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28 de diciembre de 2019Vigente

Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri

  • Publicación: 28 de diciembre de 2019
  • Gaceta: 35,135
  • Categoria: Municipal

Articulo 28

Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri

Articulo 28.-

No serán aceptadas como reserva mínima del diez por ciento (10%) aquellas áreas que presenten o que tengan impedimentos de uso efectivo (pantanos, lagunas, ríos y áreas non-aedificandi), pero se podrá realizar la evaluación del porcentaje admisible no mayor al 1% en vías de protección ambiental. La Comisión Técnica de Urbanismo y Obras B . 468

L a G a c e ta Públicas será la encargada del dictamen final, basado en los informes técnicos pertinentes.

Notas

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