28 de diciembre de 2019Vigente
Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri
- Publicación: 28 de diciembre de 2019
- Gaceta: 35,135
- Categoria: Municipal
Articulo 54
Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri
Articulo 54.-
Si lo construido sin aprobación o permiso no pudiere ser autorizado por su condición irregular y afectación a la ciudad en lo concerniente al ambiente, a la normativa urbana, a la salud, a la seguridad y a las buenas prácticas ciudadanas y además por violentar las disposiciones de este reglamento, leyes municipales y nacionales, la Municipalidad de San Pedro Sula ordenará su demolición y actuará conforme a lo que establece la ley.
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