VigenteCategoria: Salud
Decreto No. 001-2015 | 21 de septiembre de 2015 | La Gaceta No. 33,839

Acuerdo No. 001-2015 — Reglamento Especial para la Certificación de Recursos Humanos de los Centros de Tratamiento y Rehabilitación de Pacientes con Enfermedades de Drogodependencia

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Resumen

Este reglamento establece el procedimiento para certificar y registrar al personal que trabaja en centros de tratamiento de drogodependencia en Honduras. El IHADFA certifica a profesionales capacitados en diplomados, técnico universitario o maestría, otorgándoles un carné oficial después de completar la formación en la UNAH, lo que garantiza calidad en la atención de personas con problemas de drogas.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el Artículo 145 de la Constitución de la República, se reconoce el derecho a la protección de la salud.
  2. 2.Que de conformidad con el Artículo 148 de la Constitución de la República, establece: “Créase el Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Fármacodependencia (IHADFA), el cual se regirá por una Ley Especial”.
  3. 3.Que de conformidad con el Artículo 1 del Decreto 136-89 de la Ley del IHADFA, Establece: “El Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Fármacodependencia, creado Constitucionalmente, se establece como una Institución Autónoma de Servicio Público de orden Social, sin fines de Lucro de duración indefinida, con personalidad Jurídica y patrimonio propio, que se regirá por la presente Ley y sus Reglamentos, lo no previsto por las demás Leyes que le fueren aplicables”.
  4. 4.Que de conformidad con el Artículo 54 de la Ley General de la Administración Pública, Decreto número 146-86, establece: “Las Instituciones Autónomas gozan de independencia Funcional y Administrativa y a este efecto, podrán emitir los reglamentos necesarios”.
  5. 5.Que de conformidad con el Artículo 3 literal a), b), ch); e, i) del Decreto 136-89 de la Ley del IHADFA, Establece: “a) Emitir los Reglamentos que sean Necesarios en ejercicio de su independencia Funcional y Administrativa de acuerdo con la presente Ley; b) Coordinar los programas gubernamentales y privados en relación a sus fines; ch) Coordinar con las Secretarías de Salud y Educación Pública, la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Grupos u Organismos Privados afines, los programas educativos para la investigación y prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Fármacodependencia; e, i) Suscribir Convenios con Organismos Nacionales e Internacionales, para el logro de los objetivos del IHADFA”.
  6. 6.Que de conformidad con el Artículo 11 literal m) del Decreto 136-89 de la Ley del IHADFA, establece: “Son atribuciones de la Junta Directiva: Aprobar los Reglamentos Especiales y los Internos que sean Necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Instituto”. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 1 of 24 -- UDI -DEGT-UNAH LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
  7. 7.Que de conformidad con el Artículo 24 del Decreto 136-89 de la Ley del IHADFA, establece: “La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación Pública, y la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), incorporarán en sus programas de educación primaria, secundaria, técnica, vocacional y superior aquellos contenidos y actividades que tiendan a la prevención de uso y abuso de bebidas alcohólicas y los derivados del tabaco, así como sobre las drogas y fármacos que causen adicción o dependencia. El Instituto colaborará con la Secretaría de Educación Pública, Universidad Nacional Autónoma de Honduras y demás organismos que impartan educación en la elaboración de objetivos de esta materia”.
  8. 8.Que de conformidad con el Artículo 7 de la Ley de Educación Superior de Honduras, que establece: “El nivel superior de la Educación comprenderá la Educación formal y la Educación no formal. La Educación Formal responderá a una estructura de grados académicos pudiendo incluir además estudios técnicos y de especialización. La Educación no formal se desarrollará en cursos libres, conferencias, seminarios y otras formas que contribuyan a la investigación científica, humanística y tecnológica, a la difusión general de la cultura y al estudio de los problemas nacionales”.

Articulos

Articulo 1

El presente Reglamento tiene por objeto establecer el Procedimiento para la Certificación de Recursos Humanos de los centros de tratamiento y rehabilitación de pacientes con enfermedades de drogodependencia y su registro respectivo en el Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo Drogadicción y Farmacodependencia (IHADFA). Estos recursos humanos estarán previamente capacitados y egresados del Nivel Superior de la Educación, el cual comprende la Educación Formal y la Educación No Formal. La Educación Formal responde a una estructura de grados académicos pudiendo incluir además estudios técnicos y de especialización. La Educación no formal se desarrolla en cursos libres, conferencias, seminarios y otras formas que contribuyan a la investigación científica, humanística y tecnológica.

Articulo 2

El IHADFA, otorgará un carné de Certificación y llevará un Registro del Recurso Humano, mencionado en el artículo anterior, en la Secretaría Administrativa del Instituto, de acuerdo al procedimiento establecido en el Artículo 22 del Reglamento de la Ley de IHADFA, Acuerdo Ejecutivo 2213. CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO

Articulo 3

Los requisitos que deben cumplir los postulantes para ser candidatos a capacitación en el Diplomado son: estar laborando en el equipo multidisciplinario de un centro de tratamiento para personas que consumen alcohol, tabaco y otras drogas, Tarjeta de Identidad o carné de residencia, habilidades básicas de lecto-escritura, carta extendida para permiso de trabajar (si es extranjero), constancia de estar laborando en dicho centro con una experiencia mínima de 2 años, presentar carta de interés para los postulantes, 2 fotos tamaño pasaporte full color, hoja de antecedentes penales y policiales, hoja de vida actualizada. Los requisitos que deben cumplir los postulantes para ser candidatos a capacitación en el Técnico Universitario son: estar laborando en el equipo multidisciplinario de un centro de tratamiento para personas que consumen alcohol, tabaco y otras drogas, Tarjeta de Identidad o carné de residencia, carta extendida para permiso de trabajar (si es extranjero), constancia de estar laborando en dicho centro con una experiencia mínima de 2 años, presentar carta de interés para los postulantes, 2 fotos tamaño pasaporte full color, hoja de antecedentes penales y policiales, hoja de vida actualizada, Título de Educación Media o su equivalente. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 2 of 24 -- UDI -DEGT-UNAH Los requisitos que deben cumplir los postulantes para ser candidatos a capacitación en Maestría son: estar laborando en el equipo multidisciplinario de un centro de tratamiento para personas que consumen alcohol, tabaco y otras drogas, Tarjeta de Identidad o carné de residencia, carta extendida para permiso de trabajar (si es extranjero), constancia de estar laborando en dicho centro con una experiencia mínima de 2 años, presentar carta de interés para los postulantes, 2 fotos tamaño pasaporte full color, hoja de antecedentes penales y policiales, hoja de vida actualizada, Título Universitario, constancia de solvencia extendida por el colegio profesional respectivo. Una vez reunidos los requisitos que anteceden, y mediante postulación del centro de tratamiento y rehabilitación donde labora, el IHADFA abrirá expediente a cada postulante por individual y será responsable por la custodia de los mismos.

Articulo 4

El Grupo Técnico Asesor del IHADFA (Subdirección General, Secretaría Administrativa, Jefe de la División de Organismos Privados de Colaboración, Jefe de la División Técnica, Jefe de la División de Tratamiento, Departamento Legal, Jefe de DivisiónAdministrativa y Recursos Humanos, Departamento de Investigación, Departamento de Educación, Departamento de Planificación y Cooperación Externa) revisará las solicitudes, documentación y demás documentos de los postulantes con el objeto de rendir opinión técnica ante la Dirección General del IHADFA. La Dirección General del IHADFA remitirá el expediente de cada postulante al Departamento Legal con el objeto de emitir el dictamen Legal respectivo sobre la admisión o no del postulante. La Secretaría Administrativa elaborará el listado de los postulantes aprobados y la Dirección General lo remitirá a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH). Una vez emitido dicho listado, el ente receptor procederá a capacitar y evaluar a los postulantes conforme a sus lineamientos metodológicos de aprendizaje y evaluación.

Articulo 5

El IHADFA determinará el número de postulantes de cada Centro de Tratamiento y Rehabilitación que será capacitado en el Diplomado, Técnico Universitario y Maestría.

Articulo 6

Una vez concluida la capacitación y evaluación por parte de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), ésta hará entrega a cada postulante de su diploma o título respectivo, y remitirá al IHADFA el listado de los capacitados aprobados según sea el nivel de capacitación recibida. El IHADFA de oficio emitirá carné de certificación y registrará en el libro que para tal fin lleva la Secretaría Administrativa. (Artículo 3, literal a, b, ch, i; Art. 11 literal m; Artículo 24 de la Ley del IHADFA). Dicho registro será renovado en el IHADFA anualmente a solicitud del Centro de Tratamiento Respectivo, y pago en el formulario TGR 1, en la casilla denominada emisión de Constancias, Certificación y otros. CAPÍTULO III DE LA COORDINACIÓN

Articulo 7

El IHADFA, coordinará todo el procedimiento de Certificación y Registro de los Postulantes que hayan aprobado el pensum académico, tanto de Diplomado, Técnico Universitario y Maestría.

Articulo 8

La Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), coordinará la capacitación del Diplomado, Técnico Universitario y Maestría que recibirán los Postulantes de los Centros de Tratamiento y Rehabilitación según listado remitido por el IHADFA. Asimismo desarrollará el pensum académico de capacitación de Diplomado, Técnico Universitario y Maestría.

Articulo 9

El tiempo de duración del Diplomado será de 160 horas, el del Técnico Universitario de 2 años y el de Maestría de 2 años. CAPITULO IV DISPOSICIONES FINALES

Articulo 10

El presente Reglamento entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta y tendrá una vigencia durante dure el Programa de Capacitación y Certificación de Recursos Humanos Responsables de la Prevención y el Tratamiento de Personas con Problemas por Consumo de Drogas y Violencia Relacionada, conocido por sus siglas PROCCER, financiado por la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (SG/OEA), por medio de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Secretaría de Seguridad Multidimensional (SE/CICAD). Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil quince. COMUNÍQUESE. DR. FRANCIS RAFAEL CONTRERAS RIVERA PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL IHADFA DR. OSCAR ANTONIO GÓMEZ MEDINA SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL IHADFA Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 3 of 24 -- UDI -DEGT-UNAH

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