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28 de diciembre de 2019Vigente

Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri

  • Publicación: 28 de diciembre de 2019
  • Gaceta: 35,135
  • Categoria: Municipal

Articulo 36

Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri

Articulo 36.-

En esta Zona Especial los desarrolladores deberán planificar los proyectos y obras públicas permitidas por el presente Reglamento, considerando el uso de materiales amigables con el ambiente, a fin de minimizar los riesgos de contaminación al suelo y a la escorrentía superficial y subterránea. Se incluye el uso de métodos y fuentes alternativas de energía; iniciativas voluntarias del Programa LEED (Leadership in Energy and Enviromental Design, US Green Building Council), construcción de edificios inteligentes, esquemas de diseño bioclimáticos, entre otros. El Departamento de Edificaciones y Permisos de Construcción a través de la Dirección de Urbanismo autorizará el uso de los materiales propuestos por el contratista siempre que se ajusten al presente reglamento. Asimismo, se deberán implementar obligaciones urbanísticas verdes básicas, como condición para obtener permisos de construcción o de urbanización: la cesión de áreas verdes, la implementación de retardadores pluviales domiciliarios, veredas verdes, entre otras.

Notas

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