creemos el Advenimiento (Rapto) de la iglesia (lera de Tesalonicenses 4:17). 21. Creemos en el gran acontecimiento de Milenio, conforme a la Palabra perfecta del Señor (Apocalipsis 20:2, Daniel 7:18). 22. Creemos que la Virgen María, Santa y sin mácula, concibió por obra del Espíritu Santo, dio a luz a Jesucristo que éste fue su hijo primogénito; creemos que Jesucristo el Salvador único de las almas, los Ángeles y Querubines los creemos servidores de Dios, pero no pueden salvar, ni pueden ser adorados, por cuanto lo prohibe el segundo mandamiento de la ley de Dios (Éxodo 20:4-5). 23. Creemos que la Cruz, literalmente fue el patíbulo donde el Señor fue ajusticiado humanamente, figurando el tipo de las persecuciones del cristiano, lo que tiene mucho que ver con la vida cristiana, por cuanto Jesús dijo, “El que no toma su cruz y sigue en pos de mi, no es digno de mi”, pero ninguna adoración puede darse a la cruz, porque es contra del mandamiento de Cristo (Lucas 9:23, Éxodo 20: 3-5) . 24. Creemos que Dios manda a obedecer a las autoridades terrenales, tales como gobierno y patrones. Pero nunca que esto sea contra el mandamiento del Señor, que pueda estorbar la salvación de las almas es mejor sufrir y perder nuestra vida material antes que perder la salvación, pues Cristo dijo: “El que perdiere su vida por causa de mi, la hallará” (Mateo 10:39, Tito 3:1, Romano 13:1-2). 25. Creemos en un ministerio sucesor de los apóstoles, inspirados por el Espíritu Santo y compuesto de hombres activos, espirituales, santos e instruidos lo mejor posible. Sin estar relacionados con sociedades secretas (2da. de Timoteo 2:15; 3:16-17). 26. Creemos en el libre uso de comidas (con la excepción de sangre y animales ahogado) según autoriza la gracia bajo la cual estamos puesto que ya no estamos bajo la Ley, en cuanto a bebidas embriagantes, abstenemos de ellas por completo ni usarlas, ni venderlas (Hechos 21:25). 27. Creemos que invisiblemente que Cristo es el Jefe de la iglesia pero que en lo visible tiene que estar organizada, regida y gobernada por los Ministros, Diáconos y Presbíteros que la misma iglesia elija para los efectos (lera de Corintios 12:27-28, Efesios 4: 11-12) . 28. Este Movimiento no creemos en la imitación de danzas no de imitación de lenguas ya que esto es un don del Espíritu Santo (Hecho 2:34). 29. Creemos en el nacimiento del agua y del espíritu. “NUEVO NACIMIENTO” ¿Ser nacido de agua y espíritu, es un nacimiento natural o espiritual? Es natural “lo que es nacido de carne, carne es y lo que es nacido del espíritu, espíritu es” (Juan 3: 6) . Ordenanzas del la Iglesia: 1. Bautismo en agua. 2. La Cena del Señor. 3. Lavatorio de pies. Capítulo 2. Constitución. Por cuanto es el propósito ineludible de Dios, invocar en los cuatro puntos cardinales de la tierra para que haya un pueblo salvo que ha de constituir el cuerpo a la iglesia de Jesucristo, edificada sobre el fundamento de los apóstoles y profetas siendo la pri ncipal piedra del ángulo Jesucristo mismo (Efesios 2:20) . Por cuanto los miembros de la Iglesia de Dios se reúnen para tratar sobre la buena marcha de los negocios de Dios especialmente en la oración, comunión, consejos e institución de la palabra de Dios en la obra del ministerio y para los ejercicios de aquellos dones espirituales provistos en las Santas Escrituras (lera de Timoteo 4:9-10, Lucas 2: 4 9) . Por cuanto es evidente que las iglesias primitivas se unieron como un cuerpo representados de creyente salvos y llenos del Espíritu Santo e instalaron a Pastores y Ministros en la iglesia (Hechos 4:32-35, Efesios 4:11-12) . Por cuanto esta Institución denominada “Movimiento Pentecostal Internacional Flor de Jerusalem Inc”. Con domicilio oficial en Brooklyn New York y regida en conformidad con las leyes del gobierno de nuestra nación, declara que sus fines serán; 1. Establecer iglesias por todo el mundo mediante la predicación del Evangelio y obediencia al mandamiento del Señor Jesucristo que dijo: “Más recibiréis la virtud del Espíritu y me sereís testigo en Jerusalén, Judea, Samaria y hasta lo último de la tierra” (Hechos 1:8, Marcos 16:15). 2. El propósito de esta organización es servir y suplir las necesidades de la comunidad emocionales, espirituales y materiales. El deseo de esta Institución es establecer programas educativos de computación, clase de inglés y español y otros programas. 3. Además manifiesta solemnemente que el fundador de este Movimiento ha sido inspirado divinamente por el Señor. Por lo cual esta entidad cristiana se esforzará en ensanchar el sitio de su cabaña y que las cortinas de sus tiendas sean extendidas (Isaías 54:2-5). Capítulo 3. Ministerio 1. Todo Obrero que aspire al ministerio tiene que ser llamado por el Señor, pero antes de ser ordenado como Pastor o Ministro, deberá permanecer como Predicador por algún tiempo hasta tanto dé prueba de su vocación divina (lera de Timoteo 3:10-16; 5:22). 2. Ningún Obrero será ordenado al pleno ministerio hasta tanto posea las características de un cristiano fiel tales como ser: humilde, sencillo, manso, pacífico en todos sus actos, solícitos, templado y diezmador para que así pueda enseñar a otros (lera de Timoteo 3:1-7). 3. Todo Obrero para ser reconocido por nuestro Movimiento debe demostrar su vocación o llamamiento por medio de sus frutos e interés hacia el Movimiento (lera de Corintios 9:2, Gálatas 2:8). 4. Todo Obrero al ministerio le es necesario buscar el bautismo del Espíritu Santo si no lo tiene y estudiar diligentemente las doctrinas bíblicas para que pueda contestar sabiamente a cuantos le pregunten, conociendo así los puntos fundamentales que encaminan a este Movimiento y evitar así las enseñanzas de diversas doctrinas falsas (lera de Timoteo 1:3-4; 4:13-16; 6:21, 2da de Timoteo 2:15; 3:10). 5. Todo Pastor está obligado por las Sagradas Escritura a enseñar a su iglesia que pastorea a caminar rectamente en los mandamientos del Señor con toda autoridad, mansedumbre y amor (Gálatas 6:6) . 6. El bautismo en agua determinado por el Señor para todos sus creyentes, es necesario buscar el bautismo del Espíritu Santo para un ministerio para mayor amplitud. Puede Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 94 of 108 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales ser bautizado en el Espíritu Santo antes o después de ser bautizado en agua, esto es según la voluntad del Señor (Hechos 9:17-19) . 7. La evidencia interna de la salvación en el creyente es el testimonio directo del Espíritu Santo y la evidencia externa para todas las personas, es vida de rectitud verdadera y de santidad, sin la cual nadie vera al Señor (Romanos 8:14-16). 8. El bautismo en agua es una ordenanza divina y es necesario a la creencia para ser salvo pues entre otras cosas Jesucristo dijo: “El que creyere y fuere bautizado será salvo” (Marcos 16:16) . El bautismo por inmersión es a la vez la salida del mundo para entrar en una nueva vida espiritual. Es un pacto que se hace con el Señor por medio del arrepentimiento prometiendo seguirle hasta el fin para tener la vida eterna, se debe practicar así como símbolo de purificación interna declarando así el creyente que ha muerto y ha resucitado con Cristo para andar en novedad de vida (Mateo 28:19-20, Hebreos 10:22). 9. Todos los Obreros en el Señor están llamados a recibir el bautismo del Espíritu Santo porque para todos es la promesa. Todo creyente debe buscar ardientemente dicho bautismo en oración y ruego hasta conseguirlo (Hechos 2:3-6, lera. de Timoteo 1:34; 4:13-16, 2da. de Timoteo 2:15; 3:10). 10. Hablar en lenguas angelicales y acompañado por los frutos del espíritu es una señal inicial y espiritual que testifica la evidencia del bautismo del Espíritu Santo (Hechos 2:4). 11. La Cena del Señor consiste en pan sin levadura, jugo de uva sin fermentación es una expresión simbólica de nuestra participación de la divina naturaleza de Jesucristo Nuestro Señor y un recuerdo de su pasión y muerte y una profecía de su segundo advenimiento (Lucas 22:17-22, lera. de Corintios 11:26). 12. La Sanidad Divina es una de las señales que siguieron a la obra del Ministerio. La liberación de enfermedades esta provisto en la propiciación pero sólo podrá participar de este privilegio los que creen que la oración de fe sanará al enfermo (Santiago 5:14-15). 13. La iglesia es el Cuerpo de Cristo, la habitación de Dios en el Espíritu Santo y esta sujeta a tener una vida de entera santificación, apartada de todas las iniquidades del mundo, orando, ayunando y vigilando con toda suplica y humildad para no contristar el Espíritu Santo, con el cual esta sellado para el día de la redención. Cada convertido nacido del Espíritu Santo es parte integrante de la Iglesia de los Primogénitos que esta escrito en el cielo (Efesios 1:22-23, Hebreos 12:23, Colosenses 1: 17) . 14. Reconocemos a las hermanas que hayan dado prueba de su santidad en la obra del Señor, pueden ser ordenadas al pleno Ministerio y pueden ser miembros del Cuerpo Ejecutivo: Capítulo 4. Derechos y Autoridad de Ministros Ordenados. El Ministro ordenado tendrá pleno derecho y autoridad para: 1. Predicar, publicar, enseñar y defender el evangelio de Jesucristo. 2. Ejercer pastoreado, ser Pastor de Distrito o algún otro cargo en el trabajo de la iglesia. 3. Bautizar a los convertidos. 4. Aceptar nuevos miembros en la comunión de la iglesia. 5. Administrar los Santos Sacramentos. 6. Oficiar en la ceremonia del matrimonio. 7. Auxiliar en la ceremonia de ordenación de otros ministros. 8. Establecer y organizar iglesias. Capítulo 5. Derechos y Autoridad de los Pastores. El Pastor tendrá pleno derecho y autoridad para: 1. Predicar, publicar, enseñar y defender el evangelio. 2. Ejercer el pastoreado tal como lo enseña la Sagrada Escrituras. 3. Bautizar a los convertidos. 4. Administrar los Santos Sacramentos. 5. Oficiar ceremonia del matrimonio. 6. Presentar los niños al Señor. 7. Oficiar las ordenanzas de la iglesia. 8. Establecer y organizar diferentes departamentos en la iglesia. Capítulo 6. Derechos y Autoridad de los Evangelistas. El Evangelista tendrá pleno derecho y autoridad para: 1. Predicar, publicar, enseñar y defender el evangelio de Jesucristo. 2. Ejercer pastoreado, ser Pastor de Distrito o algún otro cargo en el trabajo de la iglesia. 3. Bautizar a los convertidos. 4. Auxiliar en la ceremonia de ordenación de otros Ministros. 5. Establecer y organizar iglesias. Capítulo 7. Derechos y Autoridad de los Obreros, Licenciados y Exhortador: I, II,III, IV. El Obrero Licenciado y Exhortador: I, II, III, IV tendrá pleno derecho y autoridad para: 1. Predicar, publicar, enseñar y defender el evangelio de Jesucristo. 2.- (Ejercer el pastoreado cuando haya una oportunidad. 3. Abrir nuevos campos de predicación, (ejemplo: células). 4. Ayudar al Pastor a discipular a los nuevos convertidos. Capítulo 8. Derechos y Autoridad de los Misioneros(as): I, II, III, IV. El Misionero(a): I, II, III, IV tendrá pleno derecho y autoridad para: 1. Predicar, publicar, enseñar y defender el evangelio de Jesucristo. 2. Trabajar junto con su Pastor para promover el crecimiento espiritual y material de la iglesia, visitar los enfermos a los hospitales, etc. Capítulo 9. Requisitos para Nuevos Obreros. 1. Toda persona que aspire a ser Obrero de nuestro Movimiento, deberá ser miembro de una iglesia de nuestro Movimiento. Debe poseer las cualidades de mi cristiano fiel, tales como ser humilde, sencillo, manso, pacífico en todos sus actos, solicito, templado, diezmador y tener un buen testimonio para que así pueda enseñar a otros. 2. Llenará una solicitud de ingreso la cual deberá ser firmada por su Pastor y vendrá acompañada de dos retratos “2 x 2” y “1 x 1”. 3. Toda persona que aspire a ser Obrero de nuestro Movimiento se recomienda tener estudio Bíblico o Seminario y tener estudios secular. 4. Todo creyente que desee ser Obrero de nuestro Movimiento y no fuese miembro de ninguna de nuestras iglesias deberá unirse a unas de nuestras iglesias y traer una carta firmada por el Ministro en la cual lo recomienda. Llenará una solicitud de ingreso que será firmada por el Presidente del Movimiento y sometida al Comité de Conducta Ministerial. 5. Todo Obrero que desea trabajar en este Movimiento deberá cumplir con los requisitos como miembro de su iglesia, siendo fiel a los servicios y actividades. Capítulo 10 El Púlpito. El púlpito de nuestras congregaciones es donde se doctrina a los creyentes del Señor Jesucristo, será ocupado solamente por los Obreros de nuestro Movimiento; excepto en aquellos casos en que Obreros de reconocido testimonio a quienes personalmente conozcamos y que permanezca trabajando en alguna institución que no sea contraria a las prácticas y fundamentos bíblicos que encaminan Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 95 of 108 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales este Movimiento, se le puede conceder el privilegio de usarlos. De esta manera evitamos las enseñanzas de personas sin entendimiento o sin santidad. Capítulo 11 Afiliación. Todas aquellas iglesias que deseen trabajar con nuestro Movimiento después que la Junta de Oficiales de dicha iglesias, llegarán a un mutuo acuerdo con la Junta de Síndicos de este Movimiento firmarán un Certificado de Afiliación. Si este Movimiento le haya prestado monetariamente y si en el futuro no le interesare o no deseara seguir trabajando con este Movimiento tendrá que devolver las credenciales y la cantidad que se le haya prestado. Siempre y cuando la congregación de dicha iglesia este de acuerdo y tengan mayoría de voto para desafiliarse. Reconociendo que la iglesia es soberana no se exigirá cambio de nombre de aquellas iglesias que deseen afiliarse a este Movimiento, a menos que así lo decida en su mayoría la membresía. Todas aquellas iglesias que se afilie a nuestro Movimiento deben poner en la parte inferior el nombre de nuestro Movimiento. Capítulo 12 Propiedades. Reconocemos que la iglesia es soberana y que los templos se compra a través de las ayudas y el esfuerzo de sus miembros, por lo tanto las propiedades aparecerán siempre a nombre de la iglesia. Pero si nuestro Movimiento le ayudado monetariamente a comprar esa propiedad las escrituras de tal propiedad también debería llevar el nombre del Movimiento. Toda propiedad o inmueble que sea donado o vendido al Movimiento las escrituras de propiedad aparecerán a nombre de este Movimiento. Capítulo 13. Enmienda a la Constitución. La resolución para hacer enmiendas a la constitución deberá ser presentada en la Convención (Conferencia General) . Esta Asamblea deberá estar representada en sus dos tercera partes (2/3) de la matrícula de obreros nacionales y tendrá delegados que represente a la obra foránea de la organización. Se nombrará un Comité de tiempo en tiempo para la revisión de la constitución y las nuevas enmiendas y resoluciones. Capítulo 14. Instrucciones para Cada Departamento (A) Departamento de Educación. 1. Tendrá su propio plantel de enseñanza. 2. Su nombre será’ “Seminario Bíblico Fuente de Bendición”. 3. Todas las ramas se regirán por su mismo reglamento. 4. Habrá un Superintendente General que será nombrado por el Cuerpo Ejecutivo en Asamblea, que en un quórum es la autoridad suprema de esta institución. 5. El seminario tendrá un Director, Secretaria y Tesorero. 6. El Director del Seminario será recomendado por el Superintendente y el lo someterá al Cuerpo Ejecutivo para su aprobación. 7. Habrá una Secretaria General del Seminario que será recomendada por el Superintendente al Cuerpo Ejecutivo para su aprobación. 8. El Presidente del Movimiento será deán del Seminario. Claúsula #1: Ningún Superintendente o Director podrá cambiar el material de estudio que ya esta establecido. Cualquier cambio tendrá que ser aprobado por el Cuerpo Ejecutivo de esta institución. (B) Departamento de Misiones. 1. Será integrado por siete (7) Obreros de nuestra Institución consistiendo de: - Presidente - ler Vocal - Vicepresidente - 2do. Vocal - Secretario - 3er. Vocal - Tesorero Estos serán elegidos cada dos (2) años por la Asamblea General. 2.- Atenderán todas las necesidades de la obra misionera en el campo foráneo. 3. Formulará planes para promover fondos para la obra misionera. 4. Se relacionará con las diferentes iglesias locales para motivar el trabajo misionero en cada iglesia. 5. Motivar a los creyentes al trabajo misionero. (C) Comité de Promoción y Evangelismo. 1. Será integrado, por tres (3) Obreros de nuestra institución y será nombrado por el Presidente cada dos (2) años en Asamblea General y el primero en votación presidirá dicho Comité. 2. Se recomienda que tenga preparación Teológica y secular. 3. Será evaluado su trabajo por esta institución. Capítulo 15. Instrucciones Para cada Sociedad (A) Departamento de Caballeros. 1. Su nombre será “Los Hérodes de la Fe”. 2. El uniforme será negro y azul. 3. Será integrado por siete (7) miembros de buen testimonio de las distintas iglesias de nuestro Movimiento. - Presidente - ler. Vocal - Vicepresidente - 2do. Vocal - Secretario - 3er. Vocal - Tesorero. La directiva trabajará con el Cuerpo Ejecutivo. 4. Tendrá su confraternidad mensualmente por distrito y trimestral será con todos los distritos. 5. Celebrará su propia Convención anualmente en Julio. 6. Campamento de Caballeros será en Agosto. (B) Departamento de Damas. 1. Su nombre será “Las Guerreras de Dios”. 2. El uniforme será crema y vino. 3. Será integrado por siete (7) miembros de buen testimonio de las distintas iglesias de nuestro Movimiento. -Presidente - ler. Vocal - Vicepresidente - 2do. Vocal - Secretario - 3er Vocal - Tesorero La directiva trabajará con el Cuerpo Ejecutivo. 4. Tendrá su confraternidad mensualmente por distrito y trimestral será con todos los distritos. 5. Celebrará su propia Convención anualmente en Mayo. 6. Campamento de Damas será en Junio. (C) Departamento de Jóvenes. 1. Su nombre será “Visión en Acción”. 2. El uniforme será blanco y negro. 3. Será integrado por su propia directiva que consiste de: - Presidente - ler .Vocal - Vicepresidente - 2do. Vocal - Secretario - 3er. Vocal -Tesorero. La directiva será supervisada por el Cuerpo Ejecutivo de esta institución. 4. Tendrá su confraternidad mensualmente por distrito y trimestral será con todos los distritos. 5. Celebrará su propia Convención anualmente en Marzo. 6.Campamento de Jóvenes será en Julio. (D) Departamento Juvenil. 1. Su nombre será “Antorchas Encendidas”. 2. El uniforme será azul celeste y azul marino. 2. Trabajarán con el Cuerpo Ejecutivo. 4. Será integrado por siete (7) juveniles de buen testimonio que sean miembros de las distintas iglesias que componen nuestro Movimiento. 5. Se elegirá un Obrero y una Misionera de nuestra institución como consejeros capacitados, espirituales y diestros en suplir las necesidades de los juveniles en todo lo relacionado con la vida espiritual en lo recreativo y en lo educacional. 6. Celebrará su propia Convención anualmente en Noviembre. 7. Campamento Juvenil será en Agosto, dicha fecha será elegida por la Asamblea. (E) Departamento de Niños. 1. Su nombre será “La Semilla de Mostaza”. 2. El uniforme será amarillo y azul marino. 3. Trabajará con el Cuerpo Ejecutivo. 4. Será integrado por cinco (5) Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 96 of 108 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales hermanos(as) que estarán encargado de este Ministerio; serán hermanos(as) de buen testimonio que cuidara de cada niño como si fuerán de ellos. Se evaluará tales personas para esta posición. 5. Celebrará su propia Convención anualmente en Julio. 6. Campamento de Niños será en Agosto, dicha fecha será elegida por la Asamblea. Capítulo 16 Reglamento. La Junta de Síndicos o Cuerpo Ejecutivo será integrado por trece (13) personas de reconocida experiencia en la obra del Ministerio. El Ministerio es una escuela donde continuamente se aprende cosas nuevas de sublime utilidad, que nos sacan de la experimentación y nos ponen en el verdadero conocimiento práctico de dirigir con sabiduría espiritual los negocios de la iglesia. Esta Junta será electa cada dos (2) años. El Presidente y Vicepresidente serán electos cada cuatro (4) años por la Asamblea General, que es la autoridad suprema de este Movimiento y estará formada por las siguientes personas: 1. Presidente 2. Vicepresidente. 3. Secretario(a) General. 4. Subsecretario(a). 5. Tesorero. 6. ler. Vocal. 8.3er. Vocal. 9. Superintendente Depto. de Educación 10. Secretario(a) Estadístico. 11. Presidente del Depto. de Misiones. 12. Presbítero. 13. Secretario(a) de Actas. 14.2do. 7.- 2do. Vocal (A) Presidente. 1. Debe ser Ministro ordenado, tener un mínimo de tres (3) años de experiencia en el ministerio, buen testimonio y sana doctrina. 2. Debe tener un mínimo de dos (2) años trabajando con el Movimiento. (B) Vicepresidente. 1. Debe ser Ministro ordenado, tener un mínimo de tres (3) años de experiencia en el ministerio, buen testimonio y sana doctrina. 2. Debe tener un mínimo de dos (2) años trabajando con el Movimiento. Nota Importante-Cláusula #1: Al no haber suficiente Ministro ordenado el Licenciado Predicador puede correr para las siguientes posiciones. (C) Secretario General. 1. Debe ser Ministro ordenado, tener un mínimo de dos (2) años trabajando con el Movimiento. Se recomienda que pueda escribir en maquinilla. (D) Subsecretario. 1. Debe ser Ministro ordenado, tener un mínimo de dos (2) años trabajando con el Movimiento. Se recomienda que pueda escribir en maquinilla. (B) Tesorero General. 1. Debe ser Ministro ordenado, tener un mínimo de dos (2) años trabajando con el Movimiento. (F) Vocales. 1. Deben ser Ministros ordenado, tener un mínimo de un (1) año trabajando con el Movimiento. (G) Superintendente del Depto. de Educación. 1. Debe ser Ministro ordenado, tener un mínimo de tres (3) años trabajando con el Movimiento. Haber cursado tres (3) años en un Instituto Bíblico o Seminario Teológico. (H) Secretario Estadístico. 1. Debe ser Ministro ordenado y tener un mínimo de dos (2) años trabajando con el Movimiento.Presidente del Depto. de Misiones. Debe ser Ministro ordenado y tener un mínimo de dos (2) años trabajando con el Movimiento. (J) Secretario(a) de Actas. 1. Debe ser un Obrero de nuestro Movimiento y tercer un mínimo de dos (2) años trabajando con nuestro Movimiento. Se recomienda que pueda escribir en maquinilla. (K) Presidente de Asamblea. 1. 1. Debe ser un Ministro ordenado y tener mínimo de dos (2) años trabajando con nuestro Movimiento. 2. El Presidente del Movimiento, no puede ser Presidente de la Asamblea. (L) Presbítero (Pastor de Distrito). 1. Debe ser Ministro ordenado de buen testimonio, y sana doctrina se recomienda que haya cursado tres (3) años de Instituto Bíblico o Seminario Teológico y se recomienda que tenga dos (2) años de experiencia en el ministerio. Capítulo 18 Deberes (A) Presidente. 1. Presidirá todas las reuniones de esta organización en Asamblea y ejecutará todos los acuerdos aprobados. 2. Representa la institución ante el gobierno y en todo los actos que exige nuestra representación. 3. Regirá la oficina principal y los trabajos de la misma con la cooperación de otros miembros que el nombre y prepararán el programa de cada conferencia. 4. Promoverá convenciones y otras actividades para mantener y extender la obra. 5.Firmará todas las credenciales expedidas por el Comité de Conducta Ministerial. 6. Tendrá autoridad en todos los asuntos concernientes a la Institución Eclesiástica. (B) Vicepresidente. 1. Sustituirá al Presidente en caso de ausencia, enfermedad, renuncia, o muerte. 2. Supervisará las obras del Movimiento, para promover el bienestar y crecimiento espiritual de las mismas. (C) Secretario General. 1. Llevará un registro exacto de todos los asuntos aprobados por las Asambleas Bienal, extraordinarias y de sesiones que el Movimiento celebrare. 2. Guardará todos los documentos de propiedades del Movimiento. 3. Firmará todas las credenciales expedidas por el Comité de Conducta Ministerial. 4. Tendrá a su cargo el sello oficial de la institución. 5. Se hará cargo de toda la correspondencia concerniente al Movimiento. 6. Dará informe en Asamblea General del estado de la obra. (D) Subsecretario. 1. Sustituirá al Secretario General en caso de ausencia, enfermedad, renuncia o muerte. 2. Colaborará con el Secretario General en todos los asuntos relacionados con el Movimiento. (B) Tesorero. 1. Guardará todos fondos de la institución depositándolos en un banco de reconocida solvencia financiera, haciendo dicho depósito a nombre de esta institución. 2. Hará los desembolsos con la aprobación del Cuerpo Ejecutivo. 3. Llevará un registro exacto de todos los ingresos y salidas. 4. Sostendrá correspondencia mensualmente con los Obreros a fin de saber el estado financiero de cada campo. 5. Dará un informe anual de finanzas en Asamblea General. (F) Vocales. 1. Sustituirá a cualquier miembro del Cuerpo Ejecutivo en caso de ausencia, enfermedad, renuncia, o muerte. (G) Superintendente del Depto. de Educación. 1. Asistirá a las reuniones del Cuerpo Ejecutivo cuando le sea requerido, participando en las deliberaciones, teniendo derecho a voz y voto. (H) Secretario Estadístico. 1. Asistirá a las reuniones del Cuerpo Ejecutivo cuando le sea requerido participando en las deliberaciones, teniendo derecho a voz y voto. 2. Entregará un blanco estadístico a todas las iglesias con dos (2) meses de anticipación a la fecha de Asamblea General. 3. Rendirá un informe estadístico a la Asamblea del año fiscal. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 97 of 108 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales (I) Presidente del Depto. de Misiones 1. Asistirá a las reuniones del cuerpo ejecutivo cuando le sea requerido, participando en las deliberaciones teniendo derecho a voz y voto podrá organizar campanas. (J) Presidente de Asamblea 1.Presidirá la Asamblea General de nuestro Movimiento que se celebrará cada dos (2) años. 2. Debe tener buen conocimiento de nuestra constitución y las reglas parlamentarias. (K) Presbítero 1. Su trabajo será supervisar las iglesias que están bajo su jurisdicción ayudará a la edificación y compra de templos cuando los Pastores se lo pidan. 2. Rendirá un informe general del Distrito en Asamblea General. 3. En caso de juicio a los Obreros, el Presbítero se reunirá para considerar el caso y tendrá derecho a voz y voto con el Comité de Conducta Ministerial. 4. Promoverá Campañas Evangelisticas. 5. Promoverá la apertura de nuevos campos. 6.- Representará al Movimiento ante las autoridades gubernamentales. (L) Secretario(a) de Actas 1. Asistirá a las reuniones del Cuerpo Ejecutivo cuando le sea requerido, participando en las deliberaciones, teniendo derecho a voz y voto. 2. Llevará un registro exacto de todas las Asambleas anuales, extraordinarias y sesiones que el Movimiento celebrare. 3. Rendirá un informe en Asamblea General. Capítulo 19. Departamento de Educación 1. Tendrá su propio plantel de enseñanza. 2. Su nombre será Seminario Bíblico “Fuente de Bendición”. 3. Habrá un Superintendente General, que será nombrado por el Cuerpo Ejecutivo por dos (2) años. 4. Habrá una Secretaria General del Seminario Bíblico “Fuente de Bendición”. 5. El Seminario tendrá un Director, Subdirector, Secretario(a) y Tesorero. (A) Superintendente General Requisito: 1. Deberá ser un Ministro de nuestra Institución, ungido al pleno ministerio, haber cursado tres (3) años en un Instituto Bíblico o Seminario Teológico. Deberes: 1. Prepara la programación en cuanto a material de enseñanza y administración de todos los Seminarios Bíblicos “Fuente de Bendición”, y los someterá al Cuerpo Ejecutivo para su aprobación. 2. Llevará a cabo por lo menos dos (2) reuniones al año con los Directores de los Seminarios. 3. Rendirá un informe anual en Asamblea del estado del Departamento de Educación. (B) Director Requisito: 1. Será un Obrero de nuestra Institución y haber cursado tres (3) años en un Instituto Bíblico o Seminario Teológico. Deberes: 1. Estará a cargo de la programación del Seminario y velará por el cumplimiento interno del mismo. 2. Presentará la facultad de maestros al Superintendente General para su aprobación. 3. Rendirá un informe cada año de sus actividades a la Asamblea General. (C) Subdirector Requisito: 1. Será un Obrero de nuestra Institución y haber cursado tres (3) años de un Instituto Bíblico o Seminario Teológico. Deber: 1. Sustituirá al Director en caso de ausencia, enfermedad, renuncia o muerte. (D) Secretario Requisito: 1. Será un Obrero de nuestra Institución. Deberes: 1. Llevará un requisito exacto de todas las reuniones y un registro de cada estudiante. 2. Firmará todos los documentos para su autenticidad y guardará las propiedades del Seminario. 3. Rendirá un informe anual de sus actividades a la Asamblea General. (E) Tesorero Requisito: 1. Será un Obrero de nuestra Institución y haber cursado tres (3) años en un Instituto Bíblico o Seminario Teológico. Deberes: 1.Guardará todos los fondos del mismo depositándolos en un banco seleccionado por el Movimiento, llevará contabilizadas todas las entradas y salidas. 2. Rendirá un informe anual de sus actividades a la Asamblea General. (F) Secretaria General del Seminario: Requisito: 1. Será un Obrero de nuestra Institución. Deberes: 1. Estará presente en todas las reuniones del Superintendente General del Seminario. 2. Llevará un registro de todas las reuniones del Superintendente y del Seminario y sus ramas agentes. 3. Rendirá un informe anual de sus actividades a la Asamblea General. * Nota: Todo presupuesto del Seminario será sometido al Comité de Presupuestos del Movimiento para su aprobación. Capítulo 20. Departamento de Misiones 1. Será integrado por siete (7) Obreros de nuestra institución consistiendo de: Presidente-1er. Vocal-Vicepresidente - 2do. Vocal Secretario- 3er. Vocal - Tesorero 2. Estos serán elegidos cada dos (2) años en Asamblea General. 3. Atenderán todas las necesidades de la obra misionera en el campo doméstico y en el campo foráneo. 4. Formulará planes para promover fondos para la obra misionera. 5. Tendrá su servicio misionero el tercer sábado del mes. 6. Deberes de los funcionarios: (A) Presidente 1. Rendirá un informe de sus actividades en Asamblea Bienal. 2. Estará presente en todas las actividades de dicho departamento y trabajará con el Cuerpo Ejecutivo. (B) Vicepresidente 1. Sustituirá al Presidente en caso de ausencia, enfermedad, renuncia o muerte. (C) Secretario 1. Llevará una lista de las distintas obras y Misioneros a los cuales este departamento ayuda. 2. Guardará en sus archivos las actas de todas las reuniones llevadas a cabo durante el año. 3. Firmará todos los documentos para su autenticidad. 4. Informará en cada servicio misionero de nuestra Institución el trabajo que se hizo durante el mes. (D) Tesorero 1. Guardará todos los fondos hasta que sean requeridos para ser usados. 2. Llevará contabilizados todos los ingresos y salidas (E) Vocales 1. Sustituirán a cualquier miembro de la directiva en caso de ausencia, renuncia, enfermedad o muerte. Capítulo 21. Departamento de Comités (A) Comité de Promoción y Evangelismo 1. Este Comité promoverá el evangelismo en todas sus fases en forma abarcadora y general en todas las iglesias de nuestra Institución. 2. Trabajará con el Cuerpo Ejecutivo y con los respectivos supervisores de todos los lugares en donde esta Institución tenga una obra. 3. Visitará iglesias independientes con vista a que se unan a nuestro Movimiento y se sometan a nuestros principios. 4. Rendirá un informe de todas sus actividades en Asamblea General. Deber: 1. Convocará a reunión a sus miembros cuando sea necesario. En caso de haber una urgencia de reunirse y no lo hace, los otros dos (2) miembros se pondrán de acuerdo y citarán a reunión. (B) Comité de Presupuesto 1. Estará integrado por cinco (5) miembros, Ministros ordenados y que tengan dos (2) años trabajando con Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 98 of 108 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales nuestra Institución, de buen testimonio. Será elegidos en Asamblea General. Deberes: 1. Tendrá a su cargo la aprobación de toda ayuda y presupuesto de cada uno de los departamentos del Movimiento que pase de 100 dólares más. 2. Aprobará todos préstamos, hipoteca y transacciones de propiedades de esta Institución. (C) Comité de Nombramiento. 1. Estará integrado por tres (3) Síndicos de la Junta y serán nombrados por el Presidente del Movimiento. 2. Este Comité será nombrado dos (2) meses antes de la Asamblea, presentarán los candidatos dos (2) semanas antes de Convención. Deberes: 1. Recomendarán los candidatos para los diferentes cargos en el Movimiento, como lo exige la Constitución. 2. Presentarán los candidatos dos (2) semanas antes de Convención. (D) Comité de Resoluciones. 1. Estará integrado por tres (3) Ministros y serán nombrados por el Presidente del Movimiento en la última reunión de obreros antes de la Asamblea General. El Sostén Propio: 1. Para el sostenimiento del Ministerio, Dios ha ordenado a todos los hombres, pagar el diezmo de los bienes que poseen. Todo hijo de Dios está en el deber de cumplir este mandamiento, pues seguirá mientras se esté predicando este Evangelio. 2. El que diezma, a Dios diezma y los diezmos serán llevado al templo y se pondrá en manos de la Tesorería. 3. Es deber sagrado aceptar el plan de Dios para el sostén de su obra. 4. Toda persona que se oponga a esto, al plan de Dios resiste. Por tanto quedará establecido que: Toda persona aceptada como miembro de una iglesia deberá traer sus diezmos a Dios, pues El dice “Traed los diezmos al alfolí y haya alimento en mi casa; y probadme en esto, Si no os abriré las ventanas de los cielos y vaciare sobre vosotros bendiciones hasta que sobreabunde” (Malaquías 3:10) . 5. En caso que sea necesario proveer salario al Pastor, la Junta Directiva de la iglesia se reunirá con él, llegará a un mutuo acuerdo ajustado dicho salario de acuerdo al nivel de vida. (E) Comité de Conducta Ministerial. 1. El Comité de Conducta Ministerial estará compuesto por cinco (5) miembros de la Junta de Síndicos: - El Presidente- Tesorero - Vicepresidente - Presbítero - Secretario Deberes: 1. Ordenación de Ministros. 2. Nombramiento de Pastores. 3. Traslado de Obreros. 4. Disciplina. 5. Asuntos concernientes a la conducta Ministerial. Ordenación. 1. Todo Obrero para ser ordenado al pleno Ministerio debe permanecer trabajando activo o como Pastor por varios años para ser considerado un candidato. 2. Deberá tener tres (3) años de estudios en un Instituto Bíblico o Seminario Teológico antes de someterse al examen oral del Comité de Conducta Ministerial de este Movimiento. 3. Tendrá derecho a hacer o autorizar ordenaciones en casos especiales. Yugo Desiguales 1. Todo Ministro que estando en nuestra Institución, se casare con una pareja no convertida al Santo Evangelio, será llamado a juicio y se le serán canceladas las credenciales siendo separado como Pastor de la congregación con que estuviere trabajando (2da. de Corintios 6:14-18). Esto también se refiere a todo miembro de nuestras iglesias. • Conducta Individual 1. Todo Obrero que estuviere relaciones políticas esto es, que milite activamente en cualquier partido político social, que perjudique los intereses de la iglesia, tendrá que decidirse por el ministerio o por la sociedad o partido ya mencionado. En tal caso el Comité de Conducta Ministerial tomará la acción a que le da derecho esta ley (2da. de Timoteo 2:3-5). Nuestros Obreros podrán pertenecer a sindicatos, si así se les exige para mantener sus empleos, siempre y cuando que en caso de dificultades en el trabajo, se abstengan de tomar parte en actos de violencia. • Juicio a los Obreros 1. Todo Obrero de nuestra Institución que siendo casado se divorciare y volviere a casarse en nuestra Institución, en otra Misión Evangélica o casado por un Juez o otro funcionario autorizado a celebrar esta ceremonia, será llamado a juicio para ver las causas que motivaron tal acción y si no fuere por las causas que expresan la Palabra del Señor en su Santo Evangelio, al tal Obrero se le cancelarán las credenciales (Mateo 5:32; 19:9). * Nota Importante: Cláusula # 1: Si un Obrero se le acusa de maltrato físico a su pareja será llamado por el Comité de Conducta a juicio, no se le permitirá seguir con su cargo que ellos tengan. (lera. de Pedro 3:7, Génesis 2:24). Rebeldía y Alta Traición 1. Todo Obrero que maliciosamente tratare de introducir cizaña y deshonra, a la Institución, luego de ser acusado por dos (2) o más testigos y hallado culpable, será puesto en disciplina por un (1) año o más, o será expulsado de esta organización. Sanidad Divina 1. Recomendamos a nuestros fieles que al testificar de Sanidad Divina, se abstengan de usar expresiones ofensivas en contra de los médicos y el uso de las medicinas. Que prediquen de Sanidad Divina como un privilegio dado por Dios y dando a Él la gloria. •Servicio Militar 1. Creemos que las naciones pueden llegar a resolver sus diferencias sin apelar a la guerra, no obstante en caso de guerra, si uno de nuestros miembros de una de nuestras iglesias tuviese que participar como combatiente, esto no afectará su posición con la iglesia. Si acaso fuere llamado al servicio activo contra de su conciencia, se le extenderá una carta sosteniendo su derechos constitucionales. Deberes de los Obreros 1. Cada Obrero Someterá su informe de su trabajo anual al Comité de Conducta Ministerial para su evaluación. 2. Cada Obrero deberá ser miembro de una de nuestras iglesias. 3. En caso que un Obrero se mude a un nuevo hogar y su iglesia quedare a una distancia muy retirada para asistir a ella, dicho Obrero visitará una iglesia que practique nuestra doctrina aprovechando las oportunidades para levantar una nueva obra. Si no lo hace así enviara sus diezmos a la iglesia a la cual pertenecía. (05/2008) Constitución y Reglamentos Del Movimiento Pentecostal Internacional Flor De Jerusalén Inc. / 28. 4. Todo Obrero que sea miembro de una de nuestras iglesias, sea acusado de pecado, será traído a juicio ante el Comité de Conducta Ministerial junto a tres (3) o más testigos. Capítulo 22. Compañerismo Ministerial 1. Cada Pastor velará por el bienestar espiritual social de los miembros que pertenece a las iglesias de nuestro Movimiento. 2. En caso que uno de los miembros de una de nuestras iglesias fuera expulsado de su congregación, por pecado o por traición a su iglesia o por otra Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 99 of 108 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales razón justificada, dicho miembro no será admitido como miembro en otra de nuestras iglesias. 3. En caso que un miembro se traslade a un nuevo hogar y su iglesia quedare a una distancia muy retirada Para que ese miembro asista a ella, su Pastor le extenderá carta de traslado a la iglesia más cercana de nuestro Movimiento. 4. En caso que un miembro decidiera trasladarse a otra iglesia del Movimiento, ambos Pastores se reunirán con su Presidente o Presbítero de nuestro Movimiento para tratar los motivos del caso existente. Capítulo 23. Reuniones Todo miembro del Movimiento que siendo citado debidamente, faltare a tres (3) reuniones consecutivas sin ninguna causa justificada será considerado como negligente, por tanto deberá presentar su renuncia, pues creemos su nombramiento consolidado por Dios. De igual modo todo Obrero que siendo citado debidamente por tres (3) veces y no compareciere a las reuniones de Obrero y no enviare una excusa justificada será dado de baja como Obrero activo. Capítulo 24. Asuntos Financiero 1. Cada Obrero de nuestro Movimiento pagará una cuota estipulada por el Cuerpo Ejecutivo mensual y una cuota estipulada mensual para el fondo misionero del Movimiento. 2. Las iglesias enviarán el diezmo de diezmo mensualmente a la Tesorería General del Movimiento. 3. Cada Obrero que solicite trabajar con nuestro Movimiento deberá pagar $15.00 para gastos de credenciales y certificados. Capítulo 25. Leyes 1. A nuestros Obreros que deseen abrir una nueva obra, estén seguros que no haya otra iglesia de nuestro Movimiento en el mismo territorio. 2. En caso que en un mismo territorio hubiese dos (2) obras de esta Institución y no se viere el crecimiento en membresía los Pastores se reunirán con el Presidente o Presbítero del Movimiento y ambas se unirán y formarán una sola con mutuo acuerdo de ambos Pastores. 3. Cualquier Obrero que deseare comenzar una obra, consultará primero a su Pastor y luego presentará el asunto al Cuerpo Ejecutivo del Movimiento. 4. Ningún Pastor de nuestra Institución deberá renunciar al pastoreado, ni instalar un Pastor, sin antes consultar al Comité de Conducta Ministerial. 5. En el caso que uno de nuestros Pastores de una de nuestras iglesias renunciare al pastoreado por salud, por traslado a otro pueblo o estado, por pecado o muerte el asistente o Co-Pastor de dicha iglesia tendrá

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